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Bases Del Concurso Beca 18-2023-1
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VISTOS:
CONSIDERANDO:
Que, el literal b) del artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 29837, aprobado por
el Decreto Supremo N° 018-2020-MINEDU, en adelante el Reglamento, establece que
las Bases “son las reglas de carácter público que establecen el procedimiento, las etapas,
los requisitos, condiciones, criterios de priorización, beneficios, derechos u obligaciones,
formatos, u otros aspectos de los procesos de selección de los beneficiarios”;
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DE PLANIFICACIÓN Y
PRESUPUESTO
Fecha: 27/09/2022 13:03
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Que, asimismo, de conformidad con el numeral 16.3 del artículo 16 de las Bases
del Concurso Beca 18 – Convocatoria 2023, referido a la Fase de Preselección, se
establece que “El algoritmo de preselección permite: (i) ordenar a todos los postulantes
de forma descendente según su puntaje de preselección y (ii) otorgar la condición de
PRESELECCIONADO por modalidad en estricto orden de mérito. Ninguna región puede
acumular más de 30% de la asignación de preseleccionados en la modalidad Ordinaria
(Para la verificación geográfica se tomará en cuenta el domicilio consignado en RENIEC).
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Que, la citada Oficina señala que, a fin de poder cumplir con los objetivos y
finalidad del programa, brindando atención prioritaria a jóvenes talento en condición de
vulnerabilidad, y en atención al número histórico de postulantes al concurso Beca 18,
mediante el Informe Nº 2125-2022-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OBE-UES, de fecha 22
de setiembre de 2022, solicitó a la Oficina de Planificación y Presupuesto, asignación
presupuestal para completar la diferencia de las 5000 becas contempladas para la
Convocatoria 2023, es decir, presupuesto para el financiamiento de 3,806 (tres mil
ochocientas seis) becas adicionales, por un monto total de S/. 77,168,689.95 (setenta y
siete millones ciento sesenta y ocho mil seiscientos ochenta y nueve con 95/100 soles) el
cual se distribuye en: (i) S/. 55,491,538.73 para Beca 18 modalidad ordinaria permitiendo
financiar 2,626 becas adicionales; y, (ii) S/. 21,677,151.23 para Beca18 modalidad
especial, que permitirá financiar 1,180 becarios becas adicionales;
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SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los sub numerales 6.1 y 6.2 del numeral 6 “Recursos
Financieros”, del Expediente Técnico del Concurso Beca 18 – Convocatoria 2023,
aprobado por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 167-2022-MINEDU/VMGI-
PRONABEC, los cuales quedan redactados conforme al Anexo N° 01 que forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Modificar los numerales 5.1, 5.2 y 5.3 del artículo 5 “Número de
Becas”, el numeral 16.3 del artículo 16 “Fase de Preselección” y los numerales 21.2 y
21.3 del artículo 21 “Selección de Postulantes”, de las Bases del Concurso Beca 18 –
Convocatoria 2023, aprobadas por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 167-2022-
MINEDU/VMGI-PRONABEC, los cuales quedan redactados conforme al Anexo N° 02 que
forma parte integrante de la presente resolución.
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(…)
6. Recursos financieros
6.1. Presupuesto
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CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
(…)
Artículo 5.- Número de becas ofrecidas
5.1 La Convocatoria 2023 de la Beca 18 tiene como objetivo otorgar hasta cinco mil
(5,000) becas. Las becas son distribuidas por modalidad y tipo de Institución de
Educación Superior – IES. La distribución se realizará en dos momentos de selección;
en el primer momento se otorgará el 40% de las becas (2,000) y en el segundo momento
se otorgará el 60% restante (3,000), conforme al siguiente detalle:
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(…)
CAPÍTULO III
ETAPA DE PRESELECCIÓN
(…)
SUBCAPÍTULO IV
FASE DE PRESELECCIÓN
N° de
Modalidad
Preseleccionados
Beca 18
10,350
Ordinaria
Beca Protección 345
Beca CNAyPA CNA 795
PA 300
Beca EIB 300
Beca FF.AA. 420
Beca Huallaga 420
Beca REPARED 1,650
Beca VRAEM 420
TOTAL 15,000
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21.3 Asimismo, se otorgará, como mínimo, el 20% del total de becas (1,000), a los
postulantes a Instituciones de Educación Superior Públicos, las cuales serán
distribuidas en 250 (doscientos cincuenta) becas en el primer momento y 750
(setecientos cincuenta) en el segundo momento. En caso el número de postulantes a
Instituciones de Educación Superior Públicas sea menor al número de becas disponibles
para el primer momento, las becas desiertas pasarán al segundo momento; asimismo,
si durante el segundo momento, el número de postulantes es menor al número de becas
disponibles, las becas desiertas serán redistribuidas entre los postulantes de
Instituciones de Educación Superior Privadas Asociativas y prioritariamente a los
postulantes de las modalidades especiales, en estricto orden de mérito, hasta alcanzar
el límite del presupuesto programado inicialmente.
(…)”
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