BASES+INTEGRADAS+PA+110+CP 6+ok 20240618 235534 001
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Nº Símbolo Descripción
La información solicitada dentro de los corchetes sombreados debe ser
1 [ABC] / […….] completada por la Entidad durante la elaboración de las bases.
Es una indicación, o información que deberá ser completada por la
Entidad con posterioridad al otorgamiento de la buena pro para el caso
2 [ABC] / […….] específico de la elaboración de la PROFORMA DEL CONTRATO; o por los
proveedores, en el caso de los ANEXOS de la oferta.
Las bases estándar deben ser elaboradas en formato WORD, y deben tener las siguientes características:
Nº Características Parámetros
Superior : 2.5 cm Inferior: 2.5 cm
1 Márgenes
Izquierda: 2.5 cm Derecha: 2.5 cm
2 Fuente Arial
Normal: Para el contenido en general
3 Estilo de Fuente Cursiva: Para el encabezado y pie de página
Para las Consideraciones importantes (Ítem 3 del cuadro anterior)
INSTRUCCIONES DE USO:
1. Una vez registrada la información solicitada dentro de los corchetes sombreados en gris, el texto deberá
quedar en letra tamaño 10, con estilo normal, sin formato de negrita y sin sombrear.
2. La nota IMPORTANTE no puede ser modificada ni eliminada en la Sección General. En el caso de la Sección
Específica debe seguirse la instrucción que se indica en dicha nota.
1 De conformidad con la Decimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, estas bases se
utilizan para la contratación de servicios a los que hace referencia el Decreto Supremo N° 034-2008-MTC,
Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
DEBER DE COLABORACIÓN
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista, deben conducir su actuación conforme a los principios previstos en la Ley de
Contrataciones del Estado.
De igual forma, deben poner en conocimiento del OSCE y a la Secretaría Técnica de la Comisión
de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI los indicios de conductas anticompetitivas
que se presenten durante el proceso de contratación, en los términos del Decreto Legislativo N°
1034, "Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas", o norma que la sustituya, así como las
demás normas de la materia.
La Entidad y todo proveedor que se someta a las presentes Bases, sea como participante, postor
y/o contratista del proceso de contratación deben permitir al OSCE o a la Secretaría Técnica de
la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del INDECOPI el acceso a la información referida
a las contrataciones del Estado que sea requerida, prestar testimonio o absolución de posiciones
que se requieran, entre otras formas de colaboración.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
SECCIÓN GENERAL
(ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
CAPÍTULO I
ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
1.1. REFERENCIAS
1.2. CONVOCATORIA
Importante
• Los proveedores que deseen registrar su participación deben ingresar al SEACE utilizando
su Certificado SEACE (usuario y contraseña). Asimismo, deben observar las instrucciones
señaladas en el documento de orientación “Guía para el registro de participantes
electrónico” publicado en https://www2.seace.gob.pe/.
• En caso los proveedores no cuenten con inscripción vigente en el RNP y/o se encuentren
inhabilitados o suspendidos para ser participantes, postores y/o contratistas, el SEACE
restringirá su registro, quedando a potestad de estos intentar nuevamente registrar su
participación en el procedimiento de selección en cualquier otro momento, dentro del plazo
establecido para dicha etapa, siempre que haya obtenido la vigencia de su inscripción o
quedado sin efecto la sanción que le impuso el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
No pueden formularse consultas ni observaciones respecto del contenido de una ficha de
homologación aprobada, aun cuando el requerimiento haya sido homologado parcialmente
respecto a las características técnicas y/o requisitos de calificación y/o condiciones de ejecución.
Las consultas y observaciones que se formulen sobre el particular, se tienen como no
presentadas.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
Importante
Advertencia
La solicitud de elevación al OSCE de los cuestionamientos al pliego de absolución de
consultas y observaciones, así como a las Bases integradas, se realiza de manera
electrónica a través del SEACE, a partir de la oportunidad en que establezca el OSCE
mediante comunicado.
Importante
Constituye infracción pasible de sanción según lo previsto en el literal n) del numeral 50.1 del
artículo 50 de la Ley, presentar cuestionamientos maliciosos o manifiestamente infundados al
pliego de absolución de consultas y/u observaciones.
Las declaraciones juradas, formatos o formularios previstos en las bases que conforman la
oferta deben estar debidamente firmados por el postor (firma manuscrita o digital, según la Ley
Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales2). Los demás documentos deben ser visados
por el postor. En el caso de persona jurídica, por su representante legal, apoderado o
mandatario designado para dicho fin y, en el caso de persona natural, por este o su apoderado.
No se acepta el pegado de la imagen de una firma o visto. Las ofertas se presentan foliadas.
Importante
• Los formularios electrónicos que se encuentran en el SEACE y que los proveedores deben
llenar para presentar sus ofertas, tienen carácter de declaración jurada.
2
Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a:
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
El participante presentará su oferta de manera electrónica a través del SEACE, desde las 00:01
horas hasta las 23:59 horas del día establecido para el efecto en el cronograma del
procedimiento; adjuntando el archivo digitalizado que contenga los documentos que conforman
la oferta de acuerdo a lo requerido en las bases.
El participante debe verificar antes de su envío, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda
ser descargado y su contenido sea legible.
Importante
Asimismo, el comité de selección declara no admitidas las ofertas que se encuentran por debajo
del ochenta por ciento (80%) del valor referencial o que excedan el valor referencial.
La calificación de las ofertas se realiza conforme a lo establecido en los numerales 75.1 y 75.2
del artículo 75 del Reglamento.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
Definida la oferta ganadora, el comité de selección otorga la buena pro, mediante su publicación
en el SEACE, incluyendo el cuadro comparativo y las actas debidamente motivadas de los
resultados de la admisión, no admisión, evaluación, calificación, descalificación y el
otorgamiento de la buena pro.
Cuando se hayan presentado dos (2) o más ofertas, el consentimiento de la buena pro se
produce a los ocho (8) días hábiles siguientes de la notificación de su otorgamiento, sin que los
postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.
En caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se produce
el mismo día de la notificación de su otorgamiento.
Importante
Una vez consentido el otorgamiento de la buena pro, el órgano encargado de las contrataciones
o el órgano de la Entidad al que se haya asignado tal función realiza la verificación de la oferta
presentada por el postor ganador de la buena pro conforme lo establecido en el numeral 64.6 del
artículo 64 del Reglamento.
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CAPÍTULO II
SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE
SELECCIÓN
A través del recurso de apelación se pueden impugnar los actos dictados durante el desarrollo
del procedimiento de selección hasta antes del perfeccionamiento del contrato.
Los actos que declaren la nulidad de oficio, la cancelación del procedimiento de selección y
otros actos emitidos por el Titular de la Entidad que afecten la continuidad de este, se impugnan
ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.
Importante
• Una vez otorgada la buena pro, el comité de selección, está en la obligación de permitir el
acceso de los participantes y postores al expediente de contratación, salvo la información
calificada como secreta, confidencial o reservada por la normativa de la materia, a más tardar
dentro del día siguiente de haberse solicitado por escrito.
Luego de otorgada la buena pro no se da a conocer las ofertas cuyos requisitos de calificación
no fueron analizados y revisados por el comité de selección.
• El recurso de apelación se presenta ante la Mesa de Partes del Tribunal o ante las oficinas
desconcentradas del OSCE.
La apelación contra el otorgamiento de la buena pro o contra los actos dictados con anterioridad
a ella se interpone dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse notificado el
otorgamiento de la buena pro.
