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Resolucion Administrativa 259-2023-ANC-MP-J

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Peru
Fecha: 29/12/2023 07:31

El Peruano / Viernes 29 de diciembre de 2023 NORMAS LEGALES 127


Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;
MINISTERIO PÚBLICO Mediante Resolución Administrativa N°
050-2022-ANC-MP-J, de fecha 22 de diciembre de 2022,
se dispuso modificar diversos artículos de la Resolución
Modifican la Res. Adm. N° 021-2022-ANC- Administrativa N° 021-2022-ANC-MP-J, que aprobó el
MP-J y el Reglamento de Organización y Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad
Funciones de la Autoridad Nacional de Nacional de Control del Ministerio Público; así como de
la Resolución Administrativa N° 022-2022-ANC-MP-J, que
Control del Ministerio Público aprobó el Reglamento del Procedimiento Disciplinario de
la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público;
AutoridAd NAcioNAl de coNtrol con la finalidad de prorrogar la entrada en vigencia de
algunos de sus artículos hasta el 30 de abril de 2023;
reSoluciÓN AdMiNiStrAtiVA Por medio de la Resolución de la Fiscalía de la Nación
N° 259-2023-ANc-MP-J N° 036-2023-MP-FN, de fecha 6 de enero de 2023, se creó
la Unidad Ejecutora: “Autoridad Nacional de Control del
Lima, 27 de diciembre de 2023 Ministerio Público” (UE: ANC-MP) dentro del Pliego 022:
Ministerio Público, como órgano integrante del mismo y se
VISTOS: dispuso su incorporación en el Presupuesto Institucional,
con independencia administrativa y financiera, contando
La Ley N° 30944, Ley de creación de la Autoridad con personería jurídica y crédito presupuestario;
Nacional de Control del Ministerio Público; la Resolución Asimismo, mediante Resolución Administrativa N°
Administrativa N° 021-2022-ANC-MP-J, que aprueba el 114-2023-ANC-MP-J, de fecha 30 de abril de 2023, se
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad dispuso la modificación de la Resolución Administrativa
Nacional de Control del Ministerio Público; la Resolución N° 050-2022-ANC-MP-J; y se precisó, aclaró y modificó
Administrativa N° 022-2022-ANC-MP-J, que aprueba el algunos artículos del Reglamento de Organización
Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Autoridad y Funciones de la Autoridad Nacional de Control
Nacional de Control del Ministerio Público; la Resolución del Ministerio Público, así como del Reglamento del
Administrativa N° 050-2022-ANC-MP-J, que modifica Procedimiento Disciplinario de la Autoridad Nacional de
disposiciones de las Resoluciones Administrativas No Control; prorrogándose la entrada en vigencia de algunos
021-2022-ANC-MP-J y N° 022-2022-ANC-MP-J; la artículos hasta el 31 de octubre de 2023;
Resolución Administrativa N° 114-2023-ANC-MP-J; que Posteriormente, mediante Resolución Administrativa
modifica artículos de la Resolución Administrativa N° N° 222-2023-ANC-MP-J, de fecha 30 de octubre de 2023,
050-2022-ANC-MP-J; y que a su vez modificó artículos se dispuso la modificación de los artículos Segundo y
del Reglamento de Organización y Funciones, así Tercero de la Resolución Administrativa N° 021-2022-ANC-
como del Reglamento del Procedimiento Disciplinario MP-J, modificados a su vez mediante la Resolución
de la Autoridad Nacional de Control; y la Resolución Administrativa N° 050-2022-ANC-MP-J y la Resolución
Administrativa N° 222-2023-ANC-MP-J; que modifica la Administrativa N° 114-2023-ANC-MP-J; y la modificación
Resolución Administrativa N° 021-2022-ANC-MP-J, que de la Primera y Segunda Disposición Complementaria
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones
la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público; y, de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio
Público, aprobado con Resolución Administrativa N°
CONSIDERANDO: 021-2022-ANC-MP-J, modificados a su vez mediante
