Elvira Victoria Ordial Aguirre otorga un poder especial amplio a Félix Balois Farfán, abogado, para que la represente en todos los asuntos legales y gestiones ante organismos públicos y privados relacionados con la defensa y administración de sus derechos e intereses. El poder incluye la facultad de sustituir el poder a otros abogados y solicitar documentos públicos y privados en su nombre.
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Elvira Victoria Ordial Aguirre otorga un poder especial amplio a Félix Balois Farfán, abogado, para que la represente en todos los asuntos legales y gestiones ante organismos públicos y privados relacionados con la defensa y administración de sus derechos e intereses. El poder incluye la facultad de sustituir el poder a otros abogados y solicitar documentos públicos y privados en su nombre.
Elvira Victoria Ordial Aguirre otorga un poder especial amplio a Félix Balois Farfán, abogado, para que la represente en todos los asuntos legales y gestiones ante organismos públicos y privados relacionados con la defensa y administración de sus derechos e intereses. El poder incluye la facultad de sustituir el poder a otros abogados y solicitar documentos públicos y privados en su nombre.
Elvira Victoria Ordial Aguirre otorga un poder especial amplio a Félix Balois Farfán, abogado, para que la represente en todos los asuntos legales y gestiones ante organismos públicos y privados relacionados con la defensa y administración de sus derechos e intereses. El poder incluye la facultad de sustituir el poder a otros abogados y solicitar documentos públicos y privados en su nombre.
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Yo, ELVIRA VICTORIA ORCIAL AGUIRRE, de nacionalidad venezolana, de
estado civil soltera, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de
identidad N° V- 5.209.216, domiciliada en la Urbanización las Tejitas, calle N°. 02, casa N°. 03, San Carlos estado Cojedes, por el presente documento legal declaro: Que confiero PODER ESPECIAL, suficientemente amplio en cuanto derecho se requiere al ciudadano: FÉLIX BALOIS FARFÁN, titular de la cédula de identidad N° V- 5.210.955, de profesión u oficio Abogado en ejercicio, e inscrito en el instituto de previsión social del Abogado (IPSA), bajo el número 253.325, con domicilio procesal en el sector la Margaritas, calle principal, callejón parque Barreto Méndez, San Carlos Estado Cojedes. Para que en mi nombre y representación defienda mis derechos e intereses en la gestión y administración de los bienes que me pertenecen, ante los Tribunales de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela, ante el Ministerio Público y en cualquiera de sus Fiscalías en todos los asuntos prejudiciales, judiciales, civiles y laborales, ante cualquier ente público y privado que puedan presentárseme. Igualmente queda facultado mi poderdante aquí constituido para representarme sobre juicios que se intentare en mi contra, contestar toda clase de demandas y acciones, sean estas civiles, penales, mercantiles, fiscales, del trabajo, administrativas o cualesquiera de otra naturaleza jurídica distintas de las estipuladas; oponer y contestar cuestiones previas y reconvenciones; convenir, desistir, tanto de la acción principal como del procedimiento, transigir en juicio o fuera de él, seguir los juicios en todas sus instancias, grados, tramites e incidencias, interponiendo todo el recurso, bien sean estos ordinarios o extraordinarios; solicitar medidas cautelares nominadas e innominadas; demandar, oponer y contestar excepciones y reconvenciones, darse por citado en mi nombre, promover y evacuar pruebas, pedir posiciones juradas, repreguntar a los testigos, nombrar árbitros, arbitradores o de jure, pedir medidas precautelarías y ejecutivas, pedir que se ejecuten, tachar testigos, recibir cantidades de dinero que por cualquier concepto se me adeuden, otorgando el respectivo recibo o finiquito, solicitar y retirar documentos públicos y privados en instituciones, organismos, entidades bancarias, e igualmente desistir, convenir, apelar, celebrar transacciones, seguir el juicio o los juicios en todas sus instancias e incidencias, haciendo uso de recursos ordinarios y extraordinarios inclusive de Casación y hacer en fin, todo cuanto yo mismo haría para la mejor y mayor defensa de mis derechos e intereses, sostener en mi nombre y representación en todas las acciones administrativas privadas, públicas y tribunalicias, donde yo tenga interés, promover y evacuar pruebas, solicitar ejecución de sentencias, celebrar transacciones, convenimientos, desistimientos y finiquito en lo que fuere procedente, interponer y contestar cuestiones previa, hacer uso de todos los recursos ordinarios y extraordinarios y a su vez acciones de amparo que fueren necesarios para realizar todo en cuanto fuese menester para la mejor defensa de mis intereses, y solicitar copias simples o certificadas de sentencias dictadas por Tribunales. También queda facultado mi prenombrado, para presentarse a organismos públicos como privados, Registros Mercantiles, Civiles, Subalternos y Notarías públicas, para solicitar documentos que me pertenecen y sean de interés público para mis bienes que represento. Sustituir el presente poder en partes o en todos sus contenidos a personas o abogados de su confianza, conservando el ejercicio del mismo, reintegrando a mi mandante en este acto el contenido íntegro del mismo cuando la circunstancia lo amerite. Haciendo del conocimiento que las facultades aquí otorgadas son a título enunciativo y en ningún caso tienen caracteres taxativos, ni limitativos. Así mismo solicito al ciudadano notario, la habilitación; dada a la urgencia comprobada de este documento, todo de conformidad a lo establecido en el artículo 29 de la Ley de Registros y del Notariado. Es justicia que espero en esta ciudad, a la fecha de su presentación.