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04 Plan Monografico Aprobado

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UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL

FACULTAD DE INGENIERÍA INDUSTRIAL Y DE SISTEMAS


ESCUELA PROFESIONAL DE INGENIERÍA DE TRANSPORTES

PLAN DE TRABAJO MONOGRÁFICO

“PLAN DE DESVÍO PARA LA EJECUCIÓN DE UNA OBRA DE


MEJORAMIENTO DE TRANSITABILIDAD EN LA AVENIDA GENERAL
CORDOVA – DISTRITO MIRAFLORES”

PRESENTADO POR:
BACH. GREGORY CHRISTIAN BRITO QUISPE

PARA OPTAR EL TÍTULO PROFESIONAL DE INGENIERO DE TRANSPORTES

ASESOR:
MAG. LEONIDAS CAROLINA SALAZAR BRAVO

LIMA – PERU
2022
INTRODUCCIÓN

Seguidamente, se presenta el Plan de trabajo monográfico para la elaboración del “PLAN DE


DESVÍO PARA LA EJECUCIÓN DE UNA OBRA DE MEJORAMIENTO DE TRANSITABILIDAD EN
LA AV. GENERAL CORDOVA - DISTRITO MIRAFLORES”.
El presente plan de trabajo monográfico se diseña como se elaborará la propuesta de plan de desvío
temporal de tránsito vehicular en la OBRA: MEJORAMIENTO DE TRANSITABILIDAD EN LA AV.
GENERAL CORDOVA - DISTRITO MIRAFLORES. Planteando propuestas que aseguren la
reducción de los impactos y riesgos asociados a la gestión del tránsito y seguridad vial de las
actividades del proyecto.
En tal sentido el presente documento ha sido organizado en el siguiente orden: primero presenta los
antecedentes referentes al tema a desarrollar, tales como plan de desvío de tránsito, gestión o
manejo de tránsito, seguridad en vía afectada por obras, otros. Seguidamente, se muestra la
justificación e importancia, es decir el ¿por qué? y ¿para qué? de la realización del plan de desvío.
También, se presenta el objetivo general y los objetivos específicos que se pretende lograr con la
realización del presente plan de trabajo. Por otra parte, se establece el marco teórico referente al
tema, y el diseño metodológico a utilizar para la elaboración del trabajo propuesto.
Finalmente se propone el cronograma para la ejecución del presente plan, así como la bibliografía a
utilizar.
1) ANTECEDENTES
Durante los últimos años, las obras públicas y privadas han tenido un mayor impacto en la
situación actual del tránsito, por lo que demanda de la evaluación e implementación con técnica y
análisis en Ingeniería de Tránsito para la elaboración de un Plan de Desvío (denominación
establecida en la Ordenanza N° 1680 Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de vías en la
Provincia de Lima) o Plan de Mantenimiento de Tránsito y Seguridad Vial ( término establecido en
R.D. 16-2016-MTC/14 Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y
Carreteras); sin embargo no se han desarrollado muchos estudios de investigación o algún otro
trabajo específicamente asociado al manejo o gestión del tránsito para la ejecución de obras en
la vía pública; al respecto se presentan algunas investigaciones similares:
Casasola (2018), en su trabajo Plan De Desvío Para La Ejecución De Una Obra Pública En La
Avenida San Nicolás – Distrito San Martín De Porres, establece como objetivo general “Formular
el Plan de desvío de tránsito para la ejecución una obra pública mediante el empleo de técnicas y
análisis de información obtenida de campo en la Av. San Nicolás en el distrito San Martín de
Porres, con la finalidad de procurar la seguridad e integridad de los usuarios de la vía”.
Así mismo Gallegos (2014), en su trabajo Plan de Desvío y Señalización Preventiva de Obra
Proyecto – Reubicación del Colector Villa El Salvador y Tramo Parque Zonal Huayna Cápac y
Huáscar – Villa El Salvador, establece como objetivo general “asegurar que los trabajos se
desarrollen en forma adecuada, tanto para quienes laboran en él, como para todos los usuarios
de la vía, sean estos peatones o conductores, mitigando los impactos negativos que afectaran el
desarrollo de sus actividades diarias”.
El presente trabajo, es una propuesta técnica donde se evalúa la vía a interferir, así como las vías
alternas, con los conceptos de la ingeniería de tránsito, dado que el proyecto tiene previsto mejorar
la transitabilidad en la Av. General Cordova del distrito de Miraflores, con la renovación de veredas
y reparación de pistas por lo que demandara el cierre de la vía afectando la movilidad de vehículos
y peatones.

