Nothing Special   »   [go: up one dir, main page]

Derecho Administrativo

Descargar como docx, pdf o txt
Descargar como docx, pdf o txt
Está en la página 1de 21

DEFINA QUE ES LA ADMINISTRACION PUBLICA

 Es el proceso social de planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar un grupo humano particular
para lograr un propósito determinado.
 Es el conjunto de órganos administrativos que desarrollan una actividad para el logro del bienestar
general a través de servicios públicos, regulada en su estructura y funcionamiento por el Derecho
Administrativo.

CUALES SON LOS ELEMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


 El Órgano Administrativo: Son todos aquellos órganos que pertenecen a la administración pública y
que son el medio o el conducto por medio del cual se manifiesta la personalidad del Estado.
 La Actividad que la Administración realiza: Se desarrolla a través de la prestación de los servicios
públicos, a los cuales está obligada la administración pública para el logro de su finalidad
 La finalidad que pretende el Estado a través de la administración: Es "el bien común" o "bienestar
general" de toda la población en general.
 El medio que la Administración Pública dispone para la realización de sus propósitos: Es el Servicio
Público.

MENCIONE LAS CLASES DE ADMINISTRACIÓN


 De planificación: Implica ver hacia el futuro, hacer estudio con todos los métodos y técnicas de las
necesidades y la soluciones a esas necesidades.
 Ejecutiva: Es aquella que decide y ejecuta, es la que tiene la facultad legal para poder actuar, a través
de las decisiones, actos o resoluciones administrativas. (presidente, ministros, concejos municipales)
 Consultiva: Denominada de asesoría, son órganos que sirven para aconsejar o asesorar al órgano
que ejecuta, sobre la conveniencia legal y técnica de las decisiones que tomará quién tiene o ejerce
la competencia administrativa.
 De control: Se encarga de que las tareas administrativas se realicen de conformidad con las normas
establecidas, se trata de órganos con independencia de funciones. (Control Técnico: dirección
técnica del presupuesto del MINFIN, De Oficio: CGC y a Petición: PDH)
 De gobierno: Va dirigida al desarrollo de la actividad política y administrativa para el logro de sus
fines.

DEFINICION DE DERECHO ADMINISTRATIVO


Conjunto de normas jurídicas, y principios de derecho público interno, que regula la organización y
actividad de la administración pública, las relaciones que se dan entre la administración y los
particulares, las relaciones entre los órganos y su control.

CARACTERISTICAS DEL DERECHO ADMINISTRATIVO


 Es un derecho joven: Surge con la revolución francesa y nace como producto del surgimiento del
estado de derecho.
 No ha sido codificado: No se puede hablar de codificación son lo externo de las competencias
administrativas.
 Es un derecho subordinado: Depende de una ley superior, en este caso la constitución y demás leyes
constitucionales.
 Es autónomo: Por la especialización y relaciones que regula, basados en el principio de normatividad
que lo informa.
 Es cambiante o dinámico: Por la naturaleza del servicio y por la labor que desarrolla la
administración pública que se encuentra en constante cambio, más que todo en los procedimientos.

PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO


 Legalidad: Establece que todo acto emanado de un poder público debe darse en perfecta
concordancia con la ley vigente y su jurisdicción, y no a las subjetividades involucradas, es decir, a la
voluntad de las personas.
 Juridicidad: Implica la obediencia total del Estado a la Constitución, las leyes, los reglamentos, y al
resto de las normas jurídicas. Este principio es la base del Estado de Derecho.
 De petición: Los habitantes de la República de Guatemala tienen derecho a dirigir, individual o
colectivamente, peticiones a la autoridad, la que está obligada a tramitarlas y deberá resolverlas
conforme a la ley. Art 28CPRG
 De prevalencia del interés público sobre el interés privado: El interés público significa ante todo el
respeto de los derechos fundamentales establecidos en una Constitución democrática.
 De control judicial sobre los actos administrativos: Su función es de controlar de la juridicidad de la
administración pública y tiene atribuciones para conocer en caso de contienda por actos o
resoluciones de la administración y de las entidades descentralizadas y autónomas del Estado, así
como en los casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas. Art
221CPRG

FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO


 Constitución Política de la República
 Ordenamiento jurídico administrativo (normas ordinarias)
 Reglamentos jurídicos y administrativos
 Instrucciones y circulares

DEFINICION DE COMPETENCIA EN EL DERECHO ADMINISTRATIVO


La constituye el conjunto de atribuciones funciones y potestades que el ordenamiento jurídico atribuye a
cada órgano administrativo. Es la facultad que tiene el órgano administrativo para resolver controversias
y esta es irrenunciable.

COMO SE DIVIDE LA COMPETENCIA


 Territorial: Se distribuye la competencia en función de divisiones territoriales, cada una de las cuales
cuenta con un órgano que es titular de las potestades e intereses respecto a ese espacio
 Por razón de materia: También conocida como distribución funcional u objetiva y realiza la
asignación de competencia entre las divisiones departamentales en función de los distintos servicios
públicos posibles.
 Jerárquica: Se realiza dentro de una división departamental de manera que las tareas más
importantes y trascendentes quedan a cargo de los órganos jerárquicamente superiores.
 Por razón de tiempo: La potestad queda atribuida a un órgano durante determinado periodo
temporal.

CARACTERISTICAS DE LA COMPETENCIA ADMINISTRATIVA


Es otorgada por la ley
Irrenunciable
Inderogable
No puede ser cedida
No puede ser ampliada
Es improrrogable

EXCEPCION A LA IMPRORROGABILIDAD DE LA COMPETENCIA ADMINISTRATIVA


Se refiere a la avocación y delegación
Avocación: El órgano superior entra en conocimiento de un asunto de un inferior o subordinado (De un
ministro a un viceministerio)
Delegación: Trasladar de un órgano superior a un inferior el ejercicio de una competencia (De un
ministro a un viceministro).
QUE ES LA JERARQUIA ADMINISTRATIVA
Se presenta como una pirámide en donde cada órgano aparece subordinado al superior jerárquico, hasta
llegar al vértice que constituye el órgano supremo de la administración

SISTEMAS DE ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO


Formas de estructurar las partes que integran el organismo ejecutivo y demás entidades de la
administración estatal.
 Centralización o Concentración Administrativa: (Órganos que dependen del Ejecutivo, presidente es
la autoridad máxima) tiene por objeto unificar decisiones, el mando, la acción y la ejecución.
o Ventajas:
o Asegura el control político dentro de todo el territorio
o Actuaciones de los subordinados
o Los procedimientos administrativos son uniformes
o Desventajas:
o Hay centralismo burocrático pequeño grupo que ostenta el poder
o La administración se torna ineficiente en los territorios alejados a la capital
o Peticiones de particulares deben seguir un largo tramite para llegar al centro de decisión
 Desconcentración Administrativa: Es una variante de la centralización que consiste en reconocer
importante poder de decisión a los agentes del poder central, acá se delegan funciones técnicas.
(Ejemplo el Inde le responde al Ministerio de Energía y Minas) deliberar ciertas atribuciones y
patrimonio.
o Ventajas:
o La acción administrativa es más rápida y flexible
o Se acerca a los particulares para resolver ciertos asuntos
o Toma cierta independencia para trabajar de mejor manera
o Desventajas:
 Los funcionarios tienden a prestar el servicio y a resolver con favoritismo político
 Aumenta la burocracia y el gasto publico
 Servicio ineficiente por incapacidad técnica
 Se utilizan recursos del Estado para satisfacer los fines de partidos políticos antes que los
propios del Estado
 Descentralización Administrativa: No responden a la administración central, no hay delegación, solo
hay transferencia de competencia MP PGN PDH CGC no dependen de nadie única y directamente al
Estado, todos tienen que rendirle cuentas a la CGC MUNIS, normalmente se encuentran a cargo de
órganos colegiados MUNIS se integran por el Consejo Municipal, USAC a cargo del Consejo Superior
Universitario
o Ventajas:
 Se descongestiona a la Administración Central de presiones sociales y obligación de prestar
servicios
 Los particulares se benefician ya que reciben un beneficio más eficiente
 El servicio se moderniza y sin llegar a lucrar
 El patrimonio se utiliza con criterio económico y se beneficia a la población y las utilidades se
reinvierten para mejorar o ampliar el servicio
 Se erradica el empirismo
 Autonomía: Capacidad de cualquier institución para gestionar y resolver asuntos propios de su
competencia y organización interna, sin la intervención de otras instituciones o intervención de
autoridades, tiene presupuesto propio Art 134CPRG

ORGANIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO ADMNISTRATIVO


DEFINICIÓN DE ESTADO:
El Estado es la organización jurídica de una sociedad bajo un régimen jurídico que se ejerce en
determinado territorio y determinada población, pertenece al derecho público.

