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CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS ABIERTO

LEY N°30057

N° de convocatoria CPMA N° 017-2024-ONP

Puesto a convocar ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO

N° de posiciones a
1
convocar
Misión del puesto Coordinar y manejar los procesos de gestión del cambio y relaciones
humanas e implementar proyectos de desarrollo a fin de fortalecer la
cultura y clima organizacional conforme a los lineamientos del órgano y a
las disposiciones legales y normativas vigentes.

Tipo de contratación Ley N° 30057 - Régimen del Servicio Civil

Plazo de contratación Indeterminado

Modalidad de
Presencial
Prestación de Servicio

Ubicación geográfica Lima

Compensación
S/ 9,133.93 (mensual)
económica

Requisitos de Bachiller universitaria/o de la carrera de Administración, Ingeniería


formación académica Industrial, Psicología, Relaciones Industriales, Economía, Derecho,
Asistencia Social, Ciencias de la Comunicación, Relaciones Públicas o
afines por la formación.
Requisitos de
experiencia Experiencia general: 5 años.
Experiencia específica: 4 años de experiencia en la función o materia.
Nivel mínimo de Analista: 4 años.
Sector público: 1 año

Requisitos adicionales No aplica

Las/os profesionales interesadas/os deberán revisar las bases del concurso en el Portal Institucional de
la ONP: https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
Las postulaciones se realizarán únicamente a través de la Plataforma de Reclutamiento Virtual
del 17 al 22 de julio de 2024, ingresando al siguiente enlace:

https://convocatorias.onp.gob.pe
BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS
ABIERTO

CPMA N° 017-2024-ONP

LEY N° 30057 – LEY DEL SERVICIO CIVIL

PUESTO N° DE POSICIONES

ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO 01

1
ÍNDICE

CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES ........................................................................................................... 3


1.1 Objeto del Concurso ........................................................................................................................... 3
1.2 Base Legal............................................................................................................................................ 3
1.3 Requisitos para la incorporación al servicio civil por CPMA................................................................ 5
1.4 Evaluaciones dentro del proceso ........................................................................................................ 5
1.5 Disposiciones a tener en cuenta por las/os postulantes del presente concurso ................................ 5
1.6 Condiciones del Puesto ....................................................................................................................... 8
CAPITULO II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO ................................................................................. 8
2.1 Cronograma del Proceso ..................................................................................................................... 8
2.2 Etapas y criterios de Evaluación .......................................................................................................... 8
2.2.1 Etapa de Convocatoria y Reclutamiento ............................................................................................. 8
2.2.2 Etapa de Evaluación, criterios de evaluación y resultados................................................................ 14
2.2.3 Etapa de Elección y resultado final del proceso ................................................................................ 24
CAPITULO III. BONIFICACIONES POR DISCAPACIDAD, LICENCIADOS DE LAS FUERZAS ARMADAS Y/O
DEPORTISTAS CALIFICADOS DE ALTO NIVEL .................................................................................................... 26
3.1 Para la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) al personal licenciado de las Fuerzas
Armadas ............................................................................................................................................ 26
3.2 Para la asignación de la bonificación del quince por ciento (15%) a las personas con discapacidad 26
3.3 Para la asignación de la bonificación para los deportistas calificados de alto nivel.......................... 26
CAPITULO IV. SITUACIONES IRREGULARES Y CONSECUENCIAS (caso de no presentación a las evaluaciones
por parte del/de la postulante, caso de suplantación, entre otros.) ............................................................... 27
CAPITULO V. MECANISMOS DE IMPUGNACIÓN Y OBSERVACIÓN ................................................................... 28
5.1 Consultas y Observaciones................................................................................................................ 28
5.2 Impugnación ..................................................................................................................................... 28
CAPITULO VI. DE LA ABSTENCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SELECCIÓN........................................ 28
6.1 Nepotismo ......................................................................................................................................... 28
6.2 Abstención ........................................................................................................................................ 29
CAPITULO VII. DE LA DECLARATORIA DE DESIERTO O DE LA CANCELACIÓN DEL PROCESO ............................ 29
CAPITULO VIII. ANEXOS .................................................................................................................................... 30
Anexo A: Cronograma ...................................................................................................................................... 30
Anexo B: Ficha de Evaluación Curricular…………………………………………………………….………………………………………..30
Anexo N° 2: Perfil de Puesto ............................................................................................................................ 30
Anexo N° 3: Declaración Jurada N° 1 ............................................................................................................... 30
Anexo N° 4: Declaración Jurada N° 2 ............................................................................................................... 30
Anexo N° 5: Autorización para grabación en audio y video ……………………………………………..….………………………30
Anexo N° 6: Declaración Jurada de no encontrarse Inscrito en el Registro de deudores de Reparaciones Civiles
(REDERECI)………………………………………………………………………………………………………………………………………………….30

2
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES

1.1 Objeto del Concurso

Entidad Pública Oficina de Normalización Previsional - ONP


Tipo de Proceso Concurso Público de Méritos Abierto - CPMA
Código del Concurso CPMA - N° 017 - 2024
Puesto Convocado ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO
Perfil de Puesto Anexo 2
Posiciones 1
Órgano responsable del
Oficina de Recursos Humanos
proceso

1.2 Base Legal

GENERAL

Norma Descripción de la Norma


Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida
Ley N° 31564 de personal del servicio público y su Reglamento, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 082-2023-PCM.
Ley que establece el acceso de Deportistas de Alto Nivel a la Administración
Ley N° 27674 Pública, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 089-2003-
PCM.
Ley N° 27815 Ley de Código de Ética de la Función Pública.
Ley que crea el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, modificado por
Ley N° 28970 el Decreto Legislativo N° 1377; y su Reglamento, aprobado con Decreto
Supremo N° 008–2019-JUS.
Ley de Servicio Militar y modificatorias; así como, su Reglamento aprobado
Ley N° 29248
con Decreto Supremo N° 003-2013-DE.
Ley de simplificación de la certificación de los antecedentes penales en
Ley N° 29607
beneficio de los postulantes a un empleo.
Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, aprobado con
Ley N° 29733
Decreto Supremo N° 003–2013-JUS
Ley General de la Persona con Discapacidad y modificatorias, y su
Ley N° 29973
Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 022–2017-JUS.
Ley del Servicio Civil y sus modificatorias, y su Reglamento General,
Ley N° 30057
aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM y modificatorias.
Ley N° 30220 Ley Universitaria.
Ley que crea el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles, y su
Ley N° 30353
Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 022–2017-JUS.
Ley que establece como requisito para establecer servicios en el sector
Ley N° 30794 público, no tener condena por terrorismo, apología del delito de terrorismo
y otros delitos
Ley que modifica la Ley N° 26771, que establece la prohibición de ejercer la
facultad de nombramiento y contratación de personal en el sector público
Ley N° 31299
en casos de parentesco; y la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para ampliar
los supuestos de nepotismo a la contratación de progenitores de los hijos,
3
velando por los principios de meritocracia, buena administración y correcto
uso de asignación de los recursos públicos.
Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y
ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre
Ley N° 31419
designación y remoción y su reglamento aprobado por Decreto Supremo
053-2022-PCM
Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora
Decreto Legislativo N° 1023
del sistema administrativo de gestión de recursos humanos.
Decreto Legislativo que aprueba diversas medidas de Simplificación
Decreto Legislativo N° 1246
Administrativa.
Decreto Legislativo que dispone la aplicación de la Ley N° 31419 a los
Decreto Legislativo N° 1544 funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que
teniendo causales de remoción, son de libre designación.
Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, para
fortalecer la Gestión Pública a través del tránsito de las Entidades Públicas y
Decreto Legislativo N° 1602
promover el acceso meritocrático de los Servidores Civiles al régimen del
Servicio Civil, y dicta otras disposiciones.
Decreto Supremo N° 008-
Que aprueba el Reglamento del Tribunal del Servicio Civil.
2010-PCM
Decreto Supremo N° 003- Que establecen las disposiciones para el registro y difusión de las ofertas
2018-TR y sus modificatorias laborales del Estado.
Decreto Supremo N° 004- Que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del
2019-JUS Procedimiento Administrativo General.
Resolución de Presidencia Que aprueba la Directiva N° 002-2014-SERVIR/GDSRH “Normas para la
Ejecutiva N° 238-2014- Gestión del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos de las
SERVIR/PE entidades públicas”.
Resolución de Presidencia Directiva N° 003-2024-SERVIR/GDSRH “Diseño de Perfiles de Puestos y
Ejecutiva N° 018-2024- elaboración, aprobación, administración y modificación del Manual de
SERVIR/PE Perfiles de Puestos”
Resolución de Presidencia
Que aprueba el Diccionario de Competencias Genéricas del Grupo de
Ejecutiva N° 320-2017-
Directivos Públicos.
SERVIR/PE
Que establece criterios para asignar una bonificación en concursos para
Resolución de Presidencia
puestos de trabajo en la administración pública en beneficio del personal
Ejecutiva N° 061-2010-
licenciado de las Fuerzas Armadas, modificada por Resoluciones de
SERVIR/PE
Presidencia Ejecutiva N° 107-2011 y 330-2017-SERVIR/PE.
Resolución de Presidencia Que aprueba los “Lineamientos para el otorgamiento de ajustes razonables
Ejecutiva N° 140-2019- a las personas con discapacidad en el proceso de selección que realicen las
SERVIR-PE entidades del sector público”.
Resolución de Presidencia Que aprueba la Directiva N° 004-2024-SERVIR/GDSRH Normas para la
Ejecutiva N° 050-2024- Gestión de los Procesos de Selección en el régimen de la Ley Nº 30057 - Ley
SERVIR-PE del Servicio Civil.
Resolución de Presidencia Que aprueba la Directiva Nº 002-2024-SERVIR/GDSRH, “Diseño y estructura
Ejecutiva Nº 017-2024- de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y
SERVIR/PE modificación del Cuadro de Puestos de la Entidad”.

4
ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD
Norma Descripción de la Norma
Resolución de Gerencia Aprueba el Manual de Perfiles de Puestos (MPP) actualizado, Décimo
General N° 000005-2024- primera modificación, de la Oficina de Normalización Previsional.
GG-ONP
Resolución de Presidencia Que formaliza la aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE de la
Ejecutiva N° 035-2018- Oficina de Normalización Previsional- ONP.
SERVIR/PE
● Las demás disposiciones que resulten aplicables.

1.3 Requisitos para la incorporación al servicio civil por CPMA

El presente Concurso Público de Méritos Abierto se regirá por los principios de la Ley del Servicio Civil.
Cualquier persona que se encuentre o no prestando servicios al Estado podrá postular siempre que
cumpla con el perfil de puesto requerido, las disposiciones que se establezcan en la presentes bases
y las reglas de acceso establecidas en la Ley del Servicio Civil - Ley N° 30057, y sus modificatorias, el
Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-
PCM y modificatorias, por lo que deberá cumplir con los siguientes requisitos para su incorporación
al servicio civil:
a. Estar en ejercicio pleno de los derechos civiles, que para efectos del Servicio Civil corresponde a
haber cumplido la mayoría de edad al momento de presentarse al concurso.
b. Cumplir con los requisitos exigidos para el puesto.
c. No tener condena por delito doloso, con sentencia firme.
d. No estar inhabilitado administrativa o judicialmente. Están inhabilitados administrativamente
quienes están comprendidos en el Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles
(RNSSC) o quienes lo están judicialmente con sentencia consentida y/o ejecutoriada para el
ejercicio de la profesión, cuando ello fuere un requisito del puesto, para contratar con el Estado
o para desempeñar servicio civil, y aquellos condenados por los delitos a los que se refiere el
Decreto Legislativo N° 1295.
e. No estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos Dolosos
(REDERECI), conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley N° 30353.
f. No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado acorde a la Ley N°
28970. En caso tenga deuda, se requiere que previo a la suscripción del contrato o a la
expedición de la resolución de designación correspondiente, el deudor acredite el cambio de su
condición a través de la cancelación respectiva o autorice el descuento por planilla, o por otro
medio de pago, del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos.
g. Tener nacionalidad peruana, sólo en los casos en que la naturaleza del puesto lo exija, conforme
a la Constitución Política del Perú y las leyes específicas.
h. Los demás requisitos previstos en la Constitución Política del Perú y las leyes, cuando
corresponda.

