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Contrato Civil - Final

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UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN SIMON

FACULTAD DE CIENCIAS Y TECNOLOGIA


INGENIERIA INDUSTRIAL

NOMBRE: LINDSAY ANAHI VARGAS


TORDOYA
DOCENTE: Dr.: JUAN JALDIN SALAZAR
MATERIA: DERECHO EMPRESARIAL
GESTIÓN: INVIERNO 2022
Contenido
QUE ES UN CONTRATO CIVIL............................................................................................................................. 4
REQUISITOS PARA CREAR UN CONTRATO ................................................................................................... 4
QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO ....................................................................................................................... 4
OBJETO DEL CONTRATO ................................................................................................................................ 4
CAUSA DE LA OBLIGACIÓN QUE SE ESTABLEZCA ................................................................................ 5
LA FORMA, SIEMPRE QUE SEA LEGALMENTE EXIGIBLE. .................................................................... 5
IMPORTANCIA DE UN CONTRATO CIVIL ......................................................................................................... 6
REVOCACIÓN DE LA OFERTA Y DE LA ACEPTACIÓN ................................................................................ 6
QUIEN EJECUTA UN CONTRATO ....................................................................................................................... 6
DOCUMENTOS A REALIZAR POR DOCUMENTO ESCRITO PUBLICO ................................................. 6
DOCUMENTOS A REALIZAR POR DOCUMENTO ESCRITO PRIVADO ................................................ 7
ANULABILIDAD DE UN CONTRATO .................................................................................................................. 7
TIPOS DE CONTRATOS CIVILES ........................................................................................................................ 8
QUE ES UN CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE UNA CASA ................................................................... 9
CARACTERISTICAS DE UN CONTRATO DE COMPRA VENTA DE CASA ............................................... 9
QUIENES PARTICIPAN EN UN CONTRATO ..................................................................................................... 9
IMPORTANCIA DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DE UN INMUEBLE ........................................... 10
TRÁMITES PARA ADQUIRIR UN TITULO DE PROPIEDAD ........................................................................ 10
ALODIAL .............................................................................................................................................................. 11
CERTIFICADO CATASTRAL ........................................................................................................................... 12
PLANOS PERIFÉRICOS Y DE CONSTRUCCIÓN ....................................................................................... 13
COSTOS: ............................................................................................................................................................. 14
DERECHOS Y DEBERES DEL VENDEDOR Y COMPRADOR..................................................................... 15
IMPUESTOS ............................................................................................................................................................ 15
QUE ES UN CONTRATO DE OBRA .................................................................................................................. 17
QUÉ OCURRE POR FALLECIMIENTO DEL CONTRATISTA ....................................................................... 17
MODELO DE CONTRATO DE OBRA ................................................................................................................ 17
CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR Contrato con el Estado .......................... 17
CONTRATO LLAVE EN MANO ........................................................................................................................... 23
PRINCIPALES CLÁUSULAS DE UN CONTRATO LLAVE EN MANO ........................................................ 23
OBLIGACIONES DEL CLIENTE: ........................................................................................................................ 23
CONTRATO DE COMPRA VENTA DE AUTO .................................................................................................. 24
DOCUMENTACION DE COMPRA VENTA DE AUTO..................................................................................... 24
PROCEDIMIENTO DE COMPRA VENTA DE VEHICULOS ........................................................................... 24
DOCUMENTO DE COMPRA VENTA ................................................................................................................. 26
DERECHOS Y DEBERES DEL VENDEDOR Y DEL COMPRADOR ........................................................... 26
IMPUESTOS ............................................................................................................................................................ 27
CONTRATO DE ALQUILER DE UN LOCAL COMERCIAL ........................................................................... 28
CARACTERÍSTICAS ............................................................................................................................................. 28
REQUISITOS ........................................................................................................................................................... 28
IMPORTANCIA DE UN CONTRATO DE ALQUILER ...................................................................................... 28
MODELO DE CONTRATO DE ALQUILER........................................................................................................ 29
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR Y DEL ARRENDADO .......................................... 31
IMPUESTOS: ........................................................................................................................................................... 31
CONTRATOS CIVILES

QUE ES UN CONTRATO CIVIL


Un contrato es un acuerdo civil entre dos o más personas naturales o jurídicas para construir, modificar
o extinguir entre si una relación jurídica y crear obligaciones o derechos

REQUISITOS PARA CREAR UN CONTRATO


• Ser mayor de edad
• Consentimiento de las partes contratantes.
• Objeto
• Causa
• Forma
QUÉ ES EL CONSENTIMIENTO
El consentimiento es la manifestación de la voluntad de las partes para celebrar el contrato. Sin
embargo, para que un contrato sea conformado no basta una simple declaración de la voluntad, es
necesario que las partes coincidan en querer lo mismo, estar de acuerdo con todos los extremos
contenidos en el contrato, los mismos que estarán determinados por la ley. Las declaraciones de la
voluntad de las partes forman el consentimiento y se constituyen con la oferta y la aceptación.
El consentimiento puede ser expreso o tácito. Es expreso si se manifiesta verbalmente o por escrito. El
consentimiento es tácito, si resulta presumible de ciertos hechos o actos.
OBJETO DEL CONTRATO
¿Qué es el objeto del contrato?
El objeto en los contratos es el fin que persiguen las partes que suscriben el mismo, es decir la materia
sobre la que recae el acto jurídico de los sujetos que suscriben el mismo. Ese fin tiene que ser
determinado, posible y lícito.
Cuando hablamos de la posibilidad, ésta se refiere concretamente a que debe estar en el comercio de
los hombres y a su alcance, por ejemplo no se puede estipular la venta de la luna.
Debe ser lícito, quiere decir que debe estar enmarcado dentro de la ley, el objeto del contrato es ilícito
cuando:

• Es ilegal o contrario a las normas imperativas.


