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Examen Etapa 5

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Nombre: ALEJANDRA CONTRERAS QUINTERO

Matrícula: 1733382
Grupo: 015/208

Elige y marca las respuestas correctas:

1.- Es el reconocimiento de las partes sobre hechos propios y relativos al


procedimiento.
a) confesión b) declaración de testigo c) declaración de terceros

2.- Es la declaración de terceros sobre hechos que les constan y relativos al


procedimiento.
a) confesión b) declaración de testigo c) declaración de terceros

3.- Se le llama así a los hechos que integran la materia del debate, regularmente
plasmados en el escrito de demanda y contestación.
a) acuerdos probatorios b) Litis c) resoluciones judiciales

4.- Es la consecuencia de no dar contestación a la demanda en un procedimiento


mercantil.
a) contestando en sentido afirmativo
b) preclusión del derecho para contestar
c) contestando en sentido negativo

5.- Se llama así a todo documento que se encuentra autorizado y firmado por
servidor público que tenga derecho a certificar y que lleve el sello respectivo.
a) autentico b) irrefutable c) testimonio

6.- Se llama así a la copia de una escritura pública expedida por el notario ante
quien se otorgó.
a) autentico b) irrefutable c) testimonio

7.- Es el reconocimiento de los hechos que constan en las posiciones, ante la


incomparecencia a absolverlas.
a) confesión extrajudicial b) confesión ficta c) confesión espontánea

8.- Es el documento que por su naturaleza no puede considerarse público.


a) documento relevante b) documento irrelevante c) documento privado

9.- Como inicia un juicio.


a) en la condusef b) por demanda c) por convenio

10.- Tiene lugar cuando se requieren conocimientos especiales sobre alguna


ciencia, arte, técnica u oficio.
a) pericial b) inspección judicial c) declaración de parte

11.- Es el reconocimiento donde se requiere que la autoridad de fe sobre


determinados hechos o actos apreciables mediante los sentidos.
a) inspección judicial b) acto de embargo c) visita domiciliaria

12.- Un solo testigo hace prueba plena, cuando:


a) todas las partes pasan por su dicho
b) el juez así lo determina
c) no existen más pruebas en el juicio

13.- Deben articularse en términos precisos, no han de ser insidiosas, no han de


contener más que un solo hecho y éste ha de ser propio del que declara.
a) las posiciones b) las preguntas c) las dos anteriores

14.- Es la consecuencia de la Ley a virtud de la cual se presumen probados ciertos


hechos.
a) presunción legal b) presunción humana c) las dos anteriores

15.- Es la consecuencia que el juez deduce de un hecho conocido para averiguar


la verdad de otro desconocido.
a) presunción legal b) presunción humana c) las dos anteriores

16. - Establece las etapas necesarias para cumplir con el debido proceso
judicial.
Alegatos, prueba y Sentencia

17.- Establece las etapas de un juicio ordinario mercantil


Fijación de litis, Periodo de Pruebas, Alegatos y Sentencia

18.- Establece las 3 características que debe cumplir un título de crédito.


Cierto, Liquido y Exigible

19.- Establece las 3 etapas fundamentales de una diligencia de emplazamiento en


un juicio ejecutivo mercantil

Requerimiento de pago, embargo de bienes y notificación de que esta siendo


sometido a un proceso judicial.

20.- Problemática sobre el presupuesto procesal de competencia por


territorio. En una controversia derivada de un contrato de adhesión (apertura de
crédito simple) celebrado por Banamex con una persona física en la Ciudad de
Monterrey, se pactó la siguiente cláusula:

“VIGESIMA QUINTA.- JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. Ambas partes manifiestan que


su voluntad está libre de vicios y para el caso de interpretación, ejecución y cumplimiento
del presente contrato, se someten expresamente a la legislación y tribunales competentes
de la Ciudad de México, renunciando expresamente a cualquier otro fuero que pudiere
corresponderles en razón de sus domicilios presentes o futuros. ”

En cumplimiento a dicha cláusula, el banco demandó en la Ciudad de México y el


juez admitió la demanda ordenando emplazar al demandado, vía exhorto, en la
Ciudad de Monterrey, donde tiene su domicilio (y así fue señalado en el contrato
de adhesión). El contrato de adhesión señala domicilio del banco en la Ciudad de
México. El domicilio para realizar los pagos fue señalado en la Ciudad de México
así como la posibilidad de pagar con depósito bancario y así era como pagaba el
demandado.

Al demandado le provoca un degaste económico que le impide realizar una


adecuada defensa en la ciudad de México, ya que actualmente está desempleado
y no tiene ningún vínculo o relación con persona alguna en aquélla ciudad que le
pueda ayudar, por ende, si tú fueras su defensor de oficio: ¿Qué defensa
(argumentos) entablarías para lograr que el juicio se desahogue en Monterrey?
Tu respuesta debe tener fundamento en las reglas que para ello establece el
Código de Comercio. *La problemática tiene solución con criterio jurisprudencial
de la SCJN.

Competencia por sumisión expresa. La regla establecida en el artículo 1093 del


código de comercio, no resulta aplicable a las cláusulas estipuladas en contratos
bancarios de adhesión cuando se advierta vulneración a la garantía de acceso a la
impartición de justicia.

Fundamento este caso en base a la siguiente sentencia: 1a./J.1/2019 (10a.)


emitida por la primer Sala, Jurisprudencia (Civil, Constitucional).

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