QUE SON LOS SISTEMAS DE GOBIERNO


Hace referencia al modelo de organización del poder constitucional que adopta un Estado en función de
la relación existente entre los distintos poderes.

CUALES SON LAS FORMAS DE GOBIERNO


 Monarquía: El poder supremo radica en solo una persona
o Absoluta: El monarca es superior a la ley, y
o Constitucional: El monarca este sujeto a la ley y la Constitución y le acompañan otros
órganos a quienes también les corresponde la soberanía
 República: La soberanía reside en el pueblo
o Parlamentaria: Tiene la dirección política del gobierno. Dividida en presidente y primer
ministro (jefe de estado y jefe de gobierno), Bicameral y unicameral.
o Presidencialista: El poder ejecutivo residen en una persona que es electo popularmente,
tiene una función dual como jefe de estado y jefe de gobierno.

FORMA DE GOBIERNO DE GUATEMALA


Art. 140CPRG
 Republicano: La soberanía reside en el pueblo, la población delega en la autoridad el poder político
a través de las instituciones (el poder está en el pueblo)
 Democrático: La gente decide como quiere ser gobernada dentro de un marco mínimo de garantías
que aseguran la libertad la igualdad y justicia (elegir y ser electo para cargos públicos) Y
 Representativo: Nombramiento de representantes de los ciudadanos en responsabilidades de
gobierno

SOBERANIA: Poder del pueblo por medio de nuestros representantes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los
3 al mismo nivel. Art 141CPRG
La soberanía en los Estados denota el derecho legal inalienable, exclusivo y supremo de ejercer poder
dentro del área de su poder.

DEFINA QUE ES EL ORGANISMO EJECUTIVO


Es uno de los órganos administrativo más importantes del Estado, es el encargado de organizar y
coordinar a la administración pública para cooperar con el proceso de formulación y ejecución del plan
nacional de desarrollo K´atun Nuestra Guatemala 2032.
COMO SE INTEGRA EL ORGANISMO EJECUTIVO
Compuesto por el presidente de la República, el vicepresidente, los 14 ministros, secretarías,
gobernaciones departamentales, dependencias y entidades públicas descentralizadas, autónomas y
semiautónomas Art 5 LOE, 182CPRG, funciones Art 183CPRG, vicepresidencia Art 190 y 191CPRG,
ministerios Art 193 y 194CPRG.

DEFINICIÓN DE PRESIDENCIA: jefe del estado de Guatemala y ejerce las funciones por mandato del
pueblo artículo 182 CPRG 183
VICEPRESIDENTE: Sustituye al presidente, funciones según los artículos 190,191 CPRG.

MINISTROS DE ESTADO: Despachos de los negocios del organismo ejecutivo. Artículo 193, y 194 CPRG.

MENCIONE LOS MINISTERIOS QUE INTEGRAN EL ORGANISMO EJECUTIVO


 Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación (MAGA)
 Ministerio de Comunicaciones, Infraestructura y Vivienda (MICIVI)
 Ministerio de Cultura y Deportes
 Ministerio de Economía (MINECO)
 Ministerio de Educación (MINEDUC)
 Ministerio de Energía y Minas (MEM)
 Ministerio de Finanzas Públicas (MINFIN)
 Ministerio de Gobernación (MINGOB)
 Ministerio de Defensa Nacional
 Ministerio de Relaciones Exteriores (MINEX)
 Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS)
 Ministerio de Trabajo y Previsión Social (MINTRAB)
 Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales (MARN)
 Ministerio de Desarrollo (MIDES)

CONSEJO DE MINISTROS DE ESTADO.


Conoce asuntos sometidos a su consideración por el presidente, quien lo convoca y preside Art. 195
CPRG, 17 LOE.

CUAL ES LA NATURALEZA DE LAS SECRETARIAS DE LA PRESIDENCIA


Son dependencias de apoyo a las funciones del presidente de la República, no podrán ejercer funciones
de programas de ejecución, proyectos ni otras funciones a cargo de Ministerios u otras instituciones de
gobierno.

MENCIONE ALGUNAS DE LAS SECRETARIAS DE LA PRESIDENCIA


Secretaría de Asuntos Administrativos y de Seguridad de la Presidencia de la República (SAAS)
Secretaría de Asuntos Agrarios de la Presidencia de la República
Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia
Secretaría de Comunicación Social de la Presidencia
Secretaría de Coordinación Ejecutiva de la Presidencia
Secretaría de Programación y Planificación de la Presidencia

QUE ES EL GOBIERNO DEPARTAMENTAL


Esta a cargo del gobernador nombrado por el presidente de la República y tienen las atribuciones de
representar al presidente en su departamento, velar por la efectiva ejecución del presupuesto de
inversión asignado, velar por el eficaz cumplimiento de las políticas y acciones generales del gobierno
central. Art 47LOE

CUAL ES EL OBJETIVO DEL SISTEMA DE CONSEJOS DE DESARROLLO URBANO Y RURAL


Es organizar y coordinar la administración pública mediante formulación de políticas de desarrollo,
planes y programas presupuestarios y el impulso de la coordinación interinstitucional pública y privada.
Art. Ley de Consejos de Desarrollo Urbano y Rural

QUE SON LAS REGIONES ADMINISTRATIVAS


Es toda delimitación territorial de uno o más departamentos que reúnan similares condiciones
geográficas, económicas y sociales, con el objeto de efectuar acciones de gobierno en las que participen
sectores organizados de la población

COMO SE DIVIDEN LAS REGIONES


 I Región Metropolitana: Integrada por el departamento de Guatemala.
 II. Región Norte: Integrada por los departamentos de Alta y Baja Verapaz.
 III. Región Nororiente: Integrada por los departamentos de Izabal, Chiquimula, Zacapa y el Progreso.
 IV. Región Suroriente: Integrada por los departamentos de Jutiapa, Jalapa y Santa Rosa.
 V. Región Central: Integrada por los departamentos de Chimaltenango, Sacatepéquez y Escuintla.
 VI. Región Suroccidente: Integrada por los departamentos de San Marcos, Quetzaltenango,
Totonicapán, Sololá, Retalhuleu y Suchitepéquez.
 VII. Región Noroccidente: Integrada por los departamentos de Huehuetenango y Quiché.
 VIII. Región Petén: Integrada por el departamento de Petén

DEFINICION DE MUNICIPIO
Es la unidad básica de la organización territorial del Estado y espacio inmediato de participación
ciudadana en los asuntos públicos. Art 2 Código Municipal.

LOS MUNICIPIOS GOZAN DE AUTONOMIA


La CPRG garantiza al municipio autonomía y este elige a sus autoridades y ejerce por medio de ellas el
gobierno y administración de sus intereses, obtiene y dispone de recursos patrimoniales, atiende
servicios públicos locales, el ordenamiento territorial de su jurisdicción, su fortalecimiento económico y
la emisión de sus ordenanzas y reglamentos. Art 3 Código Municipal

CLASES DE COMPETENCIAS DE LOS MUNICIPIOS


 Propias: Son todas aquellas inherentes a su autonomía establecida constitucionalmente de acuerdo
a sus fines propios.
 Atribuidas: Son las que el gobierno central delega a los municipios mediante convenio y se ejercen
en los términos de la delegación o transferencia respetando la potestad de auto organización de los
servicios del municipio.

QUIEN ES EL ORGANO SUPERIOR MUNICIPAL


El Concejo Municipal es el órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos
municipales cuyos miembros son solidaria y mancomunadamente responsables de la toma de decisiones
y tiene su cede en la cabecera de la circunscripción municipal. Art 9 Código Municipal.

A QUIEN CORRESPONDE EL GOBIERNO DEL MUNICIPIO


Al Concejo Municipal, vela por la integridad de su patrimonio, garantiza los intereses con base a los
valores, cultura y necesidades planteadas por los vecinos.

SOBRE QUIEN RECAE LA REPRESENTACION MUNICIPAL


El alcalde representa la municipalidad y al municipio, es el personero legal de la misma. Art. 52 Código
Municipal.

DEFINA QUE ES EL CONTROL ADMINISTRATIVO


Es la medición de los resultados actuales y pasados, en relación con los esperados ya sea de manera total
o parcial, estos deben estar previamente establecidos en las personas o instituciones que puede
implementarse y las normas legales para que sean efectivos.

