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Benjy Espinoza El Arte de Litigar Diálogo Del Orador Cicerón 2023

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EL ARTE DE LITIGAR

Diálogo del orador Cicerón

Editores del Centro


BENJI ESPINOZA RAMOS
Profesor de lo Facultad de Derecho de la USMP

EL ARTE DE LITIGAR
Diálogo del orador Cicerón

Editores del Centro


EL ARTE DE LITIGAR
Diálogo del orador Cicerón

© Benji Espinoza Ramos

© Editores del Centro E.LR.L.


Jr. Lampa N° 1139, Dpto. 201 - Lima - Perú
Celular: ©996-766606
Oficina: ©968-016227
RUC: 20563083426
E-mail: editoresdelcentro@hotmail. com
editoresdelcentro@gmail. com

Edición al cuidado de Miguel A. Garragate G.

Ia edición: octubre 2023


Tiraje: 1,000 ejemplares

Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú


N° 2023-09084
ISBN N° 978-612-49341-2-4

Diseño e impresión:
Martell acabados gráficos E.LR.L.
Urb. Previ Mz. 29 Lt 7, Los Olivos - Lima
RUC: 20605426558

Octubre 2023

& prohíbe la reproducción total o parcial (le esta obra -incluido el diseño
tipográfico v de portada—, sea cual fuere el medio (electrónico, mecánico,
fotocopia, grabación u otros} sin autorización previa y por escrito de los
titulares del copyright. La infracción de dichos derechos puede constituir
un delito contra la propiedad intelectual.

Impreso en Perú / Printed in Perú

n Editores del Centro


Dedicado mi sexto libro a mi Aitana Valentina,
mi Amira, y mi Cowie, tres pequeñitas que con
sus sonrisitas y jugueteas pintan un mundo de luz.
Un posesivo átono nunca más sublime,
nunca mejor utilizado.
ÍNDICE

Agradecimiento.......... ......... 13
Reflexiones de un litigante .................... 15
Prolegómeno.... ............. .......... 33

Lección 1:
La preparación del litigante u orador forense
1. El arte del orador............... . 43
2. El estudio de la filosofía...................................... . 44
3. La investigación y el debate............................... 46
4. El orador debe conocer de leyes y costumbres...... 48
5. La elocuencia es magnífica para el litigante........... 50
6. La elección y construcción de las palabras para el
discurso ............ . 51
7. Conocer la psicología humana ................................. 54
8. La buena memoria................................................... . 56
9. El orador no solo debe estar preparado en leyes... 59
10. El buen orador siempre debe poder hablar sobre
cualquier tema............................................................. 61

Lección 2:
Las armas del orador
1. Primera enseñanza de Craso...................................... 67

-9-
Índice

2. Segunda enseñanza de Craso..................................... 69


3. Tercera enseñanza de Craso........................................ 73
4. Cuarta enseñanza de Craso........................................ 76
5. Quinta enseñanza de Craso......................................... 81
6. Sexta enseñanza de Craso............................................ 84
7. Séptima enseñanza de Craso...................................... 86
8. Octava enseñanza de Craso....................................... 88
9. Novena enseñanza de Craso....................................... 90
10. Decima enseñanza de Craso....................................... 91

Lección 3:
La filosofía del orador
1. Primera pauta................................................................... 100
2. Segunda pauta................................................................. 102
3. Tercera pauta................................................................... 104
4. Cuarta pauta.................................................................... 107
5. Quinta pauta..................................................................... 109
6. Sexta pauta........................................................................ 112
7. Séptima pauta.................................................................. 115
8. Octava pauta................................................................... 118
9. Novena pauta.................................................................. 120
10. Décima pauta................................................................... 124
A. El oficio del orador está plenamente vinculado
a la persuasión............................................................ 124
B. Todo discurso es ilimitado o limitado depen­
diendo la designación del tiempo en persona 127
C. Analizar si el asunto a cuestión es para resolver
algo justo o injusto..................................................... 129

-10-
Índice

D. De la existencia de un escrito sobre la interpre­


tación de la norma, la cual genere ambigüe­
dad o confusión......................................................... 131
E. Sobre la dignidad de la persona .................... 133

Lección 4:
La técnica de persuasión del litigante
1. La capacidad y efectividad de la persuasión en la
comunicación......................................... 141
2. El poder del lenguaje en el discurso jurídico........ 143
3. El empleo correcto de las palabras en un discurso
jurídico.............. .............................. 146

Lección 5:
Consejos útiles de Cicerón para el litigante
1. Primer consejo.................... 156
2. Segundo consejo..... .................... 160
3. Tercer consejo................... 163
4. Cuarto consejo ............................................................. 167
5. Quinto consejo....................... 171

Bibliografía........... 181
AGRADECIMIENTO

Agradezco a todo mi equipo que conforma Benji Espi­


nazo Abogados por su indiscutible compromiso con las
causas que defendemos, su esfuerzo indesmayable en la
trinchera de la defensa, y su incomparable aplomo en el
sinuoso camino del litigio penal que posee ciencia pero
también arte. A veces, en la defensa, encallamos con mu­
ros, otras con prejuicios, y muchas veces con un uso arbi­
trario del poder. Sin embargo, siempre avanzamos porque
creemos firmemente que el agua horada la piedra no por
ser más fuerte si no por ser más resistente.

-13-
REFLEXIONES DE UN LITIGANTE

Benji Espinoza es uno de los jóvenes litigantes más


brillantes de su generación, me honra al considerarme su
maestro, razón por la que he aceptado compartir algunas
reflexiones de litigante como prólogo de su obra el “Arte
de Litigar”.
Como muchos saben, inicié el ejercicio de la abogacía
en 1990, por lo que vengo litigando 33 años; miles de casos
he patrocinado en el campo penal, civil, constitucional, la­
boral, agrario y administrativo, que me permiten compartir
con la comunidad jurídica experiencias y conocimientos
en el litigio.
¿Es el litigio un arte?
Entendido el arte como el empleo de habilidades y
técnicas para crear una obra, sí es admisible afirmar que
litigar es un arte.
En mi experiencia, si bien las defensas pueden consi­
derarse una obra de arte por la forma de aplicación del
Derecho, más las visualizo, de acuerdo a su intensidad,
como partidas de ajedrez o batallas legales.
Litigar exige un profundo conocimiento de la realidad
para la comprensión integral de los hechos que forman
el drama humano, objeto de los casos penales, este exi­
ge un dominio del Derecho por ser la única herramienta
que debe utilizar el abogado para elaborar y ejecutar la

-15-
Benji Espinoza Ramos

defensa penal, también exige la observancia de la ética


profesional dentro de la cual tiene que defenderse para
ejercer la abogacía, pues fuera de esta se produce la “no
abogacía” o el “anti derecho”; en el litigio los abogados
debemos trabajar con hechos, pruebas y argumentos
para preparar y ejecutar la teoría del caso.
Como ya he narrado en otras oportunidades, comen­
cé el litigio en la justicia antiterrorista, defendiendo a perso­
nas humildes, campesinos y maestros en su gran mayoría,
quienes no podían costearla defensa, ni siquiera las copias
de los “falsos expedientes”; era imposible suplir la falta de
acceso a copias de los expedientes judiciales con su estu­
dio directo, por ser muy voluminosos y especialmente por
la pequeña ¡sala de lectura sin sillas! en la Corte de Justicia
de Lambayeque, se hacía que los defensores leamos los
expedientes de pie en evidente obstaculización al dere­
cho a la defensa; claramente el sistema buscaba que los
procesados por terrorismo no tengan defensa eficaz.
Sólo se contaba con la acusación y si estaba con suer­
te, en algunos casos, el atestado policial era el único ma­
terial para litigar en los muy duros juicios orales en la justicia
antiterrorista.
La estrategia y táctica en los juzgamientos era detec­
tar errores en las acusaciones para luego demostrarlos
contundentemente a los “jueces sin rostro!, sólo el espejo
de la reducida e incómoda sala de audiencias del Penal
de Picsi en Chiclayo y un distorsionador de voces de los
integrantes del tribunal, en juicios a los que éramos con­
vocados en la media noche para ser iniciados 8 o 9 de la
mañana, que comenzaban a las 13 o 14 horas, sin tener
a quien reclamar, y que continuaban hasta acabar en
la madrugada con sentencias a condenas no menores a
20 años de pena privativa de libertad.

-16-
El arte de litigar

Sostuve verdaderas batallas legales que concluyeron


con la absolución de todos mis patrocinados, salvo una
maestra cuya defensa fue confesión y la menor pena posi­
ble, y el caso de un joven cuyo patrocinio no me conven­
cía, pero finalmente acepté defender en su segundo juicio
oral porque vi, por otra defensa, como sufrió la familia en el
primer juzgamiento por un ocioso e irresponsable pseudo
abogado, y porque literalmente la familia se arrodilló a mi
alrededor en el despacho, suplicándome que asuma su
defensa, logré una reducción de pena significativa y años
después se le otorgó un indulto especial o extraordinario.
Defendí en la justicia antiterrorista a una campesina de
Cajamarca quien era acusada por los testimonios brinda­
dos en la DINCOTE por sus dos hijos incriminándola como
integrante de Sendero Luminoso; como era una práctica
en la justicia antiterrorista al juicio no se llevaban a los tes­
tigos, la ¡prueba! era el atestado policial y en el caso que
comento, concretamente, eran las declaraciones dadas
por los hijos.
En la estrategia de detectar los errores en la teoría
del caso de la fiscalía, analicé los testimonios de los hijos
detectando un problema; en el acta de las manifestacio­
nes policiales no aparecía que el instructor informó a los
testigos, siendo hijos tenían el derecho de no incriminación
a parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y
segundo de afinidad. Testificaron contra su madre sin co­
nocer que tenían derecho humano de no incriminación.
Luego, evalué el atestado policial apreciando que se
sacaron varias copias para distintos casos, pero sin observar
el procedimiento de obtención de copias, concretamente
la participación del fedatario, conforme lo establecía el
Reglamento de documentación policial; en el juicio oral
no se había aportado el original, sino una copia simple sin
participación de fedatario.

-17-
Benji Espinoza Ramos

Los alegatos en los juicios orales en los “tribunales sin


rostro” eran muy complejos, en la madrugada luego de
varias horas; se comentaba que detrás del espejo los jue­
ces muchas veces ¡no estaban!, motivo por el que tenía
la necesidad de asegurar la presencia y atención de los
“jueces sin rostro”, en pleno alegato decidí seguir gesticu­
lando con movimientos de brazos y boca, pero en silencio,
una ¡alegación silenciosa!, después de varios minutos se
escuchaba por los parlantes la voz distorsionada del direc­
tor de debates que decía: “abogado que le pasa, que le
pasa”, respondiendo: “nada Señor Director de Debates,
sólo quería saber si estaban en la sala”, a lo que replicó:
“siga, siga”.
Con la seguridad que el tribunal estaba presente,
desarrollé el alegato preparado, argumenté que los testi­
monios de cargo de los hijos contra la madre eran prueba
prohibida porque se actuaron violando el derecho huma­
no de no incriminación; así mismo, cuestioné la falta de
autenticidad del atestado policial sosteniendo que tratán­
dose de documentos públicos, la autoría del Estado sólo
se podía establecer si se elaboraban siguiendo los proce­
dimientos establecidos para la producción de copias en
el Reglamento de documentos policiales, la Sala acogió
la defensa y absolvió a mi defendida de la acusación por
pertenencia a organización terrorista.
En otra causa, en el sub sistema de justicia antiterroris­
ta patrociné a un médico y a un abogado acusados de
ser colaboradores con la organización terrorista Sendero
Luminoso. El médico era juzgado por curar a un senderista
y el abogado por integrar un grupo de abogados que se
dedicaban a defender terroristas, como vuelvo a reiterar,
sólo tenía la acusación y, por tanto, me dediqué a exa­
minar los defectos que me permitan armar una estrategia,
que me permita litigar en el juzgamiento.

-18-
El arte de litigar

En el caso del médico, investigué en el Derecho


Humanitario las norma que regulan la actuación de los
médicos en la guerra, en la que se autoriza a utilizar la fuer­
za para destruir al enemigo; busque qué debía hacer el
médico frente a los enemigos, si tenía el deber de curarlos,
pues era evidente que la acusación se basaba en la ideo­
logía, no en la posición jurídica, que al terrorista, el médico
no tenía que atenderlo, sino dejarlo morir; busqué desde
el Derecho Humanitario demostrar absolutamente lo con­
trario y, por tanto, el médico al curar al terrorista cumplió
los deberes legales y éticos de su profesión. La defensa del
médico fue aceptaba por el tribunal y lo absolvió.
En el caso del abogado, la prueba de cargo, consistía
en algunos supuestos indicios de cargo, que durante el
juzgamiento demostré que no eran tales.
La Fiscalía afirmaba que su colaboración con el te­
rrorismo se probaba con la conducción de un programa
radial en el que difundía ¡música subversiva!, este indicio
estaba construido sobre la ignorancia, pues se trataban de
huaynos señoriales, en cuyo contenido se aprecian men­
sajes políticos, sociales, sobre la historia de sufrimiento de
las personas de los Andes, de discriminación, sufrimiento e
injusticia.
Además, la Fiscalía ofreció como indicio de cargo la
tesis universitaria sobre la insurgencia que elaboró el acusa­
do; omitiendo que fue dirigido por el Profesor Víctor Prado
Saldarriaga, incluso, con la asesoría de Javier Valle Riestra
González Olaechea, lo que permitía descartar cualquier
contenido subversivo.
Como otro “pseudo” indicio de cargo, el Ministerio
Público presentó un depósito de ahorros del acusado
afirmando que al tratarse de un ¿abogado mediocre?
no tenía justificación y, por tanto, en la ¡lógica fiscal! se

-19-
Benji Espinoza Ramos

formaba la cadena de indicios contingentes que probaba


la culpabilidad de mi defendido. Por ello, hice ver que este
indicio no podía construirse porque en la documentación
incautada aparecía la aceptación por la Universidad de
Salamanca para que el abogado estudie su post grado,
nada menos que con la firma del maestro Ignacio Berdugo
Gómez de la Torre.
Pese a corresponder la absolución, la Sala reservó el
juicio porque fue una defensa en ausencia; expresión de
una endémica violación de los derechos humanos a la
presunción de inocencia y la tutela jurisdiccional efectiva,
en su manifestación del derecho a una sentencia de fon­
do, a los ausentes y contumaces; solamente debe reser­
varse el juzgamiento si existe prueba para condenar, al no
poder dictar sentencia condenatoria por la prohibición de
hacerlo en ausencia.
A mi defendido lo traté poco como colega, llegaba a
mi estudio a leer algún libro de la biblioteca motivado por
nuestros diálogos y la crítica que le explicaba sobre la vi­
sión marxiste del Derecho. Una mañana encontré una bre­
ve nota donde me expresaba ser ¡nocente y que por favor
lo defendiera, ya que se pondría a buen recaudo dadas
las características de la persecución penal por casos de
terrorismo. En tres juicios, por nulidad de sentencia de otros
acusados, pese a volverá establecer su inocencia no logré
revertir la reserva de juzgamiento. Muchos años después el
abogado regresó al Perú luego de estudiar post grado en
Europa y fue finalmente absuelto.
En el litigio asumí varias defensas, principalmente en
casos de homicidio, que me permitieron entender la im­
portancia de la ciencia para el armado de las estrategias;
aprendí la enorme importancia de la prueba pericial.
El estudio de la Medicina Forense, lograr el concurso de
buenos peritos y el consejo de mi querido padre médico,

-20-
El arte de litigar

me permitieron construir defensas penales en varios casos


que comentó a continuación.
He comentado en otra oportunidad mi primera defen­
sa de un acusado por homicidio, específicamente por pa­
rricidio; se le atribuía a mi defendido haber matado a su
padre por una supuesta relación amorosa con su pareja,
una mujer joven. Mi patrocinado aparecía confeso ante
la, entonces, Policía de Investigaciones del Perú (PIP); en
el atestado policial encontré la manifestación policial re­
conociendo haber dado muerte a su padre con un golpe
en la parte posterior del cráneo utilizando un adobe.
Al entrevistarnos me expresó que era ¡nocente, que no
sólo no mató a su padre, sino que habían mantenido una
excelente relación de amigos, que incluso sus familiares
denunciantes, hermanos del occiso, no negarían.
Me causó un gran impacto lo dicho por mi defendido,
razón por la que decidí entrevistarme con sus tíos, en un
dialogo corto y duro aceptaron que la relación padre-hijo
había sido la mejor, pero que se afectó en su considera­
ción, por una tóxica relación con la pareja de su fallecido
hermano.
Analizado el atestado policial en busca de cómo
probar las circunstancias de la muerte y la tortura sufrida
por el acusado, advertí una forma; la comparación entre
la supuesta confesión y la necropsia, pues si el detenido
había narrado la forma de cómo mató a la víctima, debía
coincidir con lo registrado en el protocolo de necropsia.
Por lo tanto, pregunté a mi padre sobre qué especialidad
de la medicina explicaba las causas de la muerte, me ha­
bló de la patología forense, que no se contaba en aquel
tiempo en Chiclayo con especialista, pero me indicó que
podía suplirse con el anatomopatólogo.

-21 -
Benji Espinoza Ramos

Por fortuna un familiar “de cariño” era el anatomo­


patólogo del Hospital Regional Docente Las Mercedes, le
pedí que compare la manifestación policial y la necropsia,
concluyendo que no existía coincidencia, pues la lesión
en el cráneo no era compatible con un golpe con ado­
be; que con este medio no podía causarse la lesión en el
parietal registrada en la necropsia. La grave contradicción
entre la “confesión” y la necropsia, me animó a sostener
en juicio que mi defendido no confesó el parricidio, que
la declaración auto incriminatoria fue consecuencia de la
tortura.
El reto era vencer un prejuicio en los jueces; no creer a
los acusados cuando afirmaban haber sido torturados por
la Policía, dado a que casi todos así lo denunciaban en los
juicios orales.
Decidí utilizar una pericia en patología forense espe­
cial, acompañar al dictamen pericial y examen del perito
con experimentos ante el mismo tribunal que demuestren
la falta de coincidencia entre la “supuesta confesión” con
la necropsia, y, por tanto, probar la tortura sufrida por mi
defendido. Conseguí varios cráneos en el cementerio y re­
colecté adobes de la misma escena del crimen, los cuales
acredité con una constancia notarial de hechos.
En el juicio oral durante el examen y guía del perito,
varias veces golpeamos cráneos con adobes, dejando
constancia que no se producía ninguna lesión, mientras
que el patólogo explicaba que los cráneos no se dañaban
a pesar de corresponder a cadáveres, evidentemente me­
nos calcificados que en el caso de personas vivas, a fin de
generar al tribunal la mayor convicción sobre el valor pro­
batorio de la pericia en patología forense. Mi defendido
fue declarado inocente al aceptar la Sala que no confesó
el parricidio y ser probable que declaró bajo tortura.

-22-
El arte de litigar

En otro coso patrocine a un joven ejecutivo de la


IBM en Lima, un domingo en la tarde de visita familiar en
Ferreñafe, sale al parque principal con su bella esposa a
comprar una piñata para su ahijada; la dama es ofendida
gravemente por un grupo de jóvenes que libaban cerveza,
sin saber diferenciar piropos e insultos; el esposo, a pedido
de su cónyuge, trata de no hacer caso a las difamaciones,
hasta que llega un momento que no soporta más, saca
su arma de fuego que portaba por seguridad y dispara al
grupo matando al líder de la "mancha de muchachos”
que atacaban a la esposa. Por lo tanto, el joven ejecutivo
fue acusado como autor de homicidio doloso del art. 106°
del Código Penal.
Al preparar la defensa advertí que mi defendido fue
un estudiante brillante en el colegio y la universidad, un
profesional altamente calificado; sin embargo, no lograba
durar en ningún empleo, pese a su corta carrera profe­
sional, registraba más de dos trabajos de cortos periodos
de duración. Este dato me llamó la atención, me daba la
impresión que mi patrocinado podía tener problema de
control en sus emociones; “un Fórmula 1 de gran veloci­
dad con problema de frenos”; por lo que decidí someterlo
a examen psiquiátrico de cara a una pericia en psiquiatría
forense; el psiquiatra no diagnosticó un trastorno mental,
pero si un problema de personalidad, hipertimia y exceso
de energía de la persona que genera dificultad de control
de las emociones.
También examiné la reacción de mi defendido desde
la antropología y la sociología a fin de establecer en una
sociedad “machista”, frente a la vejación pública a la es­
posa, cuál era la reacción socialmente exigible; el enfren­
tamiento a los agresores, incluso con violencia; o una posi­
ción pasiva, “pacifista”; al sostener que la conducta social
en este caso no sería igual en Ferreñafe o en Berna, Suiza.

-23-
Benji Espinoza Ramos

La pericia antropológica-sociológica determinó el


machismo de la sociedad ferreñafana y la reacción del
“macho” frente a la agresión sexual pública de “su mujer”,
por cierto, mi patrocinado nació y creció en Ferreñafe.
Con las dos pericias la estrategia en el juzgamiento
fue la variación de la tipificación de homicidio doloso a
homicidio emocional del art. 108°, pues el acusado mató
por ira, emoción violenta y excusable, entendida como
explicable, por la hipertimia y la reacción en una sociedad
machista. La Sala aceptó la variación de la tipificación del
hecho objeto de acusación y condenó al acusado como
autor de homicidio emocional a cuatro años de pena pri­
vativa de la libertad efectiva, por ello, prosperó la defensa
en la menor pena posible.
Una defensa influyente en mi formación de litigante,
fue el caso de asesinato en el que patrociné a un ex te­
niente de la PNP a quien se le acusó de haber matado a
una menor de 18 años para ocultar las relaciones sexuales
que habían mantenido, esto generó el juicio mediático
más fuerte que había enfrentado hasta ese momento de
mi carrera.
Examiné la prueba de cargo, establecí la ausencia de
prueba directa; que la acusación se había armado soló
con indicios contingentes, concluyendo que correspondía
presentar en el juicio oral una defensa de insuficiencia de
prueba de cargo, al no existir la cadena indiciaría necesa­
ria para que el tribunal alcance la certeza de culpabilidad
y dicte sentencia condenatoria.
Para demostrar la insuficiencia de la prueba indiciaría
de cargo utilicé del derecho probatorio de los Estados
Unidos la famosa regla del MOM; criterio de valoración
que exige para la formación de la cadena de indicios con­
tingentes se prueben; el motivo, la oportunidad y el medio.

-24-
El arte de litigar

El juicio oral fue extremadamente duro porque enfren­


té requerimientos de soborno de dos jueces que rechacé
enérgicamente y un intenso juicio mediático. Se celebraron
cuatro juicios orales; el primero terminó con una sentencia
absolutoria por mayoría; el segundo por declaración de
contumacia con reserva de juzgamiento; el tercero con
sentencia absolutoria por unanimidad; y el cuarto con sen­
tencia condenatoria.
Para demostrar la falta de prueba del motivo del ase­
sinato; el ocultamiento de las relaciones sexuales; partí de
un dato observado en el protocolo de necropsia, la des­
cripción del himen como “compatible” con complaciente;
aproveché que el médico legista llamado por la Fiscalía al
juzgamiento era un profesional honesto y solvente; permi­
tió con su examen aplicar sexología forense y tanatología
para establecer que “compatible” significaba, el tipo
himen complaciente no se comprobó en la víctima, sino
que se estableció por probabilidad, es decir, el himen era
flexible, pero no se podía precisar si por ser complaciente o
por los fenómenos cadavéricos.
Establecida la duda que el himen fue complaciente se
extendió a las relaciones sexuales, pues era posible que de
no ser el himen complaciente la mujer no las haya mantenido
con el acusado y, por tanto, no se probaría el indicio móvil.
La falta del indicio de una oportunidad, la argumenté
señalando un problema de inobservancia de la garantía
de determinación del hecho en la acusación (imputación
necesaria), pues la Fiscalía nunca pudo establecer ni el
lugar ni el momento del asesinato; sin espacio, ni tiempo
no podía probarse la oportunidad del autor para matar a
la víctima.
Para demostrar la falta del indicio medio destaqué el
no hallazgo del arma empleada para matar a la víctima,

-25-
Benji Espinoza Ramos

argumentando que la prueba del medio exigía ubicar la


pistola y vincularla causalmente con el acusado. A pesar
de batallar con máxima intensidad en los cuatro juicios, al
final se impuso una “condena por cansancio”, consecuen­
cia casi inevitable de anulación reiterada de sentencia
absolutoria.
En Pucallpa empecé una de las más duras batallas
legales que he sostenido, en la defensa del Alcalde de
Coronel Portillo de la acusación de instigador del asesinato
de un periodista por denunciarlo por delito de tráfico ¡lícito
de drogas; igual que el caso anterior, se acusó con indicios
contingentes lo que me permitió volver emplear la regla
del MOM.
El caso generó un terrible juicio mediático en Caretas,
El Comercio y La República, desplegaron una campaña
feroz por la condena, que se agravó al demostrar que
estaban impulsados por el empleo de un fondo para in­
vestigaciones de muertes de periodistas por casos de nar­
cotráfico, que significó entregas de importantes sumas de
dinero a los tres medios de comunicación. El grave ataque
a la independencia judicial llevó, por ejemplo, a que El
Comercio nos dediqué hasta tres editoriales, lo que denun­
cié ante la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
Ataqué en primer lugar, la absoluta incongruencia de
la acusación con la sentencia firme dictada en otro proce­
so penal por el mismo hecho. En este se condenó a varios
instigadores y autores materiales por el homicidio del pe­
riodista, fijándose como móvil un problema de infidelidad
y señalándose que el autor material “Gatillo” el mismo día
de los hechos, ante el desistimiento de “Trolón” buscó a
“Chino Lito” para que asesine al periodista con él.
En cambio, en el proceso contra el alcalde la acusa­
ción era que un día antes de la muerte él, junto al Gerente

-26-
El arte de litigar

Municipal, contratan a “Chino Lito” para que de muerte al


periodista porque lo denunció en su programa radial por
estar involucrado en el hallazgo de clorhidrato de cocaína
en un contenedor para ser embarcado en el Puerto del
Callao.
Para demostrar la ausencia del móvil trabajé varios
métodos:
A. Analicé la investigación policial que concluyó por la no
responsabilidad de mi defendido; se demostró que a
través de su empresa exportadora de madera vendió
a un comerciante mexicano en las instalaciones de la
planta; el comprador llegó con transportista, contene­
dor y agente de aduanas; el contenedor fue llenado
y colado el precinto de seguridad de la agencia de
aduanas; trasportado a la almacenera elegida por
el comprador, en el ingreso el contenido fue revisado
por INRENA, colocándose un segundo precinto de
seguridad; el contenedor estuvo días en el almacén
y camino al barco, el camión en que se transportaba
desapareció unas horas, fue hallado abandonado y
“preñado” con la droga. Establecí la secuencia para
argumentar que, desde el momento de la venta y
entrega de la madera en las instalaciones de la em­
presa de mi defendido, el riesgo y responsabilidad por
el contenido del contenedor la tuvo el comprador,
siendo la razón para que no haya sido denunciado ni
procesado. Sostuve que la denuncia periodística no
podía ser motivo de la instigación al asesinato.
B. Luego, argumente que el periodista tenía un estilo de
comunicación violento y ofensivo contra muchas per­
sonas, documenté varios ejemplos de sus ofensas para
sostener la existencia de varias víctimas de difamación
que tendrían motivos más potentes que mi defendido
para “responderle", recuerdo cómo en el programa

-27-
Benji Espinoza Ramos

radial el periodista sobre el gerente de una cervecera


se expresaba; “maricón, necesitas un hombre, yo te
voy a montar”. Incluso agregué un estudio de rating
del programa, aproximadamente “000.2” que signi­
ficaba que el periodista se escuchaba así mismo y
quizá algún amigo o familiar. El estilo del periodista y
su nulo rating descartaban que mi defendido asuma
la denuncia periodística como motivo de instigación al
asesinato.
C. Finalmente, para cuestionar el indicio móvil promoví
una pericia psiquiátrica y psicológica sobre el estudio
de la personalidad del acusado, a fin de demostrar
que no toda persona que es denunciada por delito
mata o manda a matar al denunciante; que esta re­
acción es de quien tiene personalidad psicopática,
que no presentaba mi patrocinado.
Para descartar los indicios, oportunidad y medio para
instigar; desarrollé la actividad probatoria para demostrar
que no existió la reunión en un parque el día anterior para
contratar a “Chino Lito”, a la que se sumó el argumento
que una sentencia con efecto de cosa juzgada dictada
en otro proceso penal, como expliqué, establecía otras
circunstancias para que no sólo él, sino también “Gatillo”,
maten conjuntamente a la víctima, en una secuencia
de instigadores y autores en la que no se encontraba mi
defendido.
Recuerdo haber invocado el argumento ante la Corte
Suprema, la primera vez que el caso llegó por recurso
de nulidad, me entrevisté con el Presidente de la Salá
Permanente, quien expresamente me dijo que se iba a
anular la sentencia absolutoria y al preguntarle por qué,
me respondió: “aunque te suene horrible, si El Comercio
dice que es narco, es narco”; replicándole que el caso era
de asesinato, no de tráfico ilícito de drogas, entonces, la

-28-
El arte de litigar

justicia se reducía a quién tiene más titulares en los perió­


dicos favorables o desfavorables. La dureza de este caso
generó tres juicios orales por nulidades en “cadena” de las
sentencias absolutorias.
En el primer juicio oral, en la Corte Superior de Justicia
de Coronel Portillo se absolvió por mayoría de la acusación
y la Corte Suprema anuló la sentencia absolutoria pretex­
tando error en la valoración de la prueba, disponiendo
arbitrariamente de oficio que en el nuevo juzgamiento se
actúen varias pruebas, por una irregular transferencia de
competencia se trasladó el caso a la Corte Superior de
Justicia de Lima.
En el segundo juicio oral, se volvió a absolver por ma­
yoría al acusado y la Corte Suprema nuevamente anuló
la sentencia absolutoria invocando un supuesto error de
valoración de la prueba.
En el tercer juzgamiento se absolvió una vez más por
mayoría al acusado. En el procedimiento de recurso de
nulidad la Fiscalía pidió la celebración de un cuarto juzga­
miento, ante lo cual denuncié la violación del plazo razo­
nable o a un juzgamiento sin dilaciones indebidas, argu­
mentando que en el supuesto negado que tres veces los
tribunales de juicio hubiesen errado en valorar la prueba;
¿quién debería asumir la consecuencia de nueve jueces
(tres por Sala) que supuestamente no supieron valorar la
prueba; el acusado?, este quedaría a las resultas, que un
cuarto o quinto tribunal si valore debidamente la prueba.
La Sala Penal de la Corte Suprema por 4 votos a 3
declaró no haber nulidad en la sentencia absolutoria, es­
tableciendo una debida operación probatoria del Tribunal
Superior en su conclusión que la Fiscalía no demostró en el
grado de certeza o de culpable más allá de toda duda
razonable. Agregando que un cuarto juicio oral, como

-29-
Benji Espinoza Ramos

pretendía el fiscal, violaría el derecho humano al plazo


razonable.
Estas reflexiones de litigante deben llegar a un final, no
es posible comentar los miles de defensas de las que fui
y soy responsable; son evidentes las muchas que dejo sin
comentar, pero puedo asegurar que en todas se aprecia­
rá el arte, ajedrez o batalla que significa el armado y la
ejecución de las defensas penales.
Sólo puedo afirmar que, para ser el artista, el ajedrecis­
ta o el guerrero que es el litigante penal, es indispensable
amar al ser humano para tener la capacidad de ver a una
persona, un prójimo, en el drama humano que es el caso
penal; igualmente es necesario tener una profunda fe en
el Derecho como el mejor instrumento que la humanidad
ha creado para alcanzar justicia; y finalmente, hay que
entender la nobleza de la profesión del abogado, que mo­
tivó en nuestro origen a buscar al hombre más honesto del
pueblo para que asuma la misión de la defensa.
En el “Arte de Litigar”, el autor expresa herramientas
que necesita el litigante a partir de la obra del gran abo­
gado romano que fue el extraordinario Cicerón, quien nos
ayuda a valorar no sólo desde la oratoria. Se resalta con
Cicerón la base del abogado litigante el ser un humanista,
pues como ya señalé, el humanismo es la única manera
de comprender a la persona, a la que se asiste jurídica­
mente y en el caso penal, a identificarla y valorarla como
ser humano sin importar la magnitud del drama humano
en el que se encuentra.
Es un absoluto acierto al comentar el decálogo, en el
llamamiento de Cicerón al conocimiento de la filosofía,
indispensable como olvidada, por una “justicia de super­
ficie” y una abogacía de “chapoteo”, no de “buceo”; la
filosofía nos lleva al fundamento del quehacer del litigante,
justicia alcanzada desde la verdad.

