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Credito Mi Vivienda Marzo 2024

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Definición: Otras Condiciones para la aplicación de recursos del FMV:

Es un crédito hipotecario financiado por el FMV, • No se financia la adquisición de viviendas con cargas o
canalizado a través de las Instituciones Financieras gravámenes que afecten directamente a la unidad
Intermediarias (IFI) a un beneficiario que cumpla con los inmobiliaria, salvo las provenientes de servidumbre de
requisitos establecidos por el FMV. El CM permite acueducto, de electroducto, de luces, de pistas y desagüe
financiar la compra de viviendas terminadas, en así como de servidumbres de paso; ni la adquisición de
construcción o en proyecto, que sean de primera venta terrenos y estacionamientos independizados solamente.
(primera vez que es transferida) o viviendas de segundo • Los recursos serán utilizados en la adquisición, mejora-
uso (usadas), cuyo valor sea desde S/ 67,400 hasta S/ miento y/o construcción de viviendas, a fin de ser
355,100. Asimismo, se puede financiar la construcción destinados a casa-habitación, debiendo ser ocupadas por el
de vivienda en terreno propio o aires independizados a cliente.
cargo de un promotor o constructor, y el mejoramiento • Los recursos podrán ser también utilizados para finan-ciar
de vivienda. a peruanos en el extranjero. En este esquema, la vivienda
podrá ser ocupada, de ser el caso, por un familiar de
Para garantizar la continuidad del pago de las cuotas cualquiera de los cónyuges, hasta un segundo grado de
ante una eventualidad que el titular no pueda pagar en consanguinidad y/o afinidad (padres, abuelos, hermanos,
la fecha pactada, según cronograma de pagos, se acepta sobrinos, hijos y nietos).
la figura de Deudor Solidario.
Términos y condiciones de los Créditos:
Requisitos para calificar: • El monto máximo de un crédito de una IFI a un cliente,
El solicitante debe ser una persona natural residente en financiado con recursos del FMV, no excederá del 90% del
el Perú o peruano residente en el extranjero, que Valor de Vivienda.
cumple con los siguientes requisitos para acceder al • A los créditos otorgados a los clientes que adquieran
crédito: bienes futuros, se les podrá otorgar un plazo de gracia de
• Ser mayor de edad, independientemente del estado hasta 06 meses, de acuerdo a la solicitud que efectúe el
civil. cliente.
• Haber sido calificado como sujeto de crédito por la IFI • El solicitante deberá ser evaluado de acuerdo a las
que otorgue el financiamiento correspondiente. políticas establecidas por cada IFI; sin embargo, para la
• Que el solicitante y/o, en su caso, su cónyuge o su evaluación de solicitantes con ingresos informales y sin
conviviente legalmente reconocido historial crediticio bajo la modalidad de ahorro
independientemente de su régimen patrimonial e hijos programado, el plazo de ahorro no será menor a seis (06)
menores de edad, no sean propietarios o copropietarios meses.
de otra vivienda en cualquier localidad del país.
• Los recursos del FMV podrán financiar como máximo Documentos a presentar a COFIDE por la Institución
dos veces a un mismo subprestatario, su cónyuge o Financiera Intermediaria (IFI) para el desembolso:
conviviente legalmente reconocido; para ello no deben A - Formato Único de Solicitud Operativa de Desembolsos
tener ningún subpréstamo pendiente de pago al FMV. de Crédito.
Cabe mencionar, que sólo el primer crédito otorgado A1 - Carta de Solicitud de Desembolso virtual y detalle.
con recursos del FONDO podrá contar con el subsidio B - Pagaré
correspondiente. C - C.01 Hoja Resumen del Subprestatario.
C.02 Hoja Resumen de Tasación de inmuebles.
Características: C.03 Declaración Jurada de Origen de Fondos.
Aporte : mínimo del 7.5%. D - Tarifario de Comisiones y Gastos Judiciales.
Valor de vivienda: desde S/ 67,400 hasta S/ 355,100.
Plazo: entre 05 y 25 años. En caso de solicitar el BBP: Remitir la Carta de solicitud de
Tasa: tasa fija y en Soles. desembolso del BBP en original dirigida al FMV.
Relación Cuota Total/Ingreso Líquido (*):

• ≤ 40% Para valores de vivienda hasta de S/239,800


• ≤ 50% Para valores de vivienda mayores a S/239,800

(*) Para los casos en que el solicitante haya calificado al crédito vía
alguna metodología de ahorro programado u otra acorde a las
políticas internas de cada IFI, a través de las cuales no sea
requisito validar el Ingreso Líquido del(los) solicitante(s), no será
necesario que la IFI determine la relación Cuota Total/Ingreso
Líquido y para efectos del ratio se tomará como válido el ingreso
líquido que el solicitante haya declarado en la Hoja Resumen del
crédito (C-01).
Bono del Buen Pagador (BBP) Bono del Buen Pagador Sostenible