• Es prohibido o contrario al orden público.
• Es inmoral o contrario a las buenas costumbres.

CAUSA DE LA OBLIGACIÓN QUE SE ESTABLEZCA


¿Qué se entiende por causa en los contratos?
La causa, junto con el consentimiento y el objeto, constituyen los elementos estructurales del contrato.
Es un elemento esencial para la formación del contrato, se le debe reconocer como la razón
determinante, intrínseca de la obligación asumida por el contratante, así la causa en los contratos
remuneratorios es el servicio que se remunera; en los onerosos, la prestación u obligación asumida por
las partes; en los contratos a título gratuito, la liberalidad, bondad y solidaridad del bienhechor; esa es la
causa, por tanto es la razón o motivo determinante del contrato, es por tanto subjetiva, concreta y
variable, porque el móvil que impulsa a las partes a contratar es distinto para cada contrato.

LA FORMA, SIEMPRE QUE SEA LEGALMENTE EXIGIBLE.


¿A qué se refiere la forma en los contratos?
La forma, como exteriorización de la voluntad, es un elemento estructural del contrato. La forma está
relacionada con la observancia de ciertas normas establecidas por el ordenamiento jurídico, en cuanto
al modo en que las partes deben exteriorizar esa voluntad, por ejemplo: el contrato de anticresis, que
necesariamente debe ser realizado mediante escritura pública para que tenga validez. Así mismo las
partes pueden acordar una forma específica para dar validez a su contrato.
IMPORTANCIA DE UN CONTRATO CIVIL
• El hombre requiere del intercambio de bienes y servicios, sin los cuales económica y
socialmente quedaría aislado.
• Este documento es relevante debido a que permite asegurar que se cumplan los acuerdos y
beneficios para las partes involucradas.
• Un contrato es indispensable porque formaliza cualquier acuerdo al que se quiera llegar, en el
contrato quedan plasmadas de manera explícita las obligaciones y responsabilidades que cada
parte asume.

REVOCACIÓN DE LA OFERTA Y DE LA ACEPTACIÓN


I. Mientras la aceptación no llegue a conocimiento del oferente, la oferta puede ser revocada.
II. Pero cuando sin tener noticia de la revocación del aceptante hubiera comenzado de buena fe la
ejecución del negocio, se hace beneficiario de la indemnización que debe reconocerle el
oferente por los gastos y pérdidas sufridas.
III. La aceptación puede asimismo ser revocada antes de llegar a conocimiento del aceptante.

ARTÍCULO 459. (MUERTE O INCAPACIDAD DE LAS PARTES).-


1. Si el oferente fallece o pierde su capacidad de contratar antes de conocer la aceptación, la oferta
queda sin efecto.
2. II. Queda igualmente sin efecto si el aceptante fallece o pierde su capacidad antes de que su
aceptación hubiese llegado a conocimiento del oferente.

QUIEN EJECUTA UN CONTRATO


El abogado civilista y su actuación judicial.
Un abogado civil puede actuar vía judicial con la interposición y contestación de demandas e
interposición de recursos contra sentencias de la jurisdicción civil, entre otros.
Cuando un abogado experto en derecho civil debe hacer una actuación judicial, requiere que el cliente
contrate previamente sus servicios, si es abogado privado, o caso de no conocer ningún profesional de
su confianza, solicite abogado de oficio en los juzgados o ante el colegio de abogados, con o sin justicia
gratuita, en función de la situación económica del ciudadano.
Especialidades del Derecho Civil

• Arrendamientos de viviendas habituales y locales comerciales.


• Obligaciones y contratos

DOCUMENTOS A REALIZAR POR DOCUMENTO ESCRITO PUBLICO


Deben celebrarse por documento público:
1. El contrato de donación, excepto la donación manual.
2. La hipoteca voluntaria.
3. La anticresis.
4. Los demás actos señalados por la ley
DOCUMENTOS A REALIZAR POR DOCUMENTO ESCRITO PRIVADO
Deben celebrarse por documento público o privado los contratos de sociedad, de transacción, de
constitución de los derechos de superficie y a construir y los demás actos y contratos señalados por la
ley.

ANULABILIDAD DE UN CONTRATO
El contrato será anulable:
1. Por falta de consentimiento para su formación.
2. Por incapacidad de una de las partes contratantes. En
este caso la persona capaz no podrá reclamar la
incapacidad del prohibido con quien ha contratado.
3. Porque una de las partes, aun sin haber sido declarada
interdicta, era incapaz de querer o entender en el
momento de celebrarse el contrato,
4. Por violencia, dolo o error sustancial sobre la materia o
sobre las cualidades de la cosa.
5. Por error sustancial sobre la identidad o las cualidades de la persona cuando ellas hayan sido la
razón o motivo principal para la celebración del contrato.
6. En los demás casos determinados por la ley.
PPARTES DE UN CONTRATO
1. Título: En esta parte debe
indicarse la naturaleza del contrato
2. Cuerpo sustantivo: Esta es la
sección en donde debe
identificarse las partes
involucradas, además tiene
colocarse la fecha en que se
firmará el contrato y los objetos o
servicios que se están
comprometiendo.
3. Exposición: Se explica los hechos
registrados y antecedentes que
sean importantes pero que no
formen parte de las normas.
4. Cuerpo normativo: Se detallan
los acuerdos establecidos entre las
partes y las posibles sanciones si
se incumple con lo establecido.
5. Cierre: En esta parte se indica la
forma de realizar el contrato y
colocan las firmas de las partes.
6. Anexos: Se desarrollan algunas
partes de contrato con la finalidad
de facilitar la comprensión del
mismo.