1.4 Evaluaciones dentro del proceso:

APLICABLES EN EL
EVALUACIONES
PRESENTE PROCESO

Evaluación de Conocimientos SI

Evaluación Psicométrica SI

5
Evaluación Curricular SI

Entrevista Final SI

1.5 Disposiciones a tener en cuenta por las/os postulantes del presente concurso:

a. Las/os postulantes deben enviar la información requerida conforme se solicite en cada etapa
del proceso, en las fechas y horas determinadas según el cronograma, al correo electrónico
habilitado para dicho fin y deben tomar en consideración las características de este.

MEDIOS DE COMUNICACIÓN / POSTULACIÓN

Medio de postulación https://convocatorias.onp.gob.pe/

Correo electrónico seleccion30057@onp.gob.pe

Página Web Institucional www.onp.gob.pe

b. Para la fase de reclutamiento, así como para la evaluación curricular las/os postulantes deben
remitir la información requerida, según lo establecido en los medios de comunicación.
c. En la fase de reclutamiento, la postulación se realizará de manera virtual por las/os
postulantes accediendo a la Plataforma de Reclutamiento Virtual indicado en el literal a
(Medio de postulación), dentro de los días estipulados en el cronograma del concurso (Anexo
A) considerándose para ello hasta las 5:30 p.m. del último día de postulación indicado en el
cronograma.
d. Los resultados de las evaluaciones se publicarán dando a conocer la lista de las/os postulantes
con el puntaje además de la condición obtenida y consideraciones a tomar en cuenta para la
siguiente etapa y/o evaluación. Estos resultados serán publicados según el cronograma del
concurso.
e. En la publicación de resultados de cada etapa y/o evaluación se anunciará fecha, hora y
consideraciones que deberán ser tomadas en cuenta por la/el postulante para la siguiente
etapa y/o evaluación.
f. En la Evaluación Curricular las/os postulantes que hayan obtenido la condición de “CALIFICA”
en la fase anterior, presentarán los documentos que sustenten lo consignado en la Ficha de
Postulante (Anexo N°1). Dicha información deberá ser remitida vía correo electrónico a:
seleccion30057@onp.gob.pe , de acuerdo con el cronograma establecido hasta las 5:30 p.m.
del último día.
g. Los resultados de la Evaluación Curricular se darán a conocer por medio de la lista de las/os
postulantes con el puntaje y la condición obtenida, la cual será publicada, según el
cronograma del concurso en el Portal Institucional.
h. La lista de las/os postulantes que CALIFICAN a la fase de entrevista serán publicados según
el cronograma del concurso, en el Portal Institucional; a su vez se indicará día y hora de la
entrevista, así como otras consideraciones a tomar en cuenta por la/el postulante.
i. La Oficina de Recursos Humanos – ORH, podrá grabar la entrevista final, a fin de garantizar la
transparencia del concurso, para lo cual las/os postulantes, deberán firmar el consentimiento
(Anexo N° 05 - Autorización para grabación en audio y video) y presentarlo junto a los
documentos de sustento en la etapa correspondiente.
j. Las/os postulantes deberán tener en cuenta que la videograbación cuenta con una
diferenciación horaria, por defecto del aplicativo informático.

6
k. Los resultados de la Entrevista Final se darán a conocer por medio de la lista de las/os
postulantes con el puntaje y la condición obtenida, la cual será publicada según el cronograma
del concurso, en el Portal Institucional.
l. La/el postulante es responsable de realizar el seguimiento de la publicación de los resultados
parciales y totales, además de los comunicados que se emitan como parte del concurso.
Asimismo, deberá verificar su cuenta de correo electrónico declarada en la ficha de
Postulante para las comunicaciones que se emitan durante el concurso.
m. La/el postulante deberá tener en cuenta que la dirección del correo electrónico registrado en
la Ficha de Postulante será utilizada para el desarrollo de las evaluaciones o cualquier
comunicación de ser el caso. Es responsabilidad de las/os postulantes revisar
permanentemente y mantener habilitada la cuenta de correo electrónico registrado en la
Ficha de Postulante, así como gestionar que los correos electrónicos enviados no sean
considerados como correos no deseados.
n. La ORH definirá el lugar y la modalidad de las evaluaciones, pudiendo ser estas de forma
presencial o virtual, lo cual será comunicado oportunamente en los resultados de la etapa
correspondiente, a través del Portal Institucional.
o. En el caso de las evaluaciones virtuales, estas serán realizadas mediante una Plataforma
Virtual, la cual será definida por la Oficina de Recursos Humanos y comunicada
oportunamente a las/os postulantes.
p. Las evaluaciones podrán ser reprogramadas por causas debidamente justificadas.
q. El registro de asistencia de las/os postulantes se realizará a través de la verificación del
Documento de Identidad original, en el lugar, medio y/o plataforma dispuesta para las
evaluaciones hasta la hora programada. De no contar con el Documento de Identidad original
por pérdida o robo, deberá presentar la denuncia policial e inscripción de trámite en el
Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC u otro documento oficial que
permita su identificación, que incluya nombres, apellidos y fotografía. Aquellas/os que se
presenten después del horario señalado y/o no presenten el documento de identificación
solicitado no podrán participar de la evaluación y, en consecuencia, obtendrán la condición
de No asistió.
r. Durante el desarrollo de cada una de las evaluaciones, las/os postulantes deberán
permanecer en el ambiente, medio y/o plataforma asignada para las evaluaciones. Por lo que
no está permitido bajo ningún motivo, el uso de auriculares y/o audífonos, abandonar,
ausentarse o poner en espera la evaluación, siendo esto materia de descalificación en la
Evaluación de Conocimiento y Psicométrica, mientras que, en la Entrevista Final, obtendrá
la condición de no califica.
s. La Oficina de Recursos Humanos - ORH no se responsabiliza por problemas de conexión en
los equipos de las/os postulantes.
t. Los resultados de las evaluaciones que correspondan serán publicados en el Portal
Institucional: https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral de acuerdo con el
cronograma del concurso público.
u. La ORH se encargará de interpretar los casos no previstos en la presente Base, garantizando
la observancia de los principios rectores de mérito, transparencia, igualdad de oportunidades,
integridad pública y responsabilidad.
v. Cada evaluación es eliminatoria, por lo cual solo podrán acceder a la siguiente evaluación
quienes hayan calificado en la evaluación previa.
w. Los resultados de las evaluaciones realizadas en este concurso público contienen información
que garantiza la transparencia en cada una de ellas, en esa misma línea, la Ley N° 27806, Ley
de Transparencia y Acceso de la Información Pública, precisa que: “Toda información que
posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el
Artículo 15º de la presente Ley”1; en consecuencia, considerando que los resultados de las
etapas del proceso de selección contienen información pública y que dotan de transparencia
7
a dicho proceso, no corresponde la eliminación de los resultados de las etapas del proceso de
selección publicados en el Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
x. Todas las consultas respecto al concurso público se atienden a través del correo electrónico
seleccion30057@onp.gob.pe de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m.

1.6 Condiciones del Puesto

Las condiciones del puesto son las siguientes:

Grupo de Servidores Servidor Civil de Carrera


Familia de puestos Gestión institucional
Rol Gestión de Recursos Humanos
Nivel/Categoría CA3 - Especialista
Localidad Lima
Compensación Económica Anual S/ 127,875.00
Pago Mensual S/ 9,133.93
Horario Lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m.
Modalidad de prestación Presencial
Disponibilidad del puesto Vacante
Período de prueba Según corresponda
El periodo de contratación será de plazo indeterminado, de
Periodo de contratación conformidad con el Artículo 183 del Reglamento de la Ley del
Servicio Civil.

CAPITULO II. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DEL PROCESO

2.1. Cronograma del Proceso

El Concurso Público de Méritos Abierto – CPMA N° 017-2024-ONP (en adelante CPMA) se rige por
el cronograma (Anexo A) publicado.

2.2 Etapas y criterios de Evaluación

2.2.1 Etapa de Convocatoria y Reclutamiento


2.2.1.1 Fase de Convocatoria

Se realiza en el plazo indicado en el Cronograma – Anexo A del CPMA y se difundirá durante diez
(10) días hábiles, a través de:

● Portal Talento Perú.


● Portal Institucional de la Oficina de Normalización Previsional – ONP.

2.2.1.2 Fase de Reclutamiento

Esta fase comprende el registro y postulación al concurso por parte del/de la postulante y la
revisión de la información consignada en la Ficha del Postulante, registrada en la Plataforma de
Reclutamiento Virtual, con la finalidad de verificar si cumplen con los requisitos mínimos para la
incorporación al servicio civil y los requisitos mínimos del puesto en estricta observancia de los
principios que rigen el Servicio Civil y los establecidos en el artículo IV del Texto Único Ordenado

8
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual tiene carácter de
declaración jurada; por lo cual, está sujeto a verificación posterior. Las/os postulantes, deberán
tener en cuenta que, llegado el momento de la presentación de documentos para la Evaluación
Curricular, deberán sustentar la información declarada en la Ficha del Postulante.

El registro es de entera responsabilidad de las/os postulantes y deben cumplir con las siguientes
disposiciones para la presentación:

a) Criterios de la Postulación
La postulación al CPMA se realiza a través de la Ficha de Postulante (Anexo N°1), de
acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. En la Ficha de Postulante, se debe consignar toda la información requerida, respecto al


cumplimiento de los requisitos mínimos del perfil del puesto, de manera correcta y veraz,
coincidiendo con la documentación física a ser presentada en la fase respectiva. Además,
consignar la información necesaria para ser beneficiaria/o del puntaje adicional a lo
mínimo requerido conforme lo establece la Ficha de Evaluación Curricular (Anexo B) y
que puedan ser sustentadas mediante documentos en la Evaluación Curricular.
2. Las/os postulantes deberán cumplir con los requisitos mínimos detallados en el perfil del
puesto a la fecha de postulación. Dicha información se encuentra en el Anexo 2: Perfil de
Puesto.
3. Las/os postulantes realizarán el registro de su postulación accediendo a la Plataforma de
Reclutamiento Virtual dispuesta para este fin: https://convocatorias.onp.gob.pe/ , dentro
de las fechas y horarios establecidos en el cronograma del CPMA.
4. Las/os postulantes deberán consignar en la ficha de postulante solo la información que
puedan evidenciar con documentos, dado su carácter de declaración jurada.
5. Las/os postulantes no podrán tener vínculo familiar hasta el cuarto grado de
consanguinidad y segundo de afinidad, vínculo matrimonial, unión de hecho o convivencia
o ser progenitores de sus hijos con funcionarias/os de la ONP que gocen de la facultad de
nombramiento y contratación de personal o tengan injerencia directa o indirecta en el
concurso público, de conformidad con la Ley Nº 26771, su modificatoria y demás normas
legales aplicables.
6. Si la/el postulante es Licenciada/o de las Fuerzas Armadas y cuenta con el certificado
otorgado por la autoridad competente que acredita dicha condición, deberá consignar la
información en la sección correspondiente al momento de su registro en la Plataforma de
Reclutamiento Virtual.
7. Si la/el postulante cuenta con su certificado de discapacidad que acredita dicha condición,
deberá consignar la información en la sección correspondiente al momento de su registro
en la Plataforma de Reclutamiento Virtual. Asimismo, de ser el caso, debe detallar los
ajustes razonables requeridos para realizar las acciones correspondientes, de acuerdo con
la normativa vigente. La persona con discapacidad que, por dilaciones o demoras ajenas
a ella, no cuente con dicho documento solicita el otorgamiento de ajustes razonables
adjuntando una declaración jurada donde manifieste que tiene la condición de
discapacidad. Esta declaración jurada se sustituye por el respectivo Certificado de
discapacidad, una vez que sea obtenido.
8. Del mismo modo en el caso de deportista calificado de alto nivel por el Instituto Peruano
del Deporte, deberá consignar la información en la sección correspondiente al momento
de su registro en la Plataforma de Reclutamiento Virtual.
9. Las/os postulantes deberán considerar toda la información correspondiente a su
formación académica, cursos y programas de especialización, experiencia laboral general

9
y experiencia específica, entre otros, tomando en cuenta que durante la evaluación
curricular se otorga puntaje adicional a lo mínimo requerido en el perfil conforme lo
establece la Ficha de Evaluación Curricular (Anexo B); para ello, es importante que se
tengan en cuenta las definiciones y consideraciones siguientes:

INFORMACIÓN ASPECTOS REQUERIDOS A TOMAR EN CUENTA


DEL PERFIL
Formación Se refiere a los estudios formales requeridos para un determinado
Académica puesto.

