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Contrato 013 Elaboracion de Ficha Tecnica Ccomercializacion Agropecuaria

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CONTRATO DE SERVICIOS N° 013-2023-UA/MDP-C.

CONTRATACIÓN DE SERVICIO DE UN CONSULTOR PARA ELABORACIÓN DE


FICHA TÉCNICA

Conste por el presente documento, LA CONTRATACIÓ N DE SERVICIO DE UN CONSULTOR PARA LA


ELABORACIÓ N DE FICHA TÉ CNICA DE INVERSION DENOMINADO “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION
DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO PRODUCTIVO EN LA COMERCIALIZACION
AGROPECUARIA EN EL DISTRITO DE PITUMARCA DE LA PROVINCIA DE CANCHIS DEL
DEPARTAMENTO DE CUSCO”, que celebra de una parte:
A. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PITUMARCA, en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº
20159345573, con domicilio legal en la Plaza de Armas S/N° del Distrito de Pitumarca,
Provincia de Canchis, de la Regió n del Cusco, debidamente representado por el Sr. ALCALDE
ALEX HUAMÁN HANCCO, identificado con DNI Nº 40928678, quien para la suscripció n del
presente contrato delego facultades administrativas al Gerente Municipal, Abg. YAQUELINE
VALENCIA HOLGADO, identificado con DNI. Nº 44453075, quien tiene atribuciones en merito
a la RESOLUCIÓ N DE ALCALDÍA Nº 001-2023-A-MDP/C, y a quien en delante se denominará
“LA ENTIDAD” y de la otra parte:
B. TPED CONTRATISTA GENERALES E.I.R.L, con RUC 20601042593, con domicilio Avp. Los Inkas Jr.
Andenccahuarina Ñ -7, del Departamento de Cusco, inscrita en la partida electró nica N° 11173487,
Asiento N° A00001 de Registro de personas jurídicas de la Oficina registro de CUSCO, debidamente
Representado por su Gerente MENDOZA FERNANDEZ, CLORINDA ANGELA identificado con DNI N°
72378473 a quien en adelante se le denominara “EL CONTRATISTA”, Quienes suscriben el presente
contrato en los términos y condiciones que se detallan en las clausulas siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL


Constitució n Política del Perú .
Có digo Civil Vigente.
Ley N° 27972, Ley Orgá nica de Municipalidades
Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Añ o Fiscal 2023.
Ley N° 30225 Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento aplicado de manera supletoria en lo
que corresponda.

CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES


LA ENTIDAD, Es ó rgano de gobierno local, con personería de derecho pú blico y como tal posee
autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el
art. 194ª de la Constitució n Política del Estado, modificada por la ley Nª 30305 de la Reforma
Constitucional. Así mismo, tiene dentro de sus objetivos la prestació n de sus servicios dentro de su
jurisdicció n de acuerdo a la competencia y facultades que le confiere la Ley Orgá nica de
Municipalidades Nª 27972, en vigencia.

EL CONTRATISTA, se encuentra apto para prestar el servicio requerido por la ENTIDAD, declarando
no tener impedimentos algunos para contratar con la Municipalidad Distrital de Pitumarca.

CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO


El presente contrato tiene por objetivo la CONTRATACIÓ N DE SERVICIO DE UN CONSULTOR PARA LA
ELABORACIÓ N DE FICHA TÉ CNICA, segú n el siguiente cuadro:
ITEM DESCRIPCION DEL SERVICIO
01 Contratar una persona natural o jurídica para la elaboració n de Ficha Té cnica para la actividad
“MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO
PRODUCTIVO EN LA COMERCIALIZACION AGROPECUARIA EN EL DISTRITO DE
PITUMARCA DE LA PROVINCIA DE CANCHIS DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO”
El Estudio debe considerar la recolecció n de informació n, los trabajos de campo y los trabajos de
gabinete, cuya cantidad y alcance será determinado en base a la envergadura del proyecto. EL
CONSULTOR deberá desarrollar las siguientes actividades segú n términos de referencia:
 Coordinar con la Unidad Formuladora de la Municipalidad Distrital de
Pitumarca.
 Realizar visitas al campo a la zona de intervenció n, con la finalidad de recoger
informació n primaria que considere conveniente para elaborar el estudio de
pre inversió n, ademá s recopilar informació n secundaria.
 Realizar encuestas u otros métodos de muestreo o estimació n para su
utilizació n en el estudio de demanda y oferta; Determinar la magnitud del
proyecto y demá s contenidos que sean necesarios para la elaboració n del
estudio de inversió n a nivel de ficha técnica simplificada.
 Tomar en consideració n las normas técnicas y legales vigentes para el
desarrollo y ejecució n del proyecto en sus diferentes etapas.
 Plantear las alternativas de solució n del proyecto si así lo ameritase, caso
contrario justifique técnicamente la alternativa ú nica.
 Elaborar el presupuesto de las alternativas identificadas colocando en anexos,
los aná lisis de costos unitarios, costos por partidas de gasto, costos por
insumos y los metrados respectivos. (CD formatos originales) y también
dichos anexos deberá n estar en formato digital y medio físico.
 El consultor deberá tramitar el compromiso de operació n y mantenimiento,
así como los arreglos institucionales, actas que garanticen la operació n y
mantenimiento, así mismo que sustente la sostenibilidad del proyecto.
 Entrega del estudio, en un principio en un solo documento tanto físico como
digital, para su revisió n.
 Levantar, Subsanar las observaciones que pudieran elaborar los miembros de
la UF y otros, hasta lograr la aprobació n y/o viabilidad, del estudio de
Inversió n, bajo el contexto del Sistema Nacional de Programació n Multianual
y Gestió n de Inversiones.
 Cada uno de los profesionales que integren la propuesta técnica del consultor
deberá n suscribir y sellar las pá ginas del estudio segú n su especialidad.
 Elaboració n y entrega final del estudio de inversió n a nivel de ficha técnica
CLÁUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DE PARTES
EL CONTRATISTA, para la prestació n del servicio señ alado en la clá usula tercera queda obligado a lo
siguiente:
a) DE CONTRATISTA
 Cumplir estrictamente los términos contractuales del presente acto jurídico.
 Asumir responsabilidades técnicas total por los servicios profesionales.
 El incumplimiento por parte del CONTRATISTA, conllevara a la aplicació n de las
penalidades señ aladas en el contrato presente contrato.
b) DE LA ENTIDAD
 Cumplir estrictamente con la contraprestació n econó mica en la forma y modalidad
citadas en el presente contrato.
 LA ENTIDAD se obliga a pagar en calidad de contraprestació n por el servicio prestado
a EL CONTRATISTA en Soles, al cumplimiento del servicio, para tal efecto, el
comprobante de pago deberá estar debidamente autorizado por la SUNAT, donde se
expresa en moneda nacional, debiendo emitirse a nombre de LA ENTIDAD, con RUC Nª
20159345573.

CLÁUSULA QUINTA: PLAZO DE ENTREGA, FORMA Y TIEMPO DE LA PRESTACION DE SERVICIOS.


Las partes convienen fijar un plazo de duració n determinada para el presente contrato, el cual será de
LA SIGUIENTE MANERA:
Plazo de ejecució n del presente contrato es de (veinte y Cinco) 25 días calendarios, contabilizados
desde el día siguiente de la suscripción del contrato.

CLÁUSULA SEXTA: MONTO CONTRACTUAL.


El monto total del presente contrato asciende a la suma S/. 17,000.00 (DIECISIETE MIL CON 00/100
SOLES), incluye todo concepto que tenga que ver en la prestació n del servicio, así como todo aquello
que sea necesario para la correcta ejecució n de la prestació n materia del presente contrato.