2) JUSTIFICACIÓN
Debido a las múltiples dificultades y afectaciones que la ejecución de obras en la vía publica
genera a los usuarios de la vía, conductores y peatones, es más que necesario el interés de la
ingeniería de tránsito en los impactos que pueda generar la ejecución de una obra en la vía
pública. En ese sentido, el plan de desvió constituye una variable de importancia para la
planificación y ejecución de la OBRA: “MEJORAMIENTO DE TRANSITABILIDAD EN LA AV.
GENERAL CORDOVA - DISTRITO MIRAFLORES”.
En la actualidad toda ejecución de una obra en la vía pública debe contar con un Plan de Desvío
conforme indica la normativa vigente. De esta forma, las empresas contratistas vienen
demandando a profesionales especialistas en tránsito capaces de evaluar, planificar e
implementar un plan de manejo de tránsito; cuyos elementos estén de acorde a las
especificaciones técnicas del proyecto.
La presente investigación surge de la necesidad de estudiar los impactos negativos al tránsito con
el propósito de identificar las vías alternas que podrían proponerse debido al cierre temporal de la
Av. General Córdova tramo desde Pje. Mora hasta altura de la Av. Santa Cruz. A través de
herramientas de la Ingeniería de tránsito, se evaluará la vía afectada, así como las vías alternas
propuestas con análisis de la capacidad y el nivel de servicio de las vías en un escenario actual y
un escenario proyectado.
La trascendencia social de esta investigación, esta representada en el beneficio que tendrán los
usuarios de las vías, al lograr una distribución del tránsito afectado de manera ordenada y
optimizada y poder desarrollar sus actividades con el mínimo impacto posible.
El valor económico de la investigación, radica en las propuestas técnicas de desvió y señalización
que favorecen al plan de trabajo de la ejecución de la obra y permita que se pueda ejecutar en el
plazo establecido y no demande ampliación de plazos ni paralizaciones por incumplimiento de la
normativa gubernamental, las cuales solo generarían adicionales y en consecuencia
incrementaría el presupuesto aprobado del proyecto

3) IMPORTANCIA
La elaboración del Plan de desvío para la ejecución de la OBRA: “MEJORAMIENTO DE
TRANSITABILIDAD EN LA AV. GENERAL CORDOVA - DISTRITO MIRAFLORES”, permitirá
mitigar los impactos producidos al tránsito vehicular en la vía, áreas de influencia directa e
indirecta; y permitirá el cumplimiento de los contratistas y el control de los supervisores quienes
serán responsables de lo estipulado en dicho plan.
El plan de desvío identifica, evalúa riesgos de tráfico y seguridad vial para trabajadores,
comunidades y usuarios durante todo el ciclo del proyecto y, elaborará medidas y planes para
abordarlos; incorporando en el diseño del proyecto medidas de seguridad vial técnica y
financieramente posibles a fin de evitar y mitigar riesgos.

4) OBJETIVO GENERAL
Desarrollar el Plan de desvío de tránsito para la ejecución de una obra planteando medidas de
gestión del tráfico y seguridad vial necesarias durante la construcción, de manera tal que se
desarrollen en forma segura, tanto para quienes laboran en ella como para los usuarios de la vía;
en el marco de las normas establecidas para la regulación del tránsito.

