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Caducó El PRO en Santiago

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Poder Judicial de la Nación

JUZGADO FEDERAL N°1 DE SANTIAGO DEL ESTERO


Santiago del Estero,

Y VISTOS: Los autos caratulados: "CADUCIDAD-


PRO-PROPUESTA REPUBLICANA S/ RECONOCIMIENTO DE
PERSONALIDAD JURIDICO POLITICA”, EXPTE. n°761294/2010/1
;
Y CONSIDERANDO: 1) Que a fs. 1/6 del presente incidente,
obran copias certificadas del Expte. N°761294/2010, de las cuales las fs. 1
/2 corresponden a copias de informe de Secretaria e informe de SIGAP de
los cuales surge, que conforme a la publicación de la Excma. Cámara
Nacional Electoral, para este distrito y correspondiente al año 2024, la
cantidad mínima de afiliados requerida para mantener la personalidad
política de los partidos políticos es de 3.255 (art.7 ter de la ley 23298,
modif. por la Ley 26.571) y de acuerdo al reporte de SIGAP (fs.1), cuenta
con 3215 afiliaciones válidas. Asimismo, en fs. 2 obra copia de decreto de
fecha 09/02/2024, mediante el cual el Suscripto, conforme surge del
informe del Actuario y lo normado en el art.7 ter de la ley 23.298, modif.
por la Ley 26.571 y art.7 del Decreto 937/10, ordena intimar por cedula a
la agrupación de autos para que en el término de 90 días hábiles y bajo
apercibimiento de caducidad, proceda a completar el número mínimo de
3.255 afiliaciones requeridas para mantener la personería jurídico política,
asimismo dar conocimiento al Sr. Fiscal Federal, obrando copia constancia
de notificación del mencionado decreto a fs. 2 vta. (fecha14/02/2024). Que
las copias de las fs. 3/4 corresponden a nuevo informe de Secretaria de
fecha 04/07/2024 e informe de SIGAP de fechas 03/07/2024, de los cuales
surge que conforme a la publicación de la Excma. Cámara Nacional
Electoral, para este distrito y correspondiente al año 2024, la cantidad
mínima de afiliados requerida para mantener la personalidad política de los
partidos políticos es de 3.255 (art.7 ter de la ley 23298, modif. por la Ley

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26571) y de acuerdo al reporte de SIGAP (fs.3), cuenta con 3.156
afiliaciones válidas. Asimismo, en fs. 4 obra copia de decreto de fecha 04
/07/2024, mediante el cual, el Suscripto, manifiesta que encontrándose la
agrupación de autos comprendida en la causal de caducidad prevista en el
Art. 50 Inc. “e” de la Ley 23.298 modificada por Ley 26.571, ordena
correr vista al Sr. Fiscal Federal. Que la fs. 5 corresponde a la copia del
Dictamen Fiscal, mientras que la foja 6 a la copia del decreto mediante el
cual el Suscripto tiene por evacuada la vista fiscal conferida y atento a las
constancias de autos, tiene por iniciado trámite de caducidad de la
personalidad política del Partido PRO-PROPUESTA por la causal
prevista en el Art. 50, Inc. “e” de la Ley 23.298, modif. por la Ley 26.571,
imprimiéndose el procedimiento contencioso previsto en el Titulo VII,
Capitulo III de dicho cuerpo Legal. Finalmente en dicho decreto ordena
formar incidente de caducidad con copias de fs.1364/1365, fs. 1371/1372,
fs. 1374 y del presente proveído. Que a fs. 7 Prosecretaria Electoral
informa que conforme lo ordenado por S.S. en autos caratulados:"
PRO-PROPUESTA REPUBLICANA S/ RECONOCIMIENTO DE
PERSONALIDAD JURIDICO POLITICA”, EXPTE. n°761294/2010;
se procedió a la apertura del presente incidente de caducidad. Que
mediante decreto de fecha 31/07/2024, el Suscripto tiene presente el
informe del actuario y del dictamen Fiscal, obrante a fs. 5 del presente
incidente, ordena córrase traslado por el término de 5 (cinco) días a los
apoderados de la agrupación de autos, mediante cédula (art. 65 de la Ley
23.298), siendo notificado el mencionado decreto en fecha 01/08/2024,
conforme a constancias de fs. 7 vta. Que mediante nuevo informe (cf. fs.
8), Prosecretaria Electoral manifiesta que se encuentra vencido el plazo del
traslado conferido a la agrupación partidaria conforme surge fs. 7/7vta., sin
que a la fecha, obre respuesta. Que mediante decreto de fecha 12/08/2024,
se tiene presente lo informado por el Actuario y atento al estado y

