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Residencias Guardia Civil y Precios
Residencias Guardia Civil y Precios
Residencias Guardia Civil y Precios
Índice de disposiciones
Primera Personas titulares del derecho.
Segunda Personal beneficiario (usuarios).
Tercera Definiciones.
3.1. Cónyuge/pareja de hecho.
3.2. Cónyuge viudo.
3.3. Descendientes.
3.4. Huérfanos.
3.5. Dependencia económica.
3.6. Fechas señaladas.
Cuarta Condiciones de la concesión.
Quinta Periodos de disfrute y plazas que se ofertan.
5.1. Normas comunes.
5.2. Temporada no veraniega.
5.3. Fechas señaladas (turnos).
Sexta Solicitantes.
Séptima Presentación de solicitudes, documentación y plazos.
7.1. Normas comunes (documentación).
7.2. Temporada no veraniega.
7.3. Fechas señaladas.
7.3.1. Presentación telemática.
7.3.2. Presentación en papel.
7.3.3. Plazo para solicitar.
Octava Adjudicaciones.
8.1. Temporada no veraniega.
8.1.1. Orden de preferencia.
8.1.2. Procedimiento de adjudicación.
8.1.3. Renuncias.
8.2. Fechas señaladas.
8.2.1. Orden de preferencia.
8.2.2. Asignación de plazas.
8.2.3. Notificación de la adjudicación.
8.2.4. Lista de espera.
8.2.5. Renuncias.
8.2.6. Vacantes.
Novena Procedimiento de verificación y responsabilidades.
Décima Precios.
Undécima Condiciones higiénico-sanitarias (COVID-19).
Duodécima Características de los establecimientos ofertados.
Decimotercera Normas de carácter general.
13.1. Beneficiarios.
13.2. Capacidad máxima.
13.3. Normas de uso.
13.4. Sugerencias.
Decimocuarta Normas sobre tratamiento de datos personales.
14.1. Información tratamiento de datos.
14.2. Consentimiento.
Decimoquinta Recursos.
Decimosexta Anexos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
Núm. 38 Martes 14 de septiembre de 2021 Sección V Pág. 12180
La situación causada por la actual crisis sanitaria del COVID-19 ha ocasionado que
esta oferta difiera de la de años anteriores, teniendo que adoptar medidas ajustadas a
la evolución de la crisis, a lo que determinen las autoridades sanitarias en cuando a la
actividad hostelera y, además, a las propias características diferenciadoras y limitaciones
de las Residencias del Cuerpo.
Por todo ello y en virtud de las competencias y facultades que tengo atribuidas,
Dispongo:
Por todo ello y en virtud de las competencias y facultades que tengo atribuidas,
1.5. El personal militar del Ejército de Tierra, la Armada, el Ejército del Aire y de los
Cuerpos Comunes en las mismas situaciones administrativas contempladas para el
personal de la Guardia Civil, en régimen de reciprocidad.
1.6. El cónyuge viudo de los titulares del derecho previstos en los apartados 1.1., 1.2.
y 1.3., siempre que esté percibiendo pensión de clases pasivas de viudedad o de la misma
clase del Sistema General de la Seguridad Social, causadas por dicho personal y mientras
no varíe su estado civil.
2.3. Descendientes del titular del derecho que reúnan las condiciones establecidas
para éstos en la disposición tercera de esta Resolución.
b) Aquellas personas que, no manteniendo ningún vínculo familiar con los titulares
del derecho, presten cuidados por razones de enfermedad, discapacidad o
limitación a cualquiera de los usuarios contemplados en la disposición segunda
de esta Resolución, en los términos previstos por la Ley 39/2006, de diciembre,
de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de
dependencia, siempre que éstos acompañen a los titulares del derecho.
Tercera.- Definiciones.
