(1) Una mujer presenta una demanda de divorcio ante un juez de protección de niños, niñas y adolescentes. (2) Ella estuvo casada desde 2018 con un hombre con quien tuvo un hijo de 3 años, pero ahora viven separados debido a problemas en la relación. (3) Ella solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial de acuerdo con la ley y establece propuestas sobre la patria potestad, custodia y manutención del hijo.
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(1) Una mujer presenta una demanda de divorcio ante un juez de protección de niños, niñas y adolescentes. (2) Ella estuvo casada desde 2018 con un hombre con quien tuvo un hijo de 3 años, pero ahora viven separados debido a problemas en la relación. (3) Ella solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial de acuerdo con la ley y establece propuestas sobre la patria potestad, custodia y manutención del hijo.
(1) Una mujer presenta una demanda de divorcio ante un juez de protección de niños, niñas y adolescentes. (2) Ella estuvo casada desde 2018 con un hombre con quien tuvo un hijo de 3 años, pero ahora viven separados debido a problemas en la relación. (3) Ella solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial de acuerdo con la ley y establece propuestas sobre la patria potestad, custodia y manutención del hijo.
(1) Una mujer presenta una demanda de divorcio ante un juez de protección de niños, niñas y adolescentes. (2) Ella estuvo casada desde 2018 con un hombre con quien tuvo un hijo de 3 años, pero ahora viven separados debido a problemas en la relación. (3) Ella solicita que se declare la disolución del vínculo matrimonial de acuerdo con la ley y establece propuestas sobre la patria potestad, custodia y manutención del hijo.
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CIUDADANO:
JUEZ DISTRIBUIDOR DE PRIMERA INSTANCIA DE PROTECCIÓN DEL NIÑO,
NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS SU DESPACHO: Quien suscribe, XXXXXXXXXX, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-, domiciliada en la Urbanización xxxxxxxxxx, correo electrónico: xxxxxxx, teléfono N° xxxxxx; asistida en este acto por los Abogados en ejercicio XXXXXXXXXXXXXX, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-4.925.751, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº xxxxxx, teléfonoxxxxxxxx, correo electrónico: xxxxxxx; y ante usted con el debido respeto ocurro, invocando el artículo 185 del Código Civil orgánico vigente, en concordancia con lo establecido en la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 09 de diciembre de 2016 para demandar, como en efecto demando, al ciudadano XXXXXXXXXXXX, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N° V-xxxxxx, con domicilio actualmente en el extranjero, es decir, en la República de Ecuador, correo electrónico: xxxxxxxx, teléfono N° xxxxxxxxx; para que declare la DISOLUCIÓN DE NUESTRO VÍNCULO MATRIMONIAL, aludiendo desafecto entre ambos según la sentencia anteriormente mencionada; lo cual hago en los términos siguientes: DE LOS HECHOS Es el caso Ciudadano Juez, que el demandado y mi persona contrajimos matrimonio civilmente válido por ante el Registro Civil del Municipio Barinas, Estado Barinas, en fecha 13 de Junio de 2018, según se evidencia del Acta de Matrimonio Nº 0360, Tomo 2, Folio 0360; nuestro matrimonio en sus primeros tiempos se desarrolló dentro de toda armonía y comprensión mutua, reinando la paz hogareña durante ese tiempo, fijando ambos EL DOMICILIO CONYUGAL EN LA URBANIZACIÓN XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. Allí permanecimos cumpliendo a cabalidad con nuestros deberes conyugales, sin mayores situaciones problemáticas. Ciudadano Juez, hemos procreamos un hijo, de nombre: XXXXXXXXX, de tres años de edad, nacido xxxxxx, según consta de Acta de Nacimiento expedida por la Prefectura Parroquia Corazón de Jesús de la ciudad de Barinas, Municipio Barinas del Estado Barinas, de fecha xxxxxxx, Acta N° xxxxx, Tomo 4, Folio xxxxx. Sin embargo, en los últimos meses hemos estado confrontando situaciones de hecho problemáticas que hacen imposible la vida en común. Estos hechos provocan que nuestra vida conyugal sea insostenible, incluso con la separación ya de hecho porque sigo viviendo en Barinas y él se encuentra en la República del Ecuador, por lo que ocurro muy respetuosamente ante su competente autoridad para solicitar la disolución de nuestro vínculo matrimonial de acuerdo a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil venezolano vigente en concordancia con la Jurisprudencia reiterada en la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 9 de diciembre de 2016. Declaro que no fomentamos bienes durante la unión conyugal, por lo que no existen bienes a que dar partición. DEL DERECHO Ciudadano juez los hechos explanados se subsumen en el artículo 185 del Código Civil orgánico vigente, en concordancia con lo establecido en la sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 9 de diciembre de 2016, que establece lo siguiente:
…que cualquiera de los cónyuges que así lo desee, podrá
demandar el divorcio por las causales previstas en el artículo 185 del Código Civil, o por cualquier otro motivo, como la incompatibilidad de caracteres o desafecto, sin que quepa la posibilidad de que manifestada la ruptura matrimonial de hecho, se obligue a alguno de los cónyuges a mantener el vínculo jurídico cuando éste ya no lo desea, pues de lo contrario, se verían lesionados derechos constitucionales como el libre desenvolvimiento de la personalidad, la de adquirir un estado civil distinto, el de constituir legalmente una familia, y otros derechos sociales que son intrínsecos a la persona. …OMISSIS…
Es de destacar ciudadano Juez, que esta situación entre nosotros se adecúa o se
inserta en dicha jurisprudencia, dado que es una vía para proceder a disolver el matrimonio cuando se den las circunstancias antes señaladas. PRUEBAS DOCUMENTALES • Copia simple de mi cédula de identidad en un folio marcado “A”. • Copia Simple de la cédula de identidad del demandado en un folio marcado “B”. • Copia de acta de matrimonio, marcada “C”. • Copia de acta de nacimiento de MARxxxxx, marcada “D”. INSTITUCIONES FAMILIARES Ciudadano Juez, propongo de manera formal para los asuntos en referencia de nuestro hijo, se rijan por las siguientes cláusulas: PRIMERA: El ejercicio del derecho de la Patria Potestad de nuestro hijo, será ejercido conjuntamente por ambos padres, de conformidad con lo establecido por los artículos 347, 348, 349 y 351 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDA: El ejercicio del Régimen de la Custodia de nuestro hijo será ejercida por la madre, como ha venido siendo desde el momento de la separación entre los cónyuges, en el lugar donde tenga fijado su domicilio, conforme lo establece el artículo 360 de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente hasta que cumplan su mayoría de edad. TERCERA: En cuanto al Régimen de Convivencia Familiar, podrá el padre visitar a nuestro hijo, siempre y cuando no interrumpa sus horas de descanso y estudios, teniendo contacto con él en el lugar que la madre fije, quien conservará la distancia para garantizarle a nuestro hijo un contacto efectivo con su padre. CUARTA: En cuanto a la Obligación de Manutención, para dar cumplimiento con lo establecido en el artículo 365 y siguientes de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente, manifiesto expresamente que propongo que el padre le suministre a nuestro hijo por concepto de obligación de manutención, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (BS. 500,00) MENSUALES, los cuales serán depositados en la cuenta corriente N° xxxxxxxxxx, del Banco BANESCO a nombre de la madre y demandante en este procedimiento. Los gastos requeridos por el niño por concepto de consultas médicas, medicinas, vestuario, uniformes, útiles escolares, y demás necesidades y requerimientos de nuestro hijo, correrán por cuenta de ambos en un cincuenta por ciento (50%). Durante los meses de agosto y diciembre, la cantidad a cargo del padre y demandado por concepto de manutención de nuestro hijo, será el equivalente al doble de lo propuesto en esta cláusula. Asimismo, nuestro hijo pasara las vacaciones escolares del mes de agosto con su padre, y el mes de diciembre con la madre. PETITORIO Por lo anteriormente expuesto, es que acudo ante su competente Autoridad para que la presente solicitud de DISOLUSION DE NUESTRO VINCULO MATRIMONIAL, sea admitida, sustanciada conforme a derecho, ya que es imposible una reconciliación con el demandado. Fundamento esta Demanda de Divorcio en el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con lo expresado en sentencia N° 1070 dictada con carácter vinculante por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha 9 de diciembre de 2016. Por último, pido que la presente demanda SEA ADMITIDA, SUSTANCIADA CONFORME A DERECHO Y EN LA DEFINITIVA DECLARADA CON LUGAR. Es Justicia que solicitamos en Barinas, Municipio Barinas del Estado Barinas; en la fecha de su presentación. LA DEMANDANTE