-30-
El arte de litigar

Desde la antigua Roma se nos recuerda la importan­


cia de la investigación para el litigante, pues es la forma
de alcanzar los hechos y las pruebas que todo caso exige;
y se destaca el debate, el método para hacer realidad
el principio de audiencia y el de contradicción, motores
del proceso penal. El conocimiento de las normas es otro
aporte que la obra nos trae con Cicerón, pues el litigante
necesita, además, de hechos y pruebas, las leyes aplica­
bles al caso, lo que sólo asegura el estudio del Derecho.
Finalmente, la obra destaca como el gran abogado
romano entendió y desarrolló la técnica de persuasión que
es una exigencia para el litigante, que no sólo debe comu­
nicar adecuadamente su estrategia, sino esencialmente
convencer al operador jurídico que es la correcta, la que
tiene que hacer suya en la causa. Con el Arte de Litigar, su
autor nos recuerda con la figura de Cicerón la formación
integral del abogado, con lo que se entiende por qué el
gran abogado español José María Martínez Val afirma,
recordando a Paillet: “Dad a un hombre todas las dotes
del espíritu, dadle todas las del carácter, haced que todo
lo haya visto, todo lo haya aprendido y retenido todo; que
haya trabajado durante 30 años de su vida, que sea un
literato, un crítico, un moralista; que tenga la experiencia
de un viejo y la infalible memoria de un niño y tal vez con
esto formareis un abogado completo".

César Augusto Nakazaki Servigón


Lima, 13 de septiembre del 2023

-31 -
PROLEGOMENO

¿Por qué leer a Cicerón en estos tiempos?

Si Heredólo es el padre de la historia; y a Platón se le


atribuye la paternidad de la lógica; podría decirse que
Cicerón es el padre de la oratoria romana.
En efecto, no es exagerado decir que la historia del
derecho en la antigua Roma reconoce que entre todos los
abogados que existieron en el siglo II a. C., Cicerón fue el
mejor. De hecho, muchos jurisperitos lo consideran el mejor
de todos los tiempos en Roma.
Ahora bien, por descontado fue Marco Julio Cicerón
un abogado excepcional, a lo que debe agregarse que
encandilaba con sus palabras, encendía con sus alegatos
y arrobaba con sus extraordinarios discursos forenses. Fue
el orador por excelencia en su época, al margen de haber
tenido polémicas con varios de sus contemporáneos.
Pero, ¿cómo llegó a ser el mejor orador y abogado
romano? La respuesta la encontramos al analizar su vida,
principalmente, los estudios que emprendió desde muy
joven hasta su adultez. Cicerón dedicaba muchas horas
a leer filosofía, y luego se preparó en la retórica y la elo­
cuencia, puesto que Cicerón admiraba desde su juventud
a grandes oradores griegos como Demóstenes, Isócrates y
Lisias. Así, teniéndolos como dechados, se propuso supe­
rarlos en Roma. Respecto a los estudios de Derecho, Marco

-33-
Benji Espinoza Ramos

Tullo comenzó o indagar sobre la literatura jurídica y a leer


a los grandes juristas del momento, entre ellos, las obras de
Lucio Acilio o las obras de Sexto Ello Peto, de quien Cicerón
decía que era el mejor jurista que Roma pudo haber teni­
do por su claridad y lucidez al interpretar y comentar la ley
de las XII tablas.
Empero, si en la literatura jurídica admiraba a ellos dos,
como maestros en su formación jurídica tuvo a dos de los
mejores maestros en jurisprudencia de su época, a Quinto
Mucio Escévola “El augur” y a Quinto Mucio Escévola
“El pontífice”. Los Escévola, como se les llamaba, le ense­
ñaron a Cicerón todo lo que debía conocer sobre el dere­
cho antiguo, derecho griego y derecho romano, incluso, lo
prepararon para que tenga grandes dotes en la oratoria a
través de reiterados debates que sostenían juntos. Se sabe,
además, que Cicerón siempre estaba presente como
espectador en los discursos que daban los Escévola en el
foro romano. Fue aquí, donde junto a otros discípulos de
éstos, Cicerón fue desarrollando sus grandes cualidades,
pero fue aquí donde conoció a Servio Sulpicio Rufo, discí­
pulo de los hermanos Escévola, con él aprendió dialéctica
y retórica, llegando a viajar juntos a Rodas, lugar donde
el filósofo griego Molón los esperaría para profundizar sus
enseñanzas. Cicerón solía decir que, si él no llegase a pa­
sar a la posteridad en la historia de Roma como un gran
abogado, Servio Sulpicio Rufo lo tenía todo para ser mejor
que él. Estos halagos se pueden apreciar, por ejemplo,
en su obra “Brutus" y en la correspondencia epistolar que
intercambiaron profusamente ambos.
Por otra parte, estas líneas preliminares sirven para
destacar la importancia que tiene la obra ciceroniana “De
Oratore” para la formación de todo litigante que quiera
ser un gran orador forense, un litigante con talento en la
oralidad, pues sin el arte de la elocuencia es imposible

-34-
El arte de litigar

sustentar una defensa eficiente en las audiencias judiciales


que se diseminan a lo largo de todas las etapas en que tra­
sunta el proceso penal. La audiencia, pues es hoy el centro
de atención del nuevo modelo procesal penal acusatorio.
Para Cicerón, el derecho es el principio del buen vivir y vivir
de manera bella y, como tal, el abogado debe aplicar el
derecho mediante una buena oratoria. Eso no quiere de­
cir, de ningún modo, que el buen abogado litigante debe
ser sólo un buen orador o que basta el “buen decir” para
litigar con eficacia y eficiencia, porque eso equivaldría a
tener un buen escaparate, pero vacío en el contenido. No
basta la forma sino tiene fondo, un continente con con­
tenido, ambas se corresponden y se necesitan de modo
simbiótico. El buen litigante, entonces, debe ser elocuente,
convincente y, desde luego, formado en derecho. Son
conocimientos que se complementan, no se excluyen, se
integran antes bien.

-35-
Dialecticam ¡nventam esse dicitis,
veri et falsi quasi disceptatricem et ¡udicem1.
(Academicorum Priorum, Lucuilus, Cicero XXVIII, 91)

La dialéctica fue inventada para decidir lo verdadero y lo falso


en los juicios.

-37-
LECCION 1:
LA PREPARACIÓN DEL LITIGANTE U
ORADOR FORENSE
Todo litigante ha de ser un buen orador.
En la antigua Roma, muchos abogados destacaron
por su gran elocuencia y empleo de la retórica como
principal arma para sus discursos y debates en el foro ro­
mano. Abogados como Marco Labeón, Marcelo, Clodio,
Hortensia, Catón, Sulpicio Rufo, entre otras grandes figuras
del derecho romano. Sin embargo, entre todos ellos, hubo
un hombre que destacó, distinguido no sólo en el mundo
romano, sino que trascendió hasta nuestros días por su
gran arte de la elocuencia y la oratoria, su nombre fue
Marco Tulio Cicerón.
De todas las obras que escribió Cicerón, una en parti­
cular se destaca por exponer -a manera de diálogo- las
enseñanzas que le dejaron maestros de la retórica como
los hermanos Escévola y Craso. Precisamente el título de la
obra en latín es “De Oratore” (Sobre el orador), más cono­
cida como Diálogos sobre el orador, escrita en tres libros2.
Precisamente es de esta obra de donde analizaremos
y seleccionaremos las enseñanzas y los puntos clave que
Cicerón nos da a conocer para que el abogado litigante
no sólo esté informado, sino sepa cómo aplicar tales ense­
ñanzas en los procesos judiciales que afronte.
Cicerón comenta que, quizá ha llegado el momen­
to en el cual él deba comenzar a descansar, pues ya se

2 Las palabras «tres libros» equivale, en nuestra época, a «tres


capítulos».

-41 -
Benji Espinoza Ramos

siente cansado de la rutina de los negocios forenses (ca-


sos/litigios) y quiere dedicar su tiempo a actividades que le
ayuden a crecer el alma, como el estudio y la escritura (de
sus obras), aunque siente que hay algo que le impide aun
hacerlo. Aun así, se arma de valor y le dice a Quinto que
ni la aspereza de su fortuna o lo difícil de los tiempos harán
que abandone los estudios que tiene pensado hacer, pues
quiere dedicar gran parte de su ocio a escribir por más
enemigos u opresores que tenga.
De este modo, es como Cicerón empieza a recordar
una antigua conversación, en la cual le advierte a Quinto
que le narrará con la finalidad de explicarle las opiniones
de grandes retóricos y oradores romanos que han tratado
el arte del bien decir (oratoria), ya que estos varones han
sido los más elocuentes y esclarecidos.
Es así como Cicerón nos ofrece los diez siguientes pasos
a guisa de decálogo:

-42-
El arte de litigar

1. El arte del orador

Que el abogado deba saber oratoria es más que


un requisito. Sin embargo, la historia del derecho nos ha
colocado abogados que no han sido expertos en la elo­
cuencia, pero destacaron por sus escritos; sin embargo, la
intención de esta obra es recomendar a todo profesional
del derecho, que tenga una buena base en oratoria, sin
la cual, no podrá explotar al máximo su capacidad argu­
mentativa y mucho menos su técnica de persuasión.
Cuando Cicerón sostiene que todo hombre culto debe
poseer “las demás artes”, también se refiere a la formación
humanística que debe tener el abogado para poder ser
considerado un hombre culto. Esto equivale a no constre­
ñirse a leer códigos y textos legales, lo peor que puede pa­
sar en la formación jurídica, es que solo se oriente a formar
a un fonógrafo de la ley, a la boca muda que pronuncia
la ley como diría Monstequieu, sino que debe trascender
y penetrar en la filosofía, en la literatura. Existe un univer­
so oceánico de novelas policiales y judiciales (Agatha
Christie, John Katzenbach, Jhon Grisham, Scott Turow, en­
tre otros), e incluso indagar textos de historia sin desmedro
de saber apreciar el arte. Estos estudios se pueden realizar
por propia cuenta que constituyen el preámbulo del arte
de la elocuencia. Para poder construir contenidos huma­
nísticos en nuestras exposiciones y defensas en el foro.
Tal como sentenciaba Terencio: “nada de lo humano
me es ajeno”.

-43-
Benji Espinoza Ramos

2. El estudio de la filosofía

"Ñeque enim te fugit ómnium laudatarum artium procreatricem


quandam et quasi parentem eam, quom philosophian Graeci

[Bien sabes que los hombres más doctos tienen por madre y pro­
creadora de todas las ciencias a la que llaman los griegos, filosofía].

El abogado que sólo sabe derecho ni derecho sabe.


Es así que, en el primer paso, dábamos cuenta que, según
enseñaba Cicerón, el abogado no sólo debe leer textos
de derecho, sino también debe adentrarse a la filosofía.
Precisamente, aquí es donde se halla la distinción entre
los buenos abogados y los que no lo son. Los abogados
de trayectoria saben que el principal conocimiento del
derecho proviene de la filosofía, “madre y procreadora de
todas las ciencias” como nos explica Cicerón.
Incluso, el origen mismo del derecho, en cuanto al
pensamiento que nos lleva al más noble ideal de perseguir
y hacer justicia, proviene de la filosofía. Para que Celso
defina al derecho como el arte de lo bueno y lo justo, tuvo
que llegar a desentrañar las nociones de “bueno” y “justo”
mediante la filosofía, pues sin ella, sin preguntarse sobre lo
que es bueno y lo que es justo no hubiera podido esbozar
tal definición.
La filosofía es vital e importante para todos los aboga­
dos, ya que sin su estudio un profesional del derecho care­
cería de las herramientas necesarias para profundizar en
la evolución del pensamiento jurídico. Piénsese en esto, sin
filosofía del derecho -actualmente- el abogado no podría
diferenciar de manera objetiva, entre el iusnaturalismo y el
iuspositivismo. Con mucha más razón, en la antigua Roma,
época en la que vivió Cicerón, los filósofos griegos eran
admirados por los romanos, eran como una especie de

-44-
El arte de litigar

mentores o maestros a los cuales habría que seguir, no sólo


en sus enseñanzas en los foros, sino también en la formula­
ción de los pensamientos. Sabemos que, Cicerón rescató
mucha de la filosofía de Platón, porque leyó a Platón -más
que a Aristóteles- e incluso, lo imitó en la manera de sus
diálogos, tal como podemos ver en la obra “De Legibus",
que no es más que una especie de imitación, pero bien
decorada de la obra de Platón, Las Leyes.
Actualmente, la mayoría de abogqdos podrán tener
una sólida base en el campo práctico, muchas horas en el
litigio, pero sin una base filosófica, la manera de reflexionar,
de razonar y la capacidad de aplicar la lógica y la argu­
mentación no encontrará suficiente sustento o base para
poder aclarar las ¡deas y fundamentar de manera objetiva
la defensa y postura que ofrezca a su patrocinado en al­
gún juicio. Precisamente, Cicerón en la obra “De Oratore"
ofrece armas y herramientas aplicables al momento de
estar parado o sentado frente a los magistrados segundos
antes de abordar su defensa.
Al respecto, es apropiada la reflexión que hacía
Descartes sobre la filosofía y su utilidad: «la filosofía es la
que nos distingue de los salvajes y bárbaros; las naciones
son tanto más civilizadas y cultas cuanto mejor filosofan sus
hombres».

-45-
Benji Espinoza Ramos

3. La investigación y el debate

“Vel scientiae pervestigatione vel disserendi ratione comprehen-

[Investigando, debatiendo y buscando la razón de cuanto existe].

Sabido es que todo abogado litigante debe ser un


buen investigador, ya que sólo así podrá conocer la pro­
fundidad del caso que esté llevando, como también hacer
de ella (de la investigación) un uso adecuado para armar
y elaborar su defensa. En este caso, el abogado litigante
que se prepara en oratoria, debe ser un buen investigador,
pero no sólo de los hechos que le narre su patrocinado (el
insumo principal de todos modos), sino también investigar
y profundizar en el estudio de la norma que busca aplicar
para defender al mismo. La ecuación hecho y norma, en
este respecto, resulta trascendental.
La investigación no sólo es propia del abogado litigan­
te, sino también del abogado que se dedica a la cáte­
dra en la universidad, pues como profesor debe manejar
el arte de la oratoria a través de sus dinámicas clases. La
investigación para el catedrático es más que una tarea,
un deber, porque solo así podrá destacar sobre los demás
catedráticos, ya que sin investigar los temas que enseña a
sus alumnos, poco o nada logrará dejar en ellos. Couture,
sobre este punto, rememoraba que el imperativo de todo
abogado es nunca dejar de estudiar, ya que un día sin es­
tudio equivale a un día siendo menos abogado.
En cuanto al debate, es la mejor forma que tiene un
abogado para mostrar cuánta capacidad intelectual y
preparación humanística tiene en sí. Abogado que huye
de un debate es un mal abogado, porque el debate es
la mejor arma que tiene un profesional del derecho para
hacer gala de sus conocimientos. La esgrima verbal es

-46-
El arte de litigar

estimulante y un inmejorable escenario para mostrar la for­


taleza de nuestras razones y argumentos. Aún más, el juez,
en el marco de un proceso, no sólo cumple la función de
decidir y ser el director de la audiencia, sino que también
podría debatir con el abogado defensor o con la parte
contraria sobre algo que no le quedó en claro, pues antes
de ser juez, también, es abogado y no por tener el cargo
de juez, quiera decir que sea un “ser divino" a quien no
se le puede refutar o proponer alguna injerencia o deduc­
ción alternativa.
Bien enseñaba Pasteur: “si no conozco una cosa, la
investigaré".

-47 -
Benji Espinoza Ramos

4. El orador debe conocer de leyes y costumbres

“Dicendi autem omnis ratio in medio posita communi quodam


in usu atque in hominum ore et sermone versatur, ut in ceteris id
máxime excellat, quod longissime sit ab imperitorum intellegentia
sensuque disiunctum, in dicendo autem vitium vel máximum sit a
vulgari genere orationis atque a consuetudine communis sensus

[El arte de bien decir (la oratoria) está a la vista, versa sobre asun­
tos comunes, sobre las leyes y costumbres humanas. Y así como
en las demás artes, es lo más excelente lo que se aleja más de la
comprensión, de los ignorantes, en la oratoria, por el contrario, el
mayor vicio está en alejarse del sentido común y del modo usual

Las leyes son elaboradas por los seres humanos y, por


tanto, como obra humana hay que conocerla y saber in­
terpretarla. Dado que, el derecho regula a la sociedad sus
necesidades, sus exigencias en un determinado tiempo, es
preciso que, la brújula de nuestra comprensión e interpre­
tación del derecho no se aleje del sentido común (aunque
a veces se presente como el menos común de los sentidos
en las decisiones judiciales o fiscales). Cicerón alecciona­
ba en que debe utilizarse un modo usual de hablar, lo que
quiere decir que, el gran orador forense es el que emplea
un lenguaje simple y sencillo, no abigarrado ni abstruso.
Ahora bien, antes de continuar con el quinto paso, de­
bemos recalcar la importancia que los oradores romanos
daban a la oratoria y retórica griega, pues consideraban
a Atenas (Grecia) como la ciudad inventora de todas las
ciencias, tanto más que Cicerón nos comenta en la obra
que fue en Atenas donde nació y se perfeccionó el arte
de bien decir (la oratoria) y que Roma, en su momento, no
pudo estimarla. Y por más que Roma llegó a ser una gran
república, ni aun así, hubo algún personaje de gloria que

-48-
El arte de litigar

con todo el empeño que pudo tener no se hoyo dedicado


a cultivar el arte de la elocuencia.
Los romanos tuvieron que partir a Grecia para estudiar
y aprender la buena oratoria, pues una vez que oyeron a
los oradores griegos y leyeron sus obras, pudieron aprender
de ellos el arte de la elocuencia y la retórica motivados
por tales enseñanzas.
De igual modo, la elocuencia o el arte de bien decir,
debe ser cultivada y aprendida por el abogado litigante
que desee disertar de manera correcta, tal como veremos
a continuación en el quinto paso.

-49-
Benji Espinoza Ramos

5. La elocuencia es magnífica para el litigante

"Sed enim maius est hoc quiddam quam homines opinantur, et


pluribus ex artibus studiisque conlectum"
[Sin duda que es la elocuencia algo más de lo que imaginan los
hombres y que requiere mucha variedad de ciencias y estudios].

¿Por qué Cicerón en su obra enfatiza sobre la elocuen­


cia? Por el simple hecho que, la elocuencia es la clave
contundente que tiene todo orador. La elocuencia no sólo
es el arte de hablar bien, sino también saber convencer
con la palabra, saber cómo argumentar con las palabras
correctas, es decir, el abogado litigante que recurra a la
elocuencia debe saber cómo hacer que los hechos recai­
gan sobre las palabras adecuadas y que las palabras se
conviertan en hechos. El abogado que logre hacer esto
simplemente ya tiene más de la mitad del juicio a su favor.
Para lograr ser elocuente, un abogado también debe
emplear un buen manejo de técnicas de comunicación,
saber transmitir el mensaje hacia uno o varios receptores
con la finalidad de poder persuadirlos.
De nada sirve al abogado conocer de memoria cada
uno de los pasos en el proceso o conocer de manera per­
fecta el expediente, sin que sepa cómo poder oralizarlo.
Al igual que en otros negocios, la actividad del abogado
consiste en saber cómo llegar a las demás personas para
poder convencer que, es él quien tiene razón y así producir
el efecto deseado.
No obstante, la elocuencia es hechura del conoci­
miento y asimilación de un conjunto de disciplinas. No hay
contenido persuasivo, sin que se presente en un continente
impactante.

-50-
El arte de litigar

6. La elección y construcción de las palabras para el dis­


curso

Litigar durante todo un proceso judicial no es tarea


fácil, pues existe una preparación detrás de todo lo que
el patrocinado pueda imaginar. El abogado elocuente
tiene que analizar cada una de las aristas en el caso que
está llevando para poder plantear y elaborar su defensa.
Además, cada palabra que empleará tiene que ser traba­
jada al mínimo con la precisión de un entomólogo. Para
poder lograr esto, el abogado litigante contará con una
buena preparación en la materia que es de su especia­
lidad y adquirirá los elementos e instrumentos necesarios
para poder lograr un óptimo resultado.
Atrás quedaron las épocas en que el abogado tenía
que recurrir a los artificios o artilugios verbales y decir lo
primero que se le venga a la mente con tal de hacer que­
dar bien a su patrocinado. En la actualidad, hacer esto es
propio de los malos abogados. El profesional del derecho
que realmente hace un buen trabajo es aquel que duran­
te sus años de estudio, noche tras noche, día tras día, se
esforzó por estudiar y aprender, y que ahora, al asumir una
defensa, va analizando cada paso que dará, escogiendo
las palabras adecuadas y propias para entablar su postu­
ra, ya que el más mínimo error no sólo le puede costar la
derrota en el caso, sino también, la pérdida de la buena

-51 -
Benji Espinoza Ramos

reputación acaso el más importante activo con que con­


tamos. Los americanos dicen: en un juicio todo se trata de
credibilidad. Y esto debe tenerse muy en cuenta.
Los buenos abogados son precisamente aquellos que
demuestran su preparación y capacidad con su sólido y
eficiente trabajo. También existen abogados “sofistas”, que
cobran cifras elevadas, pero realizan trabajos mediocres,
puesto que tienen la mentalidad más en cobrar al patroci­
nado que en realizarle un buen trabajo.
Los abogados litigantes que son eficientes, desde la
consulta, van tomando nota y escuchando al patrocinado
con la mayor atención posible, pues cada caso es distinto,
singularísimo, especial (no hay dos casos iguales), por más
que se trate de la misma materia3. Por ejemplo, un aboga­
do penalista puede tener durante la semana tres a cuatro
casos sobre el mismo delito (estafa), lo cual quiere decir
que, aunque se trabaje sobre la misma materia, los móviles
y causas que llevaron a tal delito, fueron sumamente dis­
tintos. Quizá la norma sea la misma para poder aplicar la
modalidad de estafa, pero las circunstancias, los hechos y
las personas que propagaron y configuraron el delito son
distintos.
El buen abogado litigante, siguiendo el consejo de
Cicerón, sabrá cómo construir sus palabras, como el escul­
tor sabe cómo pulir la estatua en la que está trabajando,
o el pintor sabe cuándo y en qué partes matizar mejor los

3 En el ámbito civil, por más que el abogado lleve diariamente


un caso donde se inicie un proceso de alimentos, no significa
que todos los procesos de alimentos se tengan que llevar de la
misma manera. Por otra parte, no hay dos casos penales ¡gua­
les así se traten ambos de hurto y cometidos por la misma per­
sona, siempre habrá algún dato táctico diferenciador o algu­
na evidencia que los separe.

-52-
El arte de litigar

colores poro su pintura maestra. El abogado, entonces,


vendría a ser un artesano de las palabras que son su insu­
mo y su hechura.
Es propio de los abogados “construir sus palabras”, esto
es, inquirir e investigar bien qué términos serán los adecua­
dos para emplear al proceso que esté llevando y así poder
ganar con su patrocinado el caso. El abogado litigante
nunca debe conformarse con otro resultado que no sea
la victoria. En algunos casos, la victoria estará simbolizada
por la absolución; en otros, por la pena justa o adecuada.

-53-
Benji Espinoza Ramos

7. Conocer la psicología humana

"Et omnes animorum motus, quos hominum generi rerum natura


tribuit, penitus pernoscendi, quod omnis vis ratioque dicendi in

(El orador ha de conocer las pasiones humanas, porque en excitar


y calmar el ánimo de los oyentes consiste toda la fuerza y valor de
la oratoria).

Empédocles con su teoría de los 4 elementos (aire,


tierra, fuego y agua) había originado la explicación de las
emociones4. Desde los presocráticos, en la edad antigua,
se había identificado el papel de las emociones y su influjo
en nosotros.
Así, lo que hacía que los abogados en la antigua
Roma alcancen un estatus elevado, era precisamente el
conocimiento de las pasiones humanas, esto es, la psicolo­
gía, tanto del patrocinado como de la audiencia. Resulta
increíble saber como hace más de dos mil años los buenos
abogados romanos manejaban este tema a voluntad. Tal
es así que, en su libro, Cicerón nos muestra la brillantez de
Escévola, Antonio y sobretodo Craso, que tenían para po­
der dominar a la audiencia con sus palabras. De Craso se
dice que sabía cómo manejar los tiempos en los tribunales
romanos para plantear su defensa, sabía cuándo y cómo
subir y bajar la entonación de sus palabras, provocando
angustia, tristeza, sentimientos de ira y repudio hacia la
parte contraria o, por ejemplo, hacer que toda la audien­
cia, incluso los magistrados, se apiaden del agraviado.
Incluso se recomienda que no todo el discurso ten­
ga porqué ser elaborado de manera seria, pues el buen

4 Aristóteles habría dicho de él -en una obra perdida- que era


el padre de la retórica.

-54-
El arte de litigar

orador sabe cuándo emplear una pequeña dosis de ame­


nidad y gracia en el momento preciso, lo cual es parte de
la erudición y brillantez propia del abogado culto para lue­
go aplicar la rapidez y oportunidad en el responder/refutar
como en el atacar, uniendo todas las palabras empleadas
y lograr, así, un estilo agudo e impactante.
Recuérdese que el buen abogado litigante:
debe ser profundo en el conocimiento de la
antigüedad, y no profano en el de las leyes y el
derecho”5 (“De Oratore”, Libro I, V, 18).

5 [18] Tenenda praeterea est omnis antiquitas exemplorumque


vis, ñeque legum ac iuris scientia neglegenda est.

-55-
Benji Espinoza Ramos

8. La buena memoria

"¿Quid dicam de thesauro rerum omnium, memoria? Quae nisi


custos inventis cogitatisque rebus et verbis adhibeatur, intellegi-
mus omnia, etiam si praeclarissima fuerunt in oratore, peritura"
[¿Qué diré de la memoria, tesoro de todas las cosas? Si ella no
guardara las cosas y las palabras inventadas, perecerían todas las
cualidades del orador, por brillantes que fueran].