3.1. Por cónyuge no separado/a ni divorciado/a, pareja de hecho o persona que conviva
con el/la titular:
Aquella persona con la que el titular del derecho estuviera casado o formando
pareja de hecho. La existencia de pareja de hecho se acreditará mediante certificación
de la inscripción en alguno de los registros específicos existentes en las comunidades
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Núm. 38 Martes 14 de septiembre de 2021 Sección V Pág. 12182
En todos los supuestos a los que se refiere este apartado, el derecho se extinguirá
cuando su titular contraiga matrimonio, constituya pareja de hecho en los términos
descritos o se demuestre la existencia de nueva descendencia común si no constara
vínculo alguno.
Tendrá la consideración de cónyuge aquella persona con la que el titular del derecho
estuviera casado o formando pareja de hecho.
Los hijos/as menores de 26 años (no cumplir ni haber cumplido los 26 en el año 2021)
o mayores de dicha edad con discapacidad igual o superior al 33%, siempre que cumplan
los requisitos de convivencia y dependencia económica.
Tanto los propios, por naturaleza o adopción, del personal titular de derecho como los
de su cónyuge. También tendrán la misma consideración que los hijos/as las personas
sometidas a tutela o acogimiento familiar simple, permanente o pre-adoptivo legalmente
constituido. Para todos los casos, será requisito la convivencia y dependencia económica
respecto del/de la titular. También existirá convivencia cuando, por razones de estudio,
éstos residan fuera del domicilio familiar.
En el caso de que solo lo sean de uno de ellos, ostentará la titularidad del derecho el
progenitor o adoptante superviviente en los términos previstos para el cónyuge viudo/a del
titular del derecho anteriormente reseñado.
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A tal fin, serán recabados los datos tributarios necesarios previa autorización de los
interesados.
No obstante, esta excepcionalidad no se aplicará para los usuarios a los que hacen
referencia los puntos 2.4.1.b) y 2.4.2. de la disposición segunda de esta Resolución.
5.1.2. La salida del mismo se efectuará antes de las 10:00 horas del día en que finaliza
dicho período.
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5.1.6. En la Intranet Corporativa, en la página web de Acción Social y por los medios
de difusión general de los que dispone el Cuerpo, se publicarán aquellas modificaciones
que surjan respecto a los establecimientos ofertados y que puedan afectar a las normas
dispuestas en la presente resolución, así como las plazas disponibles y plazos para
solicitar las residencias que se ofertan para las “fechas señaladas”.
5.2.1. La temporada no veraniega, salvo para los periodos definidos en el apartado 5.3
siguiente, comienza el 01 de octubre de 2021 y finaliza el 31 de mayo de 2022.
Sexta.- Solicitantes.
7.2.2. Las peticiones formuladas por el personal que se indica en los puntos 1.5,
1.8 y 1.9. de la disposición primera de esta resolución serán remitidas, por conducto de
la Unidad en la que se encuentre encuadrado o a través de sus distintas Direcciones
de Asistencia al Personal, al Coronel Jefe del Servicio de Acción Social de la Guardia
Civil, C/ Príncipe de Vergara, nº 246, (28016-Madrid) o por correo electrónico a la cuenta
dg-accionsocial-residencias@guardiacivil.org, quien, tras comprobar la existencia de
reciprocidad, tramitará la solicitud al Jefe de la Zona/Comandancia de la demarcación
donde esté ubicada la Residencia solicitada.
Las Unidades de la Guardia Civil receptoras, una vez finalizado el plazo de admisión,
deberán adoptar las medidas oportunas para hacer llegar, con urgencia, todas las
solicitudes que obren en su poder a la unidad grabadora correspondiente en los tres días
naturales siguientes, adelantándolas, si fuera necesario, por cualquier medio eficiente
para que puedan ser grabadas a tiempo.
Octava.- Adjudicaciones.
8.1.2.1. Todas las solicitudes serán evaluadas, en primer lugar, según el orden de
prelación del apartado 8.1.1. anterior, mediante el siguiente procedimiento:
8.1.3. Renuncias.
8.1.3.1. Se comunicarán a los mismos Jefes de Unidad a los que se envió la petición
en el plazo más breve posible y nunca superior a 5 días naturales contados a partir de la
fecha en que se reciba la notificación de adjudicación.
del último año en que lo disfrutó, tomando como primera referencia la disfrutada a partir
de la navidad 2021.
