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Audiencia de Conciliacion y Primera de Tramite
Audiencia de Conciliacion y Primera de Tramite
Audiencia de Conciliacion y Primera de Tramite
JUEZ: Buenas tardes tengan las partes, secretario informe el objeto de la presente audiencia y
verifique la comparecencia de las partes
SECRETARIO: Gracias señor Juez. En la ciudad de Tegucigalpa a los 21 días del mes de abril del
año 2022, siendo las (HORA) se celebra la audiencia de conciliación a efecto que las partes
logren conciliar sus diferencias en la demanda ORDINARIA LABORAL DE EMPLAZAMIENTO
PARA QUE EL PATRONO PRUEBE LA JUSTA CAUSA DE UN DESPIDO CASO CONTRARIO SEA
CONDENADO AL REINTEGRO AL TRABAJO. – SALARIOS DEJADOS DEPERCIBIR. Por el señor
FABRIZIO HERNÁNDEZ, en contra de la empresa MÓDULO PROCESAL LABORAL, para efectos de
comparecencia se encuentra presente el señor FABRIZIO HERNÁNDEZ quien es la parte
demandante, con su representante procesal el abogado SAMUEL FRANCISCO RODRIGUEZ
IZAGUIRRE, así mismo se encuentra presente el representante legal de la empresa MÓDULO
PROCESAL LABORAL, el señor DALTON ANDRE AGUIRRE, Acompañado de su representante
procesal el Abogado OSCAR OMAR NUÑEZ SOTO, es todo lo que tengo que informar señor
Juez.
JUEZ: Gracias Señor Secretario. Se declara por abierta la presente Audiencia De Conciliación en
virtud de la comparecencia de las partes, para lo cual les invito a conciliar en base al artículo
756 CT, se les advierte que en caso de llegar a un acuerdo conciliatorio tendrá fuerza de cosa
juzgada, si se incumple puede presentarse demanda ejecutiva, así mismo podemos evitar
gastos económicos porque el proceso podría llegar a prolongarse. Una vez ya declarada abierta
la misma se le cede la palabra a la parte demandada DALTON ANDRE AGUIRRE para que realice
si tiene algún ofrecimiento que hacer que lo haga en este momento.
PARTE DEMANDADA: Gracias señor juez en efecto nosotros como empresa conocedora de
leyes laborales y de la problemática que ha ocurrido como tal, consideramos oportuno para
poder terminar esta causa en este momento pagarle los derechos adquiridos que le
corresponde al señor FABRIZIO HERNÁNDEZ, se le ofrece el pago de derechos adquiridos por
los años que el laboró en nuestra institución para lo cual ofrecemos la cantidad de (00000)
lempiras.
PARTE DEMANDANTE: Buenas tardes señor Juez considero que (0000) lempiras no es lo que
merezco por los años que he laborado para la empresa MÓDULO PROCESAL LABORAL, por lo
tanto, de mi parte no existen ánimos de conciliar.
JUEZ: Escuchadas las partes y no habiéndose logrado la conciliación se declara por fracasada la
misma en atención al artículo 757 del CT. Acto seguido damos apertura a la Audiencia Primera
de Trámite por lo cual se les pregunta a las partes si tienen algo que aclarar, corregir y
enmendar, abogado de la parte demandante, tiene el uso de la palabra.
JUEZ: se declara prelucido el momento que tienen las partes para poder corregir, aclarar y
enmendar la misma.
ABOGADO DEMANDADO: Señor Juez, si tengo excepción que proponer, en este caso una
excepción dilatoria consistente en litispendencia, ya que, se encuentra en trámite en este
tribunal una demanda interpuesta por el señor FABRIZIO HERNÁNDEZ como lo acredito con la
constancia del secretario del juzgado de letras del trabajo, mismo que esta designado en el
expediente número 3654 con fecha 20 de marzo del año 2022, por lo tanto, al ser admitida
esta demanda se produce litispendencia, solicitamos se declare con lugar la excepción
planteada y se archive el expediente, con fundamento en el artículo 455 del código procesal
civil.
JUEZ: Daré la palabra al abogado de la parte demandante para que este se pronuncie sobre la
excepción planteada y si va proponer alguna excepción.
JUEZ: Este juzgado resuelve, planteada la excepción dilatoria de litispendencia tenemos a bien
manifestar que esta se produce cuando existe un juicio pendiente sobre la misma pretensión,
de acuerdo a la constancia del secretario del juzgado de letras del trabajo, se prueba que el
asunto en litigio es por indemnización por riesgos profesionales según articulo 459 C-T y la
demanda presentada en este juzgado, es para que se pruebe la justa causa en que se fundó el
despido, en caso contrario se le reintegre al puesto de trabajo o a otro de igual o mejor
categoría, así como el pago de los salarios dejados de percibir durante el tiempo que dure el
presente proceso y las costas que el mismo genere. por lo que, se declara SIN LUGAR la
excepción planteada por la parte demandada. Se notifica la parte demandante.
JUEZ: Se declara por prelucido en el momento que tenía las partes para proponer más
excepciones.
JUEZ: Declaro por prelucido el tiempo que tenía para presentar los incidentes.
JUEZ: Continuamos con la proposición de los medios de prueba para lo cual se le cede la
palabra al Abogado demandante.
ABOGADO DEMANDANTE: Señor Juez propongo los siguientes medios de prueba. (AGREGAR
MEDIOS DE PRUEBA)
JUEZ: Se le cede la palabra al Abogado demandado, para que se pronuncie si tiene oposición a
los medios de prueba propuestos por la parte demandante y luego proponga los suyos.
JUEZ: Nuevamente cedo la palabra a la parte demandante para que se pronuncie precisamente
sobre esos medios de prueba y manifieste si tiene alguna oposición.
Juez: Este tribunal admite la totalidad de las pruebas propuestas por cada una de las partes,
señalamos fecha para audiencia segunda de tramite el día (0) de ABRIL del presente año 2022,
a las (HORA) se notifica a las partes.