La memoria o el Ars Memoriae, como suele llamarse


uno de los trabajos del filósofo Giordano Bruno, quién se
ganaba la vida enseñando -luego de apartarse de la igle­
sia- el arte de la memoria. Cuán importante es la memoria
para el abogado litigante, ya que sin ella su trabajo no
tendría el prestigio ni el reconocimiento que se merece.
Desde la antigüedad, la memoria siempre ha sido uno
de los factores indispensables para el buen orador, ya que
sin ella se dudaría de su trabajo. Aquí, nos puede venir
como anécdota la fabricación de la defensa que Lisias
había hecho para Sócrates. Se sabe que Lisias era uno de
los mejores que empleaba la retórica y la elocuencia en
la antigua Grecia y por eso, Xantipa, la mujer de Sócrates,
no dudo en buscarlo y requerir de sus servicios para la
defensa de su esposo. Lisias era bueno, porque solía me­
mo rizar los discursos de los mejores oradores atenienses de
su época, pues en su formación influyeron varios oradores
griegos y de prestigio en la polis, incluso, algunos biógrafos
sostienen que Lisias era uno de los mejores en conocer la
psique humana y dominaba el arte de la manipulación
para con sus oyentes. Pero nada de esto sería posible sin
poseer una buena memoria. Aunque al final todos cono­
cemos la historia a través de la apología de Sócrates, en
la cual, Sócrates, por más que reconoce la buena defensa
que Lisias le había propuesto, decide asumir su propia de­
fensa. Algunos biógrafos sostienen que, si Sócrates hubiera

-56-
El arte de litigar

aceptado la defensa de Lisias fácilmente hubiera salido


victorioso.
En la actualidad, el abogado litigante debe dominar
el ars memoriae, esto es, el arte de la memoria. Pues, si­
guiendo el modelo de Lisias, el abogado litigante debe
memorizar, en lo posible, no solo los artículos del código o
cuerpo de leyes que empleará en la elaboración de su de­
fensa, sino también memorizar los pequeños detalles que a
la hora de pronunciarse serán vitales para ganar puntos a
favor en la audiencia. Detalles que pueden recaer en al­
gún lema sobre el caso -la etiqueta que engloba y explica
todo el caso- o algún hecho que marque la diferencia y el
curso del proceso, favoreciendo a su patrocinado o “ata­
cando” sutilmente a la parte contraria. Una dosis de habi­
lidad estratégica para su técnica de litigación no cae del
nada mal, máxime si se tiene en cuenta dar la estocada
final con los detalles que ante los ojos de los demás pueda
parecer vacuo o sin importancia, pero luego se convierte
en el “jaque mate” para el buen litigante.
Al trabajar la memoria el abogado no debe emplearla
para ser un vano repetidor de lo que establece la ley, sino
que debe pronunciar la ley de manera clara, para luego
poder interpretar y comentar de manera correcta lo que
el dispositivo legal quiso decir. Los abogados tenemos en
la lógica de la subsunción la principal argamasa de nues­
tro razonamiento (en la premisa mayor está la norma; en
la menor el hecho; y la conclusión es el resultado de la
conjugación de ambas premisas). ¿Por qué Cicerón co­
nocía cada detalle, cada suceso y cada nombre de los
casos que llevaba? Porque estudiaba bien el expediente,
al revés y al derecho. Ninguna habilidad reemplaza al co­
nocimiento puntilloso del caso. Se sabe que Cicerón solía
consultar a los hermanos Escévola cuando tenía dudas
acerca de un caso y que memorizaba la respuesta al pie

-57-
Benji Espinoza Ramos

de la letra, el cual aplicaba en la preparación de su de­


fensa. Cada palabra o cada anécdota que los Escévola
le daban Cicerón solía emplearlo en sus discursos. Por su­
puesto, lo hacía sin notarse afectado ni exagerado porque
ello restaría mérito a su presentación.
En el mundo antiguo, estos grandes hombres sabían
trabajar muy bien su memoria, pues no sólo podían co­
nocer al derecho y al revés la Odisea o la Diada, sino que
también hacían lo mismo para con las leyes romanas de
la república. Conocer de memoria la ley de las XII tablas
y otras leyes de la antigua Roma no era, sin embargo, una
labor sencilla, pues sería como si actualmente alguien pu­
diera conocer de memoria cada artículo del código penal
y del código procesal penal sin escaparse ni una coma,
ni un punto o ninguna preposición o palabra en ciernes.
Queda recordar aquí, también, que una buena memoria
siempre va de la mano con la elocuencia. Sin embargo,
Cicerón nos recuerda que:
“No nos admiremos pues, de que sea difícil la
elocuencia cuando tanto lo es cada una de sus
muchas partes, y exhortemos más bien a nuestros
hijos, y a los demás que estiman la gloria y habi­
lidad, a que paren mientes en la grandeza del
asunto y no se reduzcan a los preceptos, maestros
y ejercicios de que todo el mundo se vale, sino a
otros más eficaces para lograr lo que se desea”6
(“De Oratore”, Libro I, V, 19).

6 [19J Quam ob rem miran desinamus, quae causa sit eloquen-


tium paucitatis, cum ex eis rebus universis eioquentia constet, in
quibus singulis elaborare permagnum est, hortemurque potius
liberas nostros ceterosque, quorum gloria nobis et dignitas cara
est, ut animo rei magnitudinem complectantur ñeque eis aut
praeceptis aut magistris aut exercitationibus, quibus utuntur

-58-
El arte de litigar

9. El orador no solo debe estar preparado en leyes

"Ac mea quidem serventía nema paterit esse omni laude cumufatus
orator, nisi ent omnium rerum mognarum atque artium scientiam
consecutus .

[Nadie, en mi opinión, podrá ser orador perfecto si no logra una


instrucción universal en ciencias y artes: estos conocimientos exor-
7 ei díscursc].

Es necesario, indispensable que un buen abogado no


se limite a tener conocimiento de leyes, esto es, los códi­
gos, la jurisprudencia u otras normas que solo delimiten la
postura de un abogado respecto a los dispositivos legales.
El profesional del derecho no puede constreñirse a ser un
litigante, sino también un investigador jurídico, una perso­
na con erudición, ya que si se dedica al litigio podrá ser un
experto en el campo, y en el ejercicio forense, pero se des­
vincula de los aspectos intrínsecos y cognitivos que requie­
re de una labor investigativa para poder escribir y redactar
artículos o ensayos que esten vinculados a su especialidad.
De tal manera, si el abogado que ejerce su carrera a la
vez es investigador, también se verá facultado de poder
elaborar libros y otras publicaciones donde se vea refleja­
da la capacidad ntelectual que todo abogado debe te­
ner, tal como lo apreciamos en la obra de Oliver Wendell
Holmes Jr., ya que recomienda que el buen abogado
debe enfocarse más a las cuestiones teóricas y filosóficas
del derecho, porque la praxis en la carrera es una cuestión
meramente técnica, agregando que: “(...) un intelecto lo
suficientemente potente para ganar ese premio (capaci­
dad intelectual) necesita otro tipo de alimento, fuera del

omnes, sed aliis quibusdom se id quod expetunt, consequiposse


confidant.

-59-
Benji Espinoza Ramos

éxito, lo cual lo lleva a investigar los aspectos más remotos


y generales del derecho que son de interés universal”7.
Precisamente esta capacidad intelectual y el cono­
cimiento teórico-filosófico son los que poseía Marco Tulio
Cicerón, pues claramente podemos ver en su figura que
él no sólo fue un abogado «litigante», sino también llegó a
ser un «investigador del derecho» para su época, tal como
podemos apreciar en sus obras “De Legibus, Orator”, y la
obra que muchos consideran la mejor de Cicerón, “De
Officiis”, en la que se puede notar la labor y capacidad
investigativa que el mejor abogado de Roma poseía. Con
esto, podemos demostrar que la formación de Cicerón
que hicieron de él, no solamente un gran orador, aboga­
do e investigador, pues conocía, también, la ciencia de su
tiempo y algunos biógrafos consideran que se deleitaba
con el arte romano a través de la construcción y la arqui­
tectura romana.
Actualmente, el abogado no solamente debería ser un
buen orador, ni un buen litigante, pues debe despertar en
él la investigación por el derecho, la producción literaria, el
análisis por la ciencia jurídica y la mimesis por el arte.
Recordemos lo que decía Flaubert, el genial escritor
francés, a la humanidad no hay que cambiarla, lo que
falta es conocerla.

7 Holmes, Oliver Wendell Jr., La senda del derecho, Olejnik, 1987.

-60-
El arte de litigar

10. El buen orador siempre debe poder hablar sobre cual­


quier tema

El abogado debe estar preparado para los buenos


discursos en todo momento, en todo lugar y con mucha
razón en los foros judiciales. Esto implica que el abogado al
momento de aplicar la oratoria forense debe hacerlo con
elegancia, persuasión e ingenio, pues aunque muchos
sabemos que la clave de un buen discurso judicial -ale­
gato si se quiere- es el conocimiento del caso y el estudio
detallado del expediente, no debemos olvidar que la pre­
paración del litigante debe ser, también intuitiva y, por qué
no decirlo, manejar la improvisación (una improvisación
preparada, aunque parezca un contrasentido).
En la obra de Cicerón, Craso explica que los abogados
deben tener en cuenta el ornato en el discurso, se refiere
a que se debe embellecer algunas palabras para que no
se escuche de manera agresiva lo que se tenga que decir,
ya que una palabra mal expresada puede notar una am­
bigüedad y ofuscación durante el juicio. Este ornato debe
ser entendido como un decoro que el abogado debe
saber emplear no sólo en la expresión oral, sino también
en la escrita, siendo posible la claridad y la concisión en el
lenguaje.
Respecto a la elegancia, más que con la calidad de
las palabras que se puedan pronunciar, esta podría verse
reflejada en el timbre de voz y la intensidad con la cual el
abogado pronuncia su defensa, la misma que tendrá que

-61 -
Benji Espinoza Ramos

estar cargada con una dosis de persuasión y seguridad en


el dominio de las palabras. Un claro ejemplo de lo referi­
do, podemos encontrarlo en su Oratio in Catilinam, donde
Cicerón da a conocer toda su elegancia y ornato en su
proemio.

-62-
LECCION 2:
LAS ARMAS DEL ORADOR
En su obra Cicerón nos explica reiteradas veces que
un buen orador sin una potente voz y un semblante que
muestre seguridad, entonces, está perdido.
Desde la antigüedad, algo que caracterizaba a los
oradores griegos, no sólo era el arte de la palabra, sino
también la sólida convicción que tenían ellos al momento
de dar sus mejores discursos. Esta es la razón, por la cual,
los romanos admiraban a los griegos, quedaban atónitos
al oírlos y del por qué Cicerón tuvo que ir a Rodas, junto a
Sulpicio Rufo, para aprender de Molón. Se narra que cuan­
do Cicerón estuvo frente a Molón de Rodas, este le dijo:
“Vamos a ver ¿cuánto sabes? Pero ejecuta tu discurso en
griego porque yo no sé latín”, entonces se amontonaron
las personas y Cicerón empieza a dar su discurso en grie­
go, siguiendo el estilo de Demóstenes. Al finalizar su discur­
so, las personas lo aplauden, lo abrazan, menos Molón de
Rodas y Cicerón se puso nervioso, preguntándose, ¿qué
pasó? Y Molón le dijo: “Su discurso fue excelente, pero lo
que más me duele, es que con personas como usted, la
cultura griega se volverá romana". Cicerón deslumbró a
Molón, porque fue un hombre egregio, con vocación y
pasión para lo que hacía.
En la actualidad, el abogado debe trabajar por vo­
cación, no pensar en acumular riquezas, porque estas
son transitorias. En otras palabras, las personas que mayor
éxito tienen en la vida, son las que se preocupan por seguir
la voz de la pasión, la convierten en su trabajo y lo reali­
zan, no pensando en la retribución, sino en el prestigio y

-65-
Benji Espinoza Ramos

reputación que ganarán, es decir, con el ojo puesto en la


trascendencia de su labor.
Bajo este aspecto, el abogado trabaja tanto por escri­
to, como con la oralidad, para lo cual, Cicerón en su obra
nos deja claro que el orador, al momento de realizar su
labor, debe emplear el «buen decir» sobre las controversias
forenses y públicas. Sin embargo, aquí es donde entra a
la escena un personaje importante, sobre el cual gira casi
toda la obra, se trata de Craso8, de quien Cicerón solía
decir que era el mejor orador de su época y en segundo
lugar ponía a Marco Antonio Orator9.
Para esta segunda lección, tomaremos extractos de
las palabras de Craso en la obra de Cicerón, rescatando
los aspectos más importantes y comentándolos de manera
adecuada, para que el buen litigante tenga conocimien­
to de cuáles son las pautas que como buen orador debe
tener en cuenta para poder aplicar toda su destreza en
su oralidad y así salir airoso en las audiencias en las que
participe.

8 Lucio Licinio Craso (140 a. C. - 91 a. C.). En latín, su nombre fue


Lucius Licinius L F. Crassus. En su tiempo, lo conocían como «El
Orador» por su gran y magnífica destreza en el arte de la elo­
cuencia y la combinación de palabras. Se desempeñó en Ro­
ma, como político y llegó a ser Cónsul de la república. Cicerón
considera a Craso y Marco Antonio Orator como los mejores
oradores de su tiempo.
9 Marco Antonio (c.143 a .C - 87 a. C.). En latín Marcvs Antonivs.
Fue un político de la república romana, al igual que Lucio Craso.
Perteneció a la familia de los Antonios (gens Antonia). Fue apo­
dado como «El Orador» por sus elegantes discursos y fue el se­
gundo orador de su tiempo después de Craso. Su fama y repu­
tación como orador creció más cuando desempeñó la función
de defensor o acusador en los tribunales de Roma. Precisamen­
te de esta fama, es la que nos narra Cicerón en su obra (De Ora-
tore). Gracias a las menciones de Cicerón y Quintiliano, se sabe
que Marco Antonio escribió una obra titulada Ratione Dicendi.

-66-
El arte de litigar

1. Primera enseñanza de Craso

t hay a mi juicio más excelente que poder con la palabra

Si aplicamos esa enseñanza a nuestro tiempo, pode­


mos notar que si bien, los grandes mandatarios, como los
grandes hombres que cambiaron la historia del mundo, lo
hicieron con el poder de la palabra, los ejemplos son nu­
merosos, como A. Lincoln, Churchill, Ghandi, Martin Luther
King Jr, Mándelo, entre otros más, que usando la palabra,
lograron cautivar a grandes masas, pues muchas personas
quedaban como “hipnotizadas” o “hechizadas” al escu­
char exclamar sus discursos en sus respectivas naciones.
Del mismo modo, el abogado litigante debe aprender
esta técnica, saber capitalizar el poder de la palabra para
asegurarse la victoria en las audiencias que tenga. El abo­
gado debe emplear psicología, porque solo así podrá ser
capaz de conocer cómo poder conmover las emociones
de las personas, en este caso, este aspecto, también, le
ayudaría en las técnicas de argumentación jurídica, pues­
to que acá entra a tallar el factor sorpresa. El juez, como
ser humano, no solo razona, sino también siente.
El abogado litigante que sepa dominar y emplear el
poder de la palabra en las audiencias que se presenta,
tendrá éxito. En cambio, el abogado que no tiene domi­
nio de la palabra, no está preparado en argumentación,
quedará mal. Una vez más, es requisito sine qua non, que
el buen abogado litigante aprenda a dominar el arte de la
elocuencia para llegar a emplear el poder de la palabra
en su oralidad.

-67-
Benji Espinoza Ramos

Este es uno de los factores determinantes que debe


tener el abogado, pues con el poder de la palabra podría
transmitir su defensa de manera veraz, la cual será bien
escuchada y recibida por la audiencia. Pero, ya que men­
cionamos que la argumentación jurídica, también, entra
a tallar aquí, no se debe pasar por alto, el componente
clave para lograr esto, como lo es la persuasión. Solo así,
podrá el abogado ser capaz de convencer, ya que esto
le proporciona credibilidad y seguridad al momento de
hablar. El poder de la palabra, la cual nos aconseja Craso,
debe inspirar confianza a las personas, en este caso a
nuestra audiencia, porque así se va forjando la reputación
que el abogado debe tener, y así también, podrá inspirar
respeto a su persona como para con los demás.

-68-
El arte de litigar

2. Segunda enseñanza de Craso

de conocer y oír que una oración exornada


¿Hay nada tan poderoso ni tan
con un discurso los movimientos
e los jueces, la gravedad del senada?"

Sin duda alguna, Craso se asombra y a modo de pre­


gunta, sostiene que lo más destacadle, atractivo y pulcro
en un buen orador, es la oración exornada, pero, ¿qué se
entiende por oración exornada? En retórica se entiende
que se debe adornar el lenguaje, cada palabra debe
decirse con un estilo único y moderado, adecuado al
momento, preciso a la circunstancia, vale decir, la palabra
adecuada en el momento adecuado. En el derecho, el
abogado debe saber emplear el lenguaje ordenado, pero
no con sutilezas propias de un orador a la antigua, sino con
seguridad en cada palabra que emplea, en cada frase
que cita, para lo cual, si pretende hacer bien su discurso,
deberá contar con una buena memoria que no nos ocu­
rra como el viejo refrán, que la memoria no se comporte
como mal amigo, cuando más falte nos haga, te falle.
Además, el litigante debe poseer cinco requisitos que
son vitales para todo buen abogado al momento de ex­
presar sus palabras -la argamasa de su trabajo en cual­
quier foro que participe-, las cuales son:
a) Dominio de escena: El abogado no debe olvidar que
si bien, el juez es el director de la sala, el que conduce
el debate, el que pronuncia la sentencia, el abogado
debe ser el protagonista de la audiencia, pues este
deberá conmover a la sala, sobre todo al juez, de
las pruebas que presentará alegando la defensa del
patrocinado que corresponda (si se defiende a la so­
ciedad -fiscalía- o a una persona natural o jurídica en

-69-
Benji Espinoza Ramos

particular -representación del imputado o víctima-).


Esta es la razón, por la cual se puede considerar al
abogado como el “protagonista de la escena”, pues
a través del uso de su buena oratoria, logrará conmo­
ver los sentimientos y emociones del juez o tribunal.
b) Naturalidad al hablar: El lenguaje que emplea el liti­
gante -por más preparado que esté- debe ser natural,
esto es, hacer que las palabras fluyan de tal manera
que no parezcan haber sido memorizadas o aprendi­
das ad hoc, ya que hablar con seguridad y convicción
es lo que demostrará, no solo su preparación, sino tam­
bién cuánto sabe del caso. Hablar de manera natural,
de modo simple, parece ser una de las mejores armas
que el abogado litigante debe tener en cuenta, ya
que en palabras de Macrobio, podríamos decir que el
abogado litigante es aquel que puede hacer que los
hechos se conviertan en palabras y las palabras se tor­
nen en hechos. Fíjense en la simbiosis de esta expresión:
los hechos descompuestos en palabras para que las
palabras se conjuguen en hechos. No sobra recordar
la expresión jurídica en la que se considera que al juez
debemos entregarle los hechos, porque del derecho
sabe y mucho.
c) Seguridad en sus palabras: Se puede decir que este
punto es uno de los más influyentes para dominar o
“manejar” a la audiencia, pues la clave de la seguri­
dad de las palabras que el abogado empleará, radi­
ca en la convicción y el valor que tenga para decirlas,
junto a la preparación del caso por supuesto. De nada
sirve al abogado, haber pasado varios días y varias
noches leyendo la carpeta fiscal, zambulléndose en
el expediente o elaborando su defensa, si no tiene las
agallas para saber-incluso- improvisar pero de mane­
ra correcta (lo que se conoce como “la improvisación

-70-
El arte de litigar

preparada”) y en el momento preciso, aunque esto lo


veremos más adelante.
d) Confianza en sí mismo: La confianza en uno mismo
reflejará cuán preparado se encuentra el litigante
para realizar la defensa de su patrocinado y qué tan
decidido se halla el abogado. La confianza en las téc­
nicas de oratoria es un requisito fundamental, ya que
sin ella, el abogado se pondrá nervioso o titubeará -e
incluso podrá dudar de lo que dice- quedando mal
él, pero sobre todo perjudicando a su patrocinado
(en lugar de ira la salvación de alguien, iría a su ruina).
Para ejercitar la confianza en uno mismo, el abogado
litigante debe creer que es capaz de poder lograr lo
que otros abogados no pueden lograr, poder decir
lo que otros abogados no son capaces de decir. La
confianza en uno mismo, no solo garantizará la credi­
bilidad y convicción de sus palabras, sino que hará del
abogado una persona más decidida y solvente para
tomar decisiones. La confianza es un halo que proyec­
ta seguridad y facilita las cosas al litigante, ese errante
por la justicia.
e) Conocimiento del caso: El último requisito, pero no por
eso el menos importante, recae en la preparación del
caso. Ninguna buena formación en oratoria, en retó­
rica, en argumentación puede suplir el conocimiento
del caso. ¡Conocer el caso, conocer el caso, conocer
el caso! A repetir esta expresión hasta que por puro
repetida se haga sabida y así sabida se haga enten­
dida. Es indispensable, indefectible que el abogado
conozca el caso en su plenitud, esto es, que sepa con
qué armas podrá contar para elaborar su defensa e
incluso, debe anticiparse y conocer las posibles pre­
guntas que le pueda hacer el juez o la declaración
que pueda dar la otra parte, con la finalidad de estar

-71 -
Benji Espinoza Ramos

preparado y tener las posibles respuestas en la punta


de la lengua. Parte del secreto para ganar un caso es
conocer las fortalezas y debilidades de un caso. El ge­
neral victorioso es el que vence sin luchar, aquel que
gana la guerra antes de poner un pie en el campo de
lucha. Esto es posible por el estudio minucioso, puntillo­
so, milimétrico del caso que ocupe nuestra atención
e interés. No se puede ser un buen litigante sin una
buena preparación del caso, sin el conocimiento de
los detalles, y la observación y reflexión de todos los
ángulos que trae consigo cada caso que es, siempre,
historia singular y única. Ningún caso es igual a otro.
Cientos, miles de casos llegarán a nuestro despacho,
pero ninguno es igual a otro, cada uno tiene su propia
textura, su propia concepción, su propio ámbito, los
casos se parecen, pero nunca son ¡guales. Menuda
máxima por recordar en el letrero de nuestra mente.

-72-
El arte de litigar

3. Tercera enseñanza de Craso

Somos animales racionales, bendecidos, tocados


por el signo distintivo de la razón. La razón se expresa a
través de la palabra, no hay otro camino para encarrilar­
la, otro medio para exteriorizarla. Vale decir, la palabra
es el envoltorio de la razón. Así, el don de la palabra, es
solo aplicada en los discursos por los grandes hombres
de la historia y parece ser que no toda persona posee
este don. Aunque esto pueda ser cierto, en que no toda
persona posee este don, lo que sí se puede asegurar,
sin ambages, es que toda persona puede aprender a
emplear el uso de las palabras correctas en su discurso.
Que sus expresiones resuenen como centellas. Todo de­
pende de la decisión de desaprender conceptos para
reaprender unos nuevos en el largo y constante ciclo del
aprendizaje-desaprendizaje-reaprendizaje.
Si toda persona puede hacer esto, con mucha más
razón debe hacerlo el abogado litigante. Este debe estar
siempre presto para tomar la palabra, no sólo en las au­
diencias previas o juicios orales, sino en cualquier momen­
to, quizá un compromiso, alguna reunión, algún congreso,
un diplomado en el que enseño o algún cónclave de
abogados. Desde tiempos antiguos, el abogado se ha ca­
racterizado por tener la mejor arma de todas: la palabra.
No en vano, en la milenaria filosofía china, se decía: “De lo

10 Incluso, Craso sostiene esta postura y se hace la siguiente pre­


gunta: «¿Cómo no admirar al que se aventaja a los demás
hombres en aquello mismo en que el hombre excede a las
bestias y cómo no esforzarnos en conseguir tanta excelencia?»

-73-
Benji Espinoza Ramos

que rebosa el corazón habla la boca”11, porque los hom­


bres que solían emplear las mejores palabras, era propio
de los hombres doctos o sabios y, como tal, el abogado
en la antigua cultura romana era visto al igual que los mé­
dicos, como los hombres más preparados y versátiles en
dominar el arte de la elocuencia. Porque realmente es un
arte. La escogencia de las palabras, el momento oportuno
de decirlas, el ritmo que las acompaña, el silencio que las
precede, el silencio que las remata. Todo en su conjunto es
sinfonía pura.
Esta es la razón, por la cual todo abogado litigante
debe saber emplear bien el don de la palabra, un don
excepcional y portentoso a manera de realizar un discurso
elocuente, con fines positivos, cuya mira sea la de sustentar
una buena defensa, en pos del triunfo que tanto se busca
en un juicio, en nombre de la justicia, el fin último de nuestro
trabajo. El abogado litigante debe estar preparado para
todo momento (¡n omnia paratus), pues ganar un juicio, no
solo debe volverse en una obligación o ser vista como un
trabajo, ¡No! Debe ir más allá de eso, y ser un apasionado
con la causa en la que se encuentra y destacar por ser luz
ante la niebla de la injusticia, demostrando que con el don
de la palabra se acceda a la justicia que tanto él como
su patrocinado buscan alcanzar. Precisamente, para em­
plear bien el dominio de la palabra, tenemos un elemento

11 I ching. También llamado Yijing o / King, cuya pronunciación


china es o el cual es un libro oracular chino, cuya
composición de textos data del año 1.200 a. C. y se hizo con­
ocido por los cinco clásicos textos de Confucio, ya que la de­
nominó «libro de las mutaciones», aunque debe dejarse en
claro, que el contenido tiene elementos de la filosofía taoís-
ta. Tratado como un libro que profesa el futuro de las acciones
humanas y de carácter moral, también posee una rica litera­
tura filosófica y cosmogónica aplicable a estos menesteres.

-74-
El arte de litigar

que nos diferencia de las bestias, el cual se llama: la razón.


Una mente prodigiosa hace buen uso de la razón y, solo
así, podrá hacer buen uso de la palabra.
No desaprovechemos la riqueza del lenguaje. El len­
guaje cervantino que hizo que Gabo contara al inicio de
una novela: “Eréndira estaba bañando a la abuela cuando
empezó el viento de su desgracia”. Qué manera de iniciar
a contar una historia. Cómo aprovechaba, el colombiano
mayor, el don de la palabra que le fue concedido.

-75-
Benji Espinoza Ramos

4. Cuarta enseñanza de Craso

"Diré pues, que en la moderación y sabiduría de un perfecto ora­


dor estriba, no solo su propia dignidad, sino la de otros muchos
particulares y ¡a salvación de toda la república"

La ¡dea que se desprende de la sentencia de Craso, la


podemos adaptar a nuestro tiempo, también, pues cuán
preciso es que el buen abogado litigante no sólo sepa
manejar bien las palabras, sino que aprenda, también a
ser moderado. Que un buen abogado aprenda ser mo­
derado en nuestro tiempo parece difícil por las peripecias
del día a día, o la rapidez que muchos clientes demandan
y presionan al abogado para que lleven sus casos. Pero
aquí, es vital y esencial que el abogado aprenda a ser mo­
derado y coloque un equilibrio tanto en su trabajo como
en la organización de su tiempo, esto es, que el abogado
aprenda a medir su tiempo de trabajo y su trato con su
cliente-patrocinado. El abogado debe ser moderado en el
sentido que debe ser la medida de todas las cosas y las cir­
cunstancias con las que trabaja, pues si recordamos bien
las palabras de Protágoras homo omnium rerum mensura
est12, entonces, sabremos que al igual que el hombre es la
medida de todas las cosas, el abogado debe emplear la
medida (la moderación) en los casos que acepte llevar,
pues no se trata de tomar todos los casos que se le pre­
sente, como tampoco tomar casos al azar, debe analizar

12 La cita de Protágoras de Abdera traducida es «El hombre es la


medida de todas las cosas», la misma que corresponde a una
cita más larga que el filósofo Diógenes Laercio, nos lo narra en
buen griego: TrávTajv xprujárcov pérpov scrriv avOpamog, t®v 6é |Jsv
ovtov Ttov Sé ot)K ovxcüv gx; obk 8OTLV que quiere decir -a
modo completo-«El hombre es la medida de todas las cosas,
de las que son en cuanto son y de las que no son en cuanto no
son» (Diógenes Laercio, IX, 51).

-76-
El arte de litigar

juiciosamente cuáles son los parámetros y el contexto de


las situaciones narradas por los consultantes y ver en ellos,
cuáles son los casos que pueda tomar. Cada abogado
tiene una brújula ética que determinará qué caso asume y
qué caso no. Al final de cuentas, todas las personas tienen
derecho a la defensa, pero no todos tienen derecho a mi
defensa.
Ahora bien, no sólo la moderación es rescatada por
Craso, sino también la sabiduría que el orador debe po­
seer. En nuestro caso, el abogado, también, debe ser ca­
paz de poseer dicha sabiduría, y no nos referimos a aque­
lla sabiduría de los antiguos anacoretas o eremitas que se
iban a una montaña a vivir, ya que actualmente seguir esa
senda, si bien, no resulta imposible, se torna difícil, debido
a la sociedad tecnológica, de consumo masivo y las redes
sociales en las que vivimos, además, no tendría sentido al­
guno -para el abogado litigante- hacer esto, por la misma
carga laboral que este pueda tener en su oficina o despa­
cho, sin contar los análisis jurisprudenciales y la verificación
de las normas que invoque en los casos que esté llevando.
La sabiduría consiste en saber actuar en el momento ade­
cuado, con la persona adecuada y del modo adecuado.
Antes de pasar a la quinta enseñanza de Craso,
Cicerón nos pone en la palestra a Quinto Mucio Escévola,
uno de sus maestros en derecho, quien luego de comentar
sobre otros oradores muy prestigiosos en la antigua Roma,
como Tiberio y Cayo Sempronio, quienes, además, tuvieron
hijos tan doctos y elocuentes, resaltando las cualidades de
la naturaleza y del arte, los cuales valiéndose precisamen­
te del dominio de la elocuencia, hicieron de la república
romana, aún más grande, llegó a sostener que Craso fue
mejor que ellos, porque incluso llegó a vencer a Servio
Galba, de quien se decía que era un «hombre divino en el

-77-
Benji Espinoza Ramos

buen decio) y a Marco Emilio Porcina, otro buen orador de


su época y buen conocedor del derecho civil.
Escévola llegó a sostener que un buen orador puede
siempre ejercitarse copiosamente de causas y la lección
que dejaría para los abogados actuales, se encontraría en
las palabras que le dedica a Craso, las cuales habrá que
tener en cuenta y analizarla puntillosamente para poder
sacarle provecho. Escévola dijo:
“¡Oh Craso! Juzgo que no debes extender tanto los
límites de tu arte: bastará el conseguir en los juicios
que la causa que defiendes parezca la mejor y
más probable; que en las arengas y deliberaciones
valga mucho tu oración para persuadir al pueblo;
en suma, que a los prudentes les parezca que has
hablado con elegancia y a los ignorantes que has
hablado con verdad”.
En la actualidad, podemos rescatar que el abogado
litigante debe conseguir en sus audiencias (procesos o
juicios en sentido lato), que la causa que defiende parez­
ca la mejor y más probable, pero ¿cómo es esto? Que el
abogado debe realizar una buena defensa, que tenga en
mente el poder salvar la vida, la libertad, la honra de su
patrocinado, haciendo que su lucha (su causa) parezca
ser la más justa del mundo y que, por tanto, su patrocina­
do es inocente, persuadiendo al juez sobre ello y, también,
a la audiencia.
En la defensa que sustente el abogado, debe emplear
palabras que parezcan ser las mejores, las más elegantes
en su lenguaje, desde el empleo de palabras técnicas has­
ta las palabras coloquiales, pero que guarden relación y
moderación con la causa que está defendiendo, pues de
esta manera logrará convencer al juez de la inocencia de
su cliente o la falsedad de la imputación que se levanta.

