Bases Cpma 098
Bases Cpma 098
Bases Cpma 098
LEY N°30057
N° de posiciones a
2
convocar
Misión del puesto Apoyar en la ejecución de las actividades inherentes a los procesos de
acreditación mediante la verificación en campo en el marco de los
procedimientos y directivas internas de la institución, a fin de atender las
solicitudes presentadas por los ciudadanos.
Modalidad de
Presencial
Prestación de Servicio
Compensación
S/ 2,057.14 (mensual)
económica
Requisitos No aplica
adicionales
Las/os profesionales interesadas/os deberán revisar las bases del concurso en el Portal Institucional de
la ONP: https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
Las postulaciones se realizarán únicamente a través de la Plataforma de Reclutamiento Virtual
del 12 al 13 de diciembre de 2024, ingresando al siguiente enlace:
https://convocatorias.onp.gob.pe
BASES DEL CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS
ABIERTO
CPMA N°098-2024-ONP
PUESTO N° DE POSICIONES
ASISTENTE DE VERIFICACIÓN 02
1
ÍNDICE
2
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
GENERAL
4
ESPECÍFICAS DE LA ENTIDAD
Norma Descripción de la Norma
Resolución N°000278-2024- Aprueba la actualización del Manual de Perfiles de Puesto (MPP) en la Oficina
ORH-ONP de Normalización Previsional
Resolución N°000346-2024- Aprueba la Actualización del Cuadro N° 1 del Cuadro de Puestos de la Entidad
ORH-ONP (CPE): Puestos del Régimen de La Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil de la
Oficina de Normalización Previsional.
● Las demás disposiciones que resulten aplicables.
El presente Concurso Público de Méritos Abierto se regirá por los principios de la Ley del Servicio Civil.
Cualquier persona que se encuentre o no prestando servicios al Estado podrá postular siempre que
cumpla con el perfil de puesto requerido, las disposiciones que se establezcan en la presentes bases
y las reglas de acceso establecidas en la Ley del Servicio Civil - Ley N° 30057, y sus modificatorias, el
Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-
PCM y modificatorias, por lo que deberá cumplir con los siguientes requisitos para su incorporación
al servicio civil:
a. Estar en ejercicio pleno de los derechos civiles, que para efectos del Servicio Civil corresponde a
haber cumplido la mayoría de edad al momento de presentarse al concurso.
b. Cumplir con los requisitos exigidos para el puesto.
c. No tener condena por delito doloso, con sentencia firme.
d. No estar inhabilitado administrativa o judicialmente. Están inhabilitados administrativamente
quienes están comprendidos en el Registro Nacional de Sanciones Contra Servidores Civiles
(RNSSC) o quienes lo están judicialmente con sentencia consentida y/o ejecutoriada para el
ejercicio de la profesión, cuando ello fuere un requisito del puesto, para contratar con el Estado
o para desempeñar servicio civil, y aquellos condenados por los delitos a los que se refiere el
Decreto Legislativo N° 1295.
e. No estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos Dolosos
(REDERECI), conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley N° 30353.
f. No estar inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, creado acorde a la Ley N°
28970. En caso tenga deuda, se requiere que previo a la suscripción del contrato o a la
expedición de la resolución de designación correspondiente, el deudor acredite el cambio de su
condición a través de la cancelación respectiva o autorice el descuento por planilla, o por otro
medio de pago, del monto de la pensión mensual fijada en el proceso de alimentos.
g. Tener nacionalidad peruana, sólo en los casos en que la naturaleza del puesto lo exija, conforme
a la Constitución Política del Perú y las leyes específicas.
h. Los demás requisitos previstos en la Constitución Política del Perú y las leyes, cuando
corresponda.
APLICABLES EN EL
EVALUACIONES
PRESENTE PROCESO
Evaluación de Conocimientos SI
Evaluación Psicométrica SI
5
Evaluación Curricular SI
Entrevista Final SI
1.5 Disposiciones a tener en cuenta por las/os postulantes del presente concurso:
a. Las/os postulantes deben enviar la información requerida conforme se solicite en cada etapa
del proceso, en las fechas y horas determinadas según el cronograma, al correo electrónico
habilitado para dicho fin y deben tomar en consideración las características de este.
b. Para la fase de reclutamiento, así como para la evaluación curricular las/os postulantes deben
remitir la información requerida, según lo establecido en los medios de comunicación.
c. En la fase de reclutamiento, la postulación se realizará de manera virtual por las/os
postulantes accediendo a la Plataforma de Reclutamiento Virtual indicado en el literal a
(Medio de postulación), dentro de los días estipulados en el cronograma del concurso (Anexo
B) considerándose para ello hasta las 5:30 p.m. del último día de postulación indicado en el
cronograma.