La apelación contra los actos dictados con posterioridad al otorgamiento de la buena pro, contra
la declaración de nulidad, cancelación y declaratoria de desierto del procedimiento, se interpone
dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se
desea impugnar.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
CAPÍTULO III
DEL CONTRATO
Para perfeccionar el contrato, el postor ganador de la buena pro debe presentar los documentos
señalados en el artículo 139 del Reglamento y los previstos en la sección específica de las bases.
3.2. GARANTÍAS
Las garantías que deben otorgar los postores y/o contratistas, según corresponda, son las de fiel
cumplimiento del contrato y por los adelantos.
Importante
• En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el
monto del ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual
o menor a doscientos mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel
cumplimiento de contrato ni garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias,
conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152 del Reglamento.
• En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades
con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por
la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo
establecen los numerales 149.4 y 149.5 del artículo 149 del Reglamento y numeral 151.2
del artículo 151 del Reglamento.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
Importante
Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro y/o contratista cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación
y eventual ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
Advertencia
Los funcionarios de las Entidades no deben aceptar garantías emitidas bajo condiciones
distintas a las establecidas en el presente numeral, debiendo tener en cuenta lo siguiente:
4. Si la empresa que otorga la garantía cuenta con más de una clasificación de riesgo emitida
por distintas empresas listadas en el portal web de la SBS, bastará que en una de ellas
cumpla con la clasificación mínima establecida en el Reglamento.
En caso exista alguna duda sobre la clasificación de riesgo asignada a la empresa emisora
de la garantía, se deberá consultar a la clasificadora de riesgos respectiva.
De otro lado, además de cumplir con el requisito referido a la clasificación de riesgo, a efectos
de verificar si la empresa emisora se encuentra autorizada por la SBS para emitir garantías,
debe revisarse el portal web de dicha Entidad (http://www.sbs.gob.pe/sistema-
financiero/relacion-de-empresas-que-se-encuentran-autorizadas-a-emitir-cartas-fianza).
La Entidad puede solicitar la ejecución de las garantías conforme a los supuestos contemplados
en el artículo 155 del Reglamento.
3.5. ADELANTOS
La Entidad puede entregar adelantos directos al contratista, los que en ningún caso exceden en
conjunto del treinta por ciento (30%) del monto del contrato original, siempre que ello haya sido
previsto en la sección específica de las bases.
3.6. PENALIDADES
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Las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con el artículo 36
de la Ley y 164 del Reglamento.
3.8. PAGOS
La Entidad paga las contraprestaciones pactadas a favor del contratista dentro de los diez (10)
días calendario siguientes de otorgada la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen
las condiciones establecidas en el contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario
competente. La conformidad se emite en un plazo máximo de veinte (20) días de producida la
recepción.
En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago se realizará de acuerdo a lo
que se indique en el contrato de consorcio.
Advertencia
En caso de retraso en los pagos a cuenta o pago final por parte de la Entidad, salvo que se
deba a caso fortuito o fuerza mayor, esta reconoce al contratista los intereses legales
correspondientes, de conformidad con el artículo 39 de la Ley y 171 del Reglamento,
debiendo repetir contra los responsables de la demora injustificada.
Todos los demás aspectos del presente procedimiento no contemplados en las bases se regirán
supletoriamente por la Ley y su Reglamento, así como por las disposiciones legales vigentes.
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SECCIÓN ESPECÍFICA
(EN ESTA SECCIÓN LA ENTIDAD DEBERÁ COMPLETAR LA INFORMACIÓN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS
INSTRUCCIONES INDICADAS)
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
CAPÍTULO I
GENERALIDADES
RUC Nº : 20365469301
Domicilio legal : AV. EL MINERO 506 - YANACANCHA - PASCO
Teléfono: : 063-422177
Correo electrónico: : PROCESOS@DRTCPASCO.GOB.PE
El valor referencial asciende a S/ 2,642,179.70 (Dos Millones Seiscientos Cuarenta Y Dos Mil
Ciento Setenta Y Nueve con 70/100 soles), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro
concepto que incida en el costo total de la prestación. El valor referencial ha sido calculado al
mes de ABRIL DE 2024
Importante
El precio de las ofertas no puede exceder los límites del valor referencial de conformidad con la
Decimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento.
3
El monto del valor referencial indicado en esta sección de las bases no debe diferir del monto del valor referencial consignado
en la ficha del procedimiento en el SEACE. No obstante, de existir contradicción entre estos montos, primará el monto del
valor referencial indicado en las bases aprobadas.
4
Los límites se calculan considerando dos (2) decimales. Para ello, si el límite inferior tiene más de dos (2) decimales, se
aumenta en un dígito el valor del segundo decimal.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
RECURSOS ORDINARIOS
Importante
La fuente de financiamiento debe corresponder a aquella prevista en la Ley de Equilibrio Financiero
del Presupuesto del Sector Público del año fiscal en el cual se convoca el procedimiento de
selección.
El alcance de la prestación está definido en el Capítulo III de la presente sección de las bases.
Los participantes registrados tienen el derecho de recabar un ejemplar de las bases, para cuyo
efecto deben cancelar S/ 10.00 (Diez con 00/100 soles) en EFECTIVO EN LA UNIDAD DE CAJA
DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES – PASCO, AV. EL
MINERO 506 - YANACANCHA – PASCO Y PODER RECOGER LAS BASES EN LA UNDIAD
DE ABASTECIMIENTO DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Importante
- Ley N° 31954.- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024.
- Ley Nª 31955 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal
2024.
- Directiva N° 0001-2022-EF/63.01 “Directiva para la selección, desarrollo y acompañamiento de
proyectos piloto utilizando BIM” aprobada mediante Resolución Directoral N° 0001-2022-
EF/63.01.
- Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado.
- Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información
Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM.
- Directivas y Opiniones del OSCE.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
CAPÍTULO II
DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
Importante
De conformidad con la vigesimosegunda Disposición Complementaria Final del Reglamento, en
caso la Entidad (Ministerios y sus organismos públicos, programas o proyectos adscritos) haya
difundido el requerimiento a través del SEACE siguiendo el procedimiento establecido en dicha
disposición, no procede formular consultas u observaciones al requerimiento.
En el caso de consorcios, este documento debe ser presentado por cada uno de
los integrantes del consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según
corresponda.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están
prohibidas de exigir a los administrados o usuarios la información que puedan
obtener directamente mediante la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2
y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa medida, si la Entidad es usuaria de la
Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE6 y siempre que el servicio web
se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma, no
corresponderá exigir el certificado de vigencia de poder y/o documento nacional de
identidad.
5
La omisión del índice no determina la no admisión de la oferta.
6 Para mayor información de las Entidades usuarias y del Catálogo de Servicios de la Plataforma de Interoperabilidad del
Estado – PIDE ingresar al siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
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El precio total de la oferta y los subtotales que lo componen son expresados con
dos (2) decimales. Los precios unitarios pueden ser expresados con más de dos
decimales.
Importante
Advertencia
El postor ganador de la buena pro debe presentar los siguientes documentos para perfeccionar
el contrato:
7
En caso de considerar como factor de evaluación la mejora del plazo de prestación del servicio, el plazo ofertado en dicho
anexo servirá también para acreditar este factor.
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CONCURSO PUBLICO N°006-2024-DRTC/SERVICIOS
f) Copia de DNI del postor en caso de persona natural, o de su representante legal en caso
de persona jurídica.
Advertencia
De acuerdo con el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1246, las Entidades están prohibidas de
exigir a los administrados o usuarios la información que puedan obtener directamente mediante
la interoperabilidad a que se refieren los artículos 2 y 3 de dicho Decreto Legislativo. En esa
medida, si la Entidad es usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE8 y
siempre que el servicio web se encuentre activo en el Catálogo de Servicios de dicha plataforma,
no corresponderá exigir los documentos previstos en los literales e) y f).
