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Otorgan Distinción de Personalidad Meritoria de La Cultura

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Otorgan distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000096-2024-MC

San Borja, 12 de marzo del 2024

VISTOS; el Proveído N° 001230-2024-VMPCIC/MC del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e


Industrias Culturales; el Memorando N° 000045-2024-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección General de
Industrias Culturales y Artes; el Informe N° 000127-2024-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de
Patrimonio Cultural; el Informe N° 000203-2024-OGAJ-SG/MC de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO :

Que, el literal d) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y el numeral 3.17
del artículo 3 del Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el
Decreto Supremo N° 005-2013-MC, prevén como función exclusiva de este ministerio, convocar y conceder
reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo
cultural del país;

Que, el artículo 51 del ROF, establece que la Dirección General de Patrimonio Cultural está encargada de
diseñar, proponer y conducir la ejecución de las políticas, planes, estrategias , programas y proyectos para
una adecuada gestión, registro, inventario, investigación , conservación , presentación , puesta en uso social,
promoción y difusión del patrimonio cultural, con excepción del patrimonio mueble y patrimonio arqueológico
inmueble;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la norma, la Dirección de Patrimonio Inmaterial


está encargada de gestionar, identificar, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar,
promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos;

Que, el artículo 77 del ROF, dispone que la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene a su
cargo formular, coordinar, ejecutar y supervisar las políticas, estrategias y acciones orientadas a estimular la
creación artística y fomentar la actividad artística en los más diversos campos;

Que, asimismo, conforme al numeral 78.14 del artículo 78 del ROF, la Dirección General de Industrias
Culturales y Artes tiene como función emitir opinión técnica y recomendación , en materia de su competencia ,
para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que
aporten al desarrollo cultural del país;
Que, el numeral 82.15 del artículo 82 de la norma, dispone que, dentro de sus funciones, le corresponde a la
Dirección de Artes de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes emitir opinión técnica para el
otorgamiento de reconocimientos a personas naturales y jurídicas cuya labor y trayectoria en el campo de las
artes constituyan un aporte al desarrollo cultural del país;

Que, el acápite 5.1.3 del numeral 5.1 del artículo V de la Directiva N° 002-2016-MC, “Directiva para el
Otorgamiento de Reconocimientos del Ministerio de Cultura”, aprobada por Resolución Ministerial N° 107-
2016-MC de fecha 16 de marzo de 2016, establece que Personalidad Meritoria de la Cultura es el
reconocimiento que otorga el Ministerio de Cultura a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas,
inscritas o no en los registros públicos, así como a organizaciones tradicionales , que han realizado un aporte
significativo al desarrollo cultural del país. Reconocimiento que se formaliza mediante resolución ministerial a
ser publicada en el diario oficial “El Peruano”, conforme a lo establecido por el acápite 6.1.4 de la citada
directiva;

Que, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes a través del Memorando Nº 000045-2024-DGIA-
VMPCIC/MC y correo electrónico de fecha 06 de febrero de 2024, con sustento en el Informe Nº 000360-
2024-DIA-DGIA-VMPCIC/MC de la Dirección de Artes, emite opinión favorable para otorgar la distinción de
Personalidad Meritoria de la Cultura al señor JESÚS ESTEBAN ALVARADO GUTIÉRREZ por su labor como
importante compositor de la música ayacuchana y su trabajo en la preservación , transmisión y salvaguardia
de la identidad cultural ayacuchana ;

Que, a través del Informe Nº 000127-2024-DGPC-VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural,


con sustento en la evaluación , análisis y conclusiones del Informe N° 000086-2024-DPI-DGPC-VMPCIC/MC
de la Dirección de Patrimonio Inmaterial, emite opinión favorable respecto a la distinción a la persona
propuesta debido a que ha sido identificado como un actor importante en la transmisión del estilo tradicional
de ejecución del charango distintivo de Parinacochas , Ayacucho;

Que, siendo esto así, resulta necesario emitir el acto resolutivo que otorgue el reconocimiento como
Personalidad Meritoria de la Cultura, en tal sentido, los informes citados constituyen partes integrantes de la
presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N°
27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-
JUS;

Con los vistos del Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de
Industrias Culturales y Artes, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y de la Oficina General de
Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Decreto
Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura y la Directiva N° 002-2016/MC, Directiva para el Otorgamiento de Reconocimientos del
Ministerio de Cultura, aprobada por la Resolución Ministerial N° 107-2016-MC;
SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar la distinción de Personalidad Meritoria de la Cultura al señor JESÚS ESTEBAN
ALVARADO GUTIÉRREZ por su labor como importante compositor de la música ayacuchana y su trabajo en
la preservación , transmisión y salvaguardia de la identidad cultural ayacuchana .

Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional , para
los fines pertinentes .

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Cultura
(www.gob.pe/cultura), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese , comuníquese y publíquese .

LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA

Ministra de Cultura

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