CUALES SON LOS TIPOS DE CONTROL ADMINISTRATIVO


 Interno: Se realiza dentro de la Administración Pública por parte de los órganos superiores sobre sus
subordinados.
 Directo: Lo ejercen los particulares sobre los actos de la Administración Pública a través de los
recursos administrativos (revocatoria y reposición)
 Judicial: Lo ejercen los tribunales de justicia (Contencioso Administrativo, Juicio de Cuentas,
Económico Coactivo y Acción de Amparo)
 Constitucional: Lo ejerce específicamente la CC para que la Administración Pública y otros órganos
del Estado no violen con sus actos los preceptos y garantías establecidas en la CPRG
 Parlamentario: Lo ejerce el pleno del Congreso de la República a los ministros, viceministros a través
de la interpelación (juicio político) Art. 166CPRG, 139 Ley Orgánica del Organismo Legislativo
 Control respecto a los Derechos Humanos: Es el relativo a la protección y respeto de los derechos
humanos y corresponde a la Comisión de los Derechos Humanos Art 273CPRG y al PDH
 De gasto público: Es el conjunto de órganos, principios, normas y procedimientos que rigen y
coordinan el ejercicio del control interno y externo gubernamental realizado por la CGC quien es el
ente técnico de la fiscalización y tiene por objeto dirigir y ejecutar con eficiencia las acciones de
control externo y gubernamental y velar por la transparencia en la gestión de las entidades del
Estado o que manejen fondos públicos
 Social: Son los acuerdos de paz, Ley General de Descentralización, Código Municipal y Ley de
Desarrollo
 Electrónico
 Técnicos: Superintendencia de Bancos y La Intendencia de Verificación Especial

QUE ES LA TEORIA DE FRENOS Y CONTRAPESOS

mantiene un orden
entre los poderes del Estado,
balanceando los poderes entre
los mismos, logrand
Mantiene un orden entre los 3 poderes del Estado, balanceando los poderes entre los mismos logrando
así que entre ellos no exista subordinación, el objetivo es que cada poder controle o moderen las
acciones de otro poder del Estado.

QUE LEY REGULA EL REGIMEN DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO


Ley del Servicio Civil Decreto 1748 del Congreso de la República, esta ley busca regular la relación entre
la Administración Pública y sus servidores, con el fin de garantizar su eficiencia, justicia y estimulo en su
trabajo y establecer normas para la aplicación de un sistema de administración de personal.

DEFINA QUE ES UN SERVIDOR PÚBLICO


Es toda persona individual que ocupe un puesto en la Administración Pública en virtud de
nombramiento, contrato o cualquier otro vínculo legalmente establecido, mediante el cual queda
obligado a prestar sus servicios o ejecutar obra a cambio de un salario bajo dependencia continuada y
dirección inmediata de la propia Administración Pública. Art 4 Ley del Servicio Civil

DEFINA QUE ES UN FUNCIONARIO PÚBLICO


Es la persona individual que ocupa un cargo o puesto, en virtud de elección popular o nombramiento
conforme a las leyes correspondientes, por el cual ejerce mandato, autoridad, competencia legal y
representación de carácter oficial de la dependencia o entidad estatal correspondiente.

QUE ES LA OFICINA NACIONAL DE SERVICIO CIVIL


Es la encargada de la aplicación de la Ley de Servicio Civil.

DEFINA QUE SON LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS


Son declaraciones de voluntad emitidas unilateralmente y en forma concreta por los órganos
centralizados y entidades administrativas del Estado que producen efectos jurídicos directos e
inmediatos en la Administración y los sujetos a quienes van dirigidos a partir de su publicación. Ejemplo
(resolución administrativa, acuerdo gubernativo, contrato administrativo)
CARACTERISTICAS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS
 Presunción de legitimidad
 Ejecutoriedad
 Irretroactividad
 Unilateralidad
 Revocabilidad
o A petición de parte
o De oficio

ELEMENTOS DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS


 De forma:
o Forma de la declaración: Constancia escrita del acto, lugar y fecha, órgano que emite el acto,
identificación del expediente, firma y sello de los responsables, constancia de notificación al
interesado.
o Forma del procedimiento:
Actos jurídicamente inexistentes: No tienen existencia jurídica, carecen de requisitos
esenciales
Actos anulables
Actos viciados de nulidad absoluta: El acto administrativo no cumplió con los elementos de
fondo que no pueden ser subsanados
Actos viciados de nulidad relativa: El acto administrativo adolece de elementos de forma y
que puede quedar perfeccionado si se subsana el error.
 De fondo:
o Sujeto y órgano competente
o Manifestación externa de la voluntad administrativa
o Objeto
o Capacidad
o Finalidad

MENCIONE CUALES SON LOS ACTOS REGULADOS


Son aquellos que se producen dentro de la administración mediante preceptos legales que contienen
reglas vigentes y específicas, que regulan la actividad de la administración en materia determinada.

MENCIONE CUALES SON LOS ACTOS DISCRECIONALES


Son aquellos que la ley deja a la administración un poder libre de apreciación para decidir si debe obrar
o abstenerse en una situación específica.

QUE ES UN HECHO ADMINISTRATIVO


Son acontecimientos de los cuales pueden o no producirse efectos jurídicos, pero en caso de producirse
efectos, estos son la voluntad expresa del órgano administrativo.

INACCIÓN ADMINISTRATIVA (SILENCIO ADMINISTRATIVO)


Cuando la Administración Pública está obligada a resolver y no lo resuelven, art. 28 CPRG, 30 días para
resolver, si no se resuelve se cae en el Silencio Administrativo.

EFECTOS DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO


Sustantivos: No responden la petición en los 30 días de ley (peticiones)
Adjetivos: Rechazado el recurso, sin lugar (recursos) art. 16 Ley de lo Contencioso Administrativo

SILENCIO ADMINISTRATIVO
Se da cuando el órgano administrativo dotado de competencia no resuelve las peticiones o las
impugnaciones de los administrados en el plazo establecido por la ley. Art 28CPRG0
_:
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
……………………………………………………………………………………………………………………………………………………………
…………………………………………………………………….Tres formas de resolver:
 Por medio de amparo: Para que resuelva favorable o desfavorablemente, siempre y cuando se haya
agotado la vía administrativa, es decir que no hayan resuelto en el tiempo establecido en ley. (Ej. A la
hora de pedir una licencia de construcción) y que se dé el silencio administrativo
 Por medio de un recurso administrativo: (no hacer nada porque conviene que no se resuelva rápido,
Ej. En una multa por una licencia ambiental de un restaurante),
 Vía judicial por medio de lo contencioso administrativo: (solo cuando se agotan las vías
administrativas, para que el superior conozca y obligue a resolver)

DEFINA QUE ES EL DERECHO PROCESAL ADMINISTRATIVO


Es la área de las ciencias jurídicas que estudia los principios y las normas que regulan los procesos
judiciales de jurisdicción privativa y procesos en materia administrativa (vía judicial).
 Proceso de lo Contencioso Administrativo
 El Proceso Económico Coactivo y
 El Juicio de Cuentas
COMO SE DIVIDE EL PROCESO ADMINISTRATIVO
 Vía Administrativa: Son todos aquellos recursos y medios de impugnación que se pueden plantear
contra las resoluciones y actos de la administración pública, estos medios de impugnación o recursos
se plantean ante los mismos órganos administrativos y estos mismos revisan y resuelven su propia
actuación.
 Vía Judicial: Cuando se ha agotado la vía administrativa y el particular agotó los recursos
administrativos y estos fueron adversos a sus intereses, acude a un órgano jurisdiccional que se le
denomina Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

QUE ES LA FUNCION ADMINISTRATIVA


Es la actividad emanada de un órgano administrativo con fines administrativos

PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


 Legalidad y Justicia: Es brindar protección al que pide y al que impugna, defender las normas
jurídicas, fiscalizar la organización, reducir los efectos de arbitrariedad, regularizar las actividades
administrativas y dar seguridad jurídica a las personas que hacen valer la ley y la justicia. Art. 28CPRG
 Seguimiento de oficio: La administración pública no debe de ser rogada dentro de sus
procedimientos, sino debe agilizar, desarrollar, dinamizar y vigilar los procedimientos finalicen sin
que para ello resulte un proceso civil. (Dar por finalizada la controversia)
 Informalidad: No debe sujetarse a formalismos, salvo en casos especiales donde sí se requiere de
algún tipo de formalismo en cuanto a requisitos
 Derecho de defensa: El administrador antes de dictar una decisión, resolución o acto administrativo,
debe dar la oportunidad al particular para que se defienda, principalmente si se trata de una sanción
por violación a las normas o reglamentos administrativos. Art. 12CPRG y 2 Dto. 119-96 Ley de lo
Contencioso Administrativo
 Imparcialidad: Obliga al funcionario y al administrado a basar sus actuaciones en la igualdad de
oportunidades sin tomar parte de uno u otro lado del conflicto.
 Sencillez, rapidez, economía y eficacia: Fácil y sin complicaciones, velocidad en los trámites que
pueden llevarse a cabo sin esperar el vencimiento de los términos, evitar pérdida de tiempo que
consecuentemente aumente costos y gastos y obtener resultados.
 Publicidad: Todo lo actuado dentro del procedimiento administrativo debe tener carácter público.
Art 30CPRG
REDACCION DE MEMORIALES---------------------------------------------------------------------------------------------------
A QUE LE LLAMAMOS ESCRITO INICIAL
Es la primera solicitud que se presenta a los Tribunales de Justicia.

