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MARILUZ LUPI
ABOGADA IPSA Nº 72393
Yo, ROSA MANEIRO DE MONTAÑEZ, venezolana, mayor de edad, de
estado civil viuda, de profesión Educadora, jubilada, titular de la cédula de Identidad número V-285.708 y domiciliada en la ciudad de Caracas, Distrito Capital, por medio del presente documento DECLARO: Confiero poder especial, amplio y suficiente cuanto en derecho se requiere, a mi única hija legitima ANGELA ROSA MONTAÑEZ MANEIRO, venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, de profesión médico, titular de la Cédula de Identidad número V-3.986.778 y de mi mismo domicilio, para que me represente, defienda y sostenga mis derechos e intereses en todos los asuntos judiciales y extrajudiciales que me conciernan en cualquier parte del territorio de la República Bolivariana de Venezuela y del exterior, incluyendo los del servicio consular de la República en el extranjero y los foráneos acreditados en la República Bolivariana de Venezuela, así como para que administre y disponga de mis bienes muebles, inmuebles y semovientes, sin limitación alguna, pudiendo en consecuencia, mi prenombrada mandataria celebrar toda clase de contratos de administración, disposición y gravámenes de mis bienes en general, firmando los documentos y protocolos necesarios, recibir cantidades de dinero y otorgar los correspondientes comprobantes de pago, recibos y finiquitos. Más aún, queda facultada ampliamente mi apoderada para actos o contratos que deba, pueda o desee celebrar conmigo mismo, según la autorización requerida conforme a lo previsto en el artículo 1.171 del Código Civil Venezolano. Adicionalmente, y en pleno ejercicio de este mandato, queda facultada para intentar y contestar toda clases de demandas y reconvenciones, promover o contestar cuestiones previas, subsanando los defectos y omisiones invocadas, promover y evacuar toda clase de pruebas, darse por citada y/o notificada, interponer, formalizar y ejercer toda clase de recursos tanto ordinarios como extraordinarios, solicitar medidas preventivas y ejecutivas, hacer posturas de remates y caucionarías, convenir en la demanda, desistir y transigir las controversias que tenga a su cargo; comprometer en árbitros, solicitar la Decisión según la equidad, recibir cantidades de dinero y en fin otorgar los correspondientes finiquitos; sustituir el presente mandato total o parcialmente reservándose su ejercicio y, en general, seguir los juicios en todas sus instancias, trámites e incidencias, hasta su definitiva y total terminación en forma amplia, sin limitación alguna, para la mejor defensa de sus derechos e intereses, pues las facultades antes señaladas no son taxativas sino meramente enunciativas. Por encontrarme imposibilitada para firmar por padecer deficiencia motora producto de un cáncer que padezco, solicito lo haga a mi ruego el ciudadano CESAR LUCIO RONCI URBINA, venezolano, mayor de edad estado civil soltero y titular de la cedula de identidad numero V- 5.216.243. En la ciudad de Caracas a la fecha de su presentación.-