U/
ÍTEM CONCEPTO P/TOTAL S/.
MEDIDA
Contratar una persona natural o jurídica
para la elaboració n de Ficha Técnica para la
01 SERVICIO actividad “MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS
SERVICIOS DE APOYO AL DESARROLLO PRODUCTIVO S/. 17,000.00
EN LA COMERCIALIZACION AGROPECUARIA EN EL
DISTRITO DE PITUMARCA DE LA PROVINCIA DE
CANCHIS DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO”
TOTAL S/.17,000.00

AFECTACIÓN PRESUPUESTAL:
FTE. FTO. 018 CANON Y SOBRECANON, REGALÍAS, RENTA DE ADUANAS Y
PARTICIONES (CSC)
SEC. FUN. 0037 ELABORACION DE ESTUDIOS, PROYECTOS Y LIQUIDACION DE
OBRAS

CLÁUSULA SÉPTIMA: CONFORMIDAD Y FORMA DE PAGO


La forma de pago se realizará de la siguiente manera:
 100% a la aprobació n con acto resolutivo por la entidad y remita el Informe de Conformidad
del Estudio Definitivo y de la Recepció n de todos los (03) ejemplares completos por el á rea
usuaria indicados en el acápite “Obligaciones del Consultor”, a la Gerencia Municipal de la
Municipalidad Distrital de Pitumarca, a fin de que proceda a la cancelació n de los servicios
correspondientes.

El Consultor emitirá Factura o Recibos por Honorarios por el Costo Total del servicio desagregado en
los rubros de IGV y/o Retenció n de Cuarta categoría del Total Neto Recibido. La cancelació n se hará en
moneda nacional.

CLÁUSULA OCTAVA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO


El presente contrato está conformado por:
 Requerimiento de servicios N° 039-0005
 Solicitud de Cotizació n N° 0019
 Cuadro Comparativo N° 0022
 Certificació n de crédito presupuestario nota N° 000109
 Términos de referencia, documentos que establecen obligaciones para las partes.

CLÁUSULA NOVENA: SOBRE LAS OBLIGACIONES


El CONTRATISTA, durante el tiempo de ejecució n de servicio debe cumplir con lo siguiente:

9.1. ALCANCES Y DEL SERVICIO


9.1.1. Objetivo Central
El objetivo central es para el proyecto
“MEJORAMIENTO Y AMPLIACION DE LOS SERVICIOS DE APOYO AL
DESARROLLO PRODUCTIVO EN LA COMERCIALIZACION AGROPECUARIA EN EL DISTRITO DE PITUMARCA DE LA
PROVINCIA DE CANCHIS DEL DEPARTAMENTO DE CUSCO”, con el objetivo de revaloració n, promoció n,
practica fomento etc. y preservar la cultura e interculturalidad impulsa el presente proyecto.
9.1.2. Descripción del Servicio
El Estudio debe considerar la recolecció n de informació n, los trabajos de campo y los trabajos de
gabinete, cuya cantidad y alcance será determinado en base a la envergadura del proyecto. EL
CONSULTOR deberá desarrollar las siguientes actividades:
• Recopilació n y revisió n de informació n existente.
• Inspecció n del á rea de estudio.
• Levantamiento Topográ fico.
• Elaboració n de Planos y detalles.
• Elaboració n de ficha técnica

9.1.3. Contenido Mínimo de ficha técnica


La ficha técnica deberá contener mínimamente los siguientes ítems:

CONTENIDO DEL ESTUDIO.

01) Caratula.
02) Índice.

DATOS TÉ CNICOS
03) Formato 07 – A (debidamente llenado).

04) Formato Ficha Técnica (debidamente llenado y con firmas originales).


05) Resumen Ejecutivo de la inversió n. (con firmas originales de todos los
profesionales)
(El resumen ejecutivo se desarrollará de acuerdo al APÉ NDICE orientaciones
para la elaboració n del Resumen Ejecutivo del ANEXO Nº 07 CONTENIDO
MÍNIMO DEL ESTUDIO DE PREINVERSIÓ N A NIVEL DE PERFIL PARA
PROYECTOS DE INVERSIÓ N).