MENCIONE LOS REQUISITOS FUNDAMENTALES DEL ESCRITO INICIAL


Fundamentado en el Art 61CPCYM
1. Designación del juez o Tribunal a quien se dirija.
2. Nombres y apellidos completos del solicitante o de la persona que lo represente, su edad, estado
civil, nacionalidad, profesión u oficio, domicilio e indicación del lugar para recibir notificaciones.
3. Relación de los hechos a que se refiere la petición.
4. Fundamento de derecho en que se apoya la solicitud, citando las leyes respectivas.
5. Nombres, apellidos y residencia de las personas de quienes se reclama un derecho; si se ignorare la
residencia se hará constar.
6. La petición, en términos precisos.
7. Lugar y fecha.
8. Firmas del solicitante y del abogado colegiado que lo patrocina, así como el sello de éste. Si el
solicitante no sabe o no puede firmar, lo hará por él otra persona o el abogado que lo auxilie

MENCIONE EL CONTENIDO DE LA DEMANDA


En la demanda se fijarán con claridad y precisión los hechos en que se funde, las pruebas que van a
rendirse, los fundamentos de derecho y la petición. Art 106CPCYM

MENCIONE LOS REQUISITOS ESENCIALES EN LOS MEMORIALES PARA LA INTERPOSICION DE RECURSOS


DE REVOCATORIA Y REPOSICION
Fundamentado en el Art. 11 Ley de lo Contencioso Administrativo
1. Autoridad a quien se dirige;
2. Nombre del recurrente y lugar en donde recibirá notificaciones
3. Identificación precisa de la resolución que impugna y fecha de la notificación de esta
4. Exposición de los motivos por los cuales se recurres;
5. Sentido de la resolución que según el recurrente deba emitirse, en sustitución de la impugnada
6. Lugar, fecha y firma del recurrente o su representante; si no sabe o no puede firmar imprimirá la
huella digital de su dedo pulgar derecho u otro que especificará.
------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DEFINA QUE ES EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


Son la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin.

MENCIONE LAS CARACTERISTICAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


Sencillez: El procedimiento no es complicado ni artificioso, que esta desprovisto de ostentosas
diligencias
Rapidez: Se maneja con celeridad y prontitud
Informalidad: Todos los errores, omisiones y deficiencias se podrán subsanar
Prevalencia del sistema de la prueba legal: El interesado puede presentar documentos como medio
probatorio a favor o en contra de la petición, siempre que estos se fundamenten en leyes y reglamentos.
Escrito sin descartar la oralidad: Todas las etapas del proceso serán escritos, en ocasiones es
conveniente combinar lo escrito y lo oral
Culmina con una resolución definitiva: Se culmina con la emisión de una resolución definitiva y no es
más que la forma de tomar una decisión.
La resolución se sujeta a impugnación: Tan pronto como se comunique la resolución por medio de
notificación, se puede impugnar por parte del interesado

DEFINA QUE ES EL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO


Es el conjunto de actas, documentos, peticiones, pruebas, etc. Ordenados en forma cronológica en que
se realizaron los hechos administrativos, peticiones, actuaciones, audiencias, presentación de pruebas
que pertenece a un mismo asunto y esta relacionado con una oficina pública.

COMO SE PUEDE INICIAR UN PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


De oficio
A petición de parte

CUALES SON LOS SUPUESTOS POR LOS CUALES SE PUEDE INICIAR UN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
 Iniciativa propia del órgano administrativo
 Consecuencia de orden superior
 Petición razonada de otro órgano
 Denuncia

COMO SURJE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO A INSTANCIA DE PARTE


Se da cuando la iniciativa surge de una persona interesada que solicita algo del órgano competente, lo
que pone en marcha el procedimiento administrativo para resolver las pretensiones deducidas. Art 1 Ley
de lo Contencioso Administrativo 1er párrafo

MENCIONE LOS PRINCIPIOS DE LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS


 Impulsarse de oficio
 Por escrito
 Derecho de defensa
 Celeridad
 Sencillez
 Eficacia del trámite

QUE OTRO NOMBRE RECIBEN LOS ESCRITOS DIRIGIDOS A LA ADMINSITRACION PUBLICA


Memoriales

COMO SE REALIZAN LAS PETICIONES EN LA ADMINISTRACION PUBLICA


Se realizan a través de formularios preimpresos con el propósito de facilitar al administrado y a la propia
administración el cumplimiento de los requisitos formales y de fondo de las peticiones.

EN DONDE SE ESTABLECEN LOS REQUISITOS PARA LA PRESENTACION DE MEMORIALES DIRIGIDOS A LA


ADMINISTRACION PUBLICA
Están establecidos en las leyes y reglamentos o bien las autoridades los establecen aplicando
supletoriamente los requisitos previstos en la ley civil para los escritos iniciales. Art 61CPCYM, 122
Código Tributario y 11 Ley de lo Contencioso Administrativo (establece los requisitos del memorial para
la interposición de recursos de revocatoria y reposición)

CUAL ES EL TRAMITE DE LOS MEMORIALES DIRIGIDOS A LA ADMON PUBLICA


Se tramitan por medio de providencia que contiene la orden de lo que se debe hacer o no hacer,
preparando el fundamento razonado de la resolución definitiva. Art 4 Ley de lo Contencioso
Administrativo

CUANDO SE DA LA INTERVENCION DE TERCEROS EN EL PROCEDIMIENTO ADMINSITRATIVO


Se da cuando la resolución administrativa que se emite a favor de una persona pueda afectar a otra u
otras y en ese caso debe dársele intervención y se les debe escuchar dentro del procedimiento y sin
estas audiencias los 3ros pueden impugnar una decisión, si no se les ha escuchado dentro del mismo.

QUE ES EL PERIODO DE PRUEBA EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO


Una vez formulada la solicitud por la persona solicitante e iniciado el procedimiento comienza la
colaboración material de los órganos encargados de la recepción de las pruebas y su incorporación
material al expediente, estas diligencias se pueden realizar antes de la resolución final, dentro del
procedimiento no siempre habrá pruebas por lo mismo es que es poco riguroso en cuanto a
formalismos.

COMO SE TOMAN LAS DECISIONES ADMINISTRATIVAS


Se toman por medio de resolución

MENCIONE LAS BASES LEGALES DE TODA DECISION ADMINISTRATIVA


 Competencia
 Declaración de voluntad
 Objeto
 Forma

CUAL ES LA RESOLUCION DE FONDO O RESOLUCION ORIGINARIA


Es la finalidad del procedimiento administrativo

MENCIONE LOS ELEMENTOS QUE DEBE CONTENER TODA RESOLUCION ADMINISTRATIVA


De forma y;
De fondo
Art 3 Ley de lo Contencioso Administrativo

QUE ES LA NOTIFICACION DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA


Es la condición o paso que da noticia o informa al interesado sobre la decisión tomada por el funcionario
y empleado público.

DEFINA QUE SON LOS RECURSOS ADMINISTRATIVOS


Es el medio legal de que dispone el particular afectado en sus intereses por un acto administrativo para
obtener en los términos legales de la autoridad administrativa una revisión del propio acto a fin de que
dicha autoridad lo modifique, lo revoque o anule en caso de comprobarse su ilegalidad.
 Son todos aquellos recursos que los particulares tienen para oponerse a las resoluciones de la
administración pública

QUE ES LA VIA ADMINISTRATIVA


Es el trámite y resolución del recurso administrativo dentro de la esfera de la administración pública y
por mandato legal hay que agotarla para poder optar por la vía judicial. Art 11 Ley de lo Contencioso
Administrativo y 19 de la LAEPYC

COMO PUEDE SOLICITARSE EL AMPARO DESPUES DE LA CONCLUSION DE LOS RECURSOS ORDINARIOS


Para solicitar amparo salvo en casos establecidos en esta ley deben previamente agotarse los recursos
ordinarios judiciales y administrativos por cuyo medio se ventilan adecuadamente los asuntos de
conformidad con el principio del debido proceso.