d. Los resultados de las evaluaciones se publicarán dando a conocer la lista de las/os postulantes
con el puntaje además de la condición obtenida y consideraciones a tomar en cuenta para la
siguiente etapa y/o evaluación. Estos resultados serán publicados según el cronograma del
concurso.
e. En la publicación de resultados de cada etapa y/o evaluación se anunciará fecha, hora y
consideraciones que deberán ser tomadas en cuenta por la/el postulante para la siguiente
etapa y/o evaluación.
f. En la Evaluación Curricular las/os postulantes que hayan obtenido la condición de “CALIFICA”
en la fase anterior, presentarán los documentos que sustenten lo consignado en la Ficha de
Postulante (Anexo N°1). Dicha información deberá ser remitida vía correo electrónico a:
seleccion30057@onp.gob.pe , de acuerdo con el cronograma establecido hasta las 5:30 p.m.
del último día.
g. Los resultados de la Evaluación Curricular se darán a conocer por medio de la lista de las/os
postulantes con el puntaje y la condición obtenida, la cual será publicada, según el
cronograma del concurso en el Portal Institucional.
h. La lista de las/os postulantes que CALIFICAN a la fase de entrevista serán publicados según
el cronograma del concurso, en el Portal Institucional; a su vez se indicará día y hora de la
entrevista, así como otras consideraciones a tomar en cuenta por la/el postulante.
i. La Oficina de Recursos Humanos – ORH, grabará la entrevista final, a fin de garantizar la
transparencia del concurso, para lo cual las/os postulantes, deberán firmar el consentimiento
(Anexo N° 04 - Autorización para grabación en audio y video) y presentarlo junto a los
documentos de sustento en la etapa correspondiente.
j. Las/os postulantes deberán tener en cuenta que la videograbación cuenta con una
diferenciación horaria, por defecto del aplicativo informático.
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k. Los resultados de la Entrevista Final se darán a conocer por medio de la lista de las/os
postulantes con el puntaje y la condición obtenida, la cual será publicada según el cronograma
del concurso, en el Portal Institucional.
l. La/el postulante es responsable de realizar el seguimiento de la publicación de los resultados
parciales y totales, además de los comunicados que se emitan como parte del concurso.
Asimismo, deberá verificar su cuenta de correo electrónico declarada en la ficha de
Postulante para las comunicaciones que se emitan durante el concurso.
m. La/el postulante deberá tener en cuenta que la dirección del correo electrónico registrado en
la Ficha de Postulante será utilizada para el desarrollo de las evaluaciones o cualquier
comunicación de ser el caso. Es responsabilidad de las/os postulantes revisar
permanentemente y mantener habilitada la cuenta de correo electrónico registrado en la
Ficha de Postulante, así como gestionar que los correos electrónicos enviados no sean
considerados como correos no deseados.
n. La ORH definirá el lugar y la modalidad de las evaluaciones, pudiendo ser estas de forma
presencial o virtual, lo cual será comunicado oportunamente en los resultados de la etapa
correspondiente, a través del Portal Institucional.
o. En el caso de las evaluaciones virtuales, estas serán realizadas mediante una Plataforma
Virtual, la cual será definida por la Oficina de Recursos Humanos y comunicada
oportunamente a las/os postulantes.
p. El presente concurso se regirá por el cronograma establecido, el mismo que contiene fechas
tentativas, que pueden ser modificadas por causas justificadas y serán comunicadas
oportunamente a las/os postulantes a través del Portal Institucional
q. El registro de asistencia de las/os postulantes se realizará a través de la verificación del
Documento de Identidad original, en el lugar, medio y/o plataforma dispuesta para las
evaluaciones hasta la hora programada. De no contar con el Documento de Identidad original
por pérdida, robo o caducidad, deberá presentar la denuncia policial e inscripción de trámite
en el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC y otro documento oficial que
permita su identificación, que incluya nombres, apellidos y fotografía. Aquellas/os que se
presenten después del horario señalado y/o abandonen la sala de evaluación previo al
registro de asistencia y/o no presenten el documento de identificación solicitado no podrán
participar de la evaluación y, en consecuencia, obtendrán la condición de No asistió.
r. Durante el desarrollo de cada una de las evaluaciones, las/os postulantes deberán
permanecer en el ambiente, medio y/o plataforma asignada para las evaluaciones. Por lo que
no está permitido bajo ningún motivo, abandonar, ausentarse, poner en espera la
evaluación, siendo esto materia de descalificación en la Evaluación de Conocimientos y
Psicométrica.
s. Durante el desarrollo de cada una de las evaluaciones, no está permitido el uso de auriculares
y/o audífonos, siendo responsabilidad del/de la postulante asegurar un óptimo
funcionamiento del equipo (PC o laptop) y que el audio/micrófono se encuentren habilitados.
t. La Oficina de Recursos Humanos - ORH no se responsabiliza por problemas de conexión en
los equipos de las/os postulantes.
