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Plan Vida a la Medida

Condiciones Generales

Invalidez, Pérdida o Inutilización por Enfermedad


En este documento encontrarás todas las coberturas, derechos y obligaciones que tienes como asegurado y los compromisos que
SURA adquirió contigo por haber contratado tu Seguro de Invalidez, Pérdida o Inutilización por Enfermedad.

CAMPO Descripción del Formato Clausulado Nota Técnica


Porcentaje a Indemnizar Evento
1 Fecha a partir de la cual se utiliza 04/09/2017
04/09/2017 04/09/2017
04/09/2017 Por la pérdida o inutilización total y
2 Tipo y número de la entidad 1411
1411 1411
1411 permanente de una mano o de un pie.
60 %
3 Tipo de documento PP NT-P
NT-P Por la pérdida total e irrecuperable de
la visión por un ojo.
4 Ramo al cual pertenece 3737 37
37
5 Identificación interna de la proforma F-02-81-590
F-02-81-594 N-02-81-0052 Por la pérdida o inutilización total y
20 % permanente de un dedo pulgar de una
de las manos.
Sección I. Cobertura
Por la pérdida o inutilización total y
permanente de cualquiera de los
INVALIDEZ, PÉRDIDA O INUTILIZACIÓN POR ENFERMEDAD restantes dedos de las manos.
10 %
Si como consecuencia de una enfermedad quedas inválido o Por la pérdida o inutilización total y
permanente de cada uno de los dedos
sufres alguna de las siguientes pérdidas o inutilizaciones, SURA de los pies.
te pagará los porcentajes del valor asegurado que se indican a
continuación: Esta cobertura está condicionada a que:
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A.

Porcentaje a Indemnizar Evento a. Si se trata de una pérdida o inutilización, sobrevivas al menos un


mes a partir de la fecha de determinación de la pérdida.
Por toda lesión que te produzca
una pérdida permanente de b. Si se trata de invalidez, debe persistir por un término no inferior a
capacidad laboral igual o superior cuatro meses.
al 50 %.

Por la pérdida total e irrecuperable Debes tener en cuenta lo siguiente para la pérdida de capacidad
de la visión por ambos ojos. laboral:

Por la pérdida o inutilización total y • Esta se deberá calcular de acuerdo a lo establecido en el Manual
100 % permanente de ambas manos o de
ambos pies o de una mano y un pie. Único de Calificación de Invalidez, incluso si tienes un régimen
especial de seguridad social.
Por la pérdida total e irrecuperable • La fecha relevante en la reclamación es la fecha de estructuración.
de la visión por un ojo, conjuntamente • Cuando presentes una reclamación podrás aportar los conceptos
con la pérdida o inutilización total y
permanente de una mano o de un pie. o calificaciones que hayan emitido las entidades habilitadas como
las EPS, AFP, ARL y juntas de calificación de invalidez, pero la
Por la pérdida total e irrecuperable del definitiva para este seguro será la que dé la Junta Regional de
habla o de la audición por ambos oídos. Calificación de Invalidez o la de la Junta Nacional si tú o SURA
apelan la decisión de la Junta Regional.

04/09/2017 - 1411 - P – 37 – F-02-81-590 04/09/2017 - 1411 - NT-P - 37 – N-02-081-0052


del valor asegurado, terminarán estas coberturas. Pero si la
Sección II. Exclusiones
indemnización es menor al 50 %, SURA te volverá a dar el mismo
valor asegurado que tenías antes del evento para continuar con las
SURA no pagará las indemnizaciones acordadas cuando la coberturas contratadas.
invalidez, pérdida o inutilización sea causa directa o indirecta de:
6. EDADES DE INGRESO Y PERMANENCIA
• Lesiones causadas con arma de fuego, cortante, punzante o
contundente. Edad mínima Edad máxima Edad máxima de
Cobertura
de ingreso de ingreso permanencia
• Cirugía plástica o cosmética. Esta exclusión no aplica si la
cirugía es realizada como consecuencia de un accidente. Invalidez, Pérdida
o Inutilización por 18 años 65 años 70 años
• Tentativa de suicidio o lesiones que te hayas provocado Enfermedad
intencionalmente, estando o no en uso de tus facultades
mentales.
• Enfermedades congénitas o lesiones, defectos físicos y Cuando cumplas la edad máxima de permanencia continuarás
enfermedades originadas o adquiridas antes de la contratación asegurado hasta que termine la vigencia en curso del seguro.
del seguro. Esta exclusión aplica así declares que padeces la
enfermedad antes de contratar el seguro. 7. TERMINACIÓN
• El uso de aviones, aeroplanos y otros objetos de este tipo en
calidad de piloto, piloto en formación, mecánico de aviación o Este seguro termina por las siguientes causas:
miembro de la tripulación.
• Lumbalgias, espasmos musculares y hernias de cualquier
a. Por mora en el pago de la prima
clase.
b. Cuando lo solicites de manera escrita a SURA
• Actos de guerra interior o exterior, revolución, rebelión,
c. Cuando mueras
sedición, asonada o actos violentos motivados por conmoción
d. Cuando SURA te lo informe por escrito mínimo con 10 días de
social o por aplicación de la ley marcial, prestación del servicio
militar, naval, aéreo o de policía. antelación
• Fisión o fusión nuclear o radioactividad. e. Al finalizar la vigencia en que cumplas 70 años
f. Por el pago del 50 % o más del valor asegurado