Las/os postulantes deberán registrar en la sección “Formación


Académica” sus estudios de Formación Básica o Superior, de
acuerdo con lo requerido en el perfil. Asimismo, deberán declarar
en esta sección, los grados académicos y títulos profesionales
obtenidos a la fecha de postulación.

La Formación Básica no requiere registro y/o sustento, cuando sólo


se solicita Formación Superior.

Cuando el perfil señale además de las carreras específicas, la


palabra "afines por la formación" debe entenderse de manera
limitada a carreras profesionales similares por los fines que
persiguen o procesos que abordan o las materias desarrolladas,
siempre que se guarde relación directa con las funciones del
puesto.

En caso el perfil solicite colegiatura y habilitación profesional, las/os


postulantes deberán declarar esta información en la sección
correspondiente al momento de su registro en la Plataforma de
Reclutamiento Virtual.

Experiencia Las/os postulantes deben consignar la información solicitada en la


Laboral sección Experiencia Laboral, considerando los puestos
desempeñados, fecha de inicio y fin de labores. Asimismo, deben
consignar la información referida a todas aquellas funciones
desarrolladas en cada puesto que sustenten el cumplimiento del
requisito de experiencia solicitado en el perfil del puesto
(incluyendo la conducción de personal, cuando el perfil lo requiera).

De acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley Nº 31396,


Ley que Reconoce las Prácticas Preprofesionales y Prácticas
Profesionales como Experiencia Laboral y modifica el Decreto
Legislativo 1401, las prácticas preprofesionales que realizan los
estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria
en instituciones públicas o privadas por un periodo no menor de
tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la condición de
egresado, son reconocidas como experiencia laboral para su
desempeño en la actividad pública y privada.
Asimismo, las prácticas profesionales que realizan los egresados de
educación superior universitaria y no universitaria en instituciones
públicas o privadas por un periodo de hasta un máximo de
veinticuatro meses son reconocidas como experiencia laboral para

10
su desempeño en la actividad pública y privada.
Por último, estipula que, las prácticas preprofesionales y
continuidad como prácticas profesionales, que realizan los
estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria
en la misma institución pública o privada por un periodo no menor
de tres meses, son reconocidas de manera acumulativa como
experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y
privada.
Experiencia Se entiende como la cantidad total de años de experiencia laboral,
General sea en el sector público y/o privado. Se contabilizará a partir de la
condición de egresado.

Las/os postulantes deberán ingresar la fecha de egreso (detallar el


día, mes y año de dicha condición) de la formación correspondiente
en la sección “Experiencia Laboral”, esto con el fin de realizar el
conteo de la Experiencia Laboral. En caso de que las/os postulantes
no cuenten con una constancia que acredite su fecha de egreso,
pueden consignar la fecha del Bachiller o Título. Por ello, es preciso
detallar el día, mes y año de dicha condición, para la contabilización
de la experiencia laboral general.

En el caso que el perfil solicite formación básica, las/os postulantes


deberán ingresar la fecha de término de su formación básica
(detallar el día, mes y año de dicha condición) en la sección
“Experiencia Laboral”, a fin de realizar el conteo de la experiencia
laboral general.

Si el documento que acredita la experiencia laboral (certificado y/o


constancia de trabajo o constancia de prestación de servicios)
contiene más de un puesto o servicio brindado, se deberá registrar
cada uno de estos.

Experiencia La experiencia específica, se encuentra incluida en la experiencia


Específica general y se refiere al tiempo de experiencia requerida para el
puesto en la función o la materia, según corresponda, considerando
el nivel mínimo requerido del perfil del puesto (Anexo 2). De
solicitarse experiencia específica en el sector público, se
considerará el tiempo de servicio brindado a una entidad estatal
por el régimen del D. Leg. 276, D. Leg. 728 y D. Leg. 1057, D.Leg.
1024, Ley 29806 (PAC), Ley 25650 (FAG), entre otras formas de
contratación.

El cumplimiento del requisito de experiencia específica será


verificado a partir de la descripción de las funciones* asociadas a
cada experiencia laboral, y deberá considerarse el cumplimiento
de dos funciones como mínimo para la validación de la
mencionada experiencia, en relación con lo solicitado en el perfil
de puesto del concurso. En ese sentido, la información declarada
en dicho campo será contrastada de acuerdo con lo solicitado en el
perfil.

*Función del puesto: Es el conjunto de actividades diferentes entre


11
sí, pero similares por el objetivo común que persiguen. Describen lo
que se realiza para cumplir la misión del puesto.

Ejemplo de función: Llevar el control y actualización de


herramientas de gestión de selección de personal para emitir
informes e identificar oportunidades de mejora en la atracción de
personal.

La experiencia específica está asociada a la función o materia y/o al


puesto o cargo y/o al sector público; así como a otros aspectos
complementarios vinculados a requisitos adicionales exigidos para
desempeñarse en el puesto o cargo. Para su aplicación deberá
considerarse lo siguiente:

a. La experiencia en la función o materia es aquella que es


adquirida por el desempeño de las funciones, así como aquella
que se adquiere en la/s materia/s a la/s que se hace referencia
en las funciones de un puesto o cargo.
b. La experiencia en el puesto o cargo es aquella que es adquirida
por el desempeño de un nivel o tipo de puesto o cargo específico.
c. La experiencia en el sector público es aquella que es adquirida
por el desempeño de funciones en una entidad pública o
empresa del sector público.

Conocimientos Los conocimientos de ofimática (Procesador de Texto, Hojas de


de Ofimática e Cálculo y Programas de Presentaciones) requerido en el perfil del
Idiomas puesto deben ser declarados por las/os postulantes, en la sección
“Conocimientos de Ofimática”, siendo indispensable indicar el tipo,
el programa y el nivel de conocimientos (básico, intermedio o
avanzado), ejemplo: Procesador de texto: Microsoft Word básico.

Las/os postulantes deberán registrar el idioma y el nivel de


conocimiento de este, en la sección “Idiomas”, cuando el perfil lo
requiera.

Estos conocimientos no necesitan documentación que los


acredite toda vez que la ficha de postulante tiene carácter de
declaración jurada sujeto a verificación posterior.

Estudios de En la sección Formación Académica, las/os postulantes podrán


Especialización declarar los programas de Especialización que hayan cursado.

Asimismo, se deberán declarar todos aquellos estudios (cursos,


talleres, seminarios, etc.) no considerados como Posgrados o
Programas de Especialización, en la sección Estudios Adicionales.

Los Cursos/Diplomados/Programas de Especialización, etc., deben


registrarse, incluyendo las horas de duración.

Para el caso de cursos no se ha establecido horas mínimas de


duración (en el caso de que el perfil solicite una cantidad
determinada de horas, estas podrán ser acumuladas, siempre y
cuando los cursos pertenezcan al mismo tema). Dentro de la
12
denominación de cursos se consideran los talleres, seminarios,
entre otros.

Respecto a los programas de Especialización y/o diplomado, para


que sean considerados como tal, éstos deberán tener la duración
mínima de 90 horas, salvo sean organizados por disposición de un
ente rector, en cuyo caso pueden ser desde 80 horas. Para estos
casos deberán contar con los programas de especialización que se
requiera para cumplir con el requisito mínimo del perfil de puesto.
En el caso que los Diplomados hayan iniciado durante la vigencia de
la Ley N° 30220, que aprueba la Ley Universitaria, a partir del 10 de
julio de 2014 se considerarán estudios de postgrado los diplomados
de postgrado, con un mínimo de veinticuatro (24) créditos,
teniendo en cuenta que cada crédito académico equivale a dieciséis
(16) horas lectivas.

En caso de que las/os postulantes no posean cursos para sustentar


el requisito mínimo solicitado en el perfil, podrá considerarse válido
supletoriamente un programa de especialización, maestría o
doctorado; sin embargo, en caso de que las/os postulantes
adicionalmente posean varios programas de especialización,
maestrías o doctorados, estos solo se considerarán como puntaje
adicional en la sección correspondiente.

En el caso que, dentro de los estudios de Maestría o Doctorado se


hayan desarrollado materias solicitadas en el perfil, estos podrán
ser considerados para el cumplimiento del requisito, siempre y
cuando haya registrado específicamente el nombre de la materia y
horas en la Plataforma de Reclutamiento Virtual, en la sección
Estudios Adicionales, siendo su responsabilidad presentar en la
Evaluación Curricular el documento donde se evidencie el nombre
declarado y el número de horas que ya han cumplido.

10. Las/os postulantes deberán completar, obligatoriamente, todas las secciones de la


Ficha de Postulante, incluyendo las secciones de Disponibilidad y Declaración.
11. Cuando el concurso incluya preguntas relacionadas al cumplimiento del perfil, las
respuestas constituirán un motivo para aceptar o desestimar una postulación.
12. Las/os postulantes deben tener en cuenta que el registro de toda la información es
de su entera responsabilidad.
13. Para reportar una incidencia técnica, duda y/o consulta, las/os postulantes y personas
interesadas en el CPMA podrán enviar un correo electrónico dentro del plazo
establecido para la inscripción, al correo electrónico seleccion30057@onp.gob.pe,
precisando nombres completos y N° de documento de identidad, así como
explicando lo sucedido y adjuntando la(s) captura(s) de pantalla que corresponda(n).
La Oficina de Recursos Humanos, atenderá los correos de lunes a viernes de 08:00
a.m. a 05:30 p.m. a excepción del último día para la inscripción a la convocatoria, en
el que los correos serán atendidos hasta las 12:00 p.m. (medio día).
14. Las/os postulantes podrán considerarse INSCRITAS/OS cuando luego de haber
completado su información en la pestaña “Registro de Hoja de vida” de la Plataforma
de Reclutamiento, se hayan dirigido a la pestaña “Convocatorias” y hayan hecho clic
en el botón “POSTULAR” en la convocatoria de su interés”. Asimismo, recibirán por
13
correo electrónico, adjunto al mensaje de confirmación, una copia del Anexo N° 1 -
Ficha de Postulante.