TIPOS DE CONTRATOS CIVILES


• Compra venta: es un contrato por el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un
objeto (en este caso un bien mueble) a cambio de una cantidad de dinero específica (precio) que
debe pagar el comprador.
• Arrendamiento: es el contrato que se celebra entre dos partes por el uso de un bien mueble o
inmueble.
• Mutuo: se trata de un documento entre una persona llamada mutuante, en donde se obliga a
transmitir a otra persona, llamada mutuario, algún bien o dinero.
• Depósito: es un documento donde el depositante cede la tenencia de una cosa al depositario
para que se encargue de custodiarla. El depositario se compromete a devolver la cosa cuando el
depositante la exija
• Mandato: en este contrato, una persona le encarga a otra la gestión de sus negocios o la
responsabilidad de que lo represente.
COMPRA- VENTA DE UNA CASA

QUE ES UN CONTRATO DE COMPRA-VENTA DE UNA CASA


El contrato de compraventa de una vivienda es un documento donde una de las partes, en este caso el
vendedor, se obliga a dar un bien inmueble, en este caso al comprador, a cambio de un precio
estipulado
QQUÉ DEBE INCLUIR

• Datos personales del comprador y


vendedor
• Verificación del título de la propiedad
• Detalles del inmueble:
• La referencia catastral y los metros
cuadrados tanto del terreno, de
construcción y útiles.
• La dirección y ubicación exacta
• La descripción de la vivienda coincidiendo
con la que aparece en el Registro de la
Propiedad
• Su situación arrendaticia (si hay ocupantes o inquilinos)
• Si está al corriente de pago de los impuestos
• La situación y estado de la propiedad.
• Precio de venta del inmueble:
• Fecha de entrega

CARACTERISTICAS DE UN CONTRATO DE COMPRA VENTA DE CASA


• Es un contrato consensual, por el solo consentimiento transmite la propiedad
• Es un contrato sinalagmático perfecto, las obligaciones de las partes sirven recíprocamente de
causa
• Es traslativo de derecho
• Es oneroso ya que implica contra prestación
• Es nominado, sus reglas están previamente trazadas
• Es conmutativo, se saca un bien del patrimonio del vendedor y entra otro

QUIENES PARTICIPAN EN UN CONTRATO


IMPORTANCIA DEL CONTRATO DE COMPRA VENTA DE UN INMUEBLE
El contrato de compraventa inmobiliaria sirve para proteger el patrimonio. La importancia del contrato de
compraventa de una vivienda es que nos sirve para establecer los derechos y las obligaciones de las
partes interesadas, de manera que se pueda reclamar jurídicamente la falta que cualquiera de las
partes hubiese cometido

TRÁMITES PARA ADQUIRIR UN TITULO DE PROPIEDAD


• El Título de la propiedad del inmueble
• Minuta de compra venta
Para realizar este trámite es precisa la intervención de un
abogado. Éste redactará una minuta, que habrán de
firmar comprador, vendedor y abogado, en la que se
indicará que el vendedor transfiere al comprador la
propiedad del bien inmueble por un importe determinado.

Para ello debe aportarse al abogado la siguiente documentación (en original y fotocopias):

• Testimonio de propiedad del vendedor.


• Folio Real.
• Plano catastral de ubicación de la propiedad.
• Formularios de pago de impuestos de los últimos cinco años.
• Documentos de Identidad de comprador y vendedor.
• Pago de los impuestos correspondientes a la transferencia de la propiedad: Se trata de un
impuesto municipal, que equivale al 3% del importe pagado en la compra venta. Para poder
abonarlo debe presentarse en el propio ayuntamiento (alcaldía), en los diez días hábiles
siguientes a la fecha de la firma de la minuta de compra venta, la misma documentación (en
original y dos fotocopias) aportada al abogado, más la minuta de compra venta.
La presentación de la documentación fuera de plazo conlleva una multa del 10% sobre el importe del
impuesto.
El comprobante de pago de este impuesto habilita para la protocolización de la minuta de compra-venta.

• Protocolización de la minuta.
El comprobante de pago del impuesto a la transferencia de la propiedad habilita para la protocolización
de la minuta de compra-venta, para la cual habrá de presentarse ante notario la siguiente
documentación (en original y fotocopias):

• Minuta de compra venta.


• Documentos de identidad de comprador y vendedor.
• Formulario del último pago de impuestos.
• Formulario de Pago de transferencia de propiedad.
• Plano catastral de ubicación de la propiedad
• Registro en Derechos Reales.
• Documentación de identidad de comprador y vendedor
• Formulario del último pago de impuestos
• Formulario de pago de transferencia.
Una vez el funcionario correspondiente comprueba la validez de toda la documentación presentada, se
abona la tasa correspondiente. Pasados unos veinte días, con el comprobante del pago, el comprador
puede recoger el folio real a su nombre.
ALODIAL
Es el documento fundamental que emite Derechos Reales.
Contiene toda la información mas importante del inmueble como:

• Datos del dueño.


• Datos del inmueble.
• Historia del mueble.
• Gravámenes.
• Cancelaciones.
Requerido por diferentes entidades bancarias por motivo de préstamos
.
CERTIFICADO CATASTRAL
Es un documento físico que prueba y válida el hecho que se ha registrado un inmueble en la alcaldía de
la ciudad que corresponda, con los datos del dueño y técnicos de la propiedad.
Es como el carnet de identidad de un inmueble, imprescindible para realizar todo tipo de tramites.
PLANOS PERIFÉRICOS Y DE CONSTRUCCIÓN
COSTOS:
Verificaciones preliminares

• Obtención del Informa Rápido. 70 Bs


• Folio Real Actualizado .70 Bs
• Asesoría de abogado para revisión. 200 Bs
• Verificación de los antecedentes penales del vendedor en la policía. 100 Bs
Opcional:

• Contratar un segundo abogado o Notario de pública. 100 Bs


Honorarios del Abogado
Se recomienda a parte tener un abogado asesor para que te guie en los tramites y
también consultar con otros abogados, para verificar que el abogado haga lo mejor
posible para tus intereses.