-78-
El arte de litigar

Luego de los palabras que Escévola gustosamente di­


rige a Craso, este nuevamente interviene para responder,
recordando lo preciado y culto que era entre los griegos,
dominar el arte del buen decir, pues comenta que él
(Craso), estuvo en Macedonia y Atenas, donde escuchó
a los hombres más elocuentes de aquella época a los más
¡lustres de la Academia, como a los hombres que la gober­
naban, Carneados, Clitomaco y Esquines. Incluso comentó
acerca de otros buenos oradores que encontró en Grecia,
como Metrodoro13, de quien se decía que era el más acre
y copioso en la disputa, y Mnesarco14, quienes recomen­
daban al orador alejarse de las disputa políticas y el go­
bierno de las ciudades, e incluso de toda doctrina, pues
para estos dos últimos (Metrodoro y Mnesarco), el orador
solo debe encargarse de la parte judicial, de los debates
en el foro y las disputas judiciales, nada más. Pero, Craso
no estaba de acuerdo con esta postura.
Además, Craso sostiene que tampoco estaba de
acuerdo con el inventor y el príncipe del género de las
disputas, como lo fue Platón, de quien comenta que bajo
la dirección de Carneades, pudo leer su diálogo Gorgias,
donde no negó admirar a Platón, que al burlarse de los
oradores se había mostrado él mismo como un orador exi­
mio e intachable. Craso nos da a conocer que, en aquella
época, la controversia, la disputa de palabras siempre ha
atormentado mucho a los griegos, que resultaron ser más
amantes de la polémica que de la verdad.
Actualmente, ocurre de manera similar entre muchos
abogados que buscan más la polémica, otros exhiben su
ego y vanidad, preponderando más el orgullo y crédito

13 Discípulo de Carneades.
14 Discípulo de Panecio y los peripatéticos Critolao y Diodoro.

-79-
Benji Espinoza Ramos

personal que preocuparse por las causas que defienden


o, más aún, en su propia formación como servidores de la
justicia. Muchos abogados creen que ser polémicos o bus­
car crear controversias, los harán más cultos o figurar ante
los ojos de los demás, como si ellos fueran competentes y
que, por eso deben elegirlos como abogados para defen­
derlos y no a otros. Con esto, solo logran mostrar su gran
ego, pero no sus grandes dotes, ni perfil profesional como
abogados que son realmente.
Es lamentable constatar que muchos abogados em­
plean más las redes sociales para crear polémicas con
sus publicaciones que aportes. La trifulca no es aporte ni
colaboración con el conocimiento. Son muy pocos los
abogados que emplean las redes sociales con fines útiles,
compartiendo sus ponencias, sus artículos, sus comentarios
a las nuevas leyes que se promulgan -siempre y cuando
logren emplear una opinión mesurada y analítica de la
ley- como, también, compartir algún pensamiento o afo­
rismo de algún pensador antiguo o contemporáneo, que
nos lleven a la reflexión de sus palabras y nos haga más
humanos.
Ante ello, Craso se manifiesta y, también, hace una
dura crítica a los oradores de su tiempo, dejándonos la
siguiente lección:

-80-
El arte de litigar

5. Quinta enseñanza de Craso

"Y si alguno sostiene que es orador tan sólo el que habla en jui­
cio, o ante el pueblo o en el " o, necesario es que aun así,
-----------f------------------------ ■'
lo conceda muchi Pues sin gran experiencia
de las cosas púü leyes, de la costumbres y
del derecho y sin leza de las costumbres huma-
ñas, apenas puede tratar con sabiduría y prudencia esos mismos
asuntos".

Consideramos que las palabras que sostiene Craso de­


jan en claro muchos aspectos. El abogado litigante debe
conocer y estar enterado de las cosas públicas, esto en la
actualidad se refiere a que debe conocer de política, si es
que desea ser un buen litigante, pero si se dedica a llevar
una vida dedicada al estudio, la investigación jurídica o a
la cátedra del derecho (en caso de enseñar una materia
teórica o histórica del derecho), no será necesario que se
inmiscuya en los asuntos políticos que, por lo demás, son
humanos, como diría Vallejo, demasiado humanos.
Pero, también por cosas públicas podemos inferir que
se refiere a que el abogado litigante debe conocer bien
cómo funciona el Poder Judicial y el Ministerio Público para
entender no sólo su estructura orgánica o conformación
interna, sino que aprenda realmente cómo poder llevar sus
casos, a qué instancias recurrir, qué documentos, requeri­
mientos u actas deberá solicitar para realizar una que otra
petición ante los órganos de justicia.
Por otra parte, el abogado litigante debe conocer
sobre la ciencia del derecho, debe saber emplear y leer
bien la jurisprudencia, de lo contrario, poco o nada podrá
hacer a la hora de asumir la defensa de su patrocinado.
Pero no sólo eso, debe aprender a comparar el caso que
está llevando con otros casos similares y extraer las mejo­
res pautas de esos casos y aplicarlos al que está llevando.

-81 -
Benji Espinoza Ramos

Obviamente, aquí no se habla de copiar la estrategia del


otro abogado que llevó un caso similar, pero si se puede
tomar como un buen referente las mejores técnicas que
empleó otro abogado, para poder formular y elaborar una
propia defensa. En esto, no hay nada de malo, pero pára
poder lograrlo, debe conocer a fondo la materia que esté
tratando.
Por último, cuán importante es conocer la naturaleza
y las costumbres humanas, en el sentido que, el abogado
litigante debe volverse una especie de psicólogo, más aun
como abogados penalistas, porque en este caso defen­
damos al ¡nocente o al inculpado de algún acto ¡lícito o
criminal, el abogado litigante debe penetrar en la cabe­
za de este individuo y conocer cuáles fueron los móviles
y factores que lo llevaron a cometer el delito del que se
le imputa o por qué razones es ¡nocente. Para poder ser
capaces de conocer esto es que el abogado debe con­
vertirse o volverse en una especie de psicólogo. Aunque
seguramente algunos se preguntarán, ¿realmente podrá
el abogado mezclar el derecho con la psicología?, ¿cómo
podría hacer el abogado para mezclar el derecho con
las teorías freudianas o con la perspectiva de Skinner y su
condicionamiento? Si son capaces de preguntarse esto,
ya deberían haberse dado cuenta que tanto el derecho
como la psicología estudian la interacción humana y la
conducta del individuo, uno con fines de trabajar y co­
nocer la mente para vivir en sociedad y el otro, con fines
de regular su conducta dentro de un marco legal, para
que este individuo no se descontrole. Además, el gran
aporte que tiene la psicología es que permite al individuo
poder comprender su propia conducta, los factores que
le causan el rechazo o la aprobación de los demás, para
así poder controlar y motivar los impulsos emocionales. El
derecho, tal como lo hemos mencionado, se preocupa

-82-
El arte de litigar

para que el individuo no tenga comportamientos desvia­


dos y más bien se encuentren orientados al bien común,
ya que si altera esta conducta, entonces le impondrá una
sanción, lo cual, también, atenta no solo contra su libertad
física, sino contra su libertad mental. Pero, ¿será por esto
que cuando somos niños, nuestros padres nos enseñan
que, si nos portamos bien, obtendremos una recompensa,
pero si nos portamos mal recibiremos un castigo? Con esto,
¿no estamos aplicando las técnicas de condicionamiento
de Skinner? Pues bien, de modo similar se podría decir que
el legislador piensa de este modo, al momento de elabo­
rar las leyes, pues castiga y sanciona las conductas ¡lícitas
o el mal comportamiento de los individuos para con la so­
ciedad. Recordamos lo que reflexionaba Feuerbach sobre
la pena, a la que consideraba una amarga necesidad en
una sociedad de seres humanos imperfectos.
Pero, esto será motivo de tratarlo a mayor profundidad
en otra obra, ya que por ahora, no debemos salimos de la
línea y el perfil profesional que debe tener un buen aboga­
do litigante respecto a las técnicas de oratoria que debe
poseer como una cualidad s/ne qua non.

-83-
Benji Espinoza Ramos

6. Sexta enseñanza de Craso

"Y aunque el oficio del orador se redujese a hablar con ornato,


compostura y abundancia ¿crees que podría conseguirlo sin
aquella ciencia que vosotros no le concedéis? Pues toda la fuerza
del discurso se pierde, cuando el que habla no sabe a fondo la
materia que va a tratar".

Este es uno de los puntos esenciales que el abogado


litigante y, en general, todo aquel que quiera ser un buen
orador, debe considerarlo y tener en cuenta siempre. La
clave, o mejor dicho, el secreto para ser un buen orador,
es simple: conocer bien la materia de la cual uno va a
hablar.
Desde las aulas universitarias, nos hemos dado cuenta
quiénes eran los compañeros que cuando les tocaba dar
su exposición en grupo, salían airosos al frente y realizaban
una buena exposición respecto al tema que le haya toca­
do, deslumbrando no sólo a los compañeros de clase, sino
también al catedrático. Pero, también existía otro grupo
de compañeros que eran temerosos o cuando salían al
frente, morían de miedo, pues presas o víctimas de los ner­
vios, muchas veces hacía que hasta se olviden de lo que
habían estudiado. Pero como bien hemos dicho, la clave
para no morir en alguna exposición -incluso en una susten­
tación de tesis o expediente al momento del examen de
grado- es conocer bien el tema. No hay talento que re­
emplace el conocimiento profundo del tema que se va a
exponer. ¡Conocer el tema!, ¡Conocer el tema!, ¡Conocer
el tema!
Tanto el estudiante de derecho, como el buen abo­
gado -con mucha más razón- debe conocer la materia
que va a tratar, en el caso del abogado, debe analizar
y leer detalladamente y analíticamente el expediente
o prestar atención al máximo a su patrocinado, mientras

-84-
El arte de litigar

este le narra los hechos. ¿Con qué finalidad hacer todo


esto? Para conocer a fondo el caso que defenderá y,
más aún, así inquirir, investigar los móviles y factores que
lo llevarán a elaborar una buena defensa. Para que, el
abogado litigante gane el juicio, es menester que sepa
bien el caso que está llevando. Si el abogado litigante,
realmente está seguro y convencido que puede defender
la causa, entonces tome el caso con la mayor seriedad
posible y lo primordial es estar atento a cada detalle, cada
zona recóndita, cada ángulo y perspectiva de la causa
que representa, pues si no se conoce bien del caso, si no
se estudia a conciencia todas las pruebas y las incidencias
del mismo, entonces se perderá toda la fuerza del discurso,
en este caso, se perderá la defensa y por ende, no se con­
cluirá con los resultados deseados.

-85-
Benji Espinoza Ramos

7. Séptima enseñanza de Craso

"Lo único que tienen de característico ios que hablan bien, es una
elocución elegante, adornada artificiosa y culta. Pero todo este
adorno, si el orador no penetra y domina su asunto es cosa vana
y digna de toda irrisión ¿No es un género de locura el vano son de
las palabras por excelentes y escogidas que sean cuando no las
acompaña ningún pensamiento ni ciencia?
Cualquier materia que el orador trate de cualquier arte o género,
si la aprende como si se tratara de la causa de un cliente, la dirá
mejor y con más elegancia que el mismo inventor y artífice de
ella. Y si alguno dijere que hay ciertas sentencias y causas propias
de los oradores, y una ciencia circunscrita a los canceles forenses,
confesaré que estos son los asuntos en que con más frecuencia se
ejercita nuestro arte, pero que hay entre cosas muchas, que los
maestros de retórica ni saben, ni enseñan".

El abogado litigante debe tener en cuenta que no


tendrá valor alguno sus palabras por más preparado que
esté, si no se conoce la causa de fondo del caso. El abo­
gado litigante, sobre todo en el ámbito penal, debe ser
el mejor preparado en el arte de la oratoria, para lo cual,
debe tener vocación y pasión.
Pero, ¿qué significa tener vocación y pasión? Estar
bien preparado para cualquier circunstancia porque le
gusta lo que hace y lo hace porque le nace hacerlo ¿qué
hace? Defender las causas justas y proteger la seguridad
e integridad de su cliente. El abogado litigante penalista,
siempre ha de tener presente la vocación, esto es, la in­
clinación hacia la profesión, donde se encontrará en un
camino arduo, no es fácil ser abogado penalista en estos
tiempos, porque tiene que cuidarse de muchas cosas, no
solo de perder el caso, sino también saber que se ganará
enemigos en el camino, pero no, por eso, debe dejar de
lado lo que más ama.

-86-
El arte de litigar

Estar preparado actualmente, ya no es cosa difícil,


porque gracias a los medios actuales de información (in­
ternet), uno puede conocer mejor de muchas herramien­
tas, técnicas y recursos para elaborar una buena defensa,
pero saber manejar la tecnología a favor es algo que,
también, debe saber cómo aplicarlo. El abogado litigante
debe saber cómo defender a su patrocinado, asumir tal
rol, es propio de la capacidad y la autosuficiencia de uno,
pues defender a una persona es de pleno derecho, por
más delito que haya cometido, porque recuerde que toda
persona se presume inocente, hasta que se demuestre lo
contrario. Mientras no se demuestre que lo es, el escudo
protector de la inocencia debe prevalecer.
Preparar la defensa de un individuo que desde el mo­
mento que se le imputa la comisión de un delito, el cual
es procesado, debe saber que aquel individuo se encuen­
tra solo y, por ende, tiene derecho a la defensa. El único
capaz de separar del horror al error judicial al cliente es
el abogado defensor. Así, ser abogado penalista actual­
mente es una labor que puede ser calificada de muchas
formas, pero menos de ser fácil. Asumir la defensa de una
persona que todos quieren verla hundirse en el oprobio o
en la cárcel, no es tarea fácil, pues solamente los aboga­
dos con una sólida experiencia y adecuada preparación
pueden hacer posible.

-87-
Benji Espinoza Ramos

8. Octava enseñanza de Craso

"¿Quién no conoce el poder de la oratoria para mover los ánimos


a ira, a odio o a dolor, o para trocar estos afectos en compasión
y misericordia? Por eso, quien no haya estudiado la naturaleza
humana y vehemencia de las pasiones y las causas que las irritan
o sosiegan, no podrá conseguir en modo alguno el efecto que con
su oración se propone".

Como podemos observar en la obra de Cicerón, el


orador debe estar premunido para poder deslumbrar con
sus discursos, ya que debe hacer que los sentimientos y las
emociones de las demás personas sean conmovidos. En
nuestro caso, sostenemos la idea que un buen abogado
litigante, debe estar no solamente preparado, sino que
también debe emplear ciertos recursos de un actor, en
otras palabras, sería bueno que el abogado aprenda ac­
tuación, ya que esto le dará un plus a los recursos que pue­
da emplear en su trabajo. La mejor prueba de esto, son los
actores de cine cuando interpretan y hacen el papel de
los abogados, como ya hemos visto en la pantalla grande,
al más que conocido Keanu Reeves, interpretando al abo­
gado del diablo, en el film del mismo nombre15. El actor
simplemente hizo muy bien su actuación, demostrando la
vocación y pasión de un abogado que cuando está fren­
te al jurado y juez, da todo de sí para ganar y cumplir su
objetivo: convencer.
El ejemplo va referido a la actuación que puede em­
plear un abogado -en la vida real- para valerse de ella

15 The Devil's Advócate (1997), en España conocida como Pac­


tar con el diablo. Un film estadounidense, protagonizado por
Keanu Reeves, Al Pacino y Charlize Theron. Dirigida por Taylor
Hackford y escrita (guión) por Andrew Neiderman, Jonathan
Lemkin y Tony Gilroy.

-88-
El arte de litigar

y así sacar ventaja en algunas audiencias. Si analizamos


bien esta idea, no está tan alejada con lo que se dice en
la obra de Cicerón, pues Craso da a conocer algunas téc­
nicas -más adelante- que dan a pensar que el “actuar”
puede resultar efectivo para que el juez acceda a lo que
uno le solicite, ya que el fin de la oratoria es la de trocar los
afectos de compasión y misericordia.
Pero, vemos que también reitera que se debe conocer
la naturaleza humana y la vehemencia de las pasiones,
porque solo así podrá ser capaz el buen abogado litigante
de llegar a conocer a las personas con las que trata, esto
se llama, emplear psicología, tal como lo hemos podido
mencionar con anterioridad.
Por lo demás, quedaría capacitarse o prepararse me­
jor en el arte de la oratoria, si en verdad uno desea ganar
los casos que asuma.

16 El texto de Cicerón en latín nos dice: “(...) sed oratorem ple-


num atque perfectum esse eum, qui de ómnibus rebus possit
copióse varieque dicere".

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Benji Espinoza Ramos

9. Novena enseñanza de Craso

"(...) también concederé al orador el poder explicar con majestad


y gracia los mismos puntos que ellos discuten con estilo árido y
frío (...) sólo llamaré orador pleno y perfecto a quien pueda discu­
rrir de todo con variedad y hermosura"16.

Lo importante de la novena enseñanza que Craso


otorga es que reconoce al orador por sus dotes en poder
explicar con majestad y gracia las palabras, esto es, que
debe mostrar el amplio dominio que tiene de las palabras
que arduamente ha estudiado y ha sido capaz de prepa­
rar para su discurso, de igual modo, el abogado litigante
debe estar preparado para todo, no sólo bajo los términos
jurídicos, sino que su preparación debe ir más allá y hacer
notar su prestancia y erudición a la hora de exponer sus
argumentos o su defensa en una audiencia. Esto significa
darle color a los discursos o alegatos que realicemos, que
se expongan con adornada claridad y con compacta
gracia.
Pero, notamos, también, que Craso llamará orador
perfecto a quien pueda discurrir con variedad y hermo­
sura, esto es, a aquel que sea capaz de dominar el arte
de la elocuencia, pero de manera elegante, con ornato y
siendo muy cauteloso con lo que diga, pero que al decirlo,
transmita valor y tenacidad, que conmueva y mueva a la
acción, que haga reflexionar y dudar. Incluso, podríamos
ser capaces de hallar en esta etapa, o mejor dicho, sumar­
le, a que el orador debe ser una persona contundente, lo
cual, va lo mismo para el abogado litigante, ya que ser
contundente implica no caer en contradicción alguna, de
tal manera que se encuentre seguro con lo que dice y con
lo que hace.

-90-
El arte de litigar

10. Decima enseñanza de Craso

Una vez más apreciamos el sutil criterio que tiene Craso


para explicarnos que un buen orador no es aquel que pue­
da emitir las mejores palabras, sino aquel que sabe bien
de lo que está hablando. Incluso, se toma la molestia de
ir más allá y se refiere que, aparte de saber el tema de su
discurso, tenga la propiedad y el conocimiento suficiente
para saber cómo construir y embellecer sus palabras, lo­
grando el efecto de la persuasión en su público.
Del mismo modo, el abogado que no sólo sepa bien
su materia, o haya estudiado el caso día tras día y que co­
nozca todos los detalles que se presenten, se encontrará
en gran desventaja si no sabe cómo embellecer y construir
de manera natural su discurso. En este caso, el buen abo­
gado litigante podrá recurrir no sólo a las técnicas de la
oratoria forense, sino también a otros elementos retóricos,
para hacer valer su postura ante la parte contraria, pues su
meta principal, no radica tanto en vencer a la otra parte,
sino en convencer al juez de la teoría del caso que sostie­
ne a favor de su patrocinado.
Si bien es cierto, cualquier persona puede ser muy
elocuente, pero el abogado debe diferenciarse por ser
más elocuente que otras personas y otros profesionales,
pues su manejo de la palabra ha de ser su mejor arma,
esto es, como las palabras que salgan de su boca han de
ser sus mejores dardos. Para esto, debe prepararse bien
y debe estar preparado para todo, pues cuando llegue
el momento de defender a su patrocinado, entonces y

-91 -
Benji Espinoza Ramos

solo entonces, debe demostrar por qué lo eligieron para


que pueda plantear la defensa, del porqué lo eligieron
para que pueda defender la libertad del inculpado. Si el
abogado litigante trabaja a conciencia sobre la defensa
que realizará a su patrocinado, entonces no tendrá que
preocuparse, porque le pondrá pasión y vocación. De ese
modo, podemos decir que la independencia del aboga­
do viene a ser más que un componente, un factor esencial
y primordial que resalta en él la cualidad de la justicia.

-92-
LECCIÓN 3:
LA FILOSOFÍA DEL ORADOR
Desde la antigua Grecia conocemos que el arte de la
oratoria tuvo una gran repercusión, no sólo en los oradores
atenienses, sino también fue el arma predilecta de varios
filósofos, y más aun de los reconocidos sofistas. En la ac­
tualidad, es meritorio recordar que el arte de la oratoria,
también, tiene una filosofía, la cual todo abogado debe
desentrañar para conocer.
Para llegar a estudiar y conocer la filosofía del orador,
lo primero que debe tener en cuenta el abogado es la
afirmación de Pitágoras, la cual indica que el hombre es
la medida de todas las cosas (homo mensura), como tam­
bién nos recuerda la afirmación axiomática de Jaspers.
Para que el abogado pueda emprender este viaje, el cual
lo llevará al núcleo de esta filosofía, irremediablemente en­
contrará los parámetros que todo orador debe emplear. Lo
que todo abogado debe saber, es que en la lectura se en­
cuentra la primera clave del arte oratorio, ya que a través
de ella podrá elaborar un riguroso análisis del texto, lo cual
empezará a facilitar su capacidad crítica. En este sentido,
el orador empieza a obtener los primeros conocimientos
que le proporciona la cultura literaria, ya que en palabras
de Buffon: “(...) sus conocimientos son los gérmenes de sus
producciones”17, lo cual nos indica que el orador debe cul­
tivar la palabra, a través de las lecturas para poder lograr

17 Leclere, George-Louis, conde de Buffon, Discurso sobre el estilo,


pp. 3-335.

-95-
Benji Espinoza Ramos

incrementar su saber y dominar un nuevo léxico. Esto hará


mucho bien no solamente al abogado, sino a cualquier
persona que desee iniciarse en la oratoria.
Para conocer parte de la filosofía del orador es preciso
motivarse conociendo a algunos personajes que destaca­
ron en la antigua Roma por su elocuencia y arte retórico.
Tal como es el caso del insigne Marco Tulio Cicerón, autor
del cual basamos el estudio de la presente obra, pero
reiterando que al igual que él hubo otras importantes fi­
guras, tales como: Marco Labeón18, Sulpicio Rufo19, Mucio
Quinto Escévola20, Numio21, Druso22, Decio23, Flaminio24, Esci-

18 Marco Antistio Labeón (43 a. C. - 20 d. C.). Fue un jurista roma­


no contemporáneo de Augusto, discípulo de Cayo Trebacio
Testa y fundador de la escuela proculeyana, antes que su rival
Cayo Ateyo Capitón, quien lo considera legum atque morum
populi romani ¡urísque civiles adprime doctior.
19 Publio Sulpicio Rufo (121 a. C.-88 a. C.). Fue un orador y político
de la República romana, legado en 89 a. C. de Cneo Pompeyo
Estrabón en la guerra social, y en 88 a. C. tribuno de la Plebe.
20 Quinto Mucio Escévola (159 a. C. - 88 a. C.). Fue un político y
cónsul romano, y una gran autoridad en derecho romano. Fue
instruido en leyes por su padre (que tenía su mismo nombre y
cónsul a su vez en el 174 a. C.) y en filosofía por el estoico Pa-
necio de Rodas.
21 Marco Numio Tusco. Fue un senador romano del siglo III que
ejerció el consulado ordinario el año 258.
22 Nerón Claudio Druso Germánico o Druso el Mayor (38 a. C. -
9 a. C.). Hijo de Livia y de su primer esposo, Tiberio Claudio Ne­
rón. Fue general de gran éxito y querido por el pueblo. Druso
fue ancestro directo de tres emperadores: Claudio (su hijo me­
nor), Calígula (su nieto, hijo de su hijo Germánico) y Nerón (su
bisnieto). Se sabe que Augusto prefería abiertamente a Druso
sobre Tiberio y presionó al Senado romano para que permitie­
ra que Druso aspirara a cargos públicos cinco años antes de
la edad permitida.
23 Gayo Mesio Quinto Trajano Decio (201-251). Fue un empera­
dor romano que gobernó entre los años 249 y 251. En el último

-96-
El arte de litigar

25, Rutilio26, Clodio27, Marco Antonio28, Catón el Viejo29,


pión24
Lucio Licinio Craso30, entre otros.
Así, también es preciso mencionar que en esta obra, al
gran retórico por excelencia Quintiliano, quien fue autor de
la prestigiosa obra “Institutiones oratoriae”, el cual estuvo
compuesto por XII libros, donde demostraría su magnífica
producción literaria-pedagógica, la cual sería el manual y
guía predilecto para todo orador. Para saber de oratoria
hay que leer a Quintiliano, sin duda alguna.
La pregunta que nos haríamos, siguiendo a la filosofía
del orador, sería en estos términos ¿por qué la retórica fue

año de su reinado, fue cogobernante con su hijo Herenio Etrus-


co hasta que ambos murieron en la batalla de Abrito.
24 Cayo Flaminio Nepote. Fue un político y militar de la Repúbli­
ca romana del siglo III a. C., muerto en 217 a. C. Fue el mayor
líder popular que desafió al senado, antes de los Graco un si­
glo más tarde.
25 Publio Cornelia Escipión Emiliano Africano Menor Numantino
(185 a. C. - 129 a. C.), más conocido como Escipión Emiliano,
fue un militar y político romano del siglo II a. C.
26 Publio Rutilio Lupo. Fue cónsul de la República Romana en el
año 90 a. C.
27 Publio Clodio Pulcro (92 a. C.-52 a. C.). Fue un político romano
de la etapa final de la República.
28 Marco Antonio, apodado el Orador (c. 143 a. C. - 87 a. C.). Fue
un político romano de la etapa republicana. Pertenecía a la
familia plebeya de los Antonios (gens Antonia), siendo uno de
los más distinguidos oradores de su época.
29 Marco Porcio Catón (234-149 a. C.). Fue un político, escritor
y militar romano conocido por los apodos de Censor, Mayor,
Viejo, Sapiens y Prisco para distinguirlo de su bisnieto Catón el
Joven.
30 Lucio Licinio Craso (140 a. C. - 91 a. C.), apodado el Orador.
Fue un político romano que ocupó el cargo de cónsul de la
República Romana. Craso Orator fue, junto a Marco Antonio
Orator el mejor orador de su época, según Cicerón.

-97-
Benji Espinoza Ramos

tan ensalzada por los griegos y los romanos? Para hallar la


respuesta, la etimología nos enseña que la palabra retó­
rica proviene del latín rhetoríca, la cual significa: “arfe de
engalanar con las reglas del bien decir el texto literario”31.
De este modo, la retórica llega a consistir en la aplicación
de las palabras que uno lee -de alguna obra o texto- en
lo que dice o expresa de su pensamiento, con la finali­
dad de darle claridad, calidad y concisión a las palabras
oralizadas.
También forma parte de la filosofía del orador que este
mantenga en todo momento una disciplina, prudencia y
orden al momento de estructurar su discurso, con mucha
más razón el abogado debe conocer el caso que esté
llevando y aplicar no sólo la interpretación normativa,
sino también la, interpretación fótica del caso de marras,
lo cual hará que tenga mayor destreza en su expresión
oral, facilitando así las palabras empleadas en el juicio.
Podemos decir que, la filosofía del orador recae tanto
en las palabras que se deben emplear adecuadamente
con relación a los hechos y necesidades que el auditorio
presente. Debemos entender que, si bien el abogado no
llegase a ser un experto orador, será suficiente con que
domine el lenguaje técnico y trate, al menos, de poseer
cierta capacidad empática con la cual pueda transmitir el
mensaje a los oyentes. De este modo, podrá prevalecer su
discurso.
Como último punto, podemos decir que la importancia
de la filosofía del orador para el abogado se encuentra
ligada a la parte comunicativa, en la cual, no debe creer­
se ser el poseedor de la verdad, más bien debe mostrar

31 Manyari Rey de Córdova, Olga, Retórica, manual del lenguaje


figurado con analectas, Io ed., Universidad Ricardo Palma,
Lima, 2006, p. 21.

-98-
El arte de litigar

una actitud investigativa, es decir, crítica, de auténtica


curiosidad, como Sócrates, es decir, elaborando pregun­
tas, escuchando respuestas atentamente, observando ri­
gurosamente, dialogando con su patrocinado y promover
la discusión que es el punto de partida del conocimiento.
Precisamente, esta es el arma fundamental que Cicerón
nos muestra en la obra que estamos estudiando, reiteran­
do que el orador necesita de la filosofía, ya que esta le
proporcionará a todo hombre los conocimientos y saberes
profundos del mundo, no en vano Melgar, al sustentar una
defensa penal dijo: “(...) médico que es filósofo es médico
divino”32, análogamente hace hincapié que un abogado,
también, debería ser filósofo. Es por esta razón que, empe­
zaremos a analizar diez pautas, a modo de consejo, que
Cicerón nos muestra en su obra, respecto al interés del
orador por la filosofía.

32 Melgar Carlos Enrique, Mi alegato. Editorial Gráfica Labor S.A.,


Io ed., Lima,1975, p. 13.