Posterior a ello, podrán visualizar los detalles de su postulación en la sección “Mis


postulaciones”

15. Las/os postulantes deberán considerar que una vez registrada su postulación y
generado el Anexo N° 1 - Ficha de Postulante, la información de este no podrá ser
modificado.

a) Revisión de las Postulaciones


La Oficina de Recursos Humanos revisará la Ficha de Postulante (Anexo N°1), conforme
a lo declarado en la misma, considerando la información que corresponda al
cumplimiento de los requisitos establecidos en el Perfil del Puesto (Anexo 2) y
requisitos mínimos para la incorporación al servicio civil, por lo que es eliminatoria y
no cuenta con puntaje.

Las/os postulantes obtendrán una de las siguientes condiciones:

CALIFICA: Postulante que cumple con todos los requisitos mínimos exigidos en el
perfil de puesto.
NO CALIFICA: Postulante que no cumple con alguno de los requisitos mínimos
exigidos en el perfil de puesto.
DESCALIFICA: Postulante que no ha consignado la totalidad de la información en la
plataforma de reclutamiento y/o ficha de postulante.

Luego de la revisión se publicará la lista de las/os postulantes con la condición obtenida,


a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral

2.2.2 Etapa de Evaluación, criterios de evaluación y resultados

Las/os postulantes que hayan obtenido la condición de “CALIFICA” como resultado de la Etapa
de Convocatoria y Reclutamiento deben rendir las evaluaciones orientadas a constatar su
idoneidad para el puesto. Cada una de las evaluaciones es eliminatoria. Solo pueden acceder a la
siguiente evaluación quienes hayan obtenido la condición “califica” en la evaluación anterior.
Esta etapa está conformada por las siguientes evaluaciones:

2.2.2.1 Evaluación de Conocimientos

Esta evaluación se orienta a medir el nivel de conocimientos técnicos del/de la postulante para
el desempeño de las funciones del puesto (conocimientos específicos y técnicos relacionados al
perfil del puesto).

La unidad de organización elabora la evaluación de conocimientos técnicos, y de ser necesario,


podrá contar con el apoyo de expertos técnicos siempre que se observen los principios de mérito,
transparencia e igualdad de oportunidades. Para ello, se utiliza la información consignada en el
acápite de “conocimientos” del perfil de puesto, debiendo guardar coherencia con las funciones
de este.

14
a) De la presentación de las/os postulantes
● De acuerdo con lo estipulado en la Publicación de los resultados de la fase de
Reclutamiento, las/os postulantes serán citadas/os para rendir la Evaluación de
Conocimientos que estará a cargo de la Oficina de Recursos Humanos.
● La Oficina de Recursos Humanos comunicará oportunamente los medios y accesos a
utilizar, asimismo brindará las indicaciones para el desarrollo de la presente evaluación,
las cuales deberán ser respetadas estrictamente.
● La/el postulante deberá tener en cuenta las consideraciones señaladas en la Publicación
de los resultados de la fase de Reclutamiento.

En caso la evaluación se desarrolle de manera virtual:


● Es necesario que el/la postulante tenga acceso a una computadora/laptop, teclado y un
mouse, cámara, audio y conexión a internet, en óptimas condiciones.
● La conexión de Internet con banda ancha con cable o inalámbrica (3G o 4G/LTE), debe
mantenerse estable durante toda la evaluación.
● Durante el desarrollo de esta evaluación, las/os postulantes deberán permanecer en el
ambiente, medio y/o plataforma asignada, manteniendo su cámara y audio activos en
todo momento; asimismo, no está permitido bajo ningún motivo, el uso de auriculares
y/o audífonos, abandonar, ausentarse o poner en espera la evaluación, siendo esto
materia de descalificación.
● En el caso la/el postulante no logre solucionar sus desperfectos en cuanto a la conexión
internet, audio, micrófono y videocámara, la Oficina de Recursos Humanos, tiene la
facultad de cancelar su evaluación, lo cual implicará la descalificación del/de la
postulante.

b) Consideraciones para la calificación


La puntuación mínima aprobatoria para esta evaluación es:

MÍNIMO 12 PUNTOS
MÁXIMO 20 PUNTOS

En esta evaluación, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones:

CALIFICA: Postulante que alcanza el puntaje mínimo aprobatorio de la


evaluación.
NO CALIFICA: Postulante que no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
DESCALIFICA: Postulante que incumple alguna de las normas establecidas, y/o
es retirado/a de la evaluación.
NO ASISTIÓ: Postulante que no se presenta a rendir la evaluación o se
presenta fuera del horario indicado.

Luego de obtenidos los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la


condición obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral

2.2.2.2 Evaluación Psicométrica

La evaluación psicométrica está orientada a medir las aptitudes, habilidades y/o


coeficiente intelectual de las/os postulantes, mediante la aplicación de un
procedimiento estandarizado que da puntajes o calificaciones directas a las personas
evaluadas.
15
a) De la presentación de las/os postulantes
• La Oficina de Recursos Humanos comunicará oportunamente los medios y accesos a
utilizar, asimismo brindará las indicaciones para el desarrollo de la presente
evaluación, las cuales deberán ser respetadas estrictamente.

En caso la evaluación se desarrolle de manera virtual:


• Es necesario que la/el postulante tenga acceso a una computadora/laptop, teclado y
un mouse, cámara, audio y conexión a internet, en óptimas condiciones.
• La conexión de Internet con banda ancha con cable o inalámbrica (3G o 4G/LTE), debe
mantenerse estable durante toda la evaluación.
• Durante el desarrollo de esta evaluación, las/os postulantes deberán permanecer en
el ambiente, medio y/o plataforma asignada, manteniendo su cámara y audio activos
en todo momento; asimismo, no está permitido bajo ningún motivo el uso de
auriculares y/o audífonos, abandonar, ausentarse o poner en espera la evaluación,
siendo esto materia de descalificación.
• En el caso la/el postulante no logre solucionar sus desperfectos en cuanto a la
conexión internet, audio, micrófono y videocámara, la Oficina de Recursos Humanos,
tiene la facultad de cancelar su evaluación, lo cual implicará la descalificación del/de
la postulante.

La puntuación mínima aprobatoria para esta evaluación es de dieciocho (18) puntos de


un máximo de treinta y cinco (35) puntos.

En esta evaluación, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones,
según corresponda:

CALIFICA: Postulante que alcanza el puntaje mínimo aprobatorio de la


evaluación.
NO CALIFICA: Postulante que no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
DESCALIFICA: Postulante que incumple alguna de las normas establecidas, y/o
es retirado/a de la evaluación.
NO ASISTIÓ: Postulante que no se presenta a rendir la evaluación o se
presenta fuera del horario indicado.

Luego de obtenidos los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la


condición obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral

2.2.2.3 Evaluación Curricular

Esta evaluación comprende la revisión de la Ficha de Postulante presentada en la Fase de


Reclutamiento y de la documentación de sustento presentada por las/os postulantes en la
presente evaluación para poder asignar los puntajes (mínimos y adicionales) conforme se
establecen en la Ficha de Evaluación Curricular (Anexo B). En esta evaluación, la Oficina de
Recursos Humanos podrá subsanar aquellos defectos en los que haya incurrido durante la
revisión de las fichas de postulante que es efectuada en la fase de Reclutamiento, ya sea por
ambigüedad o falta de información, sin asumir por ello obligación alguna con las/os postulantes.

16
● La documentación de sustento deberá ser remitida vía correo electrónico al correo:
seleccion30057@onp.gob.pe de acuerdo con el cronograma establecido hasta las 05:30
p.m. del último día.
● La/el postulante es responsable de la información registrada en la Ficha de Postulante y de
los documentos que lo acrediten presentados para la Evaluación Curricular, y se somete al
proceso de fiscalización posterior que lleve a cabo la Oficina de Normalización Previsional,
la misma que formará parte del expediente administrativo del/de la postulante ganador/a.
● En caso el/la postulante haya declarado uno o más grados académicos y/o títulos
profesionales en su Ficha de postulante, se realizará la verificación de su inscripción en el
Registro Nacional de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la SUNEDU, a través del
aplicativo en línea. Por ende, es responsabilidad del/de la postulante asegurarse que sus
grados académicos y/o título se encuentren en dicho registro.
● Cuando el perfil solicite colegiatura y habilitación profesional, licencia de conducir y/o
certificación vigente del órgano encargado de las Contrataciones - OEC de la Entidad emitido
por el Organismo Supervisor, las/os postulantes deberán presentar el documento,
certificado o constancia respectiva. En caso, las/os postulantes no adjunten los documentos
mencionados, se verificará a través del respectivo portal institucional, registros de libre
acceso a través de internet u otro medio de comunicación pública, siempre y cuando la
condición pueda ser verificada a través de dicho medio, de no ser posible la verificación,
serán descalificadas/os del concurso.
● Es responsabilidad del/de la postulante que resulte ganador/a, presentar la copia de todos
los documentos que sustenten lo consignado en la Ficha de Postulante y que hayan sido
validados para el cumplimiento de los requisitos del perfil y puntajes adicionales conforme
lo establece la Ficha de Evaluación Curricular (Anexo B) de la presente base.
● Los documentos que deberán presentarse son:

Acreditación del Documentos a presentar y consideraciones


cumplimiento del Perfil
Licenciado de las Documento expedido por la autoridad competente que
Fuerzas Armadas acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas
Armadas, que haya cumplido el Servicio Militar.
Discapacidad Documento que acredite discapacidad. Certificado de
Discapacidad emitido por la autoridad competente.
Deportista calificado Documento emitido por la autoridad competente que
acredite la condición de Deportista Calificado de Alto Nivel,
de corresponder.
Formación Académica -Constancia de Egreso, diploma del Grado de bachiller,
diploma del Título profesional, Grado de magíster o
doctorado, de ser el caso.
- Para efectos del cumplimiento del requisito de formación
académica, éstos deberán estar registrados en el Registro
Nacional de Grados y Títulos, administrado por la
Superintendencia Nacional de Educación Superior -
SUNEDU.
-Para el caso de títulos profesionales o grados académicos
obtenidos en el extranjero, para ser considerados se
deberá presentar copia del documento que acredite el
reconocimiento del grado o título profesional por parte de
la Superintendencia Nacional de Educación Superior –
SUNEDU; o estar inscrito en el Registro de Títulos, Grados
17
o estudios de posgrado obtenidos en el extranjero-SERVIR,
de conformidad a la Directiva N° 001-2014-
SERVIR/GDCRSC, aprobada mediante Resolución de
Presidencia Ejecutiva N° 010-2014-SERVIR/PE.
-Si el perfil de puesto requiere secundaria completa y el/la
postulante solo cuenta con dicha formación, para el
sustento respectivo debe presentar el certificado de
estudios emitido por la institución de educación básica.
-De no contar con el certificado de formación básica, podrá
presentarse constancia de egresado, título técnico
superior, diploma de grado de bachiller, diploma del título
profesional, grado de magíster o doctorado, de ser el caso.
-Para el caso de títulos técnicos emitidos en el extranjero,
sólo serán considerados si cuentan con el apostillado
correspondiente.
-Cuando el perfil solicite colegiatura y habilitación
profesional, las/os postulantes deberán presentar el
certificado, constancia o papeleta de habilitación
respectiva.
-En caso, las/os postulantes no adjunten los documentos
mencionados, se verificará a través del respectivo portal
institucional, registros de libre acceso a través de internet
u otro medio de comunicación pública, siempre y cuando
la condición pueda ser verificada a través de dicho medio,
de no ser posible la verificación, serán descalificadas/os del
concurso.
-Es responsabilidad del/de la postulante que resulte
ganador/a, presentar la copia de todos los documentos
señalados en los párrafos anteriores.
Experiencia Laboral -Solo serán válidos las constancias de trabajo, certificados
de trabajo, boletas de pago, resoluciones de designación y
cese, que acrediten fehacientemente lo declarado en la
Ficha de Postulante - Anexo N° 01 (puestos, fechas de
inicio y cese, entre otros).
En caso, el/la postulante haya declarado experiencia a la
actualidad, es su responsabilidad presentar la
documentación que acredite su permanencia en la
institución donde labora, pudiendo ser estos: constancia
de trabajo o última boleta de pago (debidamente firmada).
No serán considerados los contratos de trabajo, cartas de
recomendación, u otros documentos diferentes a lo
establecido en los párrafos anteriores, ya que por sí solos
no demuestran la permanencia en el centro de labores.
-En caso de prestación de servicios no personales, solo
serán consideradas las constancias o certificados de
prestación de servicio (siempre que dejen constancia
expresa del objeto del servicio realizado, la fecha de inicio
y término del servicio. Si alguno de los documentos no
incluye algunos de los datos mencionados deberá estar
acompañado de la orden de servicio correspondiente).

