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Debate Penal
Debate Penal
Debate Penal
R// Presente.
JUEZ: Así mismo el oficial ya ha realizado la verificación de la presencia de los
órganos de prueba ofrecidos por cada una de las partes, y hago constar que tengo
a la vista los documentos que a cada uno de estos le corresponde, así mismo
estos ya se encuentran fuera de la sala para que no se de la contaminación de los
medios procesales por lo cual procedo a individualizarlos, por parte del MP BERTA
ESTEFANY COLINDRES CISNEROS, DANIEL IVAN MATEO, ANDREINA
MARISOL LEMUS GUDIEL, y por parte de la defensa FERNANDO JOSE
GRAJEDA VASQUEZ, YOMARI ABIGAIL ORELLANA GOMEZ, MARILEYSI
RODRIGUEZ VASQUEZ, KATERYN ZULEYMA CASTRO SALGUERO.
JUEZ: Se pide que pase a la sala A LA testigo propuestos por la defensa YOMARI
ABIGAIL ORELLANA GOMEZ, DE quien ya se conoce sus datos de identificación
en el proceso
Puede ponersee de pie y levantar la mano derecha a la altura del hombro, y
conteste la siguiente pregunta ¿Promete usted como Perito decir la Verdad, ante
su conciencia y ante el Pueblo de la República de Guatemala?
-Cuales son sus nombres y apellidos?
-cuál es su edad.
-cuál es su estado civil?
-su profesión u oficio?
-lugar de residencia
-conoce usted al acusado Guadalupe Caterine Adriana Estrada Lool
-Conoce a la agraviada Berta Estefany Cisneros Colindres?
-tiene amistad o enemistad o algún grado de parentesco con el acusado y
ofendido
-tiene algún interés en declarar
Antes de conceder la palabra y de brindar su declaración debo instruirle acerca de
la pena de falso testimonio regulado en el artículo 460 del código penal. Y dice
así: comete falso testimonio el testigo intérprete traductor o perito que en su
declaración o dictamen ante autoridad competente o notario afirmare una falsedad
se negare a declarar estando obligado a ello u ocultare la verdad. el responsable
de falso testimonio será sancionado con prisión de 6 meses a 3 años y multa de
50 a un mil quetzales. Si el falso testimonio se cometiere en proceso penal en
contra del procesado será sancionado con prisión de 2 a 6 años y multa de 200 a
2000 quetzales. (SEÑORITA ORELLANA) fue propuesta su declaración testimonial
, por parte de LA DEFENSA, para formar parte de este debate, por lo tanto: en
este momento se le hace la protesta de ley de conformidad al artículo 219 del
Código Procesal Penal, así que le pido por favor ponerse de pie y levantar su
mano derecha a la altura del hombro y responda, ¿Promete usted como Testigo
decir la verdad, ante su conciencia y ante el pueblo de la República de Guatemala,
en lo que vaya a declarar?.
TESTIGO: Responde.
Puede proceder a declarar
le solicito que previo a responder las preguntas que le estarán realizando las
partes dentro del proceso, centre su vista ante este tribunal toda vez que es este
tribunal es el único facultado para darle valor probatorio a su declaración
JUEZ: puede proceder con su declaración
Procedo en darle la palabra al ministerio público para que inicie el interrogatorio
respectivo
Pregunto a parte defensora si quiere interrogar al testigo?
MP: Responde.
JUEZ: En vista que no hay pruebas nuevas que aportar dentro del presente
debate procedemos a presentar los alegatos finales, tiene la palabra al/la
representante del Ministerio Público, para que emita sus conclusiones.
JUEZ: Para el mismo efecto tiene la palabra la Defensa, para que emita sus
conclusiones.
ACUSADO: Responde.
JUEZ: Muchas gracias, de esta manera se da por finalizado el debate por lo que
este Juzgado se retira a deliberar en sesión secreta, por lo que se les invita a las
partes a tomar un descanso y se les llama para que se presenten a la Sala de
debates, el día de hoy a las (18: ), para la resolución de esta audiencia, en la cual
este juzgado espera poder dar a conocer la decisión que haya tomado.