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Informe 258-2023-MTC-19.01.05

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Firmado Digitalmente por:

CARRION LOZADA Enrique


Alberto FAU 20131379944
soft
Razón: Soy el Autor del
Documento
Ubicación: Lima - Lima
Fecha: 31/07/2023 17:23:08

"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"


"Año de la unidad, la paz y el desarrollo"
Lima, 31 de Julio 2023

INFORME N° 0258-2023-MTC/19.01.05

A : SVETLANA TARASOVA .
DIRECTORA DE LA DIRECCIÓN DE GESTIÓN EN
INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS DE TRANSPORTES

De : ENRIQUE ALBERTO CARRION LOZADA


COORDINADOR DE LA COORDINACIÓN DE PROYECTOS
FERROVIARIOS Y DE CAMINOS

Asunto : Respuesta a solicitud de pronunciamiento de la entidad respecto a la


Autorización de Modificación del Expediente Técnico en relación al
cambio del talud de las banquetas

Referencia : a) Asiento N°214 del Cuaderno de Obra (E-377143-2023)


b) Carta Nº271-2023/CSEH/SAC, del 14.06.2023

Tengo el agrado de dirigirme a usted, en atención al documento de la referencia a),


mediante cual el Consorcio Vial Cuenca, solicita a la Entidad el pronunciamiento
respecto a la Autorización de Modificación del Expediente Técnico, sobre el cambio del
Firmado Digitalmente por:
CUBA MANRIQUE ANTONIO
talud de las banquetas, adjuntando el Documento de la referencia b), por medio del cual
GUILLERMO
Razón: Doy V° B° el Supervisor comunicó al Consorcio Vial Cuenca sobre la modificación del talud de corte
Ubicación: Lima - Lima
Fecha: 31/07/2023 17:12:04
de las banquetas.
Al respecto, se informa lo siguiente:

1. ANTECEDENTES
1.1 Ley N°29370, articulo 7, inciso3, que señala que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) cumple las funciones de planear, regular, gestionar,
ejecutar, supervisar y evaluar la infraestructura vial, ferroviaria, aeroportuaria,
portuaria y vías navegables, en el ámbito de su competencia.
1.2 Con fecha 6 de enero del 2023 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
suscribió el Contrato N°002-2023-MTC/10.02 con el Contratista CONSORCIO
VIAL CUENCA (PERCERHAD S.A.C Y INKAPESCA PERU SUCURSAL), para la
ejecución de obra, por el monto ascendente a S/. 15,158,127.19 (Quince Millones
Ciento Cincuenta y Ocho Mil Ciento Veintisiete con 19/100 Soles) que incluye
todos los impuestos de ley.
1.3 Con fecha 16 de febrero del 2023 el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
suscribió la adenda N°1 al contrato N°002-2023-MTC/10.02 para diferir el inicio de
la ejecución de la obra, hasta el 17 de abril del 2023 debido a las condiciones
climatológicas de la zona donde se ejecuta la prestación.
1.4 Con fecha 17 de abril del 2023 se realizó el Acta de Entrega de Terreno del total
de las áreas de la obra IOARR CON CÓDIGO ÚNICO DE INVERSIÓN N°2480096
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aplicando lo dispuesto por el Art.25
de D.S 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser contrastadas a través
de la siguiente dirección web: http://scddstd.mtc.gob.pe/2711826 ingresando el número de expediente E-377143-2023 y la siguiente clave:
4L09NU .

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"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la unidad, la paz y el desarrollo"
“REPARACIÓN DE PLATAFORMA; EN EL SISTEMA FERROVIARIO
INTERURBANO EN LA LOCALIDAD CUENCA, DISTRITO DE CUENCA,
PROVINCIA HUANCAVELICA, DEPARTAMENTO HUANCAVELICA” al
Contratista CONSORCIO VIAL CUENCA, iniciándose el plazo de ejecución de
obra el 18 de abril del 2023.
1.5 Con fecha 20 de abril del 2023, el Comité de Selección, adjudicó la Buena Pro de
la ADJUDICACIÓN SIMPLIFICADA N°004-2023-MTC/10, para la contratación del
servicio de consultoría de obra para Supervisión de Obra: “Reparación de
plataforma; en el (la) sistema ferroviario interurbano en la localidad Cuenca,
distrito de Cuenca, provincia Huancavelica, departamento Huancavelica”, a la
empresa Corporación Sagitario EH SAC.
1.6 Con fecha 15 de mayo del 2023, el MTC y la Corporación Sagitario EH SAC,
firmaron el Contrato N°045-2023-MTC/10.02 Supervisión de la Obra: “Reparación
de plataforma; en el (la) sistema ferroviario interurbano en la localidad Cuenca,
distrito de Cuenca, provincia Huancavelica, departamento Huancavelica”.
1.7 Mediante CARTA N°025-2023-CVC/PASM de fecha 17 de mayo de 2023, el
Consorcio Vial Cuenca adjunto un informe donde se solicita el retiro de riel
respecto del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, desde el PK 57+200 hasta el
PK 58+200.
1.8 Mediante Memorando N°0456-2023-MTC/19.01 de fecha 23 de mayo de 2023, se
adjuntó el Informe N°0120-2023-MTC/19.01.05 de la Dirección de Gestión de
Infraestructura y Servicios de Transportes, con el que se dio respuesta a la CARTA
N°025-2023- CVC/PASM del Consorcio Vial Cuenca, en el que se concluyó entre
otras cosas que el Contratista deberá realizar de manera inmediata la limpieza y
retiro del material que cubrió la vía férrea tomando las medidas de protección
necesaria a fin de salvaguardar la integridad de la infraestructura ferroviaria de
esa zona; y que posteriormente, se procederá con el retiro y evaluación de la vía
férrea, identificando los eventuales daños que se podrían haber causado, los
cuales deberán ser resarcidos por el Contratista.
1.9 Mediante Carta N°036-2023-CVC/PASM de fecha 31 de mayo de 2023, el
Consorcio Vial Cuenca solicitó realizar coordinaciones para definir el retiro de la
vía férrea del Ferrocarril Huancayo – Huancavelica, desde la progresiva 57+200
hasta el 58+200 a la brevedad posible.
1.10 Mediante Memorando N°0572-2023-MTC/19.01 de fecha 15 de junio de 2023, se
adjuntó el Informe N°0159-2023-MTC/19.01.05 de la Dirección de Gestión de
Infraestructura y Servicios de Transportes, con el que se dio respuesta a la CARTA
N°036-2023- CVC/PASM del Consorcio Vial Cuenca, en el que se concluyó entre
otras cosas que el Contratista pretende justificar sus atrasos en la obra, utilizando
como excusa el retiro de la vía férrea del ferrocarril Huancayo- Huancavelica, la
cual impide la realización de diversos trabajos de obra. Se advierte, que el
Contratista no quiere realizar la limpieza de la plataforma de la vía férrea,

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de la siguiente dirección web: http://scddstd.mtc.gob.pe/2711826 ingresando el número de expediente E-377143-2023 y la siguiente clave:
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presuntamente por la presencia de la vía férrea, siendo esta afirmación una
excusa.
1.11 Mediante la Carta N°0777-2023-MTC/10.02, de fecha 18 de julio de 2023, la
Directora de la Oficina de Abastecimiento de la Entidad, remite al Consorcio Vial
Cuenca el pronunciamiento de Dirección de Gestión en Infraestructura y Servicios
de Transporte, conteniendo el informe N°0218-2023-MTC/19.01.05, elaborado
por la Coordinación de Proyectos Ferroviarios y de Caminos de esta Dirección,
respecto al retiro del riel y la modificación del talud.
1.12 Mediante Carta N°271-2023-CSEH/SAC, de fecha 14 de junio de 2023, el
Supervisor emitió respuesta al Consorcio Vial Cuenca, respecto a la Factibilidad
de Modificar el Talud de Corte para mejorar de Estabilidad de Talud en Banquetas,
en función a las características del terreno.
1.13 Mediante CARTA N°039-2023-CVC/PASM de fecha 22 de junio de 2023, el
Consorcio Vial Cuenca emitió respuesta a la Carta e Informe del Supervisor sobre
diversos temas relacionados, entre otros al cambio de talud de las banquetas
fueron comunicados al Contratista.
1.14 Con fecha 03 de julio del 2023, mediante el Asiento N°214 del Cuaderno de Obra,
el Consorcio Vial Cuenca efectúa la reiteración del pronunciamiento de la Entidad
a la autorización de modificación del Expediente Técnico, en relación al cambio
del talud de las banquetas.
1.15 El 24 de julio del 2023, a través de la Mesa de Partes del MTC, el Consorcio Vial
Cuenca, entregó los documentos indicados en los numerales 1.12 y 2.14 del
presente informe.

2. ANÁLISIS
2.1. El Ministerio de Transporte y Comunicaciones, con fecha 06 de enero del 2023
suscribió el Contrato N°002-2023-MTC/10.02 con el Contratista CONSORCIO
VIAL CUENCA (Conformado por las empresas PERCERHAD S.A.C e
INKAPESCA PERU SUCURSAL), a fin de realizar la ejecución de la Obra:
“Reparación de plataforma; en el (la) sistema ferroviario interurbano en la localidad
Cuenca, distrito de Cuenca, provincia Huancavelica, departamento Huancavelica”
2.2. A través de la Mesa de Partes del MTC, el Consorcio Vial Cuenca, remitió la
solicitud de pronunciamiento de la Entidad, adjuntando el Asiento del Cuaderno de
Obra Número 214, y la Carta N°271-2023/CSEH/SAC, sobre la autorización de
modificación del Expediente Técnico, referido al cambio del talud de las banquetas
proyectadas para la citada obra.

Sobre la modificación del talud de las banquetas


Al respecto, oportunamente la Entidad emitió respuesta al Consorcio Vial Cuenca
a través de la Carta N°0777-2023-MTC/10.02, señalando lo siguiente:
2.3. Que, mediante la Carta N°039-2023-CVC/PASM el Contratista mencionó que, la
Supervisión autorizó iniciar el Corte de banquetas en material suelto,
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considerando el cambio de talud a valores estrictamente necesarios para
garantizar la estabilidad de los mismos; solicitando aclarar si es que se cuenta con
autorización de la Entidad, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 187.2 del
Reglamento.
2.4. Que, el Contratista indicó que, mediante Asiento N°163 del Cuaderno de Obra, la
Supervisión reclamó que, habiéndose aprobado y autorizado el cambio de talud
para Mejoramiento de Estabilidad en Banquetas con Presencia de Material Suelto,
hasta el momento el Contratista no ha elaborado los planos reformulados de perfil
longitudinal y Secciones Transversales.
2.5. Que, dicha necesidad (entiéndase al cambio del talud) fue anotada por el
Contratista mediante Asiento N°81 del Cuaderno de Obra, sin que hasta la fecha
se haya dado la aprobación de la prestación adicional, necesaria para proceder a
elaborar los planos reformulados de perfil longitudinal y Secciones Transversales,
luego de lo cual procederá a tramitar el adicional y el plazo que corresponda por la
“supuesta” demora incurrida hasta la fecha en que se proceda a aprobar el mismo.

2.6. Asimismo que, de acuerdo a lo señalado por el Contratista, a la fecha de la


remisión de la documentación de los antecedentes no existe ningún cambio de
talud aprobado por la Entidad, por lo que el Contratista debía proceder a realizar
los trabajos conforme a lo establecido en el Expediente Técnico y en los plazos
establecidos en su programa de obra; asimismo, se indicó que considerando que
hasta esa fecha el Contratista ni la Supervisión habían acreditado técnicamente la
existencia de la necesidad de modificación de los taludes. Por el contrario, el
Contratista pretendió utilizar el argumento de una supuesta demora en la
aprobación de cambio de taludes, para justificar los atrasos en los que viene
incurriendo.

3. CONCLUSIONES
3.1 A través de la Mesa de Partes del MTC, el Consorcio Vial Cuenca, solicitó el
pronunciamiento de la Entidad para la autorización de modificación del Expediente
Técnico, relacionado al cambio del talud de las banquetas proyectadas para la
citada obra; adjuntó al mismo la Carta N°271-2023-CSEH/SAC, en la que el
Supervisor emitió respuesta al Consorcio Vial Cuenca, sobre la Factibilidad de
Modificar el Talud de Corte para mejorar de Estabilidad de Talud en Banquetas,
en función a las características del terreno.
3.2 Mediante la Carta N°0777-2023-MTC/10.02, la Entidad dio respuesta a la Carta
N°039-2023-CVC/PASM del Contratista, conteniendo el pronunciamiento de
Dirección de Gestión en Infraestructura y Servicios de Transporte, a través del
informe N°0218-2023-MTC/19.01.05, sobre la modificación del talud, el mismo que
deberá ser ratificado con la notificación correspondiente.

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4. RECOMENDACIÓN:
Se recomienda remitir el presente informe a la Oficina General de Administración
– Oficina de Abastecimiento para que, en el marco de sus competencias, brinde
respuesta al Contratista, sobre el Asiento del Cuaderno de Obra Número 214, con
copia al Supervisor de Obra.

Es todo cuanto informo ante usted.

Atentamente,

Documento firmado digitalmente


ENRIQUE ALBERTO CARRION LOZADA
DGISTR - COORDINACIÓN DE PROYECTOS FERROVIARIOS Y DE CAMINOS
MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

EACL/agcm

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