TRATADO DE WESTFALIA (1648), Derecho Internacional I
TRATADO DE WESTFALIA (1648), Derecho Internacional I
TRATADO DE WESTFALIA (1648), Derecho Internacional I
WESTAFALIA
(1648)
Autores:
Mayo, 2024.
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ÍNDICE
Causas .................................................................................................................................................... 6
CONCLUSIÓN ................................................................................................................................... 20
BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................................... 21
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INTRODUCCIÓN
El Tratado de Westfalia, firmado en 1648, representa un hito crucial en la historia europea
que marcó el fin de la Guerra de los Treinta Años y sentó las bases para la configuración
del sistema político y diplomático moderno. Este tratado, negociado y ratificado en las
ciudades de Münster y Osnabrück en el corazón de Westfalia, no solo puso fin a décadas
de devastación y conflicto en Europa, sino que también estableció principios
fundamentales que moldearon la evolución política y diplomática del continente durante
siglos venideros.
La Guerra de los Treinta Años, que estalló en 1618, surgió en un contexto de profundos
conflictos religiosos, políticos y territoriales en Europa Central. Al inicio, el conflicto se
centró en disputas entre católicos y protestantes en el Sacro Imperio Romano Germánico,
pero con el tiempo se transformó en una devastadora guerra continental que involucró a
potencias europeas, extendiéndose más allá de las diferencias religiosas para convertirse
en una lucha por el poder y la supremacía regional.
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I. ANTECEDENTES Y CAUSAS DE LA GUERRA DE LOS
TREINTA AÑOS
Antecedentes:
La guerra de los Treinta Años (1618-1648) fue el último gran conflicto europeo motivado
por las divisiones religiosas y uno de los más devastadores de la historia europea, con un
saldo de aproximadamente 8 millones de muertos. Lo que comenzó como un conflicto
local en Bohemia, terminó involucrando a toda Europa e influyendo en el desarrollo de la
era moderna.
La guerra se entiende mejor si se divide en cuatro fases:
Revuelta de Bohemia (1618-1620).
Participación de Dinamarca (1625-1629).
Participación de Suecia (1630-1634).
Participación de Francia (1635-1648).
La Reforma protestante había fomentado la disensión religiosa y el malestar social desde
1517, lo que fue abordado por la Paz de Augsburgo en 1555, que estableció la política de
cuius regio, eius religio ("de quien rija, la religión") por la que un gobernante elegía si su
territorio sería católico o luterano (entonces la única secta protestante reconocida).
Cuando el emperador católico del Sacro Imperio Romano Germánico Fernando II (1578-
1637) se convirtió en rey de Bohemia en 1617, esto molestó a sus súbditos, en su mayoría
protestantes, quienes iniciaron la Revuelta de Bohemia (y la guerra de los Treinta Años)
en mayo de 1618, tras la Segunda Defenestración de Praga y el apoyo de los protestantes
a su elección de monarca, Federico V del Palatinado (1596-1632).
Las fuerzas de Federico V fueron derrotadas en 1620 en la Batalla de la Montaña Blanca
y la Dinamarca protestante se involucró en el conflicto en 1625, un acontecimiento al que
se suele hacer referencia como la primera intervención de una potencia extranjera en la
guerra, aunque, en realidad, los protestantes holandeses habían estado suministrando
armas y otros recursos a las fuerzas de Federico V desde 1618 y la España católica había
apoyado a Fernando II. El protestante Cristián IV de Dinamarca (que reinó de 1588 a
1648) entró en la guerra por razones religiosas y para proteger sus intereses comerciales,
pero también porque el rey Gustavo Adolfo de Suecia (que reinó de 1611 a 1632) estaba
dispuesto a entrar en la guerra como campeón protestante, un honor que Cristián IV
quería para sí mismo. Sin embargo, Cristián IV no fue rival para las fuerzas imperiales al
mando del líder mercenario católico Albrecht von Wallenstein (1583-1634), y acordó una
paz y la retirada de las tropas danesas y de los mercenarios escoceses en 1629. Adolfo
había apoyado a Cristián IV desde 1628, pero en 1630, con recursos del cardenal católico
Richelieu de Francia (1585-1642), se lanzó al campo de batalla contra Wallenstein.
Richelieu apoyó al rey protestante contra las fuerzas imperiales católicas en aras de
mantener el equilibrio de poder entre Francia y las regiones vecinas controladas por la
poderosa dinastía de los Habsburgo. Después de que Adolfo muriera en batalla en 1632,
los suecos continuaron la lucha, apoyados por los franceses en la fase final y más
sangrienta de la guerra.