-99-
Benji Espinoza Ramos

1. Primera pauta

"Es costumbre de ios académicos co


gozar eo las disputas; pero daba a
loríeos y los que daban preceptos
mente sabían, y que no podía.
sin conocer las opiniones de los

Tomamos como primera pauta el estudio que Cicerón


nos muestra respecto al estudio de la filosofía y el árido
razonamiento, que pone en boca de Carnéades. En este
pasaje se da a conocer que, los antiguos retóricos griegos
se deleitaban creando polémica y generando, a su vez, el
gusto por el debate, métodos empleados por los grandes
oradores de la antigua Grecia que Cicerón rescató y ense­
ñó a los romanos.
Cuando se trata los preceptos de elocuencia, no ha­
cemos más que referirnos a las partes principales de un
discurso, teniendo en cuenta, que más allá de la comuni­
cación verbal, es el lenguaje no verbal, ya que los gestos
articulatorios y las expresiones corporales -como, también,
faciales- pueden llegar a exteriorizar lo que el orador
siente y expresa en el auditorio. El lenguaje no verbal que
expresa el rostro de una persona, contiene una multitud de
gestos que pueden conmover los sentimientos de otra per­
sona, ya que el orador -en nuestro caso el orador forense,
el abogado litigante- debe estar apto para poder reflejar
los pensamientos que ha interiorizado, con la finalidad de
persuadir, sea a la parte contraria o al juez en la audiencia.
En el estudio de la presente obra, hemos podido ver
que Cicerón pone en boca de Craso lo importante que
es el dominio de escena, por la potente voz que el orador
debe tener, pero lo que se resaltaría en este apartado se­
ría la penetrante mirada, fija y sostenida que el abogado
debe tener al momento de pronunciar su discurso, ya que

-100-
El arte de litigar

la mirada demuestra análisis y concentración sobre el pun­


to determinado que se viene tratando. La mirada comuni­
ca, expresa, envía mensajes.
Cuando Cicerón se refiere que para mantener un ade­
cuado arte de bien decir es menester la opinión inexorable
que se realizan a los filósofos -razón por la cual sostenemos
que todo abogado debe aprender filosofía- ya que estos
son los llamados a analizar cuestiones lógicas y dialécticas,
por lo cual los filósofos son conocidos como los «maestros
de la discusión».

-101 -
Benji Espinoza Ramos

2. Segunda pauta

"Decía Cármadas que todas las partes de esa ciencia habían de


tomarse de la filosofía".

En este caso, Cicerón coloca en boca de Cármadas


que todas las partes del buen discurso siempre han de
recaer en el estudio de la filosofía, razón por la cual nue­
vamente vemos lo necesario que es para el orador, como
para el abogado, tener los conocimientos indispensables y
elementales de la madre de todas las ciencias.
En estos tiempos, es necesario que el abogado no so­
lamente dedique su tiempo a leer códigos, leyes sueltas,
sino también a empezar por cuestionarse de dónde ema­
nan los conceptos de justicia, legalidad, derecho, norma,
estado, individuo, entre otros. Sabemos que, para poder
profundizar en el estudio de esta realidad, el abogado
encuentra una materia que le puede ayudar a dilucidar
el panorama filosófico, político y ético que solamente la
encuentra cultivando el estudio de la filosofía del derecho.
Esta es la principal razón, por la cual, la filosofía del dere­
cho es una disciplina que forma a los verdaderos juristas,
a aquellos profesionales del derecho que saben pensar
y afrontar lo jurídico de manera crítica, como, también,
aquellos abogados que buscan dar solución a las situacio­
nes y conflictos de intereses más difíciles. De este modo,
notamos que la filosofía del derecho, únicamente no debe
ser vital para el abogado litigante, sino que debe tener un
sentido práctico buscando siempre la visión integral del
derecho y la reflexión que el abogado debe tener sobre
los fenómenos jurídicos presentados en la realidad.33

33 De la Torre Jesús Antonio, Apuntes para una introducción filosó­


fica al derecho. Editorial JUS, Ciudad de México, 1992, p. 21.

-102-
El arte de litigar

Para el abogado litigante penalista, el estudio de la


filosofía le proporcionará insumas para sus alegatos de
apertura y clausura, así como a trazar adecuadas teorías
del caso, estrategias procesales que lo llevarán al éxito de
la causa que patrocine.

- 103
Benji Espinoza Ramos

3. Tercera pauta

"Menedemo intentaba refutarle más con ejemplos que con ra­


zones, trayendo a la memoria muchos y brillantes trozos de las
oraciones de Demóstenes, para probar que conoció todos los
recursos con que se conmueven los ánimos de los jueces y del
pueblo, lo cual suponía Cármadas que no podía lograrse sin la
filosofía"

En este fragmento Cicerón pone en escena a Mene­


demo, quien era muy bueno recordando a los grandes
oradores griegos, tales como Lisias, Isócrates, y por supues­
to el gran Demóstenes, de quién precisamente hace reco­
dar varios discursos del orador ateniense, sosteniendo que
la mejor manera de ganar un debate era precisamente
hablar bien conmoviendo los sentimientos, ya que estos
podían hacer que los ánimos del juez inclinaran la balanza
a favor del orador, incluso sabiendo ganar la acogida y
atención del pueblo, factores necesarios y cruciales que
únicamente el estudio de la filosofía -a través de la dialéc­
tica- podían y pueden lograr resultados favorables a quien
los pronuncie.
Quizá este sea parte del inicio de la técnica de la
persuasión en los discursos, con los cuales el orador puede
ganar ventaja sobre los otros oradores, ya que aquel que
sea capaz de dominar o manejar bien la técnica de la
persuasión, sabrá cómo poder influir en las personas, ha­
ciendo que ellos queden cautivados por sus palabras.
La técnica de la persuasión, así, podría definirse como
la capacidad del uso de la palabra, que tiene una persona
para convencer a otra a que realice una acción basada
en argumentos razonables o aparentemente razonables.
Los antiguos romanos vieron que los griegos eran expertos
en esta materia y comenzaron a aprender-y aprehender-
sus técnicas. Muchos ciudadanos romanos, en un principio

-104-
El arte de litigar

empezaron a sentir cierta aversión, ya que pensaban que


los hombres que empleaban este arte, lo hacían como si
estarían lanzando conjuros porque veían que podían con­
vencer a una persona de hacer su voluntad. Actualmente,
la noción que se tiene de la persuasión, en algunos casos
no puede ser tan buena, ya que es empleada, también,
por los grandes estafadores, embusteros y determinados
personajes que buscan obtener algún beneficio de las
personas.
Los que emplean el método de la persuasión, gene­
ralmente recae en los profesionales que ejercen la carrera
de derecho, razón por la cual, los abogados están prepa­
rados para encarar situaciones conflictivas y mostrar -me­
diante las pruebas pertinentes- los hechos más relevantes
en defensa de su patrocinado.
Aunque en nuestro tiempo, la técnica de la persua­
sión ya no resulta ser una novedad, al menos podemos
rastrear sus orígenes en la antigua Grecia, pues gracias al
filósofo Aristóteles34, se pudo definir que la retórica es un

34 El filósofo Aristóteles, llega a referirse a un elemento demostra­


tivo dentro del discurso, al cual define con tres tipos de argu­
mentos que encierran cierta responsabilidad en proporcionar
fuerza al fundamento esencial del mensaje, para lo cual nom­
bra al ethos, phatos y el logos. Cuando se refiere al ethos, se es­
tá hablando de un conjunto determinado de ciertas actitudes,
convicciones y creencias que forman parte de la conducta
del ser humano de manera individual o grupal. Al referirnos so­
bre el phatos, vemos que atañe a la relación entre la emoción
que logra deslumbrar en una exposición, en otras palabras, se
está hablando de encontrar un vínculo apropiado con el cual
se pueda lograr convencer a toda una audiencia. También es
necesario recordar que acá se pude trabajar con las emocio­
nes humanas, tales como: calma-cólera, amor-odio, indigna­
ción-confianza, vigor-miedo, entre otros que debe conocer el
orador para poder emplearlos mediante la persuasión. Por últi­
mo, tenemos al logos, el cual está referido al elemento central

- 105-
Benji Espinoza Ramos

arte (teórico y práctico), que trata de explicar los móviles


que llevan a determinar una acción, para la cual se debe
emplear palabras persuasivas, a lo que el filósofo denomi­
naba: el discurso retórico. En otras palabras, se estaba ha­
blando de un conjunto de conocimientos de carácter uni­
versal que debe aprender todo orador. Lo que quiso decir
Aristóteles es que la persuasión se logra gracias al ejercicio
de la retórica, apoyado en fundamentos y razonamientos
que guardan cierta coherencia con la veracidad de los
hechos.
A continuación, mencionaremos tres pautas que debe
tener un buen discurso de carácter persuasivo:
a. El orador debe tener en cuenta el conocimiento del
caso, esto es, prepararse de manera adecuada y co­
nocer todos los hechos más relevantes del conflicto,
para poder estudiarlos. Nada reemplaza al conoci­
miento detallado del caso.
b. El orador debe terne dominio de escenario, esto es, no
titubear, ni mostrar nerviosismo en el auditorio. Tener
seguridad y confianza, porque ésta se transmite.
c. El orador debe saber transmitir el mensaje de manera
adecuada para lograr conmover tanto a las personas
del auditorio como al juez
Entiéndase a la figura del orador como el abogado,
por supuesto.

de la argumentación, ya que a través de él se pueden presen­


tar los mejores razonamientos lógicos los cuales incluyen pro­
cesos de deducción o inducción según corresponda el caso.
En síntesis, Aristóteles pretendía decir que si se quiere recurrir a
un eficaz método persuasivo, se tiene que conocer estos tres
elementos mencionados.

- 106-
El arte de litigar

4. Cuarta pauta

o-——te, y que sin


según él afirmaba (...) llegó

que enseñan los filósofos

En la obra de Cicerón se puede notar algunos aspec­


tos que pone en boca de los interlocutores, cuando trata
sobre el arte del buen decir y menciona que la oratoria
puede ser una especie de poder, que únicamente algunos
hombres privilegiados puedan ser capaces de poseer este
don. Para los contemporáneos de Cicerón, todo hombre
podría llegar a ser un buen orador, no necesariamente
poseyendo el don de la oratoria, sino que cualquiera que
se preparara en este arte, podía ser capaz de dominar la
elocuencia la cual requería simplemente conocer y domi­
nar bien el tema que va a tratar.
Sin embargo, ellos insistían que los grandes oradores
y retóricos griegos eran los más elocuentes, capaces de
lograr persuadir a muchas personas debido a la prepara­
ción y aprendizaje que tenían de sus maestros, los cuales
eran los filósofos más doctos. Incluso nos hace saber que
Cármadas solía participar de varios coloquios donde admi­
raba la elegancia de los retóricos y oradores de su época,
teniendo a Craso como gran disputador.
Sabemos bien que, de los grandes oradores, sean grie­
gos o romanos, el abogado debe optar por seguir el ejem­
plo de sus grandes discursos, sobre todo de aquellos que
empleaban agudeza, claridad y concisión en sus palabras,
puesto que los romanos elogiaban y tenían gran respeto a
los hombres elocuentes, los mismos que eran resaltados por
su esplendidez y magnifica retórica, exornando el ánimo y
la memoria de estos grandes oradores.

- 107-
Benji Espinoza Ramos

Una vez más, vemos que los grandes maestros de los


oradores y retóricos romanos eran los mejores filósofos grie­
gos que dominaban la dialéctica o el arte del buen decir.

-108-
El arte de litigar

5. Quinta pauta

a oír, a leer o a escribir, llegue a ser tan


y pueda con razón llamársele

Nuestra carrera se encuentra bastante ligada a los estu­


dios de casos y a la lectura, pues bien, es en este último punto
referente a la lectura, donde el abogado deberá ahondar y
hacer de ella un hábito constante, como decía Aristóteles,
la excelencia no es un acto aislado, consiste en repetir algo
constantemente hasta hacerlo habitual, frecuente, común.
En uno de los mandamientos del abogado de Couture se
sabe que el abogado que cada vez lee menos, es menos
abogado, pues hizo bien el jurista uruguayo al sentenciar
tales palabras, porque la carrera de derecho es una carrera
que vive de las letras, y no sólo en el aspecto de las leyes,
sino en las lecturas que debe hacer para consultar la doctri­
na, la teoría del derecho y, más aun, la filosofía jurídica.
Para que el abogado llegue a ser un buen orador y
demostrar toda su capacidad y habilidad con las pala­
bras, debe leer mucho. En la lectura se encuentra la cla­
ve, el busilis para aprender no sólo nuevas palabras, sino
a conocer mejor el mundo que nos rodea. Además, los
buenos libros siempre darán al abogado nuevas ¡deas,
mostrándole nuevos aspectos basados en escritos reales o
en la ficción, que el abogado pueda recoger y aplicar a
los casos. Un caso conocido de como un abogado podría
tomar ¡deas para resolver algunos casos o procesos que
lleve, sería leyendo literatura jurídica, lo cual significa que
podría empezar por leer obras o novelas jurídicas, tal es
el caso de las novelas de John Grisham35, que como bien

35 John Roy Grisham (1955). Es un reconocido escritor estadouni­


dense, quien empezó a ganarse un espacio en la literatura jurí­

- 109 -
Benji Espinoza Ramos

se sabe, trabajó mucho tiempo como abogado pena­


lista y terminó cansándose de esa labor y dejando atrás
el derecho penal, pasó a llevar casos civiles. Este tipo de
lecturas, resulta ser una buena alternativa, para aquellos
profesionales del derecho que gustan de las buenas no­
velas jurídicas. Y así como Grisham, podríamos mencionar
a otros autores que, también, escriben novelas jurídicas
como Scott Turow36 y otros como Michael Connelly, Jhon
Katzenbach.
Pero, ¿por qué tendría el orador que saber leer o escri­
bir para ser bueno? Porque en la lectura, como en la escri­
tura, el uso de palabras es aplicado de manera constante,
incluso, siendo escritor, poseería mayor desempeño para
desenvolverse, pues sería capaz de crear varias situaciones
bajo un determinado ámbito o contexto, del cual podría
optar por tomar como solución ante un conflicto, algunas
de esas soluciones creadas. La escritura ayuda a agilizar
el pensamiento haciendo que produzca cada vez más
nuevas ideas, nuevos teoremas y nuevos planteamientos o
posturas que el individuo tenga sobre la realidad. En esen­
cia, todo buen abogado debería, también, ser escritor, ya
que no es exagerado mencionar que con todos los casos
que pueda llevar en su despacho las ideas no le vengan
para poder extraer lo mejor de cada caso y así producir,
elaborar y escribir una novela.

dica por sus novelas y suspensos judiciales, cuyas obras se han


vendido más de 250 millones de ejemplares a nivel mundial.
En el pasado se dedicó a la abogacía y a la política, figuran­
do en las filas demócratas, para luego dedicarse a la escritura.
36 Scott Turow (1949). Es un escritor y abogado estadounidense
especializado en novelas de ficción legal (novelas jurídicas).
Sus obras han sido traducidas a 20 idiomas diferentes, lográn­
dose vender más de 25 millones de copias y algunos han sido
llevados al cine.

-110-
El arte de litigar

La técnica de la escritura ayuda no sólo a agilizar la


mente, sino a volverla más proclive a la realidad, propor­
cionándole una buena capacidad crítica y sobre todo
ampliando las zonas del cerebro donde sea capaz de
recordar o memorizar muchas más cosas. En este caso,
compartimos la ¡dea que nos muestra Cicerón en su obra,
y coincidimos en que todo orador -en nuestro caso, todo
abogado litigante- debe ser un escritor. Consideramos que
Cicerón, notable abogado romano, también, era escritor,
dejándonos como legado su amplia producción literaria,
de los casos o las defensas que llevaba a favor de varios
hombres ¡lustres de Roma.
En nuestro caso, como abogados litigantes que so­
mos, debemos empezar por preocuparnos más en este
aspecto y empezar por conseguir buenos libros, no con el
fin de tener una biblioteca “exhibicionista”, sino una gran
biblioteca de la cual podamos disfrutar la ávida lectura
que durante un tiempo que nos separemos de nuestras
recargadas actividades en la agenda, podamos tener el
tiempo necesario para disfrutar de los libros que siempre
serán los amigos pacientes que esperan ser leídos. Con ra­
zón Borges se imaginaba el paraíso como una biblioteca,
uno lleno de libros.
El abogado litigante, si lo que quiere es mejorar su ora­
toria, su elocuencia, entonces debe empezar por escribir.
Benji Espinoza Ramos

6. Sexta pauta

"Pues si el arte se define según principios claros, bien conocidos,


independientes de toda opinión y sujetos a ciencia, no me parece
que existe el arte oratoria, porque los recursos de la oratoria fo­
rense son varios y acomodados al sentir y a la opinión del vulgo.
(...) Pero sea arte o alguna semejanza de arte, de ningún modo es
despreciable; aunque sin olvidar nunca que otras cualidades más
altas se requieren para conseguir la elocuencia"

No podemos empezar este párrafo sin citar las palabras


de José Luis Ramírez “Arte de hablar y arte de decir. Una
excursión botánica en la pradera de la retórica”. Iniciamos
con esta cita, porque el arte oratoria, a la cual se refiere
Craso en la obra de Cicerón, debe ser algo innato en el
orador y con mucha más razón en todo abogado. Que los
antiguos romanos hayan considerado a la oratoria un arte
magnífico, pues la elevan a un plano donde la palabra
deja de ser una simple expresión, para transmitir lo profun­
do de un pensamiento, como lo profundo e intenso de
una buena defensa en juicio. De tal modo que, este bello
arte de hablar en público, se convierte en un pensamiento
que cobra vida al ser lanzado al auditorio, en un pensa­
miento que cobra vida al ser expresado de manera tenaz
y convincente por el orador. Incluso, si analizamos con más
detalle las palabras que Cicerón plasma en su obra, ve­
mos que el mismo arte oratoria lo eleva a la categoría de
ciencia, con lo cual, requiere no sólo un uso expresivo, sino
metódico y analítico de las palabras que emplea el buen
orador y en nuestro caso el abogado litigante, a la hora de
pronunciarlas en el foro.
Los recursos forenses son varios, más aun si el aboga­
do ha llevado una gran cantidad de casos, entonces, le
será mucho más fácil poder emplear las palabras ade­
cuadas a las futuras defensas donde tenga que intervenir

-112-
El arte de litigar

en beneficio de su patrocinado. Son muchos los recursos


forenses, ya que son varias las especialidades que un abo­
gado puede optar en el derecho. Aunque algunos sosten­
gan la ¡dea que el abogado penalista debe ser el único
por preocuparse en tener una buena capacidad oral en
sus discursos, se equivoca, pues el tan solo hecho de ser
abogado, sea cualquiera la especialidad que uno opte,
debe llevarlo a dominar y aprender a ejecutar bien el arte
de la oratoria.
Sin embargo, una palabra clave que debemos res­
catar de este pequeño párrafo extraído de la obra de
Cicerón es la elocuencia. ¿Y qué es lo que debemos en­
tender por elocuencia? Para los estudios que realizamos,
no merecemos recurrir al diccionario, ya que no buscamos
una definición o significado simple de la elocuencia, sino
lo que realmente significa esta palabra para un orador o
un buen abogado litigante. Entendemos, pues que por
elocuencia nos referimos, sobre todo y, ante todo, a la
capacidad que tiene una persona para desenvolverse de
manera clara y contundente con las palabras, buscando
sensibilizar a las demás personas (su público o audiencia),
narrando o explicando los hechos -materia de la contro­
versia o la discusión- con un profundo impacto del orador
hacia ellos. En otras palabras, la elocuencia empleada
por el buen abogado litigante, debe caracterizarse por el
modo externo a través del cual pronuncia y enuncia las
palabras, con los gestos y ademanes adecuados, em­
pleando, a su vez, técnicas para poder convencer, tanto
al público, como al juez -en el caso de una audiencia,
como lo hemos tratado en la persuasión-, por lo que la
elocuencia dentro de la oratoria, es el medio ideal para
generalizar y propagar las ¡deas que se tenga, no sólo de
la defensa que se realice, también, para transmitir axiomas
o sentencias filosóficas que inviten a la reflexión de manera

-113-
Benji Espinoza Ramos

simple o compleja, pero siempre con una carga afectiva


por parte del orador para quienes los transmite.
De este modo, el abogado litigante que desee mejo­
rar su elocuencia, también, debería empezar por repasar
los grandes discursos de los personajes que marcaron la
historia, pues sin estudiarlos o sin conocerlos, se haría a sí
mismo un mal porque el ignorarlos lo deja en desventaja
de aquellos abogados que sí han leído o investigado la
vida de los mejores discursos de la historia. Si realmente el
abogado litigante desea superarse cada día más en este
bello arte, es menester que cuente con los estudios y las
investigaciones respectivas al caso.

-114-
El arte de litigar

7. Séptima pauta

En cuanto a la habilidad y capacidad que tenga un


abogado para ser rápido al momento de emitir algún
enunciado o pronunciar las palabras precisas en un juicio,
dependerá mucho de cuán preparado se encuentre y
sobre todo si tiene amplio dominio de léxico.
Incluso, si pretendemos ir más allá, podemos decir
que gran parte de la habilidad que un abogado pueda
desarrollar recae en la improvisación, siempre y cuando, la
misma se encuentre en concordancia y guarde relevancia
con los hechos implícitos de la causa o materia que esté
defendiendo. Mucho se ha dicho que la clave en el éxito
de un gran orador, al momento de ofrecer su discurso, ra­
dica precisamente en cuán preparado esté, pero pocos
saben que, también, parte de su preparación consiste en
si es, o no bueno improvisando.
Aunque algunos tienen la ¡dea errada, que el improvi­
sar es hablar por hablar, no solo están equivocados, por­
que si no se conoce bien el caso o el tema que están tra­
tando, entonces el abogado no podría hablar por hablar,
sino quedaría en ridículo. Parte de una buena improvisa­
ción, como técnica en la oratoria, radica en que uno pre­
cisamente deba conocer el tema que está tratando, ya
que solo así, podría traer a colación -en su discurso- otros
temas que guarden conexión con lo que está exponiendo,
de manera natural, como si en esos momentos emplearía

-115-
Benji Espinoza Ramos

las palabras adecuadas o preparadas previamente, pero


siempre con un estilo propio y limpio, sin caer en enredos
ni contradicciones. Solo así, la improvisación podría pasar
por una técnica original y viva, ya que las ¡deas que uno
va disertando, van desenvolviéndose de manera lineal du­
rante el desarrollo del tema que esté tratando.
Todo buen orador, más aun, un buen abogado litigan­
te, debe pensar bien antes de emitir algún enunciado o
pronunciar ciertas palabras para que no quede mal pa­
rado. Lo que interesa a la audiencia no es cuantos libros
haya leído el abogado durante toda su carrera o cuántas
citas esté invocando en el estrado, lo que interesa tanto al
juez como a las partes, es que al momento de iniciar su de­
fensa, el abogado tenga las palabras precisas y la prepa­
ración adecuada -de acuerdo a la lectura del expediente
y a los hechos materia de la controversia- para que pueda
defenderlo de manera adecuada. Es más, si se trata de
defender la vida de una persona, entonces el abogado
debe estar bien informado sobre lo que dirá, ya que sus
palabras pueden, también, hacerlo caer o inducirlo al
error, si es que no conoce bien la temática de lo que está
tratando. Luego de informarse bien, debe evaluar todo lo
investigado mediante un proceso de análisis, el cual pro­
porcione como resultado objetivo lograr la buena defensa
del patrocinado. Esta y otras razones más son decisivas a
la hora de optar por la improvisación, ya que si queremos
efectuar una buena defensa se tiene que informar siempre
de manera correcta.
Respecto a la memoria que debe tener el orador, en
nuestro caso, el abogado litigante es más que vital, puesto
que tendrá que recordar hasta los más mínimos detalles
de todo lo que ocurrió, como lo que no ocurrió en los he­
chos suscitados, ya que esto hará que pueda responder
cualquier pregunta por parte del juez o de la otra parte

-116-
El arte de litigar

a la hora del juicio. Con esto, no pretendemos decir que


el abogado sea «memorista», pero debería empezar -si
es que no lo tiene- a ejercitar de manera adecuada la
memoria, la misma que consiste desde una sana alimen­
tación, hasta algunos ejercicios o técnicas de aprendizaje
cognitivo.
A su vez, es menester que todo abogado litigante po­
sea un buen timbre de voz, si la voz es potente, esto dará
mayor seguridad a las palabras que el abogado emita en
un juicio, pues una voz delgada y baja, no tiene la fuerza
ni convicción para poder lograr óptimos resultados en su
disertación. Para esto, también, existen ejercicios, para ha­
cer que la voz, si bien, no sea más gruesa, al menos tenga
mayor tonalidad y transmita potencia a la hora de emitir
las palabras propias del discurso, o la defensa de su patro­
cinado. No se trata de que el abogado tenga un lenguaje
poético, pero sí tenaz, decidido y persuasivo.

-117-
Benji Espinoza Ramos

8. Octava pauta

"Ha de procurar el orador no solo satisfacer a los clientes, sino


atraerse la admiración de los que pueden juzgar libremente. (...)
Pues cuanto mejor se expresa el orador, tanto más conoce las
dificultades y teme la varia fortuna del discurso y el juicio de los
hombres".

Podemos decir, con orgullo, que nuestra profesión


es una de las mejores del mundo. Y esto, no es ninguna
novedad o un dato actual, porque la historia misma nos
muestra que las carreras de mayor éxito, alcance y presti­
gio personal, desde el Egipto antiguo, eran las de médico
y «el chaty» o primer magistrado en Egipto -conocedor
de leyes y ritos sagrados-, luego del Faraón, lo cual de­
notaba, entonces, y demuestra ahora, que la carrera de
derecho, desde la antigüedad, era bien respetada por los
soberanos.
En la actualidad, podemos decir lo mismo, pues la
abogacía es una profesión reputada y de inocultable posi-
cionamiento en el tejido social.
Es más, en otros campos que el abogado puede des­
empeñar, como la labor de docente o conferencista, para
lo cual, también es menester que aprenda oratoria, con
sus palabras puede ser capaz, no sólo de impartir conoci­
mientos o sustentar nuevas teorías sobre el derecho, sino
también es capaz de conmover a la audiencia y hacer
que se gane la admiración del público por su brillante di­
sertación. Esto es causa noble de orgullo y de elogio para
un abogado, un profesional que cumple su labor como
debe ser.
El punto a tratar sería que el orgullo no tiene por qué
envilecer o hacer crecer el ego del abogado y volverlo
un profesional pedante. El ego es impulso, pero, también,

-118-
El arte de litigar

puede ser funesto si no es reconocido y controlado. Luchar


contra la soberbia será el mayor reto que el buen abo­
gado deberá mantener día a día en su profesión, pues
cuando crezca aun más en su carrera, no se debe dejar
llevar por esta «fama», sino que debe seguir siendo un
hombre sencillo, pues la sencillez no tiene que ver nada
con el desmérito o desprestigio profesional, al contrario, las
personas sencillas son las que más seguidores tienen, pero
siempre manteniendo un perfil bajo. Si bien, en el presen­
te texto tratamos sobre las enseñanzas que dejó Cicerón
en su obra “De Oratore”, pero es preciso recordar aquí a
Confucio, quien solía decir a sus discípulos «mientras más
crezcas, sé más humilde». Y esta enseñanza, entre otras, es
lo que el abogado no debe olvidar en ningún momento.
Alguna vez en una entrevista De Niro decía “mantón la cal­
ma”. En la cima no te descontroles, tampoco en el abismo.
Hay que aprender a mantener la calma, lección de vida
sin duda.
En cuanto a la forma de expresarse en sus discursos,
el abogado debe recordar que de acuerdo a la manera
como pronuncie las palabras, será recordado. Y no pre­
cisamente hablamos de un recordatorio para la posteri­
dad, sino un recordar actual, que le permita al abogado
organizar y trabajar mejor la memoria, aprendiendo citas,
aforismos, brocardos, máximas o palabras claves de las
cuales pueda extraer muchas ideas y, más aún, le ayude
a improvisar de manera correcta, cuando sea el momento
de hacerlo.

-119-
Benji Espinoza Ramos

9. Novena pauta

"En el orador se pide la agudeza de los dialécticos, las sentencias


de los filósofos, el estilo de los poetas, la memoria de los juris­
consultos, la voz de los trágicos y el gesto de los mejores actores.
Por eso nada más raro y difícil de hallar en el género humano que
un orador perfecto. Y si en las demás artes basta una tolerable
medianía, en el orador es necesario que estén reunidas en grado
sumo todas las cualidades".