8.2.2.2. Para los miembros de las Fuerzas Armadas y personal Civil (funcionario y
laboral) que presten sus servicios en Unidades de la Guardia Civil:
La fecha en que pasaron a esta situación o, en caso de haber disfrutado alguna vez
de residencia de las denominadas “en fechas señaladas”, la del 31 de diciembre del
último año en que lo disfrutó, tomando como primera referencia la disfrutada a partir de la
navidad 2021.
8.2.3.2. Los titulares del derecho que dispongan de TIP habilitada podrán consultar si
les ha sido adjudicada alguna Residencia.
8.2.4.2. La situación de lista de espera podrá ser consultada en la Intranet del Cuerpo a
través de Google Chrome (Servicios Corporativos –Aplicativo Residencias de Vacaciones
v5.0–).
8.2.5. Renuncias.
Deberán realizarse cumplimentando el Anexo V, que será remitido por correo ordinario
al citado Servicio (C/ Príncipe de Vergara, nº 246-5ª Planta, (28016–Madrid) o mediante
Group_Wise (68-271REG).
8.2.5.3. Finalizado el plazo máximo mencionado, sólo se podrá renunciar por motivos
de fuerza mayor:
a).- Necesidades del servicio debidamente justificadas por quien ostente la Jefatura
de la Unidad.
8.2.5.6. Las renuncias fuera de plazo o que no sean originadas por las causas de
fuerza mayor previstas en los anteriores apartados, contabilizarán como disfrute a efectos
de preferencias para las próximas convocatorias referidas a “fechas señaladas” de
Navidad y Semana Santa.
8.2.6. Vacantes.
8.2.6.2. A quienes acepten el alojamiento de plazas vacantes y sin cubrir, por carecer
de lista de espera, no se les contabilizará dicha adjudicación a los efectos de preferencias
en próximas convocatorias referidas a “fechas señaladas”.
9.2. Responsabilidades:
9.2.2. Las personas a las que se adjudiquen las plazas en las residencias de Descanso
de la Guardia Civil están obligadas al abono del precio público establecido en la Orden
INT/126/2021, de 3 de febrero y, asimismo, a conocer y cumplir lo dispuesto en la citada
Orden Ministerial y en las Normas de Régimen Interior de cada Residencia.
Décima.- Precios.
13.1. Beneficiarios:
13.3.2. La limpieza diaria de los apartamentos, mobiliario y utensilios será por cuenta
de sus usufructuarios, debiendo dejarlos en el mismo estado que los reciben.
13.4. Sugerencias.
14.2. Consentimiento:
Decimoquinta.- Recursos.
Decimosexta.- Anexos.
Anexo I (1)
Anexo II
2.- Precios en euros por apartamento para el turno completo (Sin IVA).
2.3. Incrementos.
Anexo III
DATOS DE CONTACTO
Domicilio particular Cod. Postal Localidad
Provincia Destino
Fecha salida:
SOLICITA: Que se le conceda participar en la correspondiente adjudicación de alojamiento, declarando ser ciertos los datos expresados en esta solicitud así como que reúne
todas y cada una de las condiciones exigidas. Del mismo modo, se compromete al cumplimiento más exacto de las Normas particulares del acuartelamiento donde radica la
Residencia así como de las Normas generales sobre Residencias del Cuerpo.
CONSENTIMIENTO: Con la firma del presente documento, da su consentimiento para que sus datos personales sean tratados de acuerdo con la información que se le facilita
en la disposición decimocuarta de esta Resolución. En el caso de que no nos preste su consentimiento, le informamos de que no podremos incluir sus datos en nuestro
Tratamiento y, por lo tanto, tampoco podremos tramitar su solicitud.
Autorizo que se utilice mi correo electrónico para remitirme comunicaciones relativas a mi solicitud.
Manifiesto mi consentimiento a que, por parte del Servicio de Acción Social, se recaben los datos personales obrantes en otras Administraciones necesarias para la
tramitación de la presente solicitud.