• Abogado asesor 500 Bs


• Consultores 300 Bs Si se desconfía de su abogado.
Avaluo comercial
Este procedimiento te indicara si el inmueble vale su precio o te están vendiendo a un
precio irregular en la zona.

• Evaluadores 700 Bs.


Honorarios de especialistas
Para saber problemas de estructura en la casa a comprar, se recomienda tener un
arquitecto o ingeniero civil.

• Arquitecto 500 Bs
• Ingeniero civil 300 Bs.
Minuta compra y venta
Lo puede realizar un abogado o notario de fe pública

• Creación minuta 700 Bs.


• Elevar a escritura pública 200 Bs.
Impuesto a la transferencia
Costo del impuesto ya mencionado 3% del valor del inmueble
Inscripción a derechos reales
Costos ya mencionados
Inscripción a derechos reales
Tramites en la alcaldía

• Creación de plano nuevo 200 a 400 Bs.


• Aprobación y actualización 100 Bs.
• Actualización del registro catastral 150 Bs.
DERECHOS Y DEBERES DEL VENDEDOR Y COMPRADOR

VENDEDOR COMPRADOR

• Elegir el lugar de la entrega • Elegir el lugar de la


• Sancionar al comprador por entrega
DERECHOS incumplimiento de pago • Elegir el momento
• Retener el proceso por de la entrega
incumplimiento de pago
• Entregar el inmueble vendido • Pagar el precio
• Entregar como estaba el acordado con el
inmueble en el periodo en que vendedor
se firmo el contrato • Recibir del lugar
DEBERES • Salir en defensa del comprador donde se haya
cuando sea convocado por acordado la entrega
perturbaciones • Retener o
• Entregar los documentos suspender el pago
correspondientes

IMPUESTOS
Impuesto a la propiedad de Bienes Inmuebles IPBI

Impuesto a la transferencia de inmuebles:

• Impuesto Municipal a la transferencia de Inmuebles IMT


• Impuesto a las transacciones IT
CONTRATO DE OBRA

QUE ES UN CONTRATO DE OBRA


Un contrato de obra es aquel en virtud del cual una persona llamada propietario conviene
con otra llamada contratista para la realización de una obra o trabajo determinado, a
cambio de una contraprestación llamada retribución convenida de la obra realizada.
El objeto de este contrato puede ser también la prestación de un servicio que consista en
la reparación o transformación de una cosa

QUÉ OCURRE POR FALLECIMIENTO DEL CONTRATISTA


En caso de fallecimiento del contratista el contrato quedará resuelto, debido a que se
entiende que la causa para el perfeccionamiento del contrato eran las cualidades del
contratista, a menos que dichas cualidades no tengan nada que ver, en ese caso los
responsables serán sus herederos.
En caso de que se resuelva el contrato los herederos del contratista tendrán derecho al
reembolso de los gastos y la retribución por la obra realizada.

MODELO DE CONTRATO DE OBRA

CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE EDIFICIO ESCOLAR


Contrato con el Estado
SEÑOR NOTARIO DE GOBIERNO
En el registro de protocolos y escrituras públicas que corre a su cargo sírvase insertar
el presente contrato para la ejecución de obras de construcción escolar
correspondiente al edificio de la Escuela ………………….. que se construirá en la
ciudad de ………….. departamento de ………….. sujeto a las siguientes cláusulas:

Primera. - (Partes contratantes). El presente contrato se suscribe entre el Consejo


Nacional de Edificaciones (CONES), representado por sus personeros legales, el
señor Ministro de Educación y Cultura como Presidente de la H. Junta Directiva, Dr.
……………, y el Director Ejecutivo del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares
(CONES), Arq. …………… por una parte, y que en adelante se denominara el
CONES, y por la otra, la EMPRESA CONSTRUCTORA ………………….,
representada por su personero legal, el Ing. …………………… con C.I. N°………, que
en adelante se denominará el CONTRATISTA. La Empresa Constructora
…………….. así representada está inscrita en …………… categoría del Registro
Nacional de firmas constructoras de Obras Públicas con el ……………. del Ministerio
de Transportes, Obras Públicas y Comunicaciones; certificado de la Cámara Boliviana
de Construcción N° ……….. de fecha …………, certificado de Solvencia Fiscal
N°…….. de …………….. de ……………… de 199 …..; certificado de Solvencia
Municipal N° ………… de ……………. De …………… de ………….. de la ciudad de
…………….. certificado se Solvencia Técnica y de Buena Ejecución N°……. de fecha
………… de …………. de ……….

Segunda. - (Antecedentes del contrato). La ejecución de la obra de construcción de la


Escuela “………………”, de la localidad de …………… Departamento de ………….
fue adjudicada por la H. Junta de Licitaciones del CONES por Resolución adoptada
en su reunión de fecha …………… de ………….. de …….. a la Empresa Constructora
“………..” habiéndose cumplido por las partes con los requisitos señalados en el
Decreto Ley de Licitaciones de Obras del Sector Público N9 15192 de 15 de diciembre
de 1977 y evaluados que han sido los documentos presentados en los sobres A y B
que indican los artículos 34 y 35 y que forman parte integrante e indisoluble del
presente contrato con carácter de documentos anexos al tenor de los artículos 29, 73
y 74 de a disposición legal antes señalada. La ejecución de esta obra está financiada
con los recursos provenientes de ………………., de acuerdo a los dispuesto por el
Decreto Supremo N° ………. de ………de ……………. de ………….. y las
disposiciones correlativas y concordantes que corresponden al Plan de Inversiones
del año ……….. aprobado por el Ministerio de Finanzas (Dirección General de
Presupuesto).

