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Ley de Riego 22-2-14
Ley de Riego 22-2-14
Ley de Riego 22-2-14
DERECHOS FUNDAMENTALES
Art. 16
I. Toda persona tiene derecho al agua y a la
alimentación.
Art. 20
III. El acceso al agua y alcantarillado constituyen
derechos humanos, no son objeto de concesión ni
privatización y están sujetos a régimen de licencias y
registros, conforme a ley.
MEDIO AMBIENTE
RECURSOS NATURALES
.
IV. De acuerdo a la competencia exclusiva del Numeral 38,
Parágrafo I del Artículo 302 de la
Constitución Política del Estado, los gobiernos municipales
tienen la competencia exclusiva de
los sistemas de micro riego en coordinación con los pueblos
indígena originario campesinos.
OBJETO.
UJL
VM AGUA POTABLE
SANEAMIENTO BASICO
VM MEDIO AMB. BIODIV.
Y CAMBIOS CLIMATICOS VRH y RIEGO SENARI
UPC
DG DG
UPP
RIEGO CUENCAS
Composición del
SENARI
Art. 8 Ley 2878
DIRECTORIO DIRECCIONES
DEPARTAMENTAL DEPARTAMENTALES
SEDERI SEDERI’s
DIRECCION
LOCAL DE
CUENCA
Ministra de Medio Ambiente y Agua
(PRESIDENTA)
1 representante de Viceministerio
de desarrollo rural y agropecuario
Representantes
1 representante de Viceministerio Institucionales
de Recursos Hídrico y Riego
DIRECTORIO
(compuesto por 13 personas) 1 representante del Ministerio de
Planificación del Desarrollo
1 representante de la CSUTCB
Gobernador (PRESIDENTE)
2 representantes de la Gobernación
Directorio (Directores)
Representantes
Institucionales
Art. 27
1 representante de la Asamblea
Departamental
COMPOSICIÓN
7 representantes de los Regantes
1 representante de la cámara
departamental agropecuaria
SEDERI LA PAZ DIRECTORIO DIRECCIÓN EJECUTIVA
REGISTRO COLECTIVO
Acto administrativo mediante el cual el Estado a través
del SENARI, reconoce y otorga el derecho de uso de las
fuentes de agua para riego a pueblos indígenas,
originarios, etc., garantizando jurídicamente de manera
permanente, los recursos hídricos según usos y
costumbres.
A. REGISTROS
a. COLECTIVOS
b. COLECTIVOS
CONJUNTOS
c. FAMILIARES
B. AUTORIZACIONES
REQUISITOS
DEPARTAMENTOS Nº
COCHABAMBA 48
LA PAZ 24
POTOSI 15
CHUQUISACA 4
TARIJA 1
SANTA CRUZ 1
ORURO 1
TOTAL 94
Entrega registro colectivo “San Cristobal” Dic-2011
SEDERI POTOSÍ
Altiplano
Valles
Zonas Bajas
Chaco
Sistemas de riego en Bolivia
(Inventario Nacional de Sistemas de Riego, 2000)
5,743
Inventariados
Más de 5.000 sistemas
271.900 flias. de productores 5,459 284
226.500 ha. bajo riego Funcionan No funcionan
5,350
109
Uso Agrícola
Uso pecuario
PARTICIPACION SOCIAL
DIRECTORIO LOCAL IMPULSOR DE OBRA
COMITES DE FISCALIZACION DE OBRA
(Hoy CRP)
RECURSOS HIDRICOS
Art. 374.
374 I. El Estado protegerá y garantizará el uso
prioritario del agua para la vida. Es deber del Estado
gestionar, regular, proteger y planificar el uso adecuado y
sustentable de los con
recursos hídricos,
participación social, garantizando
el acceso al agua a todos sus
habitantes
Es imposible tener agua sin conservar la
naturaleza, es un círculo vicioso: al matar los
bosques y las selvas, matamos las esponjas que
absorben el CO2 y, al mismo tiempo, el cambio
del clima mata bosques y selvas: las fábricas de
agua. Lo que hacemos con la naturaleza y con
GRACIAS POR LA
el agua es tan absurdo como cosechar los frutos
derribando los árboles.
ATENCION !!!