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Resolución 2690 de 2015
Resolución 2690 de 2015
Resolución 2690 de 2015
( 24 JUI 2015 )
Por la cual se establecen las directrices para la formulacin del Programa de
Verificacin Microbiolgica del Sistema Oficial de Inspeccin, Vigilancia y Control de la
Carne y Productos Crnicos Comestibles
RESOLUCIN NMERO
2 4 JUL 2015
Continuacin de la resolucin "Por la cual se establecen las directrices para la formulacin del Programa de
Verificacin Microbiolgica del Sistema Oficial de Inspeccin, Vigilancia y Control de la Carne y Productos
Cmicos Comestibles"
incrementa los niveles de calidad sobre algunos agentes econmicos, la misma est
justificada por razones tcnicas y legales."
En mrito de lo expuesto,
RESUELVE
Artculo 1. Objeto. La presente resolucin tiene por objeto establecer las directrices
para la formulacin del Programa de Verificacin Microbiolgica del Sistema Oficial de
Inspeccin, Vigilancia y Control de la Carne y Productos Crnicos Comestibles
destinados para el Consumo Humano.
Artculo 2. Campo de aplicacin. Las disposiciones contenidas en la presente
resolucin, aplican a las personas naturales o jurdicas que desarrollen actividades en
las plantas de beneficio, desposte, y desprese de las especies destinadas para el
consumo humano en todo el territorio nacional, as como a las autoridades sanitarias
sealadas en los numerales 1 y 2 del artculo 58 del Decreto 1500 de 2007 modificado
por el Decreto 2270 de 2012.
Artculo 3. Definiciones. Para efectos de la presente resolucin, adems de las
definiciones previstas en los Decretos 1500 de 2007 y 2380 de 2009, y en las
resoluciones expedidas para las especies destinadas al consumo humano, se tendrn
en cuenta las siguientes:
1. Criterio de Control de Proceso: Criterio que indica el funcionamiento aceptable
del proceso de produccin; este criterio, que no es aplicable a los productos
comercializados, establece un valor de contaminacin indicativo por encima del
cual se requieren medidas correctivas para mantener la higiene del proceso.
2. Estndar de desempeo: Frecuencia y/o concentracin mxima de un peligro en
un alimento, establecido para una determinada etapa de la cadena productiva.
Artculo .4. Criterios para la definicin de los microorganismos. Las autoridades
competentes definirn los microorganismos a incluir en el programa de verificacin
microbiolgica,tonsiderando el riesgo para el consumidor, la especie animal, el tipo y
propsito de Muestreo, el establecimiento, entre otros.
Inicialmente debern incluirse los microorganismos indicadores o patgenos de
acuerdo con la siguiente tabla:
Tabla 1. Microorganismos y objetivo
Microorganismo
Objetivo
1.
E. col/ genrico
2.
3.
4.
ffr
2 4 JUL 2015
RESOLUCIN NMERO 00002690 DE 2015 HOJA No. 3 de 4
Continuacin de la resolucin "Por la cual se establecen las directrices para la formulacin del Programa de
Verificacin Microbiolgica del Sistema Oficial de Inspeccin, Vigilancia y Control de la Carne y Productos
Cmicos Comestibles"
Microorganismo
5.
Campylobacter spp.
Objetivo
Cumplimiento de Estndar de Desempeo
Afr
RESOLUCIN NMERO
24 JUL 2015
oonn2690 DE 2015 HOJA No. 4 de 4
Continuacin de la resolucin "Por la cual se establecen las directrices para la formulacin del Programa de
Verificacin Microbiolgica del Sistema Oficial de Inspeccin, Vigilancia y Control de la Carne y Productos
Cmicos Comestibles"
24 JUL 2015