Anexo 2 - Dolly Dayana Cerón
Anexo 2 - Dolly Dayana Cerón
Anexo 2 - Dolly Dayana Cerón
Presentado por:
Grupo: 403030_203
Nombre de la tutora:
Programa de Psicología
CCAV-Pasto
Octubre 2022
Introducción
Las ramas de acción de la psicología son amplias, entre ellos se encuentra la psicología
educativa, comunitaria, social, jurídica. Sobre esta última se sabe que es aquella rama de la
psicología desde la cual se interviene teniendo presente las visiones psicológicas para interpretar
y apoyar las perspectivas legislativas y de ley, este campo se divide en áreas de acción jurídica
siendo una de ellas la psicología de mediación, campo desde el cual se busca llegar a acuerdos
A continuación, se indaga sobre un caso de conflicto donde están involucradas las señoras
Julia Muños de 45 años y Cecilia Pérez de 50 años quienes mantienen constantes discusiones,
agresiones verbales, físicas, dentro del contexto donde residen lo cual viene causando malestar
psicológico, desde lo estipulado por la mediación este caso en las páginas siguientes se propone
un diagnóstico del caso, a partir del estudio, análisis y principales propuestas de solución del
conflicto contemplando aquellas que sean adecuadas para ambas partes involucradas.
Objetivo general
Objetivos específicos
Hacer un análisis crítico y reflexivo del caso propuesto, identificando el porqué del
Identificar conocimiento teórico que permita distinguir el abordaje del caso de mediación.
de mediación.
Diagnostico psicosocial
Caso
Julia Muños de 45 años y la señora Cecilia Pérez de 50 años, quienes, siendo vecinas, residentes
salud mental.
Justificación
Las dos partes, es decir la señora Julia Muños de 45 años y la señora Cecilia Pérez de 50
años, al vivir en un constante conflicto durante los últimos años, dentro del contexto donde son
vecinas, esta situación les genera una serie de estados negativos como irritación, enojo, rabia,
angustia que, aunque suceden de distinta forma en cada una de ellas, a las dos les traen
Es necesario identificar y evaluar el problema que existe dentro del conflicto entre las dos
señoras ya que así desde la mediación se puede saber con mayor claridad bajo que rutas
afrontarlo, que técnica y estrategias usar para guiar a las partes a la solución, cómo hacer para que
continuidad del mismo evitando una intervención jurídica más drástica. En sí, se puede decir que
es importante identificarla pues así será posible brindar la ayuda adecuada y aceptable para
ambas partes.
Algo a resaltar es que al evaluar esta problemática genera cosas positivas en lo personal
tales como: disminuir la probabilidad de terminar en hechos más grabes como daños físicos entre
las partes, mejorar el bienestar general, mejorar el estado anímico y emocional, propiciar
genera aspectos positivos en lo colectivo pues la vida en comunidad se mantendrá con más
agrado, ya que las demás personas del contexto al erradicar el conflicto ya no se ven expuestas a
presenciar conflictos entre las partes involucradas, lo cual genera tranquilidad, tampoco se ven
expuestas a contemplar hechos conflictivos que les generen rencor, odio ni daños, ni tampoco
verse inmersos en apoyar a una de las partes, ni tener incertidumbres y cuestionamientos e ideales
inadecuados acerca de las partes involucradas lo cual mejoraría la convivencia entre los vecinos.
Para contemplar el problema existente que se debe atender, es necesario abordar los
siguientes aspectos.
Muños de 45 años y la señora Cecilia Pérez de 50, residentes del mismo contexto (son vecinas)
en el municipio del Gualilo del departamento de Santander Colombia, quienes de un tiempo para
acá vienen presentando encuentros conflictivos verbales, que en ocasiones las ha llevado a estar a
punto de cometer agresiones físicas entre ellas. Sobre esta situación de conflicto la señora Julia
refiere que el problema con su vecina se debe a que la señora Cecilia le coquetea a su esposo, es
atrevida y chismosa. Por su parte la señora Cecilia manifiesta que lo mencionado por su vecina es
incorrecto y que el conflicto inicio cuando su vecina Julia le pidió dinero y ella no accedió a
prestarle dicho dinero, la señora Cecilia es quien da el primer paso para buscar una forma de
solución al conflicto asistiendo a la personería en busca de ayuda ya que rétala sentirse mal ante
las persecuciones y conflictos con su vecina, en esta entidad la remiten a psicología para que el
psicólogo pueda guiar y apoyar en la búsqueda de una solución para el conflicto existente en el
caso.
psicología jurídica, propuestos por El Colegio Oficial de Psicólogos de España COPE 2010
citado por Martínez (2018) se evidencia que el área de abordaje es la mediación. Chavarría
(2022) manifiesta que la mediación es un modelo desde el cual se busca la solución a un conflicto
manifiesta que desde este modelo se pretende resolver los conflictos de una forma significativa y
intervención.