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No hubo vencedor, ya que la guerra concluyó en 1648 con la Paz de Westfalia (que
también puso fin a la guerra de los Ochenta Años entre España y los Países Bajos).
Causas:
La guerra de los Treinta Años fue causada por varios factores, entre ellos:
La percepción de un desequilibrio de poder en la región.
El resentimiento hacia la dinastía de los Habsburgo y su control del comercio.
El debilitamiento del poder del emperador del Sacro Imperio Romano Germánico.
Los intereses comerciales en la región.
Las disensiones religiosas.
Sin embargo, las diferencias religiosas y la incapacidad de resolverlas
pacíficamente fueron la causa inmediata y se vieron influenciadas por las
tres principales reformas religiosas europeas:
La Reforma de Bohemia (c. 1380-c. 1436).
La Reforma Protestante (1517-1648).
La Contrarreforma (1545-c.1700).
Se culpó a los soldados extranjeros de traer la peste y otras enfermedades, lo que fomentó
un resentimiento nacional contra otras naciones que más tarde sería explotado por los
líderes de Prusia, Brandeburgo y, posteriormente, Alemania, mediante el recuerdo de las
atrocidades infligidas a la población germana por "el otro" al movilizarse para conflictos
posteriores. La memoria alemana de la guerra de los Treinta Años, transmitida de
generación en generación y popularizada por escritores y poetas alemanes, serviría de
base para la propaganda de la Primera y la Segunda Guerra Mundial.
Aun así, la Paz de Westfalia, reafirmando la soberanía religiosa de la Paz de Augsburgo,
estableció el concepto de soberanía nacional que prohibía a cualquier nación interferir en
las leyes que gobernaban a otra, dando lugar al moderno sistema internacional de
gobiernos. Una vez reconocido el calvinismo, la libertad de religión (al menos en teoría)
se generalizó y hubo un aumento de la alfabetización con el establecimiento de escuelas,
tanto por parte de los protestantes como de los católicos, para permitir una mejor
comprensión de las escrituras.
Tras la destrucción de los territorios germánicos del Sacro Imperio Romano Germánico
entre 1618-1648 y la muerte de millones de personas, el aspecto religioso del conflicto
reflejó exactamente lo que ya se había resuelto en 1555 en Augsburgo. El conflicto no se
resolvió de ninguna manera innovadora; simplemente todos estaban cansados de luchar.
Aun así, no pasó mucho tiempo antes de que tanto católicos como protestantes
encontraran su segundo impulso y las diferencias religiosas siguieran informando de los
disturbios civiles en adelante y continuaran hasta nuestros días.
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II. NEGOCIACIONES Y PARTICIPANTES EN EL TRATADO
DE WESTFALIA
El término de “Paz de Westfalia” se refiere a los dos tratados de paz de Osnabrück y
Münster, firmados el 24 de octubre de 1648, este último en la Sala de la Paz del
ayuntamiento de Münster, en la región histórica de
Westfalia, con los cuales finalizó la guerra de los
Treinta Años en Alemania y la guerra de los
Ochenta Años entre España y los Países Bajos. En
estos tratados participaron el emperador del Sacro
Imperio Romano Germánico (Fernando III de
Habsburgo), la Monarquía Hispánica, los reinos
de Francia y Suecia, las Provincias Unidas (Países
Bajos) y sus respectivos aliados entre los príncipes
del Sacro Imperio Romano Germánico.
Hasta la instauración de la Confederación del Rin en 1806, las reglas de Westfalia pasaron
a formar parte de las leyes constitucionales del Sacro Imperio Romano.
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Las garantías del Tratado fueron asumidas por los países fronterizos con el Sacro Imperio:
Francia y Suecia. Sin su autorización no podía cambiarse ninguna disposición. Así, los
alemanes, que vivían en más de 300 estados independientes, solo podían fusionarse con
otro estado si contaban con la aprobación de Suecia y Francia.
