Taller de Educaciòn para La Ciudadania
Taller de Educaciòn para La Ciudadania
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El Estado ecuatoriano, al surgir como un Estado republicano democrático en 1830, consagra el derecho al
voto para elegir a los representantes del pueblo o ser electos. En un primer momento, este derecho estaba
destinado exclusivamente para quienes cumplían con
requisitos como tener propiedades, 21 años de edad,
saber leer y escribir, ser hombre (CPE, 1830).
Quienes cumplían con todos los requisitos eran
apenas 8 000 personas de los 500 000 habitantes
que, se calcula, existían en esa época en el país (El
Comercio, 2014). c) Concepciones culturales que
priorizan la educación para los varones, para que
adquieran nociones básicas que les ayudarán para el
trabajo; mientras que las niñas se educan desde
temprana edad y sin asistir a la escuela para ser
madres y cuidar la casa. a) La pobreza marcada por la
ausencia de recursos que permitan costear la
educación, sobre todo en momentos históricos en los
que para estudiar se necesitaba tener dinero. b) Culturas que consideran que no deben enviar a sus hijos
a estudiar y que los involucra de forma temprana en el trabajo, valorando más la producción de ingresos
para la familia. Tomado de: andina.com.pe Tomado de: flickr.com Fuente: Maya ediciones, 2016. 31 La
población de indígenas, afrodescendientes, y la inmensa mayoría de mujeres de todos los grupos sociales,
estaba excluida de este derecho político, pues no sabía leer ni escribir. Es el acceso a la educación lo que
según las constituciones de la época permitía que las personas de ambos géneros accedieran al derecho
del sufragio. Los grandes excluidos fueron los campesinos, quienes nunca pudieron educarse. Es solo
hasta la Constitución de 1978 que se asigna la ciudadanía a toda persona mayor de 18 años, eliminando
el requisito de saber leer y escribir, para poder gozar de los derechos políticos. Así se reconoce el voto
universal, abriendo la posibilidad a que los analfabetos puedan gozar del ejercicio de su derecho al
sufragio (CPE, 1978). La Constitución de 1998 tiene un carácter incluyente y elimina toda forma de
discriminación para el ejercicio de la ciudadanía, asignando esta condición a toda persona desde su
nacimiento, ratificando la posibilidad para los analfabetos de formar parte de la vida política del país, (CPE,
1998) condición que es nuevamente ratificada en la actual Constitución, la del año 2008. Desde el Estado
se emprenden múltiples programas educativos tendientes a la erradicación del analfabetismo en el país,
con el fin de que la población pueda ejercer la totalidad de sus derechos en condiciones de igualdad, tal
como el resto de la población, y mejore su calidad de vida. La población analfabeta del Ecuador
actualmente llega al 6,8 %, de los cuales las mujeres aportan con el 7,7 %; los hombres con 5,8 %, según
el censo poblacional de 2010. De ellos, el 20.4 % son indígenas, el 12,9 % montubios, 7.6 %
afroecuatorianos, 5.1 % mestizos, 3.7 % blancos y el 4.5 % representa a otros grupos étnicos (INEC,
2010)
Causas:
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2) Elige la respuesta correcta.
a. La Constitución de 1830.
b. La Constitución de 1906.
c. La Constitución de 1978.
d. La Constitución de 2008.
Los grupos étnicos que más se han visto afectados por el analfabetismo son:
a. Blancos
b. Indígenas, montubios, afrodescendientes
c. Mestizos
d. Extranjeros
Personas adultas mayores son los hombres y mujeres que han cumplido 65 años y más. Por
alcanzar esta edad, tienen algunos beneficios que reconocen su esfuerzo a lo largo de su vida, por
ejemplo, el voto facultativo, reconocido desde la Constitución de 1998 y ratificado por la
Constitución de 2008. Hasta esa fecha, ninguna Constitución hace mención al ejercicio de este
derecho en forma específica para las personas adultas mayores, por lo que estaban incluidas en el
grupo de las personas mayores de 18 años, que sabían leer y escribir y que estaban obligadas a
sufragar, siempre y cuando estén en goce de sus derechos políticos. Al igual que para las personas
con discapacidad, el Consejo Nacional Electoral ha creado mecanismos que permitan que el voto
de las personas adultas mayores se haga efectivo.
