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Póliza: de Microseguro Individual de Accidentes y Enfermedades "Mujer"
Póliza: de Microseguro Individual de Accidentes y Enfermedades "Mujer"
Póliza: de Microseguro Individual de Accidentes y Enfermedades "Mujer"
PERIODO DE ESPERA: 90 días a partir de la fecha de inicio de vigencia. No aplica si se trata de una renovación.
BENEFICIO
Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino - En caso de que a la Asegurada, dentro de la vigencia de la póliza y una vez
transcurrido el periodo al descubierto señalado, se le diagnostique Cáncer Femenino por primera vez, según se define en esta póliza, la
Aseguradora pagará a la Asegurada o a sus beneficiarios, por una sola vez, la Suma Asegurada de esta cobertura.
PRIMA
La Asegurada realizará el pago de la prima en el punto de venta donde se realice la compra de la tarjeta. El Comprobante de pago de
la tarjeta, será prueba del pago de la prima.
BENEFICIARIOS
En el caso de Indemnización por Primer Diagnóstico de Cáncer Femenino, el importe de la Suma Asegurada se pagará a la propia
Asegurada, a falta de ésta se pagará a su Cónyuge y a falta de éste se pagará en partes iguales a los hijos de la Asegurada que tengan
la mayoría de edad. A falta de Cónyuge y de hijos mayores de edad el importe de la Suma Asegurada, se pagará a la sucesión de
la Asegurada.
El Asegurado tendrá derecho a cambiar dicha designación en cualquier tiempo, para lo cual deberá notificarlo por escrito a la
Aseguradora.
ADVERTENCIA
En el caso de que se nombre beneficiarios a menores de edad,
NO SE DEBE señalar a un mayor de edad como representante de
los menores para efecto de que, en su representación, cobre la
Seguros Azteca, S.A. de C.V. conviene en amparar a la
indemnización,
persona asegurada de acuerdo a las condiciones generales
EDADES DE ACEPTACIÓN de la póliza, siempre y cuando la póliza se encuentre en
vigor al momento de ocurrir la eventualidad cubierta.
Las edades mínima y máxima de aceptación serán de 15 y 64 años,
respectivamente. La edad máxima de renovación será de 64 años,
en cuyo caso el seguro se mantendrá en vigor hasta el final del
plazo en que la Asegurada hubiere cumplido los 65 años.
QUERETARO QUERETARO
Expresamente doy mi consentimiento para ser asegurado en ARTEAGA, 25
términos de la póliza de referencia expedida por Seguros Azteca, SEPTIEMBRE 2022
así como para el tratamiento de mis Datos Personales en los Firma del Asegurado Funcionario Autorizado
términos del Aviso de Privacidad Integral. Lugar y Fecha
Número de póliza: 590120820008441082
Fecha de inicio de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de
2022
Fecha de fin de vigencia: 00:00 hrs del 25 de Septiembre de
2023
Consentimiento de entrega de Documentación Contractual a través de medios electrónicos
Otorgo mi consentimiento para que la Documentación Contractual me sea enviada en formato PDF al correo electrónico:
URIBELIZARDIMARIAFERNANDA77@GMAIL.COM
Favor de conservar este documento en un lugar seguro, ya que se solicitará la presentación del mismo como parte de los
documentos probatorios para el pago de la indemnización.
La Aseguradora estará obligada a entregar al Asegurado, un ejemplar de la póliza y de las condiciones generales, o bien, podrá consultar
las coberturas, exclusiones y restricciones de la póliza en www.segurosazteca.com.mx
Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el Asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente
dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones
de la póliza o de sus modificaciones. Este derecho se hace extensivo para el Contratante.
No podrá haber terminación anticipada por parte de la Institución de Seguros o Sociedad Mutualista.
Durante la vigencia de la póliza, el contratante podrá solicitar por escrito a la institución le informe el porcentaje de la prima que, por
concepto de Comisión o Compensación Directa, corresponda al intermediario o persona moral por su intervención en la celebración de
este contrato. La institución proporcionará dicha información, por escrito o por medios electrónicos, en un plazo que no excederá de diez
días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud.
AVISO DE PRIVACIDAD
Seguros Azteca, S.A. de C.V., con domicilio convencional para oír y recibir notificaciones en Insurgentes Sur 3579, Torre 3, PH, Colonia
Tlalpan la Joya, Delegación Tlalpan, C.P. 14000, Ciudad de México, (el “Responsable”) del tratamiento de sus Datos Personales, los
cuales serán utilizados para la identificación, operación, administración y comercialización de los servicios solicitados al Responsable.
El titular acepta que el responsable podrá comunicar sus Datos Personales con empresas que pertenecen al mismo grupo empresarial
y que operan bajo las mismas políticas y procesos internos.
