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Tema 1.3 - Daños Derivados Del Trabajo

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SALUD, SEGURIDAD Y AMBIENTE

TEMA 1.3: DAÑOS DERIVADOS DEL


TRABAJO
MSc. Debby Guevara
Universidad Estatal Península de Santa Elena
Curso 2022.2

dguevara@upse.edu.ec
Resultado de aprendizaje

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¿Qué son los daños derivados del trabajo?

Son las enfermedades, patologías o lesiones sufridas


con motivo u ocasión del trabajo.

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Accidente de trabajo: conceptualización

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5
Accidente Un accidente laboral se considera cuando existe alguna
laboral perturbación, alteración, lesión que puede ser tanto
física como psicológica o incluso cuando el accidente
conlleve a la muerte.

Es obligación del trabajador tomar las precauciones


pertinentes en su área de trabajo, sobre todo en los
casos de labores que tienen mayor demanda de riesgo
laboral, por ejemplo, los obreros, los trabajadores de
empresa de energía que laboran a grandes alturas,
personal de minería, guardias de seguridad, etc.

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Requisitos o 1. Que el trabajador/a sufra una lesión
elementos corporal. Entendiendo por lesión todo daño o
fundamentales detrimento corporal causado por una herida,
golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión
corporal las secuelas o enfermedades
psíquicas o psicológicas.

2. Que el accidente sea con ocasión o por


consecuencia del trabajo, es decir, que exista
una relación de causalidad directa entre
trabajo – lesión. La lesión no constituye, por
sí sola, accidente de trabajo.

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MARCO JURÍDICO

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Marco jurídico

En el Artículo 326 de la Constitución de la República del Ecuador en su numeral 5


sobre los principios en los que se encuentra sustentado el Derecho al Trabajo indica
lo siguiente, “Toda persona tendrá derecho a desarrollar sus labores en un
ambiente adecuado y propicio, que garantice su salud, integridad, seguridad,
higiene y bienestar”

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Marco jurídico

• En concordancia con el Artículo 23 literal L de la Ley Orgánica de Servicio Público


(LOSEP) y demás normas Jurídicas que amparan a las y los trabajadores en
general, garantizándoles seguridad, integridad, estabilidad, bienestar y esta
seguridad se transmite a todos aquellos que forman parte del núcleo familiar y
que dependan del sustento de estos trabajadores, seguridad que no solo está
amparada por nuestras leyes debidamente establecidas sino también por
organismos internacionales, principalmente la Organización Internacional del
Trabajo, que tiene como punto primordial el reconocimiento del Derecho al
Trabajo, la Justicia Social y de reconocer las normas fundamentales del Trabajo,
además de promover los derechos, también los regula y los protege.

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Marco jurídico

• De la misma manera tenemos que El Estatuto codificado del IESS textualmente


señala que “Para efectos de este seguro, accidente del trabajo es todo suceso
imprevisto y repentino que ocasiones al afiliado (al IESS) lesión corporal o
perturbación funcional o la muerte inmediata o posterior, con ocasión o como
consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena. También se considera,
accidente del trabajo, el que sufriere el asegurado al trasladarse desde su
domicilio al lugar de trabajo o viceversa”

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“El trabajo es una actividad específica del individuo donde puede
expresar su humanidad. Esta materialización del “ser humano”
mediante el trabajo cobra vida en un producto que es externo al
individuo, es creado por él y al mismo tiempo el propio hombre sufre
modificaciones en su constitución” (Karl Marx).

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Responsabilidad de los empleadores

• En caso de accidente laboral la Constitución de la República de Ecuador, en su


Artículo 326 numeral 6 es muy clara al indicar que “Toda persona rehabilitada
después de un accidente de trabajo o enfermedad, tendrá derecho a ser
reintegrada al trabajo y a mantener la relación laboral, de acuerdo con la ley.”,

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Responsabilidad de los empleadores

• En caso de existir un despido intempestivo durante la recuperación producto de


un Accidente de Trabajo, el empleador está obligado a indemnizar bajo el
concepto de Enfermedad no Profesional de acuerdo a lo establecido en nuestro
Código de Trabajo y una vez manifestado es necesario aclarar el concepto de
Enfermedad no profesional, ya que específicamente el término de “no
profesional” no significa que no exista responsabilidad por parte del empleador, o
que la enfermedad o accidente no se originó por motivos propios de las labores.

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

• Accidentes en misión
• Accidentes de cargos electivos de carácter sindical
• Actos de salvamento
• Enfermedades o defectos anteriores
• Enfermedades intercurrentes

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

• Accidentes en misión
Son aquellos sufridos por el trabajador/a en el trayecto que tenga que realizar para
el cumplimiento de la misión, así como el acaecido en el desempeño de la misma
dentro de su jornada laboral.

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

• Accidentes de cargos electivos de carácter sindical


Son los sufridos con ocasión o por consecuencia del desempeño de cargo electivo
de carácter sindical o de gobierno de las entidades gestoras de la Seguridad Social,
así como los accidentes ocurridos al ir o volver del lugar en que se ejercen las
funciones que les son propias.

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO

• Actos de salvamento
Son los accidentes acaecidos en actos de salvamento o de naturaleza análoga
cuando tengan conexión con el trabajo. Se incluye el caso de orden directa del
empresario o acto espontáneo del trabajador/a.

• Enfermedades o defectos anteriores


Son aquellas enfermedades o defectos padecidos con anterioridad, que se
manifiestan o agravan como consecuencia de un accidente de trabajo.

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TIPOS DE DAÑOS DERIVADOS DEL TRABAJO
• Enfermedades intercurrentes
Se entiende por tales las que constituyen complicaciones del proceso patológico
determinado por el accidente de trabajo mismo.

