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Proceso Administrativo de Ejecución
Proceso Administrativo de Ejecución
Proceso Administrativo de Ejecución
FACULTAD DE CONTADURÍA
DERECHO FISCAL
INVESTIGACIÓN
PRESENTA:
OSCAR ELIHÚ ZÚÑIGA CARRANZA
INSTRUCTOR DE LA MATERIA:
LIC. WILLIAM ROLLA NEGRETE CARDENAS
• Si la persona con quien se entiende la diligencia no señala bienes, o los que señaló
son insuficientes, o son bienes que se encuentran ubicados fuera de la
circunscripción territorial de la oficina ejecutora, o los bienes ya reportan algún
gravamen o embargo anterior, o se trata de bienes de fácil descomposición,
deterioro o inflamables, la autoridad ejecutora señalará los bienes sin seguir el orden
antes señalado.
• La autoridad fiscal designará depositario de los bienes embargados, que puede ser
incluso el propio contribuyente, no obstante ello, la autoridad fiscal dentro del
término y de conformidad con las disposiciones legales ordenará la remoción de
depositario.
• De todos los hechos que ocurran en la diligencia de requerimiento de pago y
embargo, la autoridad ejecutora levantará acta circunstanciada.
• Posteriormente, dentro del plazo que dispongan las leyes fiscales, se llevará a cabo
el avalúo de los bienes embargados.
• Luego, la autoridad fiscal publicará la convocatoria a remate, esto es, la publicación
del listado de bienes que se van a rematar, el valor inicial o base para su compra y
los requisitos para participar en la subasta.
• La autoridad fiscal competente dentro del término que dispongan las leyes fiscales
realizará el remate de los bienes embargados, es decir, pondrá a la venta mediante
subasta o fuera de subasta los bienes embargados al contribuyente.
• En el supuesto de que no hubiese personas interesadas en comprar los bienes en
remate o no hubiere ofertas que mejoren el valor inicial de la subasta o si las ofertas
fueren iguales al valor inicial de la subasta, entonces la autoridad fiscal podrá
adjudicarse los bienes embargados.
• El producto obtenido del remate, enajenación o adjudicación de los bienes al fisco
se aplicará a cubrir el crédito fiscal.
Referencias:
• Procedimiento Administrativo de Ejecución. (2022, 13 octubre). Justia. Recuperado
administrativo-de-ejecucion/
• ¿Qué es el PAE? (s. f.). Mis Abogados México. Recuperado 18 de octubre de 2022,
de https://misabogados.com.mx/blog/que-es-el-pae/