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Resumen Tema 3 Fol

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RESUMEN TEMA 3 FOL

1. LA JORNADA ORDINARIA

La jornada de trabajo es el total de horas realizadas de trabajo efectivo. La jornada regular


es de 40h semanales/año, máx al día 9h.

● Distribución regular de la jornada


Máx 9h +18 y para -18 8h.
Descanso entre una jornada y otra 12h, en el cambio de turno se ve reducido a 7h.
Descanso min semanal +18 dia y medio y -18 2 días ininterrumpidos.
Descanso min dentro de jornada +18 15min si trabaja +6h y -18 si trabaja más de
4h30min descanso de 30min.

● Distribución irregular de la jornada


Reforma 2012, se establece para las empresas la distribución irregular de las
jornadas un 10% del total de las horas anuales.
La empresa puede disponer un 10% de las horas anuales para incrementar la
jornada en determinadas épocas del año, compensando el descanso en otras
épocas , así seguiría siendo 40h.
Los descansos mínimos diario y semanal,12h de un día a otro y el semanal de día y
medio, puede sobrepasar el tope de 9h, por ejemplo, 10h al día.
La empresa debe preavisar con un mínimo de 5 días para que el trabajador conozca
día y hora.

2. EL HORARIO DE TRABAJO

Horas concretas en las que el trabajador realiza su trabajo.

● Trabajo a turno
Mismos puestos de trabajo van rotando distintos trabajadores en horarios sucesivos
en procesos productivos.
Procesos productivos de 24h, no se podrá realizar más de dos semanas
consecutivas en el turno de noche, salvo que sea voluntario.
Trabajador que cursa estudio oficial tendrán preferencia a elegir turno.
Descanso entre jornadas min 7h en caso de cambio de turno.

● Trabajo nocturno
Entre las 10 de la noche y 6 de mañana.
Plus específico, se compensa con descanso salvo que ya venga en el salario
recogido.
No pueden trabajar +8h en un periodo de 15 días, tampoco horas extra salvo de
fuerza mayor o por causas ajenas a la empresa.
Protección por su salud, pueden destinarlo a un turno diurno.
-18 no pueden hacer este turno.
3. HORAS EXTRAORDINARIAS

Las realizadas fuera de la jornada ordinaria.


Es el convenio o el contrato de trabajo el que establece si se pagan o se compensan por
descanso, no cuentan las ya compensadas por descanso ni fuerza mayor.
Máx 80h extra/año.

Tienen prohibido realizar horas extra:


-18 y trabajadores nocturnos, salvo de fuerza mayor y desajustes en el cambio de turno, los
contratos a tiempo parcial.

4. REDUCCIÓN Y ADAPTACIÓN DE JORNADA

Desde 2019, los trabajadores con hijos menores de 12 años tienen derecho a solicitar la
adaptación de la duración y distribución de la jornada, incluso solicitar teletrabajo.

La ley establece determinadas circunstancias personales en los que se reduce la jornada:

● Por cuidado de familiares


-12, personas con discapacidad o familiares que no se puedan valer por sí mismos
-23 con enfermedad grave con reducción mín 50% de la jornada junto al salario
Preavisar 15 días antelación
La empresa no puede limitar el derecho salvo para cuidar a la misma persona

● Por cuidado del lactante menor de 9 meses


Ausencia del puesto de trabajo 1h/día
Dividir la jornada o reducirla, es decir, entrar o salir media hora antes
Acumular la hora de lactancia en jornada completa

● Por condición de víctima de violencia de género


Sentencia donde se condene al agresor
Orden de protección dictada por el juez a su favor
Informe del ministerio fiscal y de los servicios sociales

Esta trabajadora podrá reducir la jornada y el salario, además de un horario flexible


5. LOS PERMISOS RETRIBUIDOS

El Estatuto de los Trabajadores reconoce una serie de permisos los cuales son retribuidos
por la empresa. (no llevan reducción de salario)

Por matrimonio 15 días naturales, comenzando el primer


día siguiente a la boda

Fallecimiento, hospitalización o enfermedad de 2 a 4 días


e intervención quirúrgica de familiar hasta 2 comenzar el primer día laborable
grado

Traslado mismo día

Cumplimiento de un deber inexcusable el tiempo necesario


como ir a juicio, parto y exámenes

Hospitalización de bebés prematuros reducción de 1h/día

Realizar funciones sindicales tiempo establecido legalmente

6. LAS VACACIONES Y FESTIVOS

A) LAS VACACIONES
Mín 30 días de vacaciones anuales
No puede ser sustituido por dinero, salvo que finalice el contrato y estuvieran
pendientes, donde se pagan vacaciones no disfrutadas.
Avisar con 2 meses de antelación
Común acuerdo, siguiendo el convenio, en caso de desacuerdo, demanda judicial
urgente
Se disfrutan el mismo año o el año siguiente salvo baja maternidad/paternidad, baja
laboral o hayan vacaciones pendientes.
Si coincide estar de baja médica durante las vacaciones, estas se continúan tras el
alta médica.

B) FESTIVOS
Características:
14 festivos al año, retribuidos y no recuperables, 2 de ellos locales y otros 2 fijados
por comunidades autónomas.
Si coincide en domingo se traslada al lunes.
Si se trabaja festivo, se añade un 75% al salario de un día ordinario.

7. LOS PLANES DE IGUALDAD

Un conjunto de medidas tendentes a alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre


mujeres hombres, y eliminar la discriminación por razón de sexo.

Obligatorio desde abril 2019, para empresas de +50 trabajadores


Es voluntario para empresas de -50 trabajadores
Medidas que pueden incorporarse:
Proceso de selección y contratación
Retribuciones
Infrarrepresentación femenina
Prevención del acoso sexual y por razón de género
Ejercicio responsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral

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