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Demanda de Revocatoria Guarda

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UNIVERSIDAD PRIVADA DOMINGO SAVIO

FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS


CARRERA DERECHO

DEMANDA DE
REVOCATORIA DE
GUARDA

ESTUDIANTE: David Cardona Mamani

DOCENTE: Dra. Damelis Flores Justiniano

MATERIA: Derecho de Familia, Niño, Niña y Adolescente

Trinidad -Beni , 24 DE ENERO DE 2023


SEÑOR JUEZ PUBLICO N° 7 DE FAMILIA
DEMANDA DE REVOCATORIA DE GUARDA
OTROSIES.-
JOSE LUIS ARNEZ QUISPE, mayor de edad, casado, natural de la ciudad de Beni,
vecino de la ciudad de Beni -Trinidad, con cedula de identidad número 7865048 Be, con
domicilio real en calle San Martin Av. Héroes de la Independencia número 166 de la
ciudad de Beni y hábil por derecho, presentándome a Ud. Respetuosa exponiendo pido:
Sr .Juez desde el 12 de noviembre del año 2022 mi persona se hizo y se hace cargo de
mi hijo a la fecha nos encontramos radicando en la ciudad de Beni, he cumplido con lo
determinado por su autoridad y especialmente he logrado mejorar la situación
económica y emocional con mi hijo quien a la fecha se encuentra estudiando en Beni
siendo alumno regular de la Unidad Educativa "JOSE MANUEL AVILA NUMERO
2".con COD SIE 81730023 Y RUDES 81730015201590 A y 814800572012544 del
Nivel Primario Comunitario Vocacional del Primer año de escolaridad paralelo" B"
asimismo adjunto en simples copias INFORMES PSICOSOCIAL Y PSICOLOGICOS
DE MI HIJO mismo que ha sido y es atendido en el Centro de Educación Especial
"BARTOLOME ATTARD"
Sr . Juez las razones para que su autoridad haya decidido una guarda para su mama son
obvias, mas no es defectivo precautelando la seguridad integral de mi hijo menor de
edad: porque desde que el permanece bajo mi cuidado y protección es una persona más
estable emocionalmente e incluso. En cuanto a la evolución de salud se encuentran en
mejores condiciones que cuando se encuentra bajo el cuidado de su progenitora, cosa
que no existía con la madre de mi hijo ya que lo sometía a trabajos de venta de dulces
en silla de rueda aprovechándose de su discapacidad y de los cuales su madre salía
beneficiada cabe recalcar que mi hijo es menor de edad.
Por lo someramente expuesto y en aplicación a lo dispuesto por el art. 60 DE LA
CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA QUE
DICE Es deber del estado, la sociedad y familia garantizar la prioridad del interés
superior de la niña, niño y adolescente, que comprende la preeminencia de sus derechos,
la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la
atención de los servicios públicos y privados, y el acceso a una administración de
justicia pronta oportuna y asistencia de personal especializado y siendo evidente que
mis hijos se encuentran bajo mi cuidado y protección, amparado en lo establecido en el
art 62 de la Ley 548 que a la letra dice LA GUARDA PODRA SER REVOCADA
MEDIANTE RESOLUCION JUDICIAL DE OFICIO O A PETICION DE PARTE,
CONSIDERANDO LOS INFORMES ORDENADOS Y DESPUES DE HABER OIDO
A LA NIÑA, NIÑO O ADOLESCENTE", insto la presente acción de revocatoria de
guarda , acción que la dirijo en contra de la señora ESTEFANY ARACELLY
PALMERO GALARZA, mayor de edad, de ocupación comerciante , natural y vecina de
la ciudad de Beni , con cedula de identidad número 6705011 Be , con domicilio real en
Plazuela España marcado con el número 1165, inmediaciones de calle Almagro y
Chuquisaca, Zona San Martin.. (Tal y como demuestro por la fotografía y croquis que
adjunto para efectos de citación) y hábil por derecho.
Finalmente Sr. Juez conforme la secuencia procesal que se le imprima a la presente
causa solicito a Ud. En SENTENCIA DECLARE PROBADA LA DEMANDA Y
REVOQUE LA GUARDA A LA SEÑORA DEMANDADA ESTEFANY ARACELY
PALMERO GALARZA Y SE OTORGUE LA GUARDA DEFINITIVA DE MI HIJO
JOSE ANDRES ARNEZ PALMERO A MI FAVOR", más aún cuando:
LA CONVENCIÓN AMERICANA DE LOS DERECHOS HUMANOS EN SU
NUMERAL 4 SOSTIENE LO SIGUIENTE:
Es prioridad de las disposiciones nacionales e internacionales proteger a los niños de