06) Anexos.
 ANEXO N° 01: SUSTENTO DE LA FICHA TÉ CNICA. (con las firmas originales
de los profesionales)
2.- Identificació n.

2.1. Diagnó stico:


2.1.1. La població n afectada
2.1.2. El territorio
2.1.3. La Unidad Productora de bienes y/o servicios (UP)
2.1.4. Otros agentes involucrados
2.2. Definició n del problema central, sus causas y efectos
2.3. Planteamiento del proyecto
2.3.1 Objetivo del proyecto
2.3.2 Planteamiento de alternativas de solució n
3. FORMULACIÓ N.
3.1. Definició n del horizonte de evaluació n del proyecto
3.2. Aná lisis del mercado del servicio
3.2.1 Aná lisis de la demanda del servicio:
3.2.1. Determinació n de la brecha oferta - demanda:

3.3. Aná lisis técnico


3.3.1. Aspectos técnicos
3.3.2. Diseñ o preliminar
3.3.3. Metas físicas
3.4. Gestió n del Proyecto
3.4.1 Gestió n en la fase de ejecució n
3.4.2 Gestió n en la fase de funcionamiento:
3.5 Costos del proyecto a precios de mercado:
3.5.1 Estimació n de los costos de inversió n
3.5.2 Estimació n de los Costos de inversió n en
la fase de Funcionamiento
3.5.3 Estimació n de los costos de Operació n y Mantenimiento
incrementales
4. Evaluació n.
4.1. Evaluació n Social

9.2. OBLIGACIONES DE LA ENTIDAD Y DEL PROYECTISTA


9.2.1. De la Municipalidad Distrital de Pitumarca:
 A través de la Unidad Formuladora, entregará al Consultor Informació n preliminar del
Proyecto, si lo hubiera.
 La Unidad Formuladora, deberá evaluar, revisar la ficha técnica Definitivo presentado por el
Consultor, de acuerdo a las condiciones y plazos que se establecen en los presentes Términos
de Referencia.

9.2.2. Del Consultor:


 Prestar todas las facilidades para desarrollar su funció n y cuando lo solicite la Municipalidad
Distrital de Pitumarca. dará informació n sobre el avance de la ejecució n de los estudios.
Asimismo, deberá permitir que el Personal designado por la Municipalidad Distrital de
Pitumarca, realice la supervisió n de la ejecució n y del avance de los mismos.
 Entregar informació n preliminar al término de los trabajos de campo y/o en cualquier etapa de
los estudios, cuando la Municipalidad Distrital de Pitumarca. lo solicite.
 Cumplir con el plazo de ejecució n establecido en el Contrato. Levantar las observaciones que se
planteen la ficha técnica, dentro del plazo de 02 días ú tiles, establecidos en los presentes
Términos de Referencia. Presentar la ficha técnica Definitivo en 03 (tres) ejemplares con
firmas originales acompañ ado de un CD conteniendo el 100% digitalizado de la versió n
completa la ficha técnica (incluidos planos, fotografías, anexos, etc.), para lo cual utilizará los
siguientes programas: MS Word, MS Excel, S10, MS Project, AutoCAD, Autodesk land.
 Presentar la ficha técnica Definitivo en volú menes espira lados, debiendo utilizar papel
fotostá tico tamañ o A4 para la memoria y papel blanco para plotter o cansó n de 80 grs. para los
planos.
 La declaratoria de conformidad la ficha técnica Definitivo, no exime al Consultor de la
responsabilidad técnica y/o administrativa por las probables faltas ocultas no declaradas y/o
que por su dificultad no hayan podido ser detectadas y observadas a tiempo por los
responsables de la revisió n del mismo. El Consultor es responsable del contenido de la ficha
técnica Definitivo y de los Estudios realizados.
 Absolver consultas u observaciones sobre la ficha técnica Definitivo durante la etapa de
ejecució n de la obra, dentro de los términos que establecen las normas, cuando lo solicite la
Municipalidad Distrital de Pitumarca.
9.3. DE LA REVISIÓN Y APROBACIÓN DE LA FICHA TÉCNICA
La Evaluació n del Estudio de Preinversió n estará a cargo por la Oficina de Unidad Formuladora de
la Municipalidad Distrital de Pitumarca, quien emitirá la DECLARACIÓ N DE LA VIABILIDAD y
posteriormente emitirá la CONFORMIDAD DEL SERVICIO.
La Unidad Formuladora decepcionará el Estudio Definitivo, disponiendo que el Inspector del
Estudio proceda a su evaluació n dentro de un plazo má ximo de dos (02) días ú tiles, luego de los
cuales si no existieran observaciones emitirá su Informe de Conformidad.
Si de la evaluació n del Estudio Definitivo resultaran observaciones, se solicitará al Consultor el
levantamiento de las mismas en un plazo má ximo de dos (02) días ú tiles. El Informe de
Conformidad se emitirá una vez que se ha aceptado que las observaciones han sido levantadas a
cabalidad.
Concluido el Estudio Definitivo, materia del Contrato, el Inspector presentará su Informe de
Conformidad, para su trá mite de aprobació n final.

