Derecho Administrativo
Derecho Administrativo
Derecho Administrativo
Es el proceso social de planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar un grupo humano particular
para lograr un propósito determinado.
Es el conjunto de órganos administrativos que desarrollan una actividad para el logro del bienestar
general a través de servicios públicos, regulada en su estructura y funcionamiento por el Derecho
Administrativo.
SOBERANIA: Poder del pueblo por medio de nuestros representantes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, los
3 al mismo nivel. Art 141CPRG
La soberanía en los Estados denota el derecho legal inalienable, exclusivo y supremo de ejercer poder
dentro del área de su poder.
DEFINICIÓN DE PRESIDENCIA: jefe del estado de Guatemala y ejerce las funciones por mandato del
pueblo artículo 182 CPRG 183
VICEPRESIDENTE: Sustituye al presidente, funciones según los artículos 190,191 CPRG.
MINISTROS DE ESTADO: Despachos de los negocios del organismo ejecutivo. Artículo 193, y 194 CPRG.
DEFINICION DE MUNICIPIO
Es la unidad básica de la organización territorial del Estado y espacio inmediato de participación
ciudadana en los asuntos públicos. Art 2 Código Municipal.
mantiene un orden
entre los poderes del Estado,
balanceando los poderes entre
los mismos, logrand
Mantiene un orden entre los 3 poderes del Estado, balanceando los poderes entre los mismos logrando
así que entre ellos no exista subordinación, el objetivo es que cada poder controle o moderen las
acciones de otro poder del Estado.
SILENCIO ADMINISTRATIVO
Se da cuando el órgano administrativo dotado de competencia no resuelve las peticiones o las
impugnaciones de los administrados en el plazo establecido por la ley. Art 28CPRG0
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…………………………………………………………………….Tres formas de resolver:
Por medio de amparo: Para que resuelva favorable o desfavorablemente, siempre y cuando se haya
agotado la vía administrativa, es decir que no hayan resuelto en el tiempo establecido en ley. (Ej. A la
hora de pedir una licencia de construcción) y que se dé el silencio administrativo
Por medio de un recurso administrativo: (no hacer nada porque conviene que no se resuelva rápido,
Ej. En una multa por una licencia ambiental de un restaurante),
Vía judicial por medio de lo contencioso administrativo: (solo cuando se agotan las vías
administrativas, para que el superior conozca y obligue a resolver)
CUALES SON LOS SUPUESTOS POR LOS CUALES SE PUEDE INICIAR UN PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
Iniciativa propia del órgano administrativo
Consecuencia de orden superior
Petición razonada de otro órgano
Denuncia
INDIQUE EL PLAZO EN QUE SE DESARROLLAN LAS AUDIENCIAS PARA LOS RECURSOS DE REVOCATORIA
Y REPOSICION
Se desarrollarán en cada caso de 5 días exclusivos para cada interesado
Interesados en el expediente administrativo 5 días solo para ellos
El órgano asesor, técnico o legal 5 días solo para estos
La PGN 5 días solo para esta
Estos plazos son perentorios e improrrogables, causando responsabilidad para los funcionarios del
órgano administrativo asesor y de la PGN si no se evacuan en el plazo fijado. Art 13 Ley de lo
Contencioso Administrativo
QUE SON LAS DILIGENCIAS PARA MEJOR RESOLVER
Estas se dan cuando la autoridad que conozca del recurso tiene facultad para ordenar, antes de emitir la
resolución y después de haberse evacuado las audiencias o de transcurrido su plazo, la practica de las
diligencias que estime convenientes para mejor resolver el asunto.
La autoridad que conozca del recurso tiene la facultad para ordenar la prácticas de estas diligencias
si las estimaré convenientes para mejor resolver antes de emitir resolución y después de haberse
evacuado las audiencias o de transcurrido su plazo. Art 14 Ley de lo Contencioso Administrativo.