Cuando el abogado romano se refiere a la «agudeza


de los dialécticos» no hace más que referirse al análisis y
observación, puntillosa, crítica que el abogado logre notar
o percibir del proceso que esté llevando. ¿Y por qué tal
agudeza crítica? La respuesta es que, desde la antigüe­
dad, los filósofos que salían triunfantes en sus debates fren­
te a otros, eran precisamente aquellos que dominaban
el arte de la dialéctica, esto es, el discurrir de las palabras
con fines convincentes y persuasivos. Pensar y tener en
cuenta la dialéctica, ayudará de manera sólida, eficiente
y eficaz a dar apoyo a lo que se tenga en mente, más aun,
a organizar las palabras que se pronunciarán al momento
de emitir el discurso. Para esto, es necesario que se entrene
o se trabaje con un pensamiento sistémico. Si hacemos
una breve mirada en la historia de la filosofía, veremos que
quienes mejores emplearon la dialéctica a sus escritos y sus
¡deas, fueron Platón y Hegel, aunque la historia también
nos muestra que incluso en el pensamiento oriental, como
en las corrientes de las escuelas budistas e hinduistas, ya
se sostenía una especie de pensamiento dialéctico, con
lo cual, los grandes maestros fueron capaces de persuadir
con sus palabras, mientras enseñaban. Dialogaban, inter­
pelaban y en las respuestas brotaba la sabiduría.
De este modo, el abogado, también, debe trabajar en
formar un pensamiento dialéctico, lo cual ayudará a dar

-120-
El arte de litigar

nociones, rápidas, ordenadas y considerables, en el desa­


rrollo de su discurso.
¿A qué se refiere Cicerón cuando menciona «las sen­
tencias de los filósofos»? No se refiere a que el abogado,
siempre debe leer no sólo códigos o leyes, sino también filo­
sofía. Un abogado que lee y estudia filosofía, sea siguiendo
un plan auricular o siguiendo un curso de manera privada
de filosofía con un asesor personal que le guie por dónde
empezar, qué obras leer y qué filósofos estudiar, estará un
paso delante de otros abogados. Esto es, la filosofía da luci­
dez y claridad al pensamiento. Precisamente, lo que todo
abogado debe tener, más aun, si se encuentra en plena
audiencia y tenga que citar a algunos filósofo o jurista o
simplemente pensamientos de filósofos «claves» que vayan
de acuerdo al caso que esté llevando. Cicerón se refiere a
la sentencia de los filósofos como expresión contundente y
clara, sólida y diáfana al mismo tiempo.
Además, si nuestra profesión está catalogada como
una de las mejores en el mundo, es menester que todo
abogado sepa la filosofía, ya que la madre de todas las
ciencias no se limita a dar la lucidez de pensamiento, sino
que volverá al abogado un letrado culto.
Asimismo, el orador debe poseer el estilo de los poetas.
¿A qué se refería Cicerón cuando mencionó el estilo de
los poetas en su obra? Como abogados sabemos que no
se refería a la dulzura o encanto de los versos, ya que el
abogado no puede ser delicado ni poético al momento
de dar su defensa en un juicio. Sin embargo, por «estilo de
los poetas» se refiere básicamente al tono y carácter per­
suasivo que debe tener el discurso en el foro. Es importante
saber que una parte de los mejores abogados en la histo­
ria, también, fueron poetas, sino veamos el caso del mismo
Hugo Grocio, quien siendo un buen abogado holandés,
dedicado al estudio de la filosofía y la teología, era poeta,

-121 -
Benji Espinoza Ramos

pues no sólo ero capaz de componer hermosos versos en


buen latín, sino también en griego. Recordemos, pues las
palabras de Carmen Conde cuando dijo: “La poesía es el
sentimiento que le sobra al corazón y te sale por la mano”.
Pero, además, por estilo de los poetas quiere decir que el
orador debe ser preciso como el filósofo, pero con un len­
guaje versado y precioso como el de los poetas. Racional
y emotivo, en suma.
Por memoria de los jurisconsultos, se debe entender la
plena capacidad y facultades que todo abogado litigan­
te debe tener para aprender teoría y doctrina jurídica. El
hecho de ser litigante no quiere decir que uno solo deba
enfocarse en la parte práctica del derecho, pues la prác­
tica sin la teoría es acción muerta, como una rueda sin
eje. Esto lo saben los mejores abogados, razón por la cual,
no conformes con su trabajo de oficina, van en busca de
más, dictar cátedras, publicar obras, realizar investigacio­
nes, postular teorías, dar conferencias, etc. La actividad de
nuestra profesión no se encasilla en las cuatro paredes de
un despacho, no se constriñe a los pergaminos de un des­
pacho, por más versallesco que este sea, va mucho más
allá de eso. Y el abogado, al ser orador, dominar el arte de
la elocuencia, lo que debe buscar es agilizar la memoria,
tal cual poseían los juristas de épocas pasadas.
Sobre la voz, ya se sabe que todo buen abogado,
debe tener una voz potente, no en el plano que «grite» sino
que sepa modular y entonar su voz, en los momentos que
debe elevar la misma y en los momentos que debe apla­
carla. El énfasis en el momento adecuado, con el auditorio
correcto, marca diferencia entre el éxito o la derrota de
una causa judicial. El hecho de dominar las técnicas de la
oratoria no significa hablar como «loco», ni mucho menos
gritar en la sala de audiencia. El tener la voz de los trágicos,
va más allá de eso, pues se refiere a que el abogado debe

-122-
El arte de litigar

saber cuándo hacer que su voz tenga un tono de impacto


y cuando ser sagaz o sutil. Pero todo esto se adquiere con
la práctica. Se trata de ser unos artistas de la abogacía, de
la litigación.
Dicho esto, ¿es recomendable que los abogados
lleven algún curso de actuación? La ¡dea es más que
razonable, puesto que el abogado debe trabajar en sus
gestos, para saber cómo conmover o impactar al público.
Conmover los sentimientos de una persona o persuadirla a
que tome la decisión que tú desees que tome, no es tarea
fácil, para ello se requiere preparación. Pero aquí es donde
entra a tallar la parte de la actuación, pues si el abogado
«sabe actúan) entonces podrá desempeñar con mayor
naturalidad su papel y saber cuándo mostrarse compasivo
y cuándo ofensivo, que son dos recursos que, como buen
orador, el litigante inexorablemente los necesita.

-123-
Benji Espinoza Ramos

10. Décima pauta

"Entonces dijo Craso sonríéndose ¿Piensas, oh Cota, que para la


elocuencia no se requiere un estudio y vehemente ardor, sin el
cual nada egregio se hace en la vida ni nadie puede conseguir lo
que tanto deseas?... (...) no basta el deseo para llegar a ninguna
parte, si no se sabe y conoce el camino. Y como no me imponéis
una carga muy pesada, ni me preguntáis en general sobre el arte
de la oratoria, sino sobre esta facultad mía como quiera que ella
sea, os daré una razón, no muy recóndita, difícil, magnifica ni
grave, del método que yo solía usar cuando en mi adolescencia
ejercitaba estos estudios".

Para los que hemos leído la obra de Cicerón, sabemos


que Craso empieza a decir, no sólo a Sulpicio, sino a todos
los presentes en aquel diálogo, sobre los temas que trabajó
y aprendió en su juventud, los cuales son:
a. El oficio del orador está plenamente vinculado a la
persuasión.
b. Todo discurso es ¡limitado o limitado, dependiendo la
designación del tiempo en persona.
c. Analizar si el asunto a cuestión es para resolver algo
justo o injusto.
d. De la existencia de un escrito sobre la interpretación
de la norma, la cual genere ambigüedad o confusión.
e. Sobre la dignidad de la persona.
Siendo así, el pentagrama desprendido en parámetros
que establece Craso, mediante su estudio de la oratoria,
pasaremos a explicar cada uno de los puntos.

A. El oficio del orador está plenamente vinculado a la per­


suasión
Tal como lo hemos mencionado con anterioridad,
el asunto de la persuasión es fundamental en todo arte

-124-
El arte de litigar

oratorio, más aun, si del ejercicio de nuestra profesión se


trata, pues como abogado estamos más que obligados a
aprender a ser profesionales con temple de acero y con
amplio dominio de esta rigurosa y eficaz técnica, como lo
es la persuasión.
Los antiguos retóricos griegos enseñaron a Craso que la
persuasión es la primera y mejor técnica que debe tener un
orador, si lo que busca es ganar en el debate o en nuestro
caso, en un juicio. En la actualidad, van quedando pocas
facultas de derecho donde se enseñe el curso de Oratoria
Forense, materia indispensable que todo estudiante de
derecho, desde temprana edad, debería aprender.
¿Cuál es el vínculo que tiene la oratoria forense con la
persuasión? Más que una gran herramienta para que el jo­
ven abogado empiece por destacar en voz, personalidad y
arte oratorio, la persuasión desarrolla en quien lo practique,
grandes cualidades que todo buen orador debe poseer,
entre ellas, la convicción de las palabras que emite en su
discurso. Cicerón nos comenta, por ejemplo, que el joven
Craso aprendió de manera eficaz este recurso, pues desde
muy joven sabía cómo persuadir a un alto magistrado ro­
mano para que este le dé la razón, así también, el estudian­
te de derecho que comience a iniciarse en la técnica de
la persuasión, no sólo desarrollará su destreza como orador;
sino también aumentará su capacidad verbal y escrita,
porque aunque no parezca, las técnicas que se aprenden
dentro de la oratoria, guarda mucha relación con el arte
de escribir, haciendo que el futuro abogado -en caso de
ser estudiante de derecho- empiece a mejorar su léxico, su
expresión verbal y sus técnicas de escritura, porque lo que
llegará a escribir, tendrá que exponerlo sobre el estrado
o tribunal, y para ello, debe haber leído bastante, pues el
día en que uno acepta la noble profesión de lo que es ser
un abogado, y empieza a poner en práctica los ejercicios

-125-
Benji Espinoza Ramos

de la oratoria, no sólo mejorará su fluidez de palabra, sino


que aumentará su léxico (gracias a los buenos libros) y
aprenderá nuevos vocablos -hasta poder alcanzar un flori­
legio- que serán empleados en el ejercicio de la redacción
de escritos jurídicos, los que a su vez, deberá presentar al
público, ya que de su escrito, dependerá la culpabilidad o
la inocencia de su patrocinado. No es, pues una cuestión
menor. No se trata de tener en las manos los bienes o pose­
siones de nuestros representados, sino su vida, su libertad, su
honor, su familia. Tamaña tarea que requiere, por supuesto,
exigencia rigurosa de un samurái.
Prácticamente, la persuasión -más que el núcleo cen­
tral de la oratoria forense- es la destreza y habilidad verbal
que ha de tener todo abogado, que realmente quiera
ser un óptimo litigante. Pero, en este punto es preciso
preguntarnos: ¿cómo se preparaba Craso en su adoles­
cencia para llegar a ser tan buen orador? La respuesta la
encontramos en la misma vida de Cicerón, pues al igual
que Craso y muchos otros oradores romanos destacados,
aprendieron de los antiguos oradores, de sus discursos, por
ejemplo, aprendieron de Demóstenes, Isócrates, Lisias, solo
por mencionar algunos. Eran las estrellas de ese tiempo. En
nuestro caso, con todos los adelantos de hoy, no sólo nos
basta con leer las grandes biografías de los oradores o elo­
cuentes más significativos de la historia, sino que gracias
a los canales de videos que hay en la internet, podemos
ver cómo declamaban sus discursos e, incluso, aprender
cursos de oratoria en alguna institución o de manera par­
ticular. Lo segundo que podría hacerse en la actualidad,
sería comprar buenos libros de oratoria forense y rescatar
los mejores tips que podamos encontrar en ellos. Ahora
hay más información que antes, en la era del conocimien­
to, pero hay más desinformación también. Una paradoja
significativa.

-126-
El arte de litigar

Aprender de los oradores antiguos, como de los


contemporáneos, forma parte de una gran motivación,
los cuales deberán ser tomados como modelos a seguir,
como dechados pero sin copiar su estilo, ya que cada uno
debe poseer un estilo propio a la hora de declamar su dis­
curso. No le sobra razón a Sinatra cuando nos canta que si
por algo se le recordará por hacer todo “a su manera”. Por
otra parte, existen instituciones jurídicas donde enseñan el
curso de Oratoria Forense, pero también se podría asistir a
talleres, simposios, congresos, conformado por estudiantes
de derecho y hasta profesionales que desean mejorar su
elocuencia llegan a asistir a estos talleres, pues no sólo se
trata de hablar bien, persuadir al estrado, sino también me­
jorar el aspecto fonético en el timbre de voz y el lenguaje
corporal, mediante la técnica de los movimientos de los
brazos y gestos. En realidad, es un arte maravilloso al que
hay que entregarnos sin reservas.
Para persuadir bien, hay que conocer la técnica del
debate, la esgrima verbal, arma fundamental para aque­
llos abogados que están acostumbrados a generar polé­
mica y controversia a la hora de presentar su defensa. La
¡dea es que, al aprender la técnica de la persuasión, no
sólo se mejore el arte de poder convencer al juez y la au­
diencia, sino también mejorar el vocabulario, el léxico que
se debe tener a la hora de emitir nuestro discurso o nuestra
defensa.

B. Todo discurso es ilimitado o limitado dependiendo la


designación del tiempo en persona
Cicerón toma en cuenta -en esta obra del orador,
empero también en otras- que todo abogado antes de
lanzarse ante el foro, debe, en casa, preparar su discurso.
De manera usual, podríamos decir que «preparar el discur­
so» se refiere a escribir todas las palabras que diremos o
pronunciemos mediante la disertación que daremos. Pero,

-127-
Benji Espinoza Ramos

¿Craso en su adolescencia habrá aprendido a preparar


sus discursos? La respuesta es más que obvia, pues nada se
aprende más rápido, que lo escrito y leído por uno mismo.
En este caso, un discurso simple, esto es, sin connota­
ción jurídica, es un mensaje verbal que una persona pro­
nuncia hacia un público determinado. La ¡dea de todo
discurso es la de poder comunicar y expresar el mensaje
con la sola finalidad de persuadir (en este caso podría
entenderse, también, como «arte de convencen)), puesto
que su estructura está provista de términos que el aboga­
do debe emplear y conocer a la perfección, aparte de
conllevar una carga lexicográfica, con la cual podrá inte­
ractuar con los demás, y así, podrán reconocer en él su
buena preparación.
De este modo, podemos sostener que el discurso viene
a ser una secuencia ordenada, plausible y llena de con­
vicción, en los que la destreza legal y la interpretación,
tanto jurídica como literal que el abogado pueda hacer
de alguna norma, ayudarán mucho a darle la confianza y
seguridad que necesita para poder persuadir a la audien­
cia. La técnica principal del discurso, podríamos decir acá,
que es la manera coherente en que el abogado, como
buen orador, podrá definir y expresar, de manera breve o
extensa, todo lo que haya preparado la noche anterior en
casa o su estudio, para llegar a probar y comprobar, los
fundamentos valorativos que tiene, a través de sus argu­
mentos, los mismos que deberán ser contundentes.
Tanto en los tiempos de Craso o Cicerón, como en
nuestra época, el discurso del profesional del derecho ha
de ser notable, eficaz, persuasivo, sea de manera oral o
incluso si lo presenta por escrito. En este caso, la meta del
abogado, más allá que la de ganar el juicio, debe ser la de
salir airoso y victorioso frente a la otra parte, gracias a un es­
pléndido discurso, pues la mejor habilidad es la capacidad

-128-
El arte de litigar

verbal y elocuente, que el buen abogado litigante debe


poseer a la hora de formarse como tal, logrando que la
expresión de la persuasión sea su aliada. Si el abogado
litigante llega a ser capaz de desarrollar esta habilidad, no
dude que su carrera profesional dará un salto enorme.
En caso de un docente o catedrático de derecho,
¿cómo podría valerse de un buen discurso en alguna con­
ferencia o ponencia de su especialidad? Haciendo gala
del discurso jurídico dogmático. ¿Cómo es esto? El discurso
jurídico dogmático viene a ser aquel en el que se expresan
los valores culturales del saber jurídico, sea parte histórica,
sea parte doctrinal, sea parte legislativa, puesto que la
¡dea es más que transmitir el mensaje, transmitir la ense­
ñanza y repercusión de lo que se sostiene. Generalmente,
este tipo de discurso suele ser empleado, sobre todo, por
aquellos que quieren dejar marcada alguna enseñanza.
Mediante la forma convincente de las ¡deas y argumentos
que sostienen, pueden hacer gala de una notable inteli­
gencia y memoria prodigiosa por parte del orador. En el
caso que este tipo de discurso sea empleado por un abo­
gado litigante, en plena audiencia, si estudia bien el caso,
podría hacer que el juez decida a su favor.
Es por ello que este tipo de discurso jurídico es el que
interesa más a los que son juristas, puesto que el abogado
litigante en medio de una audiencia, empezará con su
defensa, con la sola finalidad de convencer al juzgador
unipersonal o colegiado, haciendo uso de su arma más
eficaz, la persuasión y su elocuencia.

C. Analizar si el asunto a cuestión es para resolver algo


justo o injusto
Como casi la gran mayoría de abogados en Roma,
Cicerón siempre estuvo preocupado por defender causas
nobles y justas. Fiel acérrimo de las injusticias y difamaciones

- 129-
Benji Espinoza Ramos

por porte de los ciudadanos romanos, el orador tenía en


claro, cuál era su trabajo y cómo desempeñarse en sus
funciones. De igual modo, tenemos a Craso, quien desde
muy joven recibió la formación para ser orador y se le en­
señó a defender causas justas.
Actualmente, podemos decir que es deber indispensa­
ble que el abogado defienda causas justas, pues no sólo
porque lo establezca así un código de ética, sino también
por una cuestión moral y de principios. Como abogados,
estamos expuestos a ser atraídos por grandes sumas de di­
nero por el trabajo que podamos ofrecer al defender a las
personas. Existen individuos, que son capaces de pagar lo
que sea, con tal de no ir a la cárcel, otros, buscarán con­
vencernos a que le ofrezcamos al juez, de modo sutil, una
buena suma de dinero, con tal que sentencie «a nuestro
favoo). Lamentablemente, esto es una realidad, pues son
las personas que cometen los mayores delitos, los que ofre­
cen grandes sumas de dinero, pues creen que, al poseer
muchos bienes, mucha riqueza, el abogado, también, ha
de tener un precio, y no nos referimos al cobro habitual de
nuestros honorarios, sino al «pago» que algunos abogados,
por ambición o desmedido interés, así lo consideren.
De nada sirve ser buen orador si se está recibiendo di­
nero mal ganado. ¿Qué es el dinero mal ganado? Aquel
dinero que se acepta por defender causas injustas e inno­
bles. Un buen abogado se diferencia de aquel que no lo
es, precisamente, por su desempeño profesional.
Para saber cuáles son los límites establecidos entre lo
justo y lo injusto, no hace falta recurrir a algún cuerpo le­
gal o un código de ética, pues en cada uno de nosotros
existe la capacidad de percibir qué cosas son buenas y
cuáles no lo son. Supongamos por un momento que exis­
tan naciones donde «matao> sea permitido, por más que la
ley aprueba una conducta así, en el foro interno de cada

-130-
El arte de litigar

uno, sabemos que matar es una acción negativa, porque


se está quitando la vida a otro individuo. O naciones que
permitan que «violan) a una mujer sea algo lícito, pues por
más que existan leyes que amparen esta conducta, dentro
de nosotros percibimos rotundamente que eso está mal.
De ser así las cosas, entonces, el filósofo Spinoza tuvo razón
al decir que, ¿todo bien y mal habitan sólo dentro de uno?
Lo dejaré ahí para la sesuda reflexión.

D. De la existencia de un escrito sobre la interpretación de


la norma, la cual genere ambigüedad o confusión
Si el abogado litigante ha de ser un buen orador,
esto no inhibe que sepa, también, ser un buen redactor.
¿Cómo es esto? Es decir, como profesionales del derecho,
sabemos que nuestra carrera está relacionada tanto a
la oratoria como a la escritura (redacción de escritos, in­
formes judiciales, mociones, peticiones, demandas, etc.),
motivo por el cual, sería ¡lógico saber hablar bien, pero es­
cribir mal. Para que esto no ocurra, conozcamos un poco
más sobre la historia del orador y retórico Craso, respecto
al conocimiento que un abogado debe tener al realizar
sus escritos.
En la obra de Cicerón, Craso menciona que el buen
orador debe saber distinguirse de los demás, no sólo por
la efusividad de palabras que tenga al momento de dar
su discurso, sino también debe saber escribir bien. Desde
la antigüedad, la escritura ha sido considerada como un
don sagrado y concedido a los hombres por el dios Thot
(egipcio), con el tiempo y poco a poco, llegó a otros
pueblos y otras culturas, siendo indispensable que las cla­
ses más cultas y nobles, sepan leer y escribir. Cuando los
romanos aprendían a escribir, no todos eran destacados
por sus escritos, sino solo aquellos que mostraban elegan­
cia, pulcritud y orden. Esta es la razón, por la cual, algunos
esclavos, también, sabían escribir, pero como no tenían

- 131 -
Benji Espinoza Ramos

el orden necesario o la elegancia (estilo) para hacerlo,


siempre quedaban de lado. Sin embargo, esto no ocurrió
con aquellos romanos, hijos de personalidades o ciudada­
nos que pertenecían a la clase élite. Generalmente, ellos
eran los destacados, desde los escritores más simples que
tuvo Roma, hasta llegar a sus poetas, abogados y filósofos.
La clara muestra de los romanos que trascendieron por
la calidad de sus escritos, tenemos varios, Virgilio, Ovidio,
Cátulo y Horacio, los más destacados en poesía, Lucrecio
y Séneca en filosofía, y en el mundo del derecho, tenemos
al gran Cicerón, autor de estas lecciones que interpreta­
mos para su lectoría.
Los romanos consideraban mucho la elegancia, el
estilo al escribir, más aun, si pretendían conservar el buen
latín aprendido desde niños. Con mucha más razón, los
hombres de leyes, como Clodio, Hortensia, Escévola, en­
tre otros, destacando por encima de ellos, Marco Tulio
Cicerón, para quien la escritura, era otra manera de dejar
por escrito, las palabras expresadas por el alma. Las pa­
labras vuelan, pero los escritos permanecen, se enseñaba
en esa época. Pero para que Cicerón y los otros abogados
romanos supieran escribir bien, ellos practicaban un ejerci­
cio fundamental: la lectura. Si alguien quería aprender a
escribir bien, no sólo se podía lograr ejercitándose redac­
tando escritos, sino leyendo mucho, ¿qué tiene que ver la
lectura con la escritura? Mucho. Muchísimo.
Actualmente, está comprobado que solo aquellas
personas que leen de manera diaria, no sólo desarrollan
más raciocinio, sino que la lectura les abre un mundo de
palabras nuevas que pueden emplear también ellos en sus
escritos. Las obras más selectas que nos han dejado como
legado grandes escritores que tras morir se inmortalizaron,
nos sirven como guías para aprender de ellos. Algunos
abogados dejarán libros escritos, pues es necesario leer, y

-132-
El arte de litigar

así, otro grupo de abogados, no deje escritos (obras publi­


cadas), también, es indispensable que dedique parte de
su tiempo a la lectura.
Más aún, si se trata de formar oradores, pues para
aprender hablar bien, también, es menester saber leer
bien y aprender palabras nuevas para los discursos, ex­
posiciones, conferencias y audiencias que tengamos. Los
mejores oradores del pasado escribían sus discursos antes
de llevarlos al estrado o al foro, pues bien, podemos apren­
der de ellos y hacer lo mismo, preparar nuestros discursos,
escribiéndolos correctamente, no para memorizarlo nece­
sariamente, sino para tener una guía, un orden de lo que
vamos a decir, cómo lo diremos y en qué momento eleva­
remos el timbre de voz, o en qué momento lo bajaremos.
Esa estructura escrita es una guía adecuada y sirve a los
propósitos de los buenos discursos forenses.

E Sobre la dignidad de la persona


Si bien, para la época de Cicerón, no existía un dere­
cho constitucional, propiamente hablando, como tam­
poco los derechos humanos, la dignidad de la persona,
estaba ligada al honor y buena reputación que tenía un
ciudadano romano. En la obra, se muestra que faltar el res­
peto, agredir verbal o moralmente a otro, tal actitud debía
ser sancionada, castigada y reprobada. En otras socieda­
des más antiguas, existía el derecho a la venganza, para
suplir y compensar el daño hecho a uno.
En la obra, Craso explica a los demás interlocutores
lo que aprendió en su adolescencia y como parte en la
formación que recibió para ser un buen orador, en la que
el respeto por la otra persona, por la dignidad del hombre,
era lo más sagrado. De nada servía al orador romano co­
nocer y dominar a la perfección el arte de la oratoria, sin
antes, saber respetar a su opositor. Aunque es cierto que,

-133-
Benji Espinoza Ramos

en juicio, frente o uno audiencia, uno siempre buscará ga­


nar al otro, debe tener en cuenta que, ante todo, existe
un respeto hacia el «contrincante o adversario», por así
llamarlo. Somos adversarios en audiencia, pero no enemi­
gos, es algo que debe siempre estar presente en nuestra
mente.
El respeto, incluso se puede ver reflejado en los deba­
tes actuales, cuando se guarda la compostura de la tesis
que uno sostiene frente a la otra. En el sentido romano, esto
era el fondo del asunto, porque el respeto, estaba ligado
al respeto por la dignidad de la otra persona.
Como profesionales del derecho, sabemos que cons­
titucionalmente, la norma de apertura de la ley de leyes,
nos deja claro este precepto al proclamar que se debe
defender a la persona humana y el respeto de su digni­
dad, los cuales constituyen el fin supremo de la sociedad y
el Estado peruano. Es increíble, por más que hayan pasado
varios siglos, la dignidad de la persona humana, más que
un precepto o mandato constitucional, constituye un prin­
cipio y regla de vida que el orador, el abogado litigante y
todos, no debemos olvidar ni mucho menos despreciar.
Como abogados, debemos ser los primeros en acatar
este principio, así como enseñar a los demás el cómo se
debe respetar y guardar una ley. Hacer de este principio y
precepto constitucional, más que una norma impuesta por
el Estado, una norma de vida, una verdadera norma de
conducta.

-134-
LECCIÓN 4:
LA TÉCNICA DE PERSUASIÓN DEL LITIGANTE
A medida que hemos ido avanzando en la obra de
Cicerón, hemos podido detectar varios elementos y cua­
lidades que son vitales para los oradores en el arte de la
elocuencia. Sin embargo, entre todos ellos, hay uno que se
rescata con sumo interés, ya que sin este recurso, la orato­
ria del abogado litigante no podría cometer su objetivo, la
misma que viene a ser la técnica de la persuasión.
Por un momento, haremos una pausa a la obra “De
Oratore”, pero sin desvincularnos de ella, ya que la técnica
de la persuasión, tiene que ver en rigor, con lo que Craso
enseña a sus amigos y de cómo se puede adquirir una me­
jor técnica, para poder ser contundentes y convincentes
ante el juez. Esta técnica que fascinó a los romanos provi­
no desde la antigua Grecia, donde el arte de la oratoria
tuvo su auge, no sólo en los hombres que ejercieron la
labor de retóricos y «abogados griegos», sino también por
ser una técnica predilecta para los filósofos, pero más aun
fue aprendida y perfeccionada por los sofistas.
En la actualidad, debemos decir que la técnica de
la persuasión, antes de tener su campo práctico en las
audiencias o tribunales, tiene que ser aprendida por un
maestro (esto es, algún abogado que sepa de manera
correcta dominar esta técnica, al cual se puede encontrar
en alguna institución, como docente, o en algún estudio
jurídico, como buen litigante), o en su defecto, los libros.
Precisamente, es aquí donde empezaremos a destacar
lo importante que es aprender la técnica de la persuasión,

- 137-
Benji Espinoza Ramos

a través de los buenos libros de derecho que hay sobre la


misma, pues antes de recurrir a los textos de lógica jurídica,
todo abogado necesariamente debe tener, como mínimo
en su biblioteca, un par de libros que traten sobre argu­
mentación jurídica y litigación oral.
Pero, ¿qué podrían enseñarnos estos textos relaciona­
dos a la argumentación jurídica respecto a la técnica de
la persuasión?
Para empezar, cualquier texto que trata sobre argu­
mentación jurídica, hacen gala de una relación de poder,
ya que esto, es lo primero que debe saber un abogado
litigante, lo primero, en la manera que encontrará siempre
un vínculo y una distancia vertical, que existe entre el abo­
gado y el juez, como también, entre el juez y los sujetos de
derecho. Resulta más que necesario, poder conocer este
aspecto, que muchas veces los libros no te lo muestran de
manera directa, pero si uno lee detenidamente, encon­
trará que esta «jerarquía» siempre se cumple, para saber
cómo tratarla. Lo que debemos hacer es sacar el mayor
provecho posible de los libros de argumentación jurídica,
ya que estos nos enseñarán como podemos aprovechar y
hacer uso de las estrategias y técnicas -no sólo orales, sino
también escritas- que mitigarán y potenciarán en nosotros,
las ideas que debemos tener para afrontar tales circuns­
tancias complicadas frente a un juez, persuadiéndolo.
Para comenzar, es requisito sine qua non, que todo
abogado litigante que pretenda sobresalir en este gran
arte de la oratoria, dominando no sólo la técnica de la per­
suasión, sino muchas otras técnicas, debe tener en su bi­
blioteca como mínimo, un par de libros dedicados al tema
de la argumentación jurídica, lógica jurídica, litigación
práctica, oratoria forense y redacción jurídica. Y ahora se
me dirá, ¿qué tiene que ver el texto o los textos dedicados
a la redacción jurídica? Pues bien, la redacción jurídica es

-138-
El arte de litigar

el complemente eficaz para una buena oratoria forense.


La buena calidad de un discurso o escrito, bien redactado,
podrá hacer mayor efecto y obtener, mayores resultados,
en el abogado que lee este discurso, lo aprende y poste­
riormente, lo declama. No hablamos de declamar en el
sentido de repetir palabra por palabra, sino de exhibir la
sólida estructura argumentativa que edificamos.
Tal es el arte de la oratoria que encierra en sí la técnica
principal de la argumentación, que como ya sabemos, el
mismo Cicerón veía en ella, un recurso tan claro y brillante
como la plata, de donde proviene precisamente la raíz
latina de la palabra argumentum. Este arte, podríamos
definir como «la capacidad de aportar y ofrecer criterios
objetivos, contundentes y convincentes, que ha de tener
todo abogado litigante, con la sola finalidad de presentar
una óptima defensa, de modo tal que presiona y fuerza al
juez, a decidirse por lo que uno sostenga». De tal modo,
que al tratar sobre el poder de la argumentación no se
hace más que referirnos al poder de la persuasión.
Pero si esto es así, entonces, rápidamente nos viene
otra pregunta, ¿qué significa «persuadió) para un aboga­
do? Ya que por más que se entienda, que la argumen­
tación suele ser usada como un referente y sinónimo de
persuasión, debe quedar claro que las definiciones tienen
cierta relación, pero no necesariamente viene a ser lo
mismo.
Al hablar, propiamente de la persuasión, nos estamos
refiriendo al arte de producir un discurso brillante, a través
del cual, podamos convencer a una persona a que opte
por tomar nuestra idea y la estime como válida, haciendo
que nos dé la razón de lo que decimos. Esto es, convencer­
lo. Pero, para que se cumpla dicho fin, el arma a emplear
aquí es el lenguaje, cuya función no sólo es el de un len­
guaje decoroso, sino contundente, esto es, que no tenga

- 139-
Benji Espinoza Ramos

contradicción alguna, porque si se quiere convencer a


otra persona de lo que uno está sosteniendo, lo primero
que debe saber es a no contradecirse, ya que si lo hace
-por ejemplo, en el ámbito forense, el juez- rápidamente
podrá notar que uno no está diciendo una verdad o sim­
plemente no tiene las pruebas necesarias de lo que dice.
Todo abogado sabe que sin pruebas es imposible
ganar un caso. Pero el abogado, que además de tener
las pruebas sabe cómo argumentarlas y cómo persuadir
al juez para que tome parte y sentencie a su favor, por
lo tanto, habrá conseguido su objetivo. Y esta es la razón
por la que muchos abogados sostienen que argumentar
guarda una implícita y profunda conexión con el arte de
persuadir.
Pero si esto es así, ¿cuál es el secreto que tiene el arte
o técnica de la persuasión para resolverse? Aunque ya
sabemos que la respuesta la encontramos en el lenguaje
empleado por el abogado y la habilidad que tiene para
colocar las palabras necesarias, justo en el momento pre­
ciso, debemos ser claros y explicar también que entra en
juego el rol de la psicología.
De este modo, el abogado litigante debe conocer
que el factor psicológico juega bastante o, mejor dicho,
desempeña un papel eficaz en la técnica de la persua­
sión. Se podrá ejercer mejor la persuasión si el abogado se
encuentra más que preparado, con la capacidad plena
de influir notablemente en la audiencia, a través de ciertos
dispositivos psicológicos, que además de hacer gala de la
buena preparación que tenga uno como profesional del
derecho, sino que a través de ellos abrirá la postura que
tiene para ejercer su defensa, argumentando pruebas o
verificando hechos que harán que salga victorioso en el
caso.