9.4. REQUERIMIENTOS TECNICOS MINIMOS DEL PROYECTO


9.4.1. Recursos Humanos
El CONSULTOR proporcionará el siguiente personal mínimo y no limitativo:

PERSONAL
CLAVE
EXPERIENCI
CARGO PROFESIÓN CAPACITACIÓN EXPERIENCIA A
ESPECIFIC
A

Curso o Taller en Experiencia profesional mínima de Haber elaborado


Proyectos de Inversión (24) meses como consultor o por lo mínimo un
Ing. Pública y/o Formulación coordinador o jefe de proyecto o (01) Estudios de
Jefe de Agrónomo especialista en formulación o Pre Inversión o la
y/o Evaluación de
Proyecto y/o afines, Proyectos de Inversión formulador o especialista en elaboración de 02
Colegiado y Pública, en el marco del evaluación o evaluador de estudios expedientes técnicos
Habilitado SNIP y/o INVIERTE PE. de pre inversión o fichas técnicas de proyectos
iguales o similares al objeto de la productivos.
convocatoria.

Experiencia profesional mínima de


Curso o Taller en (24) meses como consultor o Haber elaborado por
Proyectos de Inversión coordinador o jefe de proyecto o lo mínimo un (01)
Evaluador y Pública y/o Formulación especialista en formulación o Estudios de Pre
Formulador de Economista, y/o Evaluación de formulador o especialista en Inversión o la
Proyectos de Colegiado y Proyectos de Inversión evaluación o evaluador de estudios elaboración de 02
Inversión Habilitado. Pública, en el marco del de pre inversión o fichas técnicas expedientes técnicos
SNIP y/o INVIERTE PE. iguales o similares al objeto de la de proyectos
convocatoria. productivos.

9.4.2. Recursos Físicos


El CONSULTOR presentará la relació n de los siguientes recursos que utilizará en el Servicio:
 Equipos de Có mputo.
 Movilidad.
 Otros complementarios.
Ademá s, el CONSULTOR se movilizará a lugar de desarrollo de los trabajos por sus propios
medios, costo que está incluido en el Precio Referencial para el Estudio.
9.4.3. Recursos que proporcionara la Entidad
EL CONSULTOR tendrá acceso a los documentos no reproducibles relacionados al servicio.

CLÁUSULA DECIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA


El contratista, se obliga a cumplir con el plazo establecido en el presente contrato, así mismo queda
expresamente establecido que ninguna penalidad es excluyente, quedando a criterio de la
Municipalidad aplicarlas simultá neamente en forma acumulativa.

El contratista declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del
presente contrato, bajo sanció n de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de
incumplimiento.

