Informe Pericial Llata
Informe Pericial Llata
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CONTENIDO
Antecedentes
1.-OBJETO DE LA PERICIA
1.1.-Objeto de la Pericia
1.2.-Materia del Informe Pericial
2.-FUENTES DE INFORMACION
7.-CONCLUSIONES
8. ANEXOS
8.1.-Glosario de Términos
8.2.-Indice de Cuadros
8.3.-Indice de Imágenes
8.4.-Indice de Anexos
8.5.-Anexos
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
ANTECEDENTES:
ENTIDAD :
MONTO DE EJECUCIÓN:
FECHA DE APROBACIÓN
MODALIDAD DE EJECUCIÓN:
FECHA DE INICIO DE EJECUCIÓN:
FECHA DE INICIO DE EJECUCIÓN:
RESIDENTE DE OBRA:
SUPERVISOR DE OBRA:
FECHA DE CULMINACIÓN
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
1. OBJETO DE LA PERICIA
2. FUENTE DE INFORMACIÓN
3.1. Con fecha 21/07/2017, La municipalidad provincial de Huamalies a través de la SUB GERENCIA
DE INFRAESTRUCTURA como unidad formuladora y evaluadora declaró viable el proyecto de
inversión pública denomina “CREACIÓN DEL CAMINO VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE
SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA, PROVINCIA DE HUAMALIES –
HUANUCO”.
DESCRPCIÓN DE LA INVERSIÓN
CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA S/335,721.64
CONSTRUCCIÓN DE PLATAFORMA S/21,870.19
SEÑALIZACIÓN S/3,659.88
MITIGACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL S/26,176.65
GASTOS GENERALES S/34,880.00
EXPEDIENTE TECNICO S/15,000.00
SUPERVISIÓN S/23,488.25
COSTO TOTAL DE OBRA S/460,796.61
Así mismo la mencionada resolución indica como la modalidad de ejecución para la obra por
administración directa, y un plazo de ejecución de 105 días calendarios
3.5.2. Con fecha 06/12/2018 la entidad Municipalidad provincial de Huamalies mediante la ORDEN DE
SERVICIO Nº00419 contrato los servicios del Ingeniero civil David Sabrera Calderon con CIP
Nº195242 para que cumpla con las funciones de residente de la obra denominada; “CREACIÓN
DEL CAMINO VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO
DE LLATA, PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO” que se ejecutó por la modalidad de
presupuestaria directa.
3.5.3. Con fecha 06/12/2018 mediante el INFORME Nº01-2018-MPH-RO/DSC. el residente de obra Ing.
David Sabrera Calderon entrega al Inspector Ing. Diego Edmundo Calixto Bazan el requerimiento
de obra Nº01 priorizando algunas metas del proyecto “CREACIÓN DEL CAMINO VECINAL
ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA, PROVINCIA
DE HUAMALIES – HUANUCO” por el monto certificado de S/150,000.00 (ciento cincuenta mil
con 00/100 soles).
3.5.5. Con fecha 06/12/2018 se apertura el cuaderno de obra legalizado por el juez de paz del Centro
Poblado San Cristobal, con la transcripción (pegado) de las actas de inicio y entrega de terreno
respectivamente.
3.5.6. Con fecha 07/12/2018 por intermedio del cuaderno de obra; ASIENTO Nº01 el residente de obra
Ing. David Sabrera Calderon informa el inicio de ejecución de la obra, siendo ratificada por el
Inspector Ing. Diego E. Calixto Basan mediante el ASIENTO Nº02.
3.5.7. Con fecha 08/12/2018 el Residente de obra Ing. David Sabrera Calderon presento al Inspector de
obra el informe de compatibilidad y cronograma de ejecución de la obra.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
3.5.8. Con fecha 21/12/2018 por intermedio del cuaderno de obra; ASIENTO Nº22, el residente de obra
Ing. David Sabrera Calderon informo la presentación de la valorización de obra Nº01
correspondiente al mes de diciembre del 2018.
3.5.9. Con fecha 21/12/2018 por intermedio del cuaderno de obra; ASIENTO Nº23, el inspector obra
Ing. Diego Edmundo Calixto Bazan informo la aprobación de la valorización de obra Nº01
correspondiente al mes de diciembre del 2018.