18
- En caso dicho documento no indique fecha exacta "día,
mes y año", se considerará como fecha de inicio de la
experiencia, el último día del mes que inició el servicio o
labor, y como fecha fin, el primer día del mes de culminado
el servicio o labor.
- Para el caso de documentos emitidos por una institución
empleadora, deberá constar la denominación del cargo o,
en su defecto, las funciones o servicios llevados a cabo, así
como la fecha de inicio y término del vínculo o el tiempo
laborado. Asimismo, deberán estar impresos en hoja
membretada y contener los datos de la institución
empleadora, así como la firma correspondiente de quien
suscribe el documento junto con los datos de este. En caso
se trate de firma digital y/o electrónica, es responsabilidad
del/de la postulante verificar que en el documento
presentado se visualice la firma de quien suscribe y en caso
de presentar documentos con enlace de dirección URL o
código QR, es responsabilidad del/de la postulante que el
vínculo web (URL o código QR) se encuentre habilitado. En
caso de experiencia laboral en entidades públicas, no se
considerarán como válidas las constancias de Trabajo o
Servicios emitidas por áreas no competentes.

-Cuando el perfil solicite secundaria completa, las/os


postulantes deberán presentar su certificado de estudios,
de lo contrario, su experiencia se computará desde el
documento que presenten (constancia de egreso, fecha de
obtención de diploma de bachiller o título, si lo hubiera).
-Cuando el perfil solicite instrucción técnica o
universitaria, las/os postulantes deberán presentar su
constancia de egreso; de lo contrario, su experiencia se
computará desde el documento que presenten (fecha de
obtención de diploma de bachiller o título, si lo hubiera).
-Aquellas/os postulantes que decidan presentar su
Constancia de Egresada/o con fines de computar su
experiencia laboral; el documento deberá contener fechas
exactas (día, mes y año) caso contrario, se tomará en
cuenta el último día hábil de acuerdo con la información
indicada en el documento presentado o en su defecto la
fecha de emisión del mencionado documento.

-Si el perfil requiere instrucción técnica o universitaria


completa, el tiempo de experiencia general se
contabilizará desde la fecha de egreso de la formación
correspondiente.

-De acuerdo con lo establecido por el artículo 3 de la Ley


Nº 31396, Ley que Reconoce las Prácticas Preprofesionales
y Prácticas Profesionales como Experiencia Laboral y
19
modifica el Decreto Legislativo 1401, las prácticas
preprofesionales que realizan los estudiantes de
educación superior universitaria y no universitaria en
instituciones públicas o privadas por un periodo no menor
de tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la
condición de egresado, son reconocidas como experiencia
laboral para su desempeño en la actividad pública y
privada.
-Asimismo, las prácticas profesionales que realizan los
egresados de educación superior universitaria y no
universitaria en instituciones públicas o privadas por un
periodo de hasta un máximo de veinticuatro meses son
reconocidas como experiencia laboral para su desempeño
en la actividad pública y privada.
-Por último, estipula que, las prácticas preprofesionales y
continuidad como prácticas profesionales, que realizan los
estudiantes de educación superior universitaria y no
universitaria en la misma institución pública o privada por
un periodo no menor de tres meses, son reconocidas de
manera acumulativa como experiencia laboral para su
desempeño en la actividad pública y privada.
Para el cálculo del tiempo de prácticas preprofesionales y
profesionales, necesariamente el/la postulante deberá
adjuntar su constancia de egreso.

- Para efectos del cálculo de tiempo de experiencia, en los


casos que las/os postulantes hayan laborado en dos o más
instituciones al mismo tiempo, el periodo coincidente será
contabilizado una sola vez.

-Respecto a los casos de SECIGRA, se considerará


únicamente el año completo de SECIGRA. Asimismo, se
reconocerá como un (1) año de experiencia general para
efectos de procesos de selección bajo cualquier régimen
laboral, procesos de progresión y demás actividades del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos
que impliquen evaluar el tiempo de experiencia general.
Para ello, la/el postulante acredita con el certificado que
otorga la Dirección General de Justicia y Cultos del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y se entiende
que ha hecho el programa completo y le corresponde su
bono de reconocimiento (1 año de experiencia general)
siempre que la referida dirección haya emitido el
certificado.
Cursos y Programas de -Constancias, certificados, diplomas de estudios, cursos
Especialización y/o programas de especialización, estos estudios deben ser
concluidos y cada documento deberá incluir la cantidad
de horas consignados en la Ficha de Postulante, así como
la firma de quien emite dicho documento.

20
-Los programas de especialización y/o diplomados deberán
tener una duración mínima de noventa (90) horas y si son
organizados por disposición de un ente rector, se podrá
considerar como mínimo ochenta (80) horas.
-En caso de que los Diplomados hayan iniciado durante la
vigencia de la Ley N° 30220, que aprueba la Ley
Universitaria, a partir del 10 de julio de 2014 se
considerarán estudios de postgrado los diplomados de
postgrado, con un mínimo de veinticuatro (24) créditos,
teniendo en cuenta que cada crédito académico equivale a
dieciséis (16) horas lectivas.

● Para reportar alguna duda y/o consulta, las/os postulantes podrán enviar un correo
electrónico dentro del plazo establecido para la presentación de documentos, al correo
electrónico seleccion30057@onp.gob.pe .La Oficina de Recursos Humanos, atenderá los
correos de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m. a excepción del último día de la
presentación de documentos, en el que los correos serán atendidos hasta las 12:00 p.m.
(medio día).

a) Forma de presentación de los documentos que sustenten el cumplimiento del perfil:

● Las/os postulantes deberán presentar la documentación escaneada de ambas caras,


según corresponda, en un solo archivo, en formato PDF, en la fecha y horarios
establecidos para dicho fin. No se admitirá en ninguna circunstancia, documentos
adicionales en una fecha y horario posterior a lo indicado en la publicación, o documentos
que sean enviados en otros formatos o a través de almacenamientos virtuales, enlaces
externos (OneDrive, Google Drive, Dropbox u otros similares) u otros medios que no
hayan sido señalados en la publicación, considerando al postulante con la condición de
“Descalifica” del concurso.
● Las/os postulantes deberán considerar que la documentación que adjunten no deberá
superar los 15 MB, los archivos de tamaño superior no son recibidos en la red y por ende
la/el postulante será descalificada/o.
● Las/os postulantes deben verificar antes del envío de la información que sustente el
cumplimiento del perfil del puesto, bajo su responsabilidad, que el archivo esté completo,
que no supere el tamaño máximo de archivo establecido y además que pueda ser
descargado y su contenido sea legible. La entidad remitirá un correo de confirmación que
dará constancia de la recepción de los documentos.
● Si las/os postulantes remiten más de un correo adjuntando la documentación dentro del
plazo que señala el cronograma, solo será considerado para la revisión y calificación, el
último correo enviado.
● Las/os postulantes deberán remitir documentos legibles y fidedignos que acrediten el
cumplimiento de los requisitos exigidos en el perfil del puesto.
● No serán evaluados los documentos ilegibles o que no puedan ser descargados de tal
modo que no se aprecie ni verifique su contenido, considerando al postulante con la
condición de “Descalifica” del concurso.
● Todos los anexos y ficha deberán presentarse debidamente llenados y firmados (firma
física, escaneada o electrónica), según corresponda. Asimismo, la información contenida
en dichos anexos no deberá modificarse. La no presentación de algún anexo y/o formato
indicado, la omisión de la firma o la modificación del contenido de estos será motivo de

21
descalificación, lo cual implicará que las/os postulantes obtengan la condición de
"Descalifica" en la evaluación curricular.
● Las/os postulantes están obligadas/os a presentar todos los documentos que sustenten
lo consignado en la Ficha de Postulante y que permitan evidenciar el cumplimiento de los
requisitos del perfil. Aquellas/os postulantes que no presenten la documentación total o
parcial requerida obtienen la condición de "Descalifica", no correspondiendo asignar
puntaje alguno en la evaluación curricular.
● La evaluación se realizará en concordancia con lo establecido en el perfil del puesto y solo
se tomará en cuenta la información registrada en la Ficha de Postulante, en contraste
con la documentación presentada. Por lo que no se considerará información adicional
enviada desde otro medio.
● Si luego de la revisión de los documentos de sustento, no es posible la verificación de
alguno de los requisitos establecidos en el perfil del puesto, por no haber presentado la
documentación de sustento que especifique lo consignado en la ficha de postulante,
las/os postulantes obtendrán la condición de "Descalifica", no correspondiendo asignar
puntaje alguno en la evaluación curricular.
● Si luego de la revisión de los documentos de sustento se verifica que la documentación
presentada contiene datos erróneos y/o contradictorios y/o que no permitan validar el
cumplimiento de alguno de los requisitos mínimos exigidos en el perfil del puesto, las/os
postulantes obtendrán la condición de "No Califica", otorgando el puntaje que
corresponda.
● Para el caso de documentos expedidos en idioma diferente al castellano, las/os
postulantes deberán adjuntar la traducción oficial o certificada de los mismos.
● No se aceptarán declaraciones juradas en reemplazo de los documentos que acrediten el
cumplimiento del perfil de acuerdo con lo declarado en la Ficha de Postulante.
● En caso de que la/el postulante haga uso de documentación con certificación electrónica
para sustentar cursos y/o programas de especialización deberá proporcionar el
correspondiente URL o código QR (vínculo web) para su verificación.

● El envío del correo electrónico debe cumplir con el siguiente formato:

FORMA DE INDICACIÓN
PRESENTACIÓN
ASUNTO CPMA N° 017-2024-ONP – ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE
FORTALECIMIENTO
CORREO Mensaje:
Por el presente, se remite la documentación respectiva
para la postulación al CPMA N°017-2024-ONP
- Nombres y apellidos completos: XXXXXXXX
- N° de DNI o carné de extranjería: XXXXXXXX
- N° de folios (páginas) que se adjuntan: XX folios

MODELO DE NOMBRE
DE ARCHIVO
ADJUNTO

DOCUMENTOS ● Para el caso de la etapa de Evaluación, adjuntar la


ADJUNTOS documentación que acredite o sustente el cumplimiento del
perfil del puesto.
Tamaño máximo de ● La documentación deberá presentarse en el siguiente orden:
22
15 MB en total. 1. Anexo N° 1 Ficha de Postulante. (documento adjunto que se
envió al correo registrado en la confirmación de su inscripción
a la convocatoria).
2. Anexo N° 3: Declaración Jurada N° 1.
3. Anexo N° 4: Declaración Jurada N° 2.
4. Anexo N° 5: Autorización para grabación en audio y video.
5. Anexo N° 6: Declaración Jurada de no encontrarse Inscrito
en el Registro de deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI)
7.Documentos relacionados a la formación académica
requerida en el perfil. (certificado de estudios, constancia de
egresado, diploma del grado académico, diploma del título
profesional, diploma de segunda especialidad, diploma del
grado de maestro o doctor y certificado, constancia o papeleta
de habilitación de la colegiatura, certificación OSCE, de ser el
caso).
8. Documentos relacionados a la experiencia laboral requerida.
9. Documentos relacionados a los cursos o programas de
especialización requeridos.
10. Documento expedido por la autoridad competente que
acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas,
que haya cumplido el Servicio Militar, de ser el caso.
11. Documento que acredite discapacidad, de ser el caso.
12. Documento emitido por la autoridad competente que
acredite la condición de Deportista Calificado de Alto Nivel, de
ser el caso.
13. Otros documentos, de ser el caso.

b) Consideraciones para la calificación:


La puntuación mínima aprobatoria para esta evaluación es de 65 puntos de un máximo
de 100 puntos.

