Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Documento para Habrir Un Negocio Sol Bohorquez

Descargar como pptx, pdf o txt
Descargar como pptx, pdf o txt
Está en la página 1de 9

Conozcamos los

requisitos para abrir


un nuevo negocio de
productos alimenticios
Requisitos de carácter obligatorio según Decreto 1879 de 2008

1. Matrícula mercantil vigente. El establecimiento de comercio debe


matricularse a más tardar dentro del mes siguiente a la fecha en la que
inició actividades. Esto se hace en la cámara de comercio diligenciando el
formulario Registro Único Empresarial- RUES se recomienda verificar que
no exista un establecimiento registrado con el mismo nombre y esto se
puede hacer en la página www.rues.org.co.
Para solicitar la matrícula de un establecimiento comercial. Debe haber
constituido la empresa como persona jurídica o haberse registrado como
persona natural.
2. Certificado Sayco & Acinpro. Si en el establecimiento se hace el uso de música o
de alguna obra protegida por derechos de autor, se deben pagar los derechos
correspondientes a la Organización Sayco & Acinpro (OSA). De no usar dicho
derecho no se genera responsabilidad con la OSA.
3. Registro Nacional de Turismo. Este registro es obligatorio para
los prestadores de servicios turísticos relacionados en el artículo
12 de la Ley 1101 de 2006, dentro de los cuales se encuentran
los restaurantes turísticos con ventas anuales superiores a los
500 SMMLV. Este registro se debe actualizar anualmente dentro
de los primeros 3 meses del año. Esto se hace en la cámara de
comercio
inscripción, actualización o renovación, reactivación, solicitud de
suspensión temporal o cancelación.
4. Concepto sanitario. Todo establecimiento debe cumplir con las condiciones sanitarias que se
describen en la Ley 9 de 1979, que está compuesta por títulos de carácter general como los de
protección del medio ambiente, suministro de agua, y salud ocupacional, así como algunos
específicos como el título V denominado Alimentos, en el que se establecen las normas
específicas a las que están sujetos los establecimientos industriales y comerciales en los que se
realicen actividades que se relacionan con alimentos.
En el caso de las personas jurídicas y naturales que ejercen actividades en torno a los alimentos
como su fabricación, procesamiento, distribución y comercialización, deben también cumplir con
los requisitos sanitarios establecidos en la Resolución 2674 de 2013. Esta norma alude
específicamente a las condiciones sanitarias que deben cumplir los restaurantes y
establecimientos gastronómicos.
El establecimiento debe garantizar el cumplimiento de las leyes ya mencionadas. Después de esto
se realizada la auditoría de inspección, vigilancia y control del establecimiento.
La autoridad sanitaria encargada de emitir el concepto sanitario es la Secretaría Distrital de Salud
o sus entes territoriales. Hay que registrarse y solicitar que se realice la visita .
5. Otras normas. Se debe cumplir con las normas que se expidan en el lugar donde
se establezca el establecimiento comercial referente al uso de suelo, intensidad
auditiva, horario, ubicación y actividad comercial. Es así como se tendrá que validar,
entre otros : Uso de suelo. Verificar que la actividad económica del establecimiento
comercial se pueda desarrollar en la ubicación que se ha escogido, de acuerdo con
el Plan de Ordenamiento Territorial y la reglamentación específica del municipio, y
solicitar el respectivo certificado de Uso de suelo a la Oficina de Planeación distrital.
Otros requisitos de carácter obligatorio no estipulados en el Decreto 1879
de 2008 se debe solicitar también
6. Concepto técnico de seguridad humana y protección contra incendios.

Este es expedido por el Cuerpo Oficial de Bomberos y busca asegurar el


cumplimiento en los temas de seguridad humana y sistemas de protección contra
incendios. Se solicita el servicio de Concepto técnico. Y Visitas de inspección.

7. Lista de precios. Los precios de los productos deben hacerse públicos, bien sea
en empaques, envases o en una lista general visible

8. Inscripción en el RUT. Los comerciantes deben estar inscritos en el RUT (Registro


Único Tributario) y, si pertenecen al régimen simplificado, deben indicar su RUT en
un lugar visible del establecimiento. Una vez se tenga la certificación de apertura de
la cuenta y el Certificado de Existencia y Representación Legal, el usuario debe
dirigirse a la DIAN y solicitar el RUT definitivo.
9. Inscripción en el RIT. Todo establecimiento de comercio debe quedar inscrito en
el Registro de Información Tributaria (RIT) a través del diligenciamiento
del Formulario RIT Establecimiento de Comercio. Este formulario también permite
realizar la actualización o clausura de
SOLANYER BOHORQUEZ GARZON

También podría gustarte