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III. CONTENIDO DEL TRATADO DE WESTAFALIA Y SU
IMPACTO EN LA ESTRUCTURA POLÍTICA Y
TERRITORIAL DE EUROPA
Los títulos 11.º al 64.º tratan en extenso y minuciosamente sobre restitución de derechos
y privilegios, la soberanía de los Estados del imperio, sus libertades, etc. En general los
Estados del Imperio fueron confirmados en sus límites territoriales de 1618, mientras que
la distribución territorial de las distintas confesiones cristianas se efectuó a partir de la
situación de 1624:
"Aquellos de la confesión de Habsburgo [...] serán puestos en posesión otra vez de sus
iglesias y estados eclesiásticos, como era en el año 1624, como también que todos los otros
de la dicha confesión de Habsburgo que lo demanden, tendrán el ejercicio libre de su
religión, así en iglesias públicas a las horas convenidas, como en sus propias casas
privadas o en otras elegidas para este propósito [...]." (título 28º).
"Todos los oficiales, así como militares, consejeros, togados [...], con sus mujeres, hijos,
herederos [...] serán restaurados por todas las partes en su estado de vida, honor,
renombre, libertad de consciencia, derechos y privilegios que disfrutaron antes de los
desórdenes arriba mencionados [...]." (título 43º).
"[...] los Estados que hayan sido tomados por las armas por Francia o Suecia [...] serán
retornados a la situación en que se encuentran y eso sin ninguna compensación por
provecho o daño." (título 45º).
En ellos se declara que cada Estado debería decidir qué cristianismo adopta como religión
de estado:
"y puesto que, para la mayor tranquilidad del Imperio, en su asamblea general de paz, se
ha hecho un acuerdo [...] referente a las diferencias sobre tierras eclesiásticas y la libertad
de ejercicio de la religión, se ha encontrado oportuno confirmarlo y ratificarlo por el
presente tratado [...]" (título 49º).
Y también se establece la independencia total de Suiza:
"[...] la ciudad de Basilea y otros cantones suizos sean como si estuviesen en posesión de
su completa libertad y exención del Imperio; de manera que no están bajo ningún
concepto sujetos a las judicaturas o juicios del Imperio [...]". (título 63.º).
Los títulos 65.º a 67.º del acuerdo de paz traen como consecuencia la desaparición de la
autoridad real del Emperador:
"[...] todos y cada uno de los Electores, Príncipes y Estados del Imperio Romano son así
establecidos y confirmados en sus antiguos derechos, prerrogativas, libertades [...],
ejercicio libre de derechos eclesiásticos [...]." (título 64º).
"Disfrutarán sin contradicción el derecho de sufragio en todas las deliberaciones
referentes a los asuntos del Imperio [...] serán libres perpetuamente de establecer alianzas
con extranjeros para su preservación y seguridad [...]." (título 65.º).
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Los títulos 68.º a 91.º son los acuerdos que afectan a diversos estados del Imperio (cesión
de territorios a Francia y Suecia, libertad de comercio y de tránsito, devoluciones, etc.).
"[...] Que el dominio principal, derecho de soberanía, y todos los otros derechos sobre los
arzobispados de Metz, Toul y Verdún, y sobre las ciudades de ese nombre y sus diócesis,
particularmente sobre Mayenvick [...] pertenecerán en el futuro a la corona de Francia y
serán irrevocablemente incorporados allí por siempre [...]." (título 71º).
"[...] Que, para el futuro, el comercio y el transporte serán libres para los habitantes a
ambos lados del Rin y las provincias adyacentes. Sobre todo, la navegación del Rin será
libre [...] y no será permitido imponer sobre el Rin nuevos y no deseados peajes, aduanas,
tasas, [...] pero una y otra parte se contentarán con los tributos, derechos y peajes que
eran pagados antes de estas guerras [...]." (título 89º).
A continuación, vienen los títulos que afectan a Francia:
"Que el Rey Cristianísimo (Luis XIII de Francia) estará obligado a abandonar no sólo los
obispados de Estrasburgo y Basilea, con la ciudad de Estrasburgo, sino también los otros
Estados u órdenes, abades de Murbach y Luederen, quienes están en una y otra Alsacia,
inmediatamente dependientes del Imperio Romano; la abadesa de Andlavien, el
monasterio de San Bennet en el valle de San Jorge [...]." (título 92º).
A partir del título 104.º vienen las disposiciones de entrada en vigor y la conclusión:
"Los plenipotenciarios de todas las partes acordarán entre ellos, entre la conclusión y la
ratificación de la paz, sobre los modos, tiempos y seguridades que se tomarán para la
restitución de los lugares y para el desmantelamiento de tropas [...]." (título 105º).
