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Impuesto A La Renta

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IMPUESTO A LA RENTA

Integrantes: M°Cristina Ojeda, Paloma Gonzalez , Williams de la Peña, Damaris


Velasquez

Profesor: Alain Diaz

Asignatura: Legislación Tributaria


A) ¿Cuáles son los requisitos que debe cumplir una empresa para acogerse a
régimen propyme general?

Pueden ser socios personas jurídicas.

IDPC sobre la base imponible (ingresos menos egresos) con una tasa del 10% en
el año tributario 2022 y de 25% el año tributario 2023.

Que su promedio de los 3 últimos años comerciales sea menor o igual a 75. 000
UF, si la empresa es nueva su capital efectivo debe ser menor o igual a 85.000UF,
con un tope del 35% del total de ingresos cuando sus actividades estén
relacionadas al artículo 20 N° 1 y 2 es decir si tiene actividades inmobiliarias,
arrienda propiedades. (salvo agrícola).

B) ¿Cuáles son los principales regímenes tributarios?

a) Nuevo ProPyme General.


b) Nuevo ProPyme. Transparente.
c) Nuevo Régimen. General. (Semi Integrado)
d) Renta. Presunta.

C) ¿Cómo calculan la base imponible (utilidad) estos regímenes para efectos de


pago de impuestos? (¿base sobre la que se aplicará la tasa de IDPC?

a) Nuevo ProPyme General.


b) Nuevo ProPyme. Transparente.
c) Nuevo Régimen. General. (Semi Integrado)
d) Renta. Presunta.

La base imponible, se determina a partir de la diferencia entre los ingresos


percibidos y los egresos pagados en el periodo.

D) ¿Qué tipo de contabilidad debe confeccionar un contribuyente acogido al


régimen propyme general o transparente y qué opciones tiene?
Contabilidad simplificada:
Libro de caja obligatorio para todos los contribuyentes.
Registro de compra y venta.
Libro de ingresos y egresos
Contabilidad completa:
Libro de caja, libro diario, libro mayor.
Inventario y balance.
Mas los libros auxiliares tales como;
Libros de ventas diarias.
Libro de remuneraciones.
Libro de impuestos retenidos.

E) ¿Qué régimen tributario no paga IDPC?


El propyme transparente.

F) ¿Que tasa de PPM deben pagar los regímenes propyme?


Propyme General pagara una tasa PPM:
0,125% - 0,25% ventas menores a 50.000 UF
0, 25% - 0,5% ventas mayores a 50.000 UF
Propyme transparente pagará:
0,2% ventas menores a 50.000 UF
0,5 % ventas mayores a 50.000 UF
Renta Presunta su PPM es variable.
Semi integrado varía su PPM.

G) ¿Qué tasa de IDPC deben pagar los regímenes tributarios?


Propyme general debe pagar una tasa de 10 % en el año 2022 y el año 2023
deberá
pagar una tasa de 25 %.
Propyme transparente no paga IDPC.
Renta Presunta paga una tasa del 25 %.
Semi integrado paga un 27 %.

Item II Respuesta :

A. Los requisitos para que un gasto sea aceptado son:


 Deben corresponder a gastos pagados o adeudados.
 Deben corresponder al período.
 Deben estar respaldados o justificados con la documentación legal
correspondiente.
 Deben ser del giro de la empresa.
 Gastos necesarios para generar la renta.

B) Las categorías de gastos que establece la ley son:


 Intereses
 Pérdidas
 Créditos incobrables
 Depreciación
 Remuneraciones
 Impuesto único
 Reposición o restitución de productos

C) Las partidas afectas al mecanismo de corrección monetaria son aquellas que


ajustan el capital inicial y sus aumentos, dicho en el Inciso 1-2 del 1, dice que se
cargará a una cuenta llamada “CORRECCIÓN MONETARIA” como también se
abonará al pasivo no exigible en una cuenta llamada “REVALORIZACIÓN DEL
CAPITAL PROPIO”.

D)Por “capital efectivo”, el total del activo con exclusión de aquellos valores que no
representen inversiones efectivas, tales como valores intangibles, nominales,
transitorios y de orden.

E) Los impuestos finales son aquellos impuestos globales complementarios y los


adicionales establecidos por la ley, los impuestos que se pueden utilizar para
rebajar los impuestos finales son los que se incluyen al régimen pro pyme.

F) El capital propio tributario se determina por obligaciones a valores tributarios


que posee una empresa, el capital propio se determinará restando al total de
activos que representan una inversión efectiva de la empresa, pasivo exigible y
esto a ambos valores tributarios.

G) ¿Cuál es la depreciación instantánea? ¿A qué bienes afecta? Artículo 3, ley


21256/2020

Los contribuyentes que declare impuesto de primera categoría sobre renta


efectiva, conforme a la ley de impuesto a la renta, que adquieran en el periodo
comprendido entre el 1 de junio de 2020 y el 31 de diciembre de 2022, activos
intangibles destinados al interés, desarrollo o mantención de la empresa o
negocio, podrán depreciar dichos activos de manera instantánea e íntegra, en
el mismo ejercicio comercial en que sean adquiridos, los que quedarán
valorados en 1 peso.

H) ¿Qué tasa provisoria de IDPC debe pagar el Régimen Propyme General


(Artículo 14 D Número 3) y durante que períodos comerciales y qué períodos
tributarios? Artículo 1, Ley 21256/2020

El régimen Propyme general debe pagar una tasa del 10 % de IDPC por un
beneficio que se le otorgo debido a la pandemia del COVID por lo que se le otorgo
por 3 años, periodo comercial 2020,2021 y 2022, periodos tributarios 2021,2022 y
2023.