Tercera. - (Plan de Trabajo). El adjudicatario CONTRATISTA, se obliga a ejecutar el


Proyecto con estricta sujeción a los cómputos métricos y presupuesto aprobado por
el CONES, quedando establecido que es de su cargo la ejecución de los trabajos
emergentes del proyecto con los precios unitarios de cada ítem del presupuesto que
ha sido revisado y evaluado de acuerdo con el artículo 73 del D.L. 15192 de 15 de
diciembre de 1977, por lo que se conviene que los mismos son invariables y serán
aplicados en consecuencia en los certificados de pago de avance de obra.
Asimismo, serán de estricta aplicación en los trabajos adicionales que se dispusiera
por la Dirección Ejecutiva a través de órdenes de cambio debidamente autorizados y
justificados conforme a los artículos 99 (apartado 9.40) y 70 de la disposición legal
señalada, ya que las modalidades técnicas en los respectivos Pliegos de
Especificaciones son de conocimiento de EL CONTRATISTA, así como los planos y
demás especificaciones de trabajo. Es convenio entre las partes que la ejecución del
Proyecto materia del presente contrato se supeditará necesariamente al cronograma
de trabajo propuesto por EL CONTRATISTA. En los casos de fuerza mayor que
obliguen a efectuar alteraciones serán debidamente justificados e inscritos en el Libro
de Ordenes previa aprobación escrita por la Dirección Ejecutiva del CONES. En caso
de prórroga del plazo o circunstancias emergentes establecidos y procesados en la
forma señalada se comunicará a EL CONTRATISTA señalándosele expresamente el
plazo prorrogado para efectos de cómputo.

Cuarta. - (Monto del contrato y formas de pago). El valor de la obra adjudicada es de


…………) conforme a la propuesta presentada, estableciéndose que en este valor
están incluidos la provisión de todos los materiales, equipos, instalaciones auxiliares,
herramientas y demás elementos de construcción que sean necesarios para la
ejecución de la obra, así como todos los costos de mano de obra, sueldos y salarios
de su personal; gastos de transportes, incidencias por leyes sociales y de trabajo,
daños a terceros, reconstrucciones por trabajos defectuosos, seguros, accidentes de
trabajo, en suma, todos los costos directos o indirectos que tengan incidencia en el
valor total de la obra hasta su completa y satisfactoria conclusión. Es asimismo
exclusiva responsabilidad de EL CONTRATISTA realizar todos los trabajos
contratados dentro del valor del contrato salvándose las de autorización expresa y
escrita firmada por el Director Ejecutivo del CONES para obras complementarias
mediante Ordenes de cambio previas a la ejecución de dichos trabajos o de
modificaciones que se conviniere introducir y sujetas a las disposiciones del D.L.
N9 15192 de 15 de diciembre de 1977 y que fueren necesarias en esta obra. El monto
del contrato será cancelado por el CON ES como institución Descentralizada
encargada de ejecutar el Plan de Nacional de Edificaciones Escolares. Estos pagos
se harán de forma escalonada y contra presentación de planillas del avance de obra
y ejecución de trabajos, mediante certificados visados por el Supervisor de Obra
designado por la Dirección del CQNES.
Quinta. - (Pago del anticipo). De acuerdo al artículo 78 del D.L. 15192 de 15 de
diciembre de 1977, se concederá a EL CONTRATISTA un anticipo del veinte por
ciento (20%) del monto total del contrato con la garantía de correcta inversión del
anticipo mediante Póliza de Seguro N° …………. de fecha ……………. de
……………_de 199….., otorgada por la Compañía de Seguros ………………
extendida en esta ciudad. en favor del CONES con plazo de vigencia de ……………..
meses, por un monto de ………………….. (…………) esta suma será deducible en la
proporción del veinte por ciento (20%) de cada una de las planillas que se cancelen
por concepto de avance de obra hasta cubrirla totalmente. Se deducirán también de
cada una de las planillas de pago por avance de obra, el diez por ciento (10%) como
garantía de buena ejecución, cuyo monto será devuelto a EL CONTRATISTA a la
firma del Acta de Recepción Definitiva de la Obra, previa deducción de las multas y
otras penalidades a que hubiere lugar y que se establecen en este contrato y en las
leyes que rigen los contratos del Sector Público.

Sexta. - (De los Reajustes). Los precios de este contrato no serán modificados por
ninguna causa salvando el hecho de que dentro del plazo fijado en la cláusula séptima
del presente documento el Supremo Gobierno aprobara disposiciones legales de
reajuste y que obliguen a el CONES el pago de este reajuste que puede producirse
por incremento de sueldos y salarios o modificación del tipo de cambio con relación
al patrón monetario nacional. Estos reajustes legales de los precios de las propuestas
serán aplicados en los detalles de precios unitarios así dispuestos y presentados que
sean por EL CONTRATISTA únicamente en los ítems sobre los cuales incide la
variación y no sobre el precio total de este contrato. Se tomará en cuenta para estos
reajustes el cronograma de trabajo en vigencia y los artículos y del D.S. N° ……………
de …………, siempre que no fueren derogados o un su caso la aplicación expresa de
la disposición de incrementos que se sancionara en el curso de vigencia de este
contrato hasta que expire el plazo de la ejecución de la obra que por este documento
se contrata y suscribe.
Estos reajustes se aplicarán sólo sobre la parte que falta por ejecutar de la obra
conforme al cronograma de trabajo.