"En testimonio de todas y cada una de estas cosas, y para su mayor validez,
los embajadores de sus majestades Imperial y Cristianísima, y los
representantes, en el nombre de todos los Electores, Príncipes, y Estados del
Imperio, enviados particularmente para este fin [...] con sus propias manos
y sellos han firmado y sellado este presente Tratado de Paz, [...] y eso con
la condición de que por la suscripción de los embajadores y representantes
arriba mencionados, todos y cada uno de los otros Estados que se
abstengan de firmar y ratificar el presente tratado, estarán no menos
obligados a mantener y observar lo que se contiene en este presente Tratado
de Pacificación, que si lo hubiesen suscrito y ratificado [...].
Hecho, aceptado y concluido en Münster en Westfalia, el día 24 de octubre,
1648." (título 128º).
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Impacto en la Estructura Política y Territorial de Europa debido al
Contenido del Tratado de Westfalia:
Mayor Autonomía de los Estados Resultantes:
- La Paz de Westfalia supuso la pérdida de poder real del emperador del Sacro
Imperio y una mayor autonomía de los más de 300 estados resultantes. Esto
permitió a los estados tener un mayor control sobre sus asuntos internos y
territorios.
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IV. EFECTOS EN LOS PAÍSES IMPLICADOS EN EL
TRATADO DE WESTFALIA
Sacro Imperio Romano Germánico: En 1640, después de casi 30 años, se
volvió a reunir la Dieta Imperial. Esta fue aprovechada por los estados del Imperio
para acusar al emperador Fernando III de Habsburgo de sobrevalorar a España,
mientras Suecia y especialmente Francia presionaban en el mismo sentido, para
deshacer la colaboración de las dos casas Habsburgo. Para debilitar al Sacro
Imperio Romano Germánico, la principal autoridad transnacional de la época, se
proclamó la primacía de los estados alemanes frente a poderes externos, como el
emperador o el papa. Para el Sacro Imperio, la Paz de Westfalia supuso la pérdida
de poder real del emperador y una mayor autonomía de los más de 300 estados
resultantes. El príncipe elector de Brandeburgo, uno de los protestantes más
influyentes, fue beneficiado por el apoyo de Francia. Esta, empeñada en debilitar
al emperador, permitió a Brandeburgo hacerse con territorios adyacentes. Obtuvo
Halberstadt y Minden, por el Tratado de Stettin (1653) la Pomerania Central y el
Ducado de Magdeburgo en 1680. Paradójicamente, Prusia, nacida en 1701 a partir
de la fusión de Brandeburgo y el Ducado de Prusia, llegaría a ser uno de los peores
enemigos de Francia.
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Las condiciones desmesuradas que exigía el cardenal Mazarino provocaron la
continuación de la guerra hispano-francesa hasta la Paz de los Pirineos (1659). Una
vez finalizada la guerra franco-española (1635-1659). Francia se convirtió en la
potencia hegemónica de Europa.
Países Bajos: La intención inicial del emperador era incluir a España en la Paz,
pero las presiones de Francia lograron su neutralidad en la guerra entre ambas
naciones pirenaicas. A pesar de los esfuerzos de Francia por aislar a España, esta
firmó la paz con las Provincias Unidas de los Países Bajos en junio de 1648,
reconociendo su independencia. Esta independencia era un hecho desde que, en
1609, durante el reinado de Felipe III, se firmara la Tregua de los Doce Años. Los
Países Bajos españoles, que no buscaban la independencia, continuaron
perteneciendo a la monarquía española hasta principios del siglo XVIII.
Suecia: Suecia consiguió una posición hegemónica en el mar Báltico que mantuvo
durante décadas. Obtuvo gran parte de Pomerania (repartida con Brandeburgo en
el Tratado de Stettin), Wismar, Bremen-Verden, Neukloster y la isla de Poel lo que
le permitió participar en la Dieta Imperial.
El Tratado de Westfalia ha sido objeto de diversas críticas a lo largo del tiempo. Algunos
argumentan que el tratado no abordó adecuadamente las cuestiones religiosas y políticas
que llevaron a la guerra, lo que resultó en un acuerdo que no resolvió completamente las
tensiones existentes. Además, se ha señalado que el tratado estableció un sistema de
Estados soberanos que, si bien contribuyó al desarrollo del sistema internacional
contemporáneo, también ha sido criticado por su papel en la consolidación del poder
estatal a expensas de las comunidades religiosas y minorías étnicas. Por otro lado, se ha
cuestionado si el modelo de Westfalia es aplicable a la resolución de conflictos en la
actualidad, dada la complejidad de las relaciones internacionales en el siglo XXI.