Valor de vivienda*
BBP BBP BBP • Será de aplicación a los proyectos que cuenten
Tradicional** Sostenible** Integrador***
con certificación sostenible.
Desde S/ 67,400 hasta S/ 96,200 S/ 26,900 S/ 32,900 S/ 30,300
Aplicación del BBP Sostenible
Mayores S/ 96,200 hasta S/ 144,000 S/ 22,400 S/ 28,400 S/ 25,800

Valor de vivienda S/ 144,000

Cuadro N° 02
Mayores S/ 144,000 hasta S/ 239,800 S/ 20,500 S/ 26,500 S/ 23,900
Mayores S/ 239,800 hasta S/ 355,100 S/7,600 S/ 13,600 S/ 11,000
Aporte mínimo S/ 10,800
(*) Los rangos serán actualizados producto de la multiplicación del valor de BBP Sostenible S/ 28,400
vivienda del año anterior por la variación del Índice de Precios al Monto de Financiamiento S/ 104,800
Consumidor – IPC de Lima anual, con redondeado la centena superior.
(**) El valor de BBP son actualizados aplicando el porcentaje que
representa este respecto al valor máximo de la vivienda para cada uno de
los cuatro rangos establecidos. El valor adicional del BBP Sostenible es Aplicación de atributos para construcción
1.16279 UIT al valor del BBP Tradicional (en UIT).
(***) El BBP integrador está dirigido a las personas de menores ingresos Para la modalidad de construcción en terreno propio o
(hasta S/ 4,172), adultos mayores, con discapacidad, desplazados y
migrantes retornados.
sobre aires independizados a cargo de un promotor y/o
constructor, en lugar del aporte en efectivo antes
• Se otorga a las personas que accedan a un Crédito mencionado, el solicitante podrá cubrir dicho monto con
MIVIVIENDA, con el objetivo de incrementar la Cuota Inicial. el valor del terreno sobre el que se construirá la vivienda,
Además, para vivienda sostenible (1) se aplicará 1.16279 UIT no aplicándose para estos casos el límite de la cuota
más al BBP para vivienda tradicional (UIT) (2). inicial antes mencionado. Si el cliente realiza un aporte de
• Los beneficiarios del BBP no podrán acceder a otros dinero adicional, este deberá estar consignado en el
programas de apoyo habitacional del Estado. contrato de obra.
Aplicación del BBP para Construcción
(1) Vivienda Sostenible: Vivienda Tradicional financiada con programas
y/o productos financieros administrados por el FMV y que ha tomado Valor de terreno (*) S/ 85,000
en cuenta en su concepción y ejecución, entre otros, criterios de
Cuadro N° 03

eficiencia hídrica y energética, de diseño bioclimático, manejo de Valor de obra S/ 59,000


residuos, utilización de eco materiales y que contribuya a la Valor de vivienda S/ 144,000
sostenibilidad urbana en su entorno.
(2) Vivienda Tradicional: Vivienda unifamiliar o vivienda que forma parte BBP S/ 22,400
de una Edificación multifamiliar o conjunto Residencial o Quinta,
financiada con programas y/o productos financieros administrados
Monto de financiamiento S/ 36,600
por el FMV, capaz de satisfacer las necesidades básicas de la(s)
persona(s)que la habita(n). En caso la vivienda cuente con (*) En lugar del aporte en efectivo, el cliente podrá cubrir
estacionamiento y/o depósito independizados, el valor total de la dicho monto con el valor del terreno o aires independizados
vivienda es a suma de los valores de la vivienda y la(s) respectiva(s) sobre el que se construirá la vivienda, no aplicándose para
unidad(es) inmobiliaria(s). estos casos el límite de la cuota inicial. Si el cliente realiza un
aporte de dinero adicional, este deberá estar consignado en
Requisitos: el contrato de obra.
• Que el valor del inmueble a adquirir no exceda los S/ 355,100.
• No haber recibido apoyo habitacional previo del Estado el Aplicación de BBP de Integrador
titular y, de ser el caso, su cónyuge o conviviente.
• Otros a ser determinados por el FMV y comunicados al Aplicación del BBP de Integrador
Fiduciario para su aplicación.
Cuadro N° 04

Valor de vivienda S/ 144,000


Aplicado como incremento a la Cuota Inicial:
• Aporte: La cuota inicial mínima es de 7.5% del valor de la Aporte mínimo S/ 10,800
vivienda, la cual deberá ser igual al aporte del subprestatario, al BBP Integrador S/25,800
cual se suma el monto del BBP.
Monto de Financiamiento S/107,400

Aplicado como incremento a la Cuota Inicial:


El BBP integrador se sumará a la cuota inicial mínima de
Aplicación de atributos para adquisición 7.5% del valor de la vivienda aportada por el
Subprestatario.
Aplicación del BBP Tradicional

Valor de vivienda S/ 239,800


Cuadro N° 01

Aporte mínimo S/ 17, 985


BBP Tradicional S/ 20,550 Para mayor información
llama gratis al
Monto de Financiamiento S/ 201,265
0800-12-200

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