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Los Derechos de La Mujer

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HISTORIA I

LOS DERECHOS DE LA MUJER


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APRENDIZAJE ESPERADO Y ÉNFASIS

ÉNFASIS
APRENDIZAJE ESPERADO Reconocer los movimientos y el
Reconoce los movimientos a proceso histórico a favor de la
favor de los derechos de la mujer.
mujer, la protección de la
infancia, el respeto a la
diversidad y otras causas que
buscan hacer más justo el siglo
XXI.
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cuando y cómo surgieron los derechos humanos.

➜ Los derechos humanos surgieron en el siglo XVIII con la


Ilustración y el liberalismo.

➜ Con el triunfo de la Revolución Francesa, estos


adquirieron su forma definitiva en la Declaración de los
Derechos del Hombre y del Ciudadano promulgada en
1789.
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La libertad de expresión, de prensa, de religión y el derecho al voto
entre otros, fueron expresados en las leyes y constituciones del siglo
XVIII y posteriores, sin embargo, en ninguno de esos documentos se
consideraba a las mujeres.

Para evidenciar la desigualdad con que


eran tratadas las mujeres, la activista
francesa Olympe de Gouges escribió, a
finales del siglo XVIII, la Declaración de
los derechos de la mujer y la ciudadana,
documento del cual leíste algunos
fragmentos en sesiones anteriores.
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Los artículos de la declaración son:
➜ LA MUJER NACE LIBRE Y PERMANECE IGUAL AL HOMBRE EN DERECHOS.
LAS DISTINCIONES SOCIALES SÓLO PUEDEN ESTAR FUNDADAS EN LA
UTILIDAD COMÚN.
➜ EL OBJETIVO DE TODA ASOCIACIÓN POLÍTICA ES LA CONSERVACIÓN DE LOS
DERECHOS NATURALES E IMPRESCRIPTIBLES DE LA MUJER Y DEL HOMBRE;
ESTOS DERECHOS SON LA LIBERTAD, LA PROPIEDAD, LA SEGURIDAD Y,
SOBRE TODO, LA RESISTENCIA A LA OPRESIÓN.
➜ El principio de toda soberanía reside esencialmente en la Nación que no es más que la reunión
de la Mujer y el Hombre: ningún cuerpo, ningún individuo, puede ejercer autoridad que no
emane de ellos
➜ La libertad y la justicia consisten en devolver todo lo que pertenece a los otros; así, el ejercicio
de los derechos naturales de la mujer sólo tiene por límites la tiranía perpetua que el hombre le
opone; estos límites deben ser corregidos por las leyes de la naturaleza y de la razón.
➜ Las leyes de la naturaleza y de la razón prohíben todas las acciones perjudiciales para la
Sociedad: todo lo que no esté prohibido por estas leyes, prudentes y divinas, no puede ser
impedido y nadie puede ser obligado a hacer lo que ellas no ordenan.
6
Los artículos de la declaración son:
➜ La ley debe ser la expresión de la voluntad general; todas las Ciudadanas y Ciudadanos
deben participar en su formación personalmente o por medio de sus representantes. Debe
ser la misma para todos; todas las ciudadanas y todos los ciudadanos, por ser iguales a sus
ojos, deben ser igualmente admisibles a todas las dignidades, puestos y empleos públicos,
según sus capacidades y sin más distinción que la de sus virtudes y sus talentos.
➜ Ninguna mujer se halla eximida de ser acusada, detenida y encarcelada en los casos
determinados por la Ley. Las mujeres obedecen como los hombres a esta Ley rigurosa.
➜ La Ley sólo debe establecer penas estrictas y evidentemente necesarias y nadie puede ser
castigado más que en virtud de una Ley establecida y promulgada anteriormente al delito
y legalmente aplicada a las mujeres.
➜ Sobre toda mujer que haya sido declarada culpable caerá todo el rigor de la Ley.
➜ NADIE DEBE SER MOLESTADO POR SUS OPINIONES INCLUSO
FUNDAMENTALES; SI LA MUJER TIENE EL DERECHO DE SUBIR AL
CADALSO, DEBE TENER TAMBIÉN IGUALMENTE EL DE SUBIR A LA
TRIBUNA CON TAL QUE SUS MANIFESTACIONES NO ALTEREN EL ORDEN
PÚBLICO ESTABLECIDO POR LA LEY.
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Los artículos de la declaración son:
➜ La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciosos
de la mujer, puesto que esta libertad asegura la legitimidad de los padres con relación a los hijos.
Toda ciudadana puede, pues, decir libremente, soy madre de un hijo que os pertenece, sin que un
prejuicio bárbaro la fuerce a disimular la verdad; con la salvedad de responder por el abuso de esta
libertad en los casos determinados por la Ley.
➜ LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA IMPLICA
UNA UTILIDAD MAYOR; ESTA GARANTÍA DEBE SER INSTITUIDA PARA VENTAJA
DE TODOS Y NO PARA UTILIDAD PARTICULAR DE AQUELLAS A QUIENES ES
CONFIADA.
➜ Para el mantenimiento de la fuerza pública y para los gastos de administración, las contribuciones
de la mujer y del hombre son las mismas; ella participa en todas las prestaciones personales, en
todas las tareas penosas, por lo tanto, debe participar en la distribución de los puestos, empleos,
cargos, dignidades y otras actividades.
➜ Las Ciudadanas y Ciudadanos tienen el derecho de comprobar, por sí mismos o por medio de sus
representantes, la necesidad de la contribución pública. Las Ciudadanas únicamente pueden
aprobarla si se admite un reparto igual, no sólo en la fortuna sino también en la administración
pública, y si determinan la cuota, la base tributaria, la recaudación y la duración del impuesto.
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Los artículos de la declaración son:
➜ La masa de las mujeres, agrupada con la de los hombres para la contribución, tiene el derecho de
pedir cuentas de su administración a todo agente público.
➜ TODA SOCIEDAD EN LA QUE LA GARANTÍA DE LOS DERECHOS NO ESTÉ
ASEGURADA, NI LA SEPARACIÓN DE LOS PODERES DETERMINADA, NO TIENE
CONSTITUCIÓN; LA CONSTITUCIÓN ES NULA SI LA MAYORÍA DE LOS
INDIVIDUOS QUE COMPONEN LA NACIÓN NO HA COOPERADO EN SU
REDACCIÓN.
➜ Las propiedades pertenecen a todos los sexos reunidos o separados; son, para cada uno, un
derecho inviolable y sagrado; nadie puede ser privado de ella como verdadero patrimonio de la
naturaleza a no ser que la necesidad pública, legalmente constatada, lo exija de manera evidente
y bajo la condición de una justa y previa indemnización.