-140-
El arte de litigar

Influir en la audiencia, influir en las decisiones que tome


el juez a nuestro favor, determinará hasta qué punto, el
abogado es capaz de dominar este bello arte, pues debe
saber combinar la parte racional y legal de su discurso
con la parte emocional-afectiva. Y aunque sean pocos los
textos en nuestro país que traten sobre la capacidad ar­
gumentativa o el poder de la persuasión en los abogados,
vemos que el tema tiene para más profundidad, y debería
ser mejor tratado en nuestra legislación.
La carga sugestiva y el efecto comunicador que tie­
ne toda técnica de persuasión debe caracterizarse por
el efecto que pretende lograr el abogado litigante, al
momento de convencer al juez que él tiene la razón -nos
referimos a la razón del litigante-.

J. la capacidad y efectividad de la persuasión en la co­


municación
Para tratar sobre los efectos que tenga la técnica de la
persuasión, es primordial que el abogado litigante, no sólo
tenga una buena preparación en oratoria, sino también
dependerá del poder (cualidad o destreza psicológica)
que tenga para influir en los demás.
La técnica de la persuasión, llega a ser más efectiva, si
el abogado que la ejerce, pone de manifiesto la intención
que tiene para lograr el efecto deseado en la persona que
está recibiendo y captando el mensaje, para poder modi­
ficar su decisión.
Para llegar a conocer, el poder que tiene la técnica
de la persuasión, podemos tomar clara referencia de los
spots publicitarios, del marketing que hacen de los produc­
tos que ofrecen para el consumo de alguna marca que
ofrecen. La técnica de la persuasión, también, es fuerte­
mente impartida por los políticos, al momento de lanzar
sus propuestas a través de los discursos que realizan, más

_ 141 -
Benji Espinoza Ramos

aún, en campañas electorales. De hecho, podemos decir


que los políticos, son los primeros en ejercer la técnica de
la persuasión para convencer al pueblo, aunque algunos
de los políticos calificados como «malos ejemplos» hayan
caído en la demagogia.
Para nosotros, como profesionales del derecho, debe
quedar en claro que la persuasión, más allá de los nota­
bles elementos retóricos y lingüísticos que posea, viene a
ser una técnica de seducción. Aunque puede sonar algo
extraño esta palabra, los políticos lo que hacen al emitir
sus discursos, es seducir al pueblo con su mensaje. De igual
modo, el abogado debe ser capaz de seducir al juez, no
sólo con sus palabras, sino también con las pruebas que
demostrarán que él, tiene la razón. Entonces, también po­
dríamos decir que la persuasión y la seducción a través de
la palabra, forman parte de la técnica de la persuasión.
Precisamente es aquí, donde en la obra “De Oratore”,
Cicerón nos muestra que los grandes retóricos griegos eran
precisamente maestros en este arte, por la capacidad y
sagacidad que tenían, al momento de ser hábiles con sus
discursos, dando a conocer todas las posibles facetas que
un orador de nuestro tiempo debería tener, los cuales son:
a. El poder de la palabra.
b. La técnica de la persuasión.
c. La técnica de la seducción con las palabras (esto es,
ser elegante y brillante para conmover sentimientos
del pueblo o audiencia).
d. La seriedad y prudencia con la que se dirija al juez.
e. La sobriedad y habilidad mental para recordar hechos
o improvisarlos.
Si el buen abogado litigante, sabe hacer gala de estos
elementos, se podrá decir que no sólo habrá cumplido su

-142-
El arte de litigar

cometido, sino también habrá logrado desempeñar su rol


y quedar como «el salvador» ante su patrocinado, no sólo
por ganar el caso, sino también por la gran reputación que
empezará a adquirir, lo cual lo distinguirá, como uno de los
mejores en el medio y en su campo.

2. El poder de! lenguaje en el discurso jurídico


Aunque el tema del lenguaje, para nosotros, es algo
amplio, por varios sentidos a los cuales se puede prestar
este término -pero haciendo gala de su buen uso-, es
preciso reconocer que el lenguaje por escrito, que solemos
emplear en los documentos, es distinto al lenguaje forense,
propios del orador, por ende, del litigante.
El lenguaje forense, es aquel que está destinado a
discurrir en los juzgados, en la sala de audiencias, en los
tribunales frente al juez, incluso, el propio juez empleará el
lenguaje forense al dirigirse a los abogados, de tal modo,
que aquí también se trata de un lenguaje «técnico» sí lo
queremos llamar así, que empleará el abogado o los jue­
ces al momento de estar en una audiencia, ya que ambos,
al emplearlo, buscarán convencer el uno al otro, que tie­
nen la razón. Sin embargo, nosotros como abogados de­
bemos ser más que los jueces y adelantarnos a la decisión
o postura que este pueda tomar, para aventajarnos y salir
victoriosos. La ¡dea es que nosotros usemos la persuasión
para que el juez tome su postura o pueda decidir, a favor
de nosotros.
De este modo, el lenguaje que suele ser expresado y
cumplir su cometido en las audiencias y tribunales, debe
ser a favor de uno, que, como abogado defensor, sabrá
cuáles son las herramientas necesarias que tuvo que optar,
para emplear, seguridad, dominio de escena, presenta­
ción de pruebas, capacidad argumentativa y técnica de
persuasión, con las cuales será capaz de ganar el caso. El

- 143 -
Benji Espinoza Ramos

efecto será mayor, si el abogado defensor, no sólo conven­


ce al juez de lo acontecido, sino también a la audiencia
(incluida la otra parte), de lo que él sostiene, es la razón,
puesto que aquí también pondrá de manifiesto, que la ley
ha sido interpretada de manera correcta.
El buen abogado litigante debe saber en todo mo­
mento, que el poder del lenguaje empleado en su discurso,
en plena audiencia, podrá hacerlo capaz de manipular la
situación, de manipular los pensamientos de los demás -lo
que en psicología se llama «jugar con la mente», por más
maquiavélico que suene- y así obtener el beneficio de la
prueba, o la aceptación de lo que sostiene.
Pero, también es preciso recalcar que existen otros
métodos, otras vías que podemos emplear gracias al len­
guaje, ya que por «lenguaje» no sólo debemos entender
el canal o medio que se usa para hablar, sino también:
expresar, ¿qué es lo que un abogado litigante debe ex­
presar a través del lenguaje? Los gestos, los sentimientos,
los afectos, el cuerpo (lenguaje corporal), la mirada, la
postura, etc. Podemos ser capaces de declarar hechos
o manifestar situaciones, comunicándolos a través de los
sentimientos e incluso, las actitudes que tengamos frente a
determinada causa. Un arma principal que tenemos como
abogados y que, también, debemos recordar siempre, es
el recurso de las preguntas, tales como:
- ¿Cómo ocurrieron los hechos?
- ¿Qué fue lo que aconteció?
¿Cuándo ocurrió lo que usted dice?
¿Quiénes fueron los implicados en la causa?
- ¿A cuánto afecta el patrimonio de mi defendido?
¿Podrá tener rencor hacia una persona discapacitada?

-144-
El arte de litigar

¿Por qué no se atreve a declarar?


¿Está seguro de lo que dice? Fíjese que en mis ma­
nos podría tener alguna prueba que demuestre lo
contrario.
¿Cuál será la decisión del señor juez ante tal aberrante
hecho?
Entre otras muchas preguntas que podemos formular
a nuestro favor y en contra para ellos, gracias al lenguaje.
Incluso, si el abogado hace uso eficaz de la psicología, po­
dría no sólo hacer preguntas sugerentes, sino también en
un momento determinado de su explicación, lanzar algu­
na ¡dea para poner en duda lo que la parte contraria dice
o expresar alguna sentencia en la cual, siembre al criterio
del juez cierto cometido a favor de uno.
Sin embargo, cuando hemos sostenido que, si un
abogado quiere aprender de manera correcta el arte de
la oratoria, es menester que lea varias obras, hay obras
que no se deben dejar de pasar por alto, no sólo por el
nivel y valor cultural que esta proporciona, sino porque
nos ayudan a entender mejor las técnicas de un buen
orador, al momento de declamar sus discursos. Aunque
muchos sabemos quién es Shakespeare, pocos hemos sido
capaces de haber leído la mayoría de sus obras, entre las
cuales destaco Julio César37, por ser una breve narración,

37 El titulo original de esta obra es The Tragedie of lulius Caesar


(La tragedia de Julio César), escrita por William Shakespeare,
aproximadamente en el año 1599. Es una obra trágica en la
cual, Shakespeare recrea el momento de la conspiración con­
tra Julio César, el atentado contra él (su muerte) y las secuelas
post mortem en la antigua Roma. Para poder escribir esta tra­
gedia, Shakespeare tuvo que haber leído mucho a los autores
clásicos griegos y romanos (más que todo estos últimos por el
latín), para escribir el contenido basado en hechos históricos.

- 145-
Benji Espinoza Ramos

mediante la cual, uno podrá encontrar más que un mode­


lo o guía a seguir, de la manera en como el escritor inglés,
coloca con precisa cautela y sumo cuidado, las palabras
correctas en el discurso que ofrece Marco Antonio al
pueblo romano, luego de la muerte de César. La destreza
en la retórica que empleó Shakespeare, para colocar las
palabras adecuadas en Marco Antonio, es simplemente
increíble, pues finge tratar que elogia a Bruto y condenar
a César, pero debido a su gran ingenio retórico logró
su cometido, el cual era, cautivar y animar los afectos y
sentimientos de los ciudadanos romanos y persuadirlos a
que pensaran de manera distinta. Esta obra es más que
recomendable para aquel, que, no sólo quiera conocer la
pluma de Shakespeare, sino aprender de su obra, la ma­
nera de proclamar un discurso y el alto contenido psicoló­
gico, que, para la época, ya se adelantaba el autor inglés,
al psicoanálisis. Se puede decir que esta obra, muestra el
poder del lenguaje al relacionarse con la técnica de la
persuasión.

3. El empleo correcto de las palabras en un discurso jurí­


dico
Como abogados, tenemos la fama de ser parlanchi­
nes o habladores, pero, ¿habrá algún abogado que no lo
sea? Tratando el tema de la mejor manera, así como el
artesano tiene como herramienta de trabajo sus manos,
el abogado lo tiene en la lengua, el habla, sin el cual, no
podríamos ser capaces de ejercer nuestro oficio. Al tratar
de la persuasión en el empleo de las palabras, debemos
saber que existen términos que denotan prejuicios, ¡deas,

Por increíble que parezca, el personaje principal no es César,


sino Bruto. Una obra cargada de emoción y bastante conteni­
do psicológico, destacando también en exclusiva, el discurso
que ofrece Marco Antonio tras la muerte de César.

-146-
El arte de litigar

críticas, frivolidad, rigurosidad, parcialidad, desatino, etc.


Un número elevado de recursos y elementos gramaticales,
que hacen de nuestra labor, algo tediosa, porque tenemos
que saber qué palabras elegir y qué palabras omitir o de­
cirlas en determinado momento y lugar. Algunas de ellas,
podrán ser empleadas para transmitir ciertas opiniones
sobre un determinado tema, pero otras, tienen otro peso,
ya que pueden cambiar el curso del discurso e interrumpir
o afectar el mismo proceso. Como abogados, sabemos
que, también, existen palabras que, si son empleadas de
manera satisfactoria, podemos ser capaces de conmover
a las personas y penetrar en sus sentimientos, por ello, nos
preparamos bien, para saber cuándo emplearlas.
Ni que decir de los líderes políticos, que son los que más
hacen uso de toda una gama de términos para proclamar
sus mensajes, adornando sus discursos y afectando a los
oyentes. Aunque muchos de ellos emplean las palabras
para «manipular» a las masas, saben cómo y cuándo recu­
rrir a ellas y aplicarlas así, a su conveniencia, pues muchas
veces, son empleadas de manera tan sutil, que el público
o la audiencia, ni cuenta se dan.
El éxito de proclamar discursos bellos, llenos de encan­
to e intensidad en las palabras, se debe a la facilidad, rapi­
dez y dominio que tienen estos políticos, e incluso técnicas
de improvisación, para hacer que su lenguaje llegue a las
personas. Muchos de ellos, han hecho pasar el color blan­
co como si fuera negro y viceversa, pero para lograr hacer
esto, se requiere no sólo de las palabras correctas, sino de
habilidad y destreza mental. En la actualidad, muchos estu­
diosos y críticos del derecho, han dado por asentado que
todas las palabras que empleamos en las audiencias, en
los tribunales, forman parte de «exposiciones preparadas»
o que apelamos a juicios retóricos para darle el sentido y la
función convincente de aquello que decimos y así poder

- 147-
Benji Espinoza Ramos

ganar los casos, pues sostienen que nuestra carrera en los


tribunales, no viene a ser más que el actor representa en
un teatro su papel, teniendo en cuenta que al final, debe
recibir las palmas del público por su «loable trabajo» al fin
del juicio.
Pero, ¿será necesario aprender todas estas técnicas
para demostrar ser un buen orador, un buen abogado
litigante? Si retomamos la obra de Cicerón, veremos que
nos especifica que si el orador romano desea ser un gran
abogado, es menester que no sólo conozca de otras ma­
terias, sino conozca bien el derecho.
“No es necesario un largo discurso para probar que
el orador debe conocer así, el derecho público de
la ciudad y del imperio como ios monumentos de
Jas hazañas de nuestros mayores y ios ejemplos de
la antigüedad, pues así como las causas y juicios
privados se han de tomar las pruebas del derecho
civil, deben estar presentes al orador todos los
recuerdos de la antigüedad, el derecho público,
la ciencia de regir y gobernar los pueblos como
materia propia del que se ejercita en negocios de
interés general.
Lo que buscamos aquí, no es un Causídico, un
declamador o un Rábula, sino un orador que sea
el primero en aquel arfe, que con haber sido en
potencia al hombre por la misma naturaleza, se
creyó no obstante que era un beneficio de un dios,
no adquirido por nosotros sino divinamente reve­
lado: a un hombre que pueda defendido no por el
caduceo sino por el nombre de orador, salir incólu­
me entre las armas enemigas, que sepa excitar el
odio de los ciudadanos contra la maldad y fraude
y moverlos a la justicia, librar de injusta pena a los
inocentes y levantar a la gloria del ánimo caído y

-148-
El arte de litigar

débil del pueblo, o apartarle de un error, inflamarle


contra los malos, o mitigar su animadversión contra
los buenos, que pueda, en fin, excitar o serenar en
el ánimo de los oyentes, todas las pasiones que el
asunto y la causa exigen”38.

38 Cicerón Marco Tulio, Diálogos del Orador, Libro I, XLVI (201 -


202). Trad. de Marcelino Menéndez Pelayo. p. 42.

-149-
LECCIÓN 5:
CONSEJOS ÚTILES DE CICERÓN PARA EL LITIGANTE
Con el objeto de poder cumplir y poner en práctica
lo aprendido de la obra de Cicerón, “De Oratore”, solo
nos queda abordar los consejos que el mismo Cicerón
nos ofrece en su obra, a modo de conclusión, los cuales,
pensamos que todo abogado que se dedica al litigio no
sólo debe tener en cuenta, sino, más aun debe saber
guiarse por modelos óptimos como el que Cicerón coloca
en boca de Craso, Antonio, Sulpicio Rufo y él mismo, pues
no está por demás reiterar, el prestigio digno y brillante
reconocimiento, que estos oradores y abogados romanos
tuvieron en su tiempo.
Pero, ¿por qué Cicerón se tomaría la molestia de de­
jar una obra en la que enseña o muestra cómo se debe
«hablar en público»39? La respuesta que podríamos dar, es
que Cicerón al escribir su obra40, no lo hizo pensando tanto
en un público de su época, sino para la posteridad, para
aquellos abogados que tendrán que hablar en público,
en sus audiencias y procesos, para aquellos abogados
que piensan que la oratoria, solo es cuestión de ponerse
delante de un estrado y hablar claro, logrando llegar con
su discurso a todos los oyentes. Como también habrá otro
grupo de abogados que seguramente piensan que la
oratoria busca emplear gestos y ademanes con profunda

39 Esto equivale al arte de la oratoria.


40 “De Oratore” o Diálogos del Orador.

-153-
Benji Espinoza Ramos

voz, lo cual los hará «interesantes» y serán el centro de


atención por parte de todos. Por último, existe un grupo
de abogados que piensan o tienen la ¡dea que la oratoria
es simplemente hablar de lo que uno sabe y ostentar que
se es mejor que los demás, logrando impactar así con «sus
conocimientos» a las personas que lo escuchan. Si usted,
amable lector, es de las personas que por un momento
pensó así, déjenos decirle que Cicerón le diría que está
más que equivocado.
Marco Tulio, quiere dejar en claro que los conoci­
mientos que él, generosamente, comparte con nosotros
a través de su obra y a lo larga de nuestra presente obra
también es que la oratoria no es una «simple técnica» un
simple «discursillo» ¡No! Es mucho más que eso, por eso es
un arte, el arte de la oratoria, el arte de la elocuencia,
el arte de hablar en público de manera correcta, voca­
lizando bien las palabras, estudiando y leyendo mucho,
conocer y dominar el tema del cual se habla, pero lo más
importante, hacer que este bello arte, salga de manera
natural, espontánea, no los típicos discursos «preparados»
con fines adulatorios o demagógicos.
Cicerón, al igual que Craso e incluso el mismo
Quintiliano, posteriormente, sabían de antemano que el ser
un buen orador-en nuestro caso, un buen litigante- consis­
te en poder manejar de manera precisa y adecuada, las
técnicas de comunicación elementales, llegar a conocer
el poder que las palabras tienen, con las cuales podemos
embellecer el discurso, sin presunción alguna, pues lo que
importaba con mucho aprecio a estos grandes abogados
y oradores romanos, era el poder transmitir el mensaje a los
demás, el poder llegar a conmover los sentimientos de las
personas, el poder convencer al juez de la causa justa que
estamos defendiendo y en que tenemos razón, al alegar la

-154-
El arte de litigar

defensa de nuestro patrocinado para que este no caiga


en las terribles fauces de la injusticia.
El objetivo final del primer libro de Cicerón en el “De
Oratore", era la enseñanza e importancia que tiene el ora­
dor, al transmitir su mensaje. En nuestra opinión, podemos
decir que debe quedar claro, que el abogado litigante
que se dedica a ejercer la profesión de manera correcta,
debe saber cómo transmitir su mensaje, como persuadir al
juez y a la audiencia que es él, quien tiene razón y no la
otra parte, más allá de las pruebas presentadas que ayu­
darán a complementar la brillantez de su discurso. Incluso,
como diría uno de los filósofos estoicos poco conocidos
del mundo antiguo, cuando hablaba del desprecio de
las cosas materiales, pero de la importancia que había en
dejar el mensaje, al sostener: “no importa las riquezas, todo
puede despreciarse, lo que importa es dejar el mensaje”41.
Pero transmitir el mensaje, no es lo único que Cicerón
quiso explicar en su obra, pues aquí es donde entran a ta­
llar los consejos que deja para el buen orador, como para
el abogado litigante, ya que la oratoria emplea elementos
como la voz, el lenguaje corporal, la comunicación fee-
dback y la motivación que tiene el abogado para dar un
buen discurso.
Entonces, es momento de conocer el mensaje que
Cicerón puso en boca de Craso, para nosotros y analizar
las sentencias que nos dejó en su obra y poder mejorar
nuestra capacidad comunicativa, y a la vez, conocer
como los oradores romanos se perfeccionaban en este
gran arte.

41 Frase que también es empleada por el Joker (Heath Leadger),


en la película The Dark Night (Batman, el caballero de la noche,
2008), cuando quema el dinero. Por cierto, en esa película, se
emplean muchas otras frases filosóficas.

-155-
Benji Espinoza Ramos

1. Primer consejo

En el “De Oratore", nos dice:

“Aprendí también todo lo que enseñan sobre el ornato del discur­


so: primero, que se hable con pureza de latinidad; segundo, clara
y tersamente; tercero, con elegancia; cuarto, con decoro y según
la dignidad del argumento. Supe los defectos de cada cosa y vi
que querían dar reglas hasta a las cualidades que más dependen
de la naturaleza. Sobre la acción y la memoria, recibí pocos pre­
ceptos, pera luego los fecundé con el ejercicio".

Aunque sabemos que, en la actualidad, muchos pro­


fesionales del derecho ya no desean saber nada sobre el
latín, queda decir que están equivocados al pensar así. Si
bien, no se trata de entablar todo un discurso en latín, pero
lo apropiado y pertinente al caso, sería que los abogados
en sus audiencias, al menos pudieran citar algunas máxi­
mas latinas que otorguen cierto aire de erudición al discur­
so o la exposición del caso. Para ello, es necesariamente
indispensable, que el abogado aprenda latín, no tanto
con el afán de volverse un Cicerón, sino que el aprender
una lengua clásica, le da mayor visión y amplitud de los
textos que leerá de ahora en adelante, esto significa, que
el abogado sepa latín, siempre ha de estar un paso ade­
lante del que no lo sabe.
Actualmente, muchos abogados se la dan de cultos y
eruditos ante los demás, mostrando -muchas veces- una
imagen que no la tienen y solo para captar la atención
de los demás. Si un abogado piensa de esta manera, está
más que equivocado, pues se engaña solo, olvidando por
completo que lo que debería hacer, no está en mostrar o
aparentar algo que no es, sino estudiar mucho y trabajar
duro para ser un buen orador y así, poder defender-como
tiene que ser, en las audiencias y juicios, que está llevando.

-156-
El arte de litigar

Lamentablemente, vivimos en una sociedad donde el


«figuretisimo» es lo que abunda no solo en las calles, sino
también en las salas penales y juzgados. Esto debe cam­
biar, pues el abogado no está para «figurar)), sino para
aplicar y llevar la justicia, a través de los casos que gane.
Para ello, no solo deberá leer bien el expediente, sino que
tendrá que aplicar todos los conocimientos adquiridos,
tanto sobre el papel, como en la audiencia y juicio oral.
El discurso o la exposición que realice el abogado,
debe ser clara, contundente y tenaz, si lo que quiere es
ganar. Debe emplear elegancia y decoro, tal como Craso
aconseja, pues si el abogado litigante desea, no sólo al­
canzar el éxito, sino también el reconocimiento por parte
de todos y comenzar a figurar -de manera pertinente, no
forzada- entonces deberá prepararse con suma diligencia
hasta poder definir de manera correcta, las metas y miras
que desea alcanzar como orador. Para esto, queda de­
más decir, que el abogado litigante, debe saber (o que
va a hablar y saber cuándo emplear la improvisación, si
el caso así lo requiere, pues si se da el caso de emplear
una mala improvisación, podrá perderse en las ¡deas que
tenga que decir y quedar mal parado.
Aparte, Craso enseña bien al sostener que existen al­
gunas condiciones que pueden ayudar al abogado a ser
un buen orador, pero para ello, no sólo deberá poner de
su parte o todo su empeño, sino también requiere cierto
sacrificio para poder desarrollarlas, ya que la clave para
lograr todo esto, es la buena concentración y la capaci­
dad comunicativa.
Cuando nos dice que profundizó lo aprendido con los
ejercicios, no hace más que referirse al estudio empleado
por sí mismo, para poder autosuperarse cada vez más y
lograr la tan anhelada meta: ser el mejor de los oradores

-157-
Benji Espinoza Ramos

en su época. Para esto, se debe tener en cuenta algunos


elementos, que modernamente, los podemos enumerar:
a. Hablar con fluidez: No es otra cosa, más que hablar
con naturalidad, siendo uno mismo y empleando pa­
labras no tan difíciles de entender, salvo la ocasión lo
amerite, y de ser así, siempre explicando a qué se quiso
referir.
b. Tener las ideas claras: El abogado litigante, siempre ha
de tener claridad en el pensamiento y no ofuscación,
esto ayudará mucho a que todo lo que pueda hablar
en su audiencia, sea rápidamente entendible, aplican­
do a lo que diga, una buena capacidad lógica.
c. Dominio y manejo de expresión: El abogado litigante,
debe dejar a un lado las cargas y las trabas del día a
día, para que pueda dar una espléndida disertación,
de lo contrario, no podrá dominarse y echará a perder
su buen desempeño oral.
d. Memoria lúcida: Si hay algo que debe tener presente
todo abogado, es su buena memoria, la cual no sólo
le hará recordar sucesos o hechos narrados por su pa­
trocinado, sino también emplear las palabras precisas
y exactas en su audiencia, para poder persuadir al juez
de lo que dice.
e. Aspecto sensitivo: Quizá este aspecto, es uno de los
menos tratados, pero el abogado debe conocer
cómo manejar las emociones, los cuales conllevan a la
simpatía y a despertar el interés -de manera sensorial-
ganándose la simpatía de la audiencia.
f. Mantener la buena compostura: Es menester que el
litigante conozca y domine bien este aspecto, pues
la manera en que se expresa en la audiencia, dirá
mucho de su preparación, como de su capacidad
profesional. Los gestos, el movimiento corporal, el uso

-158-
El arte de litigar

de ademanes y la manera de presentarse frente al


juez y las partes, dirán mucho de su persona, pues todo
lo que acabamos de mencionar, forman parte del ins­
trumento profesional que tiene el litigante, ya que tu
cuerpo, la manera de hablar y emitir las palabras, di­
rán mucho de tu perfil como profesional y, sobre todo,
es lo que te ayudará a quedar bien o caso contrario,
terminarás mal parado.
Actualmente, se sabe que la manera como se presen­
ta el abogado a una audiencia, dice mucho de él, cui­
dando su imagen, pero esto no debería ser todo, pues hay
muchos abogados que se presentan bien vestidos, con los
mejores temos y los perfumes más costosos, pero que titu­
bean al hablar o simplemente no saben cómo dirigirse en
plena audiencia, quedando por sí solos, mal.

- 159-
Benji Espinoza Ramos

2. Segundo consejo

Craso dice:

"Muchos no hacen en esto, más que ejercitar la voz, aunque sin


arte, y mover la lengua y deleitarse con la muchedumbre de las
palabras (...) Y aunque en estos ejercicios es útil muchas veces el
hablar aún de repente, todavía es más útil, tomarse tiempo para
pensarlo y hablar con discreción y esmero. Y lo principal de todo,
es escribir mucho; el estilo es el mejor, y más excelente preceptor
y maestro, y no sin razón, porque si el discurso meditado vence a
la improvisación, cuánto más no la vencerá la asidua y diligente
escritura"

Siempre van a existir abogados que no sólo hagan


mal desempeño de la profesión, sino que piensan que, te­
niendo una voz fuerte, es lo único que se requiere para ser
abogado, equivocándose nuevamente al pensar de esta
manera. Aunque la voz en el abogado es determinante,
aun así, no lo es todo. Sin embargo, esto no quiere decir
que el abogado no ejercite su voz o no se prepara de
manera consciente, pues ejercitar la voz sin arte, resulta
simplemente mecánico.
Si el abogado litigante pretende demostrar que no sólo
es capaz de llevar el caso y ganar el proceso, sino también
ante su patrocinado, debe mostrar seriedad y ecuanimi­
dad, pues esto le transmitirá no sólo la confianza que el
patrocinado necesita por parte de su abogado defensor,
sino que, además, le dará la seguridad de haber contrata­
do los servicios de un buen profesional.
Cuando Craso enseña que el orador debe hablar con
elegancia y discreción, no sólo se refiere al momento de su
disertación, sino que el abogado debe aprender a ser dis­
creto en todo momento para con su cliente. La discreción
forma parte de la ética profesional que uno debe tener y

-160-
El arte de litigar

conservar en la carrera. Incluso, los abogados deben saber


que la discreción también forma parte, no sólo en el ám­
bito laboral, sino en otros campos en que se desempeñe.
El abogado siempre tiene que pensar, en buscar la
manera de esforzarse y crecer, tanto profesional como
académicamente, por más que existan opiniones con­
trarias a lo que sostenemos. En nuestro caso, el abogado
con el perfil de un orador debe esmerarse, en cuanto al
incremento de los conocimientos que pueda ser capaz de
obtener, sobre todo en la oratoria jurídica, la misma que
no solamente se encuentra enraizada en las audiencias,
sino además en los debates y exposiciones dentro de los
quehaceres legales, a la cual también podemos añadir las
conferencias o eventos en los que participe.
Es necesario recordar que, si el abogado debe es­
merarse por tener una mejor oratoria, esta debe estar
vinculada con los juicios y los deberes que lo lleven siem­
pre a ganar el caso, accediendo positivamente a lograr
alcanzar la justicia. En este caso, vemos lo importante que
es el dominio de la oratoria, en cuanto al perfil del aboga­
do litigante, de tal modo que, este pueda recurrir a ella
y aplicarla en las audiencias y juicios, con la finalidad de
persuadir al juez y concretar su cometido.
Un elemento que, también no podemos dejar de lado,
tiene que ver con la facultad de escribir. Cuando se habla
de la escritura en el perfil del abogado, no hacemos más
que referirnos a la producción literaria e intelectual, a la
cual el abogado debe desarrollar, ya que los discursos
preparados por uno mismo siempre serán los mejores a la
hora de exponer los hechos narrados por el patrocinado,
además, si se tiene en cuenta el estudio del expediente
sería indispensable que el abogado, también escriba un
resumen del mismo, rescatando los aspectos y puntos más
importantes, ya que esto le ayudará a agilizar (poner en

- 161 -
Benji Espinoza Ramos

práctica) la escritura. En la obra de Cicerón, Craso nos


muestra que el orador no sólo debe ser bueno con las pa­
labras que va a exponer en su discurso, sino que este debe
prepararse también en el campo de la escritura42.

