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Tesis 2019400
Tesis 2019400
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Tesis
Tesis: 2a./J. 33/2019 (10a.) Fuente: Gaceta del Semanario Judicial Tipo: Jurisprudencia
de la Federación.
Libro 64, Marzo de 2019, Tomo II,
página 1643
Contradicción de tesis 294/2018. Entre las sustentadas por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en
Materia de Trabajo del Primer Circuito y el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del
Décimo Circuito. 9 de enero de 2019. Cinco votos de los Ministros Alberto Pérez Dayán, Eduardo
Medina Mora I., José Fernando Franco González Salas, Margarita Beatriz Luna Ramos y Javier
Laynez Potisek. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Mónica Jaimes Gaona.
El sustentado por el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Circuito, al
resolver la queja 375/2017.
Tesis de jurisprudencia 33/2019 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en
sesión privada del treinta de enero de dos mil diecinueve.
Nota: La tesis de jurisprudencia 2a./J. 48/2016 (10a.) citada, aparece publicada en el Semanario
Judicial de la Federación del viernes 6 de mayo de 2016 a las 10:06 horas y en la Gaceta de
Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Libro 30, Tomo II, mayo de 2016, página 1086,
con el título y subtítulo: "AMPARO INDIRECTO. POR REGLA GENERAL, ES NOTORIAMENTE
IMPROCEDENTE EL INTERPUESTO POR UNA DE LAS PARTES EN EL JUICIO NATURAL,
CONTRA LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD JURISDICCIONAL DE ACORDAR PROMOCIONES O
DE PROSEGUIR EN TIEMPO CON EL JUICIO, AL TRATARSE DE UNA VIOLACIÓN
INTRAPROCESAL QUE NO AFECTA DERECHOS SUSTANTIVOS."
Esta tesis se publicó el viernes 01 de marzo de 2019 a las 10:04 horas en el Semanario Judicial de
la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 04 de marzo de
2019, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.