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Peticion Laboral

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Salazar de las palmas, 10 de abril del 2023

Señores
E.S.E HOSPITAL REGIONAL CENTRO
E.S.D

ASUNTO: SOLICITUD DE CERTIFICADO LABORAL.

Yo, BEATRIZ VEGA MORENO, identificada con la C.C. N° 27.806.104 de Salazar, mayor
y vecina de esta municipalidad, obrando en nombre propio, conforme al artículo 23 de la
constitución, la ley 1755 de 2015 me permito presentar la siguiente petición basado en los
siguientes:
I.HECHOS
1. El día 01 de octubre del año 2009 ingrese a trabajar como auxiliar de enfermería a
2. la IPS nuestra señora de belén del municipio de Salazar de las palmas, allí trabaje
hasta el pasado 31 de marzo del año en curso.

3. En días anteriores solicite una constancia laboral donde se evidenciara los


diferentes contratos desarrollados por mi parte en esta entidad desde el día 01 de
octubre del año 2009, se me remitió y constó información desde el año 2016,
restando por certificar mas de 6 años de trabajo desempeñado a cabalidad y con
plena ejecución de las funciones asignadas.

Conforme a lo anterior me permito presente las siguientes:

II. PETICIONES:

1. SOLICITAR, constancia laboral donde se evidencie el tiempo de inicio y


finalización de mi contrato laboral, debidamente firmada y con las funciones
desempeñadas para la ESE HOSPITAL REGIONAL CENTRO.

2. SOLICITAR, que se realice la certificación desde la fecha de inicio mis labores en


dicha entidad, es decir desde el 01 de octubre del año 2009 hasta el 31 de marzo
de 2023.

3. SOLICITAR, que en caso de no poder certificar tiempo anterior al año 2016 se me


informe las razones de hecho y en derecho que impiden la entrega de dicha
información o se indique el conducto para requerir dicha información en caso de
que la respuesta a lo solicitado en las solicitudes 1 y 2 no sea informado.
IV. FUNDAMENTOS DE DERECHO.
Artículo 23 de la constitución política: Toda persona tiene derecho a presentar
peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a
obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante
organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.
Artículo 13 de la ley 1755 de 2015: Toda persona tiene derecho a presentar peticiones
respetuosas a las autoridades, en los términos señalados en este código, por motivos de
interés general o particular, y a obtener pronta resolución completa y de fondo sobre la
misma.

Toda actuación que inicie cualquier persona ante las autoridades implica el ejercicio del
derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, sin que sea
necesario invocarlo. Mediante él, entre otras actuaciones, se podrá solicitar: el
reconocimiento de un derecho, la intervención de una entidad o funcionario, la resolución
de una situación jurídica, la prestación de un servicio, requerir información, consultar,
examinar y requerir copias de documentos, formular consultas, quejas, denuncias y
reclamos e interponer recursos.

“Artículo 57 del C.S.T: Obligaciones especiales del empleador. Son obligaciones


especiales del empleador:
(…) 7. Dar al trabajador que lo solicite… una certificación en que consten el tiempo de
servicio, la índole de la labor y el salario devengado…”.

V. NOTIFICACIONES
Recibiré notificaciones al correo electrónico: bevemo10@hotmail.com o al abonado
telefónico: 3204504597

Atentamente,

BEATRIZ VEGA MORENO


C.C. N° 27.806.104 de Salazar

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