Anexo IV
Provincia Destino
1º
2º
3º
SOLICITA: Que se le conceda participar en la correspondiente adjudicación de alojamiento, declarando ser ciertos los datos expresados en esta solicitud así como que
reúne todas y cada una de las condiciones exigidas. Del mismo modo, se compromete al cumplimiento más exacto de las Normas particulares del acuartelamiento donde
radica la Residencias, así como de las Normas generales sobre Residencias del Cuerpo.
CONSENTIMIENTO: Con la firma del presente documento, da su consentimiento para que sus datos personales sean tratados de acuerdo con la información que se le
facilita en la disposición decimocuarta de esta Resolución. En el caso de que no nos preste su consentimiento, le informamos de que no podremos incluir sus datos en
nuestro Tratamiento y, por lo tanto, tampoco podremos tramitar su solicitud.
Autorizo que se utilice mi correo electrónico para remitirme comunicaciones relativas a mi solicitud.
Manifiesto mi consentimiento a que, por parte del Servicio de Acción Social, se recaben los datos personales obrantes en otras Administraciones necesarias para la ramitación de la
presente solicitud.
ILMO. SR. CORONEL JEFE DEL SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL DE LA GUARDIA CIVIL-MADRID
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Núm. 38 Martes 14 de septiembre de 2021 Sección V Pág. 12199
Anexo V
IMPRESO DE RENUNCIA
DATOS DE CONTACTO
Domicilio particular: Cod. Postal: Localidad
Provincia: Destino:
ILMO. SR. CORONEL JEFE DEL SERVICIO DE ACCIÓN SOCIAL DE LA GUARDIA CIVIL-MADRID
BOLETÍN OFICIAL DE LA GUARDIA CIVIL
Núm. 38 Martes 14 de septiembre de 2021 Sección V Pág. 12200
Anexo VI
Residencia adjudicada:
Datos de contacto:
Teléfono Email
Acompañantes:
(1).- CDV (Certificado Digital Verde). Indicar “SÍ” o “NO” se está en posesión de este documento.
DECLARA RESPONSABLEMENTE:
Que el adjudicatario y las personas que le acompañan (cuando estén obligados a ello) están en
posesión del Certificado Digital Verde en el que conste alguno de los siguientes actos:
- Tener una prueba con resultado negativo obtenido durante las 72 horas antes de la firma del
presente documento, en las condiciones exigidas por las autoridades sanitarias.
De no estar en posesión del citado CDV, DECLARA RESPONSABLEMENTE que, durante los 10
días previos a la presentación de la presente declaración, ni él/ella ni las personas que le
acompañan han sufrido sintomatología compatible con la COVID-19 (tos, fiebre, pérdida de olfato,
cansancio o falta de aire) ni han estado en contacto con nadie con dicha sintomatología.
Igualmente, cuando abandone la Residencia, se compromete a informar al encargado de la
misma si él/ella o alguno de los acompañantes sufre algún tipo de sintomatología compatible con
la COVID-19, al único fin de realizar una desinfección correctiva del apartamento.
Anexo VII
Puede obtener más información sobre dicho Tratamiento, política de privacidad y ejercicio de
derechos, a través del siguiente link:
http://www.guardiacivil.es/es/servicios/atencionciudadano_1/proteccion_datos/index.html
Con la firma del presente documento, da su consentimiento para que sus datos personales
sean tratados de acuerdo con la información que se le facilita en él. Igualmente, da su
autorización expresa para el tratamiento de sus datos de salud reflejados en el Anexo VI.
En el caso de que no nos preste su consentimiento, le informamos de que no podremos
incluir sus datos en nuestro Tratamiento y, por lo tanto, no podrá hacer uso de la residencia
adjudicada.
Manifiesto mi consentimiento expreso a que, por parte del Servicio de Acción Social, se
recaben los datos personales obrantes en otras Administraciones necesarias para la
comprobación de los datos y cumplimiento de los requisitos para el uso de las Residencias de
la Guardia Civil objeto de esta Resolución.
Anexo VIII
Directorio
ADRA (Almería)
BAEZA (Jaén)
Jaén j-cmd-jaen-accionsocial@guardiacivil.org
CAZORLA (Jaén)