5) OBJETIVOS ESPECÍFICOS
 Identificar las rutas temporales de desvíos más adecuadas para la ejecución de una obra de
mejoramiento de transitabilidad en la Av. General Cordova.
 Identificar la señalización de desvío y de obra más acorde para su correcta canalización y
seguridad, a ser implementadas durante el tiempo que dure la ejecución de las obras
mejoramiento de transitabilidad en la Av. General Cordova.
 Establecer medidas de gestión del tráfico y seguridad vial necesarias durante la construcción
que permitan evitar o disminuir posibles problemas de congestión vehicular, conflictos de
circulación vial, peatonal y afectaciones a los residentes en las importantes arterias que
rodean la obra de mejoramiento de transitabilidad en la Av. General Cordova

6) MARCO TEÓRICO
6.1.) Marco Normativo:
Según la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, (LEY N.º 27181), en su Artículo
7.- De la racionalización del uso de la infraestructura, inciso 7.5 indica que el Estado procura
que quienes con motivo de obras en las vías interfieran el normal funcionamiento del tránsito
asuman un costo equivalente al generado sobre el conjunto de la comunidad afectada,
durante la realización de los trabajos, a través del pago de tasas calculadas en función de
las áreas y tiempos comprometidos; y, 7.6 que la determinación de cobros, forma de cálculo
y medidas a adoptar referidas en este artículo, la efectúa la autoridad competente (en este
caso la MML).
En su Artículo 9.- De la supervisión y fiscalización, indica la responsabilidad prioritaria del
Estado en garantizar la vigencia de reglas claras, eficaces, transparentes y estables en la
actividad del transporte. Por tal motivo procura la existencia de una fiscalización eficiente,
autónoma, tecnificada y protectora de los intereses de los usuarios.
Desde el Artículo 10 al Artículo 16 se definen competencias en materia de transporte y
tránsito terrestre de acuerdo con su carácter:
a) Competencia normativa: que consiste en la potestad de dictar los reglamentos que rigen
en los distintos niveles de la organización administrativa nacional. Indicando que aquellos de
carácter general que rigen en todo el territorio de la República y que son de observancia
obligatoria por todas las entidades son competencia exclusiva del Ministerio de Transportes,
Comunicaciones; mientras que los gobiernos locales emiten las normas complementarias
para la aplicación de los reglamentos nacionales dentro de su respectivo ámbito territorial y
de sus competencias
b) Competencia de gestión: que consiste en la facultad que tienen las autoridades
competentes, implementan los principios rectores y las disposiciones de transporte y tránsito
terrestre, contenidos en la presente Ley y en los reglamentos nacionales: i) Administración
de la infraestructura vial pública, de la señalización y gestión de tránsito de acuerdo a las
normas vigentes, ii) Registro de servicios de transporte terrestre de pasajeros y mercancías;
y iii) Otorgamiento de concesiones, permisos o autorizaciones para la prestación de los
servicios de transporte terrestre.
c) Competencia de fiscalización: que comprende la supervisión, detección de infracciones y
la imposición de sanciones por incumplimiento de los dispositivos legales vinculados al
transporte y al tránsito terrestre
Define también en su Artículo 17, las competencias de las Municipalidades Provinciales:
tales como:
· Emitir normas y disposiciones
· Jerarquizar la red vial de su jurisdicción
. Declarar áreas o vías saturadas por congestión vehicular o contaminación
· Implementar y administrar registros que los reglamentos nacionales establezcan
· Dar en concesión los servicios de transporte terrestre en áreas o vías saturadas; y otorgar
permisos en áreas o vías no saturadas
· Dar en concesión la infraestructura vial nueva y existente