todo tipo de violencia, por convenios y tratados internacionales, cuando se encuentran
en riesgo, por la vulnerabilidad que estos tienen, es así que en el Art. 17 de la
Convención Americana Sobre los Derechos Humanos. sostiene lo siguiente en el
numeral 4 "Los Estados parte deben tomar medidas apropiadas para asegurar la
igualdad de derecho y la adecuada equivalencia de responsabilidades de los conyugues
en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del mismo, se
adoptaran disposiciones que aseguren la protección necesaria a los hijos, sobre la base
única del interés y conveniencia de ellos.
Manifiesto esto porque mi hijo no esta seguro al lado de su progenitora, pese a que mi
hijo reitera en varias oportunidades que desea quedarse al cuidado de su mamá por qué
está sola y necesita de su ayuda.
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE 1990.
Art.3.
1.- En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones. públicas
o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los
Órganos Legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés
Superior del niño.
Señor Juez viendo el abuso que sufrieron mis hijos por parte de su progenitora es que
pido sea sancionada, y es que solicito, Artículo 148: bis: (CODIGO PENAL). Será
reprimido con prisión de 1 (uno) a (cuatro) años el que aprovechare económicamente el
trabajo de un niño o niña en violación de las normas nacionales que prohíben el trabajo
infantil, siempre que el hecho no importare un delito más grave.
Otrosí 1.- conforme determina el art. 324 Y 325 de la l
le pone a trabajar y no se le puede re victimizar con una separación de mi persona,
están bajo tratamiento. psicopedagógico, requieren demasiado apoyo y en mi condición
de progenitor estoy cumpliendo con ello, hace unos días apareció la progenitora de mis
hijos y con una serie de amenazas pretende causar desestabilidad emocional en mi niño
por lo que existe la necesidad de precautelar la seguridad del mismo con una
revocatoria de guarda .
DECLARACION DE LOS DERECHOS DE NIÑO, INTERNACIONAL APROBADO
EL 20 DE NOVIEMBRE DE 1959 TRATADO
PRINCIPIO 2.- El niño goza de una protección especial y dispondrá de oportunidades y
servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda
desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y
normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin,
la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
PRUEBA INSTRUMENTAL:
1.-Certificado de nacimiento de mi hijo y otros requisitos.
2.-En varias fs. Certificación y simples fotocopias de informes psicosocial de mi hijo
PRUEBA TESTIFICAL:
a) JUAN CARLOS MARTINEZ TUNQUI mayor de edad, casado, Тес Superior en
electricidad, con CI: 5525643 Pt. y hábil por derecho.
b) KAREN MAYVEA SANABRIA VALDIVIA DE MARTINEZ, mayor de edad,
casada, natural y vecina de esta ciudad con Cl 3676131-1m Pt y hábil por derecho
Otrosí 2-conforme determina el art 59 parágrafos II de la ley 548 (CNNA) en relación al
art. 122 del Capitulo V parágrafo 1 del mismo cuerpo legal que a la letra dice:
ARTÍCULO 122.(DERECHO A OPINAR)
La niña, niño o adolescente, de acuerdo a su edad y características de la etapa de su
desarrollo, tiene derecho a presar libremente su opinión en asuntos de su interés y a que
las opiniones que emitan sean tomadas en cuenta Solicito a Ud. señalar día y hora de
audiencia para que mi hijo sea escuchado.
Otrosí 3ro. Protesto presentar más prueba conforme determina el art. 325 apartado de la
ley 603.
Otrosí 4to. Sr. Juez somos victimas de violencia psicológica de parte de la demandada,
me amenaza, me injuria, me calumnia y por lo que refiere a través de sus mensajes a mi
celular está poniendo en riesgo la seguridad de mi hijo y de mi actual esposa , por ello
en aplicación de lo establecido en la sección II (MEDIDAS CAUTELARES
PERSONALES) solicito se determine estas medidas a mi favor, mismas que están
contempladas en el art.281 inc. a) e inc.)
Otrosí 6to.- Honorarios profesionales conforme al arancel del colegio de abogados.
Otrosí 7mo.-Señale-domicilio procesal del abogado que suscribe en estudio jurídico de
calle Sevilla N° 32
Beni, 24 de enero de 2024