u. Los resultados de las evaluaciones que correspondan serán publicados en el Portal
Institucional: https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral de acuerdo con el
cronograma del concurso público.
v. La ORH se encargará de interpretar los casos no previstos en la presente Base, garantizando
la observancia de los principios rectores de mérito, transparencia, igualdad de oportunidades,
integridad pública y responsabilidad.
w. Cada evaluación es eliminatoria, por lo cual solo podrán acceder a la siguiente evaluación
quienes hayan calificado en la evaluación previa.
x. Los resultados de las evaluaciones realizadas en este concurso público contienen información
que garantiza la transparencia en cada una de ellas, en esa misma línea, la Ley N° 27806, Ley
7
de Transparencia y Acceso de la Información Pública, precisa que: “Toda información que
posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresamente previstas por el
Artículo 15º de la presente Ley”1; en consecuencia, considerando que los resultados de las
etapas del proceso de selección contienen información pública y que dotan de transparencia
a dicho proceso, no corresponde la eliminación de los resultados de las etapas del proceso de
selección publicados en el Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
y. Todas las consultas respecto al concurso público se atienden a través del correo electrónico
seleccion30057@onp.gob.pe de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m.
El Concurso Público de Méritos Abierto – CPMA N°098-2024-ONP (en adelante CPMA) se rige por
el cronograma (Anexo B) publicado.
Se realiza en el plazo indicado en el Cronograma - Anexo B del CPMA y se difundirá durante diez
(10) días hábiles, a través de:
8
2.2.1.2 Fase de Reclutamiento
Esta fase comprende el registro y postulación al concurso por parte del/de la postulante y la
revisión de la información consignada en la Ficha del Postulante, registrada en la Plataforma de
Reclutamiento Virtual, con la finalidad de verificar si cumplen con los requisitos mínimos para la
incorporación al servicio civil y los requisitos mínimos del puesto en estricta observancia de los
principios que rigen el Servicio Civil y los establecidos en el artículo IV del Texto Único Ordenado
de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, el cual tiene carácter de
declaración jurada; por lo cual, está sujeto a verificación posterior. Las/os postulantes, deberán
tener en cuenta que, llegado el momento de la presentación de documentos para la Evaluación
Curricular, deberán sustentar la información declarada en la Ficha del Postulante.
El registro es de entera responsabilidad de las/os postulantes y deben cumplir con las siguientes
disposiciones para la presentación:
a) Criterios de la Postulación
La postulación al CPMA se realiza a través de la Ficha de Postulante (Anexo N°1), de
acuerdo con las siguientes disposiciones:
9
adjuntando una declaración jurada donde manifieste que tiene la condición de
discapacidad. Esta declaración jurada se sustituye por el respectivo Certificado de
discapacidad, una vez que sea obtenido.
8. Del mismo modo en el caso de deportista calificado de alto nivel por el Instituto Peruano
del Deporte, deberá consignar la información en la sección correspondiente al momento
de su registro en la Plataforma de Reclutamiento Virtual.
9. Las/os postulantes deberán considerar toda la información correspondiente a su
formación académica, cursos y programas de especialización, experiencia laboral general
y experiencia específica, entre otros, tomando en cuenta que durante la evaluación
curricular se otorga puntaje adicional a lo mínimo requerido en el perfil conforme lo
establece la Ficha de Evaluación Curricular (Anexo C); para ello, es importante que se
tengan en cuenta las definiciones y consideraciones siguientes:
10
en instituciones públicas o privadas por un periodo no menor de
tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la condición de
egresado, son reconocidas como experiencia laboral para su
desempeño en la actividad pública y privada.
Asimismo, las prácticas profesionales que realizan los egresados de
educación superior universitaria y no universitaria en instituciones
públicas o privadas por un periodo de hasta un máximo de
veinticuatro meses son reconocidas como experiencia laboral para
su desempeño en la actividad pública y privada.
Por último, estipula que, las prácticas preprofesionales y
continuidad como prácticas profesionales, que realizan los
estudiantes de educación superior universitaria y no universitaria
en la misma institución pública o privada por un periodo no menor
de tres meses, son reconocidas de manera acumulativa como
experiencia laboral para su desempeño en la actividad pública y
privada.
Experiencia Se entiende como la cantidad total de años de experiencia laboral,
General sea en el sector público y/o privado. Se contabilizará a partir de la
condición de egresado.
12
Los Cursos/Diplomados/Programas de Especialización, etc., deben
registrarse, incluyendo las horas de duración.
13
La Oficina de Recursos Humanos, atenderá los correos de lunes a viernes de 08:00
a.m. a 05:30 p.m. a excepción del último día para la inscripción a la convocatoria, en
el que los correos serán atendidos hasta las 12:00 p.m. (medio día).