CLÁUSULA UN DECIMA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO


El contrato, podrá ser resuelto de pleno derecho por la Municipalidad, cuando se presente una de las
siguientes causales:
a) El incumplimiento por parte del CONTRATISTA de alguna de las clausulas establecida en el
presente contrato.
b) Por los dañ os materiales y/o econó micos causados en perjuicio de LA ENTIDAD por el
deficiente servicio de EL CONTRATISTA
c) Por acuerdo mutuo de los contratantes
d) Por limitaciones de disponibilidad presupuestal
La resolució n del contrato por parte de la MUNICIPALIDAD podrá ser en forma total o parcial mediante
la remisió n por la vía notarial de acuerdo o resolució n en la que se manifiesta esta decisió n y el motivo
que la justicia. Igual derecho le asiste a EL CONTRATISTA, ante el incumplimiento por parte de LA
MUNICIPALIDAD de sus esenciales obligaciones, siempre que haya empezado mediante carta notarial y
este no hubiera subsanado su incumplimiento.

CLÁUSULA DUO DÉCIMA: IMPEDIMENTO


EL CONTRATISTA, no podrá delegar a terceros el servicio materia del presente contrato, puesto que
son condiciones profesionales y personales las que han motivado que la MUNICIPALIDAD contrate los
servicios del CONTRATISTA, por lo que se obliga a cumplir responsablemente bajo pena resolvente, lo
cual se materializara con la simple comunicació n que le haga LA MUNICIPALIDAD mediante carta
notarial, sin perjuicio de asumir las responsabilidades penales y civiles que acarree su negligencia y
doloso servicio, para tal efecto las partes de someterá n a las autoridades judiciales y/o administrativas
del distrito de Pitumarca.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS Y COMPETENCIA JUDICIALES


a) Cualquier discrepancia que pueda suscitarse entre las partes, se solucionara en lo posible de
acuerdo principios del buen a fe y el trato directo.
b) En caso de no solucionarse por el trato directo, las partes convienen renunciar a la jurisdicció n
de sus domicilios, y declaran voluntariamente someterse a la competencia de los jueces y
tribunales de Provincia Canchis.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: PENALIDADES

Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecució n de las prestaciones objeto del


contrato, LA ENTIDAD le aplica automá ticamente una penalidad por mora por cada día de atraso, de
acuerdo a la siguiente fó rmula:

0.10 x Monto
Penalidad Diaria =
F x Plazo en días

Esta penalidad por mora puede alcanzar un monto má ximo equivalente al diez por ciento (10%) del
monto del contrato vigente. Cuando se llegue a cubrir el monto má ximo de la penalidad por mora, LA
ENTIDAD puede resolver de pleno derecho el contrato por la causal de incumplimiento.
CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: COMPETENCIA JURIDICCIONAL
En el caso surja discrepancia entre las partes respecto a la aplicació n del presente contrato, ambas
partes se someten de modo expreso a la competencia y jurisdicció n de los jueces y tribunales de la
Provincia de Canchis.

CLÁUSULA DECIMO SEXTA: VERACIDAD DE DOMICILIO


Las partes señ alan como domicilio Legal y real, las direcciones que figuran en la introducció n del
presente contrato, lugar donde se les cursaran vá lidamente las notificaciones de Ley. Los cambios
domiciliarios que pudieran ocurrir será n comunicados por escrito al domicilio de la otra parte con
cinco (5) días de anticipació n. Declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se
realicen durante la ejecució n del presente contrato:

CLÁUSULA DECIMO SÉPTIMA: CONFORMIDAD DE LAS PARTES


Las partes declaran que en la elaboració n del presente acto jurídico no ha mediado ningú n vicio de
voluntad que pueda causar su nulidad o anulabilidad y estando de acuerdo con el contenido y
estipulaciones del presente contrato las partes lo firma por triplicado en señ al de conformidad en el
distrito de Pitumarca a los DIECIOCHO (18) DIAS DEL MES DE ENERO DEL 2023.

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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