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Revoca Unidades Modulares

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CMV / GFQ / JVD

RESOLUCION EXENTA N°

VISTOS:
1. Lo establecido en el D.F.L. Nº1/05 del Ministerio de Salud, que aprobó el texto refundido, coordinado y
sistematizado del D. L. Nº 2763/79, leyes Nº 18.933 y Nº 18.469.
2. D.S. Nº 140/05 del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud.
3. Ley Nº 19.886, sobre Bases de Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
4. Ley Nº 19.882, que regula la nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica.
5. Decreto 250 que aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases de Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
6. Resolución Nº7 de fecha 26 de marzo del 2019 y la Nº 14 del 29 de diciembre del 2022 de la Contraloría
General de la República.
7. DFL 1 del año 2001 que Fija Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley N.º 18.575,
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración Del Estado.
8. Ley de presupuesto de la Nación para el año 2023, Ley 21.516 de fecha 20.12.2022.
9. Decreto Afecto Nº 48 de fecha 13.12.2022 del Ministerio de Salud, que designa al director titular del
Servicio de Salud Concepción el Sr. Víctor Valenzuela Álvarez.
10. Resolución Exenta 1D/ Nº 6638 de fecha 17.08.2023 nueva delegación de facultades de SDA y SGDP.
11. Resolución Exenta RA N° 835/679 de fecha 21.08.2023 del Servicio de Salud Concepción que nombra a
Subdirectora Administrativo.
12. Resolución exenta Nº 8 de fecha 28 de enero de 2008 que crea el Centro de Sangre Concepción Dra.
Marcela Contreras Arriagada, como un Centro de Especialidad y dependiente del Servicio de Salud
Concepción.
13. Resolución Exenta Nº 2025 de fecha 05.08.2008 del Servicio de Salud Concepción, que nombra a la
Doctora María Cristina Martínez Valenzuela como directora del Centro de Sangre Concepción.
14. Resolución Exenta 1D/Nº 3427 de fecha 08.06.2021 que da delegación de facultades específicas a
Directora del Centro de Sangre Concepción.
15. Resolución Exenta Nº 113 / 2023, que designa Director(s) Centro de Sangre Concepción.
16. Ordinario 5055 de fecha 09.12.2016 instruyó a la Directora del Centro de Sangre Concepción gestionar
durante el mes de enero del año 2017 la emisión de facturas exentas, boletas de ventas y notas de crédito
en forma independiente, bajo el nombre del Centro de Sangre y Tejidos Concepción, Dra. Marcela
Contreras Arriagada.

CONSIDERANDO.

1. A través de resolución exenta 1 de fecha 3 de enero de 2024 se aprobaron las bases administrativas y
especificaciones técnicas de la licitación denominada ““ARRIENDO DE UNIDADES MODULARES
PARA EL CSC” ID 732434-1-LE24, que actualmente se encuentra en etapa cerrada.
2. Si bien conforme a las bases y al principio de estricta sujeción a ellas, la visita a terreno, de carácter
obligatoria, se programó para el día hábil siguiente de publicada que sean las bases, dicha premisa no
permite que un mayor número de oferentes pueda programarse adecuadamente para poder visitar nuestras
dependencias y apreciar en terreno el inmueble en que se instalarán las oficinas modulares a contratar. Si
bien a través de foro inverso, se estimó que el tiempo era prudente, analizados nuevamente los
antecedentes y conforme al principio de libre concurrencia, se ponderó nuevamente la situación y se
estimó que la visita a terreno tendría que haberse efectuado con una mayor antelación.
3. Por otra parte, revisadas las bases administrativas, se requiere hacer un nuevo análisis de las EETT, en el
sentido de incorporar nuevas características técnicas, como un mayor número de aires acondicionados y un

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cronograma preciso de instalación y traslado de todos los bienes que serán guardado en las unidades
modulares, lo que no se define en ninguna parte de la licitación.
4. En forma paralela, se requiere incluir una nueva causal de modificación y término anticipado de contrato,
que dice relación con un eventual traslado de las unidades modulares a otro lugar por término del contrato
del arrendamiento del inmueble, lo que conlleva un nuevo montaje y desmontaje.
5. Que, finalmente, la revocación de los actos administrativos ha sido recogida como una aplicación
funcional en el portal de compras públicas, mediante la cual, existiendo una licitación ya publicada y en
curso, la administración podrá desistir de su prosecución, en base a una decisión debidamente fundada,
deteniéndose irrevocablemente el proceso licitatorio y solo antes de verificarse la adjudicación, condición
que se cumple en la especie, por tanto, es posible para este Servicio, proceder con la respectiva renovación
6. Que en ese contexto procede a lo estipulado en la ley 1.9.880 de bases de procedimientos administrativos,
en su artículo 61, ya que reconoce la facultad que tiene la administración de revocar los actos
administrativos, en razón de existir mérito, oportunidad o conveniencia, como ocurre de acuerdo a lo
indicado.
7. Además, la referida licitación no se encuentra adjudicada, no existiendo derecho adquirido alguno en favor
de un proveedor o tercero.

TENIENDO PRESENTE:

1. La necesidad de revocar licitación, “ARRIENDO DE UNIDADES MODULARES PARA EL


CSC” ID 732434-1-LE24.
2. Solicitud de Compra S-COM-13451 de fecha 31.08.2023, emitida por el CENTRO DE SANGRE
CONCEPCIÓN.
3. Especificaciones Técnicas.
4. Bases administrativas de la Licitación Pública “ARRIENDO DE UNIDADES MODULARES
PARA EL CSC” ID 732434-1-LE24”, aprobada por Resolución Exenta N° 1 de fecha
3.01.2024.
5. Que conforme a lo anterior, dicto lo siguiente:

RESUELVO:

1. REVÓCASE, licitación pública denominada “Arriendo de Unidades Modulares para el CSC”


ID. 732434-1-LE24, aprobada por resolución exenta N° 1 de fecha 3 de enero de 2024, por las
razones indicadas en la parte considerativa del presente acto administrativo.

2. DÉJESE SIN EFECTO, resolución exenta N° 1 de fecha 3 de enero de 2023 que aprobó bases
administrativas de la Licitación Pública “ARRIENDO DE UNIDADES MODULARES PARA
EL CSC”.

3. TÉNGASE PRESENTE, que en el presente proceso licitatorio no existe proveedor alguno


adjudicado, no generándose derecho adquirido alguno en favor de un tercero.

4. PUBLÍQUESE la presente resolución en Portal www.mercadopublico.cl

ANÓTESE Y COMUNÍQUESE.

SR. VICTOR VALENZUELA ÁLVAREZ.


DIRECTOR
SERVICIO DE SALUD CONCEPCIÓN

Transcrito fielmente
Ministro de fe
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RES. INT. N° 7 CSC / 11.01.24
DISTRIBUCIÓN
-Oficina de Partes DSSC.
- Departamento de Compras y Abastecimiento SSC.
- Sección Abastecimiento Centro de Sangre Concepción.
-Oficina de Partes Centro de Sangre de Concepción.

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