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Aspectos Jurídicos Fundamentales
Aspectos Jurídicos Fundamentales
Aspectos Jurídicos Fundamentales
Sección: A
Curso: Derecho
TRABAJO DE INVESTIGACIÓN
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INDICE
Contenido
CARATULA………………………………………………………………………………………………………………………………………1
INDICE…………………………………………………………………………………………………………………………………………….2
INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………………………………………3
REFERENCIAS.............................................................................................................................27
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INTRODUCCIÓN
ASPECTOS JURIDICOS
FUNDAMENTALES
Los conceptos jurídicos fundamentales son conceptos clave del
derecho que se utilizan de manera recurrente en distintas áreas
del derecho y que son esenciales para la comprensión y
aplicación del derecho. A continuación se mencionan y definen
algunos de los principales conceptos jurídicos fundamentales:
Concepto pernal
1) Conceptos lógicos
jurídicos. Son aquellos que
carecen de un correlato
objetivo de tipo físico
material concreto, o dicho
en otros términos, que
tienen una
naturaleza de índole
abstracta, desde luego, que
se refieren a conceptos,
juicios o
raciocinios jurídicos. Así,
por ejemplo, tenemos los
conceptos de: “cópula
jurídica”,
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“concepto sujeto”,
“concepto de predicado
relacional”, “juicio jurídico
prescriptivo”,
“norma genérica”, “norma
individualizada”, “argumento
a contrario”, “silogismo
jurídico”,
etc., que se caracterizan
porque los objetos a los cuales
se refieren son todos objetos
lógicos o lo que es lo mismo
están inscritos en un plano
eminentemente lógico
jurídico,
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abstracto, referido a
fenómenos del pensamiento.
2) Conceptos ontológico
jurídicos. Hemos visto
con anterioridad que el
concepto, en tanto que unidad
significativa, se encuentra en
un plano intermedio entre
la palabra y el objeto, pero lo
esencial es que todo concepto
se refiere siempre a un
objeto o sea que posee un
correlato objetivo. De esta
manera, los correlatos
objetivos
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consecuencia de la distinción
entre el plano de la regulación
jurídica de la conducta
(nivel lógico abstracto) y
plano de la conducta
jurídicamente regulada (nivel
concreto
material).
lasificación de los Conceptos
Jurídicos
Los conceptos jurídicos
pueden clasificarse de acuerdo
con los siguientes criterios:
a) Desde el punto de vista de
los objetos a que se refieren;
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naturaleza de índole
abstracta, desde luego, que
se refieren a conceptos,
juicios o
raciocinios jurídicos. Así,
por ejemplo, tenemos los
conceptos de: “cópula
jurídica”,
“concepto sujeto”,
“concepto de predicado
relacional”, “juicio jurídico
prescriptivo”,
“norma genérica”, “norma
individualizada”, “argumento
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a contrario”, “silogismo
jurídico”,
etc., que se caracterizan
porque los objetos a los cuales
se refieren son todos objetos
lógicos o lo que es lo mismo
están inscritos en un plano
eminentemente lógico
jurídico,
abstracto, referido a
fenómenos del pensamiento.
2) Conceptos ontológico
jurídicos. Hemos visto
con anterioridad que el
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conceptos, es importante
mencionar la
existencia de una especie
de ley de correspondencia
que establece que a cada
concepto lógico-jurídico
corresponde otro
ontológico-jurídico y al
revés, lo cual es
consecuencia de la distinción
entre el plano de la regulación
jurídica de la conducta
(nivel lógico abstracto) y
plano de la conducta
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- “contrato de arrendamiento
de la casa situada en 12
Avenida 1-24 zona 7
autorizado por el Notario Julio
L.”,
- “artículo 90 de Código de
Trabajo”,
- “Carta de las Naciones
Unidas”,
- “Constitución de la
República”
- “Comité Nacional de
Unidad Sindical”, etc.
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mancomunada” (artículo
1347:
hay mancomunidad cuando en
la misma obligación son
varios los acreedores o
varios los deudores) que se
refiere al aspecto netamente
cuantitativo de una
obligación.
3) Universales: Son aquéllos
que están referidos a todos
los miembros de una
clase. Así, en el juicio
jurídico: “el comprador debe
pagar el precio de la cosa al
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Particular. Ejemplo:
Felipe X”
-“Constitución de la República”
Concepto Personal
NORMA JURIDICA
S→C
si S, entonces C.