14. Las/os postulantes podrán considerarse INSCRITAS/OS cuando luego de haber
completado su información en la pestaña “Registro de Hoja de vida” de la Plataforma
de Reclutamiento, se hayan dirigido a la pestaña “Convocatorias” y hayan hecho clic
en el botón “POSTULAR” en la convocatoria de su interés”. Asimismo, recibirán por
correo electrónico, adjunto al mensaje de confirmación, una copia del Anexo N° 1 -
Ficha de Postulante.
15. Las/os postulantes deberán considerar que una vez registrada su postulación y
generado el Anexo N° 1 - Ficha de Postulante, la información de este no podrá ser
modificado.
CALIFICA: Postulante que cumple con todos los requisitos mínimos exigidos en el
perfil de puesto.
NO CALIFICA: Postulante que no cumple con alguno de los requisitos mínimos
exigidos en el perfil de puesto.
DESCALIFICA: Postulante que no ha consignado la totalidad de la información en la
plataforma de reclutamiento y/o ficha de postulante.
Las/os postulantes que hayan obtenido la condición de “CALIFICA” como resultado de la Etapa
de Convocatoria y Reclutamiento deben rendir las evaluaciones orientadas a constatar su
idoneidad para el puesto. Cada una de las evaluaciones es eliminatoria. Solo pueden acceder a la
siguiente evaluación quienes hayan obtenido la condición “califica” en la evaluación anterior.
Esta etapa está conformada por las siguientes evaluaciones:
Esta evaluación se orienta a medir el nivel de conocimientos técnicos del/de la postulante para
el desempeño de las funciones del puesto (conocimientos específicos y técnicos relacionados al
perfil del puesto).
La unidad de organización elabora la evaluación de conocimientos técnicos, y de ser necesario,
podrá contar con el apoyo de expertos técnicos siempre que se observen los principios de mérito,
14
transparencia e igualdad de oportunidades. Para ello, se utiliza la información consignada en el
acápite de “conocimientos” del perfil de puesto, debiendo guardar coherencia con las funciones
de este.
MÍNIMO 12 PUNTOS
MÁXIMO 20 PUNTOS
En esta evaluación, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones:
15
La evaluación psicométrica está orientada a medir las aptitudes, habilidades y/o
coeficiente intelectual de las/os postulantes, mediante la aplicación de un
procedimiento estandarizado que da puntajes o calificaciones directas a las personas
evaluadas.
En esta evaluación, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones,
según corresponda:
18
empleadora, deberá constar la denominación del cargo o,
en su defecto, las funciones o servicios llevados a cabo, así
como la fecha de inicio y término del vínculo o el tiempo
laborado. Asimismo, deberán estar impresos en hoja
membretada y contener los datos de la institución
empleadora, así como la firma correspondiente de quien
suscribe el documento junto con los datos de este. En caso
se trate de firma digital y/o electrónica, es responsabilidad
del/de la postulante verificar que en el documento
presentado se visualice la firma de quien suscribe y en caso
de presentar documentos con enlace de dirección URL o
código QR, es responsabilidad del/de la postulante que el
vínculo web (URL o código QR) se encuentre habilitado. En
caso de experiencia laboral en entidades públicas, no se
considerarán como válidas las constancias de Trabajo o
Servicios emitidas por áreas no competentes.
19
educación superior universitaria y no universitaria en
instituciones públicas o privadas por un periodo no menor
de tres meses o hasta cuando el estudiante adquiera la
condición de egresado, son reconocidas como experiencia
laboral para su desempeño en la actividad pública y
privada.
-Asimismo, las prácticas profesionales que realizan los
egresados de educación superior universitaria y no
universitaria en instituciones públicas o privadas por un
periodo de hasta un máximo de veinticuatro meses son
reconocidas como experiencia laboral para su desempeño
en la actividad pública y privada.
-Por último, estipula que, las prácticas preprofesionales y
continuidad como prácticas profesionales, que realizan los
estudiantes de educación superior universitaria y no
universitaria en la misma institución pública o privada por
un periodo no menor de tres meses, son reconocidas de
manera acumulativa como experiencia laboral para su
desempeño en la actividad pública y privada.
Para el cálculo del tiempo de prácticas preprofesionales y
profesionales, necesariamente el/la postulante deberá
adjuntar su constancia de egreso.
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organizados por disposición de un ente rector, se podrá
considerar como mínimo ochenta (80) horas.
-En caso de que los Diplomados hayan iniciado durante la
vigencia de la Ley N° 30220, que aprueba la Ley
Universitaria, a partir del 10 de julio de 2014 se
considerarán estudios de postgrado los diplomados de
postgrado, con un mínimo de veinticuatro (24) créditos,
teniendo en cuenta que cada crédito académico equivale a
dieciséis (16) horas lectivas.
