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Póliza: de Microseguro Individual de Accidentes y Enfermedades "Mujer"

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Número de póliza: 590120820008441082

Fecha de inicio de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de


2022
Fecha de fin de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de
2023
Póliza
de microseguro individual de accidentes
y enfermedades “Mujer”
DATOS DEL CONTRATANTE Y ASEGURADO

CONTRATANTE: MARIA FERNANDA URIBE LIZARDI


ASEGURADO: MARIA FERNANDA URIBE LIZARDI
FECHA DE NACIMIENTO DEL ASEGURADO: 11/05/1999 SEXO: M

ESPECIFICACIÓN DE COBERTURA CONTRATADA


COBERTURA SUMA ASEGURADA PRIMA

Beneficio por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino. $50,000.00 $300.00

PERIODO DE ESPERA: 90 días a partir de la fecha de inicio de vigencia. No aplica si se trata de una renovación.

BENEFICIO
Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino - En caso de que a la Asegurada, dentro de la vigencia de la póliza y una vez
transcurrido el periodo al descubierto señalado, se le diagnostique Cáncer Femenino por primera vez, según se define en esta póliza, la
Aseguradora pagará a la Asegurada o a sus beneficiarios, por una sola vez, la Suma Asegurada de esta cobertura.

PRIMA
La Asegurada realizará el pago de la prima en el punto de venta donde se realice la compra de la tarjeta. El Comprobante de pago de
la tarjeta, será prueba del pago de la prima.
BENEFICIARIOS
En el caso de Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino, el importe de la Suma Asegurada se pagará a la propia
Asegurada, a falta de ésta se pagará a su Cónyuge y a falta de éste se pagará en partes iguales a los hijos de la Asegurada que tengan
la mayoría de edad. A falta de Cónyuge y de hijos mayores de edad el importe de la Suma Asegurada, se pagará a la sucesión de
la Asegurada.
El Asegurado tendrá derecho a cambiar dicha designación en cualquier tiempo, para lo cual deberá notificarlo por escrito a la
Aseguradora.

ADVERTENCIA
En el caso de que se nombre beneficiarios a menores de edad,
NO SE DEBE señalar a un mayor de edad como representante de
los menores para efecto de que, en su representación, cobre la
Seguros Azteca, S.A. de C.V. conviene en amparar a la
indemnización,
persona asegurada de acuerdo a las condiciones generales
EDADES DE ACEPTACIÓN de la póliza, siempre y cuando la póliza se encuentre en
vigor al momento de ocurrir la eventualidad cubierta.
Las edades mínima y máxima de aceptación serán de 15 y 64 años,
respectivamente. La edad máxima de renovación será de 64 años,
en cuyo caso el seguro se mantendrá en vigor hasta el final del
plazo en que la Asegurada hubiere cumplido los 65 años.
QUERETARO QUERETARO
Expresamente doy mi consentimiento para ser asegurado en ARTEAGA, 25
términos de la póliza de referencia expedida por Seguros Azteca, SEPTIEMBRE 2022
así como para el tratamiento de mis Datos Personales en los Firma del Asegurado Funcionario Autorizado
términos del Aviso de Privacidad Integral. Lugar y Fecha
Número de póliza: 590120820008441082
Fecha de inicio de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de
2022
Fecha de fin de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de
2023
Consentimiento de entrega de Documentación Contractual a través de medios electrónicos
Otorgo mi consentimiento para que la Documentación Contractual me sea enviada en formato PDF al correo electrónico:
URIBELIZARDIMARIAFERNANDA77@GMAIL.COM

Firma del Asegurado: ____________________________________.

Favor de conservar este documento en un lugar seguro, ya que se solicitará la presentación del mismo como parte de los
documentos probatorios para el pago de la indemnización.
La Aseguradora estará obligada a entregar al Asegurado, un ejemplar de la póliza y de las condiciones generales, o bien, podrá consultar
las coberturas, exclusiones y restricciones de la póliza en www.segurosazteca.com.mx
Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente
dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones
de la póliza o de sus modificaciones. Este derecho se hace extensivo para el Contratante.
No podrá haber terminación anticipada por parte de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista.
Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la institución le informe el porcentaje de la prima que, por
concepto de Comisión o Compensación Directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de
este contrato. La institución proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá de diez
días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.

¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?


Procedimiento de reclamación: La Asegurada o el beneficiario, en su caso, dentro de los 5 (cinco) días siguientes al día en que
tenga conocimiento del siniestro, salvo caso fortuito o fuerza mayor, debiendo hacerlo tan pronto desaparezca el impedimento, deberá
presentarse en las oficinas de la Aseguradora o en cualquier sucursal de las tiendas Elektra, Salinas y Rocha o Bodega de Remates e
informar del Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino de la Asegurada.
El ejecutivo de la tienda, le proporcionará el formato de reclamación, en donde podrá consultar los documentos necesarios para solicitar
el pago del seguro.
Una vez reunidos los requisitos, deberá entregarlos al ejecutivo de la tienda, cerciorándose de que se entreguen de forma completa y
en las condiciones que se mencionan en el formato de reclamación, para evitar el retraso en su trámite.
En caso de haber presentado la reclamación en las sucursales de las tiendas Elektra, Salinas y Rocha o Bodega de Remates, ésta se
entenderá como recibida directamente por la Aseguradora.
Pago de la indemnización: La Asegurada o el beneficiario designado tendrán derecho a cobrar directamente de la Aseguradora, la
suma asegurada que corresponda, conforme a lo establecido en las condiciones generales.
La Aseguradora pagará la indemnización que proceda dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que reciba todas las pruebas
requeridas que fundamenten la reclamación.

AVISO DE PRIVACIDAD
Seguros Azteca, S.A. de C.V., con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en Insurgentes Sur 3579, Torre 3, PH, Colonia
Tlalpan la Joya, Delegación Tlalpan, C.P. 14000, Ciudad de México, (el “Responsable”) del tratamiento de sus Datos Personales, los
cuales serán utilizados para la identificación, operación, administración y comercialización de los servicios solicitados al Responsable.
El titular acepta que el responsable podrá comunicar sus Datos Personales con empresas que pertenecen al mismo grupo empresarial
y que operan bajo las mismas políticas y procesos internos.
Cualquier consulta o aclaración respecto al tratamiento de sus Datos Personales, podrá contactar a nuestro Departamento de
Datos Personales en cualquier momento a través de la dirección electrónica datospersonalessa@segurosazteca.com.mx. Para mayor
información respecto al ejercicio de los Derechos ARCO ponemos a su disposición nuestro Aviso de Privacidad Integral en el sitio web
www.segurosazteca.com.mx
Usted podrá consultar las coberturas, exclusiones y restricciones de la póliza en las Condiciones Generales del Contrato de Seguro y
en la siguiente página electrónica www.segurosazteca.com.mx
Consulta de Significado de Abreviaturas en nuestra página electrónica www.segurosazteca.com.mx