En la evaluación, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones,


según corresponda:

CALIFICA: Postulante que alcanza el puntaje mínimo aprobatorio de la


evaluación.
NO CALIFICA: Postulante que no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
DESCALIFICA: Postulante que no ha presentado la documentación consignada en la
ficha de postulante o registro de postulación, que permita validar el
cumplimiento de los requisitos del perfil de puesto, no
correspondiendo asignar puntaje alguno en esta evaluación.

En caso la/el postulante haya obtenido la condición de “CALIFICA” y además presentado el


documento oficial vigente emitido por la autoridad competente que acredite su condición de
Deportista Calificado de Alto Nivel, se le asignará la bonificación adicional para los deportistas
de alto nivel, conforme al artículo 7 del reglamento de la ley N°27674, aprobado con Decreto
Supremo N°089-2003-PCM, que establece el acceso de deportistas de alto nivel a la
administración pública, conforme se detalla en el numeral 3.3 de las Bases.

Luego de obtenido los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la condición
obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
23
2.2.2.4 Entrevista Final

Esta evaluación se encuentra orientada a analizar la experiencia en el perfil del puesto y


profundizar aspectos de la motivación, habilidades y competencias del/de la postulante en
relación con el perfil del puesto.
a) Consideraciones previas a la entrevista:
Sólo acceden a la entrevista final aquellas/os postulantes que hayan obtenido la condición de
“CALIFICA” en la evaluación anterior.

La ejecución de la Entrevista Final será efectuada por el Comité de Selección de la Oficina de


Normalización Previsional.
● El Rol de Entrevista Final y consideraciones a tomar en cuenta para su ejecución será
publicado en el Portal Institucional, indicando las fechas y horarios respectivos según el
cronograma.
● Es necesario que la/el postulante tenga acceso a una computadora/laptop, teclado y un
mouse, cámara, audio y conexión a internet, en óptimas condiciones.
● La conexión de Internet con banda ancha con cable o inalámbrica (3G o 4G/LTE), debe
mantenerse estable durante toda la evaluación.
● La Oficina de Recursos Humanos comunicará oportunamente los medios y accesos a utilizar,
asimismo brindará las indicaciones para el desarrollo de la presente evaluación, las cuales
deberán ser respetadas estrictamente.
● Durante el desarrollo de esta evaluación, las/os postulantes deberán permanecer en el
ambiente, medio y/o plataforma asignada, manteniendo su cámara y audio activos en todo
momento; asimismo, no está permitido bajo ningún motivo el uso de auriculares y/o
audífonos, abandonar, ausentarse o poner en espera la evaluación.
● En el caso la/el postulante no logre solucionar sus desperfectos en cuanto a la conexión
internet, audio, micrófono y videocámara, la Oficina de Recursos Humanos, tiene la facultad
de cancelar su evaluación.

b) Consideraciones para la calificación


La puntuación mínima aprobatoria para esta fase es de 60 puntos de un máximo de 100 puntos.
Los resultados de la entrevista final serán consignados en una tabla de puntuación.

En la entrevista, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones, según
corresponda:

CALIFICA: Postulante que alcanza el puntaje mínimo aprobatorio de la evaluación.


NO CALIFICA: Postulante que no alcanza el puntaje mínimo aprobatorio.
NO ASISTIÓ: Postulante no se presenta a rendir la evaluación o se presenta fuera del horario
indicado.

Luego de obtenidos los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la condición
obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral

2.2.3 Etapa de Elección y resultado final del proceso

En esta etapa, el Comité de Selección elige a la/el postulante idónea/o para el puesto convocado,
de acuerdo con el puntaje acumulado obtenido como consecuencia de la suma de todas las
evaluaciones anteriores de las/os postulantes que alcanzaron la condición de “CALIFICA”.

24
2.2.3.1 Elaboración de Puntaje Final

El puntaje equivalente se determina de la siguiente manera:


Puntaje máximo Puntaje máximo Puntaje obtenido por el
de la evaluación
− Puntaje mínimo
de la evaluación de la evaluación
− postulante en la evaluación
=
5−3 5−X

Puntaje máximo Puntaje obtenido por el


de la evaluación
− postulante en la evaluación
X=5− 5−3 × Puntaje máximo Puntaje mínimo
de la evaluación
− de la evaluación

X = Puntaje equivalente
Sobre la base del puntaje total obtenido se otorgan las bonificaciones establecidas por ley, según
corresponda.

El puntaje final por cada postulante resulta de sumar el puntaje total obtenido con las
bonificaciones otorgadas, de ser el caso.

Posteriormente, se elabora un listado de postulantes ordenado de manera descendente según


el puntaje final obtenido por cada uno de ellos, considerando hasta dos decimales, para luego
proceder a elegir a las/os ganadoras/es y accesitarias/os del concurso, considerando el número
de posiciones convocadas.

En caso de incumplimiento de la cuota señalada en el artículo 53 del Reglamento de la Ley Nº


29973, “Ley General de la Persona con Discapacidad” y cuando se presente un empate en un
concurso público de mérito luego de haber otorgado la bonificación a que se hace mención en el
artículo 51 del Reglamento de la mencionada Ley, se debe seleccionar a la persona con
discapacidad.

En caso de no encontrarse en el supuesto del párrafo anterior, cuando se presente un empate


entre dos o más postulantes, se considerará como ganador/a del concurso al/la postulante que
haya obtenido mayor puntaje en la entrevista final.

En la etapa de Elección se firma el acta en la que el comité, según corresponda, declara al/la
ganador/a del concurso, así como la/el accesitaria/o, de corresponder.

En caso de que existiera más de una posición concursada para un mismo puesto, se declaran a
las/os ganadoras/es y tantas/os accesitarias/os como posiciones convocadas en el concurso
público de méritos.

2.2.3.2 Resultado Final del proceso

El resultado final del CPMA será publicado en el Portal Institucional de la Oficina de Normalización
Previsional, conteniendo el nombre del/de la ganador/a del CPMA, así como del/de la
accesitario/a, de corresponder.

Asimismo, la Oficina de Normalización Previsional remitirá un correo electrónico dirigido a el/la


ganador/a, comunicando los resultados del proceso e invitándolo/a la formalización del mismo.

25
Posterior a la publicación de los resultados finales en el Portal Institucional de la Oficina de
Normalización Previsional, el/la ganador/a del CPMA dispone de un plazo máximo de dos (2)
días hábiles para aceptar el puesto, o desistir al mismo, comunicándolo vía correo electrónico a
la ORH.

En caso de que el/la ganador/a del CPMA no pudiera acceder al puesto obtenido, no realizara las
acciones necesarias para su vinculación con la entidad dentro del plazo antes señalado, o se
presentasen algunas de las causales mencionadas en el artículo 49 de la Ley del Servicio Civil, la
Oficina de Normalización Previsional podrá cubrir el puesto con la/el accesitaria/o, dentro de los
primeros seis (6) meses luego de finalizado el concurso.

CAPITULO III. BONIFICACIONES POR DISCAPACIDAD, LICENCIADOS DE LAS FUERZAS ARMADAS


Y/O DEPORTISTAS CALIFICADOS DE ALTO NIVEL

3.1 Para la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) al personal licenciado de las Fuerzas
Armadas

Esta se realizará en la etapa de Elección. Los licenciados de las Fuerzas Armadas que hayan cumplido
el Servicio Militar y que participen del concurso público de méritos, tienen derecho a la bonificación
del 10% sobre el puntaje obtenido en la etapa de Elección, siempre y cuando hayan alcanzado al menos
el puntaje mínimo aprobatorio en todas las evaluaciones del proceso de selección. Para ello, la/el
postulante deberá consignar en la Ficha de Postulante esta información durante la etapa de
Convocatoria y Reclutamiento, de haber superado todas las etapas precedentes y haber acreditado
previa presentación en copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que
acredite tal condición, al momento de presentar sus documentos para la Evaluación Curricular.

Bonificación al Personal Licenciado de las Fuerzas Armadas = 10% del Puntaje Total

3.2 Para la asignación de la bonificación del quince por ciento (15%) a las personas con discapacidad

Esta se realizará en la etapa de Elección, siempre y cuando haya alcanzado al menos el puntaje mínimo
aprobatorio en todas las evaluaciones del proceso de selección, tienen derecho a la bonificación del
15% sobre el puntaje obtenido en la Etapa de Elección. Para ello, la/el postulante deberá, consignar
en la Ficha de Postulante esta información durante la Etapa de Convocatoria y Reclutamiento, de
haber superado todas las etapas precedentes y haber acreditado previa presentación en copia simple
del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite tal condición, al momento
de presentar sus documentos para la Evaluación Curricular.

Bonificación a la Persona con discapacidad = 15% del Puntaje Total

3.3 Para la asignación de la bonificación para los deportistas calificados de alto nivel

Conforme con los artículos 2° y 7° del Reglamento de la Ley N° 27674, aprobado con Decreto Supremo
N° 089-2003-PCM, que establece el acceso de Deportistas de Alto Nivel a la Administración Pública, se
otorgará a la nota obtenida en la evaluación curricular conforme al siguiente detalle:

NIVEL CONSIDERACIONES BONIFICACIÓN

Nivel 1 Deportistas que hayan participado en Juegos Olímpicos y/o 20%

26
Campeonatos Mundiales y se ubiquen en los cinco primeros
puestos, o hayan establecido récord o marcas olímpicas
mundiales y panamericanas.

Deportistas que hayan participado en los Juegos Deportivos


Panamericanos y/o Campeonatos Federados Panamericanos y
Nivel 2 16%
se ubiquen en los tres primeros lugares o que establezcan récord
o marcas sudamericanas.

Deportistas que hayan participado en Juegos Deportivos


Sudamericanos y/o Campeonatos Federados Sudamericanos y
Nivel 3 12%
hayan obtenido medallas de oro y/o plata o que establezcan
récord o marcas bolivarianas.

Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos


Deportivos Sudamericanos y/o Campeonatos Federados
Nivel 4 8%
Sudamericanos y/o participado en Juegos Deportivos
Bolivarianos y obtenido medallas de oro y/o plata.

Deportistas que hayan obtenido medallas de bronce en Juegos


Nivel 5 Deportivos Bolivarianos o establecido récord o marcas 4%
nacionales.

Esta bonificación se determina aplicando los porcentajes señalados a la nota obtenida en la


evaluación curricular, siempre que el perfil del puesto en concurso establezca como requisito la
condición de deportista y cuando la/el postulante haya obtenido la condición “califica” en la
evaluación curricular.

La persona que acceda a esta bonificación deberá acreditar la condición, al momento de presentar
sus documentos para la Evaluación Curricular.

CAPITULO IV. SITUACIONES IRREGULARES Y CONSECUENCIAS (caso de no presentación a las


evaluaciones por parte del/de la postulante, caso de suplantación, entre otros.)