Las personas adultas mayores son consideradas para ejercer su voto de forma voluntaria, a
partir de la Constitución de:
a. 1906
b. 2008
c. 1978
d. 1998
Las personas con discapacidad son reconocidas para el ejercicio de su derecho al sufragio
a partir de la Constitución de:
a. 1906
b. 2008
c. 1978
d. 1998
Identifica qué medidas incorpora el Consejo Nacional Electoral para facilitar el voto de las
personas con discapacidad y personas adultas mayores. Elabora una breve explicación de
cada una.
Los adolescentes
El derecho al sufragio de los militares y policías está limitado por prohibiciones como:
a. Portar armas.
b. Hacer campaña.
c. Participar en organizaciones políticas.
d. Todas las anteriores
a. 1978
b. 1998
c. 2008
d. 1945
b) Cumplir con los requisitos igual que un ciudadano ecuatoriano: tener más de 16 años, no tener
interdicción judicial ni sentencia condenatoria ejecutoriada.
En el año 2014 se calculó que podían ejercer este derecho 7 000 extranjeros residentes en el país. El
ejercicio del derecho al voto para las personas extranjeras está vinculado con el concepto de la ciudadanía
universal, que implica el reconocimiento de todos los derechos humanos a las personas extranjeras que
ingresan al territorio ecuatoriano, en las mismas condiciones que cualquier ciudadano ecuatoriano (Orín,
2015)
El voto universal es un concepto que se posicionó con la Constitución de 1978. Esta reconoce la
ciudadanía a partir de los 18 años para todo hombre y mujer, eliminando el requisito de saber leer y
escribir, y habilitando el derecho al voto por primera vez para las personas analfabetas. A pesar de estos
avances, todavía grandes grupos poblacionales eran obligados a sufragar, sin tomar en cuenta las
condiciones específicas que les impedían ejercer este derecho, recibiendo sanciones por no haber
sufragado, mientras que otros grupos se mantenían completamente al margen del derecho al sufragio,
aunque podían hacerlo.
La ampliación del ejercicio del derecho al voto hacia los grupos históricamente excluidos implica un aporte
significativo al mejoramiento de la democracia en el país y al fortalecimiento del principio de igualdad,
porque permite hacer efectivo el principio de universalidad de un derecho político hacia toda la población,
sin discriminación alguna. Así se garantiza y efectiviza una inclusión e igualdad social (Rancière, 2011).
Voto facultativo
a) Adolescentes entre los 16 y los 17 años
b) Personas de más de 65 años, denominadas adultas mayores
c) Ecuatorianos residentes en el exterior, debidamente registrados
d) Integrantes de las FF. AA. y Policía Nacional en servicio activo
e) Personas con discapacidad
f) Personas analfabetas
g) Extranjeros desde los 16 años que hayan residido legalmente en el país al menos 5 años y se hubieren
inscrito en el Registro Electoral
Voto obligatorio
Votan todas las ciudadanas y ciudadanos ecuatorianos mayores de 18 años, hasta los 65 años. Incluye a
las personas mayores de 18 años de edad privadas de la libertad, que no tienen sentencia condenatoria
ejecutoriada, porque se presume su inocencia y todavía no se ha demostrado su responsabilidad en algún
delito.
Indaga cuáles son los requisitos que deben cumplir las personas extranjeras para ejercer su
derecho al voto:
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Reflexiona si las personas extranjeras, por el hecho de haber nacido en un país distinto al
Ecuador, deben ser excluidas del ejercicio de sus derechos en el Ecuador. ¿Por qué?
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c) El reconocimiento del derecho al sufragio universal para toda la población en edad de decidir la
vida del país permite: