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ACI y OTM
ACI y OTM
ACI y OTM
OPERADORES DE TRANSPORTE
MULTIMODAL (OTM )
1. DEFINICION
2. CLASES DE AGENTE
3. COMO SE CONSTITUYE
4. NORMAS QUE LO RIGEN
5. OBLIGACIONES
6. REGIMEN SANCIONATORIO
DEFINICION GENERAL
Registros de Ley
Arribo
Descargue
Desconsolidacion
Aduanas
AGENTE DE CARGA INTERNACIONAL - ACI
Domiciliado o rep.
legal en el país
CERTIFICADO
CAMARA
COMERCIO
ESTADOS
FINANCIEROS
ACI - COMO SE CONSTITUYE
CONSTITUIR - POLIZA
500 smlmv $204.000.000
Vigencia 1 año 3 meses
No haber sido
sancionados con
cancelación autoriz.
No tener deudas
exigibles con la
DIAN
ACI - NORMAS QUE LO RIGEN
• IATA: International Air Transport Association –
Resolución 801 .
• Acuerdos internacionales de transporte
– Convenio de Varsovia 1929 y protocolo de La
Haya 1955, Convenio complementario del
convenio de Varsovia Guadalajara 1961.
Protocolo de Guatemala 1971. Protocolos de
Montreal.
– Convenio sobre Aviación Civil Internacional,
Chicago, 7 de diciembre de 1944.
• Legislaciones locales concordantes.
- Decreto 2685/99; resolución 4240/2000
OBLIGACIONES DEL ACI
Decreto 2685/99 Art. 105 (0503)
• Transmitir o incorporar en el SYGA, oportunamente (art96), la
información de los doc. consolidadores y los doc. hijos.
• Responder por la información transmitida
• Entregar a la autoridad aduanera los doc. Consolidadores, hijos y el
manifiesto de carga.
• Informar por escrito a la autoridad aduanera respecto a sobrantes o
faltantes respecto de los doc. – precisar inconsistencias.
• Justificar las inconsistencias encontradas
• Expedir planillas de envío que relacione mercancías amparadas en
los documentos hijos que se introducirán a un depósito o a una
zona franca.
• Entregar dentro de la oportunidad establecida las mercancías
amparadas en los documentos hijos al depósito habilitado o al
usuario de la zona franca según sea el caso.
REGIMEN
SANCIONATORIO
CLASES DE SANCIONES
. MULTAS
Suspensión o cancelación de la autorización
inscripción o habilitación para ejercer actividades.
. Las faltas se califican como leves, graves y
gravísimas.
. Se aplican las sanciones sin perjuicio de la
responsabilidad civil, penal, fiscal o cambiaria, y
con la obligación del pago de los tributos
aduaneros en cada caso.
. Las sanciones pecuniarias están tasadas en:
Salarios mínimos
Valor FOB, CIF o valor en aduana de las
mercancías.
Fletes internacionales aceptados.
SANCIONES ADUANERAS DE LOS AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL
Concepto Sanción
GRAVISIMAS
GRAVES
LEVES
1. No informar a la autoridad aduanera lo siguiente: sobrantes o faltantes de bultos
o exceso de peso en caso de mercancía a granel.
( 6 ) SMLV= $ 2.448.000.00
2. Inexactitudes o errores en la información ingresada al sistema
informativo aduanero.
OPERADOR DE TRANSPORTE
MULTIMODAL - OTM
1.Definición
2.Cómo se constituye
3.Normas que lo rigen
4.Obligaciones
5.Régimen sancionatorio
TRANSPORTE MULTIMODAL
INTERNACIONAL
• DEFINICION ( Dec.2685/99) Es el
traslado de mercancías por dos o más
modos de transporte diferentes, en virtud
de un único contrato de transporte
multimodal, desde un lugar situado en un
país en que el operador de transporte
multimodal toma la mercancía bajo su
custodia hasta otro lugar designado para
su entrega.
OTM - COMO SE CONSTITUYE
DIAN MINTRANSPORTE
CONVENIOS
INTERNACIONALES
-Haya ( Marítimo )
-Pacto de Varsovia (Aéreo)
REGIMEN
SANCIONATORIO
Régimen sancionatorio
TÌTULO XV
ARTÌCULOS No. 476 A 561DEL DECRETO No.