3.5.10. Con fecha 21/12/2018 mediante la CARTA Nº02-2018-MPH-RO/DSC. el residente de obra Ing.
David Sabrera Calderon presento al inspector el informe mensual y la valorización de obra Nº01;
para su trámite. Siendo el monto valorizado de S/ 150,000.00 (ciento cincuenta mil con 00/100
soles) que representa un avance ejecutado acumulado del 35.52% estando la obra adelantada
con respecto a lo programado en 6.39%.
3.5.12. Con fecha 21/12/2018 mediante el INFORME Nº15-2018-MPH-RO/DSC. el residente de obra Ing.
David Sabrera Calderon entrega al Inspector Ing. Diego Edmundo Calixto Bazan el requerimiento
de obra Nº02 para continuar con la ejecución de la obra “CREACIÓN DEL CAMINO VECINAL
ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA, PROVINCIA
DE HUAMALIES – HUANUCO” por el monto estimado de S/227,308.56 (doscientos veinte siete
mil trecientos ocho con 56/100 soles).
3.5.16. Con fecha 28/12/2018 por intermedio del cuaderno de obra; ASIENTO Nº24 el residente de obra
Ing. David Sabrera Calderon informo que; debido al desabastecimiento presupuestal se realizó la
paralización indefinida de la obra.
3.5.17. Con fecha 28/12/2018 por intermedio del cuaderno de obra; ASIENTO Nº25 el inspector de la
obra Ing. Diego Edmundo Calixto Bazan informa que; se aprueba la paralización de la obra.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
3.5.18. Con fecha 28/12/2018 la residencia de obra el inspector, la sub gerencia de obra/liquidaciones y
la gerencia de infraestructura y desarrollo urbano (área usuaria) de la municipalidad provincial de
Huamalies acuerdan la paralización de la obra por tiempo indeterminado debido a que no hay
mayor monto de certificación presupuestal, ocasionado desabastecimiento de materiales y
servicios los cuales son requeridos para continuar la ejecución de la obra firmando el ACTA DE
PARALIZACIÓN DE OBRA Nº01. Estando la obra ejecuta físicamente en
3.5.20. Con fecha 23/09/2020 mediante el ESCRITO Nº01 ante la fiscalía el procurador de la
Municipalidad provincial de Huamalies formula denuncia penal por omisión de actos funcionales y
por peculado contra el ingeniero David Sabrera Calderon, (residente de obra) y el Ingeniero
Diego Calixto Basan (inspector) de la obra “CREACIÓN DEL CAMINO VECINAL ENTRE LA
LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA, PROVINCIA DE
HUAMALIES – HUANUCO”.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
4.1. Según la ficha de registro del SNIP el nombre del proyecto de inversión pública se denomina;
“CREACIÓN DEL CAMINO VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO,
DISTRITO DE LLATA, PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO”, con código SNIP Nº365682 y
código único Nº 2329356. Aprobado por un monto de inversión de S/ 1, 480,274 (Un millón
cuatrocientos ochenta mil dos setenta cuatro con 00/100 soles).
Observando en la mencionada resolución entre otras cosas, como responsable de la elaboración del
expediente técnico a la misma entidad Municipalidad distrital de Huamalies a través de su gerencia
de infraestructura y desarrollo urbano, indicando como la modalidad para la ejecución de la obra por
ADMINISTRACIÓN DIRECTA y el plazo para su ejecución 105 días.