Importante
• En caso que el postor ganador de la buena pro sea un consorcio, las garantías que presente
este para el perfeccionamiento del contrato, así como durante la ejecución contractual, de ser
el caso, además de cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 33 de la Ley y el
artículo 148 del Reglamento, deben consignar expresamente el nombre completo o la
denominación o razón social de los integrantes del consorcio, en calidad de garantizados, de
lo contrario no podrán ser aceptadas por las Entidades. No se cumple el requisito antes
indicado si se consigna únicamente la denominación del consorcio, conforme lo dispuesto en
la Directiva “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del Estado”.
• En los contratos periódicos de prestación de servicios en general que celebren las Entidades
con las micro y pequeñas empresas, estas últimas pueden otorgar como garantía de fiel
cumplimiento el diez por ciento (10%) del monto del contrato, porcentaje que es retenido por
la Entidad durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma
prorrateada en cada pago, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo, conforme lo
establece el numeral 149.4 del artículo 149 y el numeral 151.2 del artículo 151 del
Reglamento. Para dicho efecto los postores deben encontrarse registrados en el REMYPE,
consignando en la Declaración Jurada de Datos del Postor (Anexo N° 1) o en la solicitud de
retención de la garantía durante el perfeccionamiento del contrato, que tienen la condición de
MYPE, lo cual será verificado por la Entidad en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-
en-linea-2-2 opción consulta de empresas acreditadas en el REMYPE.
8
Para mayor información de las Entidades usuarias de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado – PIDE ingresar al
siguiente enlace https://www.gobiernodigital.gob.pe/interoperabilidad/
9
En tanto se implemente la funcionalidad en el SEACE, de conformidad con la Primera Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Supremo N° 234-2022-EF.
10
Incluir solo en caso de la contratación bajo el sistema a suma alzada.
11
Incluir solo en caso de contrataciones por paquete.
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Importante
• Corresponde a la Entidad verificar que las garantías presentadas por el postor ganador de la
buena pro cumplan con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptación y eventual
ejecución, sin perjuicio de la determinación de las responsabilidades funcionales que
correspondan.
• De conformidad con el Reglamento Consular del Perú aprobado mediante Decreto Supremo N°
076-2005-RE para que los documentos públicos y privados extendidos en el exterior tengan
validez en el Perú, deben estar legalizados por los funcionarios consulares peruanos y
refrendados por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, salvo que se trate de
documentos públicos emitidos en países que formen parte del Convenio de la Apostilla, en
cuyo caso bastará con que estos cuenten con la Apostilla de la Haya12.
El contrato se perfecciona con la suscripción del documento que lo contiene. Para dicho efecto
el postor ganador de la buena pro, dentro del plazo previsto en el artículo 141 del Reglamento
debe presentar la documentación requerida en MESA DE PARTES DE LA DIRECCION
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Importante
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el contratista, la Entidad debe
contar con la siguiente documentación:
El pago por la prestación del servicio se realizará Mensualmente en los trabajos de mantenimiento
periódico, previa conformidad del Supervisor y la presentación formal, oportuna y sin observaciones de la
Valorización y Conformidad por parte de la Dirección de Caminos de la Dirección Regional de Transportes
y Comunicaciones del Gobierno Regional de Pasco.
12
Según lo previsto en la Opinión N° 009-2016/DTN.
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2.5. Resúmenes de las pruebas de laboratorio y de los controles de los materiales utilizados
en la ejecución de los trabajos, estas pudiendo ser:
- Pruebas de calidad de los agregados a utilizar (tanto en el concreto como en las capas del
pavimento).
- Pruebas de calidad del Suelo (Rellenos, Terreno de Fundación, Rasante, Sub-Base Granular
y Base Granular), Pruebas de calidad de las Mezclas de Concreto (Diseño de Mezclas)
- Protocolo de Pruebas Hidráulicas.
- Otros ensayos necesarios y/o encargados por EL CONTRATANTE y que se consideren de
carácter obligatorio.
3. Programación de Trabajos:
3.1. Cronograma de ejecución del servicio (Barras GANTT).
3.2. Calendario Valorizado.
3.3. Control de Avance de Servicio Según Expediente Técnico vs Ejecución del Servicio: Curva “S”.
4. Recursos utilizados:
4.1. Recursos Humanos
4.2. Equipos y Maquinarias.
5. Informe de Impacto Ambiental
6. Informe Técnico de Cada Especialista
7. Conclusiones y Recomendaciones:
7.1. Conclusiones.
7.2. Recomendaciones.
8. Panel Fotográfico (Antes, Durante y Después) por cada actividad realizada cada 250 metros, fechada
y georreferenciada.
9. Copias del Cuaderno de Mantenimiento (Fedateado):
10.Anexos:
10.1. Copia de Acta de Entrega de Terreno (Fedateado).
10.2. Copia de Acta de Inicio de Servicio (Fedateado).
10.3. Copia del Contrato de Servicio (Fedateado).
10.4. Copia del Contrato de Consorcio (Fedateado).
10.5. Tareo mensual de personal con respectiva copia de DNI (legibles).
10.6. Certificado de No Adeudo de Cada Trabajador (Original).
10.7. Planilla de pago mensual de personal del mes ejecutado firmado y huella digital (Original).
10.8. Seguro Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).
Nota: La presentación se efectuará en 01 original y 02 copia, todo esto con los respectivos separadores y
debidamente forrado de color Azul (01 originales y 02 copia) y adjuntando el archivo magnético editable y link
del drive, de no contener como se menciona se tomará como no presentado.
No se considerarán reajustes
Importante
Tanto la elaboración como la aplicación de las fórmulas de reajuste polinómicas se sujetan a lo
dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y
complementarias.
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CAPÍTULO III
REQUERIMIENTO
Importante
De conformidad con el numeral 29.8 del artículo 29 del Reglamento, el área usuaria es responsable
de la adecuada formulación del requerimiento, debiendo asegurar la calidad técnica y reducir la
necesidad de su reformulación por errores o deficiencias técnicas que repercutan en el proceso de
contratación.
DIRECCIÓN DE CAMINOS
TÉRMINOS DE REFERENCIA
PASCO - PERÚ
ABRIL – 2024
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3.0. ANTECEDENTES
Como parte de la Política en el Mantenimiento de las vías departamentales, el Gobierno Regional de Pasco a
través de la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones Pasco priorizó realizar actividades de
MANTENIMIENTO PERIÓDICO EN LAS VÍAS DEPARTAMENTALES DE LA REGIÓN PASCO, con el objetivo
de prever accidentes de tránsito en el ámbito de la región, en cumplimiento a las funciones asignadas dentro del
sector transportes.
Mediante ley N° 31953, ley de Presupuesto de Sector Público para el Año Fiscal 2024, la cual
dispuso aprobar el Presupuesto Anual de Gastos para el año fiscal 2024, se aprobaron recursos
presupuestales destinados a actividades de Mantenimiento Periódico, los cuales han sido asignados en el
Presupuesto Institucional de Apertura – PIA 2024, del Gobierno Regional Pasco – DRTC.
El servicio de Mantenimiento se ejecutará, de acuerdo a lo establecido en el Manual de Conservación del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
El Mantenimiento Periódico de los Caminos Departamentales y vecinales, deberán estar orientados a lograr una
circulación permanente y segura en los caminos a intervenir.