· Regular tasas por el otorgamiento de permisos o autorizaciones de uso de infraestructura
en áreas o vías
· Cobrar a personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, que con motivo de la
realización de obras interfieran la normal operación del tránsito
· Recaudar y administrar recursos provenientes del pago de multas por infracciones.
· Instalar, mantener y renovar los sistemas de señalización de tránsito
· Construir, rehabilitar, mantener o mejorar la infraestructura vial
· Supervisar, detectar infracciones e imponer sanciones por incumplimiento.
· Fiscalizar concesiones de infraestructura vial otorgadas.
En su Artículo 18, define las competencias de las Municipalidades Distritales:
· En materia de transporte: la regulación del, transporte menor (mototaxis y similares).
· En materia de tránsito: la gestión y fiscalización, en concordancia con las disposiciones que
emita la municipalidad provincial respectiva y los reglamentos nacionales.
· En materia de vialidad: la instalación, mantenimiento y renovación de los sistemas de
señalización de tránsito y construir, rehabilitar, mantener o mejorar la infraestructura vial.
En su Artículo 19 establece las competencias de la Policía Nacional del Perú:
· La PNP es la autoridad responsable de fiscalizar el cumplimiento de las normas de tránsito
por parte de los usuarios de la infraestructura vial y de los prestadores de servicios de
transporte, brindando el apoyo de la fuerza pública a las autoridades competentes.
· Presta apoyo a los concesionarios a cargo de la administración de infraestructura de
transporte de uso público, cuando le sea requerido.
El Reglamento Nacional de gestión de Infraestructura Vial, aprobado con Decreto
Supremo N° 034-2008-MTC, busca definir pautas de normas técnicas de diseño,
construcción y mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas, la señalización,
condiciones de uso para la instalación de elementos no relacionados con transporte y
tránsito; exigencias de internalización y control de impactos asociados al estacionamiento
de vehículos en las vías, regulando infracciones por daños a la infraestructura vial.
En su Artículo 4, define a las autoridades competentes de la siguiente manera:
· El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a
cargo de la gestión de la infraestructura de la Red Vial Nacional.
· Los Gobiernos Regionales, a cargo de la gestión de la infraestructura de la Red Vial
Departamental o Regional.
· Los Gobiernos Locales, a través de las municipalidades provinciales y distritales, a cargo
de la gestión de la infraestructura de la Red Vial Vecinal o Rural.
En el Artículo 5 indica que las autoridades competentes pueden delegarse entre sí mediante
convenios, la gestión de carreteras o tramos de la red vial de su competencia
En su Artículo 14 hace referencia a los niveles de intervención de las obras viales: a)
Construcción (ejecución de obras de una vía nueva); b) Rehabilitación (ejecución de obras
en vías existentes para adecuarla a un nuevo período de servicio); y, c) Mejoramiento
(ejecución de las obras para elevar el estándar de la vía).
Establece también que las autoridades competentes ejecutan las indicadas obras viales,
contando previamente con expedientes técnicos aprobados y cumpliendo con los
dispositivos legales vigentes sobre la materia.
El Artículo 33 Indica que la ejecución de obras viales debe contar con la libre disponibilidad
del derecho de vía, para cuyo fin la autoridad competente, realiza las acciones de
saneamiento físico legal correspondientes.
En el Artículo 37 indica las condiciones para el uso del derecho de vía:
· Prohibiendo la colocación de avisos publicitarios en el derecho de vía, en el dispositivo de
señalización y/o en su soporte. Las autoridades competentes pueden retirar o hacer retirar
sin previo aviso cualquier rótulo, señal o marca de publicidad, sin lugar a reclamo o