2685 DE 1999
Establece las infracciones administrativas
aduaneras en que pueden incurrir los sujetos
responsables de obligaciones aduaneras
igualmente las sanciones aplicables, causales de
aprehensión y decomiso de mercancías,
procedimientos para el decomiso, determinación e
imposición de sanciones y formulación de
liquidaciones oficiales.
No proceden sanciones por interpretación
extensiva de las normas.
INFRACCIÓN ADUANERA DE LOS
TRANSPORTADORES EN EL RÉGIMEN
DE TRÁNSITO ADUANERO.
• GRAVÍSIMAS:
¾ Entregar la mercancía objeto del régimen de
tránsito aduanero con menos peso, tratándose
de mercancía a granel o cantidad del
consignado en la declaración de tránsito
aduanero.
TRANSPORTE
MULTIMODAL
INTERNACIONAL
• Contrato de Transporte Multimodal:
Es el contrato en virtud del cual un Operador de Transporte
Multimodal se obliga, por escrito y contra el pago de un flete, a
ejecutar el transporte multimodal de mercancías.
• Documento de Transporte
Multimodal:
Es el documento que prueba la existencia de un Contrato de
Transporte Multimodal y acredita que el Operador de Transporte
Multimodal ha tomado las mercancías bajo su custodia y se ha
comprometido a entregarlas de conformidad con las cláusulas de
ese contrato. Puede ser sustituido por medio de mensajes de
intercambio electrónico de datos y ser emitido en forma:
a) Negociable
b) No negociable, con expresión del nombre del
consignatario.
• Mercancías:
Toda clase de bienes, incluidos animales vivos y los contenedores, las
paletas u otros elementos de transporte o de embalaje análogos que
no hayan sido suministrados por el Operador de Transporte
Multimodal, independientemente de que tales bienes hayan de ser o
sean transportados sobre o bajo cubierta.
• Organismo Nacional Competente:
El designado por cada país miembro.
• País Miembro:
Uno de los países miembros del acuerdo de Cartagena.
Artículo 4: En el Documento de Transporte
Multimodal deben constar los siguientes
datos
9 La naturaleza general de las mercancías, el número de
bultos, el peso bruto de las mercancías, datos que se
harán constar tal como los haya proporcionado el
expedidor
9 El estado aparente de las mercancías
9 El nombre y el establecimiento principal del Operador de
Transporte Multimodal.
9 El nombre del expedidor
9 El nombre del consignatario
9 El lugar y la fecha en que el Operador de Transporte
Multimodal tome las mercancías bajo su custodia
9 El lugar de entrega de las mercancías
9 La fecha o plazo de entrega de las mercancías en el
lugar de entrega.....
9 Una declaración por la que se indique si el
Documento de Transporte Multimodal es negociable o
no.
9 El lugar y la fecha de emisión del Documento de
Transporte Multimodal.
9 La firma del Operador de Transporte o de la persona
autorizada por él.
9 El flete correspondiente a cada modo de transporte, o
el flete total, incluida la moneda de pago en la medida
en la que ha de ser pagado por el consignatario.
9 El itinerario,los modos de transporte y los puntos de
transbordo previstos, si se conocen.
9 La omisión en el Documento de Transporte
Multimodal de uno o varios de los datos precedentes
no afectará la naturaleza jurídica del documento
como uno de Transporte Multimodal
Responsabilidad del Operador
de Transporte Multimodal
♦Artículo 6: La responsabilidad del
Operador por las mercancías abarca
desde el momento en que toma las
mercancías bajo su custodia hasta el
momento que las entrega.
Garantizará la exactitud
de todos los datos Indemnizará al Operador de
relativos a la naturaleza los perjuicios resultantes
general de las mercancías
de la inexactitud o
al Operador de Transporte
Multimodal en el insuficiencia de los datos y
momento en que éste las seguirá siendo responsable
tome bajo su custodia aún cuando haya transferido
para su inclusión en el el Documento de Transporte
Documento de Transporte
Multimodal.
Multimodal.
¡¡ Muchas Gracias !!