● Para reportar alguna duda y/o consulta, las/os postulantes podrán enviar un correo
electrónico dentro del plazo establecido para la presentación de documentos, al correo
electrónico seleccion30057@onp.gob.pe La Oficina de Recursos Humanos, atenderá los
correos de lunes a viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m. a excepción del último día de la
presentación de documentos, en el que los correos serán atendidos hasta las 12:00 p.m.
(medio día).
21
● Las/os postulantes están obligadas/os a presentar todos los documentos que sustenten
lo consignado en la Ficha de Postulante y que permitan evidenciar el cumplimiento de los
requisitos del perfil. Aquellas/os postulantes que no presenten la documentación total o
parcial requerida obtienen la condición de "Descalifica", no correspondiendo asignar
puntaje alguno en la evaluación curricular.
● La evaluación se realizará en concordancia con lo establecido en el perfil del puesto y solo
se tomará en cuenta la información registrada en la Ficha de Postulante, en contraste
con la documentación presentada. Por lo que no se considerará información adicional
enviada desde otro medio.
● Si luego de la revisión de los documentos de sustento, no es posible la verificación de
alguno de los requisitos establecidos en el perfil del puesto, por no haber presentado la
documentación de sustento que especifique lo consignado en la ficha de postulante,
las/os postulantes obtendrán la condición de "Descalifica", no correspondiendo asignar
puntaje alguno en la evaluación curricular.
● Si luego de la revisión de los documentos de sustento se verifica que la documentación
presentada contiene datos erróneos y/o contradictorios y/o que no permitan validar el
cumplimiento de alguno de los requisitos mínimos exigidos en el perfil del puesto, las/os
postulantes obtendrán la condición de "No Califica". otorgando el puntaje que
corresponda.
● Para el caso de documentos expedidos en idioma diferente al castellano, las/os
postulantes deberán adjuntar la traducción oficial o certificada de los mismos.
● No se aceptarán declaraciones juradas en reemplazo de los documentos que acrediten el
cumplimiento del perfil de acuerdo con lo declarado en la Ficha de Postulante.
● En caso de que la/el postulante haga uso de documentación con certificación electrónica
para sustentar cursos y/o programas de especialización deberá proporcionar el
correspondiente URL o código QR (vínculo web) para su verificación.
FORMA DE INDICACIÓN
PRESENTACIÓN
ASUNTO CPMA N°098-2024-ONP – ASISTENTE DE VERIFICACIÓN
CORREO Mensaje:
Por el presente, se remite la documentación respectiva
para la postulación al CPMA N°098-2024-ONP
- Nombres y apellidos completos: XXXXXXXX
- N° de DNI o carné de extranjería: XXXXXXXX
- N° de folios (páginas) que se adjuntan: XX folios
MODELO DE NOMBRE
DE ARCHIVO
ADJUNTO
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2. Anexo N° 2: Declaración Jurada N° 1.
3. Anexo N° 3: Declaración Jurada N° 2.
4. Anexo N° 4: Autorización para grabación en audio y video.
5. Anexo N° 5: Declaración Jurada de no encontrarse Inscrito
en el Registro de deudores de Reparaciones Civiles (REDERECI)
6.Documentos relacionados a la formación académica
requerida en el perfil. (certificado de estudios, constancia de
egresado, diploma del grado académico, diploma del título
profesional, diploma de segunda especialidad, diploma del
grado de maestro o doctor y certificado, constancia o papeleta
de habilitación de la colegiatura, certificación OSCE, de ser el
caso).
7. Documentos relacionados a la experiencia laboral requerida.
8. Documentos relacionados a los cursos o programas de
especialización requeridos.
9. Documento expedido por la autoridad competente que
acredite su condición de Licenciado de las Fuerzas Armadas,
que haya cumplido el Servicio Militar, de ser el caso.
10. Documento que acredite discapacidad, de ser el caso.
11. Documento emitido por la autoridad competente que
acredite la condición de Deportista Calificado de Alto Nivel, de
ser el caso.
12. Otros documentos, de ser el caso.
Luego de obtenido los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la condición
obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
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Esta evaluación se encuentra orientada a analizar la experiencia en el perfil del puesto y
profundizar aspectos de la motivación, habilidades y competencias del/de la postulante en
relación con el perfil del puesto.
a) Consideraciones previas a la entrevista:
Sólo acceden a la entrevista final aquellas/os postulantes que hayan obtenido la condición de
“CALIFICA” en la evaluación anterior.
En la entrevista, las/os postulantes podrán obtener una de las siguientes condiciones, según
corresponda:
Luego de obtenidos los puntajes se publicará la lista de las/os postulantes con la condición
obtenida, a través del Portal Institucional:
https://convocatorias.onp.gob.pe/OportunidadLaboral
En esta etapa, el Comité de Selección elige a la/el postulante idónea/o para el puesto convocado,
de acuerdo con el puntaje acumulado obtenido como consecuencia de la suma de todas las
evaluaciones anteriores de las/os postulantes que alcanzaron la condición de “CALIFICA”.