Por ello la Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones - Pasco mediante RESOLUCIÓN DIRECTORAL
REGIONAL N° 0097-2024-GRP-DRTC-P, de fecha 08 de abril del 2024, aprueba el expediente técnico para la
de ejecución del servicio: “MANTENIMIENTO PERIODICO DE LA VÍA DEPARTAMENTAL PA 110
TRAYECTORIA: EMP. PE-18 (DV. MISCA) - PTE. MISCA - PAUCALIN - TANGOR - HUARUSH - PAUCAR -
YACAN - EMP. PE18 (USPACHACA)”, con el siguiente detalle de presupuesto:
COSTO DIRECTO S/ 1,914,121.73
GASTOS GENERALES S/ 171,883.87
UTILIDAD (8%) S/ 153,129.74
-------------------------------------------------------------------------------
SUB TOTAL S/ 2,239,135.34
IGV (18%) S/ 403,044.36
-------------------------------------------------------------------------------------
COSTO DE EJECUCION DEL SERVICIO S/ 2,642,179.70
Son: Dos Millones Seiscientos Cuarenta Y Dos Mil Ciento Setenta Y Nueve con 70/100 soles.
4.0. OBJETIVOS
Objetivo General
• Garantizar la transitabilidad de las carreteras departamentales, manteniendo la infraestructura vial existente,
con la finalidad de preservar todos los elementos de la carretera con la mínima cantidad de alteraciones o de
daños y en lo posible, conservándolas condiciones que tenía después de su construcción y rehabilitación;
logrando una adecuada integración territorial.
Objetivos Específicos:
• Garantizar la seguridad del tránsito y la vida útil de la carretera, manteniendo el límite económico establecido
por el tipo de camino.
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• Preservar las inversiones ejecutadas durante la rehabilitación de la carretera y prolongar la vida útil de su
infraestructura.
• Lograr la integración socio – político – económico de las poblaciones del campo con la ciudad.
• Favorecer la economía individual y familiar mediante la disminución del costo de las operaciones de
transporte terrestre, por lo que concierne a los movimientos de mercadería y pasajeros.
• Reducir las condiciones de pobreza de las zonas rurales, mediante su integración en el sistema vial de la
región.
• En tal sentido, estos Términos de Referencia se aplicarán para los procesos de selección, que conlleven a la
contratación de las empresas que ejecutarán los servicios de mantenimiento Periódico.
Las Especificaciones Técnicas son complementos a los proyectos de Infraestructura Vial y de Ingeniería.
Constituyéndose en un auxiliar técnico en el proceso de construcción. Por lo tanto, la Entidad Ejecutora
deberán cumplirla y respetarla durante la ejecución del servicio.
C. MEDIDAS DE SEGURIDAD
La Entidad Ejecutora adoptará las medidas de seguridad necesarias para evitar accidentes a su personal,
a terceros o la misma obra, cumpliendo con todas las disposiciones vigentes que el Reglamento Vial lo
estipula.
• Los planos tienen validez sobre las Especificaciones Técnicas, Metrados y Presupuestos.
• Las Especificaciones Técnicas tienen validez sobre Metrados y Presupuestos.
• Los Metrados tienen validez sobre los Presupuestos.
Los metrados son referenciales y la omisión parcial o total de una partida no dispensará a la Entidad
Ejecutora de su ejecución si está prevista en los planos y/o las Especificaciones Técnicas.
Las especificaciones se completan con los planos y metrados respectivos en forma tal que los servicios
deben ser ejecutadas en su totalidad, aunque estas figuren en uno solo de sus documentos.
E. CONSULTAS
Todas las consultas relativas a la construcción serán ejecutadas por la Entidad Ejecutora al Supervisor
y/o Inspector del servicio, quien en este caso representa al GOREPA (Dirección Regional de Transportes
y Comunicaciones – Dirección de Caminos).
Si no hacen esta notificación, las posibles infracciones u omisiones, en caso de suceder, serán asumidas
por la Entidad Ejecutora sin costo para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
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mejor calidad dentro de su respectiva clase. Así mismo, toda mano de obra que se emplea en la ejecución
de los trabajos deberá ser de primera clase.
Los trabajos mal ejecutados deberán ser satisfactoriamente corregidos y el material rechazado deberá
ser reemplazado por otros aprobados, sin costo alguno por el contratista.
Los materiales deben ser guardados en la obra en forma adecuada, sobre todo siguiendo las indicaciones
dadas por el fabricante o manuales de instalaciones. Si por no estar colocados como es debido ocasionan
daños a personas y equipos, los daños deben ser reparados por cuenta la Entidad Ejecutora.
La Entidad Ejecutora deberá asumir, sin cargo adicional alguno, todas las facilidades razonables, mano
de obra y materiales adecuados para la Supervisión y/o Inspección y pruebas que sean necesarias.
J. TRABAJOS
La Entidad Ejecutora tiene que notificar por escrito al Inspector del servicio sobre la iniciación de sus
labores. Deberá, a la iniciación del servicio, presentar al inspector las consultas técnicas para que sean
debidamente absueltas.
Cualquier cambio durante la ejecución del servicio que obligue a modificar el proyecto original será
resultado de una consulta previa al GOREPA (Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones –
Dirección de Caminos) mediante la presentación de un plano en original con la modificación propuesta.
Este plano deberá ser presentado por la Entidad Ejecutora al Supervisor y/o Inspector del servicio para
luego proceder a la conformidad y aprobación final por parte del proyectista y consecuentemente por el
GOREPA (Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones – Dirección de Caminos).
Lo señalado no será impedimento para que la Entidad Ejecutora continúe con los cambios ordenados.
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desea puede establecer los guardianes que crea conveniente; bajo su responsabilidad y riesgo, ya que
en los gastos generales se considera a este personal y está contemplado con presupuesto asignado.
A la conclusión de los trabajos, el contratista deberá proceder a la limpieza de los desperdicios que
existan, ocasionados por materiales y equipos empleados en su ejecución.
Las especificaciones de los fabricantes referentes a las instalaciones de los materiales deben cumplirse
estrictamente, o sea que ellas pasan a formar parte de estas especificaciones.
Si los materiales son instalados antes de ser aprobados, el Gobierno Regional de Pasco puede hacer
retirar dichos materiales, sin costo adicional alguno y cualquier gasto ocasionado por este motivo será
por cuenta de la Entidad Ejecutora.
Igual proceso se seguirá si a criterio del Supervisor y/o Inspector del servicio, los trabajos y materiales
que no cumplen con lo indicado en los planos o especificaciones serán retirados del servicio por cuenta
de la Entidad Ejecutora.
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Las presentaciones de los Informes de Valorización deberán ser mensuales y, hasta previa
conformidad del Supervisor, deberán presentarse debidamente foliados y firmados y serán
elaborados por el Contratista y aprobados por el Supervisor.
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Nota: La presentación se efectuará en 01 original y 02 copia, todo esto con los respectivos
separadores y debidamente forrado de color Azul (01 originales y 02 copia) y adjuntando
el archivo magnético editable y link del drive, de no contener como se menciona se tomará
como no presentado.
Nota: La presentación se efectuará en 01 original y 02 copias, todo esto con los respectivos
separadores y debidamente forrado de color amarillo (01 original y 02 copias) y adjuntando
el archivo magnético editable y un enlace drive, de no contener como se menciona se tomará
como no presentado.
18.- PENALIDADES
18.1 – PENALIDAD POR MORA EN LA EJECUCION DE LA PRESTACION
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto del
contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día de atraso,
de conformidad con el artículo 161° y 162° del Reglamento de la ley de contrataciones.
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días, para bienes, servicios en general,
consultorías y ejecución de obras F=0.40
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías: F=0.25
b.2) Para obras: F=0.15
SUPUESTO DE APLICACIÓN
N° FORMA DE
DE PROCEDIMIENTO
CALCULO
PENALIDAD
Por ausencia injustificada del
Residente de Servicio, una vez
iniciado el contrato de la Según informe del
15% de 1 U.I.T por
ejecución del servicio durante personal técnico
cada día de
1 el plazo contractual del de la Dirección de
ausencia del
servicio, previo informe del Caminos y director
personal en servicio.
personal técnico de la de caminos.