RECURSOS SEGÚN LA LEY ELECTORAL Y DE PARTIDOS POLITICOS (FUERA DEL PROCESO ELECTORAL)
Caben los recursos de aclaración y ampliación cuando los términos de una resolución sean obscuros,
ambiguos o contradictorios, podrá pedirse que se aclaren, si hubiere omitido resolver alguno de los
puntos sobre los que versare el asunto, podrá solicitarse la ampliación. Art 187 Ley Electoral y de
Partidos Políticos
Solicitud: Deberá presentarse dentro de las 48hrs de notificada la resolución y deberá ser resuelta
dentro de los 3 días siguientes a su presentación
QUE RECURSO SE PUEDE INTERPONER CONTRA LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS DICTADAS POR
DEPENDENCIAS DEL REGISTRO DE CIUDADANOS O LAS DELEGACIONES DE ESTE
Interposición: Se podrá interponer el recurso de revocatoria, por escrito ante el propio funcionario
que dictó la resolución impugnada y dentro de los 3 días siguientes a la de la última notificación
Trámite:
o Si el recurso fue interpuesto ante un funcionario que dictó la resolución, este deberá
elevarlo al Director del Registro de Ciudadanos en un plazo de 48hrs.
o Si el recurso fue interpuesto directamente al Director del Registro de Ciudadanos, este
deberá ordenar al funcionario que dictó la resolución que eleve los antecedentes e informe
en un plazo de 48hrs.
Resolución: Deberá resolverse en un plazo no mayor de 5 días y ser notificado a más tardar 2 días
después de la fecha de resolución.
QUE RECURSO CABE CONTRA DE LAS RESOLUCIONES DEFINITIVAS QUE EMITA EL DIRECTOR GENERAL
DEL REGISTRO DE CIUDADANOS
Interposición: Procede el recurso de apelación. Art 190 Ley Electoral y de Partidos Políticos
Plazo: Término de 3 días contados desde la última notificación
Tramite:
o Interpuesto el recurso, con la notificación a los interesados, el expediente y un informe
circunstanciado se elevarán al TSE en un plazo de 3 días
o El TSE dará audiencia a los interesados por el plazo de 3 días y con su contestación o sin ella, en el
plazo de 8 días será dictada la resolución correspondiente, también recibirá las pruebas que le
ofrezcan y podrá solicitar los informes que estime pertinentes.
o Se abrirá a prueba el expediente únicamente a solicitud de parto o si el TSE lo estima pertinente
en un plazo de 5 días.
Recurso de Nulidad: Contra todo acto y resolución del proceso electoral
o Interposición: Se debe interponer dentro de los 3 días hábiles siguientes a la última notificación
ante la autoridad que la haya motivado y será resuelto por el TSE
o Resolución: Dentro del plazo de 3 días luego de ser recibido
o Plazo Notificaciones: Las notificaciones de las resoluciones que se dicten deberán realizarse en el
plazo de 2 días
o Competencia: El TSE es el órgano competente para conocer y resolver los recursos de Nulidad, la
CSJ es el órgano competente para conocer y resolver el Amparo. Art 249 Ley Electoral
QUE RECURSO CABE EN LA LEY DE BANCOS Y GRUPOS FINANCIEROS
Apelación: Las resoluciones del Superintendente de Bancos con relación a sus funciones de
vigilancia e inspección serán obligatorias, pero admitirán este recurso ante la Junta Monetaria. Art
104 Ley de Bancos
Interposición: Plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de notificación de la resolución que
se trate, deberá presentarse por escrito ante la SIB, quien elevará dentro de los 5 días siguientes a su
recepción a la JM
o Las resoluciones del Superintendente de Bancos con relación a sus funciones de vigilancia e
inspección serán obligatorias, pero admitirán recurso de apelación ante la JM
o Se interpondrá dentro del plazo de 10 días contado a partir del día siguiente de la
notificación de la resolución de que se trate y deberá presentarse por escrito ante la SIB,
quien lo elevará dentro de los 5 días siguientes a su recepción a la JM
Resolución: La JM resolverá el recurso dentro de un plazo de 30 días a partir de la fecha en que lo
haya recibido
QUE RECURSO CABE CONTRA LOS RESULTADOS DE EVALUACION O PROMOCION QUE SEAN
NOTIFICADOS AL PERSONAL ACADEMICO DE LA LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS
DE GUATEMALA
Cabe el recurso de Apelación ante la Junta Universitaria de Personal Académico, POR MEDIO DE LA
División de Administración de Personal de la USAC
Plazo interposición: 3 días contados a partir del día siguiente a aquel que el interesado haya sido
notificado por el órgano de dirección o autoridad nominadora y será por escrito. (hasta acá diapositiva 9)
PLAZO PARA CONTESTAR LA DEMANDA DECLARADAS SIN LUGAR LAS EXCEPCIONES PREVIAS
5 días siguientes a la notificación de la resolución recaída en el incidente. Art 36
QUE DEBE OBSERVARSE PARA APLICAR ESTOS INFIRMES DE LOS EXÁMENES DE AUDITORÍA
PRACTICADOS
Aplicarse la ley
Las normas de auditoria gubernamental
Técnicas, procedimientos y leyes pertinentes