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Puntaje máximo Puntaje máximo Puntaje obtenido por el
de la evaluación
− Puntaje mínimo
de la evaluación de la evaluación
− postulante en la evaluación
=
5−3 5−X
X = Puntaje equivalente
Sobre la base del puntaje total obtenido se otorgan las bonificaciones establecidas por ley, según
corresponda.
El puntaje final por cada postulante resulta de sumar el puntaje total obtenido con las
bonificaciones otorgadas, de ser el caso.
En la etapa de Elección se firma el acta en la que el comité, según corresponda, declara al/la
ganador/a del concurso, así como la/el accesitaria/o, de corresponder.
En caso de que existiera más de una posición concursada para un mismo puesto, se declaran a
las/os ganadoras/es y tantas/os accesitarias/os como posiciones convocadas en el concurso
público de méritos.
El resultado final del CPMA será publicado en el Portal Institucional de la Oficina de Normalización
Previsional, conteniendo el nombre del/de la ganador/a del CPMA, así como del/de la
accesitario/a, de corresponder.
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En caso de que el/la ganador/a del CPMA no pudiera acceder al puesto obtenido, no realizara las
acciones necesarias para su vinculación con la entidad dentro del plazo antes señalado, o se
presentasen algunas de las causales mencionadas en el artículo 49 de la Ley del Servicio Civil, la
Oficina de Normalización Previsional podrá cubrir el puesto con la/el accesitaria/o, dentro de los
primeros seis (6) meses luego de finalizado el concurso.
3.1 Para la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) al personal licenciado de las Fuerzas
Armadas
Esta se realizará en la etapa de Elección. Los licenciados de las Fuerzas Armadas que hayan cumplido
el Servicio Militar y que participen del concurso público de méritos, tienen derecho a la bonificación
del 10% sobre el puntaje obtenido en la etapa de Elección, siempre y cuando hayan alcanzado al menos
el puntaje mínimo aprobatorio en todas las evaluaciones del proceso de selección. Para ello, la/el
postulante deberá consignar en la Ficha de Postulante esta información durante la etapa de
Convocatoria y Reclutamiento, de haber superado todas las etapas precedentes y haber acreditado
previa presentación en copia simple del documento oficial emitido por la autoridad competente que
acredite tal condición, al momento de presentar sus documentos para la Evaluación Curricular.
Bonificación al Personal Licenciado de las Fuerzas Armadas = 10% del Puntaje Total
3.2 Para la asignación de la bonificación del quince por ciento (15%) a las personas con discapacidad
Esta se realizará en la etapa de Elección, siempre y cuando haya alcanzado al menos el puntaje mínimo
aprobatorio en todas las evaluaciones del proceso de selección, tienen derecho a la bonificación del
15% sobre el puntaje obtenido en la Etapa de Elección. Para ello, la/el postulante deberá, consignar
en la Ficha de Postulante esta información durante la Etapa de Convocatoria y Reclutamiento, de
haber superado todas las etapas precedentes y haber acreditado previa presentación en copia simple
del documento oficial emitido por la autoridad competente que acredite tal condición, al momento
de presentar sus documentos para la Evaluación Curricular.
3.3 Para la asignación de la bonificación para los deportistas calificados de alto nivel
Conforme con los artículos 2° y 7° del Reglamento de la Ley N° 27674, aprobado con Decreto Supremo
N° 089-2003-PCM, que establece el acceso de Deportistas de Alto Nivel a la Administración Pública, se
otorgará a la nota obtenida en la evaluación curricular conforme al siguiente detalle:
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puestos, o hayan establecido récord o marcas olímpicas
mundiales y panamericanas.
La persona que acceda a esta bonificación deberá acreditar la condición, al momento de presentar
sus documentos para la Evaluación Curricular.
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4.6. En caso la/el postulante presentara información inexacta o incumpla con uno o más requisitos para
la incorporación al servicio civil con carácter de declaración jurada, será DESCALIFICADA/O del CPMA
en cualquiera de las etapas en la cual se encuentre; y si luego de haberse adjudicado una posición,
se verifica que ha consignado información falsa, será cesada/o, con arreglo a las normas vigentes,
sin perjuicio de la responsabilidad penal y/o administrativa en que hubiera incurrido.
4.7. Los requisitos y su calificación se establecen y evalúan de acuerdo con los principios del Texto Único
Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y las normas orientadas a
la simplificación administrativa.