Dirección de Caminos de la
DRTC-PASCO
Según informe del
En caso que el contratista, no
10% de 1 U.I.T por personal técnico
cumple con implementar
2 cada visita de la Dirección de
EPP´S equipo de protección
inopinada. Caminos y director
personal a los trabajadores
de caminos.
En caso que el contratista, no
cumple con implementar con Según informe del
las herramientas, equipos 15% de 1 U.I.T por personal técnico
3 livianos requeridos para cada cada visita de la Dirección de
actividad que se tiene inopinada. Caminos y director
programado en cada periodo de caminos.
de ejecución.
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20.- CONFORMIDAD
La conformidad de las valorizaciones mensuales, para efectos de pago, será conferida por el
Dirección de Caminos de la Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones Pasco.
Importante
Para determinar que los postores cuentan con las capacidades necesarias para ejecutar el
contrato, las cuales deben ser acreditadas documentalmente, la Entidad incorpora los
requisitos de calificación que se extraen de los Términos de Referencia, no pudiendo incluirse
requisitos adicionales a los previstos en los mismos, los cuales son los siguientes:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
DESCRIPCIÓN CANTIDAD
ÍTEM
(UND)
01 ESTACIÓN TOTAL 01
02 NIVEL TOPOGRAFICO 01
03 EXCAVADORA HIDRÁULICA 330D2 L (CON MARTILLO HIDRAULICO PH3) 02
04 COMPACTADORA VIBRATORIA TIPO PLANCHA 4 HP/ INCLUIDO COMBUSTIBLE 02
05 MOTONIVELADORA DE 125 HP 02
06 RODILLO LISO VIBR.AUTOP.70-100HP7-9T 02
07 CAMION CISTERNA 4x2 (AGUA) 122 HP 2,000 02
08 CARGADOR S/LLANTAS 125 HP 2.5 YD3 02
09 CAMION VOLQUETE DE 15 M3 02
10 MOTOBOMBA12 HP 4" 02
11 RETROEXCAVADOR S/LLANTAS 58 HP 1 YD3 02
12 CAMION BARANDA 2 TON 01
13 MOTOSOLDADORA 01
14 VIBRADOR DE CONCRETO 4 HP 2.40" 01
15 MEZCLADORA DE CONCRETO 9-11 P3 01
16 ZARANDA METALICA 02
Acreditación:
Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u
otro documento que acredite la disponibilidad del equipamiento estratégico requerido.
Importante
En el caso que el postor sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito
pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
B.2 INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA
Requisitos:
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Acreditación:
Copia de documentos que sustenten la propiedad, la posesión, el compromiso de compra venta o alquiler u
otro documento que acredite la disponibilidad de la infraestructura estratégica requerida.
Importante
En el caso que el postor sea un consorcio los documentos de acreditación de este requisito
pueden estar a nombre del consorcio o de uno de sus integrantes.
RESIDENTE DE SERVICIO
Ingeniero Civil.
ESPECIALISTA EN CALIDAD.
Ingeniero Civil
ESPECIALISTA EN SSOMA
Ingeniero Ambiental o Civil o Seguridad
Acreditación:
El Título Profesional será verificado por el comité de selección en el Registro Nacional de Grados Académicos
y Títulos Profesionales en el portal web de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria
- SUNEDU a través del siguiente link: https://enlinea.sunedu.gob.pe/ o en el Registro Nacional de Certificados,
Grados y Títulos a cargo del Ministerio de Educación a través del siguiente link:
https://titulosinstitutos.minedu.gob.pe/, según corresponda.
En caso Título Profesional no se encuentre inscrito en el referido registro, el postor debe presentar la copia del
diploma respectivo a fin de acreditar la formación académica requerida.
B.3.2 CAPACITACIÓN
Requisitos:
RESIDENTE DE SERVICIO
• Diplomados en Mantenimiento y Conservación de Vías Departamentales (120 horas
lectivas),
• Diplomado de Residencia y Seguridad en infraestructura vial (120 horas lectivas),
• Cursos de capacitación respecto a ley de contrataciones del estado (120 horas
lectivas),
• Cursos en Mecánica de Suelos y/o Rocas. (120 horas lectivas).
ASISTENTE DE SERVICIO
• Diplomado en Infraestructura vial con aplicaciones en carretera, puentes túneles y
vías urbanas (120 horas lectivas),
• Curso en Gestión de infraestructura vial en caminos vecinales, departamentales y
nacionales (120 horas lectivas).
ESPECIALISTA EN CALIDAD
• Diplomados en control de calidad de Afirmado en Carreteras (120 horas lectivas),
Especialización en diseño y gestión de proyectos viales (120 horas lectivas),
ESPECIALISTA SSOMA
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Importante
Se podrá acreditar la capacitación mediante certificados de estudios de postgrado, considerando
que cada crédito del curso que acredita la capacitación equivale a dieciséis horas lectivas, según la
normativa de la materia.
RESIDENTE DE SERVICIO: Experiencia mínima de años tres años y medio (3.5) años, como Residente y/o
jefe de mantenimiento y/o jefe de Supervisión en servicio de mantenimiento periódico y/o rutinario de caminos
vecinales y departamentales.
ASISTENTE DE RESIDENTE DE SERVICIO: Experiencia mínima de dos años y medio (2.5) como Residente
y/o jefe de mantenimiento y/o asistente (de residente de servicio o jefe de mantenimiento y/o jefe de
Supervisión en servicio de mantenimiento periódico y/o rutinario de caminos vecinales y departamentales.
ESPECIALISTA EN CALIDAD: Experiencia mínima de dos (02) años como especialista en calidad y/o
especialista en mecánica de suelos y/o Especialista en Suelos y Geotecnia, en la ejecución y/o supervisión
de obras y/o servicios en general.
ESPECIALISTA EN SSOMA: Experiencia mínima de dos (02) años como como Especialista Ambiental y/o
Especialista en Impacto Ambiental y Recursos Naturales y/o Especialista en Seguridad y/o Especialista Salud
Ocupacional, en la ejecución y/o supervisión de obras y/o servicios en general
De presentarse experiencia ejecutada paralelamente (traslape), para el cómputo del tiempo de dicha
experiencia sólo se considerará una vez el periodo traslapado.
Acreditación:
La experiencia del personal clave se acreditará con cualquiera de los siguientes documentos: (i) copia simple
de contratos y su respectiva conformidad o (ii) constancias o (iii) certificados o (iv) cualquier otra
documentación que, de manera fehaciente demuestre la experiencia del personal propuesto.
Importante
• Los documentos que acreditan la experiencia deben incluir los nombres y apellidos del personal
clave, el cargo desempeñado, el plazo de la prestación indicando el día, mes y año de inicio y
culminación, el nombre de la Entidad u organización que emite el documento, la fecha de emisión y
nombres y apellidos de quien suscribe el documento.
• Se considerará aquella experiencia que no tenga una antigüedad mayor a veinticinco (25) años
anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
• Al calificar la experiencia del personal, se debe valorar de manera integral los documentos
presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los
documentos presentados la denominación del cargo o puesto no coincida literalmente con aquella
prevista en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que realizó el personal
corresponden con la función propia del cargo o puesto requerido en las bases
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El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a S/.5,200,000.00 (Cinco Millones
Doscientos Mil con 00/100 soles) por la contratación de servicios iguales o similares al objeto de la
convocatoria, durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas que se computarán
desde la fecha de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.