CUALES SON LAS FASES DEL PROCEDIMIENTO DE IMPUGNACION


 Que exista una resolución administrativa (debe estar legalmente notificada y que lesione intereses
del particular)
 La existencia legal de un recurso (que el particular pueda plantear en contra de la resolución que le
afecta)
 Plazo para plantearlo que exista plazo para poder plantearlo en un límite de tiempo)
 Órgano que resuelva (sea superior o quien haya emitido la resolución)
 El plazo para resolver el recurso (varía dependiendo del recurso, pero generalmente es de 30 días)
 Audiencias y dictámenes (cuando para resolver es necesario un dictamen obligatorio o facultativo)
 Falta de resolución (cuando se cae en silencio administrativo)

MENCIONE CUALES SON LOS RECUROS EN LA ADMINISTRACION CENTRALIZADA


Revocatoria y Reposición Arts. 7 y 8 Ley de lo Contencioso Administrativo

CUAL ES EL RECURSO DE REVOCATORIA


También llamado recurso jerárquico procede contra las resoluciones dictadas por la autoridad
administrativa que tenga superior jerárquico dentro del mismo órgano. Art 7 Ley de lo Contencioso
Administrativo. ejemplo (alcalde, viceministro o cualquier otra dirección inferior)

COMO SE INTERPONE EL RECURSO DE REVOCATORIA


 Se interpone por escrito ante la misma autoridad administrativa que emitió la resolución que lesiona
los intereses de los administrados
 Dicha autoridad eleva el expediente al superior jerárquico para que resuelva el recurso planteado

COMO SE DA EL SILENCIO ADMINISTRATIVO


Se da cuando vence el plazo de 30 días de recibido el expediente y la autoridad obligada a resolver no lo
hace. Art 16 Ley de lo Contencioso Administrativo

ESQUEMA DEL RECURSO DE REVOCATORIA

QUE EXCEPCIONES SE EXCEPTUAN EN EL RECURSO DE REVOCATORIA


Se exceptúa el que se derive de resoluciones emitidas por el MINTRAB Art 275CT
 Competencia exclusiva: Son asuntos de competencia exclusiva el de las autoridades del MINTRAB y
el Código de Trabajo crea y cualesquiera otras autoridades quedan obligadas a prestarles lo
cooperación y auxilio a aquellas les demanden. Art 275CT
 Las resoluciones del MINTRAB o sus dependencias dicten solo pueden ser impugnadas a través de
los recursos de
o Revocatoria: El cual debe interponerse por escrito ante la dependencia administrativa del
Ministerio mencionado, dentro del término de 48hrs de notificada la resolución, debiendo el
despacho respectivo elevar inmediatamente las actuaciones al MINTRAB y este debe
resolver dentro del improrrogable término de 8 días, revocando, confirmando o modificando
la resolución recorrida, el plazo se empieza a contar desde el día siguiente al que se reciban
las actuaciones
o Reposición: Si se trata de resoluciones originarias del MINTRAB, este recurso se sustanciará
y resolverá dentro de los mismos términos del recurso de revocatoria.
 Transcurrido el término de 8 días sin que el MINTRAB haya proferido su resolución,
se tendrá por agotada la vía gubernativa y por resueltos desfavorablemente los
recursos de revocatoria o de reposición según sea el caso

ESQUEMA TRAMITE DE REPOSICION

PLAZO PARA INTERPONER EL RECURSO DE REVOCATORIA


Se interpone dentro de los 5 días siguientes al de la notificación de la resolución en memorial dirigido al
órgano administrativo que le hubiere dictado.

QUE SUCEDE SI SE ADMITE EL RECURSO DE REVOCATORIA


La autoridad que dictó la resolución recurrida elevará las actuaciones al respectivo ministerio o al órgano
superior de la entidad, con informe circunstanciado. Art 8 Ley de lo Contencioso Administrativo

CUAL ES EL PLAZO PARA LA ADMISION DEL RECURSO DE REVOCATORIA


Se admite dentro de los 5 días siguientes a la interposición de este. Art 8 Ley de lo Contencioso
Administrativo

INDIQUE EL TRAMITE DE LAS AUDIENCIAS PARA LOS RECURSOS DE REVOCATORIA Y REPOSICION


 Se correrá audiencia a todas las personas que hayan manifestado interés en el expediente
administrativo y hayan señalado lugar para ser notificadas
 Al órgano asesor, técnico o legal que corresponda (esta audiencia se omite cuando la institución que
conoce el recurso carezca de tal órgano)
 La procuraduría General de la Nación

INDIQUE EL PLAZO EN QUE SE DESARROLLAN LAS AUDIENCIAS PARA LOS RECURSOS DE REVOCATORIA
Y REPOSICION
Se desarrollarán en cada caso de 5 días exclusivos para cada interesado
Interesados en el expediente administrativo 5 días solo para ellos
El órgano asesor, técnico o legal 5 días solo para estos
La PGN 5 días solo para esta
 Estos plazos son perentorios e improrrogables, causando responsabilidad para los funcionarios del
órgano administrativo asesor y de la PGN si no se evacuan en el plazo fijado. Art 13 Ley de lo
Contencioso Administrativo
QUE SON LAS DILIGENCIAS PARA MEJOR RESOLVER
Estas se dan cuando la autoridad que conozca del recurso tiene facultad para ordenar, antes de emitir la
resolución y después de haberse evacuado las audiencias o de transcurrido su plazo, la practica de las
diligencias que estime convenientes para mejor resolver el asunto.
 La autoridad que conozca del recurso tiene la facultad para ordenar la prácticas de estas diligencias
si las estimaré convenientes para mejor resolver antes de emitir resolución y después de haberse
evacuado las audiencias o de transcurrido su plazo. Art 14 Ley de lo Contencioso Administrativo.

CUAL ES EL PLAZO LAS DILIGENCIAS PARA MEJOR RESOLVER


Se fija un plazo de 10 días

CUAL ES EL PLAZO PARA LA RESOLUCION DE FONDO DE LOS RECURSOS


Dentro de 15 días de finalizado el trámite, se dictará la resolución final. Art 15 Ley de lo Contencioso
Administrativo.

TRAMITE DEL RECURSO DE REVOCATORIA SEGÚN EL CODIGO TRIBUTARIO


 Interposición:
o El contribuyente, el responsable o el RL ante quien dictó la resolución lo hace por escrito en un
plazo de 10 días.
o El funcionario ante quien se interponga se limitará a conocer o denegar el trámite, si lo concede
no podrá seguir conociendo del expediente y se concretará a elevar las actuaciones al MINFIN,
dentro del plazo de 5 días hábiles, si lo deniega, deberá razonar el rechazo.
 Dictamen:
o El MINFIN, al recibir las actuaciones que motivaron el recurso de revocatoria o después de la
presentación del recurso de reposición, recabará dictamen de la UNIDAD DE DICTAMENES EN
RECURSOS ADMINSITRATIVOS de la DIRECCION SUPERIOR DEL MINISTERIO o dependencia a la
que este acuerde asignar las correspondientes atribuciones técnicas si lo estima necesario
o Plazo 15 días
 Audiencia:
o Se corre audiencia a la PGN en un plazo de 15 días

 Diligencias para mejor resolver: Plazo de 15 días


 Resolución:
o El MINFIN resolverá confirmando, modificando, revocando o anulando la resolución recurrida,
plazo 30 días.
o La resolución por parte del MINFIN deberá de ocurrir dentro de los 75 días hábiles siguientes a
la fecha que se presentó el recurso.
o Si acuerda diligencias para mejor resolver este plazo se ampliará conforme lo que establece el
Art. 144 del Código de Comercio.
o En caso de no resolver se impondrá sanción correspondiente al funcionario o empleado
público responsable de conformidad con los Arts. 74 y 76 de la Ley de Servicio Civil
 1ra vez con suspensión de trabajo sin goce de sueldo por 15 días
 2da vez con suspensión de trabajo sin goce de sueldo por 30 días
 3ra vez con destitución justificada de su puesto

TRAMITE DEL RECURSO DE REVOCATORIA SEGÚN EL CODIGO DE TRABAJO


 Interposición: 48hrs por escrito
 Resolución: El MINTRAB, resolverá confirmando, modificando, revocando o anulando la resolución
recurrida en un plazo de 8 días, transcurrido este término de 8 días sin que el Ministerio haya
proferido resolución, tendrá por agotada la vía gubernativa y por resueltos desfavorablemente los
recursos de revocatoria y reposición, según sea el caso

RECURSOS SEGÚN LA LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLITICOS (FUERA DEL PROCESO ELECTORAL)
 Caben los recursos de aclaración y ampliación cuando los términos de una resolución sean obscuros,
ambiguos o contradictorios, podrá pedirse que se aclaren, si hubiere omitido resolver alguno de los
puntos sobre los que versare el asunto, podrá solicitarse la ampliación. Art 187 Ley Electoral y de
Partidos Políticos
 Solicitud: Deberá presentarse dentro de las 48hrs de notificada la resolución y deberá ser resuelta
dentro de los 3 días siguientes a su presentación
QUE RECURSO SE PUEDE INTERPONER CONTRA LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS DICTADAS POR
DEPENDENCIAS DEL REGISTRO DE CIUDADANOS O LAS DELEGACIONES DE ESTE
 Interposición: Se podrá interponer el recurso de revocatoria, por escrito ante el propio funcionario
que dictó la resolución impugnada y dentro de los 3 días siguientes a la de la última notificación
 Trámite:
o Si el recurso fue interpuesto ante un funcionario que dictó la resolución, este deberá
elevarlo al Director del Registro de Ciudadanos en un plazo de 48hrs.
o Si el recurso fue interpuesto directamente al Director del Registro de Ciudadanos, este
deberá ordenar al funcionario que dictó la resolución que eleve los antecedentes e informe
en un plazo de 48hrs.
 Resolución: Deberá resolverse en un plazo no mayor de 5 días y ser notificado a más tardar 2 días
después de la fecha de resolución.