En ese sentido, es correcto decir que el caso amerita un abordaje desde la mediación ya
que existen dos partes involucradas, quienes presentan un conflicto que es necesario erradicarlo
desde el apoyo del psicólogo puesto que se requiere guía y apoyo en la búsqueda de alternativas
de solución y acuerdo que garantice la satisfacción total de las dos señoras involucradas y en
Antecedentes
La problemática inicia hace tres años atrás, desde lo expresado por las involucradas se
contempla dos puntos de vista que dieron inicio al problema, por su parte la señora Julia
manifiesta que se han dado situaciones de conflicto, discusiones con su vecina ya que esta le
coquetea a su esposo, es atrevida y chismosa. Por otro lado, la señora Cecilia manifiesta que la
problemática inicio cuando ella en cierto momento no accedió a prestarle un dinero que le pedía
la señora Julia.
Sobre la evolución del conflicto y el problema se evidencia que cada vez es más notorio el
problema y la discordia entre las señoras ya que ha habido situaciones que han estado a punto de
creación de comentarios despectivos principalmente por parte de la señora Julia hacia la señora
Cecilia.
notorio que la situación de discordia entre las señoras está causando daños significativos en
cuanto al aspecto emocional y su tranquilidad. Ya que incluso en el momento de acudir las dos
partes a una a psicología, la señora Julia esta apunto de agredir físicamente a Cecilia.
búsqueda de apoyo y solución a raíz de que la señora Cecilia acudió a la personería regional del
municipio de Gualilo en Santander Colombia, en busca de ayuda y apoyo para poder solucionar
el conflicto, desde este espacio fue remitida a psicología para que este profesional las ayude y
pueda brindar el apoyo necesario para erradicar el conflicto, en este abordaje por parte del
psiologo durante la consulta con Cecilia el profesional distingue el punto de vista de la señora
Cecilia, posteriormente cita a la señora Julia, de quien también contempla su perspectiva y por
ultimo propone una cita conjunta con la participación de las dos partes, encuentro donde se
evidencio durante el desarrollo de algunas fases de la intervención que la señora Cecilia está más
interesada por buscar una solución efectiva, mientras que Julia está dispuesta en primer momento
a continuar con las acciones conflictivas con su vecina, pero posteriormente desde la reflexión y
aceptando el daño que dicha situación le viene proporcionando, accede a buscar una posible
Ante ello actualmente se levanta un acta de acuerdo que evidencia lo acordado entre las
partes involucradas.
Contexto
que dieron origen al problema, pues solo se sabe que ocurrió hace 3 años y que su origen se
sustenta por impresiones que cada una de las implicadas ha realizado por las situaciones que han
dado origen al conflicto, así se encuentra que por parte de la señora Julia, desde la percepción que
tiene de su vecina, tomo una postura desde la cual manifiesta que la señora Cecilia le coquetea a
su esposo, además de que es atrevida y chismosa. por otra parte, la señora Julia manifiesta desde
su impresión que se debe a que en un momento ella no accedió a prestarle un dinero a la señora
Julia y que eso fue el detonante para el conflicto, en si no se profundiza en el caso sobre el
contexto temporal y social de inicio del conflicto pues en el caso se abarca las visiones que tienen
las implicadas en cuanto al origen, más no se plantea hechos contextuales sociales y temporales a
profundidad.
decir que se ha mantenido por bastante tiempo (durante tres años) en los cuales ha venido
sucediendo en el mismo contexto el lugar donde residen, donde ninguna persona ha intentado
mediar, ni buscar solución, ante ello sobre el mantenimiento es preciso referir que el contexto a
influenciado sin apoyo alguno ya que en ningún momento alguien ha intervenido el caso o a
tratado de ayudar a las señoras a solucionar la problemática que existe entre ellas dos. A
excepción de cuando una de las partes decide buscar apoyo a una entidad del estado (personería
regional) desde la cual espero buscar el apoyo y guía para solucionar el conflicto.
Actores
La población afectada directamente por el conflicto son las implicadas, es decir la señora
Julia de 45 años de edad y la señora Cecilia de 50 años de edad, la familia con la que conviven
Ubicación geografía
Colombia.
Datos sociodemográficos
proporcionan solo algunos datos como la edad, el sexo y el lugar de residencia, a continuación, se
describen.
María Julia Muños: 45 años de edad, de sexo femenino, residente del municipio de
Gualilo del departamento de Santander de Colombia, de quien se sabe además que vive con la
Cecilia Pérez: 50 años de edad, de sexo femenino, residente del municipio de Gualilo del
Dentro de la información suministrada dentro del caso no se describen los elementos del
Lo único que se sabe es que en el contexto actualmente existen entidades que una vez
alguien pide apoyo ante una problemática, estas le prestan ayudan a las personas y si no pueden
apoyarla la guían hacia alguien o alguna entidad que le pueda ayudar a cómo solucionar las
problemáticas.
Educación
caso no se menciona.
Factores de riesgo
Conflicto constante entre las señoras implicadas, el hostigamiento que sienten las
implicadas, la intranquilidad naciente por las persecuciones entre las implicadas, la creación de
Factores protectores
La visión creativa de una de las partes ante la búsqueda de ayuda; la existencia actual de
entidades y personas que guían, apoyan y participan como guías en el proceso de mediación y
solución de conflictos.
Consecuencias
en qué momento pueden estas señoras agredirse, miedo e incertidumbre al no saber quien dice la
verdad.
En el ámbito social
Distanciamiento entre quienes están de acuerdo con una parte y quienes están de parte de
la otra implicada, daño entre las relaciones sociales entre los vecinos, ante los chismes generados
En el ámbito económico
Conflictos entre posibles alianzas de negocios entre los vecinos que están de acuerdo con
Bienestar colectivo
o quizás físicos, creación de comentarios negativos hacia unos y otros, creación de rencores y
Calidad de vida
Disminución de la tranquilidad, daños en las relaciones entre los individuos ante quienes
apoyan a una y otra, inseguridad e incertidumbre frente a correr el riesgo de ser real lo que alguna
de las implicadas dice, por ejemplo, puede suceder que exista negatividad y miedo frente a si la
una es quita maridos le puede quitar a otra el marido o si la otra me pide dinero y no le presto
Derechos vulnerados
Los derechos que se ven afectados desde las acciones que ejercen las implicadas, la una
contra son: el derecho al respeto del buen nombre y la no difamación del buen nombre, estipulado
determinado en el articulo 22. Son derechos que se ven vulnerados desde las acciones de las
señoras puesto que entre ellas difaman su buen nombre, afectan la honra desde supuestos y
rumores de la parte contraria, además mantienen constantes conflictos que afectan su paz y
tranquilidad de forma significativa para si mismas como para sus familias y el contexto social
cercano.
Por otro lado, desde la intervención y acción del profesional del área de psicología, se
puede decir que en ningún momento se ven vulnerados los derechos de las señoras ni de ningún
otro individuo, ya que en primer lugar la persona encargada del área de la personería realiza un
más capacitado (psicólogo) para atender el caso, quien brinda la asesoría y apoyo adecuado,
adecuado cumplimiento del papel del psicólogo determinado en la constitución y en la ley 1090
Normatividad
manera objetiva los conflictos que se desencadenan en los diversos contextos sociales, en los
espacios familiares, escolares, entre vecinos, entre otros. Dentro de la intervención de estas
problemáticas el psicólogo para abordar y apoyar a las partes en la búsqueda de soluciones debe
cuenta el psicólogo para abordar los casos de mediación se presenta desde la siguiente ley que se
presentan a continuación.
Ley 1090 de 2006, estipulada por el congreso de Colombia, la cual declara el código
deontológico y bioético reglamentario para ejercer como profesional de psicología, este en sus
profesional, marco ético, aspectos legales del ejercicio profesional, los deberes que debe cumplir
el profesional así como estipula los derechos de los cuales es acreedor el profesional en su
Artículo 2, ítem 3, estándares morales y legales, a partir del cual se estipula las
implicaciones morales que debe contemplar el psicólogo para la correcta aceptación de sus
acciones.
difusión de la misma.
información, el cuidado de los datos suministrados, el respeto de los principios éticos. Para el
caso este este articulo debe ser tenido en cuenta por el profesional, puesto que garantiza el
Artículo 15. Ejercer la profesión sin prejuicios, respetando la religión, criterios morales de
las personas, este artículo debe ser tenido en cuenta puesto que evita que el profesional tome una
postura u otra, actuando en igualdad para ambas partes involucradas en el conflicto, actuando
En sí, esta ley es muy importante dentro del abordaje del caso de mediación que realiza el
profesional, debido a que los artículos de ley que se han plasmado en especial los anteriormente
mencionados garantizan aspectos como: el bienestar del usuario, el buen desarrollo del proceso
en la búsqueda de las soluciones, el buen manejo de la información suministrada por las partes, el
respeto ante las subjetividades de cada señora, el cumplimiento ético del profesional, la
mediación objetiva, la mediación justa e imparcial. Además, esta ley al estipular los aspectos del
ejercicio profesional permite que el mediador reconozca el correcto desarrollo de sus acciones y
las implicaciones legales que tendrá si no cumple las normas, lo cual dentro del caso le lleva a ser
y actor responsable ante el proceso de identificación, abordaje y solución del conflicto desde la
normativa legal.
Campo de la psicología jurídica
El caso de estudio sustenta el conflicto entre dos partes implicadas quienes desde hace
algunos años vienen teniendo constantes enfrentamientos verbales, lo cual ha generado angustia,
intranquilidad, emociones negativas. En ese sentido, debido a que el caso amerita un abordaje de
solución del conflicto para garantizar la tranquilidad y paz de las implicadas, es necesario el rol
del psicólogo jurídico y el plan de acción para el caso se lleve a cabo desde el campo de la
Hecho victimizaste
Referentes conceptuales
Martínez (2008) manifiesta que la psicología jurídica es una rama de la psicología desde
y la conducta desde lo estipulado por la ley y la garantía del cumplimiento de derechos. La autora
refiere además que este campo se divide en subcampos como: psicología del testimonio,
psicología policial, victimología, psicología de mediación, entre otros, desde los cuales se aborda
evidencia una situación de conflicto en la cual hay dos personas implicadas quienes mantienen
una constante pelea a partir de agresiones verbales, se observa que se requiere la intervención
desde la mediación psicológica ya que es necesario que un tercero se encargue de mediar y
dialogar con las señoras para tratar y terminar el conflicto y la problemática que afecta a las
habitualmente en los espacios sociales, familiares y culturales, etc., el cual se inicia por la
discordia, perspectivas de visión distintas, posiciones contrarias que pueden darse entre las
personas.
psicosociales, tales como la subjetividad de la percepción de las partes implicadas, las fallas
comunicacionales, las diferencias de carácter, entre otros. Contrastando este hecho, con el caso,
se encuentra que entre las señoras Julia y Cecilia el conflicto que mantienen sucede a raíz de la
discordia entre las señoras, el hostigamiento e insultos verbales, las diferencias personales y la
falta de comunicación asertiva que causan choques de ideologías y por consiguiente malestar
Alvarado (2003) propone desde sus visiones que el conflicto a pesar de suceder de manera
distinta en cada caso, este posee unos elementos que son igualen en todos los casos, entre estos
componentes propone: las partes del conflicto, las partes principales, las partes secundarias, los
conflicto y sus elementos son claramente identificables y estos ayudan a saber su tipología y las
profesional especializado en esa área, puesto que ello garantizara una intervención pertinente y
En el caso particular de estudio se encuentra que el conflicto sucede porque las señoras
vienen teniendo discordia y discusiones constantes, Alvarado (2003) refiere que los conflictos no
son todos del mismo tipo, ya que las circunstancias que llevan a iniciarlos son diferentes, entre
los tipos propone los conflictos innecesarios (de relación y de información), los conflictos
caso abordado se encuentra que el conflicto estudiado es del tipo innecesario de relación pues las
Contrastando las visiones de conflicto se llega a la reflexión de que es habitual que dentro
de los diferentes contextos sociales existan conflictos entre las personas puesto que cada persona
tiene sus propias subjetividades, formas de actuar, modos de interpretar la realidad, lo cual puede
traer discordias, Alvarado (2003) sustenta que son procesos que deben ser tratados por
mediadores ya que su solución es necesaria para garantizar el mutuo acuerdo, el bienestar de las
partes involucradas y de las demás personas que están cerca a las partes involucradas.
Grajales (2017) sobre ellos refiere que es una forma de intervención en los conflictos sin
involucrar directamente a la ley, y a los jueces, estos mecanismos son vías alternas donde las
partes a través de la guía de un tercero buscan llegar a un acuerdo que sea aceptable para las
partes involucradas. Sobre ello Becerra 2009 citado por Grajales (2017) refiere que:
Los mecanismos alternativos de solución de conflictos son una vía alterna a la justicia
que genera un cambio en la concepción del derecho de acceso a la justicia, y con una
finalidad más encaminada a beneficiar a las víctimas, aunado a los esfuerzos por parte de
los entes estatales de administrar justicia de forma efectiva (p. 8). En el caso objeto de
diagnostico se encuentra que es adecuado abordar desde una vía de solución alterna
aunque busca la resolución del conflicto, también pone especial atención en tratar
110).
contempla las perspectivas de ambas partes sus emociones, percepciones, puntos de vista, y se
busca mejorar la relación de las partes a partir del dialogo, lo cual garantiza tener diferentes
conflictos (M.A.S.C) dentro de los conflictos tiene una gran importancia puesto que garantiza el
acompañamiento en la resolución de conflictos de una forma significativa, donde las partes
involucradas quedan conformes con un acuerdo aceptable para cada una de las partes
conflicto se encuentra que es un proceso necesario que revela su importancia en lo que permite
dentro del conflicto que es el mutuo acuerdo de las señoras Julia y Cecilia ante la problemática
que han tenido durante tres años y les ha generado dificultades y malestar.
Conclusiones
estudio, identificación de ideales y postulación de soluciones ante los conflictos que pueden
existir entre dos partes de un determinado contexto, la mediación en sí acarrea una gran
importancia ya que dentro de los diferentes conflictos ayuda a guiar en la búsqueda de la solución
a los conflictos que puedan tener las personas en los medios sociales, familiares, académicos,
durabilidad de los últimos tres años entre las partes implicadas quienes son la señora Julia de 45
años y la señora Cecilia del municipio de Gualilo, departamento de Santander Colombia, cada
parte sustenta el inicio del conflicto desde ideales diferentes, por una parte Julia refiere que se
debe a que Cecilia es chismosa y le coquetea a su esposo, Cecilia refiere que el conflicto inicio
cuando en un momento esta no accedió a prestarle un dinero a Julia, el correcto análisis desde la
ruta de mediación del psicólogo que aborda y guía el proceso llevan a identificar como posible
solución el acordar que la señora Cecilia no pase por el predio de la señora Julia, ni tampoco
solo en el conflicto del caso estudiado sino en los diferentes espacios donde pueden existir
sucesos conflictivos, de manera general en muchos países, incluido Colombia se han desarrollado
saberes teóricos que contemplan la importancia de la mediación en los conflictos, estos hechos a
su vez junto a las políticas y leyes que regulan el rol del psicólogo han sido fundamentales para
abordar las problemáticas conflictivas que han surgido en los diferentes contextos comunitarios,
abordaje de las problemáticas, uno de estos es la participación activa de las personas implicadas
en el conflicto ya que ellas son quienes saben del porque del conflicto, son quienes deben
proponer las posibles vías de solución del conflicto, son las principales beneficiarias de las
soluciones que se logren y porque son los principales actores que pueden apoyar e ir refiriendo el
Alvarado, M. (2003). Los conflictos y las formas alternativas de solución. Tabula Rasa. (1), 265
– 278. https://www.redalyc.org/pdf/396/39600114.pdf
institucional. https://repository.ucatolica.edu.co/bitstream/10983/14606/1/DE%20LOS
%20MECANISMOS%20ALTERNATIVOS%20DE%20SOLUCION%20DE
%20CONFLICTOS%20EN%20COLOMBIA%20%281%29.pdf
https://www.redalyc.org/pdf/3150/315024813010.pdf
Ley 1090 2006. De la profesión del psicólogo. 06 de septiembre de 2006. D.O. No. 46. 383.
Martínez, G. (2018). Acción psicosocial y contexto jurídico. Documentos de trabajo ECSAH, (2).
https://doi.org/10.22490/ECSAH.2848
https://www.redalyc.org/pdf/461/46139401006.pdf
Nota. Estudio de caso a partir del análisis crítico del caso de mediación.
Figura 2.
Nota. Evidencia de resolución de los interrogantes del caso abordado desde la mediación.