Acreditación:
La experiencia del postor en la especialidad se acreditará con copia simple de (i) contratos u órdenes de
servicios, y su respectiva conformidad o constancia de prestación; o (ii) comprobantes de pago cuya
cancelación se acredite documental y fehacientemente, con voucher de depósito, nota de abono, reporte de
estado de cuenta, cualquier otro documento emitido por Entidad del sistema financiero que acredite el abono
o mediante cancelación en el mismo comprobante de pago13, correspondientes a un máximo de veinte (20)
contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación, se debe
acreditar que corresponden a dicha contratación; de lo contrario, se asumirá que los comprobantes acreditan
contrataciones independientes, en cuyo caso solo se considerará, para la evaluación, las veinte (20) primeras
contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la Especialidad.
En el caso de servicios de ejecución periódica o continuada, solo se considera como experiencia la parte del
contrato que haya sido ejecutada durante los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas,
debiendo adjuntarse copia de las conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes
de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de consorcio
o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las obligaciones que se
asumió en el contrato presentado; de lo contrario, no se computará la experiencia proveniente de dicho
contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012, la calificación se ceñirá al método descrito en la Directiva “Participación de Proveedores en
Consorcio en las Contrataciones del Estado”, debiendo presumirse que el porcentaje de las obligaciones
equivale al porcentaje de participación de la promesa de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que
en dichos documentos no se consigne el porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se
ejecutaron en partes iguales.
Si el postor acredita experiencia de otra persona jurídica como consecuencia de una reorganización societaria,
debe presentar adicionalmente el Anexo N° 9.
Cuando en los contratos, órdenes de servicios o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre
expresado en moneda extranjera, debe indicarse el tipo de cambio venta publicado por la Superintendencia
de Banca, Seguros y AFP correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de emisión de la orden de
servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del
Postor en la Especialidad.
13 Cabe precisar que, de acuerdo con la Resolución N° 0065-2018-TCE-S1 del Tribunal de Contrataciones del Estado:
“… el solo sello de cancelado en el comprobante, cuando ha sido colocado por el propio postor, no puede ser
considerado como una acreditación que produzca fehaciencia en relación a que se encuentra cancelado. Admitir ello
equivaldría a considerar como válida la sola declaración del postor afirmando que el comprobante de pago ha sido
cancelado”
(…)
“Situación diferente se suscita ante el sello colocado por el cliente del postor [sea utilizando el término “cancelado” o
“pagado”] supuesto en el cual sí se contaría con la declaración de un tercero que brinde certeza, ante la cual debiera
reconocerse la validez de la experiencia”.
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Importante
• Al calificar la experiencia del postor, se debe valorar de manera integral los documentos
presentados por el postor para acreditar dicha experiencia. En tal sentido, aun cuando en los
documentos presentados la denominación del objeto contractual no coincida literalmente con el
previsto en las bases, se deberá validar la experiencia si las actividades que ejecutó el postor
corresponden a la experiencia requerida.
Importante
• Los requisitos de calificación determinan si los postores cuentan con las capacidades necesarias
para ejecutar el contrato, lo que debe ser acreditado documentalmente, y no mediante declaración
jurada.
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CAPÍTULO IV
FACTORES DE EVALUACIÓN
Para determinar la oferta con el mejor puntaje y el orden de prelación de las ofertas, se considera
lo siguiente:
90 puntos
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PLAN DE TRABAJO:
a) Estructura de la Mejora
b) Datos Generales
c) Marco Normativo Vigente Relacionado a la mejora
d) Justificación
e) Objetivos
f) Mejora a proponer por el postor (debe ser cuantificable)
g) Desarrollo de la Mejora
h) Planteamiento de alternativa de mitigación
i) Prevención durante la ejecución del mantenimiento periódico
j) Recursos a emplear para la ejecución de la mejora
Acreditación:
Se acreditará únicamente mediante la presentación de un plan de trabajo
conteniendo como mínimo la siguiente información por cada mejora propuesta:
PLAN DE TRABAJO:
a) Estructura de la Mejora
b) Datos Generales
c) Marco Normativo Vigente Relacionado a la mejora
d) Justificación
e) Objetivos
f) Mejora a proponer por el postor (debe ser cuantificable)
g) Desarrollo de la Mejora
h) Planteamiento de alternativa de mitigación
i) Prevención durante la ejecución del mantenimiento periódico
j) Recursos a emplear para la ejecución de la mejora
Acreditación:
Se acreditará únicamente mediante la presentación y descripción del documento
de cada una de las mejoras solicitadas
Importante
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Importante
Los factores de evaluación elaborados por el comité de selección son objetivos y guardan vinculación,
razonabilidad y proporcionalidad con el objeto de la contratación. Asimismo, estos no pueden calificar con
puntaje el cumplimiento de los Términos de Referencia ni los requisitos de calificación.
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CAPÍTULO V
PROFORMA DEL CONTRATO
Importante
Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, puede incluirse cláusulas adicionales
o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden
contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.
Con fecha [………………..], el comité de selección adjudicó la buena pro del CONCURSO
PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN] para la
contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR
NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los
documentos integrantes del presente contrato.
Este monto comprende el costo del servicio, todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones,
pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier
otro concepto que pueda tener incidencia sobre la ejecución del servicio materia del presente
contrato.
LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los diez (10) días calendario siguientes de otorgada
la conformidad de los servicios, siempre que se verifiquen las condiciones establecidas en el
contrato para ello, bajo responsabilidad del funcionario competente.
En caso de retraso en el pago por parte de LA ENTIDAD, salvo que se deba a caso fortuito o fuerza
mayor, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses legales conforme a lo establecido
14
En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente
a efectos de generar el pago.
43
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“El plazo para la [CONSIGNAR LAS ACTIVIDADES PREVIAS PREVISTAS EN LOS TÉRMINOS DE
REFERENCIA] es de [……...…], el mismo que se computa desde [INDICAR CONDICIÓN CON LA
QUE DICHAS ACTIVIDADES SE INICIAN].”
“Las prestaciones accesorias tienen por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LAS PRESTACIONES
ACCESORIAS].
El monto de las prestaciones accesorias asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], que incluye
todos los impuestos de Ley.
El plazo de ejecución de las prestaciones accesorias es de [……..], el mismo que se computa desde
[CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS PRESTACIONES
PRINCIPALES, DESDE LA FECHA QUE SE ESTABLEZCA EN EL CONTRATO O DESDE LA FECHA
EN QUE SE CUMPLAN LAS CONDICIONES PREVISTAS EN EL CONTRATO PARA EL INICIO DE
LA EJECUCIÓN DE LAS PRESTACIONES ACCESORIAS, DEBIENDO INDICAR LAS MISMAS EN
ESTE ULTIMO CASO].
15
De conformidad con la Directiva sobre prestaciones accesorias, los contratos relativos al cumplimiento de la(s) prestación(es)
principal(es) y de la(s) prestación(es) accesoria(s), pueden estar contenidos en uno o dos documentos. En el supuesto que
ambas prestaciones estén contenidas en un mismo documento, estas deben estar claramente diferenciadas, debiendo
indicarse entre otros aspectos, el precio y plazo de cada prestación.
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monto del contrato original, la misma que debe mantenerse vigente hasta la conformidad de la
recepción de la prestación.
Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 149.4 del artículo 149 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, en el caso de contratos periódicos de prestación de servicios en
general, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del
monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento de contrato, debe consignarse lo
siguiente:
• “De fiel cumplimiento del contrato: [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que
debe efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse,
de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”
Importante
Al amparo de lo dispuesto en el numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento de la Ley de
Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por
ciento (10%) del monto del contrato de la prestación accesoria como garantía de fiel cumplimiento
de prestaciones accesorias, debe consignarse lo siguiente:
Importante
En los contratos derivados de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del
ítem adjudicado o la sumatoria de los montos de los ítems adjudicados sea igual o menor a doscientos
mil Soles (S/ 200,000.00), no corresponde presentar garantía de fiel cumplimiento de contrato ni garantía
de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, conforme a lo dispuesto en el literal a) del artículo 152
del Reglamento.