4.3. Según el INFORME Nº01-2018-MPH-RO/DSC. Señala que el expediente técnico contenía las
siguientes actividades y desagregados de costos para la ejecución del proyecto “CREACIÓN DEL
CAMINO VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE
LLATA, PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO”:
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
4.5. Visto los antecedentes señalados en presente informe pericial como son los documentos INFORME
Nº0543-2018-JCMR-GPP-MPH-LL., INFORME Nº569-A-2018-MASF/SGOL/MPH. D e INFORME
Nº855-2018-MASF/SGOL/MPH. D. entre otros. La ejecución de la obra “CREACIÓN DEL CAMINO
VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA,
PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO”. Fue proyectada por la entidad Municipalidad provincial
de Huamalies para ser ejecutada por la modalidad de administración directa por etapas en función a
las certificaciones presupuestales disponibles y de acuerdo a los siguientes requerimientos
tramitados por el área usuaria:
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
MONTOS
REQUERIMIENTOS COSTO GASTOS OBSERVACIÓN
TOTAL
DIRECTO GENERALES
Requerimiento Nº01 145,000.00 5,000.00 150,000.00 Aprobado – Ejecutado
Tramitado pero no aprobado por falta
Requerimiento Nº02 197,428.56 29,880.00 227,308.56
de presupuesto
TOTALES 342,428.56 34,880.00 377,308.56
REQUERIMIENTOS
DESAGREGADO DEL COSTO DEL PROYECTO SALDOS
Nº01 Nº02
COSTO DIRECTO 387,428.56 145,000.00 197,428.56 45,000.00
GASTOS GENERALES 34,880.00 5,000.00 29,880.00 0.00
SUB TOTAL - OBRA 422,308.56 45,000.00
SUPERVISIÓN 23,488.25 23,488.25
EXPEDIENTE TECNICO 15,000.00 15,000.00
TOTAL COSTOS DEL PROYECTO 460,796.81 150,000.00 227,308.56 83,488.25
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
Observando que en la etapa de ejecución de la obra fue presentada y tramitada una sola valorización
(VALORIZACIÓN DE OBRA Nº01) por un monto de S/ 150,000.00 (ciento cincuenta mil con 00/100
soles) monto similar al monto requerido y certificado por la entidad.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
En tal sentido el perito debe señalar con respecto a lo señalado estrofa arriba lo siguiente:
1. Con respecto a la decisión para la intervención entre las localidades de San Cristobal y Atahoco
fue dada por la entidad en una etapa de pre inversión; siendo formulada y aprobada mediante
un perfil técnico con el proyecto de inversión pública denominado “CREACIÓN DEL CAMINO
VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA,
PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO” con código SNIP Nº365682 a través de su área
usuaria (gerencia de infraestructura y desarrollo rural) sin intervención alguna por parte de los
denunciados.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
2. Adicionalmente el perito como ingeniero civil debe hacer una comunicar abundar sobre la la
aclaración adicional con respecto al objetivo y finalidad del proyecto CREACIÓN DEL CAMINO
VECINAL ENTRE LA LOCALIDAD DE SAN CRISTOBAL – ATAHOCO, DISTRITO DE LLATA,
PROVINCIA DE HUAMALIES – HUANUCO”.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
B. DESCRIPCION DE HECHOS
Constatación y Evaluación Técnica de la Obra: “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y
DESAGUE DEL BARRIO 3 DE OCTUBRE EN EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO”.
C. ANTECEDENTES:
Con fecha 10/08/2010, la Municipalidad distrital de Hauriaca mediante RESOLUCIÓN DE ALCALDIA
N°136-2010-A-MDH. resuelve aprobar y ejecutar el expediente técnico de la Obra;
“MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL BARRIO 3 DE OCTUBRE EN
EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO”. Por un monto de S/ 148,041.90.
Con fecha 02/09/2010 la Municipalidad distrital de Hauriaca otorgo la buena pro de la ADS N°04-
2010-MDH. A la empresa INVERSIONES SMH SAC para la ejecución de la obra; “MEJORAMIENTO Y
AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL BARRIO 3 DE OCTUBRE EN EL DISTRITO DE
HUARIACA, PASCO-PASCO”.
Con fecha 20/09/2010 se firmó el Acta de Entrega de terreno entre el jefe del área de desarrollo
Urbana y rural en representación de la Municipalidad distrital de Hauriaca, el presidente del barrio
03 de octubre y el representante legal de la contrata ejecutora de la obra Empresa INVERSIONES SMH
S.A.C.
Con fecha 20/10/2010 se culmina la obra “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y
DESAGUE DEL BARRIO 3 DE OCTUBRE EN EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO”.
Con fecha 19/11/2010 se efectuó la recepción de la Obra mediante la firma del Acta de Recepción de
Obra.
EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO”. Elaborada por la empresa INVERSIONES SMH SAC. Para
su evaluación y pronunciamiento por parte de la Entidad.
Con fecha 15/12/2010 la Municipalidad distrital de Hauriaca resuelve aprobar la Liquidación final de
la Obra; “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y DESAGUE DEL BARRIO 3 DE
OCTUBRE EN EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO”. Practicada por el contratista empresa
INVERSIONES SMH SAC.
Con fecha 02/09/2011, Leoncio Elmer Luquillas Puente, Alcalde de la Municipalidad Distrital de
Huariaca (gestión 2011-2014) formulo denuncia penal en contra del acusado.
D. REVISION DE LA DOCUMENTACION.
Para la presente diligencia Técnica a la Obra “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DEL SISTEMA DE AGUA Y
DESAGUE DEL BARRIO 3 DE OCTUBRE EN EL DISTRITO DE HUARIACA, PASCO-PASCO” se ha utilizado como
información la documentación que se detalla:
CAPTACION
03 Captación de ladera diseñada para
cubrir la necesidad de la población.
LINEA DE ADUCCION
Presenta 642 metros de tubería para poder
conducir el agua hacia las redes de
distribución de El Barrio de 03 DE OTUBRE.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
RED DE ALCANTARILLADO
Cuenta con la ampliación de la red
alcantarillado, que presenta hasta el
momento la ampliación se realiza con la
implementación de buzonetas de arranque
y redes colectoras con tuberías de desagüe
de 6”.
E. EJECUCION DE LA OBRA
E.1. DEL EXPEDIENTE TECNICO.
E.1.1 DESCRIPCIÓN
El Expediente técnico que forma parte del expediente de contratación para la obra contaba como meta
el mejoramiento de un sistema existente de agua potable y Alcantarillado del sector de 03 de octubre
que forma parte del sistema de saneamiento de la ciudad de Huariaca cuyas metas generales fueron:
CAPTACION
Construcción de 03 Captaciones de ladera.
LINEA DE CONDUCCIÓN
Instalación 642 metros lineales de tubería de Aducción de agua potable con tuberías de PVC
SAP Ø 2”.
CAJA DE VALCULA.
Construcción de un 01 caja de válvula de control al Reservorio existente.
RED DE DSITRIBUCION.
Instalación de 417 metros lineales de redes de distribución de agua con tuberías de PVC SAP
de Ø 1”.
REDES DE ALCANTARILLADO
Construcción de 22 buzones de altura variable.
Instalación de 568 metros lineales de redes de Alcantarillado con tuberías de PVC SAL de Ø
6”.
El contenido del Expediente técnico contractual con los siguientes ítems desarrollados para sustentar la
correcta ejecución de la obra.
Memoria descriptiva.
Especificaciones técnicas.
Metrados
presupuesto.
ACU
Gastos Generales.
Planos.
Cronogramas.
Panel fotográfico.
Debiendo indicar entre las deficiencias más saltantes la mala concepción falta de estudios y cálculos
que hubieran garantizado la correcta ejecución de la Obra y la mejor eficiencia del sistema en todas las
redes proyectadas con una dotación constante las 24 horas del cómo fue:
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
No existió un estudio de aforo en los 03 tres manantiales existentes donde se proyectó captar la
oferta de volumen de agua para la población beneficiada.
No existió estudio bacteriológico químico y de metales que garantice la calidad del agua.
No existió cálculo del volumen de demanda de agua potable para los beneficiarios.
Mala concepción del proyecto en el diseño de la Ampliación de Agua potable al no haber verificado
que el reservorio de agua existente (antes de la ejecución) no contaba con un volumen suficiente
de agua para regular el sistema es decir el reservorio no se llenaba en las 24 horas del día no
existiendo presión de agua suficiente para que la tubería matriz existente PVC SAP Ø 4” donde el
proyecto contemplo conectar abrazaderas para las nuevas redes de distribución de agua en el
sector de 03 de Octubre trabajen a presión adecuada o mínima.
No se verifico y no tampoco se contempló en el proyecto que en la línea matriz de distribución de
tubería PVC SAP Ø 4” existía una cámara rompe presiones averiada, así como una válvula de
control en la parte en la intercepción con el Jirón bolívar en mal estado.