SEÑOR JUEZ N°7 EN FAMILIA DE LA CIUDAD DEL BENI


NUREJ. 20361918

SE APERSONA Y CONTESTA A LA DEMANDA NEGANDO TODOS LOS


EXTREMOS DE LA PRETENSION
OTROSI. SOLICITO ENTREVISTA DEL MENOR CON SU AUTORIDAD
OTROSIES.-
ESTEFANY ARACELLY PALMERO GALARZA, mayor de edad, de ocupación
comerciante , natural y vecina de la ciudad de Beni , con cedula de identidad número
6705011 Be. Dentro de la demanda de REVOCATORIA DE GUARDA que sigue
JOSE LUIS ARNEZ QUISPE, presentándome ante las consideraciones de su autoridad
expongo y pido: Señor Juez, tengo a bien responder a la demanda presentada ante su
autoridad con auto de admisiones fecha 12 de noviembre de 2022, y nos apersonamos
ante vuestra autoridad pidiendo se nos tenga como tal, y respondo de forma negativa a
la pretensión del demandante bajo los siguientes argumentos:
A) DE NUESTRO RELACION, que evidentemente tenemos un hijo, de nombre JOSÉ
ANDRES ARNEZ PALMERO la cual fue fruto de nuestra relación en nuestro país de
BOLIVIA , estuvimos conviviendo por el lapso de tres años desde el 2015 hasta el
2020 en todo ese lapso de tiempo siempre tuvimos problemas por culpa de su carácter
ya que él era muy violento y siempre. tenía que estar tratando de calmarle ya que
cuando empezaba a enojarse golpeaba los carritos y las mesas donde trabajábamos
vendiendo productos de alimentos y gaseosas.
Este señor JOSE LUIS ARNEZ QUISPE es un sujeto bastante agresivo que
constantemente me anda fustigando y amenazando por celular mellando mi dignidad
ante terceras personas todo con el fin de quedar el bien con todos, y para demostrar ello
adjunto fotografías de lo mencionado , ya que también el dice que yo soy la que le
amenaza y agredo a su persona, y su nueva pareja es totalmente mentira ya que yo
siempre ando trabajando en mi puesto y no cuento con celular de nueva tecnología ,ni
mucho menos voy por el lugar que vive .
B) También menciona que mi hijo trabaja en mi puesto vendiendo dulces , es mentira
ya que mi hijo me acompaña al puesto ya que no hay quien le cuide en casa mientras yo
trabajo para tener el sustento del día , y el solo me acompaña a estar conmigo y jamás
le hago vender a él y me aprovecho de su discapacidad de su pie para vender más ,
ya que el dice que tiene mejor economía ,y que puede contratar una enfermera para que
su pie se recupere y pueda de alguna manera volver a caminar , yo constantemente con
mis pocos recursos lo llevo a fisioterapia y al seguro público y clínicas privadas para
sus controles y está mejorando .
C) Vivimos también en un cuarto independiente solo para mi y el Sr Juez pregunto,
¿acaso con un buen cuarto se puede demostrar el amor y cariño hacia un hijo? Yo creo
que no, ya que ellos nunca se preocuparon por su salud y solo le daban regalos y
juguetes para comprar su cariño, si bien yo soy humilde pero la salud de mi hijo y el
cariño materno siempre fue lo primero para mí, además mencionar que el cuarto donde
está mi hijo no es en la casa de su padre sino de su abuelo, más al contrario quisiera que
su padre demuestre con su esfuerzo propio que cosas a conseguido para mi hijo.
Además lo que me preocupa es la salud visual de mi hijo ya que esta con una diotria de
11 en ambos ojos, y su padre nunca se preocupó ya que el solo se dedicaba a jugar
juegos por celular con su hijo, ocasionando mas daño a su ojos, también en una
