La señora Alicia Erlinda Jordán Núñez vende el Lote Cuatro-A de 341 metros cuadrados a Patricio Ismael Romero Choez y Sofía Jazmina Calle Jordán por un precio de $97,113.64. El lote se ubica en Huachi la Joya, Ambato y tiene como linderos una calle, un pasaje y otros lotes. La escritura pública detalla la historia de propiedad del lote y establece los términos de la venta, incluyendo el precio, gastos y saneamiento.
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La señora Alicia Erlinda Jordán Núñez vende el Lote Cuatro-A de 341 metros cuadrados a Patricio Ismael Romero Choez y Sofía Jazmina Calle Jordán por un precio de $97,113.64. El lote se ubica en Huachi la Joya, Ambato y tiene como linderos una calle, un pasaje y otros lotes. La escritura pública detalla la historia de propiedad del lote y establece los términos de la venta, incluyendo el precio, gastos y saneamiento.
La señora Alicia Erlinda Jordán Núñez vende el Lote Cuatro-A de 341 metros cuadrados a Patricio Ismael Romero Choez y Sofía Jazmina Calle Jordán por un precio de $97,113.64. El lote se ubica en Huachi la Joya, Ambato y tiene como linderos una calle, un pasaje y otros lotes. La escritura pública detalla la historia de propiedad del lote y establece los términos de la venta, incluyendo el precio, gastos y saneamiento.
La señora Alicia Erlinda Jordán Núñez vende el Lote Cuatro-A de 341 metros cuadrados a Patricio Ismael Romero Choez y Sofía Jazmina Calle Jordán por un precio de $97,113.64. El lote se ubica en Huachi la Joya, Ambato y tiene como linderos una calle, un pasaje y otros lotes. La escritura pública detalla la historia de propiedad del lote y establece los términos de la venta, incluyendo el precio, gastos y saneamiento.
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SEÑOR NOTARIO.
En el registro de escrituras públicas a su cargo sírvase insertar una que contenga
las siguientes cláusulas:
PRIMERA: COMPARECIENTES. - Comparecen a la celebración de la presente
escritura pública de compraventa, por una parte y en calidad de vendedora, la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, de estado civil viuda, en calidad de compradores; los señores PATRICIO ISMAEL ROMERO CHOEZ, de estado civil casado, y SOFIA JAZMINA CALLE JORDAN, de estado civil casada; los comparecientes son mayores de edad, ecuatorianos, legalmente capaces para contratar y contraer obligaciones de las permitidas en Código Civil Ecuatoriano. SEGUNDA: ANTECEDENTES. - a) Los señores Arquitecto Edgar Enrique Jordán Núñez, Ingeniero Jaime Napoleón Jordán Núñez, Piedad Dolores Jordán Núñez y Alicia Erlinda Jordán Núñez, son dueños y propietarios del lote de terreno de la extensión de una cuadra más o menos, ubicado en el sector denominado American Park”, jurisdicción de la parroquia Huachi Loreto, de esta ciudad de Ambato, adquirido por herencia de sus difuntos abuelos los señores Serafín Núñez Peña y Dolores Jordán Fiallos, por derecho de representación de su madre que en vida se llamo Rosa Elvira Núñez Jordán, celebrada mediante escritura de partición con los demás herederos de los señores Serafín Núñez Peña y Dolores Jordán Fiallos, en la ciudad de Pelileo, ante el notario señor Jorge Eduardo Jordán Vaca con fecha tres de enero de mil novecientos setenta y seis, e inscrita el dieciséis de marzo de mil novecientos setenta y seis, bajo la partida número quinientos cincuenta y cuatro del Registro de Propiedades del cantón Ambato; Con fecha seis de mayo de mil novecientos noventa y seis, mediante oficio número doscientos doce-RC, noventa y seis, el Municipio de Ambato resuelve lotizar el predio detallado anteriormente y se divide en catorce lotes. b) Mediante escritura pública de adjudicación celebrada con fecha treinta y uno de mayo de mil novecientos noventa y seis, ante el señor doctor Rodrigo Naranjo Garces, Notario Séptimo del cantón Ambato, e inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Ambato con fecha cinco de julio de mil novecientos noventa y seis, bajo la partida número tres mil doscientos sesenta y siete (3267), al tres mil doscientos ochenta (3280), a la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, por parte de su herencia se le adjudica, el lote signado con el número SEIS, de la superficie de CUATROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (490 m2), dentro de estos linderos y medidas: al Norte, que mide dieciséis metros veinte y cinco centímetros, el lote signado con el número siete; al Sur, que mide dieciséis metros setenta centímetros, la calle pública denominada Gonzalo Castro Rodríguez; al Este, que mide veintinueve metros sesenta centímetros, el Pasaje Peatonal de nueve metros de ancho; y al Oeste, que mide veintinueve metros sesenta centímetros, el lote signado con el numero cinco del plano de dicha lotización; entre otros lotes. Por otro lado, el señor JAIME NAPOLEON JORDAN NUÑEZ, por parte de su herencia se le adjudica el lote signado con el número CUATRO, de superficie de SETECIENTOS SETENTA Y UN METRO CUADRADOS (701 m2), de la lotización autorizada por la Ilustre Municipalidad del cantón Ambato, según el oficio número doscientos doce-RC, noventa y seis, comprendido entre dentro de los siguientes linderos: al Norte, que mide dieciséis metros, calle pública denominada Gonzalo Castro Rodríguez; al Sur, que mide diecisiete metros diez centímetros, propiedad de Neptalí Jordán Castillo; al Este que mide cuarenta y cinco metros cincuenta centímetros, propiedad de la familia Calle Jordán; y al Oeste, mide cuarenta y tes metros, el lote signado número TRES; ente otros lotes. c) Mediante escritura pública de Permuta, celebrada el día veinte y cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y ocho ante el doctor Rodrigo Naranjo Garces, Notario Séptimo del cantón Ambato, e inscrita en el Registro de la Propiedad con fecha veinte y dos de enero de mil novecientos noventa y nueve, bajo la partida número cuatrocientos setenta y siete al cuatrocientos setenta y ocho, la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, cede y traspasa en favor del señor JAIME NAPOLEON JORDAN NUÑEZ, el lote signando número SEIS, de la superficie de CUATROCIENTOS NOVENTA METROS CUADRADOS (490 m2), y el señor JAIME NAPOLEON JORDAN NUÑEZ, cede y traspasa en favor de la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, el lote signado con el número CUATRO, de superficie de SETECIENTOS SETENTA Y UN METRO CUADRADOS (701 m2). d) Con fecha veintiocho de octubre del dos mil cinco, mediante la Resolución de Consejo 751, de la solicitud número 2873-2005, se resuelve autorizar la subdivisión de los lotes signados números TRES y CUATRO, de propiedad de los señores EDGAR ENRIQUE JORDAN y ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, misma que se halla protocolizada en la Notaría Séptima del cantón Ambato con fecha seis de octubre del dos mil seis e inscrita en el Registro de la Propiedad del cantón Ambato con fecha dieciocho de octubre del dos mil seis, con la Partida número, seis mil quinientos treinta y siete, habiéndose establecido un Pasaje sin nombre, de uso exclusivo para los lotes TRES-B, CUATRO-A y CUATRO-B; El lote CUATRO, de superficie de SETECIENTOS SETENTA Y UN METRO CUADRADOS (701 m2), propiedad de la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, se lo ha fraccionado en dos partes, que se encuentra signados con los números: CUATRO-A, de superficie de TRECIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (341 m2); y el lote CUATRO-B, de la superficie de TRESCIENTOS SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (372 m2). TERCERA: COMPRAVENTA. - Con los antecedentes expuestos, obligándose al saneamiento y más prescripciones de Ley, la señora ALICIA ERLINDA JORDAN NUÑEZ, da en venta el Lote signado CUATRO-A, de superficie de TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS (341 m2), ubicado en el sector Huachi la Joya o Barrio Jordán de la Parroquia Pishilata, dentro de estos linderos: al Norte, con quince con cincuenta metros, antes Calle Gonzalo Castro, hoy denominado Antonio Plaza; al Sur, con quince metros cincuenta metros, lote Cuatro-B de la compareciente; por el Este, con veinte y dos metros propiedad de la familia Calle Jordán; y por el Oeste con veinte y dos metros, Pasaje “A” sin nombre de tres metros de ancho a favor de los señores PATRICIO ISMAEL ROMERO CHOEZ Y SOFIA JAZMIN CALLE JORDAN, transfiriendo por lo tanto la titularidad del derecho de dominio y posesión del referido bien inmueble en favor de los compradores, libre de todo gravamen, venta en la que se incluyen todas las servidumbres activas y pasivas y todo cuanto les pertenezcan por destinación, accesión, incorporación o naturaleza según las normas del Código Civil vigente. Se aclara que a pesar de determinarse con exactitud la cabida del bien inmueble, la compraventa se la realiza como cuerpo cierto y determinado, dentro de los linderos y dimensiones especificadas. CUARTA: PRECIO. - El precio materia de la presente compraventa es la cantidad de NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO TRECE DÓLARES con SESENTA Y CUATRO CENTAVOS DE DÓLAR, cantidad de dinero que los compradores cancela de contado en dinero en efectivo y de legal circulación a la vendedora, quién declara recibir a su entera y completa satisfacción, a la suscripción del presente instrumento, la totalidad de la referida cantidad de dinero, sin lugar a reclamo posterior alguno
QUINTA: GASTOS. - Los gastos que se ocasionen por la celebración de la
escritura pública de compraventa, hasta su inscripción en el Registro Municipal de la Propiedad del cantón Ambato, será pagado por los compradores, con excepción de la plusvalía que será cancelada por la vendedora.
SEXTA: AUTORIZACIÓN. - La vendedora autorizan expresamente a los
compradores la inscripción de la presente compraventa en el Registro de la Propiedad del cantón Ambato, a fin de que opere la tradición respectiva a su favor.
SÉPTIMA: SANEAMIENTO. - La vendedora se sujeta expresamente al
saneamiento en los términos prescritos en el Código Civil vigente.
OCTAVA: ACEPTACIÓN. - Los comparecientes aceptan el total contenido de
las cláusulas constantes en el presente contrato de compraventa, por estar de acuerdo a lo pactado previamente y por así convenir a sus mutuos y recíprocos intereses.
Usted, señor Notario, se dignará agregar las demás cláusulas de estilo para la completa validez de esta clase de contratos.