No existió cálculo que sustente el diámetro de la tubería de conducción de agua potable de Ø 2”.
No existió calculo que sustente el diámetro de las tuberías de distribución de agua potable de Ø 1”.
No existió calculo que sustente las presiones constantes y permanentes en todo el sistema donde
se incluya la línea matriz existente de Ø 4”.
No se contempló en el estudio la existía de un sistema de agua paralelo al del proyectado en uso de
algunas viviendas.
El estudio no contemplo estructuras necesarias para mantener las presiones en las redes
proyectadas como son válvulas reductoras de presión o contenedoras de presión para mantener
las presiones constantes en el sector intervenido.
El estudio no contemplo estructuras complementarias como cerco perimétrico, cribador,
sedimentador y cloración del agua que garantizara la calidad del agua y evitar su contaminación
por agentes externos.
El estudio no contemplo las Instalaciones domiciliarias de agua potable y alcantarillado.
Mala concepción para la ejecución del proyecto al contemplar en el expediente técnico que en
etapa de la ejecución de la obra la población beneficiaria seria la responsable de asumir el costo e
instalación de sus conexiones domiciliaras de agua potable y alcantarillado habiendo provocado
vicios como la doble instalación de suministro de agua y la conexión de tuberías segundarias a las
redes proyectadas conectando la antiguo o existente red con las redes nuevas en ejecución
alterando el sistema.
mal estado esto debido a la mala operación y mantenimiento del sistema que responsabilidad de la
municipalidad y población beneficiaria y no por su mala ejecución.
Se ha verificado que se ejecutó la colocación de las líneas de conducción de agua y no como la
describe el proyecto (Aducción) debiendo recalcar lo señalado por el supervisor y refrendado por lo
observado; que es insuficiente el caudal que conduce la línea de estos manantiales y que se deben
acentuar en los meses de sequía siendo insuficientes para regular el sistema de manera
permanente.
Se ha podido verificar la ejecución del pase aéreo habiendo cumplido con todos los trabajaos
señalados en los planos y que en la actualidad se encuentra en mal estado esto debido a la mala
operación y mantenimiento del sistema por parte de los administradores del sistema siendo una
estructura que requiere el mantenimiento constante y permanente.
Se ha podido verificar la ejecución de la caja de válvulas aumentar el volumen de oferta de agua
para el sistema existente aumentando su caudal para compensar la nueva demanda por la
población beneficiada de sector de 03 de octubre, debiendo resaltar que la conexión de la tubería
de conducción proyectada se efectuó a la tubería de conducción existente esto con la finalidad de
no perforar el reservorio apoyado existente y provocar fallas, rajaduras y filtraciones.
Se ha verificado la ejecución de las redes de distribución de agua con tuberías PVC Ø 1” para las
diferentes calles del sector 03 de octubre; resaltando lo señalado por el supervisor que en la etapa
de ejecución se verifico en las perforaciones hechas a la tubería matriz de Ø 4” que no estaba
trabajando a presión habiendo constatado que era por múltiples posibles causas como la mala
concepción del sistema al contar con un reservorio apoyado sin un volumen de ingreso suficiente
(oferta) para regularse y mantener una presión constante o aceptable. Esto acentuado con el poco
caudal captado en los manantiales existentes y proyectados además de una 01 cámara rompe
presión existente en mal estado y una 01 válvula de control averiada que no garantizo el
funcionamiento y control integrar del sistema de agua y su dotación constante de agua las 24 horas
del día en ciertos extremos del sistema.
Se ha verificado la existencia de instalaciones domiciliaras para los beneficiarios del sistema de
agua potable, resaltando lo informado por el supervisor que en la etapa de ejecución el tendido de
las redes de distribución de agua de tuberías PVC Ø 1” era parte de las metas de la obra sin
embargo las conexiones domiciliarias era responsabilidad de cada beneficiario que ocasiono vicios
al haber hechos instalaciones clandestinas y conectando tuberías el sistema nuevo a otro existente
alterando tanto la dirección del flujo como las condiciones del sistema que no fueron predecibles y
que en la actualidad persisten.
