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Educaciòn Ambiental

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Educación ambiental

• La Educación Ambiental es un proceso que dura toda la vida y


que tiene como objetivo impartir conciencia ambiental,
conocimiento ecológico, actitudes y valores hacia el medio
ambiente para tomar un compromiso de acciones y
responsabilidades que tengan por fin el uso racional de los
recursos y poder lograr así un desarrollo adecuado y sostenible.
Objetivos de la Educación
Ambiental
• Toma de conciencia: concienciar a la gente de los problemas
relacionados con el medio.
• Conocimientos: ayudar a interesarse por el medio.
• Actitudes: adquirir interés por el medio ambiente y voluntad para
conservarlo.
• Aptitudes: ayudar a adquirir aptitudes para resolver el problema.
• Capacidad de evaluación: evaluar los programas de Educación
Ambiental.
• Participación: desarrollar el sentido de la responsabilidad para
adoptar medidas adecuadas.
MEDIO AMBIENTE
Es un sistema en el cual
interactúan varios elementos
importantes de la naturaleza,
como los factores abióticos
(agua, suelo, aire) y los bióticos
(seres vivos: plantas y animales ),
entre los cuales se encuentra el
hombre y su cultura, la cual es un
bien intangible(Que no se puede
tocar).
Historia del medio ambiente en Colombia
• INDERENA: El Instituto Nacional de los Recursos Naturales
Renovables y del Ambiente, conocido como INDERENA, fue una
agencia ambiental del gobierno colombiano creada por el
decreto 2420 de 1968.
• Fundación:22 de septiembre de 1968
• Disolución:22 de diciembre de 1993
¿Qué es normatividad o normativa ambiental?

Comprende aquellas normas cuyo objetivo es asegurar la


protección del medio ambiente, la preservación de la naturaleza
y la conservación del patrimonio ambiental, e imponen una
obligación o exigencia cuyo cumplimiento debe ser acreditado
por el titular del proyecto o actividad durante el proceso de
evaluación.
NORMATIVIDAD AMBIENTAL EN COLOMBIA
Decreto Ley 2811 de 1974
Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.
LEY 9 DE 1979
Por la cual se dictan Medidas Sanitarias.

CONSTITUCIÓN POLITICA DE 1991.

Artículo 79. Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará
la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado
proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las de especial importancia ecológica y
fomentar la educación para el logro de estos fines.

Artículo 80. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales, para
garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución. Además, deberá
prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la
reparación de los daños causados. Así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de
los ecosistemas situados en las zonas fronterizas.
Artículo 81. Queda prohibida la fabricación, importación, posesión y uso de
armas químicas, biológicas y nucleares, así como la introducción al territorio
nacional de residuos nucleares y desechos tóxicos.
El Estado regulará el ingreso al país y la salida de él de los recursos
genéticos, y su utilización, de acuerdo con el interés nacional.