En resumen, Olympe de Gouges, proponía un trato igualitario para mujeres y hombres en aspectos de
la vida pública y privada, garantizando derechos como la educación, el voto, la propiedad privada, a
ejercer cargos públicos, entre otros.  Sin embargo, a diferencia de la mayoría de las teóricas de la
igualdad, Olympe creía que los hombres y las mujeres tenían una naturaleza diferente y que la de las
mujeres era superior.
EL FEMINISMO
La lucha por los derechos de la mujer no sería retomada
hasta el siglo XIX, con la aparición de la primera oleada de
feministas y la lucha por garantizar el derecho al voto de la
mujer. El término feminismo se le acredita a Charles
Fourier, un socialista utópico y filósofo francés. Las
palabras "feminismo" y "feminista" aparecieron por primera
vez en Francia y en los países bajos en 1872, en Inglaterra a
partir de 1890 y 1910 en Estados Unidos.
A partir de aquí la historia del feminismo puede ser visto en
olas, donde cada ola enfrento diferentes aspectos de la vida
de la mujer.
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Tabla de las etapas del feminismo

1° Ola 2° Ola 3° Ola


 Período
 S. XIX-XX  1960-1990  1900-Actualidad
Histórico
Objetivos o Derecho a la propiedad o Igualdad laboral o Inclusión de minorías raciales
o Igualdad en el Matrimonio o Liberación Sexual o Derechos LGBT
o Derechos sobre los Hijos o Derechos Reproductivos o Visión positiva de la sexualidad
o Derecho al voto o Lucha contra la Violencia
Doméstica
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La Mujer y los Derechos Humanos
Los derechos de la mujer incluyen una amplia gama de derechos, que
podrían resumirse en 4 ámbitos generales, el económico, el civil, el social y
cultural y el político.

En el ámbito económico se incluyen derechos como el derecho a poseer y heredar


propiedades, el derecho al trabajo, con acceso a diferentes profesiones, sueldos iguales
a los hombres y derecho a participar en uniones laborales o sindicatos, también se
incluye la protección laboral en caso de maternidad, entre otros.

En el ámbito civil estarían la igualdad de derechos frente a la ley, derecho a la


ciudadanía, derechos relacionados al matrimonio, el divorcio y la familia, como son el
derecho a mantener existencia legal después del matrimonio, mantener el mismo
apellido, iniciar procesos de divorcio, obtener custodia de los hijos y tener igual
división de la propiedad, en el área civil también están incluidas todas las libertades
civiles básicas como son el derecho a la libre expresión, libertad de culto, entre otros.
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La Mujer y los Derechos Humanos
Los derechos sociales y culturales incluyen el derecho a la educación básica,
secundaria y superior, el derecho a la salud, incluyendo la salud sexual y la
reproducción, derechos en cuanto a planificación familiar y aborto, derecho a
participar de manera igualitaria en instituciones militares, se incluyen
también derecho sobre el control de la mujer sobre su vida, derecho a elegir
como vestirse, como vivir su sexualidad, entre otros, se contempla también el
derecho a una vida segura y libre de violencia, protección contra la violación,
tráfico humano y explotación.

Los derechos políticos se refieren a la capacidad de las mujeres de participar


en la vida política, derecho al voto, a postularse y ostentar cargos de elección
popular.
Componenetes del Indice de Desigualdad de Género 13

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