Se informó que para poner en funcionamiento el sistema de ampliación se tuvo que hacer
intervenciones en el sistema existente con trabajos no contemplados en el expediente técnico
como fue la reparación de una cámara rompe presiones, y el mantenimiento de una válvula de
control en la parte baja del sector de 03 de octubre.
Que se ha podido constatar construcción de las metas de ampliación de alcantarillado como son los
buzones y redes de alcantarillado con metrados mayores a los señalados en el expediente técnico y
que se encuentran en operación pese al poco mantenimiento del sistema.
Se ha constatado el mal uso que los pobladores le dan al sistema dejando los grifos abiertos de
manera permanente y que hace ineficiente cualquier sistema de abastecimiento de agua con
reservorio de regulación al no contar con un caudal de ingreso retenido en el reservorio mayor al
de salida (demanda) por la constante y permanente despilfarro de agua por el mal uso y las
instalaciones clandestinas a otro sistema existente que definitivamente también hace que el
proyecto no cumpla su óptimo funcionamiento y operación las 24 horas del día.
Según lo establecido en ley aprobado con la ley N°1017 y su reglamento de Contrataciones del
Estado aprobado con D.S. N°184-2008-EF. Vigente para la presente obra El supervisor de obra no
participa en el proceso de aprobación de la liquidación de la Obra, no estando señalado en su
contrato como una de sus funciones por lo que solo se limitó a recepcionar la liquidación elaborada
por el contratista y presentar la misma a la entidad para que sea ella la que evalué y se pronuncie
sobre el particular.
Según cuaderno de obra El supervisor de Obra cumplió con su presencia en la obra de manera
permanente habiendo absorbido las observaciones y tomado efectuado indicaciones de carácter
técnico y normativo para la correcta ejecución de la obra efectuado las respectivas anotaciones en
el cuaderno de obra, constatando la no presencia del residente que según lo verificado en el
CONTRATO DE EJECUCION DE Nº 04-2010-MDH. No establecía ninguna penalidad por estas faltas
para poder aplicarla al contratista habiéndose limitado a exigir al contratista su presencia.
Según lo verificado el contratista cumplió con las metas y trabajos de ejecución de la Obra de
acuerdo a su contrato en un plazo menor a lo contractual (75 días) por lo que se procedió a
efectuar la valorización de Obra habiendo verificado que si cumplió de manera satisfactoria con lo
indicado en los planos de acuerdo a su sistema de contratación suma alzada habiendo efectuado
trabajos adicionales sin costo. (se anexa).
Según las observaciones hechas por el perito y de sus conclusiones podemos rebatir y aclarar algunas
conclusiones como son:
El Perito concluye; que la obra se encuentra incompleta debido al proceso constructivo y en estado
de abandono al no cuidado ni mantenimiento operacional; debiendo señalar en cierta medida lo
contrario; al verificar que se cumplió con todas las metas del proyecto y su finalidad captando,
conduciendo y distribuyendo agua, así como recolectando las aguas servidas para su evacuación
para lo cual se cumplió con todos los procesos constructivos propios de la ejecución de este tipo de
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
obras de saneamiento sin embargo existen ciertas aclaraciones que escapan de la responsabilidad
del supervisor de obra y que el perito ha obviado mencionar como fue:
No es atribuible al supervisor las malas costumbres de los usuarios del sistema de agua al
observar grifos abiertos todo el día que provocan que el reservorio existente en el sector 03 de
octubre no pueda contener agua para la regulación del sistema es decir se consume más agua
que la captada por lo que hace que cualquier sistema colapse o no sea eficiente como ya es
normado y obligatorio contar en todo proyecto sanitarios partidas de capacitación y educación
sanitaria para los beneficiarios para garantizar su buena operación y mantenimiento en el
tiempo .