conversación que tuve con mi hijo me dice que: "quería ver chicas peladas" y le
pregunte quien le hacía ver eso el me menciona que "José lo hace ver, refiriéndose a su
padre, ¿Qué tipo de padre puede a su corta edad de mi hijo seis años le puede incitar a
jugar juegos por celular y ver pornografía? Solo alguien que no está bien de la cabeza, y
para ello adjunto fotografías que el anda compartiendo con extraños. (sobre cerrado).
PETITORIO
Con el presente apersonamiento y en amparo del artículo 24 de C.P.E solicito
respetuosamente a su autoridad lo siguiente:
Se tenga presente lo manifestado en mi memorial y declare improbada la demanda. Con
el fin de evitar nulidades solicito al amparo del art.64, 185 y 188 de la ley 548, la
intervención de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, institución que vela por los
derechos y garantías del menor, notificándole con la demanda y más obrados. Así
dándose la intervención de la misma.
Al amparo del arts. 122 del Código Niño(a) adolescente y art 12 de la convención
Internacional sobre derechos de niño niña y adolescente señale fecha y hora para una
entrevista con el menor y vuestra autoridad.
OTROSI 1 adjunto pruebas documentales:
a) Certificado de Nacimiento de mi hijo en original , para demostrar el parentesco con
mi persona.
b) Documento de contrato de alquiler de fecha 20 de octubre de 2015.
c) Fotocopia de acta de compromiso de Cuidado Y Protección ante la Defensoría de la
Niñez y Adolescencia de fecha 29 de octubre de 2020, donde se da la tutela de mi hijo.
d) Certificado médico original del pediatra de fecha 25 de diciembre de 2023
e) Examen de Refracción de la CLINICA DE OJOS donde se indica las diotrias de los
ojos de mi hijo, que su padre nunca se preocupó
g) Recetas de tratamiento médico de los médicos (pediatra, oftalmólogo)
h) Facturas de medicamentos y tratamientos y pagos efectuados a los profesionales de
salud, demostrando los gastos que realice para mi hijo.
i) Fotografías con mi hijo donde se evidencia la alegría que teníamos al estar juntos y
también jugando,
1) Copias del titulo de PERVULARIA EN TECNICO BASICO Y TECNICO
AUXILIAR, que estudie con el fin de poder superarme para poder solventar a mi hijo,
también aclarar que los demandantes nunca me dejaron estudiar y eso lo logre estando
sola.
PRUEBA TESTIFICALES.
A) EVANGELINA IRENE CUISA CHOQUE con C.I. 6842147L.P. que corroborara el
comportamiento de mi hijo en mi casa y es testigo de los tratos cuando venían a nuestro
domicilio el demandante.
B) ARACELY BALTAZAR CUIZA con C.I. 13020905 L.P. quien testificara los beses
en que fue maltratada por el demandante y su padre
C) BRAYAN VICTOR EGUINO CUIZA con C.I. 13547788 L.P. quien testificara sobre
mi comportamiento y es testigo del comportamiento del demandante
OTROSI 2. para fines de demostrar el comportamiento psicológico y mal intencionado
que tiene el Sr, presento fotografías en sobre cerrado de las llamadas y otros
documentos que usted Sr. Juez valorara en el momento de la producción de pruebas.
OTROSI 3.- Solicito a su autoridad que oficie un estudio PSICOLOGICO de mi hijo
JOSE ANDRES ARNEZ PALMERO para evidenciar los daños que sufro por
constantes agresiones de mi ex pareja.
OTROSI 4.- señalo como domicilio procesal las oficinas del Consultorio Juridico
Popular de la UMSS , edif. De la Defensora del Pueblo, piso 1 Av, Juan Pablo II, altura
cruz papal, zona ferropetrol.