La Oficina de Recursos Humanos se encuentra facultada para absolver las consultas de las/os
postulantes realizadas a través del correo electrónico de contacto establecido en los medios de
comunicación del proceso. Así como a revisar, de oficio o a pedido de parte, los resultados de la fase
reclutamiento y de las evaluaciones de los concursos públicos de méritos, dentro los dos (2) días
hábiles posteriores a la publicación de resultados. De ser el caso, la Oficina de Recursos Humanos
realiza las acciones necesarias para subsanar cualquier error y emite el comunicado dando a conocer
el hecho a las/os demás postulantes y a la ciudadanía en general.
5.2 Impugnación
Si algún/a postulante considerara que el Comité de Selección del CPMA, haya emitido un acto que
supuestamente vulnere, desconozca o lesione un derecho o interés legítimo, podrá presentar ante
dicho órgano un recurso de reconsideración o apelación para su resolución o traslado al Tribunal del
Servicio Civil según corresponda.
▪ El plazo para interponer el recurso de reconsideración es de hasta quince (15) días hábiles a partir
de la publicación de los resultados finales del concurso.
▪ El Comité de Selección deberá resolver el Recurso de Reconsideración en un plazo de quince (15)
días hábiles, de presentado el recurso formulado.
▪ El plazo para interponer el Recurso de Apelación es de (15) días hábiles computados desde el día
siguiente de la publicación de los resultados finales que excluyen al postulante del proceso.
▪ Los recursos deben presentarse ante la Mesa de Partes Digital, a través del siguiente enlace:
https://facilita.gob.pe/t/2861
▪ Durante el CPMA, la/el postulante puede presentar consultas y solicitar aclaraciones que
considere conveniente a través del correo electrónico: seleccion30057@onp.gob.pe de lunes a
viernes de 08:00 a.m. a 05:30 p.m.
6.1 Nepotismo:
De conformidad con el artículo 83 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, modificado por la Ley N°
31299, los miembros del comité, el personal de la oficina de recursos humanos o cualquier servidor/a
civil incluyendo a las/os funcionarias/os, que gocen de la facultad de designación o contratación de
personal, o que tenga injerencia directa o indirecta en el proceso de selección, están prohibidos de
ejercer dicha facultad en el ámbito de su entidad respecto a sus parientes hasta el cuarto grado de
consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio, de convivencia o de unión de hecho
o progenitores de sus hijos.
28
6.2 Abstención:
Los miembros del Comité de Selección que se encuentren en los siguientes supuestos deben
abstenerse de participar en los concursos públicos de méritos en los siguientes casos:
La abstención del miembro del Comité de Selección aplica únicamente respecto al/la
postulante que genera la causal. El trámite de la abstención se lleva a cabo conforme al
procedimiento previsto en el Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento
Administrativo General.
Entiéndase por injerencia directa aquella situación en la que el acto de nepotismo se produce
dentro del órgano o unidad orgánica o funcional o dependencia administrativa.
30
Anexo A1
ANEXO N°
Formato del perfil de puesto bajo el régimen del Servicio Civil
SECCIÓN: IDENTIFICACIÓN
Órgano Dirección de Producción
Rol Gobierno
SECCIÓN: FUNCIONES
MISIÓN DEL PUESTO
Apoyar en la ejecución de las actividades inherentes a los procesos de acreditación mediante la verificación en campo en el marco de los procedimientos y directivas internas de la
institución, a fin de atender las solicitudes presentadas por los ciudadanos.
2 Apoyar en la recepción, armado del kit, clasificación y distribución de pedidos de verificación a fin de cumplir el plan de producción.
3 Apoyar en la revisión de la generación de pedidos de verificación de los equipos de trabajo precedentes a fin de que sean asignados al proceso de verificación.
4 Registrar información de aportes del empleador a fin de poblar la cuenta individual de los asegurados según programa de población de aportes.
5 Realizar otras funciones asignadas por la jefatura inmediata, relacionadas a la misión del puesto/área a fin de cumplir con lo encomendado.
No aplica
SECCIÓN: REQUISITOS
FORMACIÓN ACADÉMICA
A) Nivel Educativo B) Grado(s)/situación académica y carrera/especialidad requeridos C) ¿Colegiatura?
D) ¿Habilitación
Primaria
profesional?
Secundaria
Formación universitaria en las carreras de administración, economía,
Técnica Básica contabilidad, ingenierías, relaciones industriales, derecho, ciencias sociales,
(1 ó 2 años) Sí No X
ciencias políticas o ciencias de la comunicación o formación técnica en las
carreras de administración, contabilidad, computación o informática.
Técnica Superior
X X
(3 ó 4 años)
X Universitaria X
No aplica
No aplica
CONOCIMIENTOS
A) Conocimientos técnicos principales requeridos para el puesto (No se requiere sustentar con documentos):
Sistemas Previsionales.
EXPERIENCIA
Experiencia laboral general
Indique el tiempo total de experiencia laboral, ya sea en el sector público o privado.
