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Contrato de Alquiler de Vivienda en Documento Privado

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CONTRATO DE ALQUILER DE VIVIENDA EN DOCUMENTO PRIVADO

Entre nosotros, [Nombre y apellidos del arrendante], mayor, [Estado civil],


[Ocupación u oficio], vecino de [Domicilio exacto], portador de la cédula de
identidad número [Número], en adelante denominado el arrendante y [Nombre
y apellidos del arrendatario], mayor, [Estado civil], [Ocupación u oficio], vecino
de [Domicilio exacto], portador de la cédula de identidad número [Número], en
adelante denominado el inquilino, convenimos en celebrar el presente contrato
de alquiler de vivienda, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, por la Ley
de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos y las normas vigentes que regulen
la materia:

PRIMERA: El arrendante, es dueño del inmueble inscrito en el Registro Público,


partido de [Nombre de la provincia], bajo el sistema de Folio Real matrícula
número [Número de matrícula], que es terreno con una casa, ubicada en el
Distrito [Nombre del distrito] del Cantón [Nombre del cantón] de la provincia de
[Nombre de la provincia], con un área de [Área en metros cuadrados] metros
cuadrados.

SEGUNDA: En este acto el arrendante da en arrendamiento al inquilino el


inmueble antes descrito, en las condiciones que seguidamente se establecen.

TERCERA: El inquilino recibe el inmueble en su estado actual y a su entera


satisfacción y se obliga a restituirlo al arrendante en las mismas condiciones
en que lo recibe, salvo por el desgaste natural producido por su uso racional y
moderado. Las reparaciones que deban hacerse al inmueble por el uso que le
dé el inquilino, correrán por cuenta de este, como desobstrucción de inodoros,
fregaderos de cocina, ceniceros, cambio de bombillos y otros.
CUARTA: El inquilino se obliga a hacer uso moderado de la casa, no causar
ruidos innecesarios, ni realizar actividades que en cualquier forma pudieran
molestar a los vecinos.

QUINTA: El precio del arrendamiento será de [Monto de la mensualidad]


colones mensuales y deberá ser cancelado en dinero efectivo, en
mensualidades adelantadas, el día primero de cada mes, en el domicilio del
propietario o mediante depósito a la cuenta número: [Número de cuenta donde
se realizará el depósito y banco al que ésta pertenece].

Dicho precio se reajustará cada año según las siguientes reglas: a) Cuando la
tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores a esta fecha, sea
menor o igual al diez por ciento (10%), el arrendador estará facultado, de pleno
derecho, para reajustar el alquiler de la vivienda, en un porcentaje igual o
menor a la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al
vencimiento de cada año del contrato. La inflación se calculará de acuerdo con
el índice oficial de precios al consumidor, del Instituto Nacional de Estadística
y Censos. b) Cuando dicha tasa de inflación sea superior al diez por ciento
(10%), se aplicará el porcentaje de aumento que en definitiva establezca el
Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (Mivah). El inquilino se
compromete a pagar el nuevo precio del alquiler a partir del período de pago
siguiente a aquel en que el arrendador le notifique el reajuste correspondiente,
junto con una copia de la publicación del aviso correspondiente del Instituto
Nacional de Estadísticas y Censos en el diario oficial La Gaceta. (*NOTA:
CUALQUIER REAJUSTE DE LA RENTA, SUPERIOR AL ESTABLECIDO EN EL
ARTÍCULO 67 DE LA LEY DE ARRENDAMIENTOS, SERÁ NULO DE PLENO
DERECHO. ES VÁLIDO EL CONVENIO DE PARTES QUE ACUERDE
REAJUSTES DE PRECIO MENORES AL ÍNDICE OFICIAL DE PRECIOS AL
CONSUMIDOR, DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS. SI
SE DESEA EL PRECIO DEL ARRENDAMIENTO SE PUEDE ESTABLECER EN
DÓLARES, EN CUYO CASO DEBERÁ OMITIRSE EN ESTÁ CLÁUSULA TODO
LO RELACIONADO CON LOS AUMENTOS PERIÓDICOS LOS CUALES YA NO
APLICARÍAN*)

SEXTA: Los pagos por consumo de luz, fuerza eléctrica, uso de teléfono, así
como el pago de recibo de agua, correrán por cuenta exclusiva del Inquilino.

SÉTIMA: El plazo de este contrato es de tres años a partir del día [Día desde el
que empieza a regir el plazo], fecha en que dará inicio y podrá ser renovado
solamente con el consentimiento escrito de ambas partes.

OCTAVA: El inquilino alquila la casa, con el exclusivo propósito de destinarla a


habitación. No podrá variar ese destino sin el consentimiento previo y escrito
del arrendante. Cualquier variación del destino se considerará una grave
violación de este contrato.

NOVENA: El inquilino no podrá, sin el consentimiento previo y escrito de la


arrendante, ceder, gravar, enajenar o en cualquier forma transferir, en todo o
en parte, los derechos que le confiere este contrato. Tampoco podrá, sin el
referido consentimiento, subarrendar, en todo o en parte.