Beni , 26 de enero de 2024

ASOCIACIÓN BARTOLOME ATTARD DE NIÑOS CENTRO DE


DIAGNÓSTICO
D.A.M. VILA VILA -Trinidad

ANT.: Sin número de oficio


REF.: Informa evaluación pericial psicosocial del niño:
RIT.: P-000-01
MATERIA: Protección Familia Juzgado N°7 -Beni T/2999-05/2010
JOSÉ ANDRES ARNEZ PALMERO
INFORME PERICIAL PSICOSOCIAL
I.-IDENTIFICACIÓN DEL NIÑO:
Nombre Completo: JOSE ANDRES ARNEZ PALMERO
Fecha de Nacimiento: 15 DE FEBRERO DE 2018
Edad: 6 años
Filiación: No Matrimonial
Antecedentes mórbidos relevantes: Sin antecedentes.
Previsión Escolaridad : Asistiendo a Colegio JOSE MANUEL ÁVILA
Domicilio al momento de la evaluación:
Calle: Plazuela España marcado con el número 1165, inmediaciones de calle Almagro y
Chuquisaca, Zona San Martin.
Teléfono de Contacto: 78654389
II.- MOTIVO DE CONSULTA:
Juzgado de familia de BENI N°7 solicita evaluación psicosocial del Niño y su entorno
familiar actual, para determinar posible vulneración de derechos de éste y revocatoria
de guarda .Caso ingresado en el mes de noviembre del 2021 en curso, a partir de
solicitud del Padre para tener la guarda del menor y el cuidado por que su progenitora
no está en buenas condiciones.
III.-METODOLOGÍA UTILIZADA:
Revisión de antecedentes contenidos en carpeta judicial. Procedimiento tendiente a
recabar información relevante del caso.
Entrevistas psicosociales a madre. Procedimiento tendiente a realizar encuadre del
proceso evaluativo, obtener relato referente a la situación evaluada, obtener
antecedentes contextuales del grupo familiar, indagar elementos psicosociales asociados
a competencias parentales, información amnésica y desarrollativa del niño .
Entrevista social al niño Procedimiento orientado a recabar antecedentes generales de
su situación individual y familiar. Entrevista, evaluación y diagnóstico psicológico
individual a Andrea X Y. Procedimiento destinado a conocer condición actual en Salud
Mental y aspectos psicológicos relevantes. Aplicación de Test de Persona bajo la lluvia.
Revisión de antecedentes y documentación relevante proporcionada por progenitora.
Visita Domiciliaria a grupo familiar. Procedimiento orientado a constatar condiciones
socio-materiales, habitacionales y del entorno comunitario.
Discusión y análisis del caso por parte de dupla psicosocial.
IV.-INDIVIDUALIZACIÓN GRUPO FAMILIAR:
Al momento de efectuar la evaluación, el niño integra grupo familiar con:
Madre, 46 años de edad, divorciada nacida el 9 de abril de 1964, RUN: 1167283911-1.
Estudios superiores completos, parvularia de Educación inicial l. Ejerce en sus días
libres de venta ya que también es comerciante, Percibe ingresos aproximados de 4.000
bs mensuales, no acreditados.
Antecedentes del padre:
Padre 47 años de edad, casado, divorciado anteriormente, nacido el 30 de Diciembre de
1962. Estudios superiores incompletos. Se desempeña laboralmente como músico en
locales nocturnos. Proporciona pensión alimenticia de 500 bs mensuales. Niño cuenta
con dos hermanos, por línea paterna, con los cuales mantiene contactos esporádicos.
V.-ANTECEDENTES SOCIO MATERIALES Grupo familiar, habita departamento
cedido (de propiedad de abuelo) Materno), ubicado en Trinidad Plazuela España ,
sector presentando vías de acceso expeditas y urbanizadas, además de locomoción
colectiva a la puerta y presencia de servicios básicos comunitarios básicos, como locales
comerciales, escuelas. supermercado, entre otros. El conjunto de departamentos se
aprecia en buenas condiciones estructurales y de mantención, estando cerrado
perimetralmente y con acceso controlado mediante citófono. Al momento de efectuar la
visita, no se encontraban moradores, por lo que no se pudo conocer su disposición
espacial interior. De acuerdo a lo señalado por madre del niño cuenta con living
comedor, un dormitorio , dependencias, baño, cocina y servicios básicos completos.
Socioeconómicamente, la familia subsiste con los ingresos. generados por la madre, con
los cuales logran satisfacer las necesidades y requerimientos básicos del grupo familiar,
no apreciándose precariedad socioeconómica. Cabe señalar que, de acuerdo a
información proporcionada por progenitora, el padre del niño en forma reciente
proporciona pensión alimenticia. En cuanto a sus otros dos hijos, cuentan también con
pensión.
VI.-ANTECEDENTES CONTEXTUALES RELEVANTES:
A.-Contexto del Desarrollo de la Niña:
Niño nace dentro de la relación de convivencia de sus progenitores. Es el único hijo
habido en la relación, niño cuenta con dos hermanos por línea paterna , mayores de
edad, los cuales aún se encuentra incorporados a familia de origen. Al respecto, es
necesario señalar que son fruto de relación matrimonial anterior de la progenitor. Dicho
vínculo fue anulado legalmente.
La relación de los padres de José Andrés XY, se mantuvo por el tiempo por
aproximadamente 5 años, siendo los dos últimos años de convivencia.
De acuerdo a los antecedentes aportados por la madre, la relación se caracterizó por ser
conflictiva y agresiva ,aspectos que se fueron profundizando en el tiempo.
Es así como, la relación se formaliza mediante convivencia, luego de que el padre no.
contara con los medios para satisfacer sus requerimientos socio habitacionales.
En este contexto, se suscitaron permanentes conflictos, los cuales dieron origen a
episodios de violencia intrafamiliar, principalmente psicológica y verbal, siendo el
agresor el padre hacia la madre. Dentro de este marco, el niño fue afectado.
Indirectamente de dicha relación violenta.
Desde el nacimiento de José X Y, la madre se constituyó en el principal referente
parental, encargada de la crianza y cuidado del niño . Situación que se ha hecho. más
compleja, en la medida que la niña ha presentado enfermedades congénitas que requiere
de tratamientos y cuidados especializados. En cuanto al padre, asumió postura periférica
respecto a la crianza de José X Y.
A fines del año 2022, la madre decide poner fin a la relación. De esta manera, es el
padre quien efectúa abandono de hogar.
Luego de la separación, el padre ha mantenido contactos con el niño , sin embargo, de
acuerdo a antecedentes aportados por la madre, el progenitor ha intentado. manipular al
niño como una forma de hostigamiento hacia la madre, como así también en un intento
de reanudar la relación con ésta.
Lo anterior, habría generado dificultades y ansiedad en la niño , por lo que la
progenitora ha tomado resguardo de la situación y la encuentra incorporada a
intervención psicológica particular.
Actualmente, el niño se encuentra adherido a sistema escolar, no involucrándose en
situaciones de riesgo social. B.-Estructura; Organización y Procesos Familiares:
Actualmente, el niño se encuentra adherido a sistema familiar monoparental, con
ausencia de figura paterna, conformado por ésta, madre. Dentro de la dinámica familiar,
la progenitora se constituye en el principal referente para Andrea X Y, tanto en aspectos
normativos como afectivos, siendo además la encargada de la crianza de la niña. Dentro
de este marco, la madre se mantiene atenta a las necesidades socio afectivas de ésta,
apreciándose como una figura preponderante de apoyo y contención hacia el niño . Es
así como, la madre adhiere a un estilo de crianza democrático, en donde la madre
establece normas y un adecuado sistema de recompensas y castigo como control. Se
aprecia cercanía afectiva del. Niño hacia su madre. En cuanto al padre se mantiene
periférico al sistema, sin mayor relevancia en la crianza del niño.
C.-Relaciones Familiares con el entorno:
Las principales redes de la familia en función de la niño, se encuentran supeditadas al
ámbito escolar, donde mantiene su principal red de pares. Respecto al grupo familiar,
los principales nexos se encuentran asociados a la familia de origen de la progenitora,
específicamente abuela materna y tia, quienes colaboran en el cuidado de José XY,
principalmente en oportunidades cuando la progenitora aún se encuentran en actividades
laborales. Dentro de la red social, la usan en forma adecuada, ya que el niño se
encuentra en constantes controles médicos, como así también se encuentra adherida a
intervención psicológica.
D.- Antecedentes de Educación y Salud Específicos del Niño
Niño se encuentra adherido a tratamiento y control médico especializado, debido a que
presenta síndrome de Pierre Robín, situación que le afecta su sistema óseo y afecto en
su estado de pie y por ese motivo se encuentra en silla de ruedas. Además, mantiene
dificultades en el lenguaje , visual y auditivas, lo cual también es tratado por
especialista. Pese a lo anterior, el niño se encuentra adherido al sistema escolar, donde
presenta excelente rendimiento y comportamiento, no presentando dificultades en éste
ámbito.