QUE RECURSO CABE CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS QUE EMITA EL DIRECTOR GENERAL
DEL REGISTRO DE CIUDADANOS
 Interposición: Procede el recurso de apelación. Art 190 Ley Electoral y de Partidos Políticos
 Plazo: Término de 3 días contados desde la última notificación
 Tramite:
o Interpuesto el recurso, con la notificación a los interesados, el expediente y un informe
circunstanciado se elevarán al TSE en un plazo de 3 días
o El TSE dará audiencia a los interesados por el plazo de 3 días y con su contestación o sin ella, en el
plazo de 8 días será dictada la resolución correspondiente, también recibirá las pruebas que le
ofrezcan y podrá solicitar los informes que estime pertinentes.
o Se abrirá a prueba el expediente únicamente a solicitud de parto o si el TSE lo estima pertinente
en un plazo de 5 días.
 Recurso de Nulidad: Contra todo acto y resolución del proceso electoral
o Interposición: Se debe interponer dentro de los 3 días hábiles siguientes a la última notificación
ante la autoridad que la haya motivado y será resuelto por el TSE
o Resolución: Dentro del plazo de 3 días luego de ser recibido
o Plazo Notificaciones: Las notificaciones de las resoluciones que se dicten deberán realizarse en el
plazo de 2 días
o Competencia: El TSE es el órgano competente para conocer y resolver los recursos de Nulidad, la
CSJ es el órgano competente para conocer y resolver el Amparo. Art 249 Ley Electoral
QUE RECURSO CABE EN LA LEY DE BANCOS Y GRUPOS FINANCIEROS
 Apelación: Las resoluciones del Superintendente de Bancos con relación a sus funciones de
vigilancia e inspección serán obligatorias, pero admitirán este recurso ante la Junta Monetaria. Art
104 Ley de Bancos
 Interposición: Plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de notificación de la resolución que
se trate, deberá presentarse por escrito ante la SIB, quien elevará dentro de los 5 días siguientes a su
recepción a la JM
o Las resoluciones del Superintendente de Bancos con relación a sus funciones de vigilancia e
inspección serán obligatorias, pero admitirán recurso de apelación ante la JM
o Se interpondrá dentro del plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de la
notificación de la resolución de que se trate y deberá presentarse por escrito ante la SIB,
quien lo elevará dentro de los 5 días siguientes a su recepción a la JM
 Resolución: La JM resolverá el recurso dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en que lo
haya recibido

QUE RECURSOS NO SON APELABLES EN LA LEY DE BANCOS Y GRUPOS FINANCIEROS


 Las resoluciones de la SIB que cuenten con la aprobación de la JM de acuerdo con la ley
 Ni las que la SIB emita para ejecutar resoluciones de la propia JM sobre casos específicos que
involucren a la entidad de que se trate.
 La interposición del recurso de Apelación no tiene efectos suspensivos por lo que la resolución
apelada es de cumplimiento inmediato y obligatorio, excepto lo dispuesto en el Art 100 de la Ley de
Bancos

QUE RECURSO CABE CONTRA LOS RESULTADOS DE EVALUACION O PROMOCION QUE SEAN
NOTIFICADOS AL PERSONAL ACADEMICO DE LA LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS
DE GUATEMALA
Cabe el recurso de Apelación ante la Junta Universitaria de Personal Académico, POR MEDIO DE LA
División de Administración de Personal de la USAC
Plazo interposición: 3 días contados a partir del día siguiente a aquel que el interesado haya sido
notificado por el órgano de dirección o autoridad nominadora y será por escrito. (hasta acá diapositiva 9)

DEFINA QUE ES EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Implica recurrir a los órganos jurisdiccionales a dirimir las controversias a través de una pretensión
procesal de este conflicto que surge entre la administración pública y los particulares, derivado de la
actividad jurídico-administrativa, de derecho administrativo y que surgen con ocasión de la función
administrativa.
 Es un medio de control privativo que los particulares tienen una vez agotada la vía administrativa
para oponerse a los actos de la administración pública cuando las resoluciones ya causaron estado,
es decir que se agotó la vía administrativa.

CLASES DE JURISDICCIONES ADMINISTRATIVAS EN EL CONTENCIOSO ADMINSTRATIVO


Jurisdicción administrativa
Juicio de cuentas
Económico Coactivo

MENCIONE LAS SALAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Art 58 Ley de lo Contencioso Administrativo establece los siguientes órganos:
 Tribunal de lo Contencioso Administrativo: Su función es controlar la juridicidad de la
administración pública y tiene atribuciones para conocer en caso de contienda por actos o
resoluciones de la administración y de las entidades descentralizadas y autónomas del Estado, así
como en casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas.
o Para recurrir a este Tribunal no es necesario ningún pago o caución previa, sin embargo
la ley podrá establecer determinadas situaciones en las que el recurrente tenga que
pagar intereses a la tasa corriente sobre los impuestos que haya discutido o impugnado
y cuyo pago al Fisco se demoró en virtud del recurso.
o Se puede interponer el recurso de casación

MENCIONE LAS 6 SALAS EXISTENTES DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


1ª, 5ª y 6ª Administrativo General
2ª, 3ª y 4ª Administrativo Tributario

MENCIONE EL FUNDAMENTO LEGAL DEL PROCESO ADMINISTRATIVO


Arts. 18 al 48 de la Ley de lo Contencioso Administrativo

INDIQUE LAS CARACTERISTICAS DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


 No se trata de un recurso sino de un verdadero proceso de conocimiento
 Es un proceso que se conoce y resuelve dentro de un órgano jurisdiccional
 Su competencia esta dirigida a conocer las controversias que surgen de las relaciones que se dan
entre la administración pública y los particulares
 Lo conoce un tribunal, el de lo Contencioso Administrativo

CUAL ES LA PROCEDENCIA DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


 Procederá en caso de contienda por actos y resoluciones de la administración y de las entidades
descentralizadas autónomas del Estado
 En casos de controversias derivadas de contratos y concesiones administrativas
Art 19 Ley de lo Contencioso Administrativo

MENCIONE LAS CARACTERISTICAS DE LA RESOLUCION ADMINISTRATIVA


 Que haya causado estado
 Que vulnere un derecho del demandante reconocido por una ley, reglamento o resolución anterior.
Art 20 Ley de lo Contencioso Administrativo

INDIQUE LA IMPROCEDENCIA DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Art 21 Ley de lo Contencioso Administrativo
 En asuntos referentes al orden político, militar o de defensa
 Asuntos referentes a disposiciones de carácter general sobre salud e higiene públicas
 Asuntos que sean competencia de otros tribunales
 Asuntos originados por denegatorias de concesiones de toda especie, salvo lo dispuesto en contrario
por leyes especiales
 Asuntos en que una ley excluya la posibilidad de ser planteados en las vías contencioso
administrativa
MENCIONE LOS REQUISISTOS FORMALES DE LA DEMANDA EN LO CONTENCIOSO ADMNISITRATIVO
Art 28 Ley de lo Contencioso Administrativo
1. Designación de la Sala de Tribunal de lo Contencioso Administrativo a cual se dirige
2. Nombre del demandante o representante indicando el lugar donde recibirá notificaciones y abogado
3. Si es representante de un 3ro, la designación de esta y la identificación del titulo de representación
4. Indicación precisa del órgano administrativo a quien se demanda y lugar donde puede ser notificado
5. Identificación del expediente administrativo o resolución
6. Ofrecimiento de los medios de prueba que rendirá
7. Peticiones de trámite y de fondo
8. Lugar y fecha
9. Firma del demandante
10. Firma y sello del abogado director

CUAL ES EL PLAZO PARA EL EMPLAZAMIENTO DE LA DEMANDA


Plazo de 5 días hábiles siguientes a la presentación de la misma, si esta contiene los requisitos de forma
el tribunal pedirá los antecedentes directamente al órgano administrativo correspondiente. Art 32