Controversias:
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Imperio y descentralización: El Tratado de Westfalia debilitó el poder del
Sacro Imperio Romano Germánico y condujo a una mayor descentralización en
Europa, con estados más pequeños y menos centralizados. Algunos historiadores
argumentan que esto sentó las bases para la diversidad política y cultural en
Europa, mientras que otros critican la fragmentación resultante por su
contribución a la inestabilidad y la guerra continua.
Consecuencias:
Este acuerdo no solo estableció la paz entre las potencias europeas involucradas, sino que
también sentó las bases para el sistema moderno de estados soberanos, reconociendo la
independencia y autonomía de las naciones. Además, marcó el inicio de la era del
equilibrio de poderes en Europa, donde las potencias luchaban por mantener un status
quo que asegurara su propia seguridad y estabilidad. Desde el punto de vista religioso, el
tratado introdujo el principio de cuius regio, eius religio (cada gobernante elige la religión
de su territorio), permitiendo una mayor tolerancia religiosa y poniendo fin a las guerras
de religión que habían azotado Europa durante décadas.
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VI. RELEVANCIA CONTEMPORÁNEA DEL TRATADO DE
WESTFALIA
El Tratado de Westfalia, es ampliamente considerado como un hito en la historia de la
diplomacia y las relaciones internacionales. Aunque su contexto original se centraba en
poner fin a la Guerra de los Treinta Años en Europa, su relevancia trasciende los siglos y
continúa influyendo en la política mundial hasta el día de hoy.
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B. Paralelismos entre el Tratado de Westfalia y los desafíos actuales de
la diplomacia internacional:
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VII. REPERCUSIONES INTERNACIONALES DESPUÉS DEL
TRTADO DE WESTFALIA
El Tratado de Westfalia, tuvo importantes repercusiones internacionales que
moldearon el equilibrio de poder en Europa y establecieron un nuevo marco para las
relaciones internacionales en el continente.
1. Soberanía estatal: Uno de los legados más duraderos del Tratado de Westfalia
fue el principio de soberanía estatal, que establecía que cada estado tenía el
derecho de gobernar su territorio sin interferencia externa. Este principio allanó
el camino para la formación de un sistema de estados soberanos reconocidos
internacionalmente, sentando las bases para la moderna diplomacia y el derecho
internacional.
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2. Consolidación del sistema de estados: El Tratado de Westfalia marcó la
consolidación del sistema de estados en Europa, donde las relaciones
internacionales se basaban en la interacción entre estados soberanos. Esto
condujo al desarrollo de prácticas diplomáticas formales, como embajadas y
tratados, que se convirtieron en elementos centrales de la política exterior de los
estados europeos.
3. Nuevas formas de diplomacia: Tras la firma del tratado, las relaciones
diplomáticas entre los estados europeos se volvieron más estructuradas y
formales. Surgieron embajadas permanentes y se establecieron normas y
protocolos diplomáticos para regular las interacciones entre los estados. Además,
el tratado sentó las bases para el desarrollo posterior del sistema de diplomacia
moderna y del derecho internacional.
Después de la Primera Guerra Mundial, fuimos testigos del inicio de un proceso que
permitió el surgimiento de los dos requisitos previos para el nacimiento de la
soberanía territorial como norma universalmente dominante, que son la
autodeterminación, por un lado, y la igualdad racial, por el otro. De hecho, desde un
punto de vista histórico, antes de la Primera Guerra Mundial, la historia del mundo
era una historia de imperios. Incluso cuando “el acuerdo de paz permitió a los
imperios victoriosos expandir sus dominios como nunca antes, también marcó el
principio del fin del orden mundial imperial”. 1919 marca claramente una ruptura y
no una continuación de 1648. Con el fin de la guerra, el principio de
autodeterminación defendido tanto por los Estados Unidos como por la recién
naciente Unión Soviética había prevalecido e inspirado movimientos de liberación en
todo el mundo. Esto sería posteriormente confirmado por la Carta de las Naciones
Unidas en 1945, así como por la Declaración Universal de Derechos Humanos en 1948.
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CONCLUSIÓN
El Tratado de Westfalia, firmado en 1648, marcó un hito significativo en la historia
europea y mundial, cuyas repercusiones trascendieron su contexto original y
moldearon el curso de las relaciones internacionales hasta la actualidad. Este tratado,
que puso fin a la Guerra de los Treinta Años y a la Guerra de los Ochenta Años, sentó
las bases para un nuevo orden político en Europa, estableciendo principios que
influyeron profundamente en el desarrollo del derecho internacional y la diplomacia
moderna.
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