la Resolución Administrativa N° 050-2022-ANC-MP-J;
Mediante Ley N° 30944, se crea la Autoridad Nacional y la Resolución Administrativa N° 114-2023-ANC-MP-J;
de Control del Ministerio Público, con autonomía prorrogándose la entrada en vigencia de algunos artículos
administrativa, funcional y económica; teniendo a su cargo hasta el 31 de diciembre de 2023.
el control funcional de los fiscales de todos los niveles y Considerando que aún no ha concluido la implementación
del personal de función fiscal del Ministerio Público; salvo y operatividad de la UE: ANC-MP; y en consecuencia, el
el caso de los fiscales supremos, que es competencia funcionamiento a plenitud de todos los órganos de apoyo
exclusiva de la Junta Nacional de Justicia; y de línea previstos en el Reglamento de Organización y
De conformidad con la Primera Disposición Funciones, necesarios para la completa operatividad de
Complementaria Final de la Ley N° 30944, corresponde toda la estructura orgánica de la ANC-MP se encuentra
al Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio en desarrollo, fue necesario prorrogar la vigencia integral
Público, la revisión y adecuación del Reglamento de del Reglamento de Organización y Funciones por un plazo
Organización y Funciones de la Autoridad, así como de adicional de noventa y uno (91) días adicionales, precisando
otras normas reglamentarias que se requieran para el y adecuando las disposiciones que sean complementarias
cumplimiento eficaz de sus funciones; con el mismo fin, conforme a la Resolución Administrativa
Por Resolución Administrativa N° 021-2022-ANC- N° 222-2023-ANC-MP-J antes nombrada; y, advirtiendo que
MP-J, de fecha 3 de noviembre de 2022, se aprobó el los últimos cambios de dirección y gestión administrativa en
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad el Pliego 022: Ministerio Público, así como la disponibilidad
Nacional de Control del Ministerio Público, en cuyo presupuestal de la Unidad Ejecutora: Autoridad Nacional
Artículo Segundo y Primera Disposición Complementaria de Control del Ministerio Publico (UE:012-1745 ANC-
Transitoria, se dispuso su vigencia a partir del 1 de enero MP); sigue en proceso y desarrollo, dificultando la pronta
de 2023, con excepción de las disposiciones normativas implementación de los órganos de apoyo y de línea de la
expresamente precisadas en el mismo artículo; así como Autoridad Nacional de Control, es necesario prorrogar la
las señaladas en el Artículo Tercero y Segunda Disposición vigencia del Reglamento de Organización y Funciones por
Complementaria Transitoria del mismo Reglamento, que un plazo de noventa y uno (91) días adicionales, precisando
precisa expresamente los artículos del Reglamento de y adecuando las disposiciones que sean necesarias para tal
Organización y Funciones de la ex Fiscalía Suprema de fin;
Control Interno, aprobado por Resolución N° 071-2005-MP- En consecuencia, en uso de las atribuciones
FN-JFS y sus modificatorias, que continuarían en vigencia; conferidas por la Ley Orgánica del Ministerio Público, y la
A través de la Septuagésima Octava Disposición Ley N° 30944, Ley de creación de la Autoridad Nacional
Complementaria Final de la Ley N° 31638, Ley de de Control del Ministerio Público;
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023,
de fecha 06 de diciembre de 2022; se autorizó al Pliego SE RESUELVE:
022 Ministerio Público, la creación de la Unidad Ejecutora
Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico; y Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos
para este fin se exoneró al Pliego 022, lo establecido en Segundo y Tercero de la Resolución Administrativa
el Artículo 68° del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto N° 021-2022-ANC-MP-J, modificados a su vez mediante
128 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 / El Peruano