Para calificar una enfermedad como intercurrente es imprescindible que exista una
relación de causalidad inmediata entre el accidente de trabajo inicial y la
enfermedad derivada del proceso patológico.

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Daños derivados del trabajo

I. Accidentes de trabajo.

II. Enfermedades profesionales.

III. Otras enfermedades y patologías relacionadas con el trabajo.

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I. Accidentes de trabajo
En todos los países tiene consideración de accidente de trabajo aquel daño en la
salud del trabajador que se produzca al realizar la labor encomendada por sus
superiores en el lugar de trabajo y durante el horario laboral:

• La caída de un albañil desde un andamio, mientras estaba realizando su trabajo.


• El aprisionamiento por una máquina de un operario, el corte en la mano de un
carnicero mientras trocea carne, etc.

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I. Accidentes de trabajo
Pero según los países, puede tener la consideración de accidente laboral otros
daños donde la relación causa-efecto no es tan clara, como puede ser el accidente
en el desplazamiento entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo y
viceversa.

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II. Enfermedades profesionales

La Organización Internacional del Trabajo, disponen de listas de enfermedades


profesionales, de tal manera que todo trabajador que contraiga una de estas
enfermedades como consecuencia del desempeño de su trabajo, la misma tendrá
la consideración y tratamiento de enfermedad profesional.

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II. Enfermedades profesionales

La lista la puede encontrar en el siguiente link:


https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_protect/@protr
av/@safework/documents/publication/wcms_125164.pdf

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III. Otras enfermedades y patologías relacionadas con el trabajo

Otras patologías derivadas del trabajo son:


• La fatiga (pérdida de capacidad funcional motivada por factores como el exceso de carga
de trabajo, la falta de descanso, etc.).

• La insatisfacción (fenómeno psicosocial de ansiedad, cansancio, agresividad, etc., que se


puede devenir de una inadecuación del trabajo).

• El envejecimiento prematuro (desgaste biológico provocado por una fatiga crónica que
acelera el normal proceso de envejecimiento que puede estar provocado por factores
ambientales diversos).

• El estrés (fenómeno psicosocial de ansiedad, apatía, depresión, fatiga, irritabilidad, etc.,


motivado por situaciones estresantes derivadas del trabajo).

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Diferencia entre accidente de trabajo y enfermedad
profesional

27
¿Qué accidentes NO tienen la
consideración de Accidente de Trabajo?

28
¿Qué accidentes NO tienen la consideración de
Accidente de Trabajo?
Accidentes debidos a dolo del trabajador/a accidentado
• Se considera que existe dolo cuando el trabajador/a consciente, voluntaria y
maliciosamente provoca un accidente para obtener prestaciones que se derivan
de la contingencia.

Accidentes derivados de la actuación de otra persona


• Los accidentes que son consecuencia de culpa civil o criminal del empresario, de
un compañero de trabajo o de un tercero constituyen auténticos accidentes de
trabajo siempre y cuando guarden alguna relación con el trabajo. El elemento
determinante es la relación causa.

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¿Cuáles son las enfermedades más comunes
vinculadas a riesgos ocupacionales?

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¿Cuáles son las enfermedades más comunes
vinculadas a riesgos ocupacionales?

Las enfermedades
A nivel mundial, los tres
ocupacionales más
problemas más
La exposición a frecuentes en las
comunes de
condiciones y entornos Américas son hipoacusia
salud ocupacional son el
laborales inseguros e ocupacional,
dolor de espalda (37%),
insalubres es un intoxicaciones agudas
pérdida de la audición
problema en muchas por plaguicidas, metales
(16%), y enfermedad
partes del mundo. pesados,
pulmonar obstructiva
y enfermedades
crónica (13%).
respiratorias y de la piel.

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Enfermedades profesionales

La lista la puede encontrar en el siguiente link:


https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_protect/@protr
av/@safework/documents/publication/wcms_125164.pdf

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El trabajo y la salud: Riesgos profesional.

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La salud de los trabajadores tiene varios factores
determinantes

✓Factores de riesgo en el lugar de trabajo, los cuales provocan cáncer, accidentes,


enfermedades musculoesqueléticas, enfermedades respiratorias, pérdida
auditiva, enfermedades circulatorias, trastornos relacionados con el estrés,
enfermedades transmisibles, entre otras.

✓El empleo y las condiciones laborales en la economía formal o informal abarca


otros factores determinantes importantes, tales como horas de trabajo, salario,
políticas laborales relacionadas con la licencia de maternidad, las disposiciones
de promoción y protección de la salud, etc.

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Conclusión
• Los riesgos para la seguridad y salud en el trabajo (SST) deberían considerarse en
relación con factores internos y externos. El entorno de trabajo puede
caracterizarse por uno o varios de estos factores: el frío, el viento, el hielo, la
presencia de animales salvajes, los períodos prolongados de oscuridad y de luz
natural, el ruido, el polvo, los riesgos biológicos, etc.

• Si no se atenúan o controlan, estas condiciones pueden agravar las enfermedades


o lesiones, como la intoxicación por monóxido de carbono (sobre todo en
espacios cerrados), la congelación incipiente o avanzada, la hipotermia y los
trastornos afectivos estacionales.

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Referencias
• https://www.centro-
virtual.com/recursos/2019a07m06dc@v3p@r@1v3st1g@c10n/c0nd
1c10n3sh1g13n31.pdf
• https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---ed_dialogue/---
sector/documents/meetingdocument/wcms_480274.pdf
• https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/@ed_protect/@protrav/
@safework/documents/publication/wcms_125164.pdf

36
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