I) ¿Qué requisitos deben cumplirse para acoger bienes a depreciación acelerada?


¿Cuál es el valor residual? Artículo 31 Núm. 5
El contribuyente que comience con la utilización del bien nuevo o usado y
registre un promedio anual de ingresos del giro igual o inferior a 25.000 UF
(Unidad de fomento), podrán depreciar los bienes del activo inmovilizado
considerando una vida útil de un año.

Los contribuyentes que no registren operaciones en los años anteriores


podrán acogerse a esta depreciación siempre que tengan un capital efectivo no
superior a 30.000 UF (Unidad de Fomento).

J) ¿Qué requisitos deben cumplirse para acoger bienes a depreciación ultra-


acelerada? ¿Cómo se aplica ésta? Artículo 31 Núm. 5 bis

Los requisitos que se deben considerar para obtener una depreciación ultra-
acelerada es lo siguiente:

*Aquellos activos fijos de naturaleza física, en el momento de depreciación, deben


representar su menor valor dependiendo de su vida útil, de acuerdo al uso que se
le haya dado.

*Se debe verificar mediante la deducción o imputación de acuerdo a los resultados


del periodo.

K) Los reajustes debido a la corrección monetaria del artículo 41 ¿Cómo afectan la


Renta Imponible? Artículo 32

Se deducirán de la renta liquida las partidas que indican a continuación:

-El monto del reajuste del capital propio inicial del ejercicio.

-el monto del reajuste de los pasivos exigibles reajustables o en moneda


extranjera, en cuanto no estén deducidos conforme a los artículos 30° y 31°y
siempre que se relacionen con el giro del negocio o empresa.

L) ¿Qué asientos contables se deberían realizar por concepto de corrección


monetaria? Artículo 41 Núm. 12

La corrección monetaria se abonará al pasivo no exigible en una cuenta


denominada “revalorización del Capital propio “. También los ajustes señalados
en el número 2° y 9 ° se cargarán a la cuenta de activo que corresponda y se
abonará a esta cuenta.

M) Al pasar 365 días de impago, se le investigará en varios aspectos, cómo el


rango de incobrabilidad del sector y del mercado de su giro, así dando un tiempo
para saldar la deuda considerando los factores económicos de la empresa,
poniendo un interés sobre la deuda. Solo la cuota a pagar que se le asignó para
pagar la deuda puede ser considerada cómo gasto.

N) Los gastos rechazados corresponden a gastos que no se permite que sean


restados en la determinación de la utilidad para efectos del pago de los impuestos.
Se dice también que los gastos rechazados son aquellas operaciones que no
cumplen con los requisitos o condiciones establecidos en el artículo 31 de la Ley
sobre Impuesto a la Renta para poder ser deducidas de los ingresos brutos del
ejercicio comercial, en concordancia con el artículo 33 de la norma señalada

O) Los impuestos que se aplican a los gastos rechazados, son: Impuesto Único
del 35% que se paga a nivel de empresa, cuando se determine que no se ha
beneficiado al propietario, socio o accionista de la empresa o sociedad respectiva

P) Es para las empresas agrícolas, de transporte y las empresas mineras. Tienen


ciertos topes de ventas en UF anuales para poder acogerse.
La tributación de estas empresas va hacer la renta presunta que por lo generales
el 10% del avalúo fiscal por la tasa de impuesto del 25 % y el PPM de esta renta
presunta variara dependiendo el tipo de actividad como la de transporte que pagan
un 0,3 % del avaluó fiscal del vehículo

Q) Transporte de Pasajero: La Renta Presunta de las empresas de transporte es


10% del valor de sus vehículos. El valor de los vehículos lo determina la tasación
del Servicios de Impuestos Internos. Por ejemplo, si la empresa tiene un vehículo
cuya tasación por el Servicio es de $ 35.000.000.-, se le presume un Renta Anual
de $ 3.500.000.- en el año. Sobre este monto se calcula el impuesto.

Agricultor: Los requisitos para que un contribuyente agrícola pueda declarar bajo
el régimen de Renta Presunta, entre otros, son los siguientes:

 Las comunidades, cooperativas, sociedades de personas u otras personas


jurídicas para acogerse al sistema de Renta Presunta deberán estar formadas
exclusivamente por personas naturales.
 El régimen de Renta Presunta no se aplicará a los contribuyentes que
obtengan rentas de primera categoría de la Ley de la Renta por las que deban
declarar impuestos sobre renta efectiva según contabilidad completa.
 Sólo podrán acogerse al régimen de Renta Presunta los contribuyentes
propietarios o usufructuarios de predios agrícolas o que los exploten a
cualquier título y cuyas ventas netas anuales no excedan, en su conjunto, las
8.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Para la determinación de las
ventas no se considerarán las enajenaciones ocasionales de bienes muebles
o inmuebles que formen parte del activo inmovilizado del contribuyente.
 Para establecer si el contribuyente agricultor continúa bajo el régimen de
Renta Presunta deberá sumar a sus ventas el total de las ventas realizadas
por las sociedades y, en su caso, comunidades con las que esté relacionado
y que realicen actividades agrícolas. Si el conjunto de las ventas excede las
8000 UTM, tanto el contribuyente como las sociedades agrícolas tributarán
bajo el régimen de Renta Efectiva.

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