Petroleum">
Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Gas 45 KG

Descargar como pdf o txt
Descargar como pdf o txt
Está en la página 1de 3

FICHA TÉCNICA

APROBADA

1. CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN


Denominación del bien : GAS LICUADO DE PETRÓLEO ENVASADO 45 KG
Denominación técnica : GAS LICUADO DE PETRÓLEO ENVASADO 45 KG
Unidad de medida : KILOGRAMO
Descripción general : El gas licuado de petróleo (GLP) es una mezcla de hidrocarburos
volátiles de rango estrecho de ebullición, conformados
principalmente por propano, propileno, butano, iso-butano, butileno
obtenidos de los líquidos del gas natural o de gases provenientes de
la refinación de petróleo, los cuales pueden ser almacenados en
recipientes cerrados o tanques de almacenamiento y manipulados
como líquidos por aplicación de una presión moderada a
temperatura ambiente y/o baja temperatura en almacenamiento
refrigerado. El GLP proveniente de los gases de refinería contiene
cantidades variables de propileno y butilenos.

2. CARACTERÍSTICAS ESPECÍFICAS DEL BIEN


2.1. Del bien
El gas licuado de petróleo envasado 45 kg, debe cumplir con lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 01-94-EM, que aprueba el Reglamento para la Comercialización de GLP y sus
modificatorias, y la NTP 321.007:2022.

El producto debe cumplir con las siguientes especificaciones:

CARACTERÍSTICA ESPECIFICACIÓN REFERENCIA

Debe ser característico


(desagradable), cuando la
concentración del GLP sea la quinta
parte del límite inferior de
Olor
inflamabilidad correspondiente al NTP 321.007:2022 GAS
componente con el límite más bajo; LICUADO DE
conforme a los valores de la Tabla 1 PETRÓLEO (GLP).
de la NTP de la referencia. Requisitos. 4a Edición
Etil o metil-mercaptano:
12 g/m 3 a 17 g/m3 (14 ppm a 20 ppm),
Proporción de odorante
[0,45 kg por 37,9 m 3 en GLP líquido
(1 lb por 10 000 gal)]
VOLATILIDAD
Presión de vapor a 37,8 °C, NTP 321.007:2022 GAS
kPa (psig) (a) (b) (c) Cumplir con lo indicado en la Tabla
LICUADO DE
2 de la NTP de la referencia, según
Densidad relativa o PETRÓLEO (GLP).
la clase de GLP requerido.
densidad a 15,6/15,6 °C (d) Requisitos. 4a Edición
MATERIA RESIDUAL, debe reunir uno de los siguientes requisitos:
1. Residuo de evaporación
de 100 ml, ml, y NTP 321.007:2022 GAS
Prueba de la mancha de Cumplir con lo indicado en la Tabla LICUADO DE
aceite (e) 2 de la NTP de la referencia, según
PETRÓLEO (GLP).
la clase de GLP requerido.
2. Residuo por Requisitos. 4a Edición
cromatografía, mg/kg
COMPOSICIÓN
NTP 321.007:2022 GAS
Cumplir con lo indicado en la Tabla 2
Composición LICUADO DE
de la NTP de la referencia, según la
cromatográfica PETRÓLEO (GLP).
clase de GLP requerido.
Requisitos. 4a Edición

Versión 01 Página 1 de 3
CARACTERÍSTICA ESPECIFICACIÓN REFERENCIA

CONTAMINANTES DE HIDROCARBUROS MÁS PESADOS, % Volumen

Butano y más pesados (f)


NTP 321.007:2022 GAS
Pentanos y más pesados Cumplir con lo indicado en la Tabla
LICUADO DE
2 de la NTP de la referencia, según
(g) PETRÓLEO (GLP).
la clase de GLP requerido.
Contenido de dienos Requisitos. 4a Edición
(como 1,3 butadieno)
CORROSIVIDAD

Azufre total, m/kg o ppm (h)


NTP 321.007:2022 GAS
Cumplir con lo indicado en la Tabla
Corrosión a la lámina de LICUADO DE
2 de la NTP de la referencia, según
cobre 1 h a 37,8 °C, N° (i) PETRÓLEO (GLP).
la clase de GLP requerido.
Requisitos. 4a Edición
Sulfuro de hidrógeno