Este procedimiento no resulta aplicable cuando los servicios manifiestamente no cumplan con las
características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no otorga la conformidad,
debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose la penalidad que corresponda
por cada día de atraso.
Donde:
Importante
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De haberse previsto establecer penalidades distintas a la penalidad por mora, incluir dichas
penalidades, los supuestos de aplicación de penalidad, la forma de cálculo de la penalidad para cada
supuesto y el procedimiento mediante el cual se verifica el supuesto a penalizar, conforme el artículo
163 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.
Estas penalidades se deducen de los pagos a cuenta o del pago final, según corresponda; o si
fuera necesario, se cobra del monto resultante de la ejecución de la garantía de fiel cumplimiento.
Estos dos (2) tipos de penalidades pueden alcanzar cada una un monto máximo equivalente al diez
por ciento (10%) del monto del contrato vigente, o de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse.
Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad por mora o el monto máximo para otras
penalidades, de ser el caso, LA ENTIDAD puede resolver el contrato por incumplimiento.
Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás
obligaciones previstas en el presente contrato.
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Cualquiera de las partes tiene derecho a iniciar el arbitraje a fin de resolver dichas controversias
dentro del plazo de caducidad previsto en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
Facultativamente, cualquiera de las partes tiene el derecho a solicitar una conciliación dentro del
plazo de caducidad correspondiente, según lo señalado en el artículo 224 del Reglamento de la
Ley de Contrataciones del Estado, sin perjuicio de recurrir al arbitraje, en caso no se llegue a un
acuerdo entre ambas partes o se llegue a un acuerdo parcial. Las controversias sobre nulidad del
contrato solo pueden ser sometidas a arbitraje.
El Laudo arbitral emitido es inapelable, definitivo y obligatorio para las partes desde el momento de
su notificación, según lo previsto en el numeral 45.21 del artículo 45 de la Ley de Contrataciones
del Estado.
La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra
parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario.
De acuerdo con las bases integradas, la oferta y las disposiciones del presente contrato, las partes
lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR
FECHA].
Importante
Este documento puede firmarse digitalmente si ambas partes cuentan con firma digital, según la
Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales17.
16
De acuerdo con el numeral 225.3 del artículo 225 del Reglamento, las partes pueden recurrir al arbitraje ad hoc cuando las
controversias deriven de procedimientos de selección cuyo valor referencial sea menor o igual a cinco millones con 00/100
soles (S/ 5 000 000,00).
17
Para mayor información sobre la normativa de firmas y certificados digitales ingresar a:
https://www.indecopi.gob.pe/web/firmas-digitales/firmar-y-certificados-digitales
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ANEXOS
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ANEXO Nº 1
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de
[CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE
SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA],
DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:
Nombre, Denominación o
Razón Social :
Domicilio Legal :
RUC : Teléfono(s) :
MYPE18 Sí No
Correo electrónico :
Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
La notificación dirigida a la dirección de correo electrónico consignada se entenderá válidamente
efectuada cuando la Entidad reciba acuse de recepción.
18
Esta información será verificada por la Entidad en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la
sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se
tendrá en consideración, en caso el postor ganador de la buena pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto
del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, en los contratos periódicos de prestación de servicios, según lo
señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento.
19 Consignar en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del valor referencial del ítem
no supere los doscientos mil Soles (S/ 200 000.00), cuando se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de
servicios.
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Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
ANEXO Nº 1
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
El que se suscribe, [……………..], representante común del consorcio [CONSIGNAR EL NOMBRE DEL
CONSORCIO], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N°
[CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], DECLARO BAJO JURAMENTO que la
siguiente información se sujeta a la verdad:
20 En los contratos periódicos de prestación de servicios, esta información será verificada por la Entidad en la página web del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en la sección consulta de empresas acreditadas en el REMYPE en el link
http://www2.trabajo.gob.pe/servicios-en-linea-2-2/ y se tendrá en consideración, en caso el consorcio ganador de la buena
pro solicite la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato, en calidad de garantía de fiel cumplimiento, según
lo señalado en el numeral 149.4 del artículo 149 y numeral 151.2 del artículo 151 del Reglamento. Para dicho efecto, todos
los integrantes del consorcio deben acreditar la condición de micro o pequeña empresa.
21 Ibídem.
22 Ibídem.
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Asimismo, me comprometo a remitir la confirmación de recepción, en el plazo máximo de dos (2) días
hábiles de recibida la comunicación.
……….……...........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
23 Consignar en el caso de procedimientos de selección por relación de ítems, cuando el monto del valor referencial del ítem
no supere los doscientos mil Soles (S/ 200 000.00), cuando se haya optado por perfeccionar el contrato con una orden de
servicios.
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ANEXO Nº 2
DECLARACIÓN JURADA
(ART. 52 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento:
ii. No tener impedimento para postular en el procedimiento de selección ni para contratar con el
Estado, conforme al artículo 11 de la Ley de Contrataciones del Estado.
iii. Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así
como las disposiciones aplicables de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo
General.
iv. Participar en el presente proceso de contratación en forma independiente sin mediar consulta,
comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor; y, conocer las disposiciones
del Decreto Legislativo Nº 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de
Conductas Anticompetitivas.
v. Conocer, aceptar y someterme a las bases, condiciones y reglas del procedimiento de selección.
vi. Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento en el presente
procedimiento de selección.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaración jurada, salvo que sea
presentada por el representante común del consorcio.
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ANEXO Nº 3
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las bases y
demás documentos del procedimiento de la referencia y, conociendo todos los alcances y las
condiciones detalladas en dichos documentos, el postor que suscribe ofrece el servicio de
[CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con los Términos de Referencia
que se indican en el numeral 3.1 del Capítulo III de la sección específica de las bases y los documentos
del procedimiento.
…….………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
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ANEXO Nº 4
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las bases del
procedimiento de la referencia, me comprometo a prestar el servicio objeto del presente procedimiento
de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO].
……..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
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ANEXO Nº 5
PROMESA DE CONSORCIO
(Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso
que dure el procedimiento de selección, para presentar una oferta conjunta al CONCURSO PÚBLICO
Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO].
Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de consorcio,
de conformidad con lo establecido por el artículo 140 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, bajo las siguientes condiciones:
d) Las obligaciones que corresponden a cada uno de los integrantes del consorcio son las siguientes:
24
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
25
Consignar únicamente el porcentaje total de las obligaciones, el cual debe ser expresado en número entero, sin decimales.
26
Este porcentaje corresponde a la sumatoria de los porcentajes de las obligaciones de cada uno de los integrantes del consorcio.
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..…………………………………………. ..…………………………………………..
Consorciado 1 Consorciado 2
Nombres, apellidos y firma del Consorciado 1 Nombres, apellidos y firma del Consorciado 2
o de su Representante Legal o de su Representante Legal
Tipo y N° de Documento de Identidad Tipo y N° de Documento de Identidad
Importante
De conformidad con el artículo 52 del Reglamento, las firmas de los integrantes del consorcio
deben ser legalizadas.
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En caso de la prestación de servicios bajo el sistema a precios unitarios incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
ÍTEM N° [INDICAR NÚMERO]
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
TOTAL
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
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En caso de la prestación de servicios bajo el sistema a suma alzada incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
TOTAL
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
• El postor debe consignar el precio total de la oferta, sin perjuicio que, de resultar favorecido con
la buena pro, presente el detalle de precios unitarios para el perfeccionamiento del contrato.