DÉCIMA: El arrendante pagará los impuestos municipales y de Bienes


Inmuebles que correspondan.
DÉCIMA PRIMERA: El inquilino no podrá, sin el permiso previo y escrito de la
arrendante, introducir modificaciones capaces de alterar o modificar la
estructurar del inmueble.

DÉCIMO SEGUNDA: El incumplimiento de cualquiera de las estipulaciones del


presente contrato dará derecho a la arrendante a tenerlo por resuelto y a
pedirlo judicial o extrajudicialmente, en el segundo caso mediante solicitud
escrita y en el primer caso mediante el procedimiento de desahucio, así como al
cobro de costas y daños y perjuicios que se hubieren ocasionado.

DÉCIMO TERCERA: En este acto el inquilino entrega al arrendante, quien


recibe de conformidad la suma de [Monto del depósito] colones exactos
correspondientes al depósito de garantía, el cual será utilizado al finalizar el
presente contrato, para cubrir gastos de pintura, daños menores, mano de
obra, y demás arreglos necesarios a fin de dejar la casa en las mismas
condiciones en que se encuentra actualmente. Así mismo se podrá deducir de
este depósito cualquiera suma que el inquilino le quedare debiendo

Al arrendante en razón del presente contrato. El saldo, junto con los


comprobantes respectivos, los reintegrará el arrendante al inquilino [Número
de días] días después de que este contrato termine. (*NOTA: SEGÚN LO
ESTABLECIDO EN LOS LINEAMIENTOS PARA LA APLICACIÓN DEL
ARTÍCULO 15 TER DE LA LEY 7786, ACUERDO 2018-003-006, TODA
TRANSACCIÓN EN LA QUE SE REALICE UN PAGO IGUAL O SUPERIOR A LOS
$10.000 DEBERÁ CUMPLIR CON EL REQUISITO DE DECLARACIÓN JURADA,
SEGÚN LA SIGUIENTE CLÁUSULA. ASÍ MISMO LA DECLARACIÓN JURADA
POR PARTE DE QUIEN REALIZA EL PAGO, PUEDE REALIZARSE EN
ESCRITURA INDEPENDIENTE, EN CUYO CASO EL NOTARIO DEBERÁ DAR
FE DE LA EXISTENCIA DE ELLA CONFORME A LA LEY*)

DÉCIMO CUARTA: ORIGEN DE LOS FONDOS Y FORMA DE PAGO DE LA


TRANSACCIÓN: El compareciente [Nombre y apellidos] debidamente apercibido
por el suscrito Notario de las penas que establece la legislación penal
costarricense para los delitos de falso testimonio y perjurio, y sobre las
responsabilidades civiles que pueden derivarse de este acto, bajo la fe de
juramento DECLARA: A) Que en este acto ha pagado al compareciente [Nombre
y apellidos] el monto de [Indicar monto] los cuales han sido cancelados
mediante [Medio de pago (Por ejemplo: efectivo, depósito, transferencia, cheque
incluyendo número de comprobante)] de la cuenta bancaria número [Cuenta de
la que se obtuvo el dinero], del Banco [Nombre del banco] con fecha [Día] del
mes de [Mes] del año [Año] a las [Horas] horas y [Minutos] minutos. B) Que por
otra parte ha cancelado al notario el monto de [Indicar monto], por concepto de
[Timbres e impuesto], monto que se ha cancelado mediante [Medio de pago] de
la cuenta bancaria número [Cuenta de la que se obtuvo el dinero], del Banco
[Nombre del banco] con fecha [Día] del mes de [Mes] del año [Año] a las [Horas]
horas y [Minutos] minutos. C) Ambas sumas de dinero provienen de [Origen de
los fondos]. D) Que el bien que adquiere el día de hoy, no será destinado a
ninguna actividad ilícita. E) Que realiza la presente declaración en
cumplimiento de lo establecido en el artículo quince ter de la Ley número siete
mil setecientos ochenta y seis, Ley de Estupefacientes, sustancias
psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación
de capitales y financiamiento al terrorismo, cuyos alcances conoce y acepta. EL
SUSCRITO NOTARIO DA FE DE: A) Que advirtió al declarante sobre la
trascendencia jurídica de sus declaraciones las cuales entendió a plenitud y
aceptó de conformidad B) Que deja constancia en su Protocolo de Referencias
de toda la documentación relacionada con el origen de los recursos y la forma
de pago de la presente transacción y C) Que ha identificado plenamente a los
comparecientes para el cumplimento de la citada ley. Arrendante e inquilino,
ratificamos nuestra conformidad con la totalidad de las cláusulas supra
indicadas y en fe de lo anterior firmamos en la cuidad de [Nombre de la
ciudad], a los [Día] días del mes de [Mes] del año [Año].
_______________________

_______________________

[Nombre del Arrendante]

[Nombre del Arrendatario]

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