Séptima. — (Plazo de entrega). El plazo estipulado para la entrega de la obra


terminada es de ……………… días calendario (…….) que se computará a partir de
los …………. días de la entrega del pago por concepto de adelanto que se le
proporcionará a EL CONTRATISTA, vencido este plazo de___ días sin que se hubiera
iniciado las obras o vencidos los ……………….. días sin que se haya terminado la
construcción según el pliego de especificaciones consignadas, EL CONTRATISTA se
obliga al pago de multas por mora del ……………… por mil …………0/00) sobre el
monto total del contrato por cada día calendario de atraso, sin necesidad de
requerimiento alguno y el CONES podrá seguir la acción coactiva con el informe
evacuado por el Supervisor de Obras tanto por el retraso como por las imperfecciones
si las hubiere, utilizar en su caso ,los dineros de la deducción que se haga en planillas
de garantía retenidas con la determinación de la Dirección Ejecutiva. Se descontará
para el cómputo de la mora el tiempo de demora en la cancelación de las planillas por
parte del CONES si este pago no se efectúa en ……… días hábiles de presentado,
salvándose las observaciones que pudieran hacerse por los Departamentos Técnico,
Control de Gestión y Administrativo que deben corregirse por la Empresa dentro de
estos ……. días.
Octava. — (Garantía de cumplimiento y buena ejecución). EL CONTRATISTA
garantiza la ejecución de la obra y el fiel cumplimiento de este contrato con la póliza
de seguro N°…… emitida por la Compañía de Seguros …………….. en fecha ………..
de ………… de …… a la orden del Consejo Nacional de Edificaciones Escolares por
el valor de …………. con una vigencia de …………… meses, equivalente al 10% (diez
por ciento) del valor total de la obra y que en caso de rescisión será consolidado en
favor del CONES, sin lugar a reclamación alguna de excepción dilatoria o perentoria.
Además se garantiza la buena ejecución de estos trabajos con póliza de seguro N°
………, expedida por la Empresa de Seguros ………….. en fecha …………. de
…………… de ……………. con vigencia de …………. meses, desde el …………… de
……….. de ……….. hasta el ………… de ………. de ……. por un monto
de…………….. (………..), correspondiente al diez por ciento (10%) del monto total.
Estas garantías no sustituyen ni anulan ni restringen las garantías legalmente
establecidas en el Código Civil, las disposiciones correlativas y concordantes bajo el
principio jurídico de que “los bienes del deudor constituyen la prenda común del
acreedor”
En cumplimiento de disposiciones legales vigentes se hace extensiva la
responsabilidad por vicios ocultos de construcción por el período de tres años, en este
caso será de aplicación la vía judicial ordinaria o la coactiva a elección de los
organismos que representan al Supremo Gobierno conforme a las prescripciones
contenidas en el Decreto Ley N0 14933 de 29 de septiembre de 1977 y las
disposiciones concordantes relativas a la materia.

Novena. - (Supervisión de obras, inspección e informe). Los trabajos materia del


presente contrato, estarán sujetos a inspección del Supervisor de Obras, designado
por el CQNES con todas las facultades inherentes a tales funciones, debiendo este
rechazar, los trabajos mal ejecutados. los mismos que serán rehechos por cuenta del
CONTRATISTA sin costo alguno para el CONES, obligándose por otra, el
CONTRATISTA, a aceptar las instrucciones y órdenes del trabajo que en ejecución y
aplicación de tales documentos imparta el Supervisor de Obras. EL CONTRATISTA
se obliga a designar y establecer en obra un Superintendente de Obras que deberá
ser un profesional Ingeniero o Arquitecto inscrito en los registros nacionales de su
ramo y que será el Supervisor Residente para establecer la responsabilidad de la
Empresa en la ejecución de os trabajos, quien permanecerá en la obra en forma
corrida y permanente el tiempo necesario y que hará las horas de asistencia a la obra
para coordinar los trabajos con el Supervisor del CON ES. Este funcionario de EL
CONTRATISTA es responsable de los vaciados de hormigón armado, correcta
interpretación de los planos, cálculos, dosificaciones, calidad de vaciados y material
a emplearse de acuerdo al pliego de Especificaciones Técnicas.

Décima. - (Entrega provisional y definitiva). Vencido el plazo para la ejecución de la


obra, se procederá a la recepción provisional de la misma con la intervención y
concurrencia de los funcionarios competentes, debiendo efectuarse por los
organismos técnicos del CON ES una detallada evaluación para establecer el
cumplimiento del Pliego de Especificaciones Técnicas y Administrativas.
Verificada a correcta ejecución de la obra se procederá a elaborar el Acta de
Recepción Provisional en el que se dejará constancia de todas las observaciones y
reparos a que hubiere lugar a objeto de que el CONTRATISTA subsane en un plazo
no mayor a los noventa días (90) calendario antes de procederse a la suscripción del
Acta de Recepción Definitiva. La suscripción de esta acta procederá una vez que los
defectos de construcción observados hayan sido subsanados satisfactoriamente o
que los trabajos defectuosamente ejecutados hayan sido rehechos. sin costo
adicional para el CON ES. El Acta de Recepción Provisional servirá de base para el
cómputo del plazo de ejecución de la presente obra.
Décima Primera. - (Cláusulas complementarias y disposiciones diversas).

A) prohibición de subrogación. - De acuerdo con el inciso b) del artículo 76 del D.L.


N9 15192 del l5de diciembre de 1977, ELCONTRATISTA está expresamente
prohibido subrogar todo o parte de este contrato, traspasar, transferir o suscribir
contratos con otras empresas de la misma o diferente categoría para la ejecución
total o parcial del proyecto sin el consentimiento escrito y aprobado por la junta
Directiva del CONES. El incumplimiento de esta cláusula será considerado causal
de rescisión.

B) Causales de rescisión: Son causales de rescisión del contrato las señaladas en el


artículo 79 del decreto Ley de referencia, que prescribe:

C) Causales imputables al contratistas a) Incumplimiento en la fecha de iniciación de


la obra; b) Disolución de la firma constructora, c) Quiebra declarada del contratista; d)
Negligencia grave o contravención a las obligaciones contractuales; e) Inobservancia
de planos y especificaciones; f) Incumplimiento a la tercera conminatoria consecutiva
para el pago puntual a su personal; g) Suspensión de obras por más de 20 días
calendario sin autorización escrita; h) Incumplimiento del plan o programa de trabajo;
i) Incumplimiento de las condiciones del contrato.