2 años
No aplica
No aplica
C. Indique el tiempo de experiencia específica requerida en el sector público:
No aplica
*Mencione otros aspectos complementarios sobre el requisito de experiencia, en caso existiera algo adicional para el puesto.
No aplica
HABILIDADES O COMPETENCIAS
Organización de la Información, Cooperación, Orden, Dinamismo.
REQUISITOS ADICIONALES
No Aplica
ANEXO B
CRONOGRAMA CPMA N° 098-2024-ONP
ASISTENTE DE VERIFICACIÓN
La Oficina de Recursos Humanos (ORH), en su condición de responsable de las etapas de evaluación del concurso
informará a las/os postulantes sobre las fechas y horarios de las evaluaciones; sin perjuicio de ello, se reserva el derecho
de establecer el medio para cada una de las evaluaciones, así como de modificar las fechas del cronograma en función
de las necesidades institucionales.
EVALUACIÓN CURRICULAR
Servidores Civiles de Carrera y Servidores de Actividades Complementarias - Administración Interna e Implementación de Proyectos
NIVEL ASISTENTE
Nombre del puesto ASISTENTE DE VERIFICACIÓN
Fecha de Evaluación:
Puntaje
REQUISITOS Peso Puntaje Parcial
Total
1 FORMACIÓN ACADÉMICA 85% 68.0 57.8
A. Grado (s)/situación académica y estudios requeridos para el puesto: Marque solo una "X" PUNTAJE
Cumple con lo mínimo requerido en el perfil del puesto X 50 50
Yo, _________________________________________________________________________________,
identificado(a) con DNI Nº_________________ postulante en el proceso de selección CPMA N° 098-2024-
ONP, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:
No estar inscrito en el Registro de Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos Dolosos (REDERECI),
conforme a lo previsto en el artículo 5 de la Ley Nº 30353.
Que la información proporcionada en las etapas del proceso de selección es totalmente veraz y
cumplo con los requisitos establecidos en el perfil del puesto al cual postulo.
Asimismo, autorizo a la entidad a realizar las investigaciones correspondientes para constatar la veracidad
de esta información y en caso de no ser veraz o correcta la información o presentar inconsistencias,
proceder a desvincularme del proceso de selección, de considerarlo pertinente.
FIRMA
APELLIDOS y NOMBRES
D.N.I.
Anexo N° 3
DECLARACIÓN JURADA N° 2
Yo, _________________________________________________________________________________,
identificado(a) con DNI____________________, postulante en el proceso de selección CPMA N° 098-
2024-ONP, DECLARO BAJO JURAMENTO lo siguiente:
NO, tengo parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón
de matrimonio, de convivencia o unión de hecho o progenitores de sus hijos con funcionarios o
directivos de la entidad, personal de la Unidad Orgánica a la que corresponde el puesto al cual
postulo, la Oficina de Recursos Humanos o la que hace sus veces, la Oficina de Administración
y/o la Alta Dirección de la entidad.
SÍ, tengo parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón
de matrimonio, de convivencia o unión de hecho o progenitores de sus hijos con funcionarios o
directivos de la entidad, personal de la Unidad Orgánica a la que corresponde el puesto al cual
postulo, la Oficina de Recursos Humanos o la que hace sus veces, la Oficina de Administración
y/o la Alta Dirección de la entidad.
FIRMA
APELLIDOS y NOMBRES
D.N.I.
Anexo N° 4
AUTORIZACIÓN PARA GRABACIÓN EN AUDIO Y VIDEO
Yo,…….........................................................................................................................
(Nombres y Apellidos) identificada(o) con D.N.I. / C.E. Nº……........................
postulante al concurso público de méritos abierto N° 098-2024-ONP, doy mi
expreso consentimiento a la Oficina de Normalización Previsional-ONP, para grabar
en audio y video la entrevista final del presente proceso, con la finalidad de brindar
mayor transparencia en el proceso de selección.
La grabación realizada formará parte del expediente del presente proceso; asimismo,
de mediar alguna solicitud formal por parte de cualquier postulante, se podrá entregar
una copia digital de la misma en el plazo de ley.
Firma ..................................................................
En caso de resultar falsa la información que proporciono, me sujeto a los alcances de lo establecido en el
artículo 411 del Código Penal, concordante con el artículo 33 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2017-
JUS.
……………………………………….…………………
Firma
N° DNI:
1
“Artículo 5. Impedimento para acceder al ejercicio de la función pública y contratar con el Estado
Las personas inscritas en el REDERECI están impedidas de ejercer función, cargo, empleo, contrato o comisión de cargo público, así como
postular y acceder a cargos públicos que procedan de elección popular. Estos impedimentos subsisten hasta la cancelación íntegra de la
reparación civil dispuesta.
Lo dispuesto en el párrafo anterior es inaplicable a las personas condenadas por delitos perseguibles mediante el ejercicio privado de la acción
penal”.