resarcimiento alguno.
· Las autoridades competentes pueden autorizar el uso del derecho de vía para la instalación
de dispositivos y obras básicas para el funcionamiento de servicios públicos esenciales
(comunicaciones, saneamiento y líneas de conducción de energía eléctrica).
Según el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor para Calles y
Carreteras, aprobado con R.D. 16-2016-MTC, en su Capítulo 5 - Dispositivos de control del
tránsito en zonas de trabajo – e ítem 5.4 Plan de mantenimiento de tránsito y seguridad vial;
indica que todas las zonas de trabajo deben contar con un plan de mantenimiento de tránsito
y seguridad vial debe ser aprobado por la entidad competente (en este caso la MML-GMU),
y debe buscar mitigar los impactos producidos al tránsito vehicular en la vía, áreas de
influencia directa e indirecta; y tanto los contratistas y supervisores son responsables de
cumplimiento y control de lo estipulado en dicho plan.
Y los objetivos definidos según dicha norma son:
· Procurar que el tránsito vehicular en las zonas de trabajo fluya resguardando la seguridad
e integridad de los usuarios de la vía materia de intervención.
· Mitigar restricciones del tránsito vehicular y peatonal, a las propiedades de las zonas
colindantes y área de influencia.
· La señalización y demás dispositivos de control deben contener mensajes claros y de fácil
interpretación.
· Implementar, administrar y mantener los desvíos.
· Evaluar permanentemente la implementación del PMTSV y efectuar los ajustes y
correctivos del caso, para asegurar su adecuada ejecución
Por otro lado, según el Manual de Seguridad Vial, aprobado con RD N° 05-2017-MTC/14
en el ítem 2.13 Consideraciones en la etapa De construcción, indica que dicha etapa
presenta un riesgo inminente a los usuarios por exposición, y del mismo modo indica
lineamientos básicos que deben ser considerados al momento de evaluar la seguridad vial
en un proyecto para su etapa constructiva:
· Desarrollo de un plan de desvío.
· El plan debe ser ensayado en campo ANTES de iniciar la construcción.
· Deben respetarse características de las señales del Manual de Dispositivos de Control
de Transito vigente.
· Los Carriles deberán estar debidamente señalizados y canalizados, aunque estos sean
temporales.
· La vía debe estar adecuadamente iluminada en la noche.
· Señales temporales deben poseer igual retrorreflectividad que las señales permantentes.
· Debe respetarse el diseño de zonas de trabajo del Manual de Dispositivos de Control de
Tránsito.
La Municipalidad de Lima Metropolitana, en su Ordenanza reglamentaria de Interferencia
de vías en la provincia de Lima, aprobada con Ordenanza N° 1680, indica en los artículos
6 y 7 del Título 1, Capítulo III De la autoridad y sus atribuciones que la Gerencia de
Transporte Urbano de la MML es el órgano de línea competente y tiene atribuciones para la
autorización, supervisión, control y fiscalización de las interferencias de vía en la ciudad de
Lima, y que del mismo modo en su Artículo 9. Indica que la Policía Nacional del Perú es
quien garantiza y controla la libre circulación, y que además fiscaliza el tránsito en las zonas
que requieren interferencia. Y en ese sentido, también realiza una diferenciación de los
procedimientos requeridos para obras públicas, privadas, conexiones domiciliarias de
servicios básicos, obras de emergencia, estableciendo requisitos en un expediente técnico,
que contenga:
· Memoria descriptiva de la obra.
· Plano de ubicación y Detalle.
· Memoria Descriptiva de la interferencia de vías.
· Plano de propuesta de desvío de tránsito.
· Plano de la señalización (cierres parciales o totales)
· Cronograma de ejecución de la obra indicando etapas.
· Previo requerimiento del SIT, se presentará el Estudio de Tránsito (Cuando implique
fuerte impacto al tránsito y/o al transporte)