la Resolución Administrativa N° 050-2022-ANC-MP-J; la la Información y Oficina de Imagen Institucional, para los


Resolución Administrativa N° 114-2023-ANC-MP-J; y, la fines pertinentes.
Resolución Administrativa N° 222-2023-ANC-MP-J en los
siguientes términos: Publíquese, Regístrese y Comuníquese.

“Articulo Segundo.- PÓNGASE en vigencia el ANTONIO FERNÁNDEZ JERI


“Reglamento de Organización y Funciones de la Jefe Nacional
Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público” que Autoridad Nacional de Control
se aprueba, a partir del día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial El Peruano, con excepción de los artículos 2248436-1
8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23,
24, 25, 26, 27, 28 y 32, los mismos que regirán a partir
del 1 de abril de 2024, con arreglo a la implementación de Prorrogan vigencia de los nombramientos
los órganos de apoyo y de línea de la Autoridad Nacional y/o designaciones del personal fiscal en
de Control; salvo disposición resolutiva expresa de su los Distritos Fiscales de Junín, Lima Este,
Jefatura Nacional”.
Loreto, Pasco y Piura
“Articulo Tercero.- DERÓGUESE el “Reglamento
de Organización y Funciones de la Fiscalía Suprema reSoluciÓN de lA fiScAlíA de lA NAciÓN
de Control Interno”, aprobado por Resolución N° Nº 3633-2023-MP-fN
071-2005-MP-FN-JFS y sus modificatorias; con excepción
de los artículos 2, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 26, 27, 28, Lima, 27 de diciembre de 2023
29, 30, 31, 32, 33, 34 (excepto el tercer párrafo), 35, 36,
37, 38, 40, 41, 42 (excepto el segundo párrafo), 47, 48 y ViStoS Y coNSiderANdo:
49; los mismos que continuarán en vigencia hasta el 31 de
marzo de 2024; salvo disposición resolutiva expresa de la Los oficios Nros 16025, 17309 y 17512,
Jefatura Nacional de la Autoridad Nacional de Control”. 18354-2023-MP-FN-FSNCEDCF, remitidos por la
Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas
Artículo Segundo.- MODIFICAR la Primera y en Delitos de Corrupción de Funcionarios; oficio N°
Segunda Disposición Complementaria Transitoria del 5640-2023-MP-FN-CN-FEVCMYGF, suscrito por la
Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales
Nacional de Control del Ministerio Público, aprobado Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia
con Resolución Administrativa N° 021-2022-ANC- contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar,
MP-J, modificados a su vez mediante la Resolución Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia
Administrativa N° 050-2022-ANC-MP-J; la Resolución contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
Administrativa N° 114-2023-ANC-MP-J; y la Resolución y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones
Administrativa N° 222-2023-ANC-MP-J ° en los siguientes y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes
términos: del Grupo Familiar; oficios Nros 4378 y 4629-2023-MP-
FN-CFSN-FPS-DHI e informe N° 360-2023-MP-FN-
“TÍTULO VI CFSN-FPS-DHI, cursados por la Coordinación de la
Fiscalía Superior Penal Nacional y Fiscalías Penales
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Supraprovinciales Especializadas en Derechos
Humanos e Interculturalidad; oficio N° 3562-2023-MP-
Primera.- El presente Reglamento de Organización FN-CN-FEMA, remitido por la Coordinación Nacional
y Funciones de la ANC-MP entrará en vigencia a partir de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental;
del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El oficios N.ros 4522 y 4558-2023-MP-FN-OCE-FEDTID,
Peruano; con excepción de los artículos 8, 9, 10, 11, 12, cursados por la Oficina de Coordinación y Enlace
13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Tráfico
28 y 32, los mismos que regirán a partir del 1 de abril Ilícito de Drogas; oficio N° 8896-2023-MP-FN-FSCN-
de 2024, con arreglo a la implementación de los órganos FECCO, remitido por la Coordinación Nacional de
de apoyo y de línea de la ANC-MP; salvo disposición las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad
resolutiva expresa de la Jefatura Nacional de la ANC-MP”. Organizada; oficio N° 5757-2023-ANC-MP-J, suscrito
por el Jefe de la Autoridad Nacional de Control del
“Segunda.- Deróguese las normas que se opongan Ministerio Público; oficios Nros 4132 y 4206-2023-MP-
o contradigan al presente Reglamento, así como el FN-PJFSJUNIN, remitidos por la Presidencia de la
Reglamento de Organización y Funciones de la Fiscalía Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de
Suprema de Control Interno, aprobado por Resolución N° Junín; oficio N° 7854-2023-MP-FN-PJFS-DFLE, suscrito
071-2005-MP-FN-JFS y sus modificatorias; con excepción por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores
de los artículos 2, 8, 10, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 26, 27, 28, del Distrito Fiscal de Lima Este; oficios Nros 6679 y
29, 30, 31, 32, 33, 34 (excepto el tercer párrafo), 35, 36, 6764-2023-MP-FN-PJFSLORETO, remitidos por la
37, 38, 40, 41, 42 (excepto el segundo párrafo), 47, 48 y Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del
49, los mismos que continuarán en vigencia hasta el 31 de Distrito Fiscal de Loreto; oficio N° 2208-2023-MP-FN-
marzo de 2024; salvo disposición resolutiva expresa de la PJFSPASCO, suscrito por la Presidencia de la Junta
Jefatura Nacional de la ANC-MP”. de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco;
oficio N° 3115-2023-MP-FN-PJFSPIURA, suscrito por
Artículo tercero.- DISPONER la publicación de la la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del
presente Resolución, en el Diario Oficial El Peruano. Distrito Fiscal de Piura; mediante los cuales, solicitan las
Artículo cuarto.- ENCARGAR a la Oficina General prórrogas de nombramiento, designación y/o destaque
de Tecnologías de la Información y a la Oficina de Imagen del personal fiscal de los Distritos Fiscales de Junín,
Institucional del Ministerio Público, la difusión de la Lima Este, Loreto, Pasco, Piura.
presente resolución, a través de los medios informáticos El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo
de la institución. N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modificado
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de
Resolución a la Fiscal de la Nación, Coordinaciones la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales
Nacionales de las fiscalías especializadas, Presidencia de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos
de las Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional, en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son
Fiscales integrantes de las Oficinas Desconcentradas el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las
de Control de la Autoridad Nacional de Control, Gerencia funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral
General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre
Oficina de Observatorio de Criminalidad, Oficina General sus atribuciones la designación, según corresponda,
de Potencial Humano, Oficina General de Tecnologías de de los fiscales titulares y provisionales en el órgano

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