Ley 99 de 1993 o Ley Ambiental: Por la cual se crea el Ministerio del Medio
Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y
conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se
organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA- y se dictan otras
disposiciones.
Ecosistema
Conjunto de especies
de un área
determinada que
interactúan entre
ellas y con su
ambiente abiótico.
RECURSO NATURAL
Los recursos naturales son aquellos
bienes materiales y servicios que
proporciona la naturaleza sin
alteración por parte del ser humano;
y que son valiosos para las
sociedades humanas por contribuir a
su bienestar y desarrollo de manera
directa (materias primas, minerales,
alimentos) o indirecta en forma de
servicios ecológicos (ciclos
biológicos, oxigeno, paisaje).
RECURSOS RENOVABLES
Es un recurso natural que se
puede restaurar por procesos
naturales a una velocidad
superior a la del consumo por
los seres humanos.
Ejemplo: La radiación solar,
las mareas, el viento
(movimiento del aire), el
agua, fauna, flora, el suelo,
aire .
RECURSOS NO RENOVABLES
Es considerado como un recurso natural el
cual no puede ser producido, cultivado,
regenerado o reutilizado a una escala tal
que pueda sostener su tasa de consumo.
Estos recursos frecuentemente existen en
cantidades fijas o son consumidos mucho
más rápido de lo que la naturaleza puede
recrearlos.
Ejemplo: El petróleo, los minerales, los
metales, el gas natural y los depósitos
de agua subterránea, (siempre que
sean acuíferos confinados sin recarga).
FAUNA
Fauna es el conjunto de especies
animales que comprende una región o
país.
La fauna se divide en: fauna
silvestre se caracteriza por animales
que no necesitan del ser humano para
alimentarse y desenvolverse en el
medio en el que se encuentra.
Fauna doméstica, tal como lo indica
su nombre están sometidas al hombre
y, necesitan de él para comer,
sobrevivir y desarrollarse en su
hábitat.
FLORA
Es el conjunto de especies
vegetales que existen en una
determinada área o son
características de un
determinado periodo geológico.
Flora silvestre: es el conjunto
de especies e individuos
vegetales del territorio Nacional
que no se han plantado o
mejorado por el hombre.
DESARROLLO SOSTENIBLE
La sostenibilidad es el
desarrollo que satisface las
necesidades del presente sin
comprometer la capacidad de
las futuras generaciones,
garantizando el equilibrio entre
el crecimiento económico, el
cuidado del medio ambiente y el
bienestar social.
¿Qué es efecto invernadero?
Se denomina efecto invernadero al fenómeno por el cual
determinados gases, que son componentes de la atmósfera
planetaria, retienen parte de la energía que el suelo emite
por haber sido calentado por la radiación solar.
Este fenómeno evita que la energía solar recibida
constantemente por la Tierra vuelva inmediatamente al
espacio, produciendo a escala mundial un efecto similar al
observado en un invernadero.
GASES DE EFECTO INVERNADERO
CAMBIO CLIMÁTICO
El cambio climático es la
alteración del clima y las
temperaturas de la Tierra
que afecta a los
ecosistemas y origina
cambios que directa o
indirectamente son
producidos por la
actividad humana.
CALENTAMIENTO GLOBAL
El calentamiento global se
constituye por la absorción de la
energía solar por parte de la
tierra. La tierra al calentarse
desprende calor a la atmósfera
en forma de rayos infrarrojos.
Sin embargo, parte de este calor
vuelve a ser remitido a la
superficie terrestre y la
consecuencia es el
recalentamiento de la misma.
IMPACTO AMBIENTAL
Cualquier alteración en el
medio ambiental biótico,
abiótico y socioeconómico,
que sea adverso o
beneficioso, total o parcial,
que pueda ser atribuido al
desarrollo de un proyecto,
obra o actividad.
EJEMPLO IMPACTOS AMBIENTALES
IMPACTOS AMBIENTALES IMPACTOS AMBIENTALES
NEGATIVOS POSITIVOS
1. Afectación a la flora y fauna 1.Conservación de la flora y fauna
2. Afectación a la salud humana 2.Concientización ambiental
3. Agotamiento de los recursos naturales 3. Obtención de materias primas
4. Pérdida de biodiversidad 4. Reducción de afectación al
5. Sobrepresión al relleno sanitario ambiente
6. Alteración de suelos 5. Aumento de la actividad
7. Alteración de ecosistemas económica
8.Cambio en los usos del suelo 6. Reducción de consumo de
9. Contaminación del recurso agua energía
10.Contaminación del recurso aire
11. Erosión
AUTORIDADES AMBIENTALES EN
COLOMBIA
Ministerio de ambiente y desarrollo sostenible: El Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible es el rector de la gestión del
ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de
orientar y regular el ordenamiento ambiental del territorio.
Unidad administrativa especial del sistema de parques
naturales nacionales (autoridad a nivel nacional)
Encargada de la administración y
manejo del Sistema de Parques
Nacionales Naturales y la coordinación
del Sistema Nacional de Áreas
Protegidas. Con respecto al recurso
hídrico, esta autoridad se ocupa de
otorgar concesiones de los recursos
hídricos presentes en los Parques
Nacionales Naturales y las Áreas
protegidas, así como de su
administración, control y conservación.
En la actualidad el Sistema de
Parques Nacionales Naturales de
Colombia está conformado por 58
áreas protegidas, 42 de ellas son
Parques Nacionales Naturales, 12 han
sido designados Santuarios de Fauna
y Flora, 2 Reservas Nacionales
Naturales, 1 Vía Parque y 1 Área
Natural Única.
Parque Nacional Natural Amacayacu
Parque Nacional Natural Pisba (Boyacá)
Parque Nacional Natural Las Orquídeas
Parque Nacional Natural Los Nevados
Santuario de Fauna y Flora Los Flamencos
Parque Nacional Natural Sierra Nevada de
Santa Marta
Parque Nacional Natural Tayrona
Parque Nacional Natural Sumapaz(Cundinamarca)
Parque Nacional Natural Sierra de la
Macarena
Parque Nacional Natural Gorgona (Cauca)
Parque nacional natural Sierra de Chiribiquete
Área natural única Los Estoraques
Parque Nacional Natural Chingaza
(Cundinamarca)
Corporaciones Autónomas
Regionales y Desarrollo Sostenible
Son entes corporativos de carácter público, integrados por
las entidades territoriales, encargados por ley de
administrar dentro del área de su jurisdicción el medio
ambiente y los recursos naturales renovables, y propender
por el desarrollo sostenible del país.
Autoridad nacional de licencias
ambientales (ANLA)
Es una Unidad Administrativa
Especial, creada mediante el Decreto
3573 del 2011, de orden nacional
encargada de que los proyectos,
obras o actividades sujetos de
licenciamiento, permiso o trámite
ambiental cumplan con la normativa,
de tal manera que contribuyan al
desarrollo sostenible.
LICENCIA AMBIENTAL
Es la autorización que otorga la autoridad ambiental
competente para la ejecución de un proyecto, obra o
actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos, pueda
producir deterioro grave a los recursos naturales renovables/o al
medio ambiente, o introducir modificaciones considerables o
notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al
cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y
obligaciones que la misma establezca en relación con la
prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de
los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada.

