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Los Derechos Reales
Los Derechos Reales
Los Derechos Reales
CONCEPTO.
TEORIA CLASICA.
Dos son las características más esenciales del derecho real según esta
teoría: la inmediatividad del poder sobre la cosa; es decir, la relación
directa y sin intermediario entre persona y persona, y su eficacia erga
omnes, por la cual el titular puede perseguir la cosa donde quiera que
este y contra cualquiera que la posea. Concebido de esta suerte el
derecho real aparece como figura contrapuesta al derecho de obligación
y personal, ya que éste consiste en una relación entre dos personas por
la que una de ellas tiene que realizar una prestación, y la otra puede
exigir que se realice esta prestación.
TEORÍA PERSONALISTA.
TEORÍA ECLÉCTICA.