42 Queda resaltar, que, si el abogado desea mejorar su escritura,


debe conseguir buenos libros de redacción jurídica, como
también, libros que traten sobre el lenguaje jurídico. Sostenemos
esta idea, ya que la gran mayoría de abogados en nuestro
medio, no tienen una buena escritura, y no sólo nos referimos a
los litigantes, sino también a juristas, que, siendo destacados en
su ámbito profesional, siguen cometiendo errores ortográficos
y mal empleo de la sintaxis en sus textos, esto se debe a que
no se encuentran capacitados, como también, uno puede
darse cuenta que no han tenido una buena preparación en
los cursos de redacción y lenguaje jurídico.

-162-
El arte de litigar

3. Tercer consejo

Craso dice:

En este apartado, debemos empezar por explicar,


cuán importante es que el abogado se sienta admirado
y reconocido en su desempeño profesional, pero también
rescataremos lo importante que es destacar en la escritu­
ra, mediante la producción de textos.
En nuestro medio es importante reconocer que el
abogado, emplea un lenguaje que corresponde más a la
esencia práctica de la profesión, mediante los escritos que
realiza en su despacho, y no tanto en la producción de
libros, la cual no debe ser menospreciada, porque los abo­
gados que se dedican a ello, llegan a ser más reconocidos
que varios de los litigantes. Cuando el abogado, con perfil
de orador, empieza a escribir sus pensamientos o teorías
que esboza sobre el derecho, debe tener en cuenta la
aplicación del “estilo jurídico", la misma que no es priorita­
ria en cuanto a la comunicación, sino a la ¡dea que desea
resaltar.
Se puede decir que esta ¡dea, debe contener una
especie de mensaje subliminal, la misma que tiene que
ser captada por el subconsciente del juez o de la perso­
na que lo lea para poder cumplir con su cometido. Esta
es la razón, por la cual en muchas ocasiones resulta algo
difícil que nuestros patrocinados puedan entendernos al
momento de leer los escritos que realizamos para defen­
derlos, ya que tratan de cuestiones plenamente jurídicas,

- 163-
Benji Espinoza Ramos

y por eso, se les debe explicar con un lenguaje que no sea


técnico.
Todos los enunciados que el abogado pronuncie o es­
criba, tienen por finalidad persuadir y convencerá quien lo
escuche o los lea. Puede decirse que, el abogado debería
emplear una especie de logomaquia, en la cual tenga que
resaltarse, no tanto lo que se diga, sino el cómo se diga. Sin
embargo, muchos de nosotros estamos acostumbrados a
ser más oyentes que expositores, como también, a ser más
lectores que escritores motivo por el cual estamos acos­
tumbrados a escuchar y leer argumentos convincentes por
parte de otros y no tanto nos preocupamos por estudiar
argumentos propios y manifestarlos o escribirlos para que
los demás nos puedan entender. Esta debería ser nuestra
primera tarea y aprender no sólo a ser buenos oradores,
sino también buenos abogados escritores.
Para aquellos abogados que estamos acostumbrados
a escribir, lo primero que se nos viene a la mente es po­
der llegar a nuestro lector, en este caso tratándose de un
abogado litigante lo primero que debe de hacer, es saber
cómo llegar a disuadir al juez y convencerlo con nuestros
argumentos de los hechos ocurridos para declare a favor
nuestro. Incluso, nuestro patrocinado debe ser el primero
en convencerse de nuestro trabajo, no de manera negati­
va, sino positiva, por la cual estamos dispuestos a llevar su
caso, aun cuando la verdad que defendemos no encaje
del todo con la realidad, pues aquí, también se mostrará la
destreza del abogado para poder subsumir los hechos a la
norma. Lo que se busca aquí, es persuadir y convencer a
la audiencia, la cual debe escuchar nuestros argumentos
y estar de acuerdo con lo que hemos sostenido.
De tal modo, el lenguaje que debe emplear el aboga­
do ha de tener un peso enorme, pues así como en el discur­
so, de la comunicación no verbal, los gestos y ademanes

-164-
. El arte de litigar

son indispensables, en los escritos, los abogados, también


tienen que defender posturas que en apariencia puedan
ser difíciles pero que debe llegar a convencer al juez.
Nuestros patrocinado, también debe quedar convencido,
que la defensa que le estamos realizando tiene la calidad
profesional de nuestro arduo trabajo. Así como el aboga­
do litigante, debe estar presto y seguro en la audiencia, la
finalidad de los escritos también debe reflejar esta seguri­
dad y hacer que lo que está en el papel tenga el mismo
peso y sentido objetivo de las palabras que podamos pro­
nunciar. Debemos cuidar mucho la calidad y la forma de
escribir para evitar cometer errores, siguiendo el modelo
tradicional de los antiguos juristas y retóricos romanos.
Es necesario destacar que, los escritos judiciales lleguen
a contener un elevado estilo jurídico e incluso, el abogado
litigante debe retomar la antigua enseñanza de poner en
práctica algunos aforismos latinos, con la pertinencia del
caso, pues nunca se debe olvidar el gran legado que, a
través de sus máximas y principios, nos dejaron como lega­
do. Actualmente, nuestra lengua es demasiada viva para
nuestra carrera, motivo por el cual recurrir a una lengua
clásica como el latín, nos dará el decoro estilístico en la
calidad de nuestros escritos. Por ello, es recomendable
que los abogados adquieren en sus bibliotecas textos que
traten sobre el latín jurídico, como también textos que ten­
gan aforismos y sentencias latinas aplicadas al derecho.
Por otra parte, los textos que también pueden ayudar
al buen orador no tienen que ser demasiados rebuscados
ni complicados, sino más bien, deben ser textos útiles y
prácticos tanto en la teoría como en el ejercicio de la pro­
fesión. Ayudará mucho a los abogados si también inclui­
mos en nuestras bibliotecas libros que traten sobre lexico­
grafía y gramática española, las cuales serán herramientas
para elaborar óptimos escritos jurídicos.

-165-
Benji Espinoza Ramos

Por último, los abogados litigantes debemos enten­


der que nuestro lenguaje siempre tiene que mejorar para
poder llegar a una mayor audiencia, eliminando términos
innecesarios y demasiados técnicos que puedan llevar a la
confusión de los que nos leen. Por eso es importante, que
los abogados litigantes no sólo dominen la oratoria, sino
que tengan en cuenta que escribir artículos y ensayos ju­
rídicos le dará mayor realce a su trabajo profesional y me­
jorar paulatinamente su escritura, aportando así al mundo
académico con su investigación y desempeño profesional
al cual estamos adscritos. El lenguaje jurídico debe ser
captado y aprendido por muchos abogados en nuestro
medio, ya que es el único camino por el cual podemos
hacer comprensible nuestros discursos, nuestro trabajo y el
medio de comunicación que tengamos para con el juez,
las partes y todos aquellos que nos leen, recordando que,
en la sencillez de nuestro lenguaje, sin perder el perfil y la
calidad estilística, se encuentra el medio de comunicación
más viable.

- 166 -
El arte de litigar

4. Cuarto consejo
Craso dice:

Aunque existen abogados que rechazan esta idea de


«imitan) a otros, hay quienes lo toman en el buen sentido,
pues no se refiere necesariamente a imitarlos en su manera
de ser o parecerse a ellos de pies a cabeza, sino que al
referirse que uno debe imitar a otro, se entiende que, se
debe seguir el mismo modelo, la misma conducta de vida
de la otra persona. Por ejemplo, en la obra, vemos que
Cicerón gustaba en imitar a Demóstenes, el gran orador
griego, pero no lo imitaba como persona, sino como ora­
dor, pues Cicerón tenía en claro que lo más rescatadle de
Demóstenes, era la manera en como daba sus discursos
y el alto poder de convencimiento (persuasión) que tenía
para hacer que los atenienses no sólo le den la razón de
lo que decía, sino también se deleitarán con su arte en la
elocuencia. Y si de imitar se trata, no en vano Quintiliano
llegó a ser conocido como el gran orador de su tiempo,
precisamente porque imitaba a otro grande, nada menos
que a Cicerón.
Actualmente, tenemos a muchos más oradores que
podamos ver e imitar, grandes personajes de la historia que
nos han dejado discursos asombrosos y que ha llegado
a nosotros gracias a la internet, pues ya no hay pretextos
para decir «no lo escuché», porque a través de páginas
como el youtube, podemos sentarnos y disfrutar de los
discursos que marcaron y dejaron impacto a nivel mun­
dial, desde mandatarios y líderes revolucionarios, hasta
premios nobeles e incluso, grandes discursos colocados en
películas. Pero si, por un lado, existen los grandes discursos,

-167-
Benji Espinoza Ramos

también existen los peores discursos, pero de ellos, no tra­


taremos aquí, por no ser de interés alguno.
Sin embargo, algo que debemos recalcar aquí es la
personalidad del orador. Queda claro que, si uno desea
ser un buen orador, debe empezar a imitar a los mejores
oradores, pero esto, no debe de quitarnos la personalidad
y el estilo propio que poseemos.
El tema de la personalidad del orador, debe ser trata­
do con suma diligencia, más aún en nuestra carrera, ya
que si un litigante no logra captar la atención de la au­
diencia, o el juez o la otra parte se ven con cara de pocos
amigos, es porque algo está haciendo mal, ya que eso no
debería porqué estar pasando.
Cuando nos referimos a que el abogado litigante debe
conservar y mantener una personalidad propia, no hace­
mos más que referirnos a que debe reunir un conjunto de
particularidades que lo diferencian de otros abogados, lo
cual no sólo da a conocer dicha diferencia, sino que mar­
ca en él/ella su rango característico de la personalidad
que posee. La psicología nos ha enseñado que cada indi­
viduo tiene un temperamento, una personalidad diferente
a las otras, algunas personas son más alegres, otras no
tanto, otras son hurañas, otras melancólicas, etc., pero lo
que se debe tener en cuenta, es la manera de comportar­
se frente a los demás, como también frente a situaciones
adversas.
Como buenos abogados litigantes, debemos apuntar
a ser también buenos oradores, y si ese es nuestro objeti­
vo, debemos empezar a mostrar que tenemos tolerancia
y sobre todo una actitud responsable, porque solo así,
podemos ser capaces de cumplir lo que realmente nos
proponemos, formando parte de un carácter seguro y con
disciplina. La manera de llegar a saber cuán tolerantes

-168-
El arte de litigar

somos, se muestra cuando una persona interrumpe nuestra


exposición, o si a mitad de lo que estamos disertando, van
llegando más personas -e interrumpen- y distraen a los
que nos están prestando atención u otras eventualidades
que pueden producirse a la hora de dar nuestro discurso.
Por ello, es necesario aprender a saber cómo prevenir
estas situaciones o también como lidiar con ellas, ya que
muchas veces suelen suceder situaciones inesperadas y
no por ello, vamos a tener que distraernos o echar todo
nuestro discurso a perder.
El abogado litigante que se perfila a ser un buen ora­
dor, se sabe desde ya que deberá afrontar y saber mane­
jar estos inconvenientes, pues para eso, se prepara no sólo
como profesional a ejercer una carrera en la cual deba
luchar con la otra parte, sino también con uno mismo.
Ayudará mucho al abogado que ha de ser un buen ora­
dor, si mantiene siempre una actitud serena, una mente
positiva y, sobre todo, entusiasta de manera natural, po­
drá empezar a ser el orador que tanto desea ser. Parecen
simples palabras, pero si se ponen en práctica, se podrá
lograr óptimos resultados.
Craso aconsejaba también, que el buen orador siem­
pre debe mantener la compostura en todo momento, esto
es, no solamente debe ser impecable a la hora de lanzar
sus discursos, sino también debe saber cómo ganarse el
corazón de las demás personas, en nuestro caso, debe­
mos saber cómo ganarnos al juez mediante la emisión de
buenas palabras. Si se asume una actitud empática, uno
podrá no solo haber generado buena elocuencia, sino
que nuestra audiencia saldrá convencida que realizamos
bien nuestro trabajo.
Llegando casi al final de esta obra, debemos recordar
el mejor y mayor de los consejos que Cicerón pone en

-169-
Benji Espinoza Ramos

boca de Craso, el cual no sólo ha de ser un consejo para


el orador de antaño, sino más que nunca, para el orador
actual, esto es, para el abogado litigante que desee hacer
bien su labor, no sólo sobre lo escrito, sino aun empleando
su mejor arma: la voz.
Veamos cuál es el consejo que nos deja Craso, para
luego pasara analizarlo, tal como hemos venido haciendo
a lo largo de este modesto libro.

-170-
El arte de litigar

5. Quinto consejo

Craso dice:

"íVo es necesario m largo discurso para probar que el orador


debe conocer así, e¡ derecho público de la ciudad y del imperio
como los monumentos de las hazañas de nuestros mayores y los
ejemplos de la antigüedad, pues así como en las causas y juicios
privados se han de tomar las pruebas del derecho civil, deben
estar presentes al orador todos los recuerdos de la antigüedad,
el derecho público, la ciencia de regir y gobernar ios pueblos,
como materia propia del que se ejercita en negocios de interés
general. Lo que buscamos aquí, no es un causídico, un declama­
dor o un rábula, sino un orador que sea el primero en aquel arte,
que con haber sido en dado en potencia al hombre por la misma
naturaleza, se creyó no obstante, que era beneficio de un Dios, no
adquirido por nosotros, sino divinamente revelado; a un hombre
que pueda, defendido no por el caduceo sino por el nombre de
orador, salir incólume entre las armas enemigas; que sepa excitar
el odio de los ciudadanos contra la maldad y fraude y moverlos
a la justicia; librar de injusta pena a los inocentes y levantar a la
gloria, el ánimo caído y débil del pueblo, o apartarle de un error,
o inflamarle contra ios malos o mitigar su animadversión contra
los buenos, que pueda excitar o serenar en el ánimo de los oyen­
tes todas las pasiones que el asunto y la causa exigen"

Sin duda alguna, podemos decir que la mejor parte


de todo el primer libro “De Gratare”, se encuentra en esta
brillante disertación que compartió Craso con sus amigos,
por lo que empieza sosteniendo que no es necesario un
largo discurso, para probar que un buen orador, en nues­
tro caso, un buen abogado litigante, conoce el derecho.
Estamos casi seguros, que, en nuestro medio, «el abogado
que más habla, es el que menos sabe» y con ello, no nos
estamos refiriendo a un buen abogado que esté dando
una conferencia magistral, no nos referimos a ello, sino a
los abogados «parlanchines» o «chamulleros» que existen

- 171 -
Benji Espinoza Ramos

en nuestro medio y que técnicamente podríamos denomi­


narlos como «los sofistas del derecho». Estos abogados, son
los que muchas veces hablan hasta por los codos, y al final
no llegan a nada concreto. Son aquellos que prometen a
sus patrocinados llevar el proceso de la manera más co­
rrecta e ideal, sin sufrir ningún percance, aunque para ello,
tengan que recurrir a la mentira y al engaño. Eso está mal,
pues un abogado no debería de valerse de tales artificios
para proceder a llevar un caso.
El abogado litigante, no sólo debe destacar por la bri­
llantez de su discurso, sino que debe tener en cuenta que
las palabras empleadas, siempre tienen que estar con vis­
ta a la justicia, a la aplicación de la norma y, sobre todo, a
la integridad del patrocinado, pues no debe olvidarse que
como abogados que somos, queda expuesta la dignidad
de nuestro patrocinado y en nosotros está el poder hacer
que se obtenga la causa justa.
Las lecciones que Cicerón dejó en su obra, van más
allá que enseñanzas retóricas, pues en realidad se preocu­
pa no sólo tanto de la formación del abogado como buen
orador, sino que nos muestra un campo eminentemente
práctico en el cual, muchos abogados romanos se desem­
peñaban, hablamos del derecho civil. Precisamente, sobre
el derecho civil, es que Cicerón también nos da consejos
y nos recomienda -en boca de Craso- que, si uno quiere
lograr cumplir con su cometido, sepa también como pre­
sentar pruebas en el proceso. ¿Por qué Cicerón nos dejaría
esta enseñanza?
A lo mejor, el derecho a la prueba o lo que conocemos
en las demandas civiles como «los medios probatorios»,
desde antañas épocas romanas serían las que puedan ha­
cer ganar a uno el proceso que esté llevando, o también,
sería la mejor manera de demostrar ante el juez y la otra
parte, que lo que uno defiende, o dice en la audiencia, es

-172-
El arte de litigar

lo correcto, ya que uno tiene como probarlo. Las pruebas


en las causas y los juicios, son lo que determinarán -gene­
ralmente- el rumbo del proceso y otorgarán al abogado la
victoria del caso que está llevando.
Como abogados, no sólo debemos emplear bien la
oratoria, sino que se debe ir más allá de eso y saber cómo
emplear las palabras para armar y elaborar una buena
defensa. En otras palabras, el abogado debe trabajar
siempre con los términos apropiados y adecuados para
su buen discurso y su buena defensa. Las cuales no se po­
drían lograr, sino fuera porque la voz también desempeña
un importante papel.
Aunque sabemos que la voz es el sonido que se llega
a producir mediante la vibración de las cuerdas vocales,
a través del aire que se expulsa por los pulmones, la voz,
para el abogado litigante es más que un recurso, es su he­
rramienta que lo llevará al éxito.
Independientemente que la voz del abogado sea ron­
ca, fuerte, agresiva, delgada, pausada o fina, uno debe
aprender a modular el timbre de voz, algo similar a lo que
hacen los cantantes, pero con la sutil diferencia, que el
abogado debe saber cuándo emplear tonos elevados y
tonos bajos. Si se aprende esto, el discurso que el litigante
ofrecerá, no sólo quedará bien, sino que será el centro de
atención de su audiencia. Sabemos que, la voz viene a
ser el principal motor de la comunicación oral, por ende,
es menester empezar a trabajarla y conocer los sonidos
a través de los cuales, podemos identificar y dominarla.
Reiteramos que, si el abogado litigante desea ser un mag­
no orador, entonces, debe empezar por trabajar con su
voz, la misma que deberá explotar todo lo que puede pro­
ducir ésta, conociendo de manera segura los mecanismos
vocales y modulares.

-173-
Benji Espinoza Ramos

El abogado que se perfila a ser orador, deberá tener


en cuenta que, si quiere modular y trabajar su voz, deberá
requerir de algunos ejercicios previos, que tranquilamente
lo puede practicar en la comodidad de su hogar y frente a
un espejo, pues lo primero que se debe hacer, es manejar
técnicas de respiración, articulación, para luego proceder
a la proyección de la voz. Hablar solo frente a un espejo,
ayuda mucho, pero hablar ante un público o una audien­
cia, es el verdadero reto que se debe fijar. Un pequeño tip
que podemos ofrecer, es que el abogado pierda el temor
y empiece a buscar eventos donde pueda participar
como conferencista o ponente, ya que esto le dará no
sólo la técnica capaz de dominar un público, sino también
la práctica necesaria que hará de él, un buen orador.
En caso que logre participar en alguna conferencia o
evento jurídico, donde sea esté en calidad de ponente,
deberá analizarse a sí mismo y ver hasta los detalles más
mínimos en los cuales sienta que ha fallado o no pudo ex­
presar bien las palabras que quiso decir. Esto le ayudará a
tomar en cuenta, una autoevaluación de su perfil como
orador y ayudará a que mejore para posteriores presenta­
ciones. De modo similar, ocurre cuando esté en frente de
una audiencia, pues no sólo bastará con aprender bien el
caso o el expediente de memoria, sino el cómo pronuncia
su defensa y cuáles son las palabras que empleará para
hacerlo. Para lograr hacer bien este trabajo, no hace falta
llegar a ser un rapsoda o un retórico, simplemente bastará
con que se ejercite y se prepare bien.
Por otra parte, vemos que Craso resalta la defensa que
se le debe hacer al ¡nocente. Este punto resulta interesan­
te para nosotros, porque el ejercicio práctico de nuestra
profesión, está destinada a servir. Somos servidores de la
justicia y somos servidores de las causas justas, por la cual,
somos los llamados a defender al ¡nocente y protegerlo de

-174-
El arte de litigar

las injusticias o de las injurias que hagan los demás acerca


de nuestro patrocinado.
Para los que hemos leído la obra “De Oratore”, de
modo completo, podemos llegar a la conclusión, que
la defensa de aquel que siendo llevado a un juicio, es
¡nocente, es prácticamente como salvar la vida a un
moribundo, pues si el médico, en la antigua Roma era el
salvador del cuerpo, el abogado es el salvador del alma,
entendida esta, como la afectación de las injurias, cala­
midades e injusticias que recibe una persona y que dañan
su psique, por parte de otras. Si el médico te garantizaba
la recuperación de la salud, el abogado te garantizaba la
recuperación de la libertad.
Es por ello que desde épocas antiguas, el abogado es
visto como una especie de «salvador», un llamado a com­
batir las más atroces injusticias y poder obtener, la causa
justa, mediante la debida protección y la correcta defen­
sa, que se le hace al procesado (nuestro patrocinado).
Como abogados, no sólo debemos manejar bien la ora­
toria, sino también debemos desempeñarnos mejor, como
servidores leales de la justicia que somos y acabemos de
una buena vez con esa mala imagen que la sociedad y
la prensa siempre suelen decir de nosotros «abogados
corruptos». Parece mentira, pero muchas veces la misma
sociedad que nos incrusta la daga, es la misma que nos
busca para ayudarlos a resolver sus problemas legales, en
otras palabras, muchas veces, somos los defensores de
nuestros propios verdugos, aunque algunos no se hayan
dado cuenta.
La ética del abogado, debe ir más allá y darse cuenta
si el caso que uno va a tomar, es lo correcto o no, porque
también hay que reconocer que las personas -muchas
veces- se quieren hacer «a los vivos» y contratan nues­
tros servicios, pero a la hora de cobrarles los honorarios

-175-
Benji Espinoza Ramos

respectivos, se hocen o los tercios, o simplemente no


quieren pagar el monto acordado. Esto no sólo perjudica
nuestra economía, pues más allá de eso, perjudica nuestro
trabajo y nuestra reputación como profesionales del dere­
cho. Por eso, debemos estar atentos y saber cuando esta­
mos ante un buen caso, pero sobre todo, saber si el patro­
cinado es responsable con cumplir los pagos acordados o
no. En caso de mostrarnos indicios que, es un patrocinado
indigno de nuestro trabajo, lo mejor es recomendarle que
se busque otro abogado.
Uno siempre está dispuesto a defender al ¡nocente,
sea por vocación, convicción y trabajo, pero eso no quie­
re decir que a uno, le tomen el pelo o le vean la cara, pues
desde ya, toda consulta debe ser pagada, así pues, todo
trabajo, desde que empieza, ha de ser retribuido.
Puede parecer increíble, pero nuestra sociedad está
mal acostumbrada. Muchas veces, los patrocinados son
personas que quieren que primero uno les haga el trabajo
y después pagar el monto, aunque aquí está su «jugada»,
pues ha ocurrido el caso de varios abogados que se han
esforzado y han dado todo de sí, por hacer un buen traba­
jo, pero al final, el patrocinado nunca les pagó. Para que
no suceda esto, recomendamos, pues tener una actitud
seria y tajante y esclarecer con el patrocinado, las cosas
desde un principio.
Respecto al tema de «levantar la gloria» que Cicerón
nos menciona en su obra, no es otra cosa más a que el
abogado siempre debe buscar el triunfo y valorarlo, como
debe ser. Por «lograr el triunfo» no solamente nos estamos
refiriendo a ganar los casos o procesos que estemos llevan­
do, sino que nuestro triunfo, siempre debe ir más allá de
ganar un juicio, ya que ese triunfo ha de ser temporal, en
cambio, si pensamos en el triunfo de la vida, el triunfo de

-176-
El arte de litigar

nuestra carrera, el triunfo como profesionales que somos,


es otro cantar.
Actualmente, el abogado exitoso y triunfador, no es
aquel que tiene un terno costoso, no es aquel que porta
un carro de lujo, no es aquel que tiene un gran estudio jurí­
dico, pues esas cosas lo pueden tener hasta un abogado
mediocre, ya que solo basta dinero para conseguir todo
lo mencionado. El triunfo del abogado actual debe ser
como el «triunfo» de un abogado romano, de un juriscon­
sulto romano, el cual se logra, dejando sus obras (textos,
libros), proponiendo algo nuevo en el mundo jurídico o
simplemente siendo un buen maestro. Si uno analiza la
vida de Cicerón y se da cuenta del porqué fue un exitoso
abogado romano, se topará con algunos datos interesan­
tes acerca de su vida.
Cicerón, lo tenía todo, y no solo los aspectos banales,
lujos, criados y comodidades, porque también los tenía,
sino que fue un hombre muy inteligente, un abogado muy
estudioso, el cual, no se conformaba con producir una
obra, él quería publicar más libros; el cual, no se conten­
taba con dar un buen discurso, sino que él quería dar el
mejor discurso; no se contentaba con liberar de una con­
dena a su patrocinado, sino que buscaba que su defensa
sea la mejor en todo Roma o que algún otro abogado, no
lo superara en la técnica que él empleaba. Aunque pue­
da parecemos un poco ambicioso, pretencioso y hasta
pedante, Cicerón siempre iba en busca de más. Cuando
alguien contrataba los servicios de Cicerón para que lo de­
fienda en los tribunales romanos, desde ya sabía que iba a
ganar el caso, pero como tal, también sabía que Cicerón
le iba a cobrar una cuantiosa suma de dinero por llevar su
caso, por más que Cicerón a la hora de estudiar y elaborar
su defensa, no pensaba en el dinero que iba a recibir, eso
lo dejaba en último plano, pues su pensamiento siempre

-177-
Benji Espinoza Ramos

apuntaba a ser la mejor defensa que el pueblo y el tribunal


romano haya visto jamás.
Cicerón, tenía en claro lo que quería, y no era la fama
temporal o efímera, sino la fama inmortal, la trascenden­
cia, la reputación honorable, la misma que se encargaría
de marcar en la historia y de colocar en todo lo alto, su
nombre para ser recordado por generaciones postumas y
venideras. ¡Lo logró!
Actualmente, deberíamos hacemos las siguientes
preguntas, ¿realmente queremos ser abogados del mon­
tón?, ¿queremos ser abogadillos que simplemente ganen
algunos casos y pierdan otros?, ¿queremos ser abogados
que brillan un día y al día siguiente nadie se acuerde de
nosotros?, ¿qué abogado deseas ser?, ¿alguien que tras­
cienda o alguien que luego de morir, nunca más hablen
o sepan de ti? Aunque quizá muchos abogados no hayan
pensado en esto, se debe saber que el progreso, no está
en el presente, sino en lo venidero.
Somos poseedores de una profesión que está des­
tinada a servir a la justicia, pues entonces elevémonos a
alcanzarla siempre. Somos poseedores de una profesión
que nos abre muchas puertas en el mercado laboral, pues
aquellos que no desean ser litigantes, no hay ningún pro­
blema, como abogados también se pueden desempeñar
como docentes, catedráticos o investigadores y buscar
proponer nuevas teorías, nuevos trabajos, nuevos datos en
la historia que nos ayuden a mantener el nombre de nues­
tra carrera en todo lo alto. Se dice que uno de los maestros
de Cicerón, como lo fue el abogado romano Hortensia,
enseñó al joven Marco Tulio, que si como abogado busca
la fama y el éxito presente, se dedique a ganar los casos
que lleva y punto, pero si desea en algún momento lograr
la fama inmortal y trascender por todo lo alto, entonces se
dedique a dejar obras escritas y a enseñar a otros.

-178-
El arte de litigar

Vivimos en una época llena de competencias, pues


cada vez, las facultades de derecho exportan egresados
por montones, y aunque muchos de ellos buscan «un suel­
do estable» dedicándose a la actividad pública, ocupan­
do algún cargo o puesto en el Estado, otros se dedicarán
a realizar su trabajo de manera independiente, pero cual­
quiera sea el bando en el cual uno se encuentre, siempre
debe procurar a realizar un buen trabajo.
De este modo, podemos concluir esta modesta obra,
aconsejando a los abogados y futuros abogados, que, si
se desea ser un buen orador, un buen profesional, un buen
investigador, un buen catedrático, un buen docente, un
buen juez, un buen fiscal, siempre estemos prestos a apren­
der y leer más, porque solamente preparándonos bien, se­
guir estudiando siempre, nos ayudará a ser mejores profe­
sionales. No nos limitemos a leer normas o códigos y punto,
sino que debemos aprender a ir más allá y empezar a leer
libros que nos puedan ayudar a complementar nuestra
carrera. El abogado que se perfile para ser buen orador,
debe leer bastante, pues en la lectura, está la clave del
alma, en la lectura se encuentra la clave para aprender
nuevas palabras y tener mejores herramientas en nuestro
vocabulario.
La preparación debe ser constante, nuestro estudio
debe estar enfocado no sólo a nuestra especialidad en la
carrera, sino inducirnos a conocer nuevos horizontes que
complemente bien con nuestro trabajo, pues nuestro tra­
bajo como servidores de la justicia y hombres de derecho
que somos debe ser siempre impecable.

- 179-
BIBLIOGRAFÍA

De la Torre Jesús Antonio, Apuntes para una introduc­


ción filosófica al derecho, Editorial JUS, Ciudad de
México, 1992.
Holmes, Oliver Wendell Jr., La senda del derecho, Olejnik,
1987.
Manyari Rey de Córdova, Olga, Retórica, manual del lenguaje
figurado con analectas, Io ed., Universidad Ricardo
Palma, Lima, 2006.
Melgar Carlos Enrique, Mi alegato. Editorial Gráfica Labor
S.A., Io ed., Lima, 1975.

- 181 -
EL ARTE DE LITIGAR. Diálogo del orador Cicerón,
de Benji Espinoza Ramos, se imprimió en la República del Perú en 2023.

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