06 TDR Planos Sanitar ET R R
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SERVICIO DE ELABORACION DEL DISEÑO Y PLANOS DEL SISTEMA CONTRA INCENDIO en la revisión de
expedientes técnicos de la OAF-UEI
1.DENOMINACION DE LA CONTRATACION
SERVICIO DE ELABORACION DEL DISEÑO Y PLANOS DEL SISTEMA CONTRA INCENDIO en la revisión de
expedientes técnicos de la OAF-UEI
2.DEPENDENCIA
Oficina de Administración y Finanzas – Unidad Ejecutora de Inversiones del SENCICO, en adelante OAF-UEI
3.FINALIDAD PÚBLICA
La presente contratación tiene como finalidad llevar una correcta asistencia técnica en la revisión del diseño y elaboración
de planos de la especialidad de instalaciones sanitarias y agua contra incendio de expedientes técnicos, contribuyendo
con acelerar la atención a los proyectos dentro de los plazos programados.
7. PRODUCTOS A ENTREGAR
El contratista presentará los siguientes entregables, conteniendo la información indicada en el numeral 6, a través de
mesa de partes virtual del SENCICO, mediante el siguiente link https://app.sencico.gob.pe/prd/waMesaPartes/MesaPartes
La recepción de los documentos se realiza en el horario de 8:15 am. a 5:15 pm. de lunes a viernes, exceptuando los días
feriados y/o días no laborables, después de dicho horario se entiende presentado a partir del día hábil siguiente, según
se detalla:
1
PRIMER ENTREGABLE: Informe de asistencia técnica en la revisión y verificación de los archivos digitales de planos de
la especialidad de instalaciones sanitarias de expedientes técnicos
Hasta 30 días contados a partir del día siguiente de notificada la orden de servicio, mediante un informe que deberán
contener el detalle de la asistencia técnica en la revisión y verificación de los archivos digitales de planos de la especialidad
de instalaciones sanitarias y agua contraincendio remitidos por la OAF-UEI. De corresponder, se incluirán todos los
informes emitidos según su competencia contractual.
SEGUNDO ENTREGABLE: Informe de asistencia técnica en la revisión y verificación de los documentos físicos de planos
de la especialidad de instalaciones sanitarias de expedientes técnicos
Hasta 60 días contados a partir del día siguiente de notificada la orden de servicio. Deberá remitir un informe que deberán
contener el detalle de la asistencia técnica en la revisión y verificación de los documentos físicos de planos de la
especialidad de instalaciones sanitarias y agua contra incendio remitidos por la OAF-UEI. De corresponder, se incluirán
todos los informes emitidos según su competencia contractual.
9. ANTICORRUPCION
o EL CONTRATISTA declarará y garantizará no haber, directa o indirectamente, o tratándose de una persona jurídica
a través de sus socios, integrantes de los órganos de administración, apoderados, representantes legales,
funcionarios, asesores o personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, ofrecido, negociado o efectuado, cualquier pago o, en general, cualquier beneficio o
incentivo ilegal en relación al contrato.
o Asimismo, el CONTRATISTA se obliga a conducirse en todo momento, durante la ejecución del contrato, con
honestidad, probidad, veracidad e integridad y de no cometer actos ilegales o de corrupción, directa o indirectamente
o a través de sus socios, accionistas, participacionistas, integrantes de los órganos de administración, apoderados,
representantes legales, funcionarios, asesores y personas vinculadas a las que se refiere el artículo 7 del Reglamento
de la Ley de Contrataciones del Estado.
o Además, EL CONTRATISTA se compromete a i) comunicar a las autoridades competentes, de manera directa y
oportuna, cualquier acto o conducta ilícita o corrupta de la que tuviera conocimiento; y ii) adoptar medidas técnicas,
organizativas y/o de personal apropiadas para evitar los referidos actos o prácticas.
10. REGLAMENTOS Y NORMAS TECNICAS
● Directiva DI/PE/OAF-ABAST/N° 001-2022 aprobado con Resolución de Presidencia Ejecutiva 148-2022-02.00 sobre
“Disposiciones para la contratación de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (08) UIT”
● Directiva DI/PE/OSG/N° 001-2023 “Gestión de tramite documentario y correspondencia”
● Reglamento Nacional de Edificaciones y Código Nacional de Electricidad
● Norma Técnica de Infraestructura para Locales de Educación Superior (RVM N° 017-2015-MINEDU, RVM N° 056-
2019-MINEDU)
● Ley de Contrataciones del Estado, reglamento y modificatorias
● Directiva N° DI/PE/GIN/N° 001-2017 “Infraestructura Educativa del SENCICO – Construcción” – Estándares Básicos
para el Diseño Arquitectónico (RPE N° 143-2017-02.00).
● Reglamento para la Gestión y Manejo de los Residuos de las actividades de la Construcción y Demolición (DS N°
003-2013-VIVIENDA, DS N° 019-2016-VIVIENDA)
● DS N° 016-2021-MINAM “Decreto Supremo que aprueba Disposiciones para la Gestión de la Ecoeficiencia en las
Entidades de la Administración Pública” y anexo
2
11.1. Lugar
La prestación del servicio se realizará en las instalaciones del contratista y/o en las instalaciones del SENCICO ubicado
en Av. De la Poesía 351-San Borja-Lima y/o en otras sedes zonales a nivel nacional, conforme a lo requerido por OAF-
UEI.
11.2 Plazo de ejecución
Se prestará por el período de hasta 60 días calendario, contados a partir del día siguiente de notificada la orden de servicio
3
- Por razones de caso fortuito, fuerza mayor o por hecho sobreviniente a la notificación de los mencionados
documentos, que no sea imputable a aquellos y que imposibilite de manera definitiva la continuación de la ejecución
de las prestaciones; o,
- Cuando el contratista incumpla injustificadamente las obligaciones establecidas en las especificaciones técnicas u
otras obligaciones legales o reglamentarias, pese a haber sido requerido para ello, mediante correo electrónico u
otro medio comprobable, emitido por la Entidad;
- Cuando desaparezca la necesidad de contratar, o,
- Cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto inicialmente asignado tenga que destinarse a otros propósitos de
emergencia declarados expresamente.
- Por la presentación con información inexacta o falsa de la Declaración Jurada de Prohibiciones e
Incompatibilidades a que se hace referencia en la Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses
en el acceso y salida de personal del servicio público. Asimismo, en caso se incumpla con los impedimentos
señalados en el artículo 5 de dicha ley se aplicará la inhabilitación por cinco años para contratar o prestar
servicios al Estado, bajo cualquier modalidad”.