El Perito Concluye, No se cuenta con una buena estructura de captación ya que presenta una obra
con deficiencia y no protegida el causal de los responsables técnicos en la obra; está totalmente
dañada no se cuenta con un cerco de protección ya que existe transporte de sedimentos por
arrastre y causan daños en los laterales de la estructura de captación cerca al rio Goñipuquio; Se
aclara que dentro de las metas del proyecto y del contrato de ejecución de la obra no se contempló
la construcción de ningún tipo de cerco perimétrico, cribador, y sedimentador para mejorar la
captaciones de agua que en cierta medida era necesario para salvaguardar algún riesgo de
contaminación y mejorar la calidad del agua siendo entera responsabilidad del consultor y entidad
el haberlos incluido estas estructuras en el proyecto además de su cloración. Por otro lado, se
ratifica lo sustentado anteriormente con respecto a la operación conservación y mantenimiento del
sistema que es entera responsabilidad de la entidad y en cierta medida de la población y en el caso
específico de la captación tipo manantial en mayor medida al ser común que estas captaciones tipo
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
manantial tengan filtraciones esto debido a que es sensible a agentes externos como sismos,
deslizamientos y la propia estructura Que de alguna manera alteran las emanaciones naturales de
agua del manantial por lo que es necesario su mantenimiento constante.
Con respecto a los ensayos y pruebas se efectuaron los controles in situ verificando dosificación
y calidad de agregados tal como se demuestra en las fotos con la presencia del supervisor no
estando presupuestado las pruebas en el expediente técnico por lo que eran contractualmente
imposible solicitarlas; sin embargo las pruebas hidráulica si se efectuaron tal como lo señala el
expediente técnico y pruebas en todo el sistema en su conjunto al haber reparado y cerrado la
válvula de control del sistema ubicado Jr. Miguel Grau y el Jr. Bolívar y verificado las presión de
agua en todos los puntos de la ampliación de agua ejecutada habiendo sido recepcionada por la
entidad sin observaciones.
Adicionalmente se debe resaltar lo indicado por el perito en su informe donde señala que ha
constatado que existe viviendas que en la actualidad cuentan con el servicio en unos de forma
permanente en otros de manera parcial y otros que no cuentan con el sistema de agua que
ratifica que el sistema funciona; pudiendo señalar su poca eficiencia se debe en resumen por
muchos factores como exógenos a la obra, factores técnicos y sociales que fueron ajenos a las
funciones de la supervisión en la ejecución de la Obra:
Factores exógenos existentes al inicio de la ejecución; como fue un sistema existente ya
deficiente con un caudal ofertado (captación) que sumado con las nuevas proyectadas no
cubrió la demanda para los beneficiarios que incluía un volumen de regulación para el
reservorio, tubería matriz existente de agua PVC Ø 4” sobredimensionado que se constató
que no trabajaba a presión por el poco caudal que conducía (captado) y la falta de
accesorios como válvulas que regulen la presión además de componentes dañados como
una cámara rompe presiones y válvula de control sin dejar de lado un reservorio que nunca
regulo el sistema por el poco volumen de ingreso y el mal gasto del agua.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
Factores técnicos; Como fue la mala concepción técnica, carencias y deficiencias del
Expediente técnico contractual como falta de estudio complementarios (aforo) cálculos y
modelamiento del sistema integrado (tuberías), omisión de estructuras y componentes del
sistema para su optimo funcionamiento (válvula reductora o contenedora de presión,
sedimentador, cerco perimétrico, clorador, capacitación, etc.) así como considerar el
mantenimiento del sistema existente como la cámara rompe presiones y la válvula de
control.
Factores sociales en el proyecto; como fue las malas costumbres de la población beneficiada
al observar en las viviendas grifos abiertos o averiados, uso o mal gasto del agua y
conexiones clandestina al sistema ejecutado.
G. CONCLUSIONES:
Se concluye; que No es responsabilidad técnica del Supervisor de la Obra las malas costumbres
de los usuarios del sistema de agua al observar grifos abiertos todo el día que provocan que el
reservorio existente en el sector 03 de octubre no pueda contener agua para la regulación del
sistema es decir se consume más agua que la captada por lo que hace que cualquier sistema
colapse o no sea eficiente como ya es normado y obligatorio contar en todo proyecto sanitarios
partidas de capacitación y educación sanitaria para los beneficiarios para garantizar su buena
operación y mantenimiento en el tiempo .