C) Causales imputables a la entidad contratante: a) Apartarse de los términos del


contrato y pretender aumentos o disminuciones en las obras sin la necesaria orden
de cambio que garantice su pago; b) Disponer la suspensión de las obras por más de
veinte días calendario; c) Por falta de entrega oportuna de planos especiales y/o de
detalle.

D) Prohibición de El CONTRATISTA para transferencias: De conformidad con el


artículo 80 del mismo D.L. 15192, EL CONTRATISTA no podrá transferir sus
acciones total o parcialmente a terceros durante la vigencia de este contrato sin
previa autorización escrita y justificada de el CONES.

Décima Segunda. - (Consolidación de la pólizas). Cuando la rescisión de este contrato


sea por causas imputables a EL CONTRATISTA, se consolidará en favor de el
CONES, las garantías de cumplimiento de contrato y de buena ejecución sin lugar a
relamo alguno. Se efectuará la liquidación de este contrato practicando evaluación
del trabajo, el costo de los materiales de la obra que pudieran ser empleados en la
construcción, medición del trabajo avanzado, el levantamiento del campamento si
existiere así coma las demás instalaciones para la ejecución de la obra. Advirtiéndose
además que si el incumplimiento de este contrato por parte de EL CONTRATISTA
ocasionar mayores perjuicios a la obra y al Estado. el CONES exigirá la indemnización
adicional de estos daños y perjuicios por las vías señaladas en este documento, así
como la aplicación de las sanciones previstas en el artículo 81 del D.L. N9 15192 de
15 de diciembre de 1977.
Cuando la rescisión del contrato sea por causales imputables a el CON ES, se
efectuará la liquidación del contrato practicándose la evaluación de la obra, costo de
los materiales en obra y que pudieren ser empleados en la construcción, los gastos
proporcionales que demandaron el levantamiento del campamento y la instalaciones
que se hubiesen hecho, reconociéndosele a EL CONTRATISTA una compensación
de hasta el diez por ciento (10%) sobre el monto de lo obra no ejecutada y se le
devolverá las garantías de cumplimiento de contrato y de buena ejecución.
Décima Tercera. - (Interpretación y ejecución coactiva). En caso de presentarse
desinteligencias y controversia en la interpretación de cualesquiera de las cláusulas
del presente contrato, las partes se someterán a la determinación de los organismos
competentes de la Contraloría General de la República.

Décima Cuarta. - (Instrumentos legales de adjudicación). Constituyen instrumentos


legales en la suscripción del presente contrato, los artículos 67, 68, 69 inciso c) y 90
del Decreto Ley N9 15192 de 15 de diciembre de
1977; artículos 732 al 749 del Código Civil; propuestas, pliego de especificaciones
técnicas y administrativas, adjudicación y aprobación de la propuesta y demás
documentación cursante en el expediente respectivo.

Décima Quinta. - (intervención Fiscal). En la suscripción del presente contrato,


intervienen como miembros de fiscalización en representación del Estado, los
señores …………… y …………….. en sus calidades de Contralor General de la
República y Fiscal de Gobierno, respectivamente, quienes firman al pie de este
instrumento, expresando su plena conformidad.
Décima Sexta. - (Conformidad). Nosotros, …………………… y …………………..
Ministro de Educación y Cultura y como Presidente de la H. Junta Directiva y Director
Ejecutivo del Consejo Nacional de Edificaciones (CONES), respectivamente, por una
parte y ………………………, como personero legal de la EMPRESA
CONSTRUCTORA” ………………………, por otra, declaramos nuestra plena
conformidad con las cláusulas estipuladas en la presente minuta, para su fiel y estricto
cumplimiento.

Presidente de la H. Director Ejecutivo de


Junta Directiva de CONES CONES

Representante legal de la Empresa

Contralor Gral. de la República Fiscal de Gobierno


CONTRATO LLAVE EN MANO
LOS CONTRATOS "LLAVE EN MANO" MODALIDAD "EPC"
en nuestro medio como contrato modalidad "llave en mano", conocido y aplicado,
especialmente para la construcción de obras inmuebles de infraestructura.
La idea rectora del contrato "llave en mano" nació en el ámbito de los contratos de
ingeniería, donde se exigía algo más que un proyecto, dirección y construcción.
Este "algo más" era ni más ni menos que el perfeccionamiento y entrenamiento para poder
hacer funcionar correctamente un emprendimiento complejo, como podría serlo, por
ejemplo, una planta de tratamiento de agua, un sistema de comunicaciones o un complejo
habitacional con su infraestructura urbana.
Toma el nombre de la modalidad EPC, cuando el contratista asume las obligaciones
propias de

• Constructor (construcción)
• Adquiere los suministros (procurement)
• Desarrolla la ingeniería del proyecto (engineering)

PRINCIPALES CLÁUSULAS DE UN CONTRATO LLAVE EN MANO


Los contratos llave en mano buscan regular con gran detalle todas las cuestiones que
puedan surgir entre las partes. Las principales cláusulas de un contrato llave en mano
son: el diseño del proyecto, el lugar de construcción, el plazo de ejecución, el precio y la
forma de pago, las garantías de cumplimiento y la ley que rige el contrato

• Diseño de proyecto
• El lugar de construcción
• Plazo de ejecución
• Precio y forma de pago
• Garantías de cumplimiento
• La ley que rige el contrato
La ley aplicable a los contratos llave en mano es normalmente la ley del tribunal o
procedimiento de arbitraje de Bolivia.

OBLIGACIONES DEL CLIENTE:


Las principales obligaciones del cliente son:

• Permitir el acceso del contratista al lugar de construcción.