Sección III. Otras condiciones En los casos en que tú o SURA soliciten la terminación del seguro,
se te devolverá el valor de la prima correspondiente al tiempo que
1. INICIO DE VIGENCIA no estés cubierto.
El seguro inicia al realizarse el primer débito de la prima de tu
cuenta de ahorros, cuenta corriente o el cargo a la tarjeta de 8. PROCEDIMIENTO EN CASO DE SINIESTRO
crédito.
En caso de un evento cubierto por este seguro, deberás solicitarle a
2. VIGENCIA Y RENOVACIÓN
SURA el pago de la indemnización, acreditando su ocurrencia.
Este seguro tiene una vigencia anual y al finalizar se renovará
automáticamente por un período igual. Recuerda que en
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A.

Puedes comunicarte por alguna de las siguientes opciones:


cualquier momento puedes solicitar a SURA que tu seguro no se
renueve y adicionalmente, en cualquier momento tienes la
posibilidad de dar por terminado el seguro si no deseas continuar a. Línea de atención de SURA en Bogotá, Cali o Medellín al 437 88 88
con la protección que este te brinda. o en el resto del país sin ningún costo 01 800 051 88 88
b. Desde tu celular, marcando al #888
3. VALOR ASEGURADO c. Sucursal Telefónica Bancolombia:
El valor asegurado es el señalado en la carátula y aumentará en Bogotá: 343 00 00
cada renovación con base en el IPC de los últimos doce meses Medellín: 510 90 00
publicado por el DANE. Este incremento no superará el 10 % así Cali: 554 05 05
el IPC sea mayor. Barranquilla: 361 88 88
Desde el resto del país: 01 800 0912345.
4. PRIMA
La prima es el precio que debes pagar por tu seguro, esta será Por estos mismos medios, te indicarán los documentos que debes
debitada automáticamente del medio de pago que elijas y de
presentar para soportar la reclamación.
manera mensual.

SURA pagará la indemnización en un término inferior a un mes,


5. RESTABLECIMIENTO AUTOMÁTICO DEL VALOR ASEGURADO
contado a partir de la fecha en que se acredite la ocurrencia y
Si SURA te paga una indemnización por invalidez, pérdida o
inutilización por accidente o enfermedad, mayor o igual al 50 % cuantía del evento.

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Tendrás dos años para reclamarle a SURA el pago de la
indemnización, contados a partir del momento en que conoces o
debes tener conocimiento de la ocurrencia del evento cubierto. En
cualquier caso, la reclamación no podrá presentarse después de
pasados cinco años contados a partir del momento en que ocurrió
el evento.

Si debes dinero a SURA y a su vez, SURA tiene saldos a tu favor


pendientes de pago, la Compañía compensará dichos valores, de
acuerdo a las reglas del Código Civil.

Sección IV. Glosario

1. Invalidez: cuando pierdes de forma permanente y definitiva el


50% o más de tu capacidad laboral, certificada por la entidad
calificadora habilitada.

2. Fecha de estructuración: fecha a partir de la cual alcanzaste de


forma permanente y definitiva alguna pérdida de la capacidad
laboral, determinada por la entidad calificadora habilitada.

3. Pérdida o inutilización: cuando sufres una pérdida funcional


(pérdida total o irreversible de movimiento) o una pérdida
anatómica (amputación).
SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A.

01/12/2017

En caso de tener peticiones, quejas o reclamos podrás comunicarte con las siguientes
líneas de atención:

Línea de Atención al Cliente


Bogotá, Cali y Medellín 4378888
Línea Nacional 01 800 051 8888
Celular: #888

SEGUROS DE VIDA SURAMERICANA S.A. asume exclusivamente la responsabilidad


del cumplimento de las obligaciones relacionadas con el presente contrato
frente al consumidor financiero.
Para más información visita www.sura.com y www.grupobancolombia.com

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