E.-Problema Abordado:
De acuerdo a lo señalado por progenitora, la problemática tiene su origen en la
separación que tuvo con el padre del niño , quien no ha aceptado el quiebre de la
relación. En este contexto, ha manipulado a José X Y, generando en el niño tensión y
angustia. Como medida de solución, la madre ha restringido los contactos con el niño ,
principalmente por medios como internet y celular, además ha incorporado a su hijo a
intervención psicológica privada. Por último, es necesario señalar que la madre no niega
que José Andrés XY mantenga vínculos con su padre, mientras éstos se den dentro de
un marco parental y ajeno a la relación que ella mantuvo con su ex- pareja.
VII.-RESULTADOS EVALUACIÓN PSICOLÓGICA:
José XY ingresa a evaluación en compañía de su madre, mostrando ciertos Índices de
angustia frente al contexto de evaluación.
Se presenta con adecuada presencia personal, bajo una actitud timida para establecer
contacto con suscita, no obstante en el transcurso de la conversación logra establecer
vinculo y entregar antecedentes sobre sus actividades diarias.
Muestra una talla corporal por debajo lo esperado para su edad cronológica, asociada al
Síndrome de Pierre Robín que presenta. Y su discapacidad.
Presenta dificultades auditivas y visuales ,como también ciertas alteraciones en su
lenguaje expresivo, en la correcta pronunciación de las palabras, no obstante sus
recursos cognitivos y aprendizajes se observan los esperados para su etapa evolutiva.
A nivel emocional, se muestra estable en este contexto, y según datos entregados por su
progenitora no observa dificultades en éste ámbito. Se desenvuelve en forma adecuada
en los distintos sistemas que conforma, principalmente con grupo de pares,
identificándose como líder. No obstante, muestra baja en su estima personal, que
dificultan el contacto en las relaciones interpersonales de José X Yen grupos y personas
nuevas, ante el miedo a no ser entendida en su lenguaje, como también siente cierta
inquietud e inseguridad por algunas de sus características físicas.
En cuanto a la relación que establece con su padre, no entrega antecedentes, desviando
la información hacia otros temas que sean de su relevancia.
En la relación que establece con su madre, se observa cercanía afectiva quien
logra responder a sus necesidades e intereses, mostrando contención, apoyo y
fortalecimiento en las dificultades presentadas por el niño.
VIII.- RELATO TEXTUAL DEL NIÑO:
No emite relato de relevancia pericial.
IX.- APRECIACION PSICOSOCIAL DE LAS COMPETENCIAS PARENTALES
Madre Muestra claridad frente al tema investigado y entrega antecedentes e forma
espontánea, bajo una actitud colaboradora y bajo un lenguaje fluido y coherente.
Evidencia interés por la temática que afecta a su hijo, como lo es, en su opinión, los
continuos hostigamientos en el niño , por su progenitor, quien tendería a involucraría en
los problemas que han afectado a la pareja parental.
Logra identificar las necesidades de su hijo , y el daño que se podría ocasionar en el, al
ser involucrada en los problemas de adultos, situación que ha intentado remediar,
buscando apoyo en la red social, en función del bienestar superior de su hijo. Logra
reconoce las dificultades de su hijo José X Y, a partir del Síndrome que presenta, y ha
realizado acciones concretas para fortalecer sus déficit, buscando ayuda en
profesionales del área de la Salud.
Denota desarrollo de cercanía afectiva con la niña, en quien reconoce gustos, intereses,
rutinas diarias como también funcionamiento, empalizando a nivel emocional. con sus
necesidades.
X.-CONCLUSIONES:
En base a la presente evaluación, se concluye que:
El niño ha sido vulnerado en el área de la participación, en un rango leve, a partir de los
episodios de violencia intrafamiliar observados en la relación entre sus padres mientras
habitaban hogar en común.
José Andrés X Y en este contexto no evidencia indicadores de daño emocional.
Presenta energía vital, buen rendimiento escolar, no presenta alteraciones en su ritmo
sueño vigilia y mantiene adecuadas y cercanas relaciones con los miembros de su grupo
familiar, como con su grupo de pares,
La madre muestra adecuadas competencias parentales en el ejercicio de su rol, que le
han permitido desarrollo de cercanía afectiva con su hija, como apoyar y fortalecer las
distintas dificultades que presenta por el síndrome Pierre Rodin. Si bien mostró déficits
en sus competencias, asociado a los episodios de malos tratos que observó al niño en al
relación con su progenitor, éstas adquieren el carácter de circunstancial, no
encontrándose en la dinámica familiar actual, hechos que pudieran vulnerar los derechos
de José X Y.
No obstante, cabe señala que en este contexto, no es posible entrevistar al padre. de la
niña, por lo que quienes suscriben, no pueden referirse a las competencias parentales de
éste, y si existen conductas en él, que pudieran estar vulnerando los derechos del niño.
XI.-SUGERENCIAS:
A partir de lo antes expuesto, se sugiere a U.S..
Se evalúe competencias parentales en el padre del niño , que permita identificar
la forma de relación directa y regular, que pudiese establecer éste con su hijo
Es cuanto podemos informar a U.S., atentamente,
ROBERTO RIFFO BUSTOS
ASISTENTE SOCIAL
. DANIELA CASANOVA MÜLLER
PSICÓLOGA

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