PLAZO PARA LA RESOLUCION DE LA DEMANDA SI ES ADMITIDA PARA SU TRAMITE


Plazo de 3 días siguientes a aquel en que se hayan recibido los antecedentes o en que haya vencido el
plazo para su envío. Art 33

PUEDE EL ACTOR SOLICITAR PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS


Si puede Art 34 Ley de lo Contencioso Administrativo

A QUIENES SE EMPLAZA EN LA DEMANDA DEL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Órgano administrativo o institución descentralizada demandado
PGN
Personas que aparezcan con interés en el expediente
Cuando se refiera al control y fiscalización de la hacienda pública CGC
Por un plazo común de 15 días. Art 35 Ley de lo Contencioso Administrativo

QUE EXCEPCIONES SE PUEDEN INTERPONER E INDIQUE EL PLAZO


Excepciones previas dentro del 5to día del emplazamiento Art 36 Ley de lo Contencioso Administrativo
 Incompetencia
 Litispendencia
 Demanda defectuosa
 Falta de capacidad legal
 Falta de personalidad
 Falta de personería
 Caducidad
 Prescripción
 Cosa juzgada
 Transacción

COMO SE TRAMITARÁN LAS EXCEPCIONES PREVIAS


Se tramitarán en incidente (Art 135LOJ) que se substanciará en la misma pieza del proceso principal

PLAZO PARA CONTESTAR LA DEMANDA DECLARADAS SIN LUGAR LAS EXCEPCIONES PREVIAS
5 días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el incidente. Art 36

QUE SUCEDE SI TRANSCURRIDO EL EMPLAZAMIENTO NO SE CONTESTA LA DEMANDA


Se declarará la rebeldía de los emplazados y se tendrá por contestada en sentido negativo Art 37

DE QUE MANERA SE PUEDE CONTESTAR LA DEMANDA


En sentido negativo y positivamente, si todos los emplazados se allanaren se procederá a dictar
sentencia Art 38
COMO SE INTERPONDRAN LAS EXCEPCIONES PERENTORIAS
Deberán interponerse en el memorial de contestación negativa de la demanda y se resolverán en
sentencia. Art 39 LCA

SE PUEDE PLANTEAR LA RECONVENCION EN LA DEMANDA DEL PROCESO CONTENCIOSO


ADMINISTRATIVO
Si se puede plantear. Art 40 LCA

EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CUAL ES EL PLAZO PARA EL PERIODO DE PRUEBA


 30 días, la Ley de lo Contencioso Administrativo no enumera medios de prueba por lo cual se acude
al CPCYM Art 128.
 En lo Contencioso Administrativo las pruebas se aprecian de acuerdo con las reglas de la sana crítica,
excepto la confesión y los documentos autorizados por notario y por funcionario en ejercicio de su
cargo, los que hacen plena prueba y se valoran por el sistema de prueba legal o tasada Art 127, 139 y
186CPCYM.
 Si se trata de cuestión de puro derecho y cuando a juicio del tribunal existen suficientes medios de
convicción, se omitirá la apertura a prueba y la resolución que la omita será debidamente motivada.
Art 41 y 42 LCA

PLAZO PARA LA VISTA Y AUTO PARA MEJOR FALLAR


Vencido el período de prueba se señala día y hora para la vista, transcurrida la vista, si el tribunal lo
estima conveniente dictará auto para mejor fallar por un plazo que no exceda los 10 días Art 43 y 44 LCA

COMO SE EMITE SENTENCIA EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


Después de la vista, el tribunal dicta sentencia, examinando en su totalidad la juridicidad del acto o
resolución cuestionada, revocando, confirmando o modificando esta. Art 45 LCA

COMO SE DE LA EJECUCION EN EL PROCESO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


 Firme la resolución que puso fin al proceso se devolverá el expediente al órgano administrativo con
certificación de lo resuelto, la sentencia señalará un plazo prudencial al órgano administrativo que
corresponda para que ejecute lo resuelto.
 La sentencia es ejecutable en vía de apremio ante los tribunales competentes del ramo civil o ante la
competencia económico-coactiva, según sea el caso.
Art 47 y 48LCA

CONTRA QUE SE INTERPONE EL RECURSO DE CASACION


Contra las sentencias y autos definitivos
Plazo de 15 días hábiles a partir de la notificación de la sentencia o auto impugnado el cual puede
proceder por motivos de fondo y de forma. Art 619 al 635CPCYM

DEFINA QUE ES LE JUICIO DE CUENTAS


Tiene por objeto establecer de manera definitiva si el patrimonio nacional o de las instituciones,
entidades o empresas sujetas a fiscalización han sufrido pérdidas en el manejo de su hacienda, la
restitución o pago correspondiente en caso de responsabilidad y la imposición de sanciones de acuerdo
con la ley es del funcionario responsable del manejo de los fondos. Art 70 Ley de Tribunal de Cuentas

COMO SE INICIA EL JUICIO DE CUENTAS


Enviando al tribunal los expedientes de los reparos no desvanecidos de las personas que manejen fondos
públicos del Estado.

SE PUEDE APELAR LA SENTENCIA EN EL JUICIO DE CUENTAS


Si puede ser apelada ante las Salas de Cuentas cuando las partes no estén conformes con la sentencia
emitida. Regulado en la Ley de Tribunal de Cuentas Dto. No 1126 29/11/1956

ORGANOS COMPETENTES PARA CONOCER EL JUICIO DE CUENTAS


 Juzgado de 1ra Instancia de Cuentas
 Tribunal de 2da Instancia de Cuentas y Conflictos de Jurisdicción

QUE SON LAS AUDITORIAS DE LA CGC


Son informes que constituyen el resultado final del trabajo del auditor gubernamental, mediante el cual
se dan a conocer por escrito las incidencias y acciones correctivas de cada auditoría en el tiempo
estipulado en el nombramiento de acuerdo con la naturaleza de estas. Art 62 reglamento de la Ley
Orgánica de la CGC

QUE DEBE OBSERVARSE PARA APLICAR ESTOS INFIRMES DE LOS EXÁMENES DE AUDITORÍA
PRACTICADOS
 Aplicarse la ley
 Las normas de auditoria gubernamental
 Técnicas, procedimientos y leyes pertinentes

MENCIONE LOS CRITERIOS PARA LA IMPOSICIÓN Y DISMINUCION DE SANCIONES DE LAS AUDITORIAS


 Criterios para la imposición:
o Gravedad de la infracción
o Naturaleza de los perjuicios o del daño causado
o Indicios de intencionalidad
o Grado de negligencia
o Reincidencia o reiteración de la infracción
o Antecedentes del infractor dentro de los registros de la CGC
o Situación general del auditado
 Criterio de disminución:
o Acreditación o comprobación documental de la capacidad económica del infractor
o Aceptación por escrito de la infracción y sanción pecuniaria impuesta
o Comprobación documental de las acciones realizadas para atender recomendaciones
o Argumentación justificativa y documentada por parte del infractor que motiva la solicitud de
rebaja

EN EL JUICIO DE CUENTAS Y PROCEDIMIENTOS ECONOMICO COACTIVOS NECESITAN LOS


DEMANDADOS DE AUXILIO DE ABOGADO
No necesitan y no están obligados a citar leyes, deberá tramitarse por escrito, si hubiere necesidad de
una gestión verbal urgente para el caso se levantará acta de la diligencia en las propias actuaciones. Art
103

COMO SERAN PROMOVIDOS LOS JUICIOS DE CUENTAS


De oficio por los mismos jueces que conozcan de ellos, por consiguiente, no puede alegarse abandono

PROCEDIMIENTO EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


CGC remite expediente al Tribunal de Cuentas
CGC al remitir los expedientes dictará la providencia correspondiente con las observaciones del caso
CGC es parte del proceso Art 56 y 58 Ley de Tribunal de Cuentas

TERMINO PARA LAS AUDIENCIAS EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


Por el termino de 15 días
Recibidos los autos, el juez de 1er grado dará audiencia a los interesados por el termino de 15 días
entregándoles copia literal del pliego de reparos no desvanecidos. Art 71

TERMINO PARA DICTAR SENTENCIA EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


Vencido el termino de 15 días si los demandados no manifiestan nada en su defensa, el juez dictara
sentencia a menos que estime necesaria la apertura del juicio a prueba. Art 72

TERMINO PARA ABRIR EL JUICIO A PRUEBA POR PARTE DE LOS INTERESADOS


El juez decretará por un término de 15 días, este será de 60 días cuando los medios de prueba hayan de
obtenerse fuera de la República. Art 73 Decreto 1126 Ley de Tribunal de Cuentas