CONTAMINANTES

Agua libre (j) NTP 321.007:2022 GAS


Cumplir con lo indicado en la Tabla
LICUADO DE
2 de la NTP de la referencia, según
PETRÓLEO (GLP).
Humedad la clase de GLP requerido.
Requisitos. 4a Edición
Notas
(a) Véase en la Parte II, subtítulo 5. Gas licuado de petróleo envasado 45 kg, numeral 2.3 Ensayos o
pruebas, Presión de vapor, del Documento de Información Complementaria.
(b) Los valores de presión de vapor para las mezclas propano butano: no deben exceder de 1435
kPa (208 psig) que corresponde a un gas con 100% de propano comercial. Para otras mezclas
de propano y butano no deben exceder la presión calculada mediante la siguiente relación entre
la presión de vapor observada a 37,8 °C (100 °F) y la densidad relativa observada a 15,6 °C o
60 °F :
Máxima presión de vapor, psig:
= 1167 – 1880 (densidad relativa a 15,6 ºC/15,6 ºC)
= 1167 – 1880 (densidad relativa a 60 ºF/60 ºF)
Toda mezcla específica de GLP debe designarse por la presión de vapor a 37,8°C (100°F) en kPa
o (psig). Para cumplir con la designación, la presión de vapor de la mezcla debe estar entre +0
psi y −10 psi de la presión de vapor especificada.
(c) Véase en la Parte II, subtítulo 5. Gas licuado de petróleo envasado 45 kg, numeral 2.3 Ensayos o
pruebas, Presión de vapor, del Documento de Información Complementaria.
(d) Aunque no es un requerimiento específico, la densidad o densidad relativa debe ser determinada
para propósitos de hallar la relación peso/volumen y debería reportarse. Adicionalmente, la
densidad relativa de mezcla propano-butano es requerida para calcular la presión de vapor
máxima permisible.
(e) Véase en la Parte II, subtítulo 5. Gas licuado de petróleo envasado 45 kg, numeral 2.3 Ensayos
o pruebas, Prueba de la mancha, del Documento de Información Complementaria.
(f) Butanos y más pesados incluyen todos los hidrocarburos (incluyendo olefinas) con 4 o más
átomos de carbono.
(g) Pentanos y más pesados incluyen todos los hidrocarburos (incluyendo olefinas) con 5 o más
átomos de carbono.
(h) Cuando se adiciona odorante al producto, la determinación de azufre se hará después de dicho
agregado.
(i) Véase en la Parte II, subtítulo 5. Gas licuado de petróleo envasado 45 kg, numeral 2.3 Ensayos
o pruebas, Corrosión a la lámina de cobre, del Documento de Información Complementaria.
(j) Véase en la Parte II, subtítulo 5. Gas licuado de petróleo envasado 45 kg, numeral 2.3 Ensayos
o pruebas, Agua libre, del Documento de Información Complementaria.

Precisión 1: La entidad convocante deberá precisar, en las bases (sección específica,


especificaciones técnicas numeral 2 y/o proforma del contrato), la mezcla de GLP requerido
de acuerdo a lo establecido en el numeral 4 de la NTP 321.007:2022; por ejemplo: GLP
mezcla propano-butano comercial.

Versión 01 Página 2 de 3
2.2. Envase y embalaje
El gas licuado de petróleo envasado 45 kg se comercializa en recipientes portátiles (cilindros)
que deben cumplir con los requisitos establecidos en el Capítulo VI del Decreto Supremo
N° 01-94-EM y sus modificatorias, y en la NTP 350.011-1:2004 (revisada el 2019)
RECIPIENTES PORTÁTILES DE 3 Kg, 5 Kg, 10 Kg, 15 Kg Y 45 Kg DE CAPACIDAD PARA
GASES LICUADOS DE PETRÓLEO. Parte1: Requisitos de fabricación. 2ª Edición.

Precisión 2: La entidad convocante deberá indicar, en las bases (sección específica,


especificaciones técnicas numeral 2 y/o proforma del contrato), el GLP en cilindro requerido,
de acuerdo al sistema de comercialización de la NTP 350.011-1:2004 (revisada el 2019); para
el presente bien corresponde el tipo 45 para 45 kg de contenido neto nominal de GLP; siempre
que se haya verificado que esta característica asegure la pluralidad de postores.

2.3 Rotulado
El recipiente portátil (cilindro) de gas licuado de petróleo envasado 45 kg, debe cumplir con lo
dispuesto sobre el rotulado en el Capítulo VI del Decreto Supremo N° 01-94-EM y sus
modificatorias, y debe tener marcado y/o rotulado como mínimo la siguiente información,
según el numeral 8.3 de la NTP 321.007:2022:

- nombre del producto;


- logotipo de la empresa distribuidora;
- peso (kg);
- tipo y tara del recipiente.

Precisión 3:
La entidad convocante podrá indicar en las bases (sección específica, especificaciones
técnicas numeral 2 y/o proforma del contrato), otra información que considere deba estar
rotulada. La información adicional que se solicite no puede modificar las características del
bien descrito en el numeral 2.1 de la presente Ficha Técnica.

2.4 Inserto
No aplica.

Precisión 4: No aplica.

Versión 01 Página 3 de 3

También podría gustarte