4.1. La Oficina de Normalización Previsional se reserva el derecho de brindar información de los


resultados alcanzados en las diferentes etapas respecto de postulantes distintos al solicitante, de
considerarse que vulnera la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento.
4.2. Durante el desarrollo de cada una de las etapas de evaluación, las/os postulantes deberán
permanecer en el ambiente (virtual o físico) señalado para las evaluaciones; de lo contrario serán
automáticamente DESCALIFICADAS/OS.
4.3. En caso de que la/el postulante sea suplantado por otra/o postulante o por un tercero, será
automáticamente DESCALIFICADA/O, sin perjuicio de las acciones civiles o penales que la entidad
adopte.
4.4. De detectarse que la/el postulante haya incurrido en plagio o incumplido lo indicado en las Bases y
consideraciones a tomar en cuenta publicadas para el desarrollo de cualquiera de las etapas del
CPMA, será automáticamente DESCALIFICADA/O; sin perjuicio de las acciones civiles o penales que
la entidad pueda adoptar.

27
4.5. Las/os postulantes que mantengan vínculo de cualquier índole con la entidad, se someterán a las
disposiciones establecidas en las presentes Bases del CPMA participando en iguales condiciones con
las/os demás postulantes.
4.6. En caso la/el postulante presentara información inexacta o incumpla con uno o más requisitos para
la incorporación al servicio civil con carácter de declaración jurada, será DESCALIFICADA/O del CPMA
en cualquiera de las etapas en la cual se encuentre; y si luego de haberse adjudicado una posición,
se verifica que ha consignado información falsa, será cesada/o, con arreglo a las normas vigentes,
sin perjuicio de la responsabilidad penal y/o administrativa en que hubiera incurrido.
4.7. Los requisitos y su calificación se establecen y evalúan de acuerdo con los principios del Texto Único
Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y las normas orientadas a
la simplificación administrativa.

CAPITULO V. MECANISMOS DE IMPUGNACIÓN Y OBSERVACIÓN

5.1 Consultas y Observaciones

La Oficina de Recursos Humanos se encuentra facultada para absolver las consultas de las/os
postulantes realizadas a través del correo electrónico de contacto establecido en los medios de
comunicación del proceso. Así como a revisar, de oficio o a pedido de parte, los resultados de la fase
reclutamiento y de las evaluaciones de los concursos públicos de méritos, dentro los dos (2) días
hábiles posteriores a la publicación de resultados. De ser el caso, la Oficina de Recursos Humanos
realiza las acciones necesarias para subsanar cualquier error y emite el comunicado dando a conocer
el hecho a las/os demás postulantes y a la ciudadanía en general.

5.2 Impugnación

Si algún/a postulante considerara que el Comité de Selección del CPMA, haya emitido un acto que
supuestamente vulnere, desconozca o lesione un derecho o interés legítimo, podrá presentar ante
dicho órgano un recurso de reconsideración o apelación para su resolución o traslado al Tribunal del
Servicio Civil según corresponda.
▪ El plazo para interponer el recurso de reconsideración es de hasta quince (15) días hábiles a partir
de la publicación de los resultados finales del concurso.
▪ El Comité de Selección deberá resolver el Recurso de Reconsideración en un plazo de quince (15)
días hábiles, de presentado el recurso formulado.
▪ El plazo para interponer el Recurso de Apelación es de (15) días hábiles computados desde el día
siguiente de la publicación de los resultados finales que excluyen al postulante del proceso.
▪ Los recursos deben presentarse ante la Mesa de Partes Digital, a través del siguiente enlace:
https://facilita.gob.pe/t/2861
▪ Durante el CPMA, la/el postulante puede presentar consultas y solicitar aclaraciones que
considere conveniente a través del correo electrónico: seleccion30057@onp.gob.pe de lunes a
viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m.

CAPITULO VI. DE LA ABSTENCIÓN DE LOS MIEMBROS DEL COMITÉ DE SELECCIÓN

6.1 Nepotismo:

De conformidad con el artículo 83 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, modificado por la Ley N°
31299, los miembros del comité, el personal de la oficina de recursos humanos o cualquier servidor/a
civil incluyendo a las/os funcionarias/os, que gocen de la facultad de designación o contratación de
personal, o que tenga injerencia directa o indirecta en el proceso de selección, están prohibidos de
ejercer dicha facultad en el ámbito de su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de
28
consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, de convivencia o de unión de hecho
o progenitores de sus hijos.

6.2 Abstención:

Los miembros del Comité de Selección que se encuentren en los siguientes supuestos deben
abstenerse de participar en los concursos públicos de méritos en los siguientes casos:

▪ Si es cónyuge, conviviente, pariente dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de


afinidad, con cualquiera de las/os postulantes.
▪ Cuando personalmente, o bien su cónyuge, conviviente, o algún pariente dentro del cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tuviese interés en el resultado del concurso
público de méritos.
▪ Cuando tuviese amistad íntima, enemistad manifiesta o conflicto de intereses objetivo con
cualquiera de las/os postulantes, que se hagan patentes mediante actitudes o hechos evidentes
en el proceso.
▪ Cuando tuviere o hubiese tenido dentro de los últimos doce (12) meses alguna forma de
prestación de servicios (de forma subordinada o no) con cualquiera de las/os postulantes.
▪ Cuando se presenten motivos que perturben la función de la autoridad, esta, por decoro, puede
abstenerse indicando los motivos debidamente fundamentados.

La abstención del miembro del Comité de Selección aplica únicamente respecto al/la
postulante que genera la causal. El trámite de la abstención se lleva a cabo conforme al
procedimiento previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.

Entiéndase por injerencia directa aquella situación en la que el acto de nepotismo se produce
dentro del órgano o unidad orgánica o funcional o dependencia administrativa.

Entiéndase por injerencia indirecta aquella que, no estando comprendida en el supuesto


contenido en el párrafo anterior, es ejercida por un/a servidor/a civil o funcionario/a, que sin
formar parte del órgano o unidad orgánica o funcional o dependencia administrativa en la que
se realizó la contratación o el nombramiento tiene, por razón de sus funciones, alguna
injerencia en quienes toman o adoptan la decisión de contratar o nombrar en el órgano o
unidad orgánica o funcional o dependencia administrativa correspondiente.

CAPITULO VII. DE LA DECLARATORIA DE DESIERTO O DE LA CANCELACIÓN DEL PROCESO

El CPMA se declarará desierto cuando:

a. No se presenten postulantes al proceso de selección.


b. Ninguna/o de las/os postulantes cumpla con el perfil del puesto.
c. Ninguna/o de las/os postulantes asista a alguna de las etapas de evaluación.
d. Ninguna/o de las/os postulantes alcance el puntaje mínimo correspondiente, en alguna de las
etapas de evaluación.
e. Las/os postulantes ganadoras/es y accesitarios del proceso desistan de su vinculación.

El CPMA se declarará cancelado cuando:

a. El puesto vacante haya sido suprimido en los instrumentos de gestión de la entidad.


b. Por disposición normativa.

29
CAPITULO VIII. ANEXOS

Anexo A: Cronograma
Anexo B: Ficha de Evaluación Curricular
Anexo N° 2: Perfil del Puesto
Anexo N° 3: Declaración Jurada N° 1
Anexo N° 4: Declaración Jurada N° 2
Anexo N° 5: Autorización para grabación en audio y video.
Anexo N° 6: Declaración Jurada de no encontrarse Inscrito en el Registro de deudores de
Reparaciones Civiles (REDERECI)

Lima, 09 de julio de 2024


OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

30
ANEXO A

CRONOGRAMA CPMA N° 017-2024-ONP

ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO

ETAPAS ACTIVIDAD FECHA


Publicación de la Convocatoria en el
Convocatoria portal Talento Perú y en el Portal Del 09/07/2024 al 22/07/2024
Institucional de la ONP.

Convocatoria Postulación a través de la Plataforma de


y reclutamiento virtual ONP, hasta las Del 17/07/2024 al 22/07/2024
reclutamiento 5:30 p.m. del 22/07/2024
Reclutamiento
Revisión de la Ficha de postulante. Del 24/07/2024 al 25/07/2024

Publicación de resultados de la revisión


30/07/2024
de la Ficha de postulante.
Evaluación de conocimientos Del 02/08/2024 al 05/08/2024
Evaluación de Publicación de resultados de Evaluación
Del 02/08/2024 al 05/08/2024
Conocimientos y de conocimientos
Psicométrica Evaluación Psicométrica. Del 02/08/2024 al 05/08/2024
Publicación de resultados de Evaluación
Del 02/08/2024 al 05/08/2024
Psicométrica.
Presentación de documentos que
sustenten lo consignado en la Ficha de
postulante al correo electrónico: 07/08/2024
seleccion30057@onp.gob.pe , hasta las
Evaluación Evaluación 5:30 p.m. del 07/08/2024
curricular Evaluación curricular de los documentos
Del 08/08/2024 al 09/08/2024
de sustento
Publicación de resultados de la
12/08/2024
Evaluación curricular

Publicación del Rol de Entrevista final 12/08/2024

Entrevista Final Entrevista final Del 15/08/2024 al 16/08/2024

Publicación de resultados de Entrevista


Del 16/08/2024 al 19/08/2024
final.
Elección Publicación de Resultado final. Del 16/08/2024 al 19/08/2024

• La Oficina de Recursos Humanos (ORH), en su condición de responsable de las etapas de evaluación del concurso
informará a las/os postulantes sobre las fechas y horarios de las evaluaciones; sin perjuicio de ello, se reserva el
derecho de establecer el medio para cada una de las evaluaciones, así como de modificar las fechas del
cronograma en función de las necesidades institucionales o de cancelar el presente concurso por causas
justificadas, sin contraer por ello obligación alguna con las/os postulantes.
ANEXO B
EVALUACIÓN CURRICULAR
Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias - Administración Interna e Implementación de Proyectos
NIVELES COORDINADOR/ESPECIALISTA-ANALISTA
Nombre del puesto ESPECIALISTA DE PROYECTOS DE FORTALECIMIENTO
Nombre completo del(de la) candidato(a):
Fecha de Evaluación:

Nombre del(de la) Evaluador(a):

Puntaje Puntaje
REQUISITOS Peso
Parcial Total
1 FORMACIÓN ACADÉMICA 50% 60.0 30.0

A. Grado (s)/situación académica y estudios requeridos para el puesto: Marque solo una "X" PUNTAJE
Cumple con el grado mínimo requerido en el perfil del puesto X 30 30

Cuenta con 1 grado superior al mínimo requerido 40

Cuenta con 2 o más grados superiores al mínimo requerido 50

B. Programas de Especialización y/o diplomados afines a las funciones: Marque solo una "X" PUNTAJE
Cuenta con lo mínimo requerido en el perfil del puesto X 15 15

Tiene 1 programa de especialización adicional al mínimo requerido 20

Tiene 2 o más programas de especialización adicionales al mínimo requerido 25

C. Cursos afines a las funciones: Marque solo una "X" PUNTAJE


Cuenta con lo mínimo requerido en el perfil del puesto X 15 15

Tiene 1 curso adicional al mínimo requerido 20

Tiene 2 o más cursos adicionales al mínimo requerido 25


Debe sumar máximo 100 puntos.
2 EXPERIENCIA LABORAL GENERAL 20% 64.0 12.8

A. Años de experiencia profesional general: Marque solo una "X" PUNTAJE


Cumple con el mínimo requerido X 64 64

Tiene 2 años adicionales al mínimo requerido 80

Tiene de 4 a más años adicionales al mínimo requerido 100


Debe sumar máximo 100 puntos.
3 EXPERIENCIA ESPECÍFICA 30% 74 22.2

A. Años de experiencia específica en la función y/o materia: Marque solo una "X" PUNTAJE
Cumple con el mínimo requerido X 50 50

Tiene 2 años adicionales al mínimo requerido 55

Tiene de 4 a más años adicionales al mínimo requerido 60

B. Años de experiencia específica asociada al Sector Público: Marque solo una "X" PUNTAJE
Cumple con el mínimo requerido X 12 12