En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, la


documentación contractual y la nota técnica que integran este producto de seguros, quedaron registradas ante
la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, a partir del día 15 de diciembre de 2008, con el número CNSF-
S0098-0514-2008/CONDUSEF-001342-01.
Para cualquier aclaración o duda no resuelta relacionada con su Seguro, le sugerimos ponerse en contacto con la Unidad Especializada
de Atención a Usuarios de Seguros Azteca, S.A. de C.V. ubicada en Insurgentes Sur 3579 Torre 3 PB, Colonia Tlalpan la Joya, Delegación
Tlalpan, C.P. 14000, comunicarse a los teléfonos 5517209854 desde la Ciudad de México o al 8008108181 desde el Interior de la
República, o al correo electrónico: ueap@segurosazteca.com.mx; o bien contacte a la Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros con domicilio en Insurgentes Sur 762, Colonia Del Valle, Delegación Benito Juárez, C.P. 03100,
comuníquese a los teléfonos 5553400999 desde la Ciudad de México o al 8009998080 desde el Interior de la República, al correo
electrónico: asesoria@condusef.gob.mx o visite la página condusef.gob.mx
EXTRACTO DE CONDICIONES GENERALES
Microseguro Individual de Accidentes y
Enfermedades Mujer
EXTRACTO DE CLÁUSULAS PRINCIPALES dos años, contados en los términos del artículo 81 de la
Beneficio Ley sobre el Contrato de Seguro, salvo los casos de
Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino excepción consignados en el artículo 82 de la misma ley.
- En caso de que a la Asegurada, dentro de la vigencia de la La prescripción de las acciones se interrumpe no sólo por
póliza y una vez transcurrido el periodo al descubierto las causas ordinarias, sino también por la presentación de
señalado, se le diagnostique Cáncer Femenino por primera la reclamación ante la CONDUSEF, de conformidad con lo
vez, según se define en esta póliza, la Aseguradora pagará señalado en el artículo 66 de la Ley de Protección y
a la Asegurada o a sus beneficiarios, por una sola vez, la Defensa al Usuario de Servicios Financieros.
Suma Asegurada de esta cobertura.
Indemnización por Mora
EXCLUSIONES En caso de mora, la Institución de Seguros deberá pagar al
La Aseguradora no será responsable del pago asegurado o beneficiario, una indemnización de
de la indemnización, al comprobarse alguna conformidad con lo establecido en el artículo 276 de la Ley
de las siguientes situaciones: de Instituciones de Seguros y de Fianzas.

Beneficiarios
1. Enfermedades distintas al Cáncer Femenino En el caso de Indemnización por Primer Diagnóstico de
2. Cáncer “in situ”, entendido éste, como Cáncer Femenino, el importe de la Suma Asegurada se
Cáncer que no invade en profundidad y pagará a la propia Asegurada, a falta de ésta se pagará a su
que no produce metástasis, ya que no Cónyuge y a falta de éste se pagará en partes iguales a los
invade ni vasos sanguíneos ni linfáticos hijos de la Asegurada que tengan la mayoría de edad. A
3. Tumores considerados por histología falta de Cónyuge y de hijos mayores de edad el importe de
como premalignos o no invasivos la Suma Asegurada, se pagará a la sucesión de la Asegurada.
4. Todos los carcinomas de la piel, La Asegurada tendrá derecho a cambiar dicha designación
carcinomas basocelulares, células en cualquier tiempo, para lo cual deberá notificarlo por
escamosas, hiperqueratosis escrito a la Aseguradora.
Advertencia: En el caso de que se nombre beneficiarios a
5. Leucemia linfática crónica menores de edad, NO SE DEBE señalar a un mayor de edad
6. Sarcoma de Kaposi y otros tumores como representante de los menores para efecto de que, en
relacionados con la infección VIH o SIDA su representación, cobre la indemnización.
7. Todo Cáncer Femenino cuyos primeros
síntomas o estudio diagnóstico ocurran Pago de la Indemnización
antes del inicio de vigencia de la póliza o La Asegurada o el beneficiario designado tendrán derecho
durante el periodo al descubierto, el cual a cobrar directamente de la Aseguradora, la suma
es de 90 días asegurada que corresponda, conforme a las condiciones
8. Cualquier manifestación u ocurrencia de establecidas en este Contrato.
Cáncer Femenino posterior a la primer La Aseguradora pagará la indemnización que proceda dentro
reclamación realizada a la Aseguradora de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que reciba todas
las pruebas requeridas que fundamenten la reclamación.
La Aseguradora estará obligada a entregar al Asegurado,
Derecho del contratante
un ejemplar de la póliza y de las condiciones generales, o
Durante la vigencia de la póliza, el Contratante podrá solicitar
bien, podrá consultarlas en www.segurosazteca.com.mx
por escrito a la Aseguradora le informe el porcentaje de la
Consulta de Significado de Abreviaturas en nuestra página
prima que, por concepto de comisión o compensación
electrónica www.segurosazteca.com.mx
directa, corresponda al intermediario o persona moral por su
intervención en la celebración de este Contrato. La
Aseguradora proporcionará dicha información, por escrito o En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
por medios electrónicos, en un plazo que no excederá de diez 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de
días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. Fianzas, la documentación contractual y la nota
técnica que integran este producto de seguros,
Competencia quedaron registradas ante la Comisión Nacional
En caso de controversia, el reclamante podrá hacer valer de Seguros y Fianzas, a partir del día 15 de
sus derechos ante la Unidad Especializada de la Institución diciembre de 2008, con el número
de Seguros o en la Comisión Nacional para la Protección y CNSF-S0098-0514-2008/CONDUSEF-001342-01.
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. En todo
caso, el reclamante podrá acudir directamente ante el juez Seguros Azteca, S.A. de C.V.
del domicilio de cualquier delegación de la propia Insurgentes Sur # 3579, torre 3, piso 1, Col. Tlalpan la
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Joya C.P. 14000 Ciudad de México.
Usuarios de Servicios Financieros. Ciudad de México y zona metropolitana 551720 9854
Interior de la República (800) 810 8181
Prescripción ww.segurosazteca.com.mx
Las acciones que deriven de este Contrato prescriben en
1
DERECHO COMO CONTRATANTE, ASEGURADO
Y/O BENEFICIARIO DE UN SEGURO DE
ACCIDENTES Y ENFERMEDADES