6.2.) Definiciones:
Está dado esencialmente por las definiciones de términos establecidos en los diferentes
manuales y reglamentos peruanos; y por algunos pocos libros y tesis que hay referente al
tema.
Desvío Temporal de Transito:
Es el camino provisional para el tránsito vehicular surgidas a consecuencia de una
interferencia total de vías” (Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de Vías en la
Provincia de Lima, Perú, 2013, inciso 11 art. n° 4).

Ejecución de Obras:
Se entiende por ejecución de obras a aquellas actividades destinadas a la construcción,
reparación, reforma, mantenimiento, mejoramiento, rehabilitación, demolición o conservación
que se realice en la vía pública. Pueden ser menores, mayores y de envergadura.
(Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de Vías en la Provincia de Lima, Perú, 2013,
inciso 12 art. n° 4).

Mejoramiento:
Es la ejecución de las obras necesarias para elevar el estándar de la vía mediante actividades
que implican la modificación sustancial de la geometría y de la estructura de pavimento; así
como la construcción y/o adecuación de los puentes, túneles, obras de drenaje, muros y
señalizaciones necesarias. (Ordenanza Reglamentaria de la Interferencia de Vías en la
Provincia de Lima, Perú, 2013, inciso 25 art. n° 4).

Plan de Mantenimiento de Tránsito y Seguridad Vial (PMTSV):


“Toda zona de trabajo debe contar con un Plan de Mantenimiento de Tránsito y
Seguridad Vial, el cual debe ser aprobado por la entidad u órgano competente, y
tiene por finalidad mitigar el impacto generado al tránsito vehicular durante el
periodo de ejecución de trabajos, tanto a la vía intervenida como a sus zonas
colindantes y áreas de influencia” (Manual de Dispositivos de Control del Transito Automotor
Para Calles y Carreteras, Perú, 2018, p.489).

Tránsito:
Acción de transitar. Sitio por donde se pasa de un lugar a otro. Esta definición muy genérica,
no conceptualiza en su totalidad la acción de que uno, o varios usuarios de la vía, varíen su
posición constantemente sobre ella, cumpliendo con ciertas condiciones que permitan la
fluidez. Es así que se considera más adecuada la siguiente definición: “Conjunto de
desplazamientos de personas, vehículos y animales por las vías terrestres de uso público
(Circulación)” (Texto Único y Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, Perú, 2009,
p.8).

7) DISEÑO METODOLÓGICO
El trabajo monográfico se desarrolló con una metodología tipo mixta cuantitativa y cualitativa.
aplicada; los instrumentos para poder tomar las muestras para el diseño cuantitativo se realizarán
a través de conteos vehiculares, inventario de rutas y la planimetría. Las técnicas para la
evaluación de los datos recolectado se realizarán con un plan de tabulación en Excel, así como el
análisis usando un software de simulación SYNCHRO, para finalmente tener las conclusiones y
recomendaciones.
• Trabajo de Gabinete
• Trabajo de Campo
• Procesamiento de datos
• Análisis de la Información
• Propuestas Preliminares
• Elaboración final del trabajo monográfico

8) CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN
EL cronograma que se muestra a continuación está estimado en semanas (S).

ACTIVIDADES
S1 S2 S3 S4 S5 S6
1. Gabinete elaboración
X
del plan de trabajo
2. Recopilación de
X
información de campo.
3. Procesamiento de
X
datos en Excel.
4. Modelación y
X
simulación en SYNCHRO
5. Elaboración de
propuestas preliminares,
X X
planos de desvío y
señalización.
6.. Elaboración del
informe final del trabajo X X
monográfico

9) BIBLIOGRAFÍA

 D.S. Nº 016-2009-MTC. (2009). Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito
- Código de Tránsito. Perú.

 D.S. Nº 034-2008-MTC. (2008). Reglamento Nacional de gestión de Infraestructura Vial. Perú.

 Casasola, Vargas, F., (2018). Plan De Desvío Para La Ejecución De Una Obra Pública En La
Avenida San Nicolás – Distrito San Martín De Porres (trabajo monográfico). Universidad
Nacional Federico Villarreal, Lima, Perú.

 R.D. N° 03-2018-MTC/14. (2018). Manual de Carreteras: Diseño Geométrico DG 2018.

 R.D. N° 05-2017-MTC/14. (2017). Manual de Seguridad Vial. Perú.

 R.D. N° 16-2016-MTC/14. (2016). Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor


para Calles y Carreteras. Perú.

 Chamorro, M. (2018). El transporte en Lima Metropolitana. Lima, Perú: Macro E.I.R.L.

 Dextre, J. C. y Avellaneda, P.(2014). Movilidad en zonas urbanas. LIMA. Pontificia Universidad


Católica del Perú.

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