Concepto Personal
Con el concepto anterior entiendo que norma jurídica es la que
rige y manda el comportamiento que por ley y para buena
convivencia que debe tener los seres humanos en la sociedad,
que si se rompen o se infringe alguna de esta, será sancionado
de igual manera conforme a la ley.
SUPUESTO JURIDICO
Concepto personal
CONSECUENCIA JURIDICA
La consecuencia jurídica es el resultado de la norma; el hecho
que la norma contemple. El ejemplo más visible son en las
normas con punibilidad penal: Art. 138 CP español, "El que prive
de la vida a otro será castigado con la pena de prisión de diez a
quince años".
Comentario Personal
Comentario Personal
https://esupcom.unr.edu.ar/archivos/esupcom/quinto/
derecho_5.pdf
Comentario Personal
PERSONA
La persona, jurídicamente hablando, es el sujeto de derechos y
obligaciones, es decir, todo ser capaz de tener derechos y
contraer obligaciones. Para fines legales, el Código Civil distingue
entre: (i) personas naturales (personas físicas o seres humanos) y
(ii) personas jurídicas (que corresponde a una ficción legal).
Comentario Personal
ETIMOLOGÍA
Comentario Personal
EVOLUCIÓN HISTORIA
El ser humano es naturalmente un ser social, que vive en
comunidad. Para que esta convivencia sea posible, es necesario
el establecimiento de un orden que la organice. ElDerecho
aparece como el medio por excelencia para dicha organización.
De esta manera, parece innegable la unión de los conceptos de
Derecho y la Sociedad. Asimismo, estos conceptos no
permanecen inmutables con el transcurso de los siglos, sino que
se da una continua evolución y transformación en los mismos,
para las cuales resulta indispensable el estudio de los elementos
y factores que las originan. Por su parte, la evolución de las
normas constitucionales españolas, aparece como un ejemplo
práctico de los conceptos analizados
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Comentario Personal
PERSONALIDAD
Se refiere a la identidad jurídica por la cual se reconoce a una persona,
entidad, asociación o empresa, con capacidad suficiente para contraer
obligaciones y realizar actividades que generan plena responsabilidad
jurídica, frente a sí mismos y frente a terceros. Se obtiene a partir del
primer carácter de su identificación fiscal, CIF o número de DNI,
agrupándose en las siguientes categorías: Personas físicas, Sociedades
anónimas, Sociedades de responsabilidad limitada, Otras sociedades y
asociaciones (Regular colectiva, Comanditaria, Asociación, Comunidad
de propietarios/as, Sociedad civil, Entidades extranjeras, Uniones
temporales de empresas, establecimientos permanentes de entidades
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Comentario Personal
Comentario Personal
Comentario Personal
REFERENCIAS
es.linkedin.com
https://es.linkedin.com/pulse/conceptos-jur%C3%ADdicos-fundamentales-edwin-
mendoza#:~:text=Los%20conceptos%20jur%C3%ADdicos%20fundamentales%20(en,derecho%20a
%20los%20casos%20concretos
studocu.com
https://www.studocu.com/gt/document/universidad-de-san-carlos-de-guatemala/introduccion-al-
derecho/clasificacion-de-los-conceptos-juridicos/35027133
wikipedia.com
https://es.wikipedia.org/wiki/Norma_jur%C3%ADdica
https://es.wikipedia.org/wiki/Consecuencia_jur%C3%ADdica
sil.gobernación.gob.mx
http://sil.gobernacion.gob.mx/Glosario/definicionpop.php?ID=167#:~:text=La%20norma
%20jur%C3%ADdica%20(NJ)%20se,se%20llevan%20a%20cabo%20los
expansión.com
https://www.expansion.com/diccionario-juridico/causalidad.html#:~:text=Para%20el
%20Derecho%20Penal%2C%20la,exige%20una%20relaci%C3%B3n%20plena%20entre
bcn.cl.com
https://www.bcn.cl/formacioncivica/detalle_guia?h=10221.3/45661#:~:text=La
%20persona%2C%20jur%C3%ADdicamente%20hablando%2C%20es,corresponde%20a
%20una%20ficci%C3%B3n%20legal).
Eustat.eus.com
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https://www.eustat.eus/documentos/opt_1/tema_30/elem_1831/definicion.html
lasallebajio.edu.mx
https://www.lasallebajio.edu.mx/delasalle/contenidos/revistas/derecho/numero_3/
docentes_guzman.html#:~:text=La%20doctrina%20establece%20como%20atributos,relaci
%C3%B3n%20a%20las%20personas%20morales.