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Desestimiento Rosario Morote

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Expediente Nº : 01097-2023-0-3401-JR-FC-01

Especialista: CASTRO GARCIA CONSUELO


Escrito Nº: 03
Sumilla: DESESTIMIENTO DEL PROCESO

SEÑOR JUEZ DEL JUZGADO DEL JUZGADO DE FAMILIA – SEDE LA


MERCED.-

ROSARIO BERTHA MOROTE CANICELA DE PACCO, identificada con DNI. Nº.


40582520, con casilla electrónica N° 106666, en el proceso seguido en mi contra sobre
DIVORCIO POR CAUSAL DE SEPARACION DE HECHO, a Ud. con respeto, me
presento y expongo:

I. PETITORIO

Que, al amparo del artículo 342 y 343 del Código Procesal Civil procedo a formular
desistimiento del proceso de divorcio por causal instaurado en mi contra con el objeto que se
declare la conclusión del proceso sin declaración de fondo y en consecuencia, se proceda a su
archivo correspondiente.

II. FUNDAMENTOS DE HECHO

Sustento mi petitorio en base a los siguientes argumentos.

1. Que, con fecha 08 de agosto del 2023, interpone una demanda de divorcio por causal de
hecho en mi contra FABIAN PACCO MAYHUA, siendo admitida mediante Resolución N°
02 de fecha 25 de agosto del 2023.

2. Que, con fecha 24 de octubre del 2023, contesté la demanda de divorcio por causal de
hecho en mi contra FABIAN PACCO MAYHUA y la RECONVINE en el mismo acto, en
contra del demandante FABIAN PACCO MAYHUA.

3. Que, con el demandante y por el bien de nuestros hijos hemos decidido no continuar con el
presente proceso y realizar dicho divorcio de mutuo acuerdo, reitero por la salud mental de
nuestros hijos, para lo cual hecho arribado a una Conciliación Extrajudicial el día 01 de
diciembre del 2023, ante el Centro de Conciliación Extrajudicial Resolución de Conflictos
Chanchamayo, que adjunto al presente.

4. Que, expreso mi manifestación clara y terminante de no continuar con la acción


instaurada, sin condiciones.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1. Que, el artículo 340 del Código Procesal Civil señala que el desistimiento puede ser del
proceso o de algún acto procesal; y de la pretensión.

2. Que, el artículo 341 del Código Adjetivo establece que el desistimiento no se presume y
que el escrito que lo contiene debe precisar su contenido y alcance, legalizando su firma el
proponente ante el Secretario respectivo. Agrega también que el desistimiento es
incondicional y sólo perjudica a quien lo hace.

3. Que, el primer párrafo del artículo 342 del CPC precisa que el desistimiento del proceso o
del acto procesal se interpone antes que la situación procesal que se renuncia haya producido
efecto.

4. Que, el artículo 343 señala que el desistimiento del proceso lo da por concluido sin afectar
la pretensión. Cuando se formula después de notificada la demanda, requiere la conformidad
del demandado expresada dentro de tercer día de notificado, o en su rebeldía. Si hubiera
oposición, el desistimiento carecerá de eficacia, debiendo continuar el proceso.

POR LO EXPUESTO:

Pido a Ud. Sr. Juez, sírvase a tener por formulado mi desistimiento, corra con el traslado
correspondiente y apruebe en su oportunidad.

PRIMER OTROSÍ: No adjunto aranceles ni tasas judiciales por tener auxilio judicial.

SEGUNDO OTROSÍ: Solicito: Solicito fecha y hora para cumplir con legalizar mi firma
ante la Especialista Legal, de ser necesario.

TERCER OTROSÍ: Adjunto copia de la Conciliación Extrajudicial el día 01 de diciembre


del 2023, ante el Centro de Conciliación Extrajudicial Resolución de Conflictos
Chanchamayo, que adjunto al presente.
POR LO TANTO:

A usted, Señor Juez, proveer conforme solicito.

La Merced, 05 de diciembre del 2023

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