Se concluye; que No es responsabilidad técnica del Supervisor de la Obra que dentro de las
metas del proyecto y del contrato de ejecución de la obra no se contempló la construcción de
ningún tipo de cerco perimétrico, cribador, y sedimentador para mejorar la captaciones de agua
que en cierta medida era necesario para salvaguardar algún riesgo de contaminación y mejorar
la calidad del agua siendo entera responsabilidad del consultor y entidad el haberlos incluido
estas estructuras en el proyecto además de su cloración. Por otro lado, se ratifica lo sustentado
anteriormente con respecto a la operación conservación y mantenimiento del sistema que es
entera responsabilidad de la entidad y en cierta medida de la población y en el caso específico
de la captación tipo manantial en mayor medida al ser común que estas captaciones tipo
manantial tengan filtraciones esto debido a que es sensible a agentes externos como sismos,
deslizamientos y la propia estructura Que de alguna manera alteran las emanaciones naturales
de agua del manantial por lo que es necesario su mantenimiento constante.
Se concluye; Con respecto a los ensayos y pruebas se efectuaron los controles in situ verificando
dosificación y calidad de agregados tal como se demuestra en las fotos con la presencia del
supervisor no estando presupuestado las pruebas en el expediente técnico por lo que eran
contractualmente imposible solicitarlas; sin embargo las pruebas hidráulica si se efectuaron tal
como lo señala el expediente técnico y pruebas en todo el sistema en su conjunto al haber
reparado y cerrado la válvula de control del sistema ubicado Jr. Miguel Grau y el Jr. Bolívar y
verificado las presión de agua en todos los puntos de la ampliación de agua ejecutada habiendo
sido recepcionada por la entidad sin observaciones.
Se concluye; Adicionalmente que lo indicado por el perito en su informe donde señala que ha
constatado que existe viviendas que en la actualidad cuentan con el servicio en unos de forma
permanente en otros de manera parcial y otros que no cuentan con el sistema de agua que
ratifica que el sistema funciona; pudiendo señalar su poca eficiencia se debe en resumen por
muchos factores como exógenos a la obra, factores técnicos y sociales que fueron ajenos a las
funciones de la supervisión en la ejecución de la Obra:
Factores exógenos existentes al inicio de la ejecución; como fue un sistema existente ya
deficiente con un caudal ofertado (captación) que sumado con las nuevas proyectadas no
cubrió la demanda para los beneficiarios que incluía un volumen de regulación para el
reservorio, tubería matriz existente de agua PVC Ø 4” sobredimensionado que se constató
que no trabajaba a presión por el poco caudal que conducía (captado) y la falta de
accesorios como válvulas que regulen la presión además de componentes dañados como
una cámara rompe presiones y válvula de control sin dejar de lado un reservorio que nunca
regulo el sistema por el poco volumen de ingreso y el mal gasto del agua.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
Factores técnicos; Como fue la mala concepción técnica, carencias y deficiencias del
Expediente técnico contractual como falta de estudio complementarios (aforo) cálculos y
modelamiento del sistema integrado (tuberías), omisión de estructuras y componentes del
sistema para su óptimo funcionamiento (válvula reductora o contenedora de presión,
sedimentador, cerco perimétrico, clorador, capacitación, etc.) así como considerar el
mantenimiento del sistema existente como la cámara rompe presiones y la válvula de
control.
Factores sociales en el proyecto; como fue las malas costumbres de la población beneficiada
al observar en las viviendas grifos abiertos o averiados, uso o mal gasto del agua y
conexiones clandestina al sistema ejecutado.
H. PANEL FOTOGRAFICO:
Vista panorámica actual de la Jr. Miguel Grau cuya superficie donde se ubica las líneas trocales y ramales
ejecutados están debajo de escalinatas y veredas de concreto.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
Vista del reservorio existente cuyo funcionamiento es evidente y que regula el sistema de agua incluido el
del sector 03 de Octubre.
Vista de la Cámara rompe presiones existentes antes del proyecto y que en la actualidad continua
inoperativa.
PERICIA DE PARTE PARA EL CASO Nº340-2020.
Vista de un grifo de una vivienda del sector 03 de Octubre donde se evidencia que se cuenta con el
servicio pero restringido por la poca oferta de agua tal como técnicamente se sustentó.
ANEXOS:
Valorización de Obra.
Croquis del sistema.