Tiene 2 años adicionales al mínimo requerido 18

Tiene de 4 a más años adicionales al mínimo requerido 20

C. Años de experiencia específica en el nivel específico como: Marque solo una "X" PUNTAJE
X Cumple con el mínimo requerido X 12 12

Tiene 2 años adicionales al mínimo requerido 18

Tiene de 4 a más años adicionales al mínimo requerido 20


Debe sumar máximo 100 puntos.
PUNTAJE TOTAL 100% 65.0
CALIFICACIÓN PUNTAJE
Puntaje Total Mínimo 65 CONDICIÓN CALIFICA
Puntaje Total Máximo 100

Firma del/de la evaluador/a


Firmado digitalmente por
ARRUNATEGUI VALDIVIEZO
Hernan Ricardo FAU 20254165035
soft

ANEXO N° 02
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 04.09.2023 09:55:11 -05:00

Formato de perfil de puesto bajo el régimen del Servicio Civil


SECCIÓN: IDENTIFICACIÓN
Órgano Oficina de Recursos Humanos

Unidad Orgánica No aplica

Grupo de servidores civiles Servidor Civil de Carrera

Familia de puestos Gestión institucional

Rol Gestión de Recursos Humanos

Nivel / categoría CA3 - Especialista

Puesto tipo CA3020203 - Coordinador/Especialista de Gestión de recursos humanos

Subnivel / subcategoría CA3-3

Nombre del puesto Especialista de Proyectos de Fortalecimiento

Código del puesto CA30202160

N° de posiciones del puesto 1

Dependencia jerárquica Ejecutiva/o de Desarrollo Profesional

Grupo de servidores al que reporta Servidor Civil de Carrera

N° de posiciones a su cargo 0

SECCIÓN: FUNCIONES

MISIÓN DEL PUESTO


Coordinar y manejar los procesos de gestión del cambio y relaciones humanas e implementar proyectos de desarrollo a fin de fortalecer la cultura y clima organizacional conforme a los
lineamientos del órgano y a las disposiciones legales y normativas vigentes.

FUNCIONES DEL PUESTO


Diseñar, implementar y evaluar proyectos respecto a la gestión del cambio, cultura y clima organizacional a fin de fomentar una actitud positiva hacia el logro de los objetivos de la
1 entidad.

2 Diseñar herramientas diagnósticas de cultura y clima organizacional a fin de proponer proyectos o estrategias de mejora en beneficio de los integrantes de la institución.
Supervisar los planes de acción que se deriven de los procesos de Cultura y Clima Organizacional del Subsistema de Gestión de las Relaciones Humanas y Sociales a fin de asegurar
3 su cumplimiento y medir el impacto esperado de cada acción.
Proponer lineamientos de política de recursos humanos a fin de apoyar la organización interna del órgano y desarrollar estrategias que conduzcan al logro de los objetivos
4 institucionales.
Coordinar las actividades en materia de resolución de conflictos, gestión de riesgos psicosociales u otros factores que pudieran afectar el logro de los objetivos institucionales a fin
5 de implementar las medidas correctivas correspondientes.
Elaborar informes y proponer indicadores de gestión relacionados a los procesos en el ámbito de su competencia a fin de que las instancias correspondientes puedan evaluar y
6 medir el trabajo ejecutado.
7 Otras funciones asignadas por la jefatura inmediata, relacionadas a la misión del cargo estructural y/o puesto y/o área.

CONDICIONES ATÍPICAS PARA EL DESEMPEÑO DEL PUESTO


No aplica

Periodicidad de la Aplicación temporal (marcar con un X, luego explicar o sustentar ) Temporal Permanente

No aplica
SECCIÓN: REQUISITOS
FORMACIÓN ACADÉMICA
A) Nivel Educativo B) Grado(s)/situación académica y carrera/especialidad requeridos C) ¿Colegiatura?

Incompleta Completa Egresado(a) X Bachiller Título/Licenciatura Sí No X

Primaria D) ¿Habilitación
profesional?
Secundaria
Administración, ingeniería Industrial, psicología, relaciones Industriales,
Técnica Básica
economía, derecho, asistencia social, Ciencias de la Comunicación, Relaciones Sí No X
(1 ó 2 años)
Técnica Superior Públicas o afines por la formación.
(3 ó 4 años)

X Universitaria X

Maestría Egresado Grado

No aplica

Doctorado Egresado Grado

No aplica

CONOCIMIENTOS
A) Conocimientos técnicos principales requeridos para el puesto (No se requiere sustentar con documentos):
Gestión Pública, Legislación laboral, Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, Clima organizacional, Cultura Organizacional, Gestión del cambio, Indicadores de gestión de
recursos humanos.
B) Cursos y/o programas de especialización requeridos y sustentados con documentos:

Cuarenta (40) horas acumuladas de capacitación en Gestión de recursos humanos o Gestión del cambio o Clima organizacional o Cultura organizacional.

C) Conocimientos de Ofimática e Idiomas/Dialectos


Nivel de dominio Nivel de dominio
OFIMÁTICA IDIOMAS / DIALECTO
No aplica Básico Intermedio Avanzado No aplica Básico Intermedio Avanzado
Procesador de textos X Inglés X
Hojas de cálculo X Quechua X
Programa de presentaciones X Otros (Especificar) X
Otros (Especificar) X Otros (Especificar) X
Otros (Especificar) X
Observaciones: No aplica
Otros (Especificar) X
EXPERIENCIA
Experiencia laboral general
Indique el tiempo total de experiencia laboral, ya sea en el sector público o privado.
5 años

Experiencia laboral específica


A. Indique el tiempo de experiencia requerido para el puesto en la función o la materia:
4 años

B. Indique el tiempo de experiencia requerido para el puesto en el nivel mínimo de puesto (precisando este):
4 años en el nivel mínimo de Analista.

C. En base a la experiencia requerida para el puesto (parte A), señale el tiempo requerido en el sector público:
1 año

*Mencione otros aspectos complementarios sobre el requisito de experiencia , en caso existiera algo adicional para el puesto.
No aplica

HABILIDADES O COMPETENCIAS
Organización de la Información, Análisis, Comunicación oral, Iniciativa.

REQUISITOS ADICIONALES
No aplica
Anexo N° 3
DECLARACIÓN JURADA N° 1

Yo, _________________________________________________________________________________,
identificado(a) con DNI Nº_________________ postulante en el proceso de selección CPMA N° 017-2024-
ONP, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:

• No tener condena por delito doloso, con sentencia firme.

• No estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos Dolosos (REDERECI),
conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Nº 30353.

• No contar con inhabilitación o suspensión vigente administrativa o judicial, inscrita o no, en el


Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles (RNSSC).

• No percibir simultáneamente remuneración, pensión u honorarios por concepto de locación de


servicios, asesorías o consultorías, o cualquier otra doble percepción o ingresos del Estado, salvo por
el ejercicio de la función docente efectiva y la percepción de dietas por participación en uno (1) de
los directorios de entidades o empresas estatales o en tribunales administrativos o en otros órganos
colegiados.

• Que la información proporcionada en las etapas del proceso de selección es totalmente veraz y
cumplo con los requisitos establecidos en el perfil del puesto al cual postulo.

• Que me comprometo a presentar los documentos que acrediten fehacientemente la veracidad de


la información proporcionada.

Asimismo, autorizo a la entidad a realizar las investigaciones correspondientes para constatar la veracidad
de esta información y en caso de no ser veraz o correcta la información o presentar inconsistencias,
proceder a desvincularme del proceso de selección, de considerarlo pertinente.

Lima, _____ de______________ de 2024.

FIRMA

APELLIDOS y NOMBRES

D.N.I.
Anexo N° 4
DECLARACIÓN JURADA N° 2
Yo, _________________________________________________________________________________,
identificado(a) con DNI____________________, postulante en el proceso de selección CPMA N° 017-
2024-ONP, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:

NO, tengo parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón
de matrimonio, de convivencia o unión de hecho o progenitores de sus hijos con funcionarios o
directivos de la entidad, personal de la Unidad Orgánica a la que corresponde el puesto al cual
postulo, la Oficina de Recursos Humanos o la que hace sus veces, la Oficina de Administración
y/o la Alta Dirección de la entidad.

SÍ, tengo parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón
de matrimonio, de convivencia o unión de hecho o progenitores de sus hijos con funcionarios o
directivos de la entidad, personal de la Unidad Orgánica a la que corresponde el puesto al cual
postulo, la Oficina de Recursos Humanos o la que hace sus veces, la Oficina de Administración
y/o la Alta Dirección de la entidad.

En caso el postulante marque la 2da alternativa, señale lo siguiente:

• El nombre de la persona con la que es pariente


o tiene vínculo de afinidad, por razón de
matrimonio, de convivencia o unión de hecho,
o progenitores de sus hijos en la entidad.
• Cargo que ocupa la persona con la que es
pariente o tiene vínculo de afinidad, por razón
de matrimonio, de convivencia o unión de
hecho, o progenitores de sus hijos en la
entidad.
• El grado de parentesco con la persona hasta el
cuarto grado de consanguinidad, segundo de
afinidad, por razón de matrimonio o si es
conviviente o unión de hecho, o progenitores
de sus hijos.

Doy fe de lo declarado, cumpliendo con firmar la Declaración Jurada.

Lima, ______ de ________________ de 2024.

FIRMA

APELLIDOS y NOMBRES

D.N.I.
Anexo N° 5
AUTORIZACIÓN PARA GRABACIÓN EN AUDIO Y VIDEO

Yo,…….........................................................................................................................
(Nombres y Apellidos) identificada(o) con D.N.I. / C.E. Nº……........................
postulante al concurso público de méritos abierto N° 017-2024-ONP, doy mi
expreso consentimiento a la Oficina de Normalización Previsional-ONP, para grabar
en audio y video la entrevista final del presente proceso, con la finalidad de brindar
mayor transparencia en el proceso de selección.

La grabación realizada formará parte del expediente del presente proceso; asimismo,
de mediar alguna solicitud formal por parte de cualquier postulante, se podrá entregar
una copia digital de la misma en el plazo de ley.

Lima, ............ de.................................. de 2024

Nombres y Apellidos ............................................................

Firma ..................................................................

D.N.I. / C.E. Nº ..................................................................


Anexo N° 6
DECLARACIÓN JURADA DE NO ENCONTRARSE INSCRITO
EN EL REGISTRO DE DEUDORES DE REPARACIONES CIVILES (REDERECI)

Yo, ______________________________________ identificada/o con DNI N° ____________, con


domicilio en _________________________________________________________, declaro no
encontrarme inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI) y, por lo tanto, de
no contar con ninguno de los impedimentos establecidos en el artículo 5 de la Ley N° 30353 (Ley que crea
el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles REDERECI) para acceder al ejercicio de la función pública
y contratar con el Estado1.

En caso de resultar falsa la información que proporciono, me sujeto a los alcances de lo establecido en el
artículo 411 del Código Penal, concordante con el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-
JUS.

En mérito a lo expresado, firmo el presente documento

Lima, ___ de ______________ de 2024.

……………………………………….…………………
Firma
N° DNI:

1
“Artículo 5. Impedimento para acceder al ejercicio de la función pública y contratar con el Estado
Las personas inscritas en el REDERECI están impedidas de ejercer función, cargo, empleo, contrato o comisión de cargo público, así como
postular y acceder a cargos públicos que procedan de elección popular. Estos impedimentos subsisten hasta la cancelación íntegra de la
reparación civil dispuesta.
Lo dispuesto en el párrafo anterior es inaplicable a las personas condenadas por delitos perseguibles mediante el ejercicio privado de la acción
penal”.

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