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Audiencia de Conciliacion y Primera de Tramite

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Audiencia de Conciliación y primera de Trámite

Derecho Laboral (Universidad Nacional Autónoma de Honduras)

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JUEZ: Buenas tardes tengan las partes, secretario informe el objeto de la presente audiencia y
verifique la comparecencia de las partes

SECRETARIO: Gracias señor Juez. En la ciudad de Tegucigalpa a los 21 días del mes de abril del
año 2022, siendo las (HORA) se celebra la audiencia de conciliación a efecto que las partes
logren conciliar sus diferencias en la demanda ORDINARIA LABORAL DE EMPLAZAMIENTO
PARA QUE EL PATRONO PRUEBE LA JUSTA CAUSA DE UN DESPIDO CASO CONTRARIO SEA
CONDENADO AL REINTEGRO AL TRABAJO. – SALARIOS DEJADOS DEPERCIBIR. Por el señor
FABRIZIO HERNÁNDEZ, en contra de la empresa MÓDULO PROCESAL LABORAL, para efectos de
comparecencia se encuentra presente el señor FABRIZIO HERNÁNDEZ quien es la parte
demandante, con su representante procesal el abogado SAMUEL FRANCISCO RODRIGUEZ
IZAGUIRRE, así mismo se encuentra presente el representante legal de la empresa MÓDULO
PROCESAL LABORAL, el señor DALTON ANDRE AGUIRRE, Acompañado de su representante
procesal el Abogado OSCAR OMAR NUÑEZ SOTO, es todo lo que tengo que informar señor
Juez.

JUEZ: Gracias Señor Secretario. Se declara por abierta la presente Audiencia De Conciliación en
virtud de la comparecencia de las partes, para lo cual les invito a conciliar en base al artículo
756 CT, se les advierte que en caso de llegar a un acuerdo conciliatorio tendrá fuerza de cosa
juzgada, si se incumple puede presentarse demanda ejecutiva, así mismo podemos evitar
gastos económicos porque el proceso podría llegar a prolongarse. Una vez ya declarada abierta
la misma se le cede la palabra a la parte demandada DALTON ANDRE AGUIRRE para que realice
si tiene algún ofrecimiento que hacer que lo haga en este momento.

PARTE DEMANDADA: Gracias señor juez en efecto nosotros como empresa conocedora de
leyes laborales y de la problemática que ha ocurrido como tal, consideramos oportuno para
poder terminar esta causa en este momento pagarle los derechos adquiridos que le
corresponde al señor FABRIZIO HERNÁNDEZ, se le ofrece el pago de derechos adquiridos por
los años que el laboró en nuestra institución para lo cual ofrecemos la cantidad de (00000)
lempiras.

JUEZ: Se le cede la palabra a la parte demandante a afecto de que se pronuncie sobre la


propuesta presentada por la parte demandada.

PARTE DEMANDANTE: Buenas tardes señor Juez considero que (0000) lempiras no es lo que
merezco por los años que he laborado para la empresa MÓDULO PROCESAL LABORAL, por lo
tanto, de mi parte no existen ánimos de conciliar.

JUEZ: Escuchadas las partes y no habiéndose logrado la conciliación se declara por fracasada la
misma en atención al artículo 757 del CT. Acto seguido damos apertura a la Audiencia Primera
de Trámite por lo cual se les pregunta a las partes si tienen algo que aclarar, corregir y
enmendar, abogado de la parte demandante, tiene el uso de la palabra.

ABOGADO DEMANDANTE: No su señoría.

JUEZ: Parte demandada se le cede la palabra

ABOGADO DEMANDADO: No tengo nada que aclarar, corregir o enmendar.

JUEZ: se declara prelucido el momento que tienen las partes para poder corregir, aclarar y
enmendar la misma.

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JUEZ: Abogado demandado ¿Tiene alguna excepción que proponer?