La licencia ambiental llevará implícitos todos los permisos,


autorizaciones y/o concesiones para el uso, aprovechamiento y/o
afectación de los recursos naturales renovables. que sean
necesarios por el tiempo de vida útil del proyecto, obra o
actividad.
Autoridades ambientales Urbanas

Los municipios, distritos o áreas metropolitanas con


población urbana igual o superior a un millón de
habitantes.
• SDA-Secretaria distrital de ambiente-Bogotá
• AMVA- Área Metropolitana del Valle de Aburra-
Medellín
• DAGMA-Departamento Administrativo de Gestión
del Medio Ambiente-Cali
Las autoridades ambientales creadas
mediante la Ley 768 de 2002.
Los distritos especiales que cuenten con una población mayor de
seiscientos mil (600.000) habitantes, estarán divididos en máximo
3 localidades, definidas como divisiones administrativas con
homogeneidad relativa desde el punto de vista geográfico,
cultural, social y económico.
• DAMAB-Departamento técnico Administrativo del Medio
Ambiente de Barranquilla
• DADMA-Departamento Administrativo Distrital del Medio
Ambiente de Santa Marta
• EPA-Establecimiento Publico Ambiental-Cartagena
Policía Nacional
(Autoridad a nivel nacional,
mediante el cuerpo especial
ambiental); prestan apoyo a las
autoridades ambientales, a los
entes territoriales y a la
comunidad en la defensa y
protección del medio ambiente y
los recursos naturales
renovables y en las funciones y
acciones de control y vigilancia
previstas por la ley.

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