Cualquier consulta o aclaración respecto al tratamiento de sus Datos Personales, podrá contactar a nuestro Departamento de
Datos Personales en cualquier momento a través de la dirección electrónica datospersonalessa@segurosazteca.com.mx. Para mayor
información respecto al ejercicio de los Derechos ARCO ponemos a su disposición nuestro Aviso de Privacidad Integral en el sitio web
www.segurosazteca.com.mx
Usted podrá consultar las coberturas, exclusiones y restricciones de la póliza en las Condiciones Generales del Contrato de Seguro y
en la siguiente página electrónica www.segurosazteca.com.mx
Consulta de Significado de Abreviaturas en nuestra página electrónica www.segurosazteca.com.mx
Beneficiarios
1. Enfermedades distintas al Cáncer Femenino En el caso de Indemnización por Primer Diagnóstico de
2. Cáncer “in situ”, entendido éste, como Cáncer Femenino, el importe de la Suma Asegurada se
Cáncer que no invade en profundidad y pagará a la propia Asegurada, a falta de ésta se pagará a su
que no produce metástasis, ya que no Cónyuge y a falta de éste se pagará en partes iguales a los
invade ni vasos sanguíneos ni linfáticos hijos de la Asegurada que tengan la mayoría de edad. A
3. Tumores considerados por histología falta de Cónyuge y de hijos mayores de edad el importe de
como premalignos o no invasivos la Suma Asegurada, se pagará a la sucesión de la Asegurada.
4. Todos los carcinomas de la piel, La Asegurada tendrá derecho a cambiar dicha designación
carcinomas basocelulares, células en cualquier tiempo, para lo cual deberá notificarlo por
escamosas, hiperqueratosis escrito a la Aseguradora.
Advertencia: En el caso de que se nombre beneficiarios a
5. Leucemia linfática crónica menores de edad, NO SE DEBE señalar a un mayor de edad
6. Sarcoma de Kaposi y otros tumores como representante de los menores para efecto de que, en
relacionados con la infección VIH o SIDA su representación, cobre la indemnización.
7. Todo Cáncer Femenino cuyos primeros
síntomas o estudio diagnóstico ocurran Pago de la Indemnización
antes del inicio de vigencia de la póliza o La Asegurada o el beneficiario designado tendrán derecho
durante el periodo al descubierto, el cual a cobrar directamente de la Aseguradora, la suma
es de 90 días asegurada que corresponda, conforme a las condiciones
8. Cualquier manifestación u ocurrencia de establecidas en este Contrato.
Cáncer Femenino posterior a la primer La Aseguradora pagará la indemnización que proceda dentro
reclamación realizada a la Aseguradora de los 5 días hábiles siguientes a la fecha en que reciba todas
las pruebas requeridas que fundamenten la reclamación.
La Aseguradora estará obligada a entregar al Asegurado,
Derecho del contratante
un ejemplar de la póliza y de las condiciones generales, o
Durante la vigencia de la póliza, el Contratante podrá solicitar
bien, podrá consultarlas en www.segurosazteca.com.mx
por escrito a la Aseguradora le informe el porcentaje de la
Consulta de Significado de Abreviaturas en nuestra página
prima que, por concepto de comisión o compensación
electrónica www.segurosazteca.com.mx
directa, corresponda al intermediario o persona moral por su
intervención en la celebración de este Contrato. La
Aseguradora proporcionará dicha información, por escrito o En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo
por medios electrónicos, en un plazo que no excederá de diez 202 de la Ley de Instituciones de Seguros y de
días hábiles posteriores a la fecha de recepción de la solicitud. Fianzas, la documentación contractual y la nota
técnica que integran este producto de seguros,
Competencia quedaron registradas ante la Comisión Nacional
En caso de controversia, el reclamante podrá hacer valer de Seguros y Fianzas, a partir del día 15 de
sus derechos ante la Unidad Especializada de la Institución diciembre de 2008, con el número
de Seguros o en la Comisión Nacional para la Protección y CNSF-S0098-0514-2008/CONDUSEF-001342-01.
Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros. En todo
caso, el reclamante podrá acudir directamente ante el juez Seguros Azteca, S.A. de C.V.
del domicilio de cualquier delegación de la propia Insurgentes Sur # 3579, torre 3, piso 1, Col. Tlalpan la
Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Joya C.P. 14000 Ciudad de México.
Usuarios de Servicios Financieros. Ciudad de México y zona metropolitana 551720 9854
Interior de la República (800) 810 8181
Prescripción ww.segurosazteca.com.mx
Las acciones que deriven de este Contrato prescriben en
1
DERECHO COMO CONTRATANTE, ASEGURADO
Y/O BENEFICIARIO DE UN SEGURO DE
ACCIDENTES Y ENFERMEDADES
¿Conoces tus derechos antes y durante la • Cobrar una indemnización por mora a la aseguradora,
contratación de un Seguro? en caso de retraso en el pago de la suma asegurada.