TERMINO PARA DICTAR SENTENCIA DE LOS JUICIOS DE CUENTAS


Vencido el término probatorio el juez dictará sentencia dentro de los 8 días siguientes, la sentencia
deberá condenar o absolver a los enjuiciados. Art 74 Dto 1126

MENCIONE EL OBJETO DE LAS SENTENCIAS EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


Las sentencias de 1ra instancia que se dicten deberán declarar si se aprueban los reparos que contiene el
expediente formulado por la CGC o si por el contrario, se consideran desvanecidos o infundados. Art 77

SENTENCIAS ABSOLUTORIAS EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


Deberán mandarse que se extienda al interesado el finiquito correspondiente por el período y cargo que
comprenda el expediente fallado y este deberá extenderse dentro de los 3 días siguientes a la fecha en
que la sentencia quedó firme. Art 81

OBJETO DE LAS SENTENCIAS DE 2DA INSTANCIA LOS JUICIOS DE CUENTAS


Tendrán por objeto confirmar, modificar, revocar o anular el falo de 1ra Instancia. Art 79

QUE RECURSOS PROCEDEN EN LOS JUICIOS DE CUENTAS


 Revocatoria
 Revisión: Procede contra las sentencias ejecutoriadas dictadas en los juicios de cuentas aun
cuando respecto a ellas se hubiere interpuesto recurso de casación, no procederá contra las
sentencias cuyo monto no exceda de Q50, podrá interponerse en cualquier tiempo mientras no se
haya consumado la prescripción
o Procede únicamente en los siguientes casos:
 Cuando haya habido error de cálculo
 Cuando el interesado obtenga nuevos documentos que de manera evidente y legitima
desvirtúen los reparos
 Cuando se descubra con posterioridad a la sentencia que se trata de revisar que esta se
fundó en documentos falsos
 Cuando 2 o más personas hayan sido condenadas en virtud de sentencias contradictorias por
un mismo reparo
 Cuando por el examen de otra cuenta se descubra en la que haya sido objeto de decisión
definitiva omisión de cargo doble data o falsas aplicaciones de los fondos
 Aclaración
 Ampliación
 Apelación: Podrá interponerse dentro del término de 3 días contados desde la fecha de la última
notificación de las partes. Art 101
 Recursos de queja y de hecho: Se interpondrán contra los jueces de 1er grado y también procede
el recurso de casación contra los fallos de 2da Instancia cuando el sujeto no sea funcionario o
empleado público. Art 97

DEFINA QUE ES EL JUICIO ECONOMICO COACTIVO


Tiene como fin exclusivo conocer en los procedimientos para obtener el pago de los adeudos a favor del
fisco, municipalidades, entidades autónomas y descentralizadas. Art 45 Dto. 1126 Ley del Tribunal de
Cuentas
Adeudo que un particular tiene al Estado o sus entidades

CUAL ES LA NATURALEZA JURIDICA DEL PROCEDIMIENTO ECONOMICO COACTIVO


Es una ejecución especial donde el Estado a través de sus órganos administrativos persigue el
cumplimiento de una obligación del particular.

REQUISITO INDISPENSABLE PARA QUE PROCEDA EL ECONOMICO COACTIVO EN GUATEMALA


Debe de existir un Título Ejecutivo. Art 83 Dto. 1126 Ley de Tribunal de Cuentas

MENCIONE ALGUNOS TITULOS EJECUTIVOS PARA LA PROCEDENCIA DEL ECONOMICO COACTIVO


 Certificación que contenga sentencia firme dictada en juicio de cuentas
 Certificación que contenga sentencia firme con motivo de aplicación de la Ley de Probidad
 Certificación o actuaciones que contengan el derecho definitivo establecido y el adeudo líquido y
exigible.
 Certificación que contenga liquidación definitiva practicada por la autoridad competente, en caso de
falta de pago total o parcial de impuestos, tasas, arbitrios, cuotas o contribuciones.
 Testimonio de Escritura Pública en que conste la obligación que debe hacerse efectiva
Art 83 Dto. 1126 Ley de Tribunal de Cuentas

TITULOS EJECUTIVOS REGULADOS EN EL CODIGO TRIBUTARIO


Art 172 Código Tributario
Certificación o copia legalizada administrativamente del fallo o resolución que determine el tributo,
intereses, recargos, multas y adeudos con carácter definitivo.
Contrato o convenio en que conste la obligación tributaria
Certificación de reconocimiento de la obligación tributaria hecho por el contribuyente o responsable
ante la autoridad competente
Póliza que contenga fianza en la que se garantice el pago de adeudos tributarios o derechos arancelarios
MENCIONE LOS REQUISITOS DEL TITULO EJECUTIVO ADMINISTRATIVO
Art 173 Código Tributario
Lugar y fecha de la emisión
Nombres y apellidos completos del obligado, razón social o denominación del deudor tributario y NIT
Importe del crédito líquido, exigible y de plazo vencido
Domicilio fiscal
Indicación precisa del concepto del crédito con especificación
Nombres y apellidos y firma del funcionario que emitió el documento y la indicación del cargo
Sello de la oficina administrativa

REQUISITOS PARA EL PLANTEAMIENTO DE LA DEMANDA PARA EL ECONOMICO COACTIVO


 No existe regulación en ninguna ley sobre los requisitos de la demanda sin embargo al hacerse una
aplicación supletoria, se deben reunir los requisitos del Art 61 y 62 CPCYM
 Planteada la demanda junto con el título ejecutivo, el juez calificará el titulo y con base en el mismo
mandará a requerir el pago al obligado y si este no cancela en el acto el requerimiento se trabará
embargo sobre bienes suficientes que cubran el valor de lo demandado Art 84 Dto. 1126 Ley de
Tribunal de Cuentas y 174 del Código Tributario

PLAZO PARA RESOLVER SEGÚN EL CODIGO TRIBUTARIO


El juez deberá resolver dentro de las 48hrs siguientes a la recepción, si considera procedentes las
medidas precautorias para el pago efectivo de la obligación procederá a la elaboración del oficio de
embargo librando el mismo por vía electrónica, remitiendo el oficio por internet para que el efecto
proporcionen los bancos del sistema o en su defecto por escrito remitiendo los oficio por los medios más
expeditos. Art 174 B Código Tributario

QUE EXCEPCIONES SE PUEDEN PLANTEAR EN EL PROCESO ECONOMICO COACTIVO


 Se pueden plantear las excepciones que el demandado considere necesarias
 En el Dto. 1126 Ley de Tribunal de cuentas será el plazo de 3 días
 En el Código Tributario el plazo será de 5 días

PLAZO PARA LA AUDIENCIA DEL DEMANDADO


 En el Dto. 1126 Ley de Tribunal de cuentas será el plazo de 6 días Art 86
 En el Código Tributario el plazo será de 10 días Art 176

QUE SUCEDE SI EL COMPARECIENTE NO LLEGA A LA AUDIENCIA


Si el ejecutado no compareciere a deducir o interponer excepciones, el juez dictará sentencia en la que
declarará según proceda, si ha lugar o no a la ejecución y ordenará el remate de bienes o el pago en su
caso Art 175 Código Tributario

SE PUEDE OPONER EL EJECUTADO


Sí, deberá razonar su oposición y si fuere necesario, ofrecer la prueba pertinente, sin estos requisitos el
juez no dará trámite a la oposición, si tuviere excepciones que interponer deberá deducirlas todas en el
escrito de oposición y el juez oirá por 5 días hábiles a la Administración Tributaria, con o sin contestación
de esta mandará a recibir las pruebas por el plazo de 10 días hábiles a ambas partes.

PERIODO DE PRUEBA PARA EL PROCESO ECONOMICO COACTIVO


 En el Dto. 1126 Ley de Tribunal de cuentas será el plazo de 6 días Art 86, vencido este término
resolverá sin necesidad de señalar día para la vista
 En el Código Tributario el plazo será de 10 días Art 176 para ambas partes

SENTENCIA EN EL PROCESO ECONOMICO COACTIVO


 En el Dto. 1126 Ley de Tribunal de cuentas será el plazo de 6 días Art 86
 En el Código Tributario Art 178 establece que vencido el plazo para oponerse o el de prueba el juez
se pronunciará sobre la oposición y las excepciones deducidas.
 Las sentencias declararán haber lugar o no hacer trance, remate y pago con los bienes embargados y
señalará si procediere, día y hora para la diligencia o el depósito del dinero si éste fuere el bien
embargado o si se hiciera efectiva la fianza.

QUE RECURSOS SE PUEDEN INTERPONER EN EL PROCEDIMIENTO ECONOMICO COACTIVO


Apelación
Aclaración
Ampliación
En cuanto a casación la CPRG en su Art. 220 que es inadmisible en los procedimientos económicos
coactivos

ROCKSANDA KARIM VIRGINIA ESCOBAR MENDIZÁBAL

También podría gustarte