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
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En caso de la prestación de servicios bajo el esquema mixto de suma alzada y precios unitarios
incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 6
PRECIO DE LA OFERTA
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con las bases, mi oferta es
la siguiente:
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
60
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Importante
• El postor debe consignar en su oferta los precios unitarios de los componentes previstos para
este sistema en el presente anexo y por un monto fijo integral de los componentes previstos a
suma alzada.
• El postor que goce de alguna exoneración legal, debe indicar que su oferta no incluye el tributo
materia de la exoneración, debiendo incluir el siguiente texto:
Incluir las disposiciones, según corresponda. Una vez culminada la elaboración de las bases, las notas que no se
incorporen deben ser eliminadas.
61
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Si durante la fase de actos preparatorios, las Entidades advierten que es posible la participación de
proveedores que gozan del beneficio de la exoneración del IGV prevista en la Ley Nº 27037, Ley de
Promoción de la Inversión en la Amazonía, incluir el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases
ANEXO Nº 7
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento que gozo del beneficio de la exoneración del IGV
previsto en la Ley Nº 27037, Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, dado que cumplo con
las condiciones siguientes:
1.- Que el domicilio fiscal de la empresa27 se encuentra ubicada en la Amazonía y coincide con el lugar
establecido como sede central (donde tiene su administración y lleva su contabilidad);
2.- Que la empresa se encuentra inscrita en las Oficinas Registrales de la Amazonía (exigible en caso
de personas jurídicas);
3.- Que, al menos el setenta por ciento (70%) de los activos fijos de la empresa se encuentran en la
Amazonía; y
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
Cuando se trate de consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los
integrantes del consorcio, salvo que se trate de consorcios con contabilidad independiente, en cuyo
caso debe ser suscrita por el representante común, debiendo indicar su condición de consorcio con
contabilidad independiente y el número de RUC del consorcio.
27
En el artículo 1 del “Reglamento de las Disposiciones Tributarias contenidas en la Ley de Promoción de la Inversión en la
Amazonía” se define como “empresa” a las “Personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas
consideradas jurídicas por la Ley del Impuesto a la Renta, generadoras de rentas de tercera categoría, ubicadas en la
Amazonía. Las sociedades conyugales son aquéllas que ejerzan la opción prevista en el Artículo 16 de la Ley del Impuesto
a la Renta.”
62
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 8
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
1
2
3
4
28
Se refiere a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante de pago, según corresponda.
29
Únicamente, cuando la fecha del perfeccionamiento del contrato, sea previa a los ocho (8) años anteriores a la fecha de presentación de ofertas, caso en el cual el postor debe acreditar que la
conformidad se emitió dentro de dicho periodo.
30
Si el titular de la experiencia no es el postor, consignar si dicha experiencia corresponde a la matriz en caso que el postor sea sucursal, o fue transmitida por reorganización societaria, debiendo
acompañar la documentación sustentatoria correspondiente. Al respecto, según la Opinión N° 216-2017/DTN “Considerando que la sociedad matriz y la sucursal constituyen la misma persona jurídica,
la sucursal puede acreditar como suya la experiencia de su matriz”. Del mismo modo, según lo previsto en la Opinión N° 010-2013/DTN, “… en una operación de reorganización societaria que
comprende tanto una fusión como una escisión, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad incorporada o absorbida, que se extingue producto de la fusión;
asimismo, si en virtud de la escisión se transfiere un bloque patrimonial consistente en una línea de negocio completa, la sociedad resultante podrá acreditar como suya la experiencia de la sociedad
escindida, correspondiente a la línea de negocio transmitida. De esta manera, la sociedad resultante podrá emplear la experiencia transmitida, como consecuencia de la reorganización societaria
antes descrita, en los futuros procesos de selección en los que participe”.
31
Se refiere al monto del contrato ejecutado incluido adicionales y reducciones, de ser el caso.
32
El tipo de cambio venta debe corresponder al publicado por la SBS correspondiente a la fecha de suscripción del contrato, de la emisión de la Orden de Servicios o de cancelación del comprobante
de pago, según corresponda.
33
Consignar en la moneda establecida en las bases.
63
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
5
6
7
8
9
10
…
20
TOTAL
………..........................................................
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
64
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 9
DECLARACIÓN JURADA
(NUMERAL 49.4 DEL ARTÍCULO 49 DEL REGLAMENTO)
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], declaro que la experiencia que acredito de la empresa [CONSIGNAR LA
DENOMINACIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA] como consecuencia de una reorganización societaria,
no se encuentra en el supuesto establecido en el numeral 49.4 del artículo 49 del Reglamento.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
65
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
En el caso de procedimientos por relación de ítems cuando la contratación del servicio va a ser
prestado fuera de la provincia de Lima y Callao y el monto del valor referencial de algún ítem no
supere los doscientos mil Soles (S/ 200,000.00) debe considerarse el siguiente anexo:
Esta nota deberá ser eliminada una vez culminada la elaboración de las bases.
ANEXO Nº 10
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL
ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/
200,000.00])
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del diez por ciento (10%) sobre el
puntaje total en [CONSIGNAR EL ÍTEM O ITEMS, SEGÚN CORRESPONDA, EN LOS QUE SE
SOLICITA LA BONIFICACIÓN] debido a que el domicilio de mi representada se encuentra ubicado en
la provincia o provincia colindante donde se ejecuta la prestación.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal, según corresponda
Importante
• Para asignar la bonificación, el comité de selección, verifica el domicilio consignado por el postor
en el Registro Nacional de Proveedores (RNP).
• Para que el postor pueda acceder a la bonificación, debe cumplir con las condiciones
establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
66
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Importante
Cuando se trate de consorcios, la declaración jurada es la siguiente:
ANEXO Nº 10
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL DIEZ POR CIENTO (10%) POR SERVICIOS PRESTADOS
FUERA DE LA PROVINCIA DE LIMA Y CALLAO
(DE SER EL CASO, SOLO PRESENTAR ESTA SOLICITUD EN EL ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL
ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR REFERENCIAL NO SUPERA LOS DOSCIENTOS MIL SOLES (S/
200,000.00])
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del representante
común del consorcio
Importante
• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con las condiciones establecidas en el literal f) del artículo 50 del Reglamento.
67
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO]
ANEXO Nº 11
SOLICITUD DE BONIFICACIÓN DEL CINCO POR CIENTO (5%) POR TENER LA CONDICIÓN DE
MICRO Y PEQUEÑA EMPRESA
ITEM [CONSIGNAR EL N° DEL ÍTEM O ÍTEMS CUYO VALOR ESTIMADO CORRESPONDE A
UNA AS])
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER
PERSONA JURÍDICA], solicito la asignación de la bonificación del cinco por ciento (5%) sobre el
puntaje total obtenido, debido a que mi representada cuenta con la condición de micro y pequeña
empresa.
………………………….………………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según corresponda
Importante
• Para que un consorcio pueda acceder a la bonificación, cada uno de sus integrantes debe
cumplir con la condición de micro y pequeña empresa.
68
[CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]
[CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
ANEXO Nº 12
Señores
COMITÉ DE SELECCIÓN
CONCURSO PÚBLICO Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCEDIMIENTO]
Presente.-
……………………………….…………………..
Firma, Nombres y Apellidos del postor o
Representante legal o común, según
corresponda
Importante
La notificación de la decisión de la Entidad respecto a la solicitud de ampliación de plazo se efectúa
por medios electrónicos de comunicación, siempre que se cuente con la autorización
correspondiente y sea posible obtener un acuse de recibo a través del mecanismo utilizado.
69