¿Conoces tus derechos antes y durante la • Cobrar una indemnización por mora a la aseguradora,
contratación de un Seguro? en caso de retraso en el pago de la suma asegurada.

Cuando se contrata un seguro de accidentes y • En caso de inconformidad con el tratamiento de tu


enfermedades (gastos médicos mayores o accidentes siniestro, puedes presentar una reclamación ante la
personales), es muy común que se desconozcan los aseguradora por medio de la Unidad de Atención
derechos que tienes como asegurado al momento de Especializada (UNE). O bien, acudir a la Comisión
adquirir esta protección, en caso de algún siniestro, e Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios
inclusive previo a la contratación. de Servicios Financieros (CONDUSEF), en cualquiera
Si tú conoces bien cuáles son tus derechos podrás tener de sus delegaciones estatales.
claro el alcance que tiene tu seguro, evitarás
imprevistos de último momento y estarás mejor Si presentaste la queja ante CONDUSEF, puedes
protegido. solicitar la emisión de un dictamen técnico, si las
partes no se sometieron a arbitraje.

¿Cómo saber cuáles son tus derechos cuando


contratas un Seguro y durante su vigencia? Si requieres más información, ponemos a tu
disposición nuestra Línea Seguros Azteca,
Como contratante tienes derecho antes y durante la donde con gusto te atenderemos.
contratación del Seguro a:

• Solicitar al intermediario que te ofrece el seguro la

Línea Seguros Azteca


identificación que lo acredita para ejercer como tal.

• Solicitar por escrito información referente al importe Todos los días de 9 am a 9 pm


de la comisión o compensación que recibe el
intermediario que te ofrece el seguro. Ésta se
CDMX y Área Metropolitana 55 1720 9854
proporcionará por escrito o por medios electrónicos,
en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles
posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. Lada sin costo 800 810 8181

• Recibir toda la información que te permita conocer las


condiciones generales del seguro, incluyendo el infoseguros@segurosazteca.com.mx
alcance real de la cobertura que estás contratando, la
forma de conservarla y la forma de dar por terminado
el contrato. Para lo cual ponemos a tu disposición
nuestro sitio web www.segurosazteca.com.mx, o en
cualquiera de nuestras sucursales.
“En cumplimiento a lo dispuesto en el
artículo 202 de la Ley de Instituciones de
• Si te prácticas un examen médico para la contratación
Seguros y de Fianzas, la documentación
de tu seguro, no se podrá aplicar la cláusula de
contractual y la nota técnica que integran
preexistencia respecto a alguna enfermedad o
este producto de seguros, quedaron
padecimiento relativo al tipo de examen aplicado.
registradas ante la Comisión Nacional de
Seguros y Fianzas, a partir del día 15 de
En caso de que ocurra el siniestro tienes derecho a:
diciembre de 2008, con el número
CNSF-S0098-0514-2008.”
• Recibir el pago de las prestaciones contratadas en tú
póliza por eventos ocurridos dentro del periodo de
gracia, aunque no hayas pagado la prima en este
periodo.

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