ABOGADO DEMANDADO: Señor Juez, si tengo excepción que proponer, en este caso una
excepción dilatoria consistente en litispendencia, ya que, se encuentra en trámite en este
tribunal una demanda interpuesta por el señor FABRIZIO HERNÁNDEZ como lo acredito con la
constancia del secretario del juzgado de letras del trabajo, mismo que esta designado en el
expediente número 3654 con fecha 20 de marzo del año 2022, por lo tanto, al ser admitida
esta demanda se produce litispendencia, solicitamos se declare con lugar la excepción
planteada y se archive el expediente, con fundamento en el artículo 455 del código procesal
civil.

JUEZ: Daré la palabra al abogado de la parte demandante para que este se pronuncie sobre la
excepción planteada y si va proponer alguna excepción.

ABOGADO DEMANDANTE: No tengo ninguna excepción que presentar. Contestando la


excepción, consideramos inoportuna, inadmisible y errónea la petición formulada por el
abogado de la parte demandada ya que, lo que se demandó en el juzgado de letras del trabajo
fue indemnización de riesgos profesionales y en esta demanda pedimos que pruebe la justa
causa en que fundo mi despido, en caso contrario se me reintegre a mi puesto de trabajo o a
otro de igual o mejor categoría, así como el pago de los salarios dejados de percibir durante el
tiempo que dure el presente proceso y las costas que el mismo genere. en atención a ella
solicitamos que dicha excepción sea declarada sin lugar y que se continúe con el proceso.

JUEZ: Este juzgado resuelve, planteada la excepción dilatoria de litispendencia tenemos a bien
manifestar que esta se produce cuando existe un juicio pendiente sobre la misma pretensión,
de acuerdo a la constancia del secretario del juzgado de letras del trabajo, se prueba que el
asunto en litigio es por indemnización por riesgos profesionales según articulo 459 C-T y la
demanda presentada en este juzgado, es para que se pruebe la justa causa en que se fundó el
despido, en caso contrario se le reintegre al puesto de trabajo o a otro de igual o mejor
categoría, así como el pago de los salarios dejados de percibir durante el tiempo que dure el
presente proceso y las costas que el mismo genere. por lo que, se declara SIN LUGAR la
excepción planteada por la parte demandada. Se notifica la parte demandante.

ABOGADO DEMANDANTE: Notificada su señoría.

Juez: se notifica parte demandada.

ABOGADO DEMANDADO: Notificada su señoría.

JUEZ: Se declara por prelucido en el momento que tenía las partes para proponer más
excepciones.

JUEZ: Tiene incidentes que presentar parte demandada:

ABOGADO DEMANDADO: no su señoría.

JUEZ: Tiene incidente parte demandante

ABOGADO DEMANDANTE: No su señoría.

JUEZ: Declaro por prelucido el tiempo que tenía para presentar los incidentes.

JUEZ: Continuamos con la proposición de los medios de prueba para lo cual se le cede la
palabra al Abogado demandante.

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ABOGADO DEMANDANTE: Señor Juez propongo los siguientes medios de prueba. (AGREGAR
MEDIOS DE PRUEBA)

JUEZ: Se le cede la palabra al Abogado demandado, para que se pronuncie si tiene oposición a
los medios de prueba propuestos por la parte demandante y luego proponga los suyos.

ABOGADO DEMANDADO: No tengo ninguna oposición a los medios de prueba de la parte


demandante. Propongo los siguientes medios de prueba

(AGREGAR MEDIOS DE PRUEBA DEMANDADO)

JUEZ: Nuevamente cedo la palabra a la parte demandante para que se pronuncie precisamente
sobre esos medios de prueba y manifieste si tiene alguna oposición.

ABOGADO DEMANDANTE: No su señoría, no tenemos ninguna oposición.

Juez: Este tribunal admite la totalidad de las pruebas propuestas por cada una de las partes,
señalamos fecha para audiencia segunda de tramite el día (0) de ABRIL del presente año 2022,
a las (HORA) se notifica a las partes.

ABOGADO DEMANDANTE: notificado su señoría.

ABOGADO DEMANDADO: NOTIFICADO SU SEÑORIA

JUEZ: DAMOS POR FINALIZADA LA PRESENTE AUDIENCIA.

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