• Apoyar al contratista en la obtención de permisos y licencias.
• Pagar el precio del contrato.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
Las principales obligaciones del contratista son:

• Obtener los permisos y licencias necesarios.


• Llevar a cabo el diseño de la planta.
• Llevar a cabo la realización de la planta llave en mano y subsanar todos los
defectos que puedan producirse de acuerdo con el contrato.
• Proporcionar al cliente los manuales operativos y de mantenimiento de la planta.

COMPRA VENTA DE AUTO

CONTRATO DE COMPRA VENTA DE AUTO


El contrato de compraventa es un contrato consensual, en el cual, uno de los sujetos —
vendedor— acuerda con otro —comprador — la entrega pacífica de la posesión de una
cosa comerciable, y cuya obligación para el comprador consiste en pagar por ella un
costo determinado

DOCUMENTACION DE COMPRA VENTA DE AUTO


• RUAT, carnet del propietario
• Póliza, de Importación
• formulario de registro del vehículo FRB en caso que se trate de una importación
• Cédula de identidad del comprador
• Escritura publica de transferencia
• Impuestos al dia

PROCEDIMIENTO DE COMPRA VENTA DE VEHICULOS


• Llegar a un acuerdo entre comprador-vendedor sobre el vehículo de interés
• En Notaria se realiza la revision de documentos
• Poder de propiedad con validez de 3 meses con reconocimiento de firmas
• Minuta de compra
• Solicitud de inspección técnica vehicular a Diprove
• Registro en Alcaldía
• Impuesto a la transferencia de acuerdo al modelo de vehículo
• Cambio de nombre en alcaldía
DOCUMENTO DE COMPRA VENTA

DERECHOS Y DEBERES DEL VENDEDOR Y DEL COMPRADOR


VENDEDOR:
DEBER

• El único deber que tiene un particular es la de entregar el vehículo sin ningún


tipo de carga, gravamen o defecto oculto
DERECHOS

• Recibir el pago por el monto acordado


• Escoger el día y hora de entrega del vehículo
COMPRADOR
DERECHO

• Recibir el vehiculo acordado


• dar un adelanto o el pago total del vehículo sin tener a mano el contrato de
compraventa.
DEBER

• El comprador deberá asegurarse que el vendedor es, en realidad, el propietario


del auto y no un intermediario. De lo contrario, no podrá hacer las reclamaciones
pertinentes.
• Revisar el estado del vehículo -Solicitar el Historial del vehículo en la oficina de
Tráfico;
• Realizar el cambio de nombre

IMPUESTOS
El impuesto de vehículo 200 bs de particular y público como 350 bs aproximadamente.
El usuario importador tendrá como actividad principal la importación y venta de
vehículos, deberá dosificar facturas normales y deberá emitir la factura de ventas al
precio de venta del vehículo
Están alcanzados al IVA 13%, IT 3%, IUE 25%, RC-IVA 13%.
No importa si es persona natural (empresa unipersonal) debe emitir la factura y pagar
los impuestos como una empresa normal.
ALQUILER DE UN LOCAL COMERCIAL

CONTRATO DE ALQUILER DE UN LOCAL COMERCIAL


Es aquel arrendamiento que recae sobre aquellas edificaciones urbanas habitables
cuyo destino primordial no sea la vivienda, sino el de ejercerse en ellas, con
establecimiento abierto, una actividad de industria, comercio o enseñanza con fin
lucrativo

CARACTERÍSTICAS
La principal característica del
contrato de arrendamiento es
renovar el contrato luego de llevar
dos años ocupando el local.
El contrato de alquiler por escrito
debe identificar a las partes
interesadas, la ubicación y
descripción del local, la duración,
renta a pagar y todas aquellas
cláusulas que estipulen las partes.

REQUISITOS
1. Ser mayor de edad
2. Datos del local o lugar a alquilar
3. Carnet de identidad por ambas partes
4. Comprobante de titularidad de los inmuebles
5. Comprobar los acuerdos por ambas partes para el contrato

IMPORTANCIA DE UN CONTRATO DE ALQUILER


La vigencia del contrato es un tema delicado debiéndose considerar el retorno de
inversión del capital invertido en el mismo, la ubicación y posicionamiento de un negocio
en el lugar entre otros factores de valor.
La relevancia de un contrato de arrendamiento personalizado como arrendador o
arrendatario, debe ser prioridad. Cualquier acción errónea u omisión puede costar caro
y derivar en procesos legales que implican tiempo, dinero y esfuerzo, poniéndose en
riesgo el inmueble del arrendador y la inversión del arrendatario
MODELO DE CONTRATO DE ALQUILER
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR Y DEL ARRENDADO
ARRENDADOR
Derecho a:

• Pagar mejoras que hizo el inquilino


• Sancionar al inquilino por incumplimiento de pago.
• Denuncia formal con el contrato en caso de no pago.
Deber a:

• Entregar el ambiente acordado.


• Salir en defensa del inquilino cuando sea convocado por perturbaciones.
• Entregar todos los documentos.
• Exigir que el ambiente sea devuelto como se lo entrego.
• Si existe garantía, entregar al momento de finalizar el contrato
ARRENDADO
Derecho a :

• Realizar mejoras del lugar o local.


Deber a:

• Pagar puntualmente el alquiler.


• Conservar el lugar en buenas condiciones.
• Denunciar infracciones o malos tratos.
• Entregar al finalizar el contrato al dueño o arrendado.

IMPUESTOS:

Este impuesto es del 16% sobre el valor de la cuota de alquiler y se paga de forma
mensual (IVA + IT), y 13% de forma trimestral (RC-IVA) o 25% de forma anual (IUE).
este impuesto grava entones los servicios de arrendamiento que se da al ser dueño, y
también, el ingreso que se recibe por estos alquileres

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