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Valorización Sesión II. Ghamec

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MODULO II

ADELANTOS:
DIRECTO-MATERIALES
SESIÓN II: ADELANTOS

PONENTE:

MSC° ING° LUIS DIAZ HUIZA

MSC° ING° LUIS DIAZ H.


ÍNDICE

2.-. ADELANTOS
2.1.- ADELANTO DIRECTO
2.2.- ADELANTO DE MATERIALES
2.3.- AMORTIZACIÓN Y DEDUCCIÓN DE LOS ADELANTOS
2.4.- FIDEICOMISO DE LOS ADELANTOS
2.5.- CONTRATO DE FIDEICOMISO

VALORIZACIÓN
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
1. ADELANTOS Artº 180

Los documentos del procedimiento de selección pueden establecer


los siguientes adelantos:

1. Directos, los que en ningún caso exceden en conjunto el diez


por ciento (10%) del monto del contrato original.

2. Para materiales o insumos, los que en conjunto no deben


superar el veinte por ciento (20%) del monto del contrato original
VALORIZACIÓN
1.1.- Entrega del Adelanto Directo (Art° 181):

➢En el caso que en las bases se haya establecido el otorgamiento de este


adelanto, el contratista dentro de los ocho (8) días siguientes a la suscripción del
contrato, puede solicitar formalmente la entrega del mismo, adjuntando a su
solicitud la garantía y el comprobante de pago correspondiente, vencido dicho
plazo no procede la solicitud.
➢La Entidad entrega el monto solicitado dentro de los siete (7) días contados a
partir del día siguiente de recibida la mencionada documentación.
➢Cuando los documentos del procedimiento de selección establezcan la
constitución de un fideicomiso para la administración de los adelantos, es de
aplicación lo dispuesto en los artículos 184 y 185.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
A.- Cálculo del Adelanto Directo

Ad = 10 % x P

Donde:
P= Valor Referencial.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
Valorización Reajustada Corregida

DS. Nº 006-86-VC

Vrc = VK – AV/C x (K/Ka – 1)

Donde:
V= Valorización.
K= Coeficiente de Reajuste.
Ka= Coef. Reaj. Mes que se candela el Adelanto.
A= Monto de Adelanto
C= Monto del Contrato
1.2. ENTREGA DE ADELANTO DE MATERIALES ART° 182)

➢ La Entidad establece en los documentos del procedimiento de selección el plazo


en el cual el contratista solicita el adelanto, así como el plazo en el cual se
entregue el adelanto, con la finalidad que el contratista pueda disponer de los
materiales o insumos en la oportunidad prevista en el calendario de adquisición
de materiales e insumos.

➢ Las solicitudes de otorgamiento de adelantos para materiales o insumos,


deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado
inicio al plazo de ejecución contractual, en concordancia con el calendario de
adquisición de materiales e insumos presentado por el contratista.
No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos
en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las
fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales.

Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deberá tener en


cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias,
ampliatorias y complementarias.

ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
A.- Cálculo del Adelanto
Adelanto Máximo a otorgar = 20% x P .

Amax= Ci. x%x Sbo x Ima


Imo
Donde:
P = Presupuesto.
Ci= Coeficiente de Incidencia.
Sbo= Saldo Bruto por Valorizar a la fecha del adelanto.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial
1.3 AMORTIZACIÓN DE ADELANTOS Y DEDUCCIONES ART° 183

➢La amortización del adelanto directo se realiza mediante descuentos


proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra.

➢La amortización del adelanto para materiales e insumos se realiza de acuerdo


con lo dispuesto en el Decreto Supremo No 011-79-VC y sus modificatorias,
ampliatorias y complementarias.

➢Cualquier diferencia que se produzca respecto de la amortización del adelanto


se toma en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda
al contratista y/o en la liquidación del contrato.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
Amortización Adelanto directo

Amort. = % x V

Donde:
% = Porcentaje del Adelanto.
V= Valorización.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
Deducción del Adelanto Directo

D=-AxV(K - 1 )
C Ka
Donde:
A= Monto del Adelanto.
V= Valorización del mes.
K= Coef. de Reajuste.
Ka= Coef. Reaj. del mes del adelanto.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
Amortización del Adelanto de Materiales

Amort. = Material Utilizado x Punit. x Ima


Imo

Donde:
P. Unit. = Precio unitario.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
Deducción del Adelanto de Materiales

D= Ci x V ( Imr - Ima )
Imo

Donde:
Ci= Coeficiente de Incidencia.
V= Valorización.
Imr= Índice de Precio del elemento a la fecha del reajuste.
Ima= Índice de Precio del elemento a la fecha del adelanto.
Imo= Índice de Precio del elemento a la fecha del Valor Referencial

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
2.- FIDEICOMISO DE ADELANTOS ART° 184

➢ La Entidad puede incorporar en las bases la obligación de constituir un


fideicomiso para la administración de los adelantos destinados a la ejecución
de obra, con el fin de garantizar que dichos recursos, durante su ejecución, se
apliquen exclusivamente a la obra contratada.
➢ Una vez suscrito el contrato de obra entre el contratista y la Entidad; esta
última, tiene un plazo de treinta (30) días calendarios contados desde la firma
de este para realizar los trámites correspondientes para la constitución del
fideicomiso; y, de esta forma, el contratista poder recibir el adelanto directo.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
➢ El contrato de fideicomiso se comienza a elaborar una vez que el contratista
haya cumplido con pagar la comisión de estructuración a favor de a la
entidad fiduciaria, entendiéndose por constituido a partir de ese momento.
➢Una vez constituido el fideicomiso, el contratista se obliga a pagar la comisión
de administración; y, por su parte, la Entidad se responsabiliza por transferir,
en dominio fiduciario, el monto del adelanto solicitado al patrimonio
fideicometido.
➢El contratista se encuentra obligado a formar parte del contrato de fideicomiso
en calidad de contratista interviniente.
➢La entidad fiduciaria se encarga de realizar el pago al supervisor que designe,
cuyo costo es asumido por el contratista interviniente.

➢Cuando el contratista solicite, además del adelanto directo, adelanto para


materiales e insumos, dicho monto es transferido al patrimonio fideicometido.

➢La empresa que presta los servicios fiduciarios se encuentra autorizada por la
SBS.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
2.1 CONTRATO DE FIDEICOMISO ART° 185

❖ El fideicomitente y fideicomisario es la entidad


contratante.
❖ El contratista participa como interviniente.
❖ Dentro de las obligaciones de la sociedad
fiduciaria, está la designación del supervisor.
❖ El procedimiento que corresponde seguirse frente
al incumplimiento del contratista interviniente sobre
sus obligaciones de pago frente a la fiduciaria.

VALORIZACIÓN
ADELANTOS-AMPLIACIONES DE PLAZO
❖ El procedimiento para el reemplazo del contratista interviniente, en
caso la Entidad resuelva el contrato de obra original.
❖ El procedimiento para el cobro de las comisiones del fiduciario.

La Entidad puede optar por constituir un único fideicomiso para


administrar los adelantos de obra de varios proyectos.
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esmero del ingeniero para beneficio de la
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ADELANTOS

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