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Derecho Romano 1

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UNIVERSIDAD DEL SUR.

Víctor Alfonso Martínez Hernández.

Derecho Romano.

Actividad 1: Importancia del Derecho Romano


en la Ciencia Jurídica.

Licenciatura en Derecho, 1er. Cuatrimestre.

Cancún, Q. Roo a 06 de noviembre de 2022.


Importancia del Derecho Romano en la Ciencia Jurídica.

El Derecho se estudia a partir del derecho como un modelo donde se encuentran


en una gama de referencias donde el estudiante tiene la opción de emplear
estrategias que facilite su aprendizaje de forma sencilla y didáctica para lograr los
objetivos de su estudio en la formación jurídica universitaria. Es fundamental porque
se inician a la disciplina donde los términos jurídicos apropiados que serán de
sustento en su ámbito profesional acertado cuando egrese.

El objetivo principal es de comprender la evolución, como su nombre lo indica, a los


mecanismos jurídicos de la Antigua Roma así como algunas de sus instituciones,
de manera que le permita conocer a través de éstas, el propio sistema jurídico
nacional. Es decir, que el estudiante debe conocer la historia, fuentes e instituciones
del derecho romano que le permita determinar su relevancia e influencia en los
ordenamientos jurídicos actuales de manera crítica, propositiva y tolerable donde se
considera, en el Derecho, con la madre de las ciencias jurídicas.

El Derecho Romano es el fundamento del cumplimiento de leyes en sociedad para


lograr así un desarrollo económico, social y político. Con esa finalidad, teóricos del
Derecho elaboraron un código escrito para dar a conocer a cada quien sus derechos
y deberes.

El derecho romano es un sistema cuyo elemento característico es su construcción


lógica y en donde una norma no tiene un valor en sí misma, sino que cada regla
forma parte de un conjunto sistémico y, por lo tanto, se sustenta una con otra. Es
por ello que se habla de conceptos, principios y reglas. En el derecho romano las
reglas valen no por la fuerza de quien las impone (un rey, un legislador) sino por el
valor del conjunto. Los juristas romanos dicen que la fuente específica, primaria y
paradigmática del derecho es el pueblo, que puede producirlo, pero no puede ir en
contra de él. Esta es una noción propia del derecho romano; a partir de Thomas
Hobbes, el derecho moderno está fundamentado en la fuerza, en el principio de
efectividad. El derecho lo tiene el poder y sus mandos son ejecutados por quienes
están sometidos por el poder. El derecho romano no es así; sus criterios son otros,
no necesita del poder para existir.

El pensamiento moderno está fundamentado en la idea que nosotros necesitamos


del Estado porque somos enemigos naturales y si no fuera por él, nos mataríamos
unos a otros. La postura hobbesiana, que es la raíz del pensamiento jurídico y
cultural contemporáneo, señala que la naturaleza del hombre es la competición. Por
eso se dice homo homini lupus, «el hombre es un lobo al otro hombre». Los romanos
piensan exactamente lo contrario: la naturaleza nos impone querernos y son los
hombres los que introducen la división de los bienes y los reinos, la noción de
propiedad. Por eso se considera que las guerras y los conflictos son una
degeneración –si se quiere- del derecho natural. De cierta forma, el derecho civil es
la tentativa de reacercamiento al derecho natural, que se consigue a través de la
institución de la sociedad. Los hombres, al establecer una sociedad de derecho civil
a través del consenso, reconstruyen de forma artificial la relación natural de amistad
entre los seres.

El sistema jurídico latinoamericano es un subsistema dentro del gran sistema del


sistema jurídico romano, que tiene características particulares. Además, la
romanística latinoamericana es el conjunto más grande de estudiantes y profesores
del derecho romano en el mundo, más que en Europa o Asia. En las
manifestaciones más recientes del derecho hay elementos de continuidad
importantes, como la importancia de las relaciones familiares (en el derecho
romano, la familia es un elemento básico, a diferencia del sistema anglosajón que
no tiene ninguna importancia). Con esta crisis económica global, en Europa –y en
particular en Italia- hemos descubierto que el verdadero sistema de asistencia social
no es del Estado sino de las familias y la fuerza económica de la sociedad italiana
es el núcleo familiar que sustenta la república. Esta idea es fundamental en el
mundo antiguo; el gran historiador griego Dionisios de Halicarnaso, cuando
compara al mundo griego y al mundo romano, establece la diferencia en las formas
de relación individuo-familia-Estado. Hoy en día los vínculos ya no son tan fuertes
como antes, existe una relación directa entre el individuo y el Estado, sin mediación
familiar.

Un tema elemental del derecho es cómo a través de manifestaciones de voluntad el


hombre produce modificaciones en el derecho. Una de ellas es la voluntad unitaria
de una pluralidad de personas. Este problema es el gran tema complejo del derecho,
sea a nivel privado o público. ¿Qué es el Estado sino una pluralidad de personas
que actúan con una voluntad única? ¿Cómo se llega a esto? Este problema tiene
dos salidas: La medieval-moderna consiste en la invención de la persona jurídica y
la representación de la voluntad; es un binomio que está estrechamente vinculado,
son como las dos caras de una misma moneda.

En la lógica romana, por el contrario, el sistema es otro: existe un contrato de


sociedad y una articulación del proceso de voluntad en distintas fases por la cual
hay antes de toda una manifestación de voluntad colectiva que tiene naturaleza de
mando (iusum) cuya administración se confía posteriormente a los magistrados,
quienes tienen un poder de gobierno. Max Webber decía que la diferencia entre
estos dos sistemas radica en que en el sistema antiguo, el dominus es el conjunto
y el magistrado es siervo de la colectividad mientras que en el sistema moderno el
magistrado es el representante y la colectividad es sierva.

En primer lugar, estudiar el derecho romano significa introducir en el estudio del


derecho dos dimensiones de la misma realidad que se entrecruzan la una con la
otra: el elemento dogmático con el elemento histórico. En segundo lugar, permite
una visión sistemática del derecho, frente a una visión puramente efectivista. Todas
estas características permiten al jurista actual ganar una libertad frente a las
opciones dominantes, porque sabe que hay soluciones distintas y puede optar por
una o por otra (o inclusive buscar una tercera alternativa). El jurista que se forma
fuera de esta perspectiva tiene una visión monodimensional y limitada; solamente
aplica de manera ineluctable las reglas escritas del derecho, pero no se dedica a
pensar de forma creativa una solución. En cambio, si uno recupera esta dimensión
histórica, el jurista puede entender cómo frente a problemas existen otras salidas.

El derecho romano tiene un papel importante en la formación del jurista y de su


pensamiento democrático. Al final, en el derecho romano se encuentra la noción de
república. Los juristas medievales descubrieron la idea que el poder sea
necesariamente del pueblo y que cualquier otro que tenga poder tenga que
conseguirlo por el pueblo y del pueblo. Esta es una idea típicamente romana y que
se encuentra dentro de un sistema en el cual todo se explica y se relaciona, por lo
que se convierte en una fuerza importante y benéfica.

El derecho romano desarrollo la división entre el derecho público en el que el Estado


está directamente involucrado tales como las cuestiones de traición, los impuestos
y el derecho privado que se ocupan de los conflictos entre las personas como por
ejemplo en materia de contratos. Este sistema fue la base de lo que ahora se conoce
en occidente como la ley civil. El derecho Romano también tuvo gran importancia
en el derecho internacional privado, los romanos utilizaban acusaciones y los juicios
con jurado de forma similar a las practicas actuales, muchas técnicas de defensa
aplicadas en la actualidad también se remontan a los procedimientos romanos, la
idea de “inocente hasta que se demuestre lo contrario” es la base del sistema judicial
en muchos países. Además el propósito de la ley escrita como una forma de
proteger a las personas unas de otras y del poder del estado es una idea
intrínsecamente romana.

En la práctica de litigio fue muy a menudo evitar por las contrapartes hacer un
juramento o iusiurandum pero al no llegar a un acuerdo de este tipo los
procedimientos legales seguirían por el demandante para invocar la parte
demandada a la corte (casos civiles: pública iudica o para casos en penal Derecho:
quaestiones). En la primera etapa de la mayoría de los casos legales era cuando
las partes se presentaban ante un juez quien determina la cuestión jurídica a la
mano o bien rechazar el caso como un asunto de intervención legal (denegatio
actionis) o nominado a un funcionario (datus iudex) para conocer y juzgar el caso.
Cuando ambas partes están de acuerdo con la evaluación de primera instancia, el
caso era visto ante de la iudex, que toma la decisión en nombre del estado. Tanto
el demandado como el demandante tenía que representarse así mismo en la
audiencia ya que no había ningún sistema de representación legal. Si el acusado
pierde un caso civil, había una condemnatio y tenía que pagar una suma de dinero
(Litis aestimatio), por lo general decidido por el iudex, que podía cubrir el valor
original de los bienes o los daños ocasionados al demandante.

Uno de los mayores beneficios de la ley romana era que mientras el imperio crecía
y la población se volvió más diversa la ley y la protección de los ciudadanos actuó
como una fuerza vinculante para las comunidades y fomento la expectativa de que
los derechos de los ciudadanos (y con el tiempo el derecho de los no ciudadanos)
podían ser sostenidas mediante un sistema que se encontraba en el lugar donde
los males se tenían que corregir, además los romanos han dejado como legado no
solo muchos términos legales que aún se utilizan hoy en día el campo de la ley, sino
también la pasión y la experiencia para la terminología legal precisa y exacta con el
fin de evitar la ambigüedad o incluso una mala interpretación de la ley, donde una
vez más los documentos legales modernos intentan emular.

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