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constancia de autos, a los fines de lo dispuesto por el Art. 65 de la Ley
23.298, el suscripto ordena fijar audiencia para el día Jueves 15 de Agosto
del corriente año, asimismo ordena notificar al apoderado del partido de
autos y al Sr. Fiscal Federal, obrando constancia de notificación del
mencionado decreto a fs. 8 vta. Que a fs. 9 luce constancia de Prosecretaria
Electoral mediante la cual da cuenta, que siendo el día y la hora prevista
para la celebración de la audiencia ordenada con motivo del trámite de
caducidad impreso al partido de autos por encontrarse incurso en la causal
del art. 50 inc. "e" de la ley 23.298 (Modif. ley 26.571), en los autos
caratulados: "CADUCIDAD- PRO-PROPUESTA REPUBLICANA S/
RECONOCIMIENTO DE PERSONALIDAD JURIDICO
POLITICA”, EXPTE. n°761294/2010/1; y estando debidamente
notificados los apoderados de la agrupación de autos el día 13/08/2024, no
han comparecido a la misma. Que a fs. 10, el Suscripto agrega y tiene
presente la constancia de Prosecretaria y ordena correr vista al Sr. Fiscal
de todo lo actuado, encontrándose glosado el mencionado dictamen a fs.
11. Que en fecha 20/08/2024, mediante decreto obrante a fs. 12, se agrega
y se tiene presente el dictamen Fiscal y se ordena el pase a despacho para
resolver. Que en fechas 30/08/2024 y 01/09/2024, la fuerza política de
autos realiza presentaciones acompañando fichas de afiliación y
solicitando se deje sin efecto el pase a despacho a resolver, ordenando el
suscripto, mediante decreto de fecha 03/09/2024, que se este al pase a
despacho para resolver ordenado a fs. 12. 2) Que la Ley Orgánica de los
Partidos Políticos N° 23.298, Modif. por ley 26.571, establece en su art. 50
las causales de caducidad de la personería política de un partido,
determinando en su inciso “e” como causal “…No mantener la afiliación
mínima prevista por los artículos 7º y 7º ter…”. Que, en el caso del partido
PRO-PROPUESTA REPUBLICANA, conforme dan cuenta los
antecedentes agregados en autos, surge claramente que de acuerdo al

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informe de SIGAP acompañado, la agrupación cuenta con la cantidad de
3156 afiliaciones válidas y que según lo informado por la Excma. Cámara
Nacional Electoral, la cantidad mínima de afiliados requerida para el
mantenimiento de la personalidad de los partidos políticos en este distrito
y para el corriente año, es de 3.255 art.7 bis inc. a y 7 ter, Ley 23.298
modif. por la Ley 26.571),por lo que las afiliaciones validas con las que
cuenta la agrupación de autos no superan el mínimo legal y por lo tanto se
encuentra incursa en la causal de caducidad prevista en el Art. 50 Inc. “e”
de la ley 23.298 modif. por la Ley 26.571 y que habiéndose, imprimido el
procedimiento contencioso previsto en el Titulo VII, Capitulo III que
establece la Ley 23.298, modif. por la Ley 26.571, el partido de autos no
asumió activamente su defensa. Que la Excma. Cámara Nacional Electoral
expresa que “Que, como se ha explicado en numerosas oportunidades, la
ley 23.298 –modificada por ley 26.571- impone la exigencia de ciertos
requisitos cuantitativos como condición para otorgar el reconocimiento de
la personalidad jurídico política –y su mantenimiento- tanto de partidos
de distrito como de aquellos de orden nacional (cf. Fallos CNE 447/87;
3259/03; 3497/05, entre otros), a fin de asegurar que éstos cuenten con
representatividad en el ámbito geográfico en el que están habilitados a
participar postulando candidatos a cargos públicos electivos nacionales
(cf. doctrina de Fallos CNE 3110/03; 3801/07 y 3802/07) y constituyan
fuerzas políticas de existencia real en el respectivo distrito (cf. Fallos CNE
905/90; 1775/94; 2270/97; 3078/02; 3451/05; 3544/05; 3569/05; 3674
/05; 4072/08; 4336/10; 4337/10; 4386/10; 4387/10; 4797/12; 4840/12 y
4990/13).-Que por todo ello y de conformidad a lo dictaminado por el
Ministerio Publico Fiscal a fs. 11
RESUELVO:
1) Disponer la Caducidad de la Personería Jurídico Política del partido de
Distrito: “PRO-PROPUESTA REPUBLICANA”, por encontrarse

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incurso en la causal prevista en el Inc. “e” del Art. 50 de la Ley 23.298.
Modif. por la Ley 23.251.
2) Comuníquese con copia del presente a la Excma. Cámara Nacional
Electoral y a la Dirección Nacional Electoral- Ministerio del Interior-,
regístrese y hágase saber.

ANTE MI:

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Digitally signed by GUILLERMO Digitally signed by WALTER MICOL
DANIEL MOLINARI Date: 2024.09